TÍTULO: APROBACIÓN DEL GASTO POR IMPORTE DE ,00, IVA INCLUIDO CORRESPONDIENTE A LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ESPECTÁCULOS

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Transcripción:

Página 1 de 15 1.- Alcalde de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE.Aprobación de documento El documento electrónico ha sido aprobado por Alcalde(Manuel Garcia Martinez) de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE a las 11:30:06 del día 2 de mayo de 2018 Manuel Garcia Martinez. El documento está. Mediante el código de verificación REFERENCIA: DEC. ADJUDICACIÓN SERVICIO DE ESPECTÁCULOS MUSICALES PARA FIESTAS PATRONALES DEL 5 DE MAYO Y NUEVE DE JUNIO EN NAVATEJERA Y 2 DE JUNIO EN VILLAQUILAMBRE TÍTULO: APROBACIÓN DEL GASTO POR IMPORTE DE 12.826,00, IVA INCLUIDO CORRESPONDIENTE A LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ESPECTÁCULOS MUSICALES PARA FIESTAS PATRONALES DEL 5 DE MAYO Y NUEVE DE JUNIO EN NAVATEJERA Y 2 DE JUNIO EN VILLAQUILAMBRE, Y SU ADJUDICACIÓN COMO CONTRATO MENOR A FERIAS Y CONGRESOS 2012,SL, CON C.I.F. B24622292 EN DICHO IMPORTE, IVA INCLUIDO, DISPONIENDO O COMPROMETIENDO EL GASTO CORRESPONDIENTE (EXP. 2017/9) Vista la Propuesta del Concejal del Área que se trascribe: Visto el informe del negociado de contratación, con el Visto Bueno del Secretario Municipal, que se trascribe, Vista la Providencia de la Concejalía de MUJER, FAMILIA, FIESTAS, EDUCACIÓN Y CULTURA, que se trascribe: DESTINATARIO: DEPARTAMENTO CULTURA Y DE CONTRATACIÓN. Vista la necesidad por parte del Ayuntamiento de Villaquilambre de contratar los espectáculos musicales para las fiestas anteriores, y a solicitud de los Presidente de las Juntas Vecinales que han solicitado la colaboración del Ayuntamiento para su contratación, al haber recibido una subvención para la realización de las fiestas. Por medio del presente SE ORDENA: 1. Al Departamento de cultura, la realización del Pliego de Prescripciones técnicas para la contratación de los espectáculos musicales de acuerdo con los siguientes criterios: LOS DÍAS 5 DE MAYO Y 9 DE JUNIO EN NAVATEJERA, el horario será de 23:00 horas del día 5 DE MAYO DE 2018 a las 03:00 horas del día 6 DE MAYO DE 2018, y de 23:00 horas del día 9 DE JUNIO DE 2018 a las 03:00 horas del día 10 DE JUNIO DE 2018. PARA EL DÍA 5 DE MAYO DE 2018 Orquesta con tráiler escenario mínimo de 9 componentes. Instrumentos de viento, al menos uno de los componentes. 40.000 vatios de sonido. 80.000 vatios de iluminación. PARA EL DÍA 9 DE JUNIO DE 2018 Orquesta con tráiler escenario mínimo de 7 componentes. 20.000 vatios de sonido. 50.000 vatios de iluminación. EL DÍA 2 DE JUNIO EN VILLAQUILAMBRE el horario será de 23:00 horas del día 2 DE JUNIO DE 2018 a las 03:00 horas del día 3 DE JUNIO DE 2018. Orquesta con tráiler escenario mínimo de 9 componentes. Instrumentos de viento, al menos uno de los componentes. 40.000 vatios de sonido. 80.000 vatios de iluminación. DISCOTECA MOVIL El precio máximo será de 16.500,00, IVA incluido.

Página 2 de 15 1.- Alcalde de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE.Aprobación de documento El único criterio de adjudicación será el precio. 2. Al departamento de Contratación que una vez emitido el anterior Pliego proceda a sacar, a licitación pública mediante contrato menor, y publicando el anuncio en el perfil de contratante El documento electrónico ha sido aprobado por Alcalde(Manuel Garcia Martinez) de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE a las 11:30:06 del día 2 de mayo de 2018 Manuel Garcia Martinez. El documento está. Mediante el código de verificación Vista la Providencia de Alcaldía de fecha 12 de abril de 2018, mediante la cual se cursa invitación para presentar oferta previa publicación en el Perfil de Contratante. Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 118 en relación con el artículo 131 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, el presente expediente se tramita como contrato menor de acuerdo con los siguientes: Artículo 29. Plazo de duración de los contratos y de ejecución de la prestación 8. Los contratos menores definidos en el apartado primero del artículo 118 no podrán tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga. Artículo 118. Expediente de contratación en contratos menores. 1. Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal. En los contratos menores la tramitación del expediente exigirá el informe del órgano de contratación motivando la necesidad del contrato. Asimismo se requerirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente, que deberá reunir los requisitos que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan. 2. En el contrato menor de obras, deberá añadirse, además, el presupuesto de las obras, sin perjuicio de que deba existir el correspondiente proyecto cuando normas específicas así lo requieran. Deberá igualmente solicitarse el informe de las oficinas o unidades de supervisión a que se refiere el artículo 235 cuando el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra. 3. En el expediente se justificará que no se está alterando el objeto del contrato para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación, y que el contratista no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra que consta en el apartado primero de este artículo. El órgano de contratación comprobará el cumplimiento de dicha regla. Quedan excluidos los supuestos encuadrados en el artículo 168.a).2.º 4. Los contratos menores se publicarán en la forma prevista en el artículo 63.4. Artículo 131.3 Procedimiento de adjudicación 3. Los contratos menores podrán adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación, cumpliendo con las normas establecidas en el artículo 118. _ El artículo 25.1.a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017- considera como contratos privados, entre otros, los que tengan por objeto la creación e interpretación artística y literaria y los de espectáculos con número de referencia CPV de 79995000-5 a 79995200-7, y de 92000000-1 a 92700000-8, excepto 92230000-2, 92231000-9 y 92232000-6. _ En ese sentido, al ostentar la consideración de contratos privados, el artículo 26.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017, señala, como hacían textos anteriores, que: _ Los contratos privados que celebren las Administraciones Públicas se regirán, en cuanto a su preparación y adjudicación, en defecto de normas específicas, por las Secciones 1.ª y 2.ª del Capítulo I del Título I del Libro Segundo de la presente Ley con carácter general, y por sus disposiciones de desarrollo, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo o, en su caso, las normas de derecho privado, según corresponda por razón del sujeto o entidad contratante. En lo que respecta a sus efectos, modificación y extinción, estos contratos se regirán por el derecho privado. _No obstante lo establecido en el párrafo anterior, a los contratos mencionados en los números 1.º y 2.º de la letra a) del apartado primero del artículo anterior, les resultarán de aplicación, además del Libro Primero de la presente Ley, el

Página 3 de 15 1.- Alcalde de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE.Aprobación de documento El documento electrónico ha sido aprobado por Alcalde(Manuel Garcia Martinez) de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE a las 11:30:06 del día 2 de mayo de 2018 Manuel Garcia Martinez. El documento está. Mediante el código de verificación Libro Segundo de la misma en cuanto a su preparación y adjudicación. En cuanto a sus efectos y extinción les serán aplicables las normas de derecho privado, salvo lo establecido en los artículos de esta Ley relativos a las condiciones especiales de ejecución, modificación, cesión, subcontratación y resolución de los contratos, que les serán de aplicación cuando el contrato esté sujeto a regulación armonizada. _ La tramitación de un contrato privado de estas características determina que, para su preparación y adjudicación, debe regirse la licitación por las previsiones de la normativa aplicable en materia de contratación administrativa, esto es, la propia Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017, lo que supone que, ante la pregunta sobre si cabe la utilización del contrato administrativo menor para este tipo de contratos privados, vemos que sí es posible, por cuanto si aplicamos las previsiones propias de la preparación de un contrato administrativo de servicios para este tipo de contrato privado, vemos que el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017 admite dicha modalidad si el valor estimado del contrato es inferior a 15.000 euros, IVA excluido. _ En ese sentido se pronuncia, a su vez, el Informe 4/2003, de 11 de julio, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Andalucía, que afirma que las normas relativas a los contratos menores son normas de preparación y adjudicación de los contratos y por tanto aplicables a los contratos privados de la Administración, salvo a los contratos patrimoniales a los que se les aplicará la legislación patrimonial. De acuerdo con lo señalado en la Base 39.B.2 de las Bases de Ejecución del Presupuesto, la licitación se publicó en el perfil de contratante del Ayuntamiento. Resultando que, finalizado el plazo previsto, por el Departamento de Contratación se procede al recuento de las ofertas presentadas, y a su confrontación con el Registro, determinando que se han presentado seis ofertas. Se levanta acta del acto de apertura que se trascribe:

Página 4 de 15 1.- Alcalde de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE.Aprobación de documento El documento electrónico ha sido aprobado por Alcalde(Manuel Garcia Martinez) de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE a las 11:30:06 del día 2 de mayo de 2018 Manuel Garcia Martinez. El documento está. Mediante el código de verificación Visto el informe emitido por el Secretario Municipal, que se trascribe:

Página 5 de 15 1.- Alcalde de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE.Aprobación de documento El documento electrónico ha sido aprobado por Alcalde(Manuel Garcia Martinez) de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE a las 11:30:06 del día 2 de mayo de 2018 Manuel Garcia Martinez. El documento está. Mediante el código de verificación

Página 6 de 15 1.- Alcalde de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE.Aprobación de documento El documento electrónico ha sido aprobado por Alcalde(Manuel Garcia Martinez) de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE a las 11:30:06 del día 2 de mayo de 2018 Manuel Garcia Martinez. El documento está. Mediante el código de verificación

Página 7 de 15 1.- Alcalde de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE.Aprobación de documento El documento electrónico ha sido aprobado por Alcalde(Manuel Garcia Martinez) de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE a las 11:30:06 del día 2 de mayo de 2018 Manuel Garcia Martinez. El documento está. Mediante el código de verificación

Página 8 de 15 1.- Alcalde de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE.Aprobación de documento El documento electrónico ha sido aprobado por Alcalde(Manuel Garcia Martinez) de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE a las 11:30:06 del día 2 de mayo de 2018 Manuel Garcia Martinez. El documento está. Mediante el código de verificación Visto el Informe emtido por la Tecnica Coordinadora de Educación, Cultura y fiestas, que se trascribe:

Página 9 de 15 1.- Alcalde de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE.Aprobación de documento El documento electrónico ha sido aprobado por Alcalde(Manuel Garcia Martinez) de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE a las 11:30:06 del día 2 de mayo de 2018 Manuel Garcia Martinez. El documento está. Mediante el código de verificación Se muestra disconformidad con el informe trascrito: En cuanto a la exclusión de las empresas ENTIDADES, FERIAS Y CONGRESOS 2012 S.L., DEGANTA ALLER SILVÁN y HIGH QUALITY LEVEL S.L., no se puede admitir ya que en la oferta económica se especifica que se compromete a realizar el contrato de acuerdo a los Pliegos, con lo que están manifestando con su firma, que cumplen con lo especificado en el pliego, sin tener que indicarlo de forma alguna, máxime cuando en el Pliego de Prescripciones Técnicas no se exigia. En relación con la empresa PRODUCCIONES MUSICALES S.L, en su declaración jurada manifiestan estar al corriente en sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social, por lo que caso de ser adjudicataria se procedería a realizar las consultas pertinentes, sin que se pueda prejuzgar esta situación sin la consulta. En cuanto a D. José Antonio Vega Andrés, que ha presentado escrito el día 24 de abril de 2018, R.E 4635, manifestando:

Página 10 de 15 1.- Alcalde de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE.Aprobación de documento El documento electrónico ha sido aprobado por Alcalde(Manuel Garcia Martinez) de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE a las 11:30:06 del día 2 de mayo de 2018 Manuel Garcia Martinez. El documento está. Mediante el código de verificación Hemos de manifestar que en ningún lugar del Pliego de Prescripciones Técnicas se solicita que aporten una orquesta concreta, lo que contravendría los principios básicos de la contratación, lo único que se pide es que cumplan unos requisitos concretos, por lo que nada impide que traiga otra orquesta que cumpla con los requisitos exigidos en el Pliego. Por anteriormente expuesto, desde el negociado de Contratación se informa que la oferta económicamente más ventajosa es la presentada por D. José Antonio Vega Andrés, con N.I.F. 9.803.731-G, que asciende a 10.890,00 IVA incluido, que cumple los exigido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el cual se haya al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La contratación que se propone no altera el objeto del contrato, para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación, como así se ha justificado en los informes obrantes en el expediente, y lo manifestado por la Concejala del Área, ya que este expediente surge por el convenio firmado, el día 6 de abril de 2018 entre este Ayuntamiento y las Juntas Vecinales, en el cual el Ayuntamiento se compromete a realizar las contrataciones de las actividades que requieran los Presidentes de las Juntas Vecinales, no teniendo a fecha de inicio de este expediente, conocimiento de las necesidades del resto de Juntas Vecinales. Se ha publicado en el Perfil de Contratante para que pueda presentar oferta cualquier persona interesada. El contratista propuesto no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen el importe de 15.000 euros. Visto el escrito de renuncia presentado por D. JOSÉ ANTONIO VEGA ANDRÉS, con N.I.F. 09803731G en fecha 26 de aabril de 2018, con R.E 4771, al no poder ofrecer una orquesta de similares características. Visto el nuevo informe emitido por el negociado de contratación, a la vista del escrito anterior Visto que se había emitido informe y Propuesta de Concejalía adjudicando el contrato al primer clasificado, y que con fecha de hoy 26 de abril de 2018, ha presentado escrito de renuncia, procede modificar el acuerdo, estimando la renuncia y adjudicando al siguiente licitador que es FERIAS Y CONGRESOS 2012,SL, con C.I.F. B24622292 Por lo anterior se propone la adopción del siguiente acuerdo: Primero.- Excluir de la licitación D. JOSÉ ANTONIO VEGA ANDRÉS, con N.I.F. 09803731G al haber renunciado a la licitación. Segundo.-Aprobar el gasto total, por importe de 12.826,00, IVA incluido, correspondiente a la contratación del SERVICIO DE ESPECTÁCULOS MUSICALES PARA FIESTAS DEL 5 DE MAYO Y NUEVE DE JUNIO EN NAVATEJERA Y 2 DE JUNIO EN VILLAQUILAMBRE. Tercero.- Adjudicar la contratación del SERVICIO DE ESPECTÁCULOS MUSICALES PARA FIESTAS DEL 5 DE MAYO Y NUEVE DE JUNIO EN NAVATEJERA Y 2 DE JUNIO EN VILLAQUILAMBRE, a la empresa FERIAS Y CONGRESOS 2012,SL, con C.I.F. B24622292,, en un importe total de 12.826,00, IVA incluido, disponiendo o comprometiendo el gasto correspondiente.

Página 11 de 15 1.- Alcalde de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE.Aprobación de documento Las condiciones del contrato son las recogidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que se transcribe a continuación: LOS DÍAS 5 DE MAYO Y 9 DE JUNIO EN NAVATEJERA, el horario será de 23:00 horas del día 5 DE MAYO DE 2018 a las 03:00 horas del día 6 DE MAYO DE 2018, y de 23:00 horas del día 9 DE JUNIO DE 2018 a las 03:00 horas del día 10 DE JUNIO DE 2018. El documento electrónico ha sido aprobado por Alcalde(Manuel Garcia Martinez) de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE a las 11:30:06 del día 2 de mayo de 2018 Manuel Garcia Martinez. El documento está. Mediante el código de verificación PARA EL DÍA 5 DE MAYO DE 2018 Orquesta con tráiler escenario mínimo de 9 componentes. Instrumentos de viento, al menos uno de los componentes. 40.000 vatios de sonido. 80.000 vatios de iluminación. PARA EL DÍA 9 DE JUNIO DE 2018 Orquesta con tráiler escenario mínimo de 7 componentes. 20.000 vatios de sonido. 50.000 vatios de iluminación. EL DÍA 2 DE JUNIO EN VILLAQUILAMBRE el horario será de 23:00 horas del día 2 DE JUNIO DE 2018 a las 03:00 horas del día 3 DE JUNIO DE 2018. Orquesta con tráiler escenario mínimo de 9 componentes. Instrumentos de viento, al menos uno de los componentes. 40.000 vatios de sonido. 80.000 vatios de iluminación. DISCOTECA MÓVIL La oferta presentada por el adjudicatario, con las orquestas ofertadas, es la que se transcribe a continuación: Verbalmente el licitador ha indicado que para evitar que se repita orquesta en Navajera, ofrece para el día 5 de mayo de 2018 la orquesta IPANEMA

Página 12 de 15 1.- Alcalde de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE.Aprobación de documento Cuarto: En consideración al tipo de gasto de que se trata, espectáculos musicales que exigen el pago con anterioridad a la celebración de los mismos, emitir un pago a justificar por el importe que corresponda, previo a la emisión de la factura. Quinto.- Notificar el presente acuerdo a las empresas que han presentado oferta, y publicarlo en el perfil de contratante. El documento electrónico ha sido aprobado por Alcalde(Manuel Garcia Martinez) de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE a las 11:30:06 del día 2 de mayo de 2018 Manuel Garcia Martinez. El documento está. Mediante el código de verificación Sexto.- Iniciar el expediente administrativo para llevar a cabo la tramitación del contrato privado de ESPECTÁCULOS MUSICALES PARA LAS RESTANTES FIESTAS DEL MUNICIPIO, por procedimiento abierto por lotes. _ Séptimo.- En el nuevo expediente se incluirá el Pliego de Prescripciones Técnicas; en el que se incluirá además una propuesta de división en lotes., y que será incorporado por el Departamento de Cultura. Además se incorporará el Informe Jurídico sobre el contrato y la mejor forma de realizarlo, que incluirá propuesta de resolución de inicio del expediente y de aprobación del Pliego de Clausuras Administrativas Particulares, que será incorporado por el Departamento de Contratación Es lo que se tiene que informar dejando a salvo cualquier criterio fundado en derecho. Por todo lo anteriormente descrito, en su virtud, y en el ejercicio de las competencias que le confiere al Alcalde la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y del Decreto de Delegación de Competencias del Alcalde en la Junta de Gobierno Local de fecha 11 de octubre de 2016, se propone que por parte de la misma se adopte el siguiente acuerdo: Primero.- Excluir de la licitación D. JOSÉ ANTONIO VEGA ANDRÉS, con N.I.F. 09803731G al haber renunciado a la licitación. Segundo.-Aprobar el gasto total, por importe de 12.826,00, IVA incluido, correspondiente a la contratación del SERVICIO DE ESPECTÁCULOS MUSICALES PARA FIESTAS DEL 5 DE MAYO Y NUEVE DE JUNIO EN NAVATEJERA Y 2 DE JUNIO EN VILLAQUILAMBRE. Tercero.- Adjudicar la contratación del SERVICIO DE ESPECTÁCULOS MUSICALES PARA FIESTAS DEL 5 DE MAYO Y NUEVE DE JUNIO EN NAVATEJERA Y 2 DE JUNIO EN VILLAQUILAMBRE, a la empresa FERIAS Y CONGRESOS 2012,SL, con C.I.F. B24622292,, en un importe total de 12.826,00, IVA incluido, disponiendo o comprometiendo el gasto correspondiente. Las condiciones del contrato son las recogidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que se transcribe a continuación: LOS DÍAS 5 DE MAYO Y 9 DE JUNIO EN NAVATEJERA, el horario será de 23:00 horas del día 5 DE MAYO DE 2018 a las 03:00 horas del día 6 DE MAYO DE 2018, y de 23:00 horas del día 9 DE JUNIO DE 2018 a las 03:00 horas del día 10 DE JUNIO DE 2018. PARA EL DÍA 5 DE MAYO DE 2018 Orquesta con tráiler escenario mínimo de 9 componentes. Instrumentos de viento, al menos uno de los componentes. 40.000 vatios de sonido. 80.000 vatios de iluminación. PARA EL DÍA 9 DE JUNIO DE 2018 Orquesta con tráiler escenario mínimo de 7 componentes. 20.000 vatios de sonido. 50.000 vatios de iluminación. EL DÍA 2 DE JUNIO EN VILLAQUILAMBRE el horario será de 23:00 horas del día 2 DE JUNIO DE 2018 a las 03:00 horas del día 3 DE JUNIO DE 2018. Orquesta con tráiler escenario mínimo de 9 componentes. Instrumentos de viento, al menos uno de los componentes. 40.000 vatios de sonido. 80.000 vatios de iluminación.

Página 13 de 15 1.- Alcalde de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE.Aprobación de documento DISCOTECA MÓVIL La oferta presentada por el adjudicatario, con las orquestas ofertadas, es la que se transcribe a continuación: El documento electrónico ha sido aprobado por Alcalde(Manuel Garcia Martinez) de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE a las 11:30:06 del día 2 de mayo de 2018 Manuel Garcia Martinez. El documento está. Mediante el código de verificación Verbalmente el licitador ha indicado que para evitar que se repita orquesta en Navajera, ofrece para el día 5 de mayo de 2018 la orquesta IPANEMA Cuarto: En consideración al tipo de gasto de que se trata, espectáculos musicales que exigen el pago con anterioridad a la celebración de los mismos, emitir un pago a justificar por el importe que corresponda, previo a la emisión de la factura. Quinto.- Notificar el presente acuerdo a las empresas que han presentado oferta, y publicarlo en el perfil de contratante. Sexto.- Iniciar el expediente administrativo para llevar a cabo la tramitación del contrato privado de ESPECTÁCULOS MUSICALES PARA LAS RESTANTES FIESTAS DEL MUNICIPIO, por procedimiento abierto por lotes. _ Séptimo.- En el nuevo expediente se incluirá el Pliego de Prescripciones Técnicas; en el que se incluirá además una propuesta de división en lotes., y que será incorporado por el Departamento de Cultura. Además se incorporará el Informe Jurídico sobre el contrato y la mejor forma de realizarlo, que incluirá propuesta de resolución de inicio del expediente y de aprobación del Pliego de Clausuras Administrativas Particulares, que será incorporado por el Departamento de Contratación Por todo lo anteriormente descrito, en su virtud, y en el ejercicio de las competencias que le confiere al Alcalde la Disposición Adicional Segunda la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, se propone que por parte de la misma se adopte el siguiente acuerdo: Primero.- Avocar las competencias delegadas en la Junta de Gobierno Local por Decreto de Delegación de Competencias del Alcalde en la Junta de Gobierno Local de fecha 11 de octubre de 2016 para la adjudicación del contrato para la SERVICIO DE ESPECTÁCULOS MUSICALES PARA FIESTAS DEL 5 DE MAYO Y NUEVE DE JUNIO EN NAVATEJERA Y 2 DE JUNIO EN VILLAQUILAMBRE al ser urgente su aprobación Segundo.- Excluir de la licitación D. JOSÉ ANTONIO VEGA ANDRÉS, con N.I.F. 09803731G al haber renunciado a la licitación.

Página 14 de 15 1.- Alcalde de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE.Aprobación de documento Tercero.-Aprobar el gasto total, por importe de 12.826,00, IVA incluido, correspondiente a la contratación del SERVICIO DE ESPECTÁCULOS MUSICALES PARA FIESTAS DEL 5 DE MAYO Y NUEVE DE JUNIO EN NAVATEJERA Y 2 DE JUNIO EN VILLAQUILAMBRE. El documento electrónico ha sido aprobado por Alcalde(Manuel Garcia Martinez) de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE a las 11:30:06 del día 2 de mayo de 2018 Manuel Garcia Martinez. El documento está. Mediante el código de verificación Cuarto.- Adjudicar la contratación del SERVICIO DE ESPECTÁCULOS MUSICALES PARA FIESTAS DEL 5 DE MAYO Y NUEVE DE JUNIO EN NAVATEJERA Y 2 DE JUNIO EN VILLAQUILAMBRE, a la empresa FERIAS Y CONGRESOS 2012,SL, con C.I.F. B24622292,, en un importe total de 12.826,00, IVA incluido, disponiendo o comprometiendo el gasto correspondiente. Las condiciones del contrato son las recogidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que se transcribe a continuación: LOS DÍAS 5 DE MAYO Y 9 DE JUNIO EN NAVATEJERA, el horario será de 23:00 horas del día 5 DE MAYO DE 2018 a las 03:00 horas del día 6 DE MAYO DE 2018, y de 23:00 horas del día 9 DE JUNIO DE 2018 a las 03:00 horas del día 10 DE JUNIO DE 2018. PARA EL DÍA 5 DE MAYO DE 2018 Orquesta con tráiler escenario mínimo de 9 componentes. Instrumentos de viento, al menos uno de los componentes. 40.000 vatios de sonido. 80.000 vatios de iluminación. PARA EL DÍA 9 DE JUNIO DE 2018 Orquesta con tráiler escenario mínimo de 7 componentes. 20.000 vatios de sonido. 50.000 vatios de iluminación. EL DÍA 2 DE JUNIO EN VILLAQUILAMBRE el horario será de 23:00 horas del día 2 DE JUNIO DE 2018 a las 03:00 horas del día 3 DE JUNIO DE 2018. Orquesta con tráiler escenario mínimo de 9 componentes. Instrumentos de viento, al menos uno de los componentes. 40.000 vatios de sonido. 80.000 vatios de iluminación. DISCOTECA MÓVIL La oferta presentada por el adjudicatario, con las orquestas ofertadas, es la que se transcribe a continuación:

Página 15 de 15 1.- Alcalde de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE.Aprobación de documento Verbalmente el licitador ha indicado que para evitar que se repita orquesta en Navajera, ofrece para el día 5 de mayo de 2018 la orquesta IPANEMA El documento electrónico ha sido aprobado por Alcalde(Manuel Garcia Martinez) de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE a las 11:30:06 del día 2 de mayo de 2018 Manuel Garcia Martinez. El documento está. Mediante el código de verificación Quinto: En consideración al tipo de gasto de que se trata, espectáculos musicales que exigen el pago con anterioridad a la celebración de los mismos, emitir un pago a justificar por el importe que corresponda, previo a la emisión de la factura. Sexto.- Notificar el presente acuerdo a las empresas que han presentado oferta, y publicarlo en el perfil de contratante. Séptimo.- Iniciar el expediente administrativo para llevar a cabo la tramitación del contrato privado de ESPECTÁCULOS MUSICALES PARA LAS RESTANTES FIESTAS DEL MUNICIPIO, por procedimiento abierto por lotes. _ Octavo.- En el nuevo expediente se incluirá el Pliego de Prescripciones Técnicas; en el que se incluirá además una propuesta de división en lotes., y que será incorporado por el Departamento de Cultura. Además se incorporará el Informe Jurídico sobre el contrato y la mejor forma de realizarlo, que incluirá propuesta de resolución de inicio del expediente y de aprobación del Pliego de Clausuras Administrativas Particulares, que será incorporado por el Departamento de Contratación. Noveno.- Dar cuenta de este Decreto a la Junta de Gobierno Local APROBACIÓN: De acuerdo con lo que antecede queda aprobado el presente Decreto. Así lo mando y firmo. EL ALCALDE MANUEL GARCÍA MARTÍNEZ (Fecha y firma digital en el encabezamiento) SUPERVISIÓN: Supervisado jurídicamente el anterior Decreto y el expediente tramitado para su aprobación se consideran conformes. EL SECRETARIO MIGUEL EUGENIO HIDALGO GARCÍA (Fecha y firma digital en el encabezamiento)