Página 1 de 2 F-107 FORMATO INDEXACIÓN COSTO ACUMULADO - CUNDINAMARCA Apreciado(a) Profesor(a): Si usted fue ascendido en los años 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011 por la(s) Secretaría(s) de Educación y a la fecha no le han cancelado (o le cancelaron tardíamente) lo correspondiente al Costo Acumulado (retroactivo), los valores adeudados se han depreciado, razón por la cual usted tiene derecho a que las sumas adeudadas sean canceladas e indexadas. Para comenzar el trámite se requiere diligenciar el paquete de documentos que encontrará a continuación. De la misma forma diligencie el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales y no olvide llenar en su totalidad los espacios de este contrato y los Poderes anexos de acuerdo con las siguientes indicaciones: Diligencie los PODERES consignados en los FORMA TOS OMM-1, 1*, 2, 3, 4 y 5 así como el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales (FORMA TO OMM-6), debe firmarlos y hacerles presentación personal ante la Oficina Judicial, Notario o Juez de la ciudad donde reside. De igual manera diligencie el FORMA TO OMM-1A (Datos del Reclamante) que se encuentra en el reverso de esta página. A continuación nos permitimos relacionar los documentos que debe enviarnos para su reclamación. INDEXACIÓN DEL COSTO ACUMULADO POR ASCENSO EN EL ESCALAFÓN 1. El(los) Acto(s) Administrativo(s) Resolución(es) que concedió(eron) el Ascenso en el Escalafón (año 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010 y/o 2011), junto con la notificación personal (En fotocopia autenticada). 2. El(los) Acto(s) Administrativo(s) Resolución(es) que reconoció(eron) el Costo Acumulado por Ascenso en el Escalafón, junto con la notificación personal (En fotocopia autenticada). 3. Una (1) fotocopia ampliada de la cédula de ciudadanía (Sin autenticar). 4. Una (1) Fotocopia Legible del Desprendible de pago en el que aparezca el(los) valores que la Secretaría de Educación canceló por concepto de Capital Costos Acumulados en el Escalafón Nacional Docente. Si usted tuvo más de un (1) ascenso en el periodo de tiempo comprendido entre el año 200 2 al 2011 y requiere más de una (1) reclamación deberá llenar igual número de FORMATOS. Una vez tenga los documentos completos y diligenciados, haga entrega del paquete a la persona encargada en su Municipio solicitándole el comprobante de entrega que se encuentra al final de este instructivo o envíelos a nuestras oficinas a la dirección que aparece en el logotipo de este instructivo. Si usted o alguien más requiere algún formato para demandar a CAJANAL, FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES DEL MAGISTERIO, o a las ENTIDADES TERRITORIALES, puede descargarlo a través de nuestro sitio Web: www.abogadosomm.com. Continúa en el reverso.
Página 2 de 2 OMM-107-1A DATOS DEL RECLAMANTE APELLIDOS Y NOMBRES COMPLETOS: C. C. No. DE: DIRECCIÓN RESIDENCIA: DE LA CIUDAD DE: TEL: CORREO ELECTRÓNICO (E-MAIL): FECHA DE INGRESO AL MAGISTERIO: MUNICIPIO DONDE LABORA O LABORÓ: DEPARTAMENTO DONDE LABORA O LABORÓ: CENTRO EDUCATIVO DONDE LABORA: TELÉFONO GRADO ANTERIOR EN EL ESCALAFÓN: GRADO AL QUE FUE ASCENDIDO: RESOLUCIÓN No : DEL DE DE EXPONGA BREVEMENTE SU CASO: NÓMINA: DEPARTAMENTAL MUNICIPAL SALARIO 2007 $ ESCALAFÓN RESOLUCIÓN FECHA SALARIO 2008 $ ESCALAFÓN RESOLUCIÓN FECHA SALARIO 2009 $ ESCALAFÓN RESOLUCIÓN FECHA SALARIO 2010 $ ESCALAFÓN RESOLUCIÓN FECHA SALARIO 2011 $ ESCALAFÓN RESOLUCIÓN FECHA HA HECHO ALGUNA PETICIÓN SOBRE ESTE DERECHO? SI NO EN CASO AFIRMATIVO ANEXE COPIA DE LA SOLICITUD Y LA RESPUES TA. ======================================================================================== RECIBÍ DE CONFORMIDAD DOCUMENTACIÓN COMPLETA, CONFORME A INSTRUCTIVO. Nombres y Apellidos: Folios Recibidos C. C. de Fecha de Recibido: Firma Responsable
OMM-107-1 Señor GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE(L) CUNDINAMARCA Señor SECRETARIO DE EDUCACIÓN DE(L) CUNDINAMARCA E. S. D., mayor de edad, domiciliado(a) en la ciudad de, identificado(a) como aparece al pie de mi firma, actuando en mi propio nombre, manifiesto a usted que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor, abogado en ejercicio, mayor de edad, domiciliado y residente en Bogotá D. C., identificado civil y profesionalmente como aparece junto a su firma, para que en mi nombre y representación inicien y lleven hasta su terminación los trámites pertinentes para obtener la expedición del Acto Administrativo mediante el cual se ordene el reconocimiento, reliquidación y pago del Capital y/o indexación e intereses de la sumas de dinero por concepto de costo acumulado por ascenso en el Escalafón Nacional Docente, conforme al(los) ascenso(s) al grado concedido(s) mediante Resolución(es) No(s).. Mi apoderado queda ampliamente facultado con los generales del art. 70 del C. de P. C. y la Ley, autorizándolo expresamente para recibir administrativa y judicialmente, conciliar en Vía Administrativa, judicial y extrajudicial, desistir, transigir, sustituir, renunciar, reasumir, solicitar copias, firmar cuentas y cheques, interponer recursos solicitar copia autentica con constancia de notificación, publicación o ejecutoria del acto administrativo que ha de expedirse y realizar todo lo que este conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. Este poder incluye la facultad de interponer los recursos ordinarios y extraordinarios. C. C. No de * Este poder lo deben llenar quienes laboren al servicio del Departamento de Cundinamarca.
OMM-107-1* Señor ALCALDE DEL MUNICIPIO DE(L) Señor SECRETARIO DE EDUCACIÓN DE(L) E. S. D., mayor de edad, domiciliado(a) en la ciudad de, identificado(a) como aparece al pie de mi firma, actuando en mi propio nombre, manifiesto a usted que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor, abogado en ejercicio, mayor de edad, domiciliado y residente en Bogotá D. C., identificado civil y profesionalmente como aparece junto a su firma, para que en mi nombre y representación inicien y lleven hasta su terminación los trámites pertinentes para obtener la expedición del Acto Administrativo mediante el cual se ordene el reconocimiento, reliquidación y pago del Capital y/o indexación e intereses de la sumas de dinero por concepto de costo acumulado por ascenso en el Escalafón Nacional Docente, conforme al(los) ascenso(s) al grado concedido(s) mediante Resolución(es) No(s).. Mi apoderado queda ampliamente facultado con los generales del art. 70 del C. de P. C. y la Ley, autorizándolo expresamente para recibir administrativa y judicialmente, conciliar en Vía Administrativa, judicial y extrajudicial, desistir, transigir, sustituir, renunciar, reasumir, solicitar copias, firmar cuentas y cheques, interponer recursos solicitar copia autentica con constancia de notificación, publicación o ejecutoria del acto administrativo que ha de expedirse y realizar todo lo que este conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. Este poder incluye la facultad de interponer los recursos ordinarios y extraordinarios. C. C. No de * Este poder lo deben llenar quienes laboren al servicio del(los) Municipio(s) Certificado(s).
OMM-107-2 Señor(a) JUEZ LABORAL DEL CIRCUITO DE (REPARTO), mayor de edad, domiciliado(a) en la ciudad de, identificado(a) como aparece al pie de mi firma, actuando en mi propio nombre, manifiesto a usted que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor, abogado en ejercicio, mayor de edad, domiciliado y residente en Bogotá D. C., identificado civil y profesionalmente como aparece junto a su firma, para que en mi nombre y representación inicien y lleven hasta su terminación PROCESO EJECUTIVO LABORAL contra el DEPARTAMENTO DE(L) CUNDINAMARCA (Secretaría de Educación), persona jurídica de derecho público, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, representada legalmente por el(la) Señor(a) Gobernador, doctor(a) ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ, quien lo sea o haga sus veces, o por el apoderado especial que para tal efecto se designe en el momento de la notificación del Auto de mandamiento de pago y/o MUNICIPIO DE(L) (Secretaría de Educación), persona jurídica de derecho público, con domicilio princ ipal en la ciudad de, representada legalmente por el(la) Señor(a) Alcalde, doctor(a), quien lo sea o haga sus veces, o por el apoderado especial que para tal efecto se designe en el momento de la notificación del Auto de mandamiento de pago y/o contra la NACIÓN- MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, persona jurídica de derecho público, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, representada legalmente por el(la) Señor(a) Ministro(a) de Educación Nacional, doctor(a) MARIA FERNANDA CAMPO SAAVEDRA, quien lo sea o haga sus veces, o por el apoderado especial que para tal efecto se designe en el momento de la notificación del Auto de mandamiento de pago, a fin de obtener el pago de las sumas adeudadas por concepto de capital, reliquidac ión, indexación e intereses del costo acumulado por ascenso en el Escalafón Nacional Docente, conforme al(los) ascenso(s) al(los) grado(s) concedido(s) mediante Resolución(es) No(s)., de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1095 de 2005 y 241 de 2008 y demás normas concordantes, incluyendo el ajuste del valor o indexación laboral sobre las sumas que resultaren adeudadas, más los intereses comerciales y moratorios si a ello hubiere lugar, dando aplicación a los principios de extra y ultra petita. Mi apoderado queda ampliamente facultado con los generales del art. 70 del C. de P. C. y la Ley, autorizándolo expresamente para recibir, conciliar en Vía Administrativa, judicial y extrajudicial, desistir, transigir, sustituir, renunciar, reasumir, solicitar copias, firmar cuentas y cheques, interponer recursos solicitar copia autentica con constancia de notificación, publicación o ejecutoria de la Sentencia que ha de expedirse y realizar todo lo que este conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. Este poder incluye la facultad de interponer los recursos ordinarios y extraordinarios. C. C. No de
OMM-107-3 Señor(a) MINISTRO(A) DE EDUCACIÓN NACIONAL E. S. D., mayor de edad, domiciliado(a) en la ciudad de, identificado(a) como aparece al pie de mi firma, actuando en mi propio nombre, manifiesto a usted que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor, abogado en ejercicio, mayor de edad, domiciliado y residente en Bogotá D. C., identificado civil y profesionalmente como aparece junto a su firma, para que en mi nombre y representación inicien y lleven hasta su terminación los trámites pertinentes para obtener la expedición del Acto Administrativo mediante el cual se ordene el reconocimiento, reliquidación y pago del Capital y/o indexación e intereses de la sumas de dinero por concepto de costo acumulado por ascenso en el Escalafón Nacional Docente, conforme al(los) ascenso(s) al grado concedido(s) mediante Resolución(es) No(s).. Mi apoderado queda ampliamente facultado con los generales del art. 70 del C. de P. C. y la Ley, autorizándolo expresamente para recibir, conciliar en Vía Administrativa, judicial y extrajudicial, desistir, transigir, sustituir, renunciar, reasumir, solicitar copias, firmar cuentas y cheques, interponer recursos solicitar copia autentica con constancia de notificación, publicación o ejecutoria del acto administrativo que ha de expedirse y realizar todo lo que este conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. Este poder incluye la facultad de interponer los recursos ordinarios y extraordinarios. C. C. No de
OMM-107-4 Señores PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN PROCURADOR JUDICIAL ANTE LOS JUZGADOS ADMINIS TRATIVOS DE VALLEDUPAR, mayor de edad, domiciliado(a) en la ciudad de, identificado(a) como aparece al pie de mi firma, actuando en mi propio nombre, manifiesto a usted que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor, abogado en ejercicio, mayor de edad, domiciliado y residente en Bogotá D. C., identificado civil y profesionalmente como aparece junto a su firma, para que en mi nombre y representación inicien y lleven hasta su terminación los trámites pertinentes para obtener Mediante la conciliación prejudicial como requisito de procedibilidad establecida en el artículo 13 de la Ley 1285 del 2009, el reconocimiento y pago del capital, reliquidación, indexación e intereses sobre las sumas de dinero por concepto de Costo Acumulado en el Escalafón Nacional Docente conforme a la solicitud presentada por mi mandante al DEPARTAMENTO DE(L) CUNDINAMARCA (Secretaría de Educación) y/o el MUNICIPIO DE(L) (Secretaría de Educación) y/o el MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL; y la respuesta dada a la misma. Mi apoderado queda ampliamente facultado con los generales del art. 70 del C. de P. C. y la Ley, autorizándolo expresamente para recibir administrativa y judicialmente, conciliar en Vía Administrativa, judicial y extrajudicial, desistir, transigir, sustituir, renunciar, reasumir, solicitar copias de los actos administrativos con constancia de notificación y ejecutoria, firmar cuentas y cheques, interponer recursos y realizar todo lo que este conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. Este poder incluye la facultad de interponer los recursos ordinarios y extraordinarios. C. C. No de
OMM-107-5 Señor(a) JUEZ PENAL DEL CIRCUITO DE (REPARTO) mayor de edad, domiciliado en la ciudad de, identificado como aparece al pie de mi firma, manifiesto a usted que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor, abogado en ejercicio, mayor de edad, domiciliado y residente en Bogotá D. C., identificado civil y profesionalmente como aparece junto a su firma, para que en mi nombre y representación instaure DEMANDA DE ACCIÓN DE TUTELA, contra el DEPARTAMENTO DE(L) CUNDINAMARCA (Secretaría de Educación) y/o el MUNICIPIO DE(L) (Secretaría de Educación) y/o la NACIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, por la violación al DERECHO FUNDAMENTAL DE PETICIÓN consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, a la IGUALDAD consagrado en el artículo 13 de la C.P., al DEBIDO PROCESO, artículo 29 de la C. P., o a cualquier otro derecho fundamental que se considere vulnerado,. Declaro bajo la gravedad del juramento que no he instaurado Acción de Tutela respecto de los mismos hechos y derechos. Mi apoderado tiene las facultades de impugnar, recibir, conciliar, desistir, transigir, sustituir, reasumir, renunciar y todas aquellas que tiendan al buen y fiel cumplimiento de su gestión. Sírvase Señor(a) Juez reconocerle personería a mi apoderado en los términos aquí señalados. Del Señor(a) Juez, C. C. No de C. C. No. 79.980.855 de Bogotá
OMM-107-6 CONTRATO DE PRES TACIÓN DE S ERVICIOS PROFES IONALES Entre, mayor de edad, domiciliado(a) en la ciudad de, en la teléfono No., identificado(a) como aparece al pie de su firma, que de ahora en adelante se denominará EL (LA) MANDANTE y ORGANIZACIÓN MANZANO & MANZANO LTDA-ABOGADOS O. M. M., representada legalmente por su gerente doctor MARCO ANTONIO MANZANO VÁSQUEZ, quien lo sea o haga sus veces, que en lo sucesivo se designará como EL MANDATARIO, hemos convenido en celebrar el presente Contrato de Prestación de Servicios Profesionales que se regula por las cláusulas que a continuación se expresan: PRIMERA.- EL(LA) MANDANTE contrata los servicios profesionales de EL MANDATARIO, quien lo ejercerá a través de su(s) abogado(s) en ejercicio, comprometiéndose éste a realizar todas y cada una de las actividades que desde el punto de vista profesional considere pertinentes y necesarias para defender los intereses de EL(LA) MANDANTE, en especial la sustentación oral y/o escrita de las audiencias, la interposición y sustentación de los recursos ordinarios en contra de las providencias, en las siguientes gestiones: a) representar en calidad de Abogado(s) y hasta su terminación ante la(s) Entidad(es) demandada(s) los trámites administrativos y/o judiciales pertinentes para la obtención del reconocimiento y pago del capital, reliquidación, indexación e intereses legales y/o moratorios por concepto de COSTO ACUMULADO POR ASCENSO EN EL ESCALAFÓN NACIONAL DOCENTE. PARÁGRAFO.- El presente mandato no incluye la presentación ni sustentación de Recursos Extraordinarios.- SEGUNDA.- EL(LA) MANDANTE se obliga a suministrar oportunamente los datos y documentos necesarios a fin de obtener la efectividad de los derechos pretendidos y se hace responsable de la veracidad de la información y autenticidad de los documentos aportados.- TERCERA.- HONORARIOS: EL(LA) MANDANTE se obliga a pagar a EL MANDATARIO, por los servicios de que trata la cláusula primera, las siguientes sumas: 1) el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) a título de honorarios profesionales, del valor total de los dineros que le corresponda por concepto de capital, reliquidación, indexación o intereses legales y/o moratorios, si los resultados favorables se producen en vía administrativa o judicial, al comenzar, en desarrollo o al final de la gestión encomendada. Los anteriores valores se causaran, con la condición que EL(LA) MANDANTE se encuentre afiliado al Sindicato de Maestros del Departamento, Municipio o Distrito, Asociación de Pensionados y permanezca con esta condición durante el trámite administrativo y/o judicial del proceso. PARÁGRAFO 1º.- En el evento que EL(LA) MANDANTE no se encuentre afiliado al Sindicato de Maestros del Departamento, Municipio o Distrito, Asociación de Pensionados, EL(LA) MANDANTE, pagará a EL MANDATARIO, en calidad de cuota litis, un CINCO POR CIENTO (5%) adicional, a título de honorarios, del valor total de los dineros que se reconozcan y paguen, en las mismas condiciones estipuladas en la Cláusula Tercera, numerales 1) y 2).- CUARTA.- GASTOS: En el evento de acudir a la Jurisdicción Contenciosa u Ordinaria, EL(LA) MANDANTE pagará los gastos que fije el Magistrado del Tribunal o Juez correspondiente, consignándolos en una Cuenta bancaria suministrada por EL MANDATARIO. Su no cancelación EXIME de cualquier responsabilidad a EL MANDATARIO. Estos dineros se utilizarán para el pago de la notificación de la demanda a la parte demandada. QUINTA.- EL(LA) MANDANTE autoriza directamente desde ahora a EL MANDATARIO para deducir de los dineros que reciba y con prelación a cualquier otro compromiso, el valor de los honorarios que trata la Cláusula Tercera cualquiera que sea la forma legal o lícita del reclamo o demanda contenciosa adminis trativa o ejecutiva que se adelante a partir de la celebración del contrato. En consecuencia EL MANDATARIO podrá pedir la deducción privilegiada de los honorarios profesionales, ante la Oficina que le correspondiere hacer el pago. En el evento que el pago se hiciere directamente a EL(LA) MANDANTE, este cancelará a EL MANDATARIO las sumas acordadas en la Cláusula Tercera a más tardar dentro de los cinco (5) días de haber recibido el pago. De no hacerlo así incurrirá en mora. SEXTA.- El presente Contrato sólo podrá rescindirse por acuerdo entre las partes y por parte de EL(LA) MANDANTE, en caso de negligencia comprobada de EL MANDATARIO. La revocatoria del Poder, sin causa justificada, dará lugar a EL MANDATARIO a cobrar la totalidad de los honorarios pactados. Para que sea efectiva la revocatoria de poder, se debe expedir el respectivo PAZ Y SALVO por parte de EL MANDATARIO. SÉPTIMA.- Las partes convienen y aceptan, que para los efectos legales, el presente contrato presta mérito ejecutivo y el domicilio será cualquier ciudad del país. En prueba de lo anterior, las partes suscriben el presente documento, p revia lectura del mismo, en la ciudad de, a los ( ) días del mes de del año. MANDANTE: C. C. No de MANDATARIO: MARCO ANTONIO MANZANO VÁSQUEZ - Gerente Abogados O. M. M. Ltda.