Forma HUD-5380 (12/2016) Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos OMB Nº de aprobación Expira 06/30/2017

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Autoridad de Vivienda del Condado de Garfield 1 Aviso de derechos de ocupación bajo la Ley de Violencia contra la Mujer 2 A todos los inquilinos y solicitantes La Ley de Violencia contra las Mujeres (VAWA, por sus siglas en inglés) protege a las víctimas de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso. Las protecciones de la VAWA no sólo están disponibles para las mujeres, sino que están disponibles por igual para todas las personas independientemente del sexo, la identidad de género u orientación sexual. 3 El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD) es la agencia federal que supervisa la Autoridad de Vivienda del Condado de Garfield Cumple con VAWA. Este aviso explica sus derechos bajo VAWA. Un formulario de certificación aprobado por HUD se adjunta a este aviso. Puede llenar este formulario para demostrar que es, o ha sido víctima de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso, y que desea usar sus derechos bajo VAWA ". Protecciones para los solicitantes Si reúne los demás requisitos para asistencia bajo las políticas de admisión de la Autoridad de Vivienda del Condado de Garfield, no se le puede negar la admisión ni la asistencia porque usted es, o ha sido víctima de la violencia doméstica, violencia, asalto sexual o acoso. Protecciones para inquilinos Si está recibiendo asistencia bajo la Autoridad de Vivienda del Condado de Garfield, no se le puede negar la asistencia, terminar su participación, o ser desalojado de su vivienda de alquiler, ya que es o ha sido víctima de violencia doméstica, violencia, asalto sexual o acoso. Además, si usted o un individuo afiliado suyo es, o ha sido víctima de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso por parte de un miembro de su hogar o de cualquier invitado, no se le puede negar asistencia de alquiler o derechos de ocupación bajo la Autoridad de Vivienda del Condado de Garfield únicamente sobre la base de actividades criminales relacionadas directamente con esa violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso.

Persona afiliada significa su esposo, esposa, padre, madre, hermano, hermana, niña o niño, o una persona a quien usted está en el lugar de un padre o guardián (por ejemplo, el afiliado está bajo su cuidado, custodia o control); O cualquier individuo, inquilino u ocupante legal que viva en su hogar. Eliminación del abusador o del agresor del hogar La Autoridad de Vivienda del Condado de Garfield (GCHA) puede dividir (bifurcar) su contrato de arrendamiento con el consentimiento del Propietario para desalojar al individuo o terminar con la asistencia de la persona que ha participado en actividades criminales (el abusador o perpetrador), asalto sexual o acoso. Si GCHA decide remover al abusador o al agresor, GCHA no puede quitar los derechos de inquilinos elegibles a la unidad o castigar de otra manera a los inquilinos restantes. Si el abusador o agresor expulsado es el único inquilino que ha establecido elegibilidad para recibir asistencia bajo el programa, GCHA debe permitir que el inquilino que es, o haya sido víctima y otros miembros del hogar permanezca en la unidad por un período de tiempo, para establecer la elegibilidad bajo el programa o bajo otro programa de vivienda de HUD cubierto por VAWA, o, encontrar vivienda alternativa. Al sacar al abusador o al agresor del hogar, GCHA debe seguir los procedimientos federales, estatales y locales de desalojo. Con el fin de dividir un contrato de arrendamiento, GCHA puede, pero no está obligado a, pedirle documentación o certificación de las incidencias de violencia doméstica, violencia en las citas, agresión sexual o acoso. Traslado a otra unidad A su solicitud, GCHA puede permitirle trasladarse a otra unidad, sujeto a la disponibilidad de otras unidades, y aun así mantener su asistencia. Para aprobar una solicitud, GCHA puede pedirle que proporcione la documentación que usted solicita para mudarse debido a una incidencia de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso. Si la solicitud es una solicitud de transferencia de emergencia, el proveedor de vivienda puede pedirle que presente una solicitud por escrito o llene un formulario donde certifica que cumple con los criterios para una transferencia de emergencia bajo VAWA. Los criterios son:

(1) Usted es una víctima de violencia doméstica, violencia de pareja, asalto sexual o acoso. Si su proveedor de vivienda aún no tiene documentación de que es víctima de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso, su proveedor de vivienda puede solicitarle dicha documentación, como se describe en la sección de documentación a continuación. (2) Usted solicita expresamente la transferencia de emergencia. Su proveedor de vivienda puede optar por exigir que envíe un formulario, o puede aceptar otra solicitud escrita u oral. (3) Usted cree razonablemente que están en peligro de daño inminente de más violencia si permanece en su unidad actual. Esto significa que usted tiene una razón para temer que si no recibe una transferencia, sufriría violencia en un futuro muy cercano. O Usted es víctima de agresión sexual y el asalto ocurrió en las instalaciones durante el período de 90 días de calendario antes de solicitar una transferencia. Si usted es una víctima de agresión sexual, entonces además de calificar para una transferencia de emergencia porque usted razonablemente cree que está amenazado con daño inminente de más violencia si permanece en su unidad, puede optar por una transferencia de emergencia si la agresión sexual ocurrió en las instalaciones de la propiedad de la que usted está buscando su transferencia, y que la agresión ocurrió dentro del período de 90 días de calendario antes de solicitar expresamente la transferencia. GCHA mantendrá confidenciales las solicitudes para transferencias de emergencia por parte de víctimas de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso así como la ubicación de cualquier movimiento por parte de estas víctimas y sus familias. El plan de transferencia de emergencia de GCHA proporciona más información sobre las transferencias de emergencia, y GCHA debe hacer una copia de su plan de transferencia de emergencia disponible para usted si usted pide verlo.

Documentando que usted es o ha sido víctima de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso GCHA puede, pero no está obligado a, pedirle que proporcione documentación para "certificar" que usted es o ha sido víctima de violencia doméstica, violencia en citas, agresión sexual o acoso. Tal solicitud de GCHA debe hacerse por escrito, y GCHA debe darle por lo menos 14 días laborables (sábados, domingos y festivos federales no cuentan) desde el día en que recibió la solicitud para proporcionar la documentación. GCHA puede, pero no tiene que, extender el plazo para la presentación de la documentación a su solicitud. Puede proporcionar uno de los siguientes a GCHA como documentación. Sus opciones son o han sido víctimas de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso. Un formulario de certificación aprobado por HUD completo que le ha asignado GCHA con este aviso, que documenta un incidente de violencia doméstica, violencia, asalto sexual o acoso. El formulario le pedirá su nombre, la fecha, hora y lugar del incidente de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso, y una descripción del incidente. El formulario de certificación prevé incluir el nombre del abusador o del autor si se conoce el nombre del abusador o autor y es seguro proporcionarlo. Un registro de un Federal, organismo de aplicación de la ley del Estado, tribal, territorial o local, tribunal o agencia administrativa que documenta el incidente de violencia doméstica, violencia, asalto sexual o acoso. Ejemplos de tales registros incluyen informes policiales, órdenes de protección y órdenes de restricción, entre otros. Una declaración, que deberá firmar, junto con la firma de un empleado, agente o voluntario de un proveedor de servicios para víctimas, un abogado, un profesional médico o un profesional de la salud mental (colectivamente, "profesional") a partir de los cuales se solicitó la asistencia en el tratamiento de la violencia doméstica, la violencia en las citas, la agresión sexual o el acoso, o los efectos del abuso, y con el profesional seleccionado por usted que acredite bajo pena de perjurio que cree que el incidente o incidentes de violencia doméstica, asalto o acoso son motivos de protección. Cualquier otra declaración o evidencia de que GCHA ha acordado aceptar.

Si usted falla o se niega a proporcionar uno de estos documentos dentro de los 14 días laborables, GCHA no tiene que proporcionarle las protecciones contenidas en este aviso. Si la GCHA recibe pruebas contradictorias de que se ha cometido un incidente de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso (como formularios de certificación de dos o más miembros de un hogar que afirman ser víctimas y nombrar uno o más de los otros señalando a los miembros del hogar como el abusador o perpetrador), GCHA tiene el derecho de solicitar que usted proporcione documentación de terceros dentro de treinta (30) días naturales para resolver el conflicto. Si falla o se niega a proporcionar documentación de terceros donde hay pruebas contradictorias, GCHA no tiene que proporcionarle las protecciones contenidas en este aviso. Confidencialidad GCHA debe mantener confidencial cualquier información que proporcione relacionada con el ejercicio de sus derechos bajo VAWA, incluyendo el hecho de que está ejercitando sus derechos bajo VAWA. GCHA no debe permitir que cualquier individuo que administre asistencia u otros servicios en nombre de GCHA (por ejemplo, empleados y contratistas) tenga acceso a información confidencial a menos que por razones que específicamente requieran que estas personas tengan acceso a esta información bajo las leyes federales, o la ley local. GCHA no debe ingresar su información en ninguna base de datos compartida ni revelar su información a ninguna otra entidad o individuo. GCHA, sin embargo, puede revelar la información proporcionada si: Usted da permiso por escrito para GCHA para liberar la información en una base de tiempo limitado. GCHA necesita utilizar la información en un procedimiento de desalojo o terminación, como para desalojar su abusador o agresor o cancelar su violador o agresor de asistencia en virtud de este programa. La ley requiere GCHA o su propietario para difundir la información.

VAWA no limita el deber de GCHA de cumplir órdenes judiciales sobre el acceso o control de la propiedad. Esto incluye órdenes emitidas para proteger a una víctima y las órdenes que dividen la propiedad entre miembros del hogar en los casos en que una familia se rompe. Razones por las que un inquilino elegible para los derechos de ocupación bajo VAWA puede ser desalojado o la asistencia puede ser terminada Usted puede ser desalojado y su asistencia puede ser terminada por infracciones graves o repetidas de arrendamiento que no estén relacionadas con la violencia doméstica, la violencia en las citas, la agresión sexual o el acoso cometido en su contra. Sin embargo, la GCHA no puede mantener a los inquilinos que han sido víctimas de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso a un conjunto de reglas más exigentes que los que no han sido víctimas de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso. Las protecciones descritas en este aviso pueden no ser aplicables y usted podría ser desalojado y su asistencia terminada, si GCHA puede demostrar que no desalojarle o terminar su asistencia presentaría un peligro físico real que: 1) Se produciría en un plazo inmediato, y 2) Podría resultar en muerte o lesiones corporales graves a otros inquilinos o aquellos que trabajan en la propiedad. Si GCHA puede demostrar lo anterior, GCHA solo debe terminar su asistencia o desalojarlo si no hay otras acciones que podrían tomarse para reducir o eliminar la amenaza. Otras leyes VAWA no reemplaza ninguna ley federal, estatal o local que proporcione mayor protección a las víctimas de violencia doméstica, violencia en las citas, agresión sexual o acoso. Usted puede tener derecho a otras protecciones de vivienda para las víctimas de violencia doméstica, violencia entre parejas, agresión sexual o acoso bajo otras leyes federales, así como bajo las leyes estatales y locales. Incumplimiento de los requisitos de este aviso

Usted puede reportar las violaciones de estos derechos por parte de un proveedor de vivienda cubierta y buscar asistencia adicional, si es necesario, poniéndose en contacto o presentando una queja con: Oficina de Vivienda Pública de Denver - Región 8 1670 Broadway St., 25 th Floor Denver, CO 80202 Teléfono: 303-672.5383 Para información adicional Usted puede ver una copia de la regla final de VAWA de HUD en https: // www.federalregister.gov Además, GCHA debe hacer una copia de los reglamentos de VAUD de HUD disponibles para usted si usted pide verlos. Para preguntas acerca de VAWA, por favor comuníquese con la Autoridad de Vivienda del Condado de Garfield al 970-625-3589. Para obtener ayuda con respecto a una relación abusiva, puede llamar a la Línea Nacional de Violencia Doméstica al 1-800-799-7233 o, para personas con impedimentos auditivos, 1-800- 787-3224 (TTY). También puede comunicarse con la línea directa 970-945-4439 de Advocate Safehouse Project. Para los inquilinos que son o han sido víctimas de acoso que buscan ayuda, pueden visitar el Centro Nacional de Recursos para Acoso de Víctimas de Delitos en https://www.victimsofcrime.org/our-programs/stalking-resource-center. Para obtener ayuda con respecto a la agresión sexual, puede comunicarse con la línea directa de Advocate Safehouse Project 970-945-4439 Las víctimas de acecho en busca de ayuda pueden ponerse en contacto Abogado Proyecto Safehouse línea telefónica 970-945-4439. Anexo: formulario de Certificación de HUD-5382

1 El anuncio se utiliza HP para el proveedor de la vivienda, pero el proveedor de vivienda debe insertar su nombre, donde se utiliza HP. Los reglamentos específicos del programa de HUD identifican a la persona o entidad responsable de proporcionar la notificación de derechos de ocupación. 2 A pesar del nombre de esta ley, la protección de VAWA está disponible sin distinción de sexo, identidad de género o la orientación sexual. 3 Los proveedores de vivienda no pueden discriminar sobre la base de cualquier característica protegida, incluyendo la raza, color, origen nacional, religión, sexo, estado civil, discapacidad o edad. La vivienda asistida por HUD y asegurada por HUD debe estar disponible para todas las personas elegibles de otra manera sin importar la orientación sexual, la identidad de género o el estado civil.