Nº 213 Viernes, 30 de octubre de 2009 DIARIO OFICIAL DE GALICIA 16.875 CONSELLERÍA DE CULTURA Y TURISMO Orden de 26 de octubre de 2009 por la que se modifica la Orden de 3 de agosto de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos con destino al apoyo a las fiestas populares y otros eventos de contenido turístico. Procedimiento CT982D. La Consellería de Cultura de Turismo dictó la Orden de 3 de agosto de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos con destino al apoyo a las fiestas populares y otros eventos de contenido turístico. (Diario Oficial de Galicia nº 155, del 10 de agosto). En el artículo 17 de dicha orden se establece como plazo máximo de justificación de la subvención hasta el 31 de octubre de 2009. No obstante, debido al número de solicitudes presentadas y las dificultades de valoración de estas, se produjo un retraso en la resolución de la convocatoria por lo que es procedente ampliar el susodicho plazo para la justificación de la subvención. De acuerdo con lo anterior, vista la Lei 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia y el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se procede a la modificación siguiente: «DISPONGO: Artículo 17º.-Justificación de la subvención. 1. Para cobrar la subvención concedida, el beneficiario deberá presentar la siguiente documentación por duplicado ejemplar en los lugares señalados en el artículo 3 de la convocatoria, teniendo de plazo para presentarla hasta el 15 de noviembre de 2009. Cuando el evento subvencionado se celebre con posterioridad a esta fecha la justificación se peresentará en todo caso antes del 31 de diciembre de 2009 excepto que en la resolución de concesión se fije un plazo de justificación específico para cada evento. a) Solicitud de cobro firmada según el modelo del anexo III. b) Memoria de la actuación realizada a la que se unirán los carteles, folletos, fotografías o cualquiera otra documentación que justifique el cumplimiento de la actividad subvencionada. c) Facturas originales o fotocopias cotejadas acreditativas de los gastos subvencionados junto con los justificantes de las transferencias bancarias que acrediten su pago. Los gastos efectuados se corresponderán con los presupuestos o facturas pro-forma aceptadas para la concesión de la subvención. d) Declaración del conjunto de las ayudas solicitadas solicitadas, tanto aprobadas o concedidas como las pendientes de resolución, para la actividad objeto de esta orden de la Administración autonómica (siempre y cuando no exista autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa información relativa a las ayudas solicitadas), de las distintas administraciones públicas competentes o de otros entes públicos ou privados nacionales ou internacionales. e) Certificación original de la entidad bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta, de ser el caso. f) Declaración expresa sobre los compromisos a que se hace referencia en el artículo 15º de esta orden». Disposición final Esta orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia Santiago de Compostela, 26 de octubre de 2009. Roberto Varela Fariña Conselleiro de Cultura y Turismo Corrección de errores.-orden de 26 de octubre de 2009 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la financiación de planes de formación sectoriales dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas mediante la suscripción de convenios de ámbito autonómico, en aplicación de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación. Advertidos errores y omisiones en la publicación de la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 211, del miércoles, 28 de octubre de 2009, procede realizar las oportunas correcciones: Primera.-El anexo que figura en la página 16.768 y siguientes con la denominación: «ANEXO Acciones formativas priorizadas-sectoriales», debe figurar con el nombre: «ANEXO III Acciones formativas priorizadas-sectoriales». Segunda.-Publicar a continuación los anexos I, II y IV:
16.876 DIARIO OFICIAL DE GALICIA Nº 213 Viernes, 30 de octubre de 2009 ANEXO I PRIORITARIAMENTE A TRABAJADORES OCUPADOS () SOLICITUD (S-1) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE NIF/CIF CORREO ELECTRÓNICO TELÉFONO FAX DOMICILIO POSTAL DE LA ENTIDAD SOLICITANTE NIF NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL DE LA ENTIDAD SOLICITANTE APELLIDO 1 APELLIDO 2 PERSONA DE CONTACTO GESTORA DE LA ENTIDAD SOLICITANTE NIF NOMBRE APELLIDO 1 APELLIDO 2 CORREO ELECTRÓNICO TELÉFONO Don/Doña nacional de identidad número, como representante legal de la entidad citada, con documento EXPONE: que, de acuerdo con la orden de la Consellería de Trabajo y Bienestar que regula estas ayudas, desea realizar las acciones formativas que se relacionan en el plan anexo a esta solicitud: De conformidad con los números 3º y 4º del artículo 13 de la Ley 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y buenas prácticas en la Administración pública gallega, y con lo previsto en el Decreto 132/2006, de 27 de julio, por el que se regulan los registros públicos creados en los artículos 44º y 45º de la Ley 7/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2006, la consellería publicará en el Diario Oficial de Galicia y en su página web oficial la relación de los beneficiarios y el importe de las ayudas concedidas al amparo de la orden, e incluirá igualmente las ayudas y sanciones que como consecuencia de las mismas se puedan imponer, en los correspondientes registros públicos, por lo que la presentación de la solicitud lleva implícita la autorización para el tratamiento necesario de los datos personales de los beneficiarios y la mencionada publicidad. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, le informo de que los datos personales recogidos en esta solicitud se incorporarán a un fichero para su tratamiento, con la finalidad de la gestión de este procedimiento. Usted puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la ley, mediante un escrito dirigido a la Secretaría General de la Igualdad, como responsable del fichero, en la dirección que figura al pie de la solicitud. LEGISLACIÓN APLICABLE Orden de 26 de octubre de 2009 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la financiación de planes de formación sectoriales dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas mediante la suscripción de convenios de ámbito autonómico, en aplicación de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación. FIRMA Y SELLO (A rellenar por la Administración) RECIBIDO REVISADO Y CONFORME NÚMERO DE EXPEDIENTE FECHA DE ENTRADA FECHA DE EFECTOS FECHA DE SALIDA Dirección General de Formación y Colocación. Consellería de Trabajo y Bienestar. Edificio administrativo San Lázaro s/n, 15781 Santiago de Compostela
Nº 213 Viernes, 30 de octubre de 2009 DIARIO OFICIAL DE GALICIA 16.877 ANEXO I (continuación) PRIORITARIAMENTE A TRABAJADORES OCUPADOS () SOLICITUD (S-1) DECLARA: - QUE A LA PRESENTE SOLICITUD SE LE ADJUNTA LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: FOTOCOPIA COMPULSADA DE LA TARJETA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL DE LA ENTIDAD Y DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE LA PERSONA QUE ACTÚA EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA FOTOCOPIA COMPULSADA DE LOS ESTATUTOS DE LA ENTIDAD, DEBIDAMENTE LEGALIZADOS DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE REPRESENTATIVIDAD SUFICIENTE PARA FIRMAR LA SOLICITUD (ESCRITURA NOTARIAL DE PODERES O CUALQUIER OTRO MEDIO VÁLIDO EN DERECHO) DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA INSCRIPCIÓN DE LA ENTIDAD EN EL REGISTRO ADMINISTRATIVO CORRESPONDIENTE Y DE REUNIR LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 10º DE ESTA ORDEN PARA SER ENTIDAD BENEFICIARIA DE LA SUBVENCIÓN QUE SOLICITA (JUSTIFICANTE DE HABER PARTICIPADO EN LA NEGOCIACIÓN DE UN CONVENIO COLECTIVO) ACREDITACIÓN DEL REQUISITO DE NOTABLE IMPLANTACIÓN SEGÚN EL ARTÍCULO 12.4º h) PLAN DE FORMACIÓN QUE DEBERÁ CONTENER, COMO MÍNIMO, LA INFORMACIÓN QUE SE RECOGE EN EL ARTÍCULO 13.1º MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL CONTRATO PROGRAMA SEGÚN EL ARTÍCULO 13.2º DECLARACIÓN DE QUE LOS LUGARES DE IMPARTICIÓN SON APTOS DECLARACIÓN DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS CIRCUNSTANCIAS ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 10 APARTADO 2º DE LA LEY 9/2007, DE 13 DE JUNIO, DE SUBVENCIONES DE GALICIA, Y EN EL ARTÍCULO 13, APARTADOS 2º Y 3º, DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONES, QUE IMPIDEN OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO DECLARACIÓN DE NO TENER CONCEDIDA NINGUNA OTRA AYUDA PÚBLICA PARA LA MISMA ACCIÓN FORMATIVA - QUE ACEPTA LAS ACTUACIONES DE COMPROBACIÓN DE LA - QUE SON CIERTOS TODOS LOS DATOS QUE FIGURAN EN LA SOLICITUD Y EN TODA LA DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA - QUE NO SE ENCUENTRA EN NINGUNA DE LAS CIRCUNSTANCIAS ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 10 APARTADO 2 DE LA LEY 9/2007, DE 13 DE JUNIO, DE SUBVENCIONES DE GALICIA Y EN EL ARTÍCULO 13, APARTADOS 2 Y 3, DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONES, QUE IMPIDEN OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO
16.878 DIARIO OFICIAL DE GALICIA Nº 213 Viernes, 30 de octubre de 2009 ANEXO II PRIORITARIAMENTE A TRABAJADORES OCUPADOS () SOLICITUD (S-2) DENOMINACIÓN DE LA ACCIÓN FORMATIVA DATOS DE LA ACCIÓN FORMATIVA NÚMERO DE ALUMNOS DESGLOSE DE DE LA ACCIÓN FORMATIVA Y DE LOS S ACCIÓN FORMATIVA MODALIDAD DE IMPARTICIÓN PRESENCIAL DISTANCIA TELEFORMACIÓN TOTALES S MODALIDAD DE IMPARTICIÓN CÓDIGO DENOMINACIÓN DEL PRESENCIAL DISTANCIA TELEFORMACIÓN TOTALES TOTALES DE LA ACCIÓN FORMATIVA PRESUPUESTO TOTAL QUE SE SOLICITA
Nº 213 Viernes, 30 de octubre de 2009 DIARIO OFICIAL DE GALICIA 16.879 ANEXO IV IMPLANTACIÓN DE LA ENTIDAD EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA Don/Doña de la entidad y domicilio en con nº de CIF, representante legal DECLARA RESPONSABLEMENTE la veracidad de los datos que a continuación se relacionan: DATOS DE LA ENTIDAD NÚMERO DE TRABAJADORES A LOS QUE REPRESENTA LA ENTIDAD SOLICITANTE EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA (POBLACIÓN OCUPADA DE LA ENTIDAD EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA) ENTIDADES DE ÁMBITO SUPERIOR EN QUE ESTÁ INTEGRADA LA BENEFICIARIA (1) RAZÓN SOCIAL CIF ENTIDADES DE ÁMBITO INFERIOR QUE INTEGRAN LA BENEFICIARIA RAZÓN SOCIAL CIF S EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA Nº 1 Nº 2 Nº 3 (1) La entidad de ámbito superior deberá certificar que la entidad de ámbito inferior está integrada en ella. (1) Se deben aportar los TC2 de los doce meses anteriores a la publicación de esta orden.