SEGURO PLAN DE AHORRO FLEXIBLE. Condiciones Generales de la Póliza

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "SEGURO PLAN DE AHORRO FLEXIBLE. Condiciones Generales de la Póliza"

Transcripción

1 SEGURO PLAN DE AHORRO FLEXIBLE Condiciones Generales de la Póliza Modelo C.G. Plan de Ahorro Flexible

2 Índice 1. MARCO JURÍDICO 2. DEFINICIONES QUE DEBE CONOCER 3. TÉRMINO DEL CONTRATO 4. APORTACIONES 5. VALORES GARANTIZADOS 6. RESCATE DE OFICIO 7. GASTOS 8. INTERÉS TÉCNICO GARANTIZADO 9. EVOLUCIÓN DEL FONDO ACUMULADO 10. GARANTÍAS ASEGURADAS 11. SOLICITUD DE PRESTACIONES 12. NORMAS QUE DEBE CONOCER 1

3 1. MARCO JURIDICO Este contrato de seguro debe interpretarse en el marco de la legislación vigente. Merecen mención especial las siguientes normas: Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro; Real Decreto Legislativo 6/2004 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, su Reglamento aprobado por Real Decreto 2486/1998 y modificado por Real Decreto 297/2004; y demás disposiciones legales vigentes en cada momento, así como por lo convenido en las Condiciones Generales, Especiales y Particulares de este Contrato, y en los suplementos que se puedan emitir al mismo, sin que tengan validez las cláusulas limitativas de los derechos de los Asegurados que no sean específicamente aceptadas por los mismos como pacto adicional a las Condiciones Particulares. No requerirán dicha aceptación las meras transcripciones o referencias a preceptos legales. Son personas asegurables por este contrato toda persona física que cumpliendo los requisitos del Art. 83 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, suscriba la Solicitud de Seguro y cumpla los requisitos de selección que, en su caso, establezca la Entidad Aseguradora. El control de la actividad aseguradora corresponde a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. 2. DEFINICIONES QUE DEBE CONOCER Compañía Aseguradora PELAYO MONDIALE VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., en adelante PELAYO MONDIALE VIDA, la Entidad con quien ha contratado la póliza y que asume la cobertura de los riesgos objeto del contrato y garantiza el pago de las prestaciones que corresponden con arreglo a las condiciones del mismo. Tomador del Seguro La persona que suscribe el contrato con PELAYO MONDIALE VIDA, y a la que corresponden las obligaciones y deberes que se derivan de aquél, salvo las que por su naturaleza deben ser cumplidas por el Asegurado. Asegurado La persona física sobre cuya vida se establece el Seguro. Beneficiario/s Las personas físicas o jurídicas con derecho a percibir las prestaciones definidas en el contrato de seguro. Póliza Documento contractual que contiene las condiciones que regulan el Seguro. Forman parte integrante de la misma las Condiciones Generales y las Condiciones Particulares así como los suplementos que, en su caso, se emitan para completarlas o modificarlas. En consecuencia no tienen validez ni efecto por separado. 3. TÉRMINO DEL CONTRATO Será el que se determine en las Condiciones Particulares y siempre limitado a un número de años. El tomador podrá solicitar la prórroga del contrato siempre que lo solicite tres meses antes del término del mismo y en las condiciones técnicas en vigor en la compañía a la fecha de la prórroga. 4. APORTACIONES Las aportaciones podrán ser regulares y extraordinarias. APORTACIONES REGULARES Cada tomador decidirá su plan de pagos en la solicitud de seguro, donde deberá indicar: Importe El importe de las aportaciones será libremente fijado por el tomador con un mínimo vigente de 720 euros anuales o el equivalente según la periodicidad elegida, reservándose el asegurador el derecho de modificar el mínimo de aportación. Periodicidad Estas aportaciones podrán satisfacerse anual, semestral, trimestral o mensualmente a elección del Tomador, siempre que el vencimiento del último periodo fraccionado del año coincida con el vencimiento de la aportación anual. Podrán ser constantes o crecientes a un tipo porcentual prefijado sobre la aportación del ejercicio anterior. El Tomador podrá en cualquier momento y de forma expresa solicitar la modificación tanto del importe de sus aportaciones periódicas como la periodicidad de las mismas y su revalorización, previa aceptación de la Aseguradora y respetando en todo caso los límites vigentes en el ejercicio. La aseguradora, con la periodicidad de cada caso, dará orden de cargo de los recibos a los asegurados en las cuentas 2

4 bancarias donde tengan domiciliados estos pagos. Los citados cargos se efectuarán los primeros días del mes que corresponda. El impago de dos aportaciones mensuales consecutivas o de una sola de periodicidad superior a la mensual supondrá la suspensión tácita del plan de aportaciones regulares, siendo efectiva la suspensión desde la fecha del primer o único impago respectivamente. Cuando Pelayo Mondiale Vida tenga conocimiento del primer impagado se enviará carta al tomador comunicándole tal situación y los efectos que ello implica (Reducción del contrato o Rescate de Oficio. Ver apartados correspondientes). Si el tomador decide pagar el importe correspondiente a los impagados podrá hacerlo en concepto de aportación extraordinaria y en el periodo correspondiente se le seguirán pasando recibos en concepto de aportaciones regulares. APORTACIONES EXTRAORDINARIAS El Tomador podrá realizar aportaciones extraordinarias, con un mínimo de 500 euros por aportación. En general, tendrán la consideración de aportaciones extraordinarias las cantidades abonadas por el tomador que superen las del plan de aportaciones regulares. Se aplicarán las bases técnicas en vigor en el momento de la aportación. 5. VALORES GARANTIZADOS RESCATE TOTAL El Tomador podrá, en cualquier momento mediante solicitud a PELAYO MONDIALE VIDA, ejercer el derecho a rescindir el contrato percibiendo el valor del fondo acumulado, sin perjuicio de que el momento en que se efectúe el mismo pueda condicionar el tratamiento fiscal de la operación en función de lo establecido en la legislación fiscal vigente. La solicitud de rescate deberá acompañarse de fotocopia de NIF, del original de la póliza y, en su caso, de los suplementos emitidos con ocasión de cada aportación adicional. En las Condiciones Particulares de cada contrato se indicarán las penalizaciones aplicadas en el caso de rescate total. RESCATE PARCIAL El Tomador podrá, en cualquier momento, realizar rescates parciales previa solicitud a PELAYO MONDIALE VIDA y siempre que el importe rescatado sea como mínimo de 300,00 euros y no supere el 85% del valor del fondo acumulado, así como el capital restante invertido en la póliza a esa fecha, sea igual o superior a 300,00 euros. La solicitud de rescate deberá acompañarse de fotocopia de NIF. En caso de realizarse rescates parciales, la póliza continuará en vigor y el importe rescatado minorará el valor del contrato. En las Condiciones Particulares de cada contrato se indicarán las penalizaciones aplicadas en caso de rescates parciales. REDUCCIÓN Una vez transcurrido el primer año de vigencia del contrato, siempre que la póliza se encuentre al corriente del pago y el fondo acumulado sea igual o superior a 300,00 euros, el tomador tiene derecho al valor de reducción. Cuando el plan de aportaciones regulares esté suspendido, el valor acumulado del ahorro seguirá acreditando rendimiento y soportando gastos. REHABILITACIÓN Cuando el contrato esté reducido podrá ser rehabilitado por el Tomador en cualquier momento mediante comunicación escrita a PELAYO MONDIALE VIDA, en las mismas o distintas condiciones en que se encontrase en el momento de la suspensión y sin necesidad de abonar las aportaciones atrasadas. En caso de no especificarse, se entenderá rehabilitado en las mismas condiciones. Si bien le serán aplicables, en ambos casos, los mínimos vigentes en el momento de la rehabilitación. ANTICIPO Transcurrido 1 año desde la fecha de efecto de la póliza, el Tomador podrá disponer en concepto de anticipo de hasta un máximo del 80% del valor del contrato. Este anticipo o préstamo se concede mediante aceptación previa de las condiciones previstas en el Reglamento General de Anticipos en vigor a la fecha de la concesión del mismo. En el caso de que el Tomador efectúe nuevas aportaciones antes del reembolso total del anticipo, éstas se destinarán a la amortización del mismo antes de ser invertidas en el contrato. Los anticipos pendientes así como los intereses debidos serán, en su caso, deducidos de las prestaciones que deban pagarse o del valor de rescate al que se tenga derecho. CESIÓN Y PIGNORACIÓN DE LA PÓLIZA El Tomador podrá, en cualquier momento, ceder o pignorar la póliza. 3

5 El Tomador perderá los derechos de rescate total, rescate parcial, reducción, cesión y pignoración de la póliza, si renuncia a la facultad de revocación de designación de beneficiario. 6. RESCATE DE OFICIO Si durante el primer año de vigencia del contrato, el Tomador dejase de pagar las aportaciones regulares y el valor del fondo acumulado en ese momento no superase los 300,00 euros, el contrato será rescatado de oficio, entregando al Tomador el valor del fondo acumulado disminuida en la penalización que se aplicaría para el caso de un rescate total. 7. GASTOS Los recargos de gestión o gastos se aplicarán sobre las aportaciones o/y sobre el fondo acumulado. Serán los que se indiquen en las Condiciones Particulares. El coste de la garantía de fallecimiento se calculará en función del capital en riesgo y de la edad del Asegurado, según las bases técnicas en vigor de Pelayo Mondiale Vida. 8. INTERÉS TÉCNICO GARANTIZADO Al contrato se le aplicará un tipo de interés técnico fijo durante toda la vida del contrato. Será el indicado en Condiciones Particulares. Semestralmente PELAYO MONDIALE VIDA comunicará el interés total garantizado para el semestre natural aplicado al saldo acumulado. 9. EVOLUCIÓN DEL FONDO ACUMULADO El valor del contrato evoluciona en función de: - Adición de aportaciones regulares o extraordinarias netas de gastos. - Adición de intereses: interés técnico fijo e interés garantizado semestralmente. - Reducción por la realización de rescates parciales. - Aplicación de recargos sobre el Fondo. - Aplicación del coste de fallecimiento sobre el Fondo. 10. GARANTIAS ASEGURADAS A cambio de que el Tomador abone las aportaciones pactadas, PELAYO MONDIALE VIDA, se compromete a pagar: Al beneficiario para el caso de vida si el asegurado llega con vida a la fecha de término del contrato. El capital al término, constituido mediante las aportaciones efectuadas más los intereses netos generados. Durante la vigencia del contrato el tomador tiene derecho a designar expresamente a los beneficiarios en caso de que el asegurado llegue con vida al término del contrato. En caso de no existir designación expresa, el beneficiario será el propio tomador. A los beneficiarios designados para caso de muerte, si el Asegurado fallece antes del término del contrato. PELAYO MONDIALE VIDA pagará a los beneficiarios el valor del fondo acumulado en el momento de la contingencia más un capital adicional del 5% de dicho valor, con el límite de 6.000,00 euros si el fallecimiento ocurre cuando el asegurado tiene 65 años o menos, o de 600,00 euros en caso de que el asegurado tenga más de 65 años a esa fecha. Durante la vigencia del contrato el tomador tiene derecho a designar expresamente a los beneficiarios en caso de fallecimiento del asegurado. En caso de no existir designación expresa, los beneficiarios serán por orden excluyente y preferente: el cónyuge del asegurado, los hijos a partes iguales, los padres a partes iguales o el superviviente de entre ellos, y herederos legales. 11. SOLICITUD DE PRESTACIONES TÉRMINO DEL CONTRATO Documentación acreditativa: - Carta solicitando la prestación. - Fotocopia del N.I.F. del Beneficiario al término. - Fe de Vida del Beneficiario referida al día de vencimiento del contrato. - Póliza y último recibo pagado. - Si procede, Carta de pago o declaración de exención del Impuesto sobre Donaciones. - Modo de pago de la prestación. 4

6 MUERTE DEL ASEGURADO Documentación acreditativa: - Notificación del acaecimiento de fallecimiento del Asegurado, dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido y de la correspondiente solicitud de reconocimiento a la prestación. - Acreditación de la condición de beneficiario y fotocopia del N.I.F. - Fotocopia del N.I.F. del asegurado. - Certificado de defunción del Registro Civil. - Certificado del Registro de Actos de Ultimas Voluntades, copia auténtica del último testamento del asegurado o Acta Judicial de Declaración de Herederos. - Carta de pago o declaración de exención del Impuesto sobre Sucesiones o Donaciones. - Póliza y último recibo satisfecho. - Modo de pago de la prestación. En cualquier caso, los beneficiarios deberán justificar su derecho fehacientemente, aportando todos aquellos documentos requeridos por el Asegurador. 12. NORMAS QUE DEBE CONOCER Error de la edad En el supuesto de indicación inexacta de la fecha de nacimiento del Asegurado, PELAYO MONDIALE VIDA, sólo podrá impugnar el contrato si la verdadera edad del Asegurado en el momento de la entrada en vigor del contrato excede de los límites legalmente establecidos. Si no excede de dichos límites, se calculará de nuevo el capital adquirido en base a la verdadera edad del Asegurado. Resolución del contrato El Tomador de la presente póliza dispone de la facultad de resolver el contrato dentro del plazo de treinta días desde la entrega de la póliza. Para ejercer esa facultad de resolución unilateral del contrato, el Tomador debe solicitarlo por escrito en el plazo indicado y producirá sus efectos desde el día de su expedición. A partir de esta fecha, cesará la cobertura del riesgo por parte del Asegurador y el tomador del seguro tendrá derecho a la devolución de la prima que hubiera pagado, salvo la parte correspondiente al tiempo en que el contrato hubiera tenido vigencia. Designación y Cambio de Beneficiario Durante la vigencia del contrato, el Tomador podrá designar Beneficiario o modificar su designación anteriormente realizada. La designación de Beneficiario se podrá hacer constar en la Solicitud de Seguro, o en una posterior declaración escrita a PELAYO MONDIALE VIDA. La revocación deberá hacerse en la misma forma utilizada para la designación. Si en el momento del fallecimiento no hubiese Beneficiario concretamente designado, ni reglas para su determinación, el capital asegurado formará parte del patrimonio del Tomador. El Tomador podrá, en todo momento, ceder o pignorar el Contrato de Seguro, siempre que no haya sido designado Beneficiario con carácter irrevocable. La cesión o pignoración del Contrato implica la revocación del Beneficiario. El Tomador deberá comunicar a PELAYO MONDIALE VIDA, la cesión o pignoración realizada. Impuestos y recargos Los impuestos y recargos legalmente repercutibles que se deban pagar por razón de este contrato correrán a cargo del tomador. Comunicaciones entre el Tomador del Seguro, Asegurado y/o beneficiarios y la Entidad Las comunicaciones del Tomador, el Asegurado o el Beneficiario, se dirigirán al domicilio social de PELAYO MONDIALE VIDA. Tales comunicaciones pueden hacerlas directamente al Asegurador o bien a través de un Corredor de Seguros que medie en el contrato. Las comunicaciones de PELAYO MONDIALE VIDA al Tomador del seguro se realizarán en el domicilio de éste recogido en la Póliza, salvo que él mismo haya notificado a PELAYO MONDIALE VIDA el cambio de su domicilio. En este sentido, el Tomador deberá notificar a la Entidad cualquier cambio de domicilio. Con una periodicidad al menos anual el tomador del seguro recibirá información relativa al importe del fondo acumulado de que es titular. Extravío o destrucción de la póliza En caso de extravío de la póliza, el Asegurador, a petición del Tomador o, en su defecto, del Beneficiario/s, tendrá obligación de expedir copia o duplicado de la misma, la cual tendrá 5

7 idéntica eficacia que la original. La petición se hará por escrito en el que se expliquen las circunstancias del caso y el solicitante se comprometa a devolver la póliza original si apareciese. Prescripción Las acciones que se deriven de este contrato de seguro prescribirán en el término de cinco años, a contar desde el día en que pudieron ejercitarse. Instancias de Reclamación Las reclamaciones pueden dirigirse, por escrito al Departamento de Atención al Cliente del Grupo Pelayo, sito en la calle Santa Engracia, nº 67-69, de Madrid, por fax al número , o por a la siguiente dirección: pelayomondialevida@pelayomondiale.com También pueden dirigirse al Defensor del Cliente, apartado de Correos nº , Madrid, o por a la siguiente dirección: pmvdefensor@pelayomondiale.com La tramitación de las reclamaciones se gestionará basándose en la Ley 44/2002 de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, la Orden Eco 734/2004 de 11 de Marzo, que la desarrolla y la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, además de la normativa española en vigor y de aplicación en cada momento. defensa de los Clientes de Servicios Financieros de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Jurisdicción El presente Contrato de Seguro queda sometido a la jurisdicción española, y dentro de ella será Juez competente el del domicilio del Asegurado, a cuyo efecto éste designará un domicilio en España en caso de que el suyo fuese en el extranjero. Riesgos Extraordinarios No se cubren por esta póliza los daños por hechos derivados de conflictos armados, aunque no haya precedido la declaración oficial de guerra, ni los derivados de la energía nuclear. Asimismo, el asegurador no cubre los daños derivados de riesgos extraordinarios, entendiendo por riesgos extraordinarios los definidos en el artículo 2 del Reglamento del Seguro de Riesgos Extraordinarios (Real Decreto 300/2004, de 20 de Febrero) Sin perjuicio de ello, podrán ser objeto de cobertura tales riesgos desde que el Gobierno declare la incorporación a las pólizas de Seguros de Vida, fijando las normas técnicas y económicas de la cobertura. Estas reclamaciones no serán obstáculo a l a plenitud de la tutela judicial, ni al ejercicio de las funciones de control y supervisión administrativa a través del Comisionado para la PELAYO MONDIALE VIDA 6

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones... 2. OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro... 3

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones... 2. OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro... 3 ÍNDICE Página DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones......................................... 2 OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro.....................................

Más detalles

PRIMA ÚNICA CONDICIONES GENERALES

PRIMA ÚNICA CONDICIONES GENERALES PRIMA ÚNICA CONDICIONES GENERALES PRIMA ÚNICA OCASO AHORROACTIVO ARTÍCULO PRELIMINAR-DEFINICIONES OBJETO Y EXTENSION DEL SEGURO-RIESGOS CUBIERTOS Seguro Principal Art. 1º Exclusiones Art. 2º Pago del Seguro

Más detalles

Condiciones Generales y Condiciones Generales Específicas

Condiciones Generales y Condiciones Generales Específicas Generali Ahorro III Condiciones Generales y Condiciones Generales Específicas GENERALI AHORRO III Seguro de Ahorro G50830/GEN Condiciones Generales y Condiciones Generales Específicas Índice Cláusula Informativa

Más detalles

PLAN INVERSIÓN ASEGURADA (PIAS) Plan Individual de Ahorro Sistemático CONDICIONES GENERALES (Mod. PIA003)

PLAN INVERSIÓN ASEGURADA (PIAS) Plan Individual de Ahorro Sistemático CONDICIONES GENERALES (Mod. PIA003) PLAN INVERSIÓN ASEGURADA (PIAS) Plan Individual de Ahorro Sistemático CONDICIONES GENERALES (Mod. PIA003) La presente póliza se rige por lo dispuesto en la legislación que a continuación se detalla y por

Más detalles

PLAN INDIVIDUAL DE AHORRO SISTEMÁTICO CONDICIONES GENERALES

PLAN INDIVIDUAL DE AHORRO SISTEMÁTICO CONDICIONES GENERALES PLAN INDIVIDUAL DE AHORRO SISTEMÁTICO CONDICIONES GENERALES 1 PLAN INDIVIDUAL DE AHORRO SISTEMÁTICO 2 CUADRO-RESUMEN OCASO DE GARANTÍAS CONDICIONES GENERALES AHORRO PERSONAL PRELIMINAR pág. 4 DEFINICIONES

Más detalles

SIN VALOR CONTRACTUAL

SIN VALOR CONTRACTUAL ÍNDICE Página DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Definiciones... 3 OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2. Objeto del seguro... 4 Artículo 3. Solicitud de seguro y póliza... 5 Artículo 4. Error de edad...

Más detalles

PLAN DE AHORRO INFANTIL CAJA ESPAÑA 2010

PLAN DE AHORRO INFANTIL CAJA ESPAÑA 2010 PLAN DE AHORRO INFANTIL CAJA ESPAÑA 2010 BASES DE LA CAMPAÑA PRIMERA. PARTÍCIPES Tendrán la consideración de partícipes de la campaña Plan de Ahorro Infantil-Caja España 2010 todos los Tomadores/Asegurados

Más detalles

NOTA INFORMATIVA. Este seguro se puede contratar a prima periódica o a prima única.

NOTA INFORMATIVA. Este seguro se puede contratar a prima periódica o a prima única. NOTA INFORMATIVA MASRENTABLE CASER La presente Nota Informativa se entrega al potencial Tomador del Contrato de Seguro, con anterioridad a la celebración del mismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el

Más detalles

MaxiPlan Inversión. adepósito Flexiblea. Bienvenida a santalucía Antonia

MaxiPlan Inversión. adepósito Flexiblea. Bienvenida a santalucía Antonia MaxiPlan Inversión adepósito Flexiblea Bienvenida a santalucía Antonia CONDICIONES GENERALES SI N R LO VA A TR N CO CT Condiciones Generales del contrato MAXIPLAN INVERSIÓN DEPÓSITO FLEXIBLE AL U santalucía

Más detalles

LIBERTY DINERSEGURO. Condiciones Generales

LIBERTY DINERSEGURO. Condiciones Generales LIBERTY DINERSEGURO Condiciones Generales LIBERTYDINERSEGURO LE10DIS 11/13 11/13 LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. Domicilio Social: Paseo de las Doce Estrellas, 4, 28042 Madrid.

Más detalles

Plan de Previsión Asegurado de Autores y Editores

Plan de Previsión Asegurado de Autores y Editores Plan de Previsión Asegurado de Autores y Editores Aprobado en Asamblea General Ordinaria de 17 de junio de 2013 PRELIMINAR El Plan de Previsión Asegurado de Autores y Editores se constituye como un contrato

Más detalles

Plan de Previsión Futurautor

Plan de Previsión Futurautor Plan de Previsión Futurautor Aprobado en Asamblea General Ordinaria 21 de mayo de 2003 e incorporando las modificaciones introducidas en la Asamblea General Ordinaria de 17 de junio de 2013 y de 18 de

Más detalles

LOTE III - VIDA DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO Y CORPORATIVOS 1.- OBJETO DEL CONTRATO

LOTE III - VIDA DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO Y CORPORATIVOS 1.- OBJETO DEL CONTRATO AYUNTAMIENTO LA N. VILLA 1 PLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HAN SERVIR PARA LA CONTRATACION MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS ADJUDICACION, LOS CONTRATOS SEGUROS PRIVADOS L AYUNTAMIENTO

Más detalles

Generali Vida, Ahorro y Previsión. Condiciones Generales y Condiciones Generales Específicas

Generali Vida, Ahorro y Previsión. Condiciones Generales y Condiciones Generales Específicas Generali Vida, Ahorro y Previsión Condiciones Generales y Condiciones Generales Específicas Generali Vida, Ahorro y Previsión G50751 Condiciones Generales y Condiciones Generales Específicas Índice Cláusula

Más detalles

2. No obstante lo establecido en el apartado anterior serán deducibles:

2. No obstante lo establecido en el apartado anterior serán deducibles: DEDUCIBILIDAD DOTACIÓN PROVISIONES TÉCNICAS Artículo 13.2 e) Ley 43/1995. Provisión para riesgos y gastos 2. No obstante lo establecido en el apartado anterior serán deducibles: e) Las dotaciones a las

Más detalles

El contrato de seguro ofrecido es un Seguro de Vida-Ahorro que tiene las siguientes características:

El contrato de seguro ofrecido es un Seguro de Vida-Ahorro que tiene las siguientes características: En cumplimiento del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados; de la Ley 50/1980, de 8 de

Más detalles

Información de interés para Corredores de Seguros que comercialicen. Planes de Pensiones.

Información de interés para Corredores de Seguros que comercialicen. Planes de Pensiones. Información de interés para Corredores de Seguros que comercialicen Planes de Pensiones. -Novedades introducidas por la recién aprobada Ley de Economía Sostenible- Desde FECOR se ha realizado el presente

Más detalles

NOTA INFORMATIVA CASER SIALP

NOTA INFORMATIVA CASER SIALP NOTA INFORMATIVA CASER SIALP La presente Nota Informativa se entrega al potencial Tomador del Contrato de Seguro, con anterioridad a la celebración del mismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DE LA POLIZA DE SEGURO INDIVIDUAL DE PENSIONES

CONDICIONES GENERALES DE LA POLIZA DE SEGURO INDIVIDUAL DE PENSIONES CONDICIONES GENERALES DE LA POLIZA DE SEGURO INDIVIDUAL DE PENSIONES Cláusula primera. Amparos. Old Mutual, bajo las estipulaciones y valores establecidos en la carátula de la póliza o en sus anexos, y

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE VEHÍCULOS ANEXO DE EXCESO DE LÍMITES

PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE VEHÍCULOS ANEXO DE EXCESO DE LÍMITES PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE VEHÍCULOS ANEXO DE EXCESO DE LÍMITES Para ser adherido y formar parte integrante de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos Nro. contratada

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 1.ª Objeto y finalidad. El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento

Más detalles

FLEXICUENTA PATRIMONIO Seguro de Vida vinculado a fondos de inversión CONDICIONES ESPECIALES (Mod. FCP005)

FLEXICUENTA PATRIMONIO Seguro de Vida vinculado a fondos de inversión CONDICIONES ESPECIALES (Mod. FCP005) FLEXICUENTA PATRIMONIO Seguro de Vida vinculado a fondos de inversión CONDICIONES ESPECIALES (Mod. FCP005) 1. ACTIVOS DE REFERENCIA El Tomador podrá vincular el Fondo Acumulado del seguro a uno de los

Más detalles

amaxiplan Ahorro 5 SIALPa

amaxiplan Ahorro 5 SIALPa amaxiplan Ahorro 5 SIALPa Bienvenido a santalucía Carlos Fabián CONDICIONES GENERALES Condiciones Generales del contrato MAXIPLAN AHORRO 5 SIALP santalucía SEGUROS MaxiPlan Ahorro 5 SIALP DISPOSICIONES

Más detalles

SEGURO COLECTIVO TEMPORAL DE VIDA. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 098.

SEGURO COLECTIVO TEMPORAL DE VIDA. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 098. SEGURO COLECTIVO TEMPORAL DE VIDA Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 098. CONDICIONES GENERALES ARTICULO 1º DEFINICION DE LA COBERTURA En los términos de la presente póliza, el

Más detalles

CONDICIONES GENERALES SEGURO COLECTIVO DE VIDA PLAN TEMPORAL ANUAL RENOVABLE

CONDICIONES GENERALES SEGURO COLECTIVO DE VIDA PLAN TEMPORAL ANUAL RENOVABLE P-DV-01-D-12-V1 CONDICIONES GENERALES SEGURO COLECTIVO DE VIDA PLAN TEMPORAL ANUAL RENOVABLE Cláusula 1. Contrato de seguro. El Contrato de Seguro, que regula todas las obligaciones y derechos del Grupo

Más detalles

SUS CONDICIONES PARTICULARES 130925-60800014201 -42-81784944-0

SUS CONDICIONES PARTICULARES 130925-60800014201 -42-81784944-0 SUS CONDICIONES PARTICULARES Å-)9&(!J!Æ 130925-60800014201 -42-81784944-0 Éstas son las Condiciones particulares de su póliza: n Sanitas Previsión Cada vez que quiera consultar algo, aquí encontrará todo

Más detalles

[Preámbulo] CAPÍTULO I Disposiciones generales

[Preámbulo] CAPÍTULO I Disposiciones generales BORRADOR DE PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY 20/2005, DE 14 DE NOVIEMBRE DE 2005, SOBRE LA CREACIÓN DEL REGISTRO DE CONTRATOS DE SEGUROS DE COBERTURA DE FALLECIMIENTO [Preámbulo]

Más detalles

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS Condiciones Generales CAJA DE SEGUROS REUNIDOS Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. -CASER- Domicilio Social: Avenida de Burgos, 109-28050

Más detalles

ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026

ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A., QUE PARA EFECTOS DE ESTA PÓLIZA SE DENOMINA LA COMPAÑÍA, CON

Más detalles

Condiciones Generales FlexiCuenta Asegurada

Condiciones Generales FlexiCuenta Asegurada Condiciones Generales FlexiCuenta Asegurada Nº póliza Índice Artículo 1. Artículo. Artículo. Artículo 4. Artículo. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9. Artículo 10. Artículo 11. Artículo 1.

Más detalles

CASER PRIMA ÚNICA CAJA DE SEGUROS REUNIDOS. Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. -CASER- Seguro de Decesos Condiciones Generales

CASER PRIMA ÚNICA CAJA DE SEGUROS REUNIDOS. Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. -CASER- Seguro de Decesos Condiciones Generales CASER PRIMA ÚNICA Seguro de Decesos Condiciones Generales CAJA DE SEGUROS REUNIDOS Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. -CASER- Domicilio Social: Avenida de Burgos, 109-28050 Madrid www.caser.es Inscrita

Más detalles

MaxiPlan Rentabilidad. aestructuradaa. Bienvenido a santalucía

MaxiPlan Rentabilidad. aestructuradaa. Bienvenido a santalucía MaxiPlan Rentabilidad aestructuradaa Bienvenido a santalucía CONDICIONES GENERALES SI N R LO VA A TR N CO CT Condiciones Generales del contrato MAXIPLAN RENTABILIDAD ESTRUCTURADA AL U santalucía SEGUROS

Más detalles

Epígrafe 12 BMN, Banco Mare Nostrum SA En vigor desde el 22/01/2015 Página 1 de 5

Epígrafe 12 BMN, Banco Mare Nostrum SA En vigor desde el 22/01/2015 Página 1 de 5 BMN, Banco Mare Nostrum SA En vigor desde el 22/01/2015 Página 1 de 5 1.- Comisión de apertura: Aplicable sobre el principal o límite del crédito concedido: Préstamos y Créditos con garantía hipotecaria:

Más detalles

Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Vida Obligatorio: Decreto 1567/74; principales puntos sobre la operatoria Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Como se sabe desde el 1 º de enero de 2011 el premio del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

Más detalles

PLANES DE PENSIONES Y LEGISLACIÓN TRIBUTARIA

PLANES DE PENSIONES Y LEGISLACIÓN TRIBUTARIA 1 PLANES DE PENSIONES Y LEGISLACIÓN TRIBUTARIA BASE LIQUIDABLE GENERAL La base liquidable general estará constituida por el resultado de practicar en la parte general de la base imponible, exclusivamente,

Más detalles

ASOCIADOS ASNALA FORELAB

ASOCIADOS ASNALA FORELAB Proyecto de Seguro Colectivo de Temporal Renovable Simplificado ASOCIADOS ASNALA FORELAB PROYECTO DE SEGURO COLECTIVO TEMPORAL ANUAL RENOVABLE. Presentado a la empresa: el día 10/06/2014 El Seguro Colectivo

Más detalles

LIBERTY RENTALINK. Condiciones Generales

LIBERTY RENTALINK. Condiciones Generales LIBERTY RENTALINK Condiciones Generales LIBERTYRENTALINK LE10RTL 03/15 03/15 LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. Domicilio Social: Paseo de las Doce Estrellas, 4, 28042 Madrid. Reg.

Más detalles

Bases para la cesión de uso de bicicletas por el Ayuntamiento de Mula, a establecimientos de turismo y hostelería del municipio de Mula.

Bases para la cesión de uso de bicicletas por el Ayuntamiento de Mula, a establecimientos de turismo y hostelería del municipio de Mula. Bases para la cesión de uso de bicicletas por el Ayuntamiento de Mula, a establecimientos de turismo y hostelería del municipio de Mula. 1. Objeto. El objeto de la presente convocatoria, es la regulación

Más detalles

GENERALI PIAS. Condiciones Generales y Condiciones Generales Específicas

GENERALI PIAS. Condiciones Generales y Condiciones Generales Específicas GENERALI PIAS Condiciones Generales y Condiciones Generales Específicas GENERALI PIAS Plan Individual de Ahorro Sistemático 60590 / 08 / GEN Condiciones Generales y Condiciones Generales Específicas Índice

Más detalles

ÍNDICE. DISPOSICIONES GENERALES Artículo Preliminar Bases del contrato... 2 Artículo 1 Definiciones... 3

ÍNDICE. DISPOSICIONES GENERALES Artículo Preliminar Bases del contrato... 2 Artículo 1 Definiciones... 3 ÍNDICE Página DISPOSICIONES GENERALES Artículo Preliminar Bases del contrato..................... 2 Artículo 1 Definiciones................................ 3 OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO Artículo 2 Objeto

Más detalles

I. Representante fiscal en España para entidades que pretendan operar en régimen de libre prestación de servicios.

I. Representante fiscal en España para entidades que pretendan operar en régimen de libre prestación de servicios. SECRETARÍA DE ESTADO, ANEXO SOBRE NORMAS DE INTERÉS GENERAL APLICABLES A ENTIDADES QUE OPERAN EN ESPAÑA EN RÉGIMEN DE LIBRE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y DERECHO DE ESTABLECIMIENTO ( VIDA Y NO VIDA) La relación

Más detalles

CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES

CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES La política de términos y condiciones de UXI SOFTWARE SAPI DE CV (en lo sucesivo e indistintamente "UXI SOFTWARE") tiene por objetivo dar a conocer a los clientes las

Más detalles

Protección GS Cobertura de Seguro de Vida Familiar

Protección GS Cobertura de Seguro de Vida Familiar Protección GS Cobertura de Seguro de Vida Familiar Cobertura Opcional CONTENIDO OBJETO DEL CONTRATO DEFINICIONES CLÁUSULAS GENERALES 1. RIESGOS CUBIERTOS 2. SUMAS ASEGURADAS 3. SUICIDIO 4. INDISPUTABILIDAD

Más detalles

10 Base liquidable. Diputación Foral de Gipuzkoa 133

10 Base liquidable. Diputación Foral de Gipuzkoa 133 10 Base liquidable 10.1 Qué es la base liquidable? 10.2 Base liquidable general 10.2.1 Qué reducciones entran en la base liquidable general? 10.2.2 Compensación de bases liquidables generales negativas

Más detalles

ANEXO I. INFORMACIÓN PREVIA AL CONTRATO.

ANEXO I. INFORMACIÓN PREVIA AL CONTRATO. ANEXO I. INFORMACIÓN PREVIA AL CONTRATO. Información de la empresa. Razón Social: DCarthago Finance, S.L. Nombre Comercial: DCKapital. CIF: B-30892640 Domicilio Social: Calle Viña del Mar, 25. Escalera

Más detalles

PLAN DE PREVISIÓN ASEGURADO AGRUPACIÓN

PLAN DE PREVISIÓN ASEGURADO AGRUPACIÓN PLAN DE PREVISIÓN ASEGURADO AGRUPACIÓN CONDICIONES GENERALES (Mod. PPA003) La presente póliza se rige por lo dispuesto en la legislación que a continuación se detalla y por lo convenido en estas Condiciones

Más detalles

condiciones generales de la poliza de seguro individual de pensiones Skandia Seguros de Vida S.A. Versión 1 - Julio/95

condiciones generales de la poliza de seguro individual de pensiones Skandia Seguros de Vida S.A. Versión 1 - Julio/95 condiciones generales de la poliza de seguro individual de pensiones Skandia Seguros de Vida S.A. Versión 1 - Julio/95 CONDICIONES GENERALES DE LA POLIZA DE SEGURO DE PENSIONES INDIVIDUAL CLÁUSULA PRIMERA.

Más detalles

SEGURO COLECTIVO DE DECESOS CONDICIONES ESPECIALES DE LA PÓLIZA

SEGURO COLECTIVO DE DECESOS CONDICIONES ESPECIALES DE LA PÓLIZA SEGURO COLECTIVO DE DECESOS CONDICIONES ESPECIALES DE LA PÓLIZA Artículo 1. Cláusula preliminar El propósito de este documento es adecuar las Condiciones Generales de la Póliza al seguro de vida que se

Más detalles

CONDICIONES GENERALES SEGURO DE DESGRAVAMEN. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 88 013.

CONDICIONES GENERALES SEGURO DE DESGRAVAMEN. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 88 013. 1.- COBERTURA ARTICULO Nº 1: CONDICIONES GENERALES SEGURO DE DESGRAVAMEN Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 88 013. En virtud de este plan de Seguro de Desgravamen, la compañía aseguradora

Más detalles

Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones?

Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones? 4 Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones? 4.1. Cuáles son los principios generales? 4.2. Cuál es la fiscalidad del fondo de pensiones? 4.3. Cuál es la fiscalidad del promotor? 4.4. Cuál

Más detalles

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE AEGON ESPAÑA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS. Preliminar

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE AEGON ESPAÑA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS. Preliminar REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE AEGON ESPAÑA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS Preliminar De conformidad con lo recogido en la Ley 44/2002 de 22 de noviembre de Medidas de Reforma del

Más detalles

UNIT-LINKED Guía de Buenas Prácticas en materia de información previa a la contratación en los seguros

UNIT-LINKED Guía de Buenas Prácticas en materia de información previa a la contratación en los seguros UNIT-LINKED Guía de Buenas Prácticas en materia de información previa a la contratación en los seguros de vida en los que el tomador asume íntegramente el riesgo de inversión (Unit-Linked) JUNIO 2009 GUIA

Más detalles

SOLICITUD DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PERITOS

SOLICITUD DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PERITOS Calle del Jazmín, 66 Tel.: 913 84 11 57 28033 - Madrid Fax: 91 384 11 54 SOLICITUD DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PERITOS TOMADOR / ASEGURADO D./Dña.: PAGADOR D./Dña./Denominación Social: DURACIÓN

Más detalles

EL SEGURO DE VIDA INTRODUCCIÓN

EL SEGURO DE VIDA INTRODUCCIÓN 1 EL SEGURO DE VIDA INTRODUCCIÓN Es un factor inherente: Todos tenemos que morir. Las pólizas de seguros de vida están diseñadas para apoyar a los seres queridos cuando le sucede algo a alguien. Usted

Más detalles

prestamosenlinea.com.do

prestamosenlinea.com.do Términos y Condiciones de los Préstamos Personales Por favor lea cuidadosamente estos Términos y Condiciones antes de utilizar los servicios de Prestamosenlinea.com.do. Al utilizar este Sitio Web, usted

Más detalles

establecer, mediante Orden Foral, una fecha de cargo posterior a aquella en la que finalice el periodo voluntario de pago que corresponda a cada

establecer, mediante Orden Foral, una fecha de cargo posterior a aquella en la que finalice el periodo voluntario de pago que corresponda a cada Proyecto de DECRETO FORAL por el que se modifica el Decreto Foral 38/2006, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Gipuzkoa. El presente Decreto Foral

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL Artículo 1. Creación de la Caja Provincial de Cooperación Local De conformidad con lo dispuesto en el apartado 6.f) del artículo 30 del Real Decreto

Más detalles

REGLAMENTO DE PRESTACIONES ASEGURADORAS O DE SEGUROS CAPITULO I REGIMEN JURIDICO, FUNDAMENTO Y PRINCIPIO DE LAS PRESTACIONES Y COTIZACIONES

REGLAMENTO DE PRESTACIONES ASEGURADORAS O DE SEGUROS CAPITULO I REGIMEN JURIDICO, FUNDAMENTO Y PRINCIPIO DE LAS PRESTACIONES Y COTIZACIONES REGLAMENTO DE PRESTACIONES ASEGURADORAS O DE SEGUROS CAPITULO I REGIMEN JURIDICO, FUNDAMENTO Y PRINCIPIO DE LAS PRESTACIONES Y COTIZACIONES Artículo 1. El presente Reglamento se rige por lo dispuesto en

Más detalles

Planes de pensiones:

Planes de pensiones: Planes de pensiones: 1) Características de un plan de pensiones: La persona a cuyo favor se constituye el plan de pensiones : Asume la obligación de realizar a aportaciones al plan de pensiones. Tiene

Más detalles

DISPONIBILIDAD, garantizada mediante rescates totales, parciales o anticipos con devolución, una vez transcurrida la primera anualidad de seguro.

DISPONIBILIDAD, garantizada mediante rescates totales, parciales o anticipos con devolución, una vez transcurrida la primera anualidad de seguro. SEGURO UNIVERSAL AHORRO FUTURO GARANTIZADO El Seguro Universal Ahorro Futuro es la póliza de seguro flexible para toda la vida, que permite diseñar un plan de protección y ahorro a la medida de las necesidades

Más detalles

SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL FLEXIBLE. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 2 02 028

SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL FLEXIBLE. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 2 02 028 SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL FLEXIBLE Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 2 02 028 CONDICIONES GENERALES Para efectos de la presente póliza se entenderá por: PRIMA MINIMA: La menor prima

Más detalles

POLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA CONDICIONES GENERALES

POLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA CONDICIONES GENERALES POLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA CONDICIONES GENERALES EQUIVIDA Compañía de Seguros y Reaseguros S. A. en adelante denominada la Compañía y el Contratante y los Asegurados celebran este contrato por

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL SISTEMA DE PAGOS FRACCIONADOS DE RECIBOS DE VENCIMIENTO PERIÓDICO MEDIANTE CUENTA CORRIENTE TRIBUTARIA.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL SISTEMA DE PAGOS FRACCIONADOS DE RECIBOS DE VENCIMIENTO PERIÓDICO MEDIANTE CUENTA CORRIENTE TRIBUTARIA. PUBLICADA EN EL BOP Nº: 301 DE FECHA: 19-12-2009. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL SISTEMA DE PAGOS FRACCIONADOS DE RECIBOS DE VENCIMIENTO PERIÓDICO MEDIANTE CUENTA CORRIENTE TRIBUTARIA. Disposición Preliminar.

Más detalles

CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 En vigor desde el 14-08-2013

CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 En vigor desde el 14-08-2013 CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 EPÍGRAFE 14º CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS (Créditos, Préstamos, Efectos Financieros, Descubiertos en Cuenta Corriente, Libretas de Ahorro, Excedidos

Más detalles

Gestión de Dominio y Cesión de DNS www.ayto-torrelodones.org

Gestión de Dominio y Cesión de DNS www.ayto-torrelodones.org Gestión de Dominio y Cesión de DNS www.aytotorrelodones.org Entidad solicitante: AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES (SER. INFOR.) A la atención de: FRANCISCO TORRENTE Código propuesta: 120228/21855/versión 1

Más detalles

podrán pedir a las autoridades fiscales españolas la reducción de los impuestos correspondientes por aplicación de los límites convencionales,

podrán pedir a las autoridades fiscales españolas la reducción de los impuestos correspondientes por aplicación de los límites convencionales, ORDEN de 20 de noviembre de 1968 por la que se regula el procedimiento de aplicación de los artículos 10, 11, y 12 del Convenio Hispano-Suizo para evitar la doble imposición, de 26 de abril de 1966. (

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO DE ALQUILER DE TERMINALES TELEFÓNICOS

CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO DE ALQUILER DE TERMINALES TELEFÓNICOS CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO DE ALQUILER DE TERMINALES TELEFÓNICOS 1.- Objeto Constituye el objeto de las presentes Condiciones Generales, el alquiler, por Telefónica de España, S.A.U. (en adelante

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DEL RAMO DE VIDA COLECTIVO

CONDICIONES GENERALES DEL RAMO DE VIDA COLECTIVO CONDICIONES GENERALES DEL RAMO DE VIDA COLECTIVO ART. I DEFINICIONES 1. La Compañía: Atlas Compañía de Seguros S.A., que asume la cobertura de los riesgos objeto de este contrato y garantiza el pago de

Más detalles

Como consecuencia de lo anterior, se modifican las siguientes condiciones de la Oferta Pública mencionada:

Como consecuencia de lo anterior, se modifican las siguientes condiciones de la Oferta Pública mencionada: ANEXO PARA INSTALACIONES DE AIRE ACONDICIONADO / BOMBAS DE CALOR A LA OFERTA PÚBLICA PARA LA ADHESIÓN AL TRASLADO DE SOLICITUDES DE INSTALACIÓN DE EQUIPAMIENTO GAS NATURAL SERVICIOS SDG, S.A., GAS NATURAL

Más detalles

SEGUROS DE AHORRO SEGURO RURAL FLEXIMAX

SEGUROS DE AHORRO SEGURO RURAL FLEXIMAX SEGUROS DE AHORRO SEGURO RURAL FLEXIMAX Tabla de contenido 1. TIPO DE PRODUCTO... 3 2. GARANTÍAS DEL PRODUCTO... 3 3. LIQUIDEZ... 3 4. FLEXIBILIDAD... 3 5. NORMAS DE CONTRATACIÓN... 3 6. FISCALIDAD...

Más detalles

Pensión de Sobrevivencia

Pensión de Sobrevivencia Pensión de Sobrevivencia Es un beneficio previsional al que tienen derecho los integrantes del grupo familiar del afiliado fallecido, siempre que su fallecimiento no sea a causa o con ocasión de su trabajo

Más detalles

CONDICIONES GENERALES APLICABLES AL SERVICIO DE ENVÍO DE DINERO HERBÓN ENVÍOS, EP. S.A.

CONDICIONES GENERALES APLICABLES AL SERVICIO DE ENVÍO DE DINERO HERBÓN ENVÍOS, EP. S.A. CONDICIONES GENERALES APLICABLES AL SERVICIO DE ENVÍO DE DINERO HERBÓN ENVÍOS, EP. S.A. INTRODUCCIÓN El presente documento recoge la información que las entidades de pago deben facilitar a los usuarios

Más detalles

1.- PRÉSTAMOS PARA FINANCIACIÓN DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS. Clase de operación y concepto

1.- PRÉSTAMOS PARA FINANCIACIÓN DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS. Clase de operación y concepto Epígrafe 5, Página 1 5.- PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS EN DIVISA 1.- PRÉSTAMOS PARA FINANCIACIÓN DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS Clase de operación y concepto % Mínimo 1. de apertura. Aplicable

Más detalles

Guía Fiscal 2012-2013

Guía Fiscal 2012-2013 Guía Fiscal 2012-2013 Plan Universal de la Abogacía Fiscalidad de las cuotas y prestaciones del Plan Universal de la Abogacía Edición enero de 2012 MUTUALIDAD GENERAL DE LA ABOGACÍA Mutualidad de Previsión

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 6 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES.

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 6 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES. ORDENANZA FISCAL NÚMERO 6 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES. ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2

Más detalles

Zurich Ahorro Creciente. Condiciones Generales

Zurich Ahorro Creciente. Condiciones Generales Zurich Ahorro Creciente Condiciones Generales Zurich Ahorro Creciente Indice Condiciones Generales Algunas definiciones que Usted debe conocer......................... 3 Artículo 1. Bases de su Contrato

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEUDORES

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEUDORES PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEUDORES CONDICIONES GENERALES EQUIVIDA Compañía de Seguros y Reaseguros S. A. En adelante denominada la Compañía y el Contratante celebran este contrato por un (1) año,

Más detalles

ANEXO Nº I. Seguro Inclusión

ANEXO Nº I. Seguro Inclusión ANEXO Nº I CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE SEGUROS SUSCRITO ENTRE MUTUALITAT DE PREVISIÓ SOCIAL DEL COLLEGI D ENGINYERS INDUSTRIALS DE CATALUNYA A PRIMA FIJA Y EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS

Más detalles

SEGUROS DE VIDA. Cómo acogerse al pago fraccionado? LINEA 102 LINEA 111 LINEA 129 LINEA 130 LINEA 136 LINEA 139 LINEA 147 LINEA 154 LINEA 185

SEGUROS DE VIDA. Cómo acogerse al pago fraccionado? LINEA 102 LINEA 111 LINEA 129 LINEA 130 LINEA 136 LINEA 139 LINEA 147 LINEA 154 LINEA 185 LINEA 102 LINEA 111 LINEA 129 SEGUROS DE VIDA LINEA 130 LINEA 136 LINEA 139 Cómo acogerse al pago fraccionado? LINEA 147 LINEA 154 LINEA 185 LINEA 186 LINEA 196 LÍNEA 209 Página 1 de 23 NUEVA OPCION DE

Más detalles

AHORRO Y VIDA A 60 Ó 65 AÑOS SEGURO DOTAL CON PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES

AHORRO Y VIDA A 60 Ó 65 AÑOS SEGURO DOTAL CON PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES AHORRO Y VIDA A 60 Ó 65 AÑOS SEGURO DOTAL CON PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES CONDICIÓN PRIMERA: AMPARO BÁSICO: POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS, EN ADELANTE POSITIVA, OTORGA MEDIANTE EL PRESENTE CONTRATO UN SEGURO

Más detalles

Seguro de Vida Grupo

Seguro de Vida Grupo Seguro de Vida Grupo Condiciones Generales Seguro de Vida Grupo Condiciones Generales 1. CONTRATO.- Esta póliza, la solicitud, los certificados individuales, el registro de asegurados correspondiente

Más detalles

Novedades en la regulación jurídica de la Incapacidad Temporal:

Novedades en la regulación jurídica de la Incapacidad Temporal: El pasado 21 de julio se publicó el Real Decreto 625/2014 de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y el control de los procesos de incapacidad temporal (baja) en los primeros

Más detalles

PROPUESTA. A) Dejar sin efecto, en la parte no utilizada, el acuerdo undécimo de la Junta General de Accionistas celebrada el 25 de Junio de 2004.

PROPUESTA. A) Dejar sin efecto, en la parte no utilizada, el acuerdo undécimo de la Junta General de Accionistas celebrada el 25 de Junio de 2004. Decimosegundo.- Delegación en el Consejo de Administración de la facultad de emitir valores de renta fija, tanto simples como canjeables por acciones en circulación de la Sociedad y/o convertibles en acciones

Más detalles

PORCENTAJE ADICIONAL POR RETRASO DE LA EDAD JUBILACIÓN DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS

PORCENTAJE ADICIONAL POR RETRASO DE LA EDAD JUBILACIÓN DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS PORCENTAJE ADICIONAL POR RETRASO DE LA EDAD JUBILACIÓN DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS AUTORES: GRUPO DE INVESTIGACIÓN EN PENSIONES Y PROTECCIÓN SOCIAL: E. DEVESA, M. DEVESA, I. DOMÍNGUEZ,

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 114 MIÉRCOLES 10 DE OCTUBRE DE 2012 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 49 MADRID RÉGIMEN ECONÓMICO Pleno del Ayuntamiento Secretaría General Acuerdo del Pleno de 26 de septiembre de 2012, por

Más detalles

ACUERDO SUGESE 05-13

ACUERDO SUGESE 05-13 CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO CONASSIF ACUERDO SUGESE 05-13 REGLAMENTO SOBRE SEGUROS COLECTIVOS Actualizado al 1 de diciembre de 2014. APROBADO POR EL CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISIÓN

Más detalles

consumo, referentes a la valoración de riesgos de los clientes o a los requisitos de información.

consumo, referentes a la valoración de riesgos de los clientes o a los requisitos de información. DELIMITACIÓN DE COMPETENCIAS DE LA CNMV Y DEL BANCO DE ESPAÑA EN RELACIÓN CON LA SUPERVISIÓN Y RESOLUCIÓN DE LAS RECLAMACIONES QUE AFECTAN A INSTRUMENTOS O PRODUCTOS FINANCIEROS DERIVADOS DE COBERTURA.

Más detalles

ÍNDICE SUPUESTO DE HECHO... 2 Cuestión Planteada... 2 Contestación... 2

ÍNDICE SUPUESTO DE HECHO... 2 Cuestión Planteada... 2 Contestación... 2 EDD 2001/94396 DGT, Consulta nº 3/2001 de 26 febrero 2001. Resumen La presente consulta vinculante determina que en el caso de un contrato de seguro unit linked a prima única,con posibilidad de satisfacer

Más detalles

CONDICIONES GENERALES NATURAL 4

CONDICIONES GENERALES NATURAL 4 CONDICIONES GENERALES NATURAL 4 902 20 10 25 1 de 10 CONDICIONES GENERALES DE DECESOS ARTÍCULO PRELIMINAR Las Condiciones Generales y Particulares del presente contrato de seguro, se rigen por lo dispuesto

Más detalles

CONDICIONES GENERALES Y ESPECIALES VIDA GRUPO

CONDICIONES GENERALES Y ESPECIALES VIDA GRUPO CONDICIONES GENERALES Y ESPECIALES VIDA GRUPO Página 1 de 14 INDICE CONDICIONES GENERALES LEGISLACION APLICABLE 1 BASES CONTRACTUALES 1.1 Definiciones 1.2 Declaraciones 1.3 Comunicaciones 1.4 Modificación

Más detalles

PRIMA PERIÓDICA CONDICIONES GENERALES

PRIMA PERIÓDICA CONDICIONES GENERALES PRIMA PERIÓDICA CONDICIONES GENERALES PRIMA PERIÓDICA OCASO AHORROACTIVO ARTÍCULO PRELIMINAR-DEFINICIONES OBJETO Y EXTENSION DEL SEGURO-RIESGOS CUBIERTOS Seguro Principal Art. 1º Exclusiones Art. 2º Actualización

Más detalles

ACCIDENTES - CENTROS DE ENSEÑANZA

ACCIDENTES - CENTROS DE ENSEÑANZA COBERTURAS Y CAPITALES Coberturas Contratadas Capitales asegurados por asegurado RIESGO 1: EDUCACIÓN PRIMARIA FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE 3.000,00 INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA ACC. E INVALIDEZ PARCIAL

Más detalles

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. ÍNDICE 1. Preámbulo 2. Finalidad 3. Derechos de información previos a la celebración de la Junta

Más detalles

DE VIDA TEMPORAL SIN VALORES GARANTIZADOS CONDICIONES GENERALES

DE VIDA TEMPORAL SIN VALORES GARANTIZADOS CONDICIONES GENERALES SEGURO DE VIDA Más Vida SEGURO DE VIDA TEMPORAL SIN VALORES GARANTIZADOS CONDICIONES GENERALES Inscrito en el Registro de Póliza bajo el código POL 2 07 062 ARTÍCULO 1º: COBERTURA En los términos de la

Más detalles

Pensiones de Invalidez y Sobrevivencia Originadas por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Ley 16.744

Pensiones de Invalidez y Sobrevivencia Originadas por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Ley 16.744 Pensiones de Invalidez y Sobrevivencia Originadas por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Ley 16.744 Es un beneficio, al que tienen derecho los trabajadores que padezcan una enfermedad

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0076/2014

Gabinete Jurídico. Informe 0076/2014 Informe 0076/2014 La consulta plantea el procedimiento a seguir en aplicación de los dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y su Reglamento

Más detalles

ACCIÓN COMERCIAL CAPTACIÓN DE CLIENTES DEL SEGMENTO BANCA PERSONAL B A S E S

ACCIÓN COMERCIAL CAPTACIÓN DE CLIENTES DEL SEGMENTO BANCA PERSONAL B A S E S ACCIÓN COMERCIAL CAPTACIÓN DE CLIENTES DEL SEGMENTO BANCA PERSONAL Bankia va a llevar a cabo una campaña de ámbito nacional para incentivar la captación de nuevos clientes en el segmento de Banca Personal,

Más detalles

MODIFICACIONES LEGISLATIVAS APLICABLES DESDE EL 1 DE ENERO DE 2007

MODIFICACIONES LEGISLATIVAS APLICABLES DESDE EL 1 DE ENERO DE 2007 MODIFICACIONES LEGISLATIVAS APLICABLES DESDE EL 1 DE ENERO DE 2007 Normativa Modificada RDL 3/2004, IRPF, en la actualidad Ley 35/2006, de 28 de noviembre del IRPF Real Decreto legislativo 1/2002, de 29

Más detalles

Reglamento del Plan de Previsión Winpyme

Reglamento del Plan de Previsión Winpyme Reglamento del Plan de Previsión Winpyme Índice Ámbito personal y Modalidad Socios Sistema financiero Contribuciones al Plan de Previsión Modificación y suspensión de aportaciones Contingencias y prestaciones

Más detalles

JUNTA DE ANDALUCIA. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN. ESTRELLA SEGUROS C/ Orduña 2 28034 - Madrid Teléfono Atención 24 horas: 902 333 433 Fax: 902 200 501

JUNTA DE ANDALUCIA. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN. ESTRELLA SEGUROS C/ Orduña 2 28034 - Madrid Teléfono Atención 24 horas: 902 333 433 Fax: 902 200 501 Seguro de Accidentes para el alumnado que participe en el programa de formación en centros de trabajo para los ejercicios 2010 y 2011 Nº de póliza: X0-5-410.001.288 Tomador de la Póliza: JUNTA DE ANDALUCIA.

Más detalles