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Compulsa Abreviada: Expediente N /2016. ADQUISICION ROPA DE INVIERNO DIRECCION GENERAL DE POLICIA AMBIENTAL

Transcripción:

Señor/es: Proveedor APERTURA: El día 18 de SEPTIEMBRE de 2017, a las 12:00 horas LUGAR: Departamento Compras y Suministros - Tercer Piso - Centro Cívico - Santa Rosa - La Pampa. PLANILLA DE COTIZACION ITEM 1: Provisión de agua de bebida envasada, en bidones de veinte (20) litros, para el consumo de los diferentes servicios del Establecimiento Asistencial Gobernador Centeno y los Centros de Salud dependiente de dicho Establecimientos, en un todo de acuerdo a los Pliegos de Especificaciones Técnicas y Cláusulas Particulares, y Proyecto de Contrato adjuntos. La cantidad aproximada de bidones mensuales es de cuatrocientos sesenta (460), El periodo a cubrir es de seis (6) meses aproximadamente. PRECIO DE CADA BIDON... $ Son Pesos cada bidón GARANTIA DE OFERTA Se deberá adjuntar a la propuesta económica, garantía de oferta en alguna de las formas previstas en el Artículo 39 del Reglamento de Contrataciones, por el uno por ciento (1%) del monto que surja de multiplicar: (precio de cada bidón x 460 bidones consumo mensual x 6 meses de provisión). SR. PROVEEDOR: Las propuestas deben ser presentadas por duplicado.- (Artículo 26 del Reglamento de Contrataciones).- Los precios cotizados deberán incluir IMPUESTOS NACIONALES, PROVINCIALES Y TASAS MUNICIPALES CONDICION PARA PARTICIPAR Para PARTICIPAR en la licitación los proveedores deberán tener ACTIVA su inscripción en el REGISTRO DE PROVEEDORES DEL ESTADO PROVINCIAL, en razón de contar con CUMPLIMIENTO FISCAL en el IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA, tanto en el caso de los Obligados Directos como de los contribuyentes de Convenio Multilateral (Artículo 11 del Decreto Nº 1656/16) Quedan EXCEPTUADOS los proveedores comprendidos en el Artículo 25 del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto Acuerdo Nº 470/73 y sus modificatorios. Firma y Sello del Proponente Página 1 Domicilio Legal

CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA ALIMENTARIA Los oferentes deberán presentar CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA REGISTRADA expedido por el Registro Provincial de Deudores Alimentarios dependiente de la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas, sito en Av. San Martín 237 de la ciudad de Santa Rosa, bajo apercibimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 2201 y su Decreto Reglamentario Nº 219/06. Las consultas pertinentes podrán realizarse a los teléfonos (02954)-456249 / 421299. Se considerará cumplida la exigencia de acreditar Libre Deuda Alimentaria, con la presentación, debidamente suscripta, de la Autorización que como Anexo II se adjunta al presente pliego. En caso de tratarse de personas jurídicas, el certificado deberá ser presentado por cada uno de los integrantes del Directorio, adjuntando además copia autenticada del instrumento -acta de distribución de cargos- que acredite la composición del mismo.- LEY Nº 1863 - COMPRE AL PROVEEDOR PAMPEANO Y PRODUCTO PAMPEANO Se encuentra en vigencia la Ley Nº 1863 Prorrogada por Ley Nº 2294 que establece beneficios para la compra a proveedores pampeanos y/o productos pampeanos. Ver cláusula Décima Cuarta del Pliego de Cláusulas Particulares.- Firma y Sello del Proponente Página 2 Domicilio Legal

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS El adjudicatario deberá proveer agua de bebida envasada y la colocación de dispenser, bajo las siguientes condiciones: PRIMERA: El agua de bebida envasada, debe ser no gasificada, apta para consumo humano, en bidones de veinte (20) litros cada uno, con cumplimiento de las disposiciones del Código Alimentario Argentino y toda Normativa Legal vigente. SEGUNDA: Los bidones deben presentar: Fecha de elaboración y/o vencimiento, Partida, día, mes y año, Datos de atención al consumidor y Datos de preservación del producto. TERCERA: Para posibilitar el consumo del agua, el adjudicatario deberá entregar, en comodato y dentro de las veinticuatro (24) horas de la firma del respectivo contrato, veinticinco (25) máquinas (dispenser) que suministren agua fría y caliente y treinta y nueve (39) dispenser comunes, manteniendo los mismos en perfecto estado de funcionamiento durante todo el plazo de vigencia de la vinculación contractual, este número podrá variar en más o en menos hasta un 25%, según las necesidades del Establecimiento. CUARTA: Las entregas se realizarán de Lunes a Viernes de 7:00 hs. a 13:00 hs., en bidones de veinte (20) litros y los dispenser serán entregados cuando se le comunique la adjudicación al proveedor y hasta que termine la relación contractual. QUINTA: El adjudicatario deberá reparar o reemplazar los dispenser que no funcionen correctamente, dentro de las veinticuatro (24) horas de la comunicación respectiva. Firma y Sello del Proponente Página 3 Domicilio Legal

PLIEGO DE CLAUSULAS PARTICULARES PRIMERA.- OBJETO: Este llamado tiene por objeto la provisión de agua de bebida envasada en bidones de veinte (20) litros, destinada a diferentes servicios del Establecimiento Asistencial Gobernador Centeno y Centros de Salud dependientes de dicho Establecimiento, en un todo de acuerdo al Pliego de Especificaciones Técnicas y Proyecto de Contrato adjuntos, los que forman parte integrante de las presentes cláusulas particulares. SEGUNDA.- PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS: Las propuestas se recibirán en el Departamento Compras y Suministros, dependiente de la Contaduría General de la Provincia, sita en el tercer piso, Casa de Gobierno - Santa Rosa - La Pampa, hasta la fecha y hora indicadas en la cláusula Tercera. TERCERA.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS: La apertura del presente llamado se realizará el día 18 de SEPTIMBRE de 2017, a las 12:00 horas, en la sede del Departamento de Compras y Suministros, dependiente de la Contaduría General de la Provincia, sito en el Tercer Piso de la Casa de Gobierno, Santa Rosa, La Pampa. CUARTA.- MANTENIMIENTO DE OFERTA: Las ofertas deberán ser mantenidas por el término de cuarenta (40) días hábiles, computables a partir de la fecha de la apertura. Si al vencimiento del término de mantenimiento de las ofertas no se hubiere adjudicado la licitación, se prorrogará automáticamente el plazo de mantenimiento por un término de siete (7) días hábiles, salvo que los proponentes comuniquen su decisión en contrario, por un medio fehaciente antes del vencimiento del plazo original. QUINTA.- LUGAR DE ENTREGA: En cada uno de los servicios del Establecimiento Asistencial Gobernador Centeno y Centros de Salud, dentro del radio de la ciudad de General Pico. Se deja aclarado que corre por cuenta del adjudicatario los gastos de envases, embalajes, fletes, acarreos y descargas. SEXTA.- REQUISITOS GENERALES: El proveedor debe presentar al momento de la apertura: 1. Denominación del Producto. 2. Marca Registrada. 3. Nombre razón social de planta embotelladora. 4. Domicilio. 5. Número de registro y establecimiento que otorga. SEPTIMA.- PLAZO DEL CONTRATO: El presente contrato regirá por el lapso de seis (6) meses o hasta agotar la cantidad de bidones solicitados, a contar desde la fecha de su suscripción, prorrogables por igual periodo y cantidad. La Renovación será automática, es decir, se prorroga si ninguna de las partes expresa lo contrario treinta (30 dias previos al vencimiento. Sin perjuicio de ello, El Establecimiento tendrá derecho a rescindir el presente contrato comunicando su decisión, por un medio fehaciente, con un preaviso de treinta (30) días corridos. Del mismo derecho gozara EL PROVEEDOR, luego de transcurridos dos (2) meses de la relación contractual. En este último caso el plazo de notificación previa a EL ESTABLECIMIENTO no deberá ser inferior a quince (15) días. OCTAVA.- FORMA DE COTIZACIÓN Y ADJUDICACION: Los oferentes deberán cotizar el precio del bidón de agua, que proveerán con las características y modalidades señaladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas. La adjudicación se realizará por ítem completo. NOVENA.- FORMA DE PAGO: El pago se efectuará mensualmente, a mes vencido, dentro de los siete (7) días hábiles posteriores al de la presentación de la factura junto con los remitos suscriptos por las personas autorizadas en cada dependencia, en el Establecimiento. DECIMA.- CONSTITUCION DE GARANTIAS: La garantía de oferta y de adjudicación deberá constituirse a la orden del Organismo Licitante. En caso de depósito bancario deberá efectuarse a la Cuenta "Garantía de Licitaciones - Nº Firma y Sello del Proponente Página 4 Domicilio Legal

347/4 - Banco de La Pampa - Casa Central". En caso de que la garantía sea mediante Seguro de Caución deberán ser Certificadas por Escribano Público y Legalizada por el Colegio de Escribanos. Los oferentes deberán constituir garantía de oferta por el UNO POR CIENTO (1%) del monto total cotizado, en alguna de las formas establecidas en el Artículo 39º del Reglamento de Contrataciones, a excepción del pagaré a la vista que solo puede ser usado como garantía de oferta por las firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de la Provincia. La garantía de adjudicación que deberá presentar cada firma adjudicataria será equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del monto total adjudicado. UNDECIMA.- CONDICION PARA PARTICIPAR Para PARTICIPAR en la licitación los proveedores deberán tener ACTIVA su inscripción en el REGISTRO DE PROVEEDORES DEL ESTADO PROVINCIAL, en razón de contar con CUMPLIMIENTO FISCAL en el IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA, tanto en el caso de los Obligados Directos como de los contribuyentes de Convenio Multilateral (Artículo 11 del Decreto Nº 1656/16). Quedan EXCEPTUADOS los proveedores comprendidos en el Artículo 25 del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto Acuerdo Nº 470/73 y sus modificatorios. DUODECIMA.- DECLARACION JURADA: Los oferentes deberán adjuntar Declaración Jurada en la que conste no encontrarse en Concurso Preventivo, Quiebra o Liquidación (Anexo I). La no suscripción de la misma por parte de los oferentes producirá la INVALIDEZ INMEDIATA DE LA OFERTA. DECIMA TERCERA.- CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA ALIMENTARIA: Los oferentes deberán presentar CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA REGISTRADA expedido por el Registro Provincial de Deudores Alimentarios dependiente de la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas, sito en Av. San Martín 237 de la ciudad de Santa Rosa, bajo apercibimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 2201 y su Decreto Reglamentario Nº 219/06. Las consultas pertinentes podrán realizarse a los teléfonos (02954)-456249 / 421298. Se considerará cumplida la exigencia de acreditar Libre Deuda Alimentaria, con la presentación, debidamente suscripta, de la Autorización que como Anexo II se adjunta al presente pliego. En caso de tratarse de personas jurídicas, el certificado deberá ser presentado por cada uno de los integrantes del Directorio, adjuntando además copia autenticada del instrumento -acta de distribución de cargos- que acredite la composición del mismo.- DECIMA CUARTA.- COMPRE PAMPEANO: Se pone en conocimiento de los oferentes que se encuentra en vigencia la Ley Nº 1863, Régimen legal de Compre al Proveedor o Producto Pampeano. Los beneficiarios están contemplados en el artículo 6º de la citada Ley. A continuación se transcribe la parte principal del mismo: Artículo 6.- En las contrataciones que se lleven a cabo la preferencia se materializará a través de: a) Cuando se trate de productos pampeanos de acuerdo a lo definido en el artículo 3, se adjudicará cuando el precio de los mismos no supere en un cinco por ciento (5%) en más al de la oferta más conveniente, ante especificaciones técnicas semejantes de calidad y finalidad de uso. b) Cuando el precio del proveedor pampeano no supere en un dos por ciento (2%) en más, al de la oferta más conveniente, ante especificaciones semejantes de calidad o finalidad de uso y ésta corresponda a un proveedor no definido como pampeano.- Los interesados deberán inscribirse en el Registro creado al efecto, el cual se encuentra a cargo del Departamento Compras y Suministros - Tercer Piso - Centro Cívico - Santa Rosa - La Pampa - T.E. (02954)-452793 / 452794. En caso de cotizarse PRODUCTOS PAMPEANOS deberá presentarse indefectiblemente el correspondiente certificado otorgado por la Subsecretaría de Industria, Comercio y PyMEs. DECIMA QUINTA.- LEGISLACION APLICABLE: Todo cuanto no esté previsto en el presente pliego de Cláusulas Particulares se regirá por las disposiciones del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 470/73 y sus modificatorios. Firma y Sello del Proponente Página 5 Domicilio Legal

ANEXO I DECLARACION JURADA DECLARO BAJO JURAMENTO NO ENCONTRARME EN ESTADO DE CONCURSO PREVENTIVO, QUIEBRA O LIQUIDACION, NI INHABILITADO JUDICIALMENTE.- Firma y Sello del Proponente Página 6 Domicilio Legal

ANEXO II AUTORIZACION Por este medio AUTORIZO a la Contaduría General de la Provincia de La Pampa, y a toda persona que este organismo designe, a solicitar información ante el Registro de Deudores Alimentarios dependiente de la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas con asiento en la ciudad de Santa Rosa, creado por Ley Nº 2201. A fin de cumplimentar con la información que debe integrar la solicitud a presentarse ante el citado Registro, mis datos personales son: APELLIDO: NOMBRES: TIPO Y Nº DE DOCUMENTO: NACIONALIDAD: DOMICILIO: Firma y Aclaración PROPONENTE PERSONAS JURIDICAS: Deberán presentar el Anexo II - AUTORIZACION, cada uno de los integrantes del Directorio, adjuntando además copia del instrumento -acta de distribución de cargos- que acredite la composición del mismo. Firma y Sello del Proponente Página 7 Domicilio Legal

PROYECTO DE CONTRATO DE PROVISION ---- Entre el Establecimiento Asistencial Gobernador Centeno de la Provincia de La Pampa, representado en este acto por el Dr. Esteban VIANELLO, en adelante EL ESTABLECIMIENTO, por una parte, y por la otra el señor, (D.N.I. Nº ), en lo sucesivo EL PROVEEDOR, convienen en celebrar el presente contrato, el cual se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: EL PROVEEDOR se obliga a proveer bidones de agua de bebida envasada, no gasificada, apta para consumo humano, de veinte (20) litros cada uno. También se obliga a entregar en comodato dentro de las veinticuatro (24) horas de vigencia del presente y mantener en perfecto estado de funcionamiento, por todo el plazo de este contrato, la cantidad de veinticinco (25) máquinas (dispenser) que suministren agua fría y caliente y treinta y nueve (39) dispenser comunes. EL ESTABLECIMIENTO podrá requerir la entrega de hasta un 25% más, también en comodato, cuando tenga necesidad de que alguna de sus dependencias cuente con el servicio. Estos dispenser adicionales deberán ser instalados por el EL PROVEEDOR dentro de las setenta y dos (72) horas del pedido.----------------------------------------------------------------- SEGUNDA: EL PROVEEDOR deberá verificar y entregar diariamente los bidones de agua, todos los días hábiles administrativos, a partir de la fecha de vigencia del presente, en la cantidad requerida por las dependencias incluidas en la licitación, todas ubicadas dentro del radio urbano de la ciudad de General Pico, de conformidad con la comunicación que efectúe oportunamente EL ESTABLECIMIENTO.------------------------------------------------------------------------------------ TERCERA: EL PROVEEDOR deberá reparar o reemplazar los dispenser que no funcionen correctamente, dentro de las veinticuatro (24) horas de la comunicación respectiva.---------------- CUARTA: EL ESTABLECIMIENTO abonará a EL PROVEEDOR, por cada bidón de agua provisto, la suma de PESOS ($ ). El pago se efectuará en forma mensual, a mes vencido, dentro de los SIETE (7) días hábiles posteriores al de la presentación de la factura junto con los remitos suscriptos por las personas autorizadas en cada dependencia, en la Subsecretaría de Administración.---------------------------------------------------------------------- QUINTA: En el caso que EL ESTABLECIMIENTO constate que el agua provista no es apta para el consumo humano, EL PROVEEDOR deberá responder por las consecuencias que esa situación genere, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula siguiente.------------------------------- SEXTA: El incumplimiento de las obligaciones por parte de EL PROVEEDOR producirá la rescisión del presente, sin otra formalidad que la comunicación respectiva por EL ESTABLECIMIENTO. Ello sin perjuicio de las penalidades previstas en el Reglamento de Contrataciones de la Provincia.--------------------------------------------------------------------------- SEPTIMA: Este contrato regirá por el lapso de seis (6) meses, o hasta agotar la cantidad de bidones solicitados, a contar desde la fecha de su suscripción, prorrogables por igual periodo y cantidad. La Renovación será automática, es decir, se prorroga si ninguna de las partes expresa lo contrario treinta (30 días previos al vencimiento. Sin perjuicio de ello, El Establecimiento tendrá derecho a rescindir el presente contrato comunicando su decisión, por un medio fehaciente, con un preaviso de treinta (30) días corridos. Del mismo derecho gozara EL PROVEEDOR, luego de transcurridos dos (2) meses de la relación contractual. En este último caso el plazo de notificación previa a EL ESTABLECIMIENTO no deberá ser inferior a quince (15) días.---------------------------------------------------------------------------------------- OCTAVA: Forman parte integrante del presente, los Pliegos de Cláusulas Particulares y de Especificaciones Técnicas, por lo que el conjunto integral de las cláusulas y de los artículos de ambos instrumentos componen el vinculo obligacional para las partes.------------------------------- NOVENA: Las partes se someten a la competencia de los tribunales competentes de la ciudad de Santa Rosa, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderles.-------------- Firma y Sello del Proponente Página 8 Domicilio Legal

DECIMA: A todos los efectos judiciales o extrajudiciales EL PROVEEDOR constituye domicilio en calle Nº de la ciudad de, y EL ESTABLECIMIENTO en Calle 17 S/N, de la ciudad de General Pico.----------------------------------------------------------------------------------- -----Se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto y cada parte recibe el suyo en este acto, en la Ciudad de General Pico, a los días del mes de del año dos mil diecisiete.------------------------------------------------------------------------------------- Firma y Sello del Proponente Página 9 Domicilio Legal