ESTUDIO PARA PROMOVER LA PROLONGACIÓN DE LA PERMANENCIA EN SERVICIO ACTIVO DEL PERSONAL DE PLANTA INSTITUCIONAL Septiembre del 2016
ANTECEDENTES MARCO JURÍDICO ADMINISTRATIVO CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA LEY-18.948 LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE LAS FAs. DFL-1 ESTATUTO DEL PERSONAL DE LAS FAS 1997 DFL-1 LEY DE PLANTA DE LAS FAS 1998
ANTECEDENTES LINEA DE CARRERA DE OFICIALES EN 38 AÑOS DE SERVICIO EDAD 23 24-26 27-31 32-37 38-42 43-47 48-61 53-61 GRADO ALFÉREZ SUBTENIENTE TENIENTE CAPITAN MAYOR TENIENTE CORONEL CORONEL GENERAL LINEA DE CARRERA DE SUBOFICIALES EN 35 AÑOS DE SERVICIO EDAD 22-24 25-30 31-36 37-41 42-46 47-50 50-56 GRADO CABO CABO 2º CABO 1º SARGENTO 2º SARGENTO 1º SUBOFICIAL SUBOFICIAL MAYOR
ANTECEDENTES ESTRUCTURA DE LA CARRERA MILITAR 20 AÑOS DE SERVICIO 38 AÑOS SERVICIO EFECTIVO OFICIALES ESCUELA MILITAR OFICIAL SUBALTERNO OFICIAL JEFE OFICIAL GENERAL OFICIAL SUPERIOR TENIENTE CORONEL CUADRO PERMANENTE 35 AÑOS SERVICIO ESCUELA SUBOFICIALES CLASE SUBOFICIAL SG2/SG1 TROPA PROFESIONAL EGRESO SLTP ESCUELA MATRIZ CLASE SUBOFICIAL CPRASA RENOVACIÓN
ANÁLISIS OTROS PAÍSES BRASIL, a partir de 30 años de servicio, no se cuentan años de alumno, promedio 48 años de edad. EE.UU., 20 y 30 años de servicio, excepcionalmente, 15 años por necesidad de servicio (no se cuentan años de alumno), promedio oficiales 52 años y suboficiales, 47 años edad. PERÚ, 20 años de servicio, considera 5 y 3 años de alumno, respectivamente, promedio, 30 años de servicio, 49 años edad.
ANÁLISIS PROPOSICIÓN COMPLEMENTO El estudio de la eventual relación de la extensión en el escalafón de complemento con la permanencia en servicio activo, considera lo siguiente: El DFL N 1 estipula que: Comprende de CAP a CRL y de SG2 a SOF. Permanencia máxima 5 años, con un tope hasta 30 años servicio efectivos. Ascenso eventual (mérito, exista vacante, por una sola vez y promoción respectiva haya ascendido en su totalidad). Cualquier modificación a lo anterior requeriría consenso con las otras Instituciones. Las condiciones de la norma anterior, hacen inviable en la actualidad, utilizar el escalafón de complemento como instrumento eficaz para facilitar la permanencia en servicio activo, hasta el plazo máximo legal.
ANÁLISIS La Ley Orgánica Constitucional de las FAs., establece que los ascensos se concederán en los respectivos escalafones, siguiendo el orden de antigüedad y considerando los requisitos, disposiciones y excepciones que se establecen en esta Ley y en el Estatuto correspondiente. Desde la perspectiva anterior, tampoco es viable legalmente, restringir el ascenso al grado superior, respetando la antigüedad por promociones, sin que exista previamente un paso al escalafón de complemento. En la práctica, actualmente existen mecanismos legales que permiten extender la carrera más allá de los 30 años, no recurriendo necesariamente al pase al escalafón de complemento, conforme a las siguientes normas: a. Los ascensos constituyen solo una expectativa. b. Tiempos de permanencia por grado, corresponde al mínimo estipulado (no es imperativo ascender por tiempo cumplido). c. Hasta 38 y 35 años respectivamente para oficiales y CP. d. Revisión política institucional estudio técnico (cuotas retiro).
ANÁLISIS Lo anterior, presenta las siguientes ventajas: Aprovechar el capital humano y su experiencia por más tiempo. Se perciben remuneraciones en condición de activo por más tiempo. Menor gasto previsional (menos tiempo en condición de retiro). Disminuye necesidad de PACs. Puestos de jefaturas cubiertos por CRLs y TCLs, con mayor permanencia y experiencia.
PROPOSICIONES 1. Establecer incentivos para evitar al desvinculación voluntaria anticipada, a objeto de retener las competencias requerida para las capacidades estratégicas demandases a la Institución. TEXTO TEXT TEXTO TEXTO 2. Establecer líneas de carrera para Oficiales Superiores y Suboficiales, sin especialidad primaria o en el escalafón de Complemento, entre las cuales se pueden evaluar las áreas de administración de RR HH, recreacional, bienestar, asistencial (ZBs.), salud y otras no relacionadas con las competencias operativas. 3. Reevaluar el tiempo en que el Oficial Superior, integra la base de selección para el ascenso a Oficial General, estableciendo como línea de tiempo, los plazos necesarios para que se asegure un mínimo de 5 años en posesión del grado (33 años de servicio efectivos), con lo cual se prolonga el tiempo de expectativa para el ascenso y se disminuyen los tiempos en que eventualmente un CRL. sea sobrepasado.
PROPOSICIONES 4. Proponer la siguiente modificación al DFL N 1 Estatuto del Personal de las Fas. DONDE DICE DEBE DECIR Párrafo 3ro Del Escalafón de Complemento Párrafo 3ro Del Escalafón de Complemento TEXTO TEXT TEXTO TEXTO Art 19. El personal que ingrese a este escalafón no podrá retornar a su escalafón de origen, y no le serán aplicables las disposiciones sobre cambio de escalafón a que se refiere el párrafo precedente. Art 19. El personal que ingrese a este escalafón no podrá retornar a su escalafón de origen, y no le serán aplicables las disposiciones sobre cambio de escalafón a que se refiere el párrafo precedente. La permanencia en el escalafón de complemento tendrá un plazo máximo de 5 años. Sin embargo, los CJ de la respectiva Institución, en casos excepcionales podrán disponer la prolongación de dicha permanencia, la que en ningún caso será superior a los 30 años de servicios efectivos. Si la Junta de Selección correspondiente estima que algún MAY, TCL o SG 1º, o grados equivalentes, se hace merecedor de ascenso al grado superior, podrá proponerlo siempre que exista la vacante respectiva. Este ascenso podrá ser por una sola vez y siempre que el total de su promoción ya hubiere ascendido La permanencia en el escalafón de complemento, se extenderá conforme a las reglas generales establecidas en la Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas y de acuerdo a las necesidades institucionales. Si la Junta de Selección correspondiente estima que algún MAY, TCL o SG 1º, o grados equivalentes, se hace merecedor de ascenso al grado superior, podrá proponerlo siempre que exista la vacante respectiva. Este ascenso podrá ser por una sola vez y siempre que el total de su promoción ya hubiere ascendido
ESTUDIO PARA PROMOVER LA PROLONGACIÓN DE LA PERMANENCIA EN SERVICIO ACTIVO DEL PERSONAL DE PLANTA INSTITUCIONAL Septiembre, 2016