ADJUDICACION DE LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS PARA LA RECAUDACION EN PERIODO EJECUTIVO Y LA INSPECCION TRIBUTARIA DEL AYUNTAMIENTO DE ARNEDO Visto el expediente tramitado para la contratación, mediante procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, tramitación anticipada, para la prestación de los servicios complementarios para la RECAUDACION EN PERIODO EJECUTIVO Y LA INSPECCION TRIBUTARIA del Ayuntamiento de Arnedo, con un valor estimado conforme al art. 88 del Texto Refundido de la LCSP de 296.000,00. Visto que se publicó el anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea de fecha 15 de diciembre de 2017 y en el Boletín Oficial del Estado de 18 de diciembre de 2017, han sido dos las proposiciones presentadas correspondientes a COORDINADORA DE GESTION DE INGRESOS S.A. y TEODORO ZURITA S.L. Vista el acta de la Mesa de Contratación de fecha 2 de febrero de 2018 en la que se procede a la valoración de los criterios subjetivos y a la posterior apertura del sobre C que contiene la proposición y los criterios objetivos, en la que se hace constar: A continuación la Mesa de Contratación procede a la valoración de los criterios subjetivos contenidos en el sobre B, tomando como base el informe de la Tesorera, con el siguiente resultado: LICITADOR Modelo Organizativo Personal Tratamiento de datos Procedimientos de calidad Medios Materioales TOTAL
CGI S.A. 10 8 2,5 3 15 38,5 TEODORO ZURITA S.L. 8,5 6 3 4 14,5 36 A continuación se procede en sesión pública a dar cuenta de la valoración otorgada a los criterios subjetivos y a la apertura del sobre C que contiene los criterios objetivos. Se procede a la apertura del sobre C con el siguiente resultado: COORDINADORA DE GESTION DE INGRESOS S.A.: Ejecutiva: 80% Inspección: 10% Exptes. Derivación de Responsabilidad: 12%. Incorpora documentación relativa a las mejoras ofertadas. TEODORO ZURITA S.L.: Ejecutiva: 79,80% Inspección: 12% Exptes. Derivación de Responsabilidad: 0,1%. Incorpora documentación relativa a las mejoras ofertadas. Se procede a la valoración de las proposiciones económicas con el siguiente resultado:
LICITADOR Ejecutiva Inspección Exptes. Derivación Responsabilidad TOTAL CGI S.A 11,58 10,23 0,48 22,29 TEODORO ZURITA S.L. 11,81 8,86 2,25 22,92 Vistas las características de las mejoras a valorar la Mesa de Contratación acuerda que se entreguen al Gestor de Mordenización y NNTT, al objeto de que informe sobre su ajuste a los requisitos establecidos en el PCAP para poder ser tomadas en consideración, y en consecuencia proceder a su valoración. Vista el acta de la Mesa de Contratación de fecha 6 de febrero de 2018, en la que se procede a la valoración de las Mejoras contenidas dentro del sobre C y a la valoración definitiva de cada una de las proposiciones, haciendo constar: Constituida la Mesa se da cuenta a la misma del informe emitido por el gestor de Modernización y NNTT del Ayuntamiento de Arnedo con fecha 5 de febrero de 2018, respecto de las mejoras recogidas en el sobre C, en el que se hace constar: COORDINADORA DE GESTIÓN DE INGRESOS S.A. A) Aportación de software o herramientas de gestión tributaria compatibles con las del Ayuntamiento.- 5 puntos Módulo ejecutiva +.- 2 puntos Módulo de derivación de responsabilidad.- 2 puntos Procedimiento genérico de inspección.- 2 puntos Procedimiento de inspección de IAE.- 2 puntos Procedimiento sancionador.- 2 puntos Conecta DGT.- No se valora por ser un software que posee el Ayuntamiento de SCTribTools.- 2 puntos ALREDOC.- 2 puntos CGI-Matic.- 2 puntos Conexión con AEAT.- 2 puntos CGI ConAcree.- 2 puntos
CGI Fallecidos.- 2 puntos Procesos Ejecutiva.- 2 puntos Consultas Web.- 2 puntos B) Servicio de atención telemática y pago on line en sede electrónica.- 5 puntos C) Aportación de software o herramientas que posibiliten controles preventivos, indicadores de gestión y cuadros de mando.- 5 puntos Total puntos mejoras: 15 puntos TEODORO ZURITA S.L. A) Aportación de software o herramientas de gestión tributaria compatibles con las del Ayuntamiento.- 5 puntos Módulo ejecutiva +.- 2 puntos Módulo GT/WIN- ejecutiva avanzada.- 2 puntos Gestión Tributaria y Recaudación.- No se valora por ser un software que posee el Ayuntamiento de Multas.- No se valora por ser un software que posee el Ayuntamiento de Conecta DGT.- No se valora por ser un software que posee el Ayuntamiento de Intercambios INE.- No se valora por ser un software que posee el Ayuntamiento de GT Win-Sical.- No se valora por ser un software que posee el Ayuntamiento de Base datos Oracle.- No se valora por ser un software que posee el Ayuntamiento de TZ/tz-FDIR.- 2 puntos TZ/tz-CEAT.- 2 puntos TZ/tz-Alertas.- 2 puntos Notificación electrónica.- 2 puntos Sistema de virtualización No es un software o herramienta para la gestión tributaria B) Servicio de atención telemática y pago on line en sede electrónica.- 5 puntos C) Aportación de software o herramientas que posibiliten controles preventivos, indicadores de gestión y cuadros de mando.- 0 puntos No consta en la propuesta la aportación de software a que hace referencia la cláusula 11.2.2.c), del PCAP, solamente se indica la conexión remota del Ayuntamiento con la empresa, la consulta de expedientes ejecutivos, interoperabilidad con otras Administraciones etc., que nada tienen que ver con los controles e información que aportan los softwares o herramientas de gestión y cuadros de mando que se solicitan. Total puntos mejoras: 10 puntos
Tomando como base el referido informe y el resultado de la oferta económica se procede a la valoración de los criterios objetivos con el siguiente resultado: CGI S.A. TEODORO ZURITA S.L. Ejecutiva 11,58 11,81 Inspección 10,23 8,86 Exptes. Derivación Responsabilidad 0,48 2,25 Mejora 11.2.2.a) 5 5 Mejora 11.2.2.b) 5 5 Mejora 11.2.2.c) 5 0 TOTAL 37,29 32,92 A continuación se procede a la suma de las puntuaciones obtenidas en los criterios subjetivos y en los criterios objetivos: LICITADOR Criterios subjetivos Criterios objetivos TOTAL CGI S.A. 38,5 37,29 75,79 puntos TEODORO ZURITA S.L. 36 32,92 68,92 puntos Visto que en la misma acta la Mesa de Contratación, propone la adjudicación del contrato para la prestación de los servicios complementarios para la RECAUDACION EN PERIODO EJECUTIVO Y LA INSPECCION TRIBUTARIA del Ayuntamiento de Arnedo, a la mercantil COORDINADORA PARA LA GESTION DE INGRESOS S.A.. Visto que de acuerdo con la propuesta formulada, se requirió al licitador propuesto para que aportara los documentos acreditativos de estar al corriente con sus obligaciones tributarias
y con el Ayuntamiento de Arnedo y con la Seguridad Social, así como el justificante de haber depositado adecuadamente la garantía definitiva y toda la documentación señalada en la cláusula nueve del pliego de cláusulas administrativas particulares. Visto que por parte de Coordinadora de Gestión de Ingresos S.A. se ha presentado la documentación y la garantía definitiva que había sido requerida. Visto el informe de fiscalización de fecha 27 de febrero de 2018. Visto que el órgano de contratación es el Alcalde, si bien dicha competencia se encuentra delegada en la Junta de Gobierno Local, por Resolución de la Alcaldía nº 2015001053 de 15 de junio de 2015. Visto que la adjudicación de este contrato es de suma importancia y urgencia para el funcionamiento de la organización municipal, no estando previsto que hoy se reúna la Junta de gobierno Local. Esta Alcaldía, haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas y a la vista de la propuesta formulada por el Área correspondiente, por la presente HA RESUELTO PRIMERO: Adjudicar el contrato para la prestación de los servicios complementarios para la RECAUDACION EN PERIODO EJECUTIVO Y LA INSPECCION TRIBUTARIA en el Ayuntamiento de Arnedo, a COORDINADORA DE GESTION DE INGRESOS S.A., por el precio de Ejecutiva: 80% Inspección: 10% Exptes. Derivación de Responsabilidad: 12%. y conforme al resto de condiciones establecidas en el PCAP y en la proposición del adjudicatario, entre ellas todas las mejoras. SEGUNDO: Notificar el presente acuerdo a todos los licitadores presentados al procedimiento.
TERCERO: Notificar a COORDINADORA DE GESTION DE INGRESOS S.A., adjudicatario del contrato, el presente acuerdo, haciéndole saber que la formalización del contrato deberá efectuarse en un plazo no superior a cinco días desde que se le requiera para ello, una vez que haya transcurrido el plazo previsto para la interposición del recurso especial en materia de contratación (quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores) sin que se hubiera interpuesto dicho recurso. CUARTO: Publicar la formalización del contrato en el Perfil del contratante del Ayuntamiento de Arnedo, en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el Boletín Oficial del Estado. QUINTO.- Someter la presente resolución a su convalidación por la Junta de Gobierno Local en la próxima sesión que por esta se celebre. REGIMEN DE RECURSOS: Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente Notificación, con arreglo a los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Potestativamente, podrá asimismo interponer el Recurso Especial en materia de contratación regulado en los artículos 310 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público (introducidos por la Ley 34/2010 de 5 de agosto), ante el órgano de contratación en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado. El interesado, no obstante, podrá interponer cualesquiera otros recursos si lo cree conveniente.