Resolución del Consejo UniverSitario n." UNAP Iquitos, 30 de diciembre de 2013

Documentos relacionados
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE LA UNCP

REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS SOCIALES TÍTULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS SOCIALES

A N E X O PARA LA ELECCIÓN DE RECTOR, VICERRECTORES Y DECANOS

REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL Y DE LOS PROCESOS ELECTORALES

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL

ACTA DE REUNIÓN DE LA JUNTA ELECTORAL DEL CLUB NÁUTICO PLAYA SAN MAROS Y ELABORACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA.

Transcripción de Resolución de Consejo Universitario N CU-R-SG-A.AC.

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA TÍTULO I: DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA

REGLAMENTO PARA EL CONCURSO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL Y DE LOS PROCESOS ELECTORALES

CONSEJOS ESCOLARES (E S C U E L A S) M O D E L O S

Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO

UNIVERSIDAD AUTONOMA CHAPINGO REGLAMENTO DEL CONSEJO DEPARTAMENTAL DE ECONOMÍA AGRICOLA

Rectoral n." UNAP Iquitos, 21 de junio de 2016

CONVOCATORIA para la conformación del Colegio Electoral para la elección de Coordinador (a) del Plantel Cuautepec

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA PUCP

REGLAMENTO DE RATIFICACIÓN DOCENTE

REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA SOCIEDAD DE INGENIEROS DE BOLIVIA CAPITULO I DEFINICIONES

ORDENANZA SOBRE LOS CARGOS DE PRO-RECTORES

CONSEJO DIRECTIVO Artículo 28. Consejo Directivo. Artículo 29. Composición del Consejo Directivo Parágrafo Artículo 30

ANEXO IV 1 Convocatoria del sorteo para la elección de miembros de la Junta Electoral.

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PSICOLOGÍA TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PSICOLOGÍA

DECRETO DE RECTORIA. 3º. El acuerdo Nº 8/2006, adoptado por el pleno en sesión ordinaria Nº 2/2006 de 28 de marzo de 2006;

Resolución Rectoral n." UNAP Iquitos, 13 de octubre de 2017

REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES

Proyecto de Reglamento. de la Facultad de Ciencias

Facultad de Ciencias Bioquímicas y Farmacéuticas UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO

NORMATIVA DE SECCIONES del CENTRO UNIVERSITARIO DE LENGUAS MODERNAS. Aprobada en sesión de junta del CULM con fecha 21 de noviembre de 2014

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN SECTORIAL DE SECRETARIOS GENERALES DE LA CONFERENCIA DE RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS

LA REPRESENTACION DE LOS ESTUDIANTES EN EL CENTRO Y SU ORGANIZACIÓN

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU

REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES PARA LOS COMITÉS FUNCIONALES

Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO

I Disposiciones Generales

Universidad Nacional Mayor de San Marcos

SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 11 MARZO EXPEDIENTE nº /98.-

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA TÍTULO I DEL DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE DOCENCIA

NORMATIVA PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL ALUMNADO DE LA FACULTAD DE DERECHO TÍTULO PRELIMINAR

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN PARA ASCENSO DE DOCENTES 2018

TITULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES

CONVOCATORIA para la conformación del Colegio Electoral para la elección de Coordinador (a) del Plantel Cuautepec

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA PUCP

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS


REGLAMENTO DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS FACULTAD DE CIENCIAS

II CONGRESO ORDINARIO DE LA SECCION SINDICAL DE LA UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES EN MAPFRE

Procedimiento para la convocatoria a elecciones en la Universidad Estatal a Distancia

EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. (CORREGIDO) ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL

RESOLUCIÓN No ::

RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº CU.- CALLAO, 10 DE ENERO DEL 2011, EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO:

PROPUESTA DEL REGLAMENTO GENERAL DE RATIFICACIÓN, PROMOCIÓN Y SEPARACIÓN DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO

CUDAP: EXP-UNC: /2016

COLEGIO OFICIAL DE DOCTORES Y LICENCIADOS EN FILOSOFÍA Y LETRAS Y EN CIENCIAS DE CASTILLA-LA MANCHA

(Aprobado por la Consejo de Gobierno el 14 de julio de 2005 y publicado en BO-UCLM nº 84 de agosto-septiembre de 2005)

UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES

REGLAMENTO INTERNO DEL HONORABLE CONSEJO DE CARRERA DE TURISMO

Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO

ASOCIACIÓN MEXICANA DE ÓRGANOS DE CONTROL Y VIGILANCIA EN INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR

HOJA DE RUTA PARA EL PROCESO ELECCIONARIO DE DECANOS, VICEDECANOS Y REPRESENTANTES DE DOCENTES Y ESTUDIANTES PARA LOS CONSEJOS INTEGRADOS DE LAS

Documento de Trabajo 10 ANEXO CUADROS COMPARATIVOS UNIVERSIDADES NACIONALES

E S T A T U T O S.=========================================================

(Aprobado en Junta de Centro el 19 de diciembre de 2017) PREÁMBULO

DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.

Capítulo I Disposiciones Generales

REGLAMENTO - MARCO PARA LAS COMISIONES SECTORIALES DE LA CONFERENCIA DE RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE CARGOS RECTORES DE LA SEC AÑO 2017

PARTIDO POLÍTICO TODOS POR EL PERÚ

TÍTULO I: DE LA JUNTA DE CENTRO DE LA FACULTAD DE DERECHO

REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES

UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA (Creado por Ley Nº 25265)

Estando a lo acordado; SE RESUELVE:

UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL

REGLAMENTO CONSEJO ASESOR ESCUELA AGROTÉCNICA LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO

ACUERDO 31 DE 2010 (5 de octubre)

1 Vigente al 11 de julio del 2012.

REGLAMENTO DE FILIALES DE LA ASOCIACION PERUANA DE PERIODONCIA Y OSEOINTEGRACION

TÍTULO PRELIMINAR: DISPOSICIONES GENERALES. TÍTULO PRIMERO: De los Miembros del Instituto

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO AC ADÉMICO DEL INSTITUTO SUPERIOR DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO

19 de octubre LUNES 20 de octubre MARTES 22 de octubre MIÉRCOLES

REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA

REGLAMENTO DE OPERACIÓN INTERNA DE LA FACULTAD

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DEL CENTRO DE POSTGRADO Y FORMACIÓN CONTINUA DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA

Consejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9

SECRETARIA DE ACTAS ACTA No RESOLUCION NO. CU FECHA:

REGLAMENTO PARA LA SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE DECANO O DECANA DE ÁREA ACADÉMICA1

La necesidad de implementar la nueva Estructura Funcional de la Facultad aprobada mediante Resolución CDFAA N 126/04

EL CONSEJO POLITÉCNICO DE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DEL LITORAL CONSIDERANDO

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA SOCIEDAD PERUANA DE HEMOTERAPIA Y BANCO DE SANGRE

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS

CONSIDERANDO: Que el marco normativo vigente no resulta totalmente apropiado al desarrollo académico e institucional que ha tenido la Facultad,

REGLAMENTO DE LA DELEGACIÓN DE ESTUDIANTES DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE LENGUAS MODERNAS DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

Transcripción:

(i)iunap Rectorado Resolución del Consejo UniverSitario n." 023-2013-UNAP Iquitos, 30 de diciembre de 2013 VISTO: El acta de Consejo Universitario de la sesión extraordinaria realizada el 30 de diciembre de 2013, que acordó aprobar las precisiones al Reglamento de Elección de Autoridades en la Universidad Nacional de la AmazonIa Peruana; CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Consejo Universitario n." 031 2011-UNAP de fecha 07 de diciembre de 2011, se aprueba el Reglamento de elecciones de autoridades en la UniverSidad Nacional de la Amazonia Peruana; Que, el Consejo Universitario en sesión extraordinaria realizada el 30 de diciembre de 2013, acordó aprobar las precisiones al Reglamento de Elección de Autoridades en la Universidad Nacional de la Amazonia Peruana; Estando al acuerdo de Consejo Universitario; y, En uso de las atribuciones que confieren la Ley n." 23733 y el Egunap; SERESUELVE: ARTrCULOPRIMeRO.- Aprobar las precisiones al Reglamento de elecciones de autoridades en la Universidad Nacíonal de la Amazonia Peruana, que consta de cinco (5) folios y que forma parte integrante de la presente resolución. ARTrCULOSEGUNDO.- Est~blecer que a partir de la aprobación del presente reglamento, quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente documento. Regfstrese, comuniquese y archivese. _ toni~lpasquel Ruíz, RECTOR Ol$t. :AU.\fRAC.VAAO.EPG.' ac(14 ).OGAA.OGA.O<iP.oo RH.OCI.A...Otl.PWeb.R~c. Rt<lora4o, At(hlvo( 4) ndop

REGLAMENTO DE ELECCiÓN DE AUTORIDADES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONíA PERUANA Aprobado con Resolucióndel Consejounlverslrarlo n.' 031 2011 CU UNAPdel 07 de diciembre de 2011 y con Resoluciónde Consejo Universitario N' 023 2013 CU UNAP,del 30 de diciembre de 2013. l. ÓRGANOS DE GOBIERNO Asamblea Universitaria Consejo Universitario Consejo de Facultad Directorio de la Escuela de Postgrado A. COMPOSICION DE LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA La Asamblea Universitaria está constituida, de acuerdo al artículo 28' de la Ley Universitaria n." 23733 y artículo 114' del Egunap, de la siguiente manera: Rector 1 Vicerrectores 2 Decano 11 Director de Escuela de Posgrado 1 Docentes principales 15 Docentes Asociados 9 Docentes Auxiliares 6 Estudiantes 25 Graduados 2 7S (Miembros plenos) Jefe de práctica 1 supernumerario Docente contratado.j,_supernu me rano 77 (Miembros de la AU) B. COMPOSICiÓN DELCONSEJOUNIVERSITARIO El Consejo Universitario está constituido de acuerdo al artículo 31' de la Ley Universitaria n.' 23733 y al artículo 12S' del Egunap, de la siguiente manera: Rector 1 Vicerrectores 2 Decano 11 Director de Escuela de Posgrado 1 Graduado 1 Estudiantes -ª 24

REGLAMENTO DE ELECCiÓN DE AUTORIDADES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONIA PERUANA C. COMPOSICiÓN DELCONSEJODE FACULTAD El Consejo de Facultad está constituido de acuerdo al artículo 38 de la Ley Universitaria n." 23733 y al artículo 131 del Egunap, de la siguiente manera: Decano Docentes pri ncipal es Docentes asociados Docentes auxiliares Estudiantes Jefe de práctica Docente contratado Graduado 1 6 4 2 6 1 supernumerario 1 supernumerario _! supernumerario 22 En el caso de que una facultad no disponga del número de profesores principales a que hacer referencia el párrafo anterior, acreditará el Consejo de Facultad el mayor número de profesores principales que sea posible constituyendo este número el 50% de la representatividad total de los docentes ordinarios al Consejo de Facultad. Los representantes de las otras categorías conservarán los porcentajes establecidos en el párrafo anterior tomando como referencia este último total establecido. Una vez elegidos los miembros del Consejo de Facultad, el número de profesores principales sólo podrá variar en un nuevo mandato del decano. D. COMPOSICiÓN DEl DIRECTORIODE LA ESCUELADE POSTGRADO Director Jefes de Sección Estudiantes 1 3 Son Jefes de Sección, los docentes ordinarios con grado de doctor y/o de maestro, designados con resolución decanal o de coordinación respectiva y ratificada con resolución rectoral, de las secciones de postgrado que cuenten con programas de maestrías, doctorados y/o segunda especialización. Los estudiantes miembros del directorio de la Escuela de Postgrado deben haber aprobado por lo menos el 11ciclo de estudios. AP10budo con Resolución del Consejo Universitario n.~031-?oll CU VNAI>, del 07 de diciembre de 201 i. y con Resolución de ConsejO Unlverllurlo Nt 023 2013 CU UNAP, del 30 de diciembre de 201.3.

REGLAMENTO DE ELECCiÓN DE AUTORIDADES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONiA PERUANA 11. ELECCiÓN DE AUTORIDADES A. ELECCIÓN DEL RECTOR(a) y VICERRECTORES(as) Para elegir a las autoridades indicadas se procede de la siguiente manera: a) Se toma como base el artículo 40 de la Ley Universitaria. "Para la instalación y funcionamiento de la Asamblea Universitaria, el Consejo Universitario y el Consejo de Facultad, el quórum es de la mitad más uno de sus miembros. En ninguna circunstancia la proporción de los estudiantes puede sobrepasar a la tercera parte de los miembros presentes en ellos. La inasistencia de los estudiantes no invalida la instalación ni el funcionamiento de dichos órga nos". b) El rector V los vicerrectores son elegidos por lista única por un período de cinco (5) años por votación personal obligatoria, directa y secreta por todos los miembros de Asamblea Universitaria (autoridades, docentes, estudiantes, graduados, jefe de práctica y profesor contratado). c) El número de votos exigidos para la elección del rector V vicerrectores es de 40 votos, a alcanzarse en un máximo de tres (3) votaciones. d) De no alcanzar los 40 votos en las tres (3) votaciones anteriores, se procederá a una segunda ronda de tres (3) votaciones como máximo entre las dos (2) listas que hayan alcanzado mayor votación. e) En caso de no alcanzar los cuarenta (40) votos en las elecciones precedentes, el rector convocará a sesión extraordinaria para una tercera V/o cuarta ronda, con nuevos candidatos, en un máximo de 72 horas, estando este máximo de horas dentro del periodo de vigencia de la autoridad. f) En caso de no alcanzar los cuarenta (40) votos en la tercera V/o cuarta ronda, la Asamblea Universitaria procederá a encargar el cargo de rector al decano más antiguo (Art. 14$Q de Egunap), quien debe cumplir con los requisitos de lev para ser rector y éste convocará a la Asamblea Universitaria para proceder a la elección respectiva, en un lapso no mayor de 30 días No existe reelección inmediata del cargo de rector ni vicerrector (Ley o" 28637) B. ELECCION DE DECANO(a) El decano convoca a elección de la nueva autoridad en un periodo no menor de 30 días antes del vencimiento de su mandato. Es elegido decano el candidato que alcance la mayoría absoluta (11 votos) en un máximo de tres (3) votaciones. De no alcanzar los 11 votos en las tres (3) votaciones anteriores, se procede a una segunda ronda de tres (3) votaciones como máximo entre los dos (2) candidatos más votados. AprobadO con RcsollJC'' óodel consejo Ul'livc(sitatio (I.~031 2011 CU-UNAP, dél 07 de dldembrede 2011 Vcon ResoluCión de ccesejo Universitario N" 023-2013 CU UN,P, del 30 de diciembre de 2013.

REGLAMENTO DE ELECCiÓN DE AUTORIDADES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONiA PERUANA En caso de no alcanzar los 11 votos en esta nueva ronda de tres (3) votaciones como máximo, el Consejo de Facultad, respetando la composición de los tercios, procede a encargar el cargo de decano a un docente que debe cumplir los requisitos establecidos en la ley. Si el Consejo de Facultad no consigue elegir ni encargar, el rector designa al decano encargado y éste convocará al Consejo de Facultad para proceder a la elección del decano titular en un lapso no mayor de 30 días. No existe reelección inmediata del cargo de decano (ley n." 28637) C. ELECCiÓNDel DIRECTOR(a)DE POSTGRADO El directortal de la Escuela de Postgrado convoca a elección de la nueva autoridad en un período no menor de 30 días antes del vencimiento de su mandato. Para ser elegido director de la Escuela de Postgrado, el interesado(a) debe acreditar el grado de doctor (Oficio Circular n." 3S-2010-p/SG-artículo 34' y 37 de la ley Universitaria) ser peruano, profesor principal de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana, con no menos de 3 años de antigüedad en la categoría y 10 años en la docencia en la Universidad, y ser o haber sido profesor de la Escuela de Postgrado. Eselegido dírectorta) de la Escuela de Postgrado el candidato(a) que alcance la mitad más uno del número total de miembros del directorio en un máximo de tres (3) votaciones. De no alcanzar la mitad más uno del número total de miembros del directorio en las tres (3) votaciones anteriores, se procede a una segunda ronda de tres (3) votaciones como máximo entre los dos (2) candidatos más votados. En caso de no alcanzar la mitad más uno del número total de miembros del directorio en esta nueva ronda de tres (3) votaciones como máximo, el rector procede a encargar el cargo de director de la Escuela de Postgrado. El director encargado convocará al Directorio de la Escuela de Posgrado para proceder a la elección del director titular en un lapso no mayor de 30 días. Por extensión a lo establecido en la ley, para el cargo de rector, vicerrector y decano, no existe reelección para el cargo de director de la Escuela de Postgrado (Informe legal OAL UNAP de 27.10.2011). D. DELCOMITÉ ELECTORAL Conforme con el artículo 39 de la Ley Universitaria W 23733: "Coda Universidad tiene un Comité Electoral Universitario elegido anualmente por lo Asamblea Universitaria y constituido por tres (3) profesoresprincipales, dos (2) profesores asociados,un (1) profesor auxiliar y tres (3) estudiantes. ElComité Electoral Universitario es autónomo y se encargo de organizar, conducir y controlar los procesoselectorales, así como de pronunciarse sobre los reclamaciones que se presenten. Sus follas son inapelables. Codo Universidad norma el funcionamiento del Comité Electoral Universitario. Apr<lbado con ResoJu(fón del Consejo Unlvefslt"rlO n.+031 2011 CU UNAP. del 07 de diciembre de 2011 vccn ResoluciÓn de Consejo Universitario N 023~2013 CU UNAP.dC!:130de dkietnbr~ de 201.l.

REGLAMENTO De EleCOÓN De AUTORIDADES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL De LA AMAZONrA peruana El artículo 1530 y 1540 del Estatuto de la UNAP, reglamenta de manera general el funcionamiento del Comité Electoral Universitario. El Comité Electoral Universitario es convocado por la autoridad universitaria respectiva, para que en sesión extraordinaria actúe de conformidad con el artículo 390 de la ley Universitaria: "...organizar, conducir y controlar los procesos electorales...". Una vez que se haya comprobado el quórum del reglamento, el Comité Electoral Universitario procederá de la siguiente manera: Darlectura a la normatividad legal que autoriza la realización del acto electoral. Indicación de los requisitos para ser elegido. Toma de propuestas para postutacténíes). Postulacionesen lista completa. Entregapersonal de cédulasde votación y sufragio en cámara secreta. Escrutinio. Proclamaciónde lista ganadora. Comunicara la autoridad para la emisión de la ResoluciónRectoral respectiva. Aprobado COr)Resolución del Consejo UniverSitariO n."031~2011 CV UNAP,del 07 de dldembr~ de 2011 y con Hcsolución de Consejo Un versltario N' 029 2019. CU UNAP. del 30 de diciembre de 2013.