ORDENANZA REGIONAL Nº GRSM/CR. Moyobamba, 30 de diciembre del 2005

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Transcripción:

Moyobamba, 30 de diciembre del 2005 POR CUANTO: El Consejo Regional de la Región San Martín, en sesión ordinaria de Consejo de fecha 07 de diciembre del 2005, aprobó por unanimidad la siguiente Ordenanza: CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N 27867, modificada por la Ley N 27902, establece en su Artículo 15, inciso a), que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, son funciones del Gobierno Regional de San Martín, de acuerdo al Art 53 de la Ley N 27867, en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en su inciso a), formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales y, en el inciso b) implementar el sistema regional de gestión ambiental, en coordinación con las comisiones ambientales regionales, en concordancia con el Decreto del Consejo Directivo N 011-2003-CD/CONAM, Marco Estructural de Gestión Ambiental - MEGA. Que, la preservación y conservación del ambiente en el territorio de la región San Martín, requiere para el mejoramiento de la calidad de vida, una política coordinada y participativa, en virtud de que el Sistema de Gestión Ambiental es una complejidad que trasciende las fronteras políticas provinciales. Que, es importante generar una política ambiental de integración entre el Gobierno Nacional, las provincias y el Gobierno Regional, considerando que, el ambiente es un patrimonio común de la sociedad y que de su equilibrio depende la vida y las posibilidades de desarrollo de la región y del país. Que, la coordinación entre los distintos niveles gubernamentales y sociales son indispensables para la eficacia de las acciones ambientales, es que se ha desarrollado un proceso participativo para definir las políticas y objetivos planteados.

Que, los recursos ambientales deben ser aprovechados de manera que se asegure una productividad óptima y sostenida, con equilibrio e integridad, considerando a los pueblos indígenas; adecuada difusión de tecnologías apropiadas para el manejo del medio ambiente; donde la información ambiental y la formación de una conciencia pública sobre la preservación del entorno son esenciales en la formulación de la política ambiental. Que, son competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales, estipulada en su Art. 9 de la Ley N 27867, inciso f) dictar las normas inherentes a la gestión regional y en mérito al Art. 38 de la misma ley, el Consejo Regional aprueba lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo primero: Aprobar la Política Ambiental Regional de San Martín, en base a lo establecido en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en armonía con la Política ambiental Nacional, cuya finalidad es orientar la gestión ambiental sobre la visión compartida, elaborada mediante un proceso participativo, concertado y consensuado por los diferentes actores públicos, privados y sociales de la Región San Martín; definida de la siguiente manera: 1. Formula, aprueba, ejecuta, evalúa, dirige, controla y administra, los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial en concordancia con los planes de los gobiernos locales de su jurisdicción. 2. Fomenta el cumplimiento de su Visión Ambiental 3. Implementa de manera concertada en el marco de intervención de la Comisión Ambiental Regional de San Martín CAR-SM, a través de la cual se fomenta la concertación y asignación de compromisos institucionales par el cumplimiento de acciones propuestas en el Plan de Acción y Agenda Ambiental Regional, aprobada en su oportunidad como instrumento de gestión, que busca y orienta alcanzar el desarrollo sostenible, 4. Promueve la conformación de Grupos Técnicos, que cumplen un rol importante para el recojo de información y datos realistas de la situación en que se halla la gestión de los recursos naturales y el ambiente en la región, centrando su orientación en procesos participativos, como el de la Zonificación Ecológica Económica del territorio regional, Estrategia Regional de la Diversidad Biológica, Turismo, Educación Ambiental y Cuencas, entre otros 5. Norma sobre la base de los instrumentos de gestión ambiental, el aprovechamiento de los recursos naturales buscando el máximo valor agregado en razón de las

potencialidades, para la generación de empleo y riqueza que contribuya al alivio de la pobreza 6. Fomenta el desarrollo de actividades productivas y económicas compatibles con el potencial y buen manejo del ambiente y la riqueza natural, traducida en uso de tecnologías limpias y de orientación a mercados verdes, con tendencias a la 7. certificación orgánica, fomentando la gestión sostenible bajo un enfoque de microcuencas. 8. Promueve en consecuencia la participación ciudadana, urbana y rural con alta sensibilidad y conciencia ambiental por la conservación y protección de los recursos naturales y la calidad ambiental, 9. Promueve el respeto a las culturas indígenas de la región, principalmente los Kechwas, Lamistas y Awajun, ocupantes de importantes territorios en la región, asegurando para ellos el rescate, fortalecimiento y desarrollo de sus culturas y conocimientos ancestrales sobre la riqueza de sus costumbres, conocimientos y manejo de los recursos del bosque y el respeto a sus territorios 10. Promueve la integración política y productiva de la región amazónica y la articulación de nuestras zonas fronterizas, sobre la base de propuestas de proyectos de gran envergadura para los intereses de los pueblos amazónicos, buscando una mejora permanente en la calidad de vida y respeto a nuestros derechos como amazónicos 11. Promueve un reconocimiento y participación de todos lo actores sociales de la región, para la formulación e implementación responsable de una política ambiental regional, articulada a la Política de Estado Nº 19. Articulo Segundo: La Política Ambiental Regional de San Martín, tiene los siguientes objetivos: 1. Establecer un Sistema Regional de Gestión Ambiental, que fortalezca y asegure una institucionalidad comprometida con la gestión sostenible del ambiente. 2. Optimizar la coordinación entre la autoridad ambiental nacional y los diferentes y niveles de gestión regional. 3. Promover y contribuir a un sistema eficiente de manejo y administración de las Areas Naturales Protegidas del SINANPE, sobre la base de Planes Maestros elaborados participativamente y reconocidos por las poblaciones locales y las instituciones competentes de la región san martín. 4. Propiciar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales del bosque diferentes de la madera, en concordancia a las modalidades de acceso establecidas en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, proyectando a los mercados de exportación.

5. Propiciar el establecimiento y desarrollo de sistemas integrales de agricultura ecológica con los productores naturales y migrantes, ocupantes establecidos en zonas de protección. 6. Apoyar el Ordenamiento Forestal y la consolidación de los planes de manejo forestal en los bosques de producción permanente, concesionados por el Estado en el marco de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre. 7. Desarrollar programas regionales de reforestación, restauración, rehabilitación y recuperación de tierras forestales degradadas y el manejo de bosques secundarios. 8. Apoyar y promover el establecimiento y gestión de Áreas de Conservación Regional y Áreas de Conservación Municipal, como estrategia regional para conservar y proteger las fuentes de agua a nivel de microcuencas. 9. Promover y apoyar iniciativas de investigación básica y científica, que coadyuven a la conservación y protección de la diversidad biológica regional (ecosistemas, especies y genes) así como los beneficios que se genere para las poblaciones locales 10. Establecer mecanismos de gestión sostenible del recurso agua en sus diversas manifestaciones en san martín (superficiales, subterráneas, humedales, lagos, vertientes y otros), consolidando el enfoque de desarrollo integrado de la microcuenca. 11. Promover y normar el desarrollo del turismo sostenible, como uno de los ejes estratégicos para atraer la inversión privada, generación de empleo y riqueza en beneficio de los pueblos de la región san martín. 12. Concluir el Ordenamiento Territorial de la región san martín, sobre la base de la zonificación ecológica económica de los espacios macro y mezo. 13. Promover y apoyar el desarrollo sostenible de la acuicultura, sobre la base de crianza y manejo de especies hidrobiológicas. 14. Consolidar el proceso de concesiones forestales, con participación y responsabilidad directa de las instancias y competencias regionales, en toda la cadena de valor de la actividad forestal, con proyección a cubrir la demanda interna y salir a los mercados de exportación y la certificación voluntaria. 15. Promover y fomentar la participación ciudadana, para una mejora constante en la calidad ambiental de las ciudades y los pueblos, de la región, eliminando diversas fuentes de contaminación del suelo, agua, el aire y disminución de ruidos. 16. Promover la planificación y construcción de carreteras y vías de acceso considerando la variable ambiental, para no poner en riesgo los ecosistemas frágiles, los bosques de protección y hábitats vulnerables de especies de la fauna silvestre. 17. Apoyar y consolidar la gestión de los gobiernos municipales, en áreas de ordenamiento territorial, servicios de agua y desagüe, manejo y disposición de residuos sólidos, tratamiento de aguas servidas, gestión ambiental, entre otras. 18. Fomentar la educación y cultura ambiental como formación transversal en los diferentes niveles educativos con carácter obligatorio, monitoreando

permanentemente el cumplimiento en su implementación y mejora continua e involucrando a los diferentes actores sociales e institucionales, en programas de sensibilización a favor del ambiente. 19. Desarrollar y poner en práctica principios de ética con el ambiente, requiriendo de las diferentes autoridades del Estado, funcionarios públicos y privados, el cumplimiento y consideración para la toma de decisiones de interés regional. 20. Propiciar los medios y materiales para una mejor comprensión y difusión de los alcances y significado que tienen los cuatro frentes de gestión ambiental, como 21. criterios básicos y orientadores para la planificación del desarrollo sostenible y la toma de decisiones por parte de las autoridades y la participación organizada de la sociedad y las organizaciones de base. 22. Implementar un programa de coordinación estricta con el ministerio público, las fuerzas armadas, la policía nacional del Perú y sus cuerpos especializados, junto a otras instituciones competentes, para garantizar mancomunadamente el respeto y cumplimiento de las normas ambientales en la región San Martín. 23. Promover y organizar sobre la base de la tecnología de la informática y el Internet la creación de paginas especializadas o sistema ambiental de información regional sobre la riqueza y potencialidades de la región, (planes, estudios, proyectos, contratos, concesiones, reportes de gestión, etc,) accesibles abierta y democráticamente a la población para facilitar una mayor y mejor participación en los procesos concurrentes de fiscalización, monitoreo, educación, cultura y difusión, todo ello orientado a la transparencia de la gestión publica y privada, en una región amazónica emergente para encarar los problemas del milenio. 24. Desarrollar la Estrategia Regional de Comercio y Ambiente. 25. Promover el respeto y cumplimiento de los tratados y convenios internacionales en materia ambiental. 26. Establecer las estrategias regionales de diversidad biológica y Cambio Climático, en el marco de las estrategias nacionales. 27. Promover mecanismo de bioseguridad para regular la introducción de de especies exóticas, de organismos genéticamente modificados y la perdida de recursos genéticos. 28. Promover la valoración económica de los recursos naturales y la búsqueda de mercados para la venta de los servicios ambientales de la región, que sobresale como un rubro estratégico de negociación del futuro. 29. Promover la consolidación de los diferentes niveles de organización social y de base, que buscan entre sus objetivos apoyar la solución de problemas ambientales y apuestan por un ambiente saludable, mediante acciones de vigilancia y control de las actividades humanas contaminadoras y propician la aplicación del principio de contaminador pagador.

30. Consolidar los procesos formulación de Planes Participativos de Desarrollo Regional y Local y la implementación de presupuestos concertados, que evite duplicidad de esfuerzos y gastos de los presupuestos públicos y privados en la región. Artículo Tercero: Encargar a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de San Martín, la ejecución de la presente Ordenanza; debiendo realizar la difusión correspondiente en el ámbito de la región San Martín. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase JULIO CARDENAS SANCHEZ PRESIDENTE REGIONAL