DERECHO DEPORTIVO. Diana Pahola Brunal Berrocal

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1 DERECHO DEPORTIVO Diana Pahola Brunal Berrocal

2 Consideraciones iniciales Gestionar un conjunto de variables para sacar avante programas, proyectos, etc. El deporte se ajustan a procesos gerenciales preexistentes, pero tiene sus precisiones Preparación interdisciplinaria para asertividad en las decisiones Especificidad en la gestión, precisa profesionales de diversas áreas El Derecho es un área obligada en la gestión No se administra deporte sin conocer los marcos normativos 2

3 Las organizaciones tienen estructuras que permiten su funcionamiento y viabilizan su gestión. Planeación Financiera y contable Comunicaciones y relaciones corp. Técnica Jurídica 3

4 Cuál es la función del área jurídica en una organización?

5 Área Jurídica Responde a las particularidades de la empresa. Pública o privada. Razón social objeto planes Regulación a nivel nacional e internacional. Normatividad del área objeto de la empresa. Aplicación general de las leyes, reglamentos y demás actos administrativos. Contratación talento humano Adquisición de espacios físicos Adquiere y provee insumos y servicios. 5

6 El administrador tiene que manejar conceptos básicos de derecho y de legislación. La responsabilidad que acarrea administrar es muy grande, por lo que se deben evitar riesgos. La organización siempre necesita un abogado. No saber gerenciar el componente jurídico, acarrea multas onerosas y hasta privaciones de la libertad. 6

7 Propiciar reflexión acerca del manejo del componente jurídico en la gestión deportiva. 7

8 Marco Histórico general El Derecho evoluciona constantemente. Las costumbres sociales marcaron la pauta. Romanos primera civilización que reguló conductas: familia, matrimonio, adopción, herencia, propiedad, los bienes, etc. (750 a.c). Las instituciones del Derecho Romano se mantienen. Derecho Universal y Derecho interno. Con el tiempo y los avances se diferencian dos líneas de Derecho Derecho Privado y Derecho Público. 8

9 D. Civil *Tecnología. *Descubrimientos *La conciencia del ser humano. * Problemáticas sociales D. Familia D. Administrativo D. Comercial D. Laboral D. Ambiental 9

10 10

11 Qué es Derecho? 1. Orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad, 2. la base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido 3. en un lugar y momento determinado. Son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver conflictos interpersonales. 11

12 El deporte No es la excepción 12

13 DÓNDE COMENZAMOS? 1. La práctica deportiva como NECESIDAD HUMANA 2. El deporte FENÓMENO SOCIAL 3. Reconocimiento del deporte como DERECHO 13

14 Deporte como Derecho 14

15 Derecho Deportivo Público Privado

16 Emanado de Poderes públicos Ordenamiento Jurídico Público *Leyes del Deporte *Normas de dllo reglamentario Ordenamiento Jurídico Privado *Estatutos *Reglamentos *Circulares Emanado de los Entes Deportivos 16

17 Emanado de Poderes públicos *El modelo asociativo. *Fiscalidad del deporte. *Las relaciones laborales en el deporte. *Aspectos de seguridad pública. *Reglas de juego o de la actividad Dptiva *Reglas de la competición *Reglas de la organización *Reglas del evento deportivo Emanado de los Entes Deportivos 17

18 Movimiento Olímpico Son las organizaciones, deportivas y personas que aceptan seguir las directrices de la Carta Olímpica y reconocen la autoridad del COI. Federaciones Internacionales (IF) Comités Olímpicos Nacionales (NOCs) Comités Organizadores de los JJOO (OCOGs) Clubes y sus miembros, atletas, jueces/árbitros, entrenadores, otro personal técnico del deporte. Otras organizaciones e instituciones reconocidas por el CIO. 18

19 Comité Olímpico Internacional Autoridad suprema del Movimiento Olímpico. Organización internacional no gubernamental, sin ánimo de lucro, crea el Movimiento Olímpico. Fundado en Toda persona u organización que en cualquier calidad pertenezca al movimiento olímpico, estará sometida a las disposiciones de la Carta Olímpica y deberá acatar las decisiones del CIO. 19

20 Comités Olímpicos Nacionales Para ser considerado como tal y que tenga validez en el contexto del Movimiento Olímpico debe ser reconocido por el COI. Su misión es desarrollar, promover y proteger el Movimiento Olímpico en sus respectivos países. Son los únicos que pueden seleccionar y designar la ciudad que se postula para organizar los Juegos Olímpicos en sus respectivos países. Solo los CON pueden enviar atletas a los Juegos. 20

21 Comité Paralímpico Internacional Órgano rector mundial del Movimiento Paralímpico. Organización sin ánimo de lucro, fundada en Desarrolla oportunidades deportivas para las personas con discapacidad desde el nivel principiante al élite; organizar los Juegos Paralímpicos de verano e invierno. "Permitir a los atletas alcanzar la excelencia deportiva e inspirar y emocionar al mundo". 21

22 Federaciones Deportivas Internacionales Organizaciones Internacionales no gubernamentales, reconocidas por el COI como administradoras de uno o más deportes a nivel mundial. Las FDI conservan independencia y autonomía en la administración de sus deportes. Para ser reconocidas por el COI deben garantizar que sus estatutos, prácticas y actividades se ajusten a la Carta Olímpica. Agrupan al conjunto de Federaciones Deportivas Nacionales reconocidas por aquellas. 22

23 La estructura de las Federaciones se basa en el principio de representación unitaria y monopolística, tanto a nivel internacional, como a nivel nacional. Premisa: "Una sola Federación por Deporte" 23

24 Comité Olímpico Colombiano Coordina el Deporte Asociado. Cumple funciones de interés público y social en todos los deportes, tanto en el ámbito nacional como internacional. Objeto principal: formulación, integración, coordinación y evaluación de políticas, planes, programas y proyectos relacionados con: El deporte competitivo. El deporte de alto rendimiento. La formación del recurso humano propio del sector. 24

25 Federaciones Deportivas Nacionales Organismos de derecho privado, constituidas como asociaciones o corporaciones por ligas deportivas o asociaciones deportivas departamentales, para fomentar, patrocinar y organizar la práctica de un deporte y sus modalidades, dentro del ámbito nacional e impulsarán programas de interés público y social. Tiene el manejo técnico y administrativo de su deporte en el ámbito nacional y la representación internacional del mismo. Ley 494 de 1999, Art. 1. Modifica el Decreto-ley 1228 de 1995 Las FDN también puedan estar constituidas por Clubes Deportivos. 25

26 La estructura asociativa del Deporte a nivel mundial Fed. Intern. Federaciones Nacionales Clubes 26

27 LEY DEPORTIVA Conjunto de principios y normas propias del deporte, no hacen parte de otras ramas del Derecho. Son normas propias del Deporte.

28 Tribunal de Arbitraje para el Deporte (TAS/CAS) Institución independiente, presta servicios facilitando la resolución de disputas legales relacionadas con el deporte a través del arbitraje o la mediación, por medio de procedimientos adaptados a las necesidades específicas del mundo deportivo. Se pronuncia a través de sentencias arbitrales, que tienen la misma aplicabilidad que las sentencias de los tribunales ordinarios. Resuelve disputas de manera amistosa a través de la mediación. Aprox. 300 árbitros, elegidos por su conocimiento especializado en arbitraje y derecho deportivo. Aprox. 300 casos son registrados cada año.

29 Recapitulando Público Privado

30 30

31 ESTADO SOCIAL DE DERECHO República Unitaria Descentralizada. Democrática, participativa y pluralista. *Servir a la comunidad *Promover la prosperidad. *Garantizar la efectividad de los Ppios, derechos y deberes. *Participación de todos en la toma de decisiones. En conclusión Fortalece los servicios Garantiza los derechos Participación plena Integración de clases sociales Redistribución de los recursos Intervención de mercado Planificación de la economía. 31

32 La Constitución Política La Constitución es norma de normas 32

33 CAPITULO I. DERECHOS FUNDAMENTALES Son los inherentes a la persona humana (Art. del 11 al 41) Derecho a la vida. Libertad e igualdad de las personas Libre desarrollo de su personalidad Libertad de expresar y difundir su pensamiento. La paz como derecho y deber. Circular libremente por el territorio nacional. El trabajo Libertad de escoger profesión u oficio. libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra. El debido proceso 33

34 CAPITULO II. DERECHOS SOCIALES, ECONOMICOS Y CULTURALES Referencian aspectos que tienen que ver con el desarrollo de condiciones básicas de la dignidad humana: (Art. del 42 al 77). Calidad de vida Salud física y mental Un mejor entorno social Propiciar el desarrollo integral y armónico Se identifican en la vida cotidiana a partir del reconocimiento de aquellas condiciones fundamentales que nos hacen falta o requerimos para vivir de manera plena. 34

35 Artículo 52 CP El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano. El deporte y la recreación, forman parte de la educación y constituyen gasto público social. Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará, vigilará y controlará las organizaciones deportivas y recreativas cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas. 35

36 Deporte Actividad Física COLOMBIA Recreación Ed. Física 36

37 Existe en Colombia regulación del deporte? Que normatividad o legislación conocemos del deporte? Qué temas tiene normatividad o deberían tenerla en el deporte? 37

38 Ley 39 de 1903: primera norma establecida en el código escolar sobre educación física. Ley 80 de 1905: crea comisión nacional de Ed. física y las funciones para dirigir el deporte nacional, las asociaciones deportivas Decreto 710 de 1928: Fija pensum de educación. Primer progr. de Ed. física en el sector educativo. Decreto 662 de 1932: Establece los torneos nacionales de educación física. Decreto 1734 de 1933: Obligatoriedad de la educación física en todos los establecimientos educativos. Ley 12 de 1934: Crea la dirección nacional de educación física en el Ministerio de Educación Nacional. 38

39 Decreto 1528 de 1936: Crea el instituto nacional de Ed. Física. Nace la formación académica y científica del recurso humano para dirigir el deporte y la recreación. Decreto 173 de 1937: Fija los programas de estudio del Instituto Nacional de Ed. física y establecen centros de interés, sobre la Ed. física y su incidencia en la cultura, la conducta humana, la vida intelectual, afectiva, etc. Decreto 2216 de 1938: Reglamenta la organización del deporte en el país. Decreto 275 de 1938: Decreta la obligatoriedad de la Ed. física en todos los establecimientos, tanto públicos como privados. Decreto 868 de 1939: Incorpora el Instituto Nacional de Educación Física a la Universidad Nacional. 39

40 Decreto 1391 de 1939: Crea las ligas deportivas constituidas por clubes y comités deportivos municipales. Decreto 166 de 1942: Crea en la escuela normal superior la sección de educación física para formar los profesores de Ed. física. Decreto 2893 de 1945: Establece 3 horas semanales de educación física para colegios de bachillerato. Decreto 1637 de 1960 Crea el Consejo Nacional de Ed. física, dependencia del ministerio de educación nacional para la política nacional de educación física. Decreto 958 de 1966: Organiza el Consejo Nacional de Ed. física y crea consejos departamentales de la misma. 40

41 Leyes 1, 47 y 49 de 1967: Crean gravámenes a cigarrillos, licores, espectáculos públicos. Decreto 2743 de 1968: Crea a Coldeportes y le asignan las funciones de la dirección nacional de Ed. física, de las comisiones nacional y departamental de educación física. Crea el consejo nacional de la juventud del deporte. Decreto 893 de 1969: Crea Juntas Administradoras Dptales de deportes para administrar los impuestos creados a cigarrillos, licores, espectáculos públicos. Decreto 1419 de 1978: Señala orientaciones básicas para la admón. curricular en niveles de Ed. preescolar, primaria, secundaria y media vocacional e intermedia profesional. Ley 49 de 1983: Constituye las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes. 41

42 Decreto 3115 de 1984: crea la escuela nacional del deporte, su función es preparar entrenadores de los diferentes deportes. Decreto 2845 de 1984: dictan normas para el ordenamiento del deporte, la educación física y la recreación. Decreto 3158 de 1984: establece normas de funcionamiento para clubes profesionales. Decreto 1576 de 1985: estructura a Coldeportes y la división de la educación física y formación deportiva. Ley 49 de 1993: establece el régimen disciplinario del deporte. Ley 115 de 1994: expide la ley general de educación. Decreto 407 de 1996: reglamenta el otorgamiento de personería jurídica y el reconocimiento deportivo. 42

43 Ley 181 de 1995: Dicta disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, la Ed. Física y se crea el Sistema Nacional del Deporte. Contempla planteamientos importantes que han orientado el desarrollo del deporte en el país durante 23 años Ley 582 de 2000: define el deporte asociado de personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales. Ley 613 de 2000: declara a la disciplina del tejo como deporte nacional. Decreto 1746 DE 2003: el Ministerio de Cultura tendrá como objetivos formular, coordinar, ejecutar y vigilar la política del Estado en materia cultural, deportiva, recreativa y de aprovechamiento del tiempo libre Ley 845 de 2003: normas de prevención y lucha contra el dopaje, se modifica la Ley 49 de

44 Ley 934 de 2004: Oficializa la Política de Desarrollo Nacional de la Educación Física y se dictan otras disposiciones. Ley 1207 de 2008: Aprueba la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte. Ley 1270 de 2009: Crea la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el fútbol. Ley 1356 de 2009: Ley de Seguridad en Eventos Deportivos. (Derogada). Ley 1389 de 2010: Establece incentivos a deportistas y reforma algunas disposiciones de la normatividad deportiva. Decreto 4183 de 2011: Transformó el Instituto Colombiano del Deporte - Coldeportes, establecimiento público del orden nacional en el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre - Coldeportes 44

45 Ley 1445 de 2011: modifica la Ley 181 de 1995, las disposiciones que resulten contrarias y se dictan otras disposiciones en relación con el deporte profesional. Decreto 1772 de 2012: Establece como criterio de focalización para acceso al subsidio familiar de vivienda para áreas urbanas en especie a los hogares que tengan como miembro a deportistas y entrenadores medallistas que se encuentran en estado de vulnerabilidad. Decreto 1007 de 2012: Colombia. Expide el Estatuto del Aficionado al Fútbol en Decreto 1085 de 2015: Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del Sector Administrativo del Deporte. 45

46 Resolución 1541 de 16 de julio de 2018 COLDEPORTES Adopta el Plan Nacional de capacitación en Administración deportiva. Proyectos: Por medio de la cual se reconoce y reglamenta el ejercicio de la profesión de entrenador (ra) deportivo (va). Por el cual se reforma la Legislación en materia de deporte, recreación, actividad física y aprovechamiento del tiempo libre. Por el cual se crea el Ministerio del Deporte. 46

47 Dos momentos que marcan la orientación actual del deporte Colombiano Constitución Política de Colombia 1991 Eleva el reconocimiento del deporte, la recreación y la educación física a Derechos social. Acto legislativo 002 del 2000 Estimó el deporte como parte del gasto público social. 47

48 El acto legislativo 002 de 2000 Complementó y aclaró el artículo 52 de la Constitución, de acuerdo con el cual, la función que dentro de la sociedad está llamado a cumplir el ejercicio del deporte es la formación integral de las personas y el cuidado de la salud en el ser humano. (Sentencia C 758 de 2002, la Corte Constitucional). La categoría de GASTO PÚBLICO SOCIAL da prioridad sobre otras asignaciones en los planes y presupuestos de la nación y de las entidades territoriales. Los entes territoriales están obligados a que en sus planes de desarrollo se tengan en cuenta dichas actividades. 48

49 Cuál es la importancia de determinar que el deporte y la recreación, forman parte de la educación y constituyen gasto público social? Es la solución de las necesidades básicas insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, vivienda, y las tendientes al bienestar general y al mejoramiento de la calidad de vida de la población. (Ley 715/2001). La educación ha sido señalada como objetivo fundamental del estado social de derecho, siendo ésta una de las áreas prioritarias de inversión social. (Sentencia C-375/10) 49

50 Definiciones LEYES: Norma jurídica expedida o dictada por el legislador, cumple características como: Generalidad, obligatoriedad, permanencia, abstracta e impersonal y se reputa conocida. DECRETOS LEY: Denominados Decretos con Fuerza de Ley y son aquellos que dicta el Presidente en ejercicio de facultades extraordinarias. DECRETOS: Norma general emanada de autoridad distinta del Poder legislativo. Posee un contenido normativo reglamentario, por lo que su rango es jerárquicamente inferior a las leyes. RESOLUCIONES: Orden escrita dictada por el jefe de un servicio público, tiene carácter general, obligatorio y permanente, y se refiere al ámbito de competencia del servicio. 50

51 ORDENANZAS: Acto jurídico de dictar disposiciones que realizan las Asambleas Departamentales. ACUERDOS: Acto jurídico de carácter general que se expide por los concejales. POLITICA: Es una actividad orientada en forma ideológica a la toma de decisiones de un grupo para alcanzar ciertos objetivos. POLITICA PÚBLICA: Un conjunto conformado por uno o varios objetivos colectivos considerados necesarios o deseables, y por medios o acciones son tratados por una institución u organización gubernamental con la finalidad de orientar el comportamiento de actores individuales o colectivos para modificar una situación percibida como insatisfactoria o problemática. Andre-Noël Roth, 2002.

52 DECRETO 4183 DE 2011 Transforma al Instituto Colombiano del Deporte, COLDEPORTES-, establecimiento público del orden nacional en: Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre 52

53 Ley 181 de 1995 Ley del deporte en Colombia Soporta lo expresado Constitucionalmente como un derecho de todos los Colombianos en términos de un ordenamiento legal, institucional y presupuestal.

54 Ley 181 de 1995 Ley del Deporte en Colombia 54

55 Su función es: Organizar, planear y financiar al sector a través de la creación del Sistema Nacional del Deporte, la Recreación, el Aprovechamiento del tiempo libre, la Educación Extraescolar y la Educación física, el cual es integrado por un conjunto de organismos deportivos y no deportivos jerarquizados a nivel nacional, departamental y municipal.

56 La Ley 181 de 1995, Consta de 9 títulos, 91 Artículos. TÍTULO I - Disposiciones preliminares CAPÍTULO I - Objetivos generales y rectores de la ley CAPÍTULO II - Principios fundamentales TÍTULO II - De la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la Educación extraescolar. TÍTULO III - De la Educación Física TÍTULO IV - Del Deporte CAPÍTULO I - Definiciones y clasificación CAPÍTULO II - Normas para el fomento del deporte y la recreación TÍTULO V - De la seguridad social y estímulos para los deportistas

57 TÍTULO VI - Del Sistema Nacional del Deporte CAPÍTULO I - Definición y objetivos generales CAPÍTULO II - Plan Nacional del Deporte, la Recreación y la Ed. Física TÍTULO VII - Organismos del Sistema Nacional del Deporte CAPÍTULO I - Ministerio de Educación CAPÍTULO II - Instituto Colombiano del Deporte CAPÍTULO III - Entes deportivos departamentales CAPÍTULO IV - Entes deportivos municipales y distritales CAPÍTULO V - Comité Olímpico Colombiano TÍTULO VIII - Financiamiento del Sistema Nacional del Deporte CAPÍTULO I - financieros estatales TÍTULO IX - Disposiciones varias

58 Dicta disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la Educación Física. Ley 181 de 1995 Crea el Sistema Nacional del Deporte

59 OBJETIVOS GENERALES Patrocinio, fomento, masificación, divulgación, planificación, coordinación, ejecución y asesoramiento de la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre. La promoción de la educación extraescolar de la niñez y la juventud en todos los niveles. La implantación y fomento de la Ed. Física para contribuir a la formación integral de la persona y facilitarle el cumplimiento eficaz de sus obligaciones como miembro de la sociedad.

60 Objetivos rectores Garantizan el acceso del individuo y de la comunidad al conocimiento y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre. Son 18 objetivos. OBJETIVO ESPECIAL La creación del Sistema Nacional del Deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, la educación extraescolar y la Ed. física.

61 No expresan la verdad sobre la justicia, sino razones sobre lo que una determinada sociedad valora como justo. Es una aspiración, una guía, es la orientación central de un sistema, hacia ellos se debe dirigir laactividad estatal. Son conductas aprendidas en la familia o en la sociedad en que interactúa. 61

62 Ética Deportiva (preservar) Universalidad Integración Funcional

63 Recreación: Acción participativa y dinámica, que facilita entender la vida como una vivencia de disfrute, creación y libertad, mediante la práctica de actividades físicas o intelectuales de esparcimiento. Aprovechamiento del tiempo libre: Uso constructivo que el ser humano hace de él, en beneficio de su enriquecimiento personal y del disfrute de la vida. Educación extraescolar: Utiliza el tiempo libre, la recreación y el deporte como instrumentos para la formación integral de la niñez y de los jóvenes. Esta educación complementa la brindada por la familia y la escuela.

64 Título IV - DEPORTE Específica conducta humana caracterizada por una actitud lúdica y de afán competitivo de comprobación o desafío, expresada mediante el ejercicio corporal y mental, dentro de disciplinas y normas preestablecidas orientadas a generar valores morales, cívicos y sociales.

65 Clasificación: Formas como desarrolla el deporte Alto Rendimiento Formativo Asociado Social Comunitario Universitario Profesional Competitivo Aficionado

66 CLASIFICACIÓN DEFINICIÓN Deporte formativo Finalidad contribuir al desarrollo integral del individuo. Comprende los procesos de iniciación, fundamentación y perfeccionamiento deportivos. Tiene lugar tanto en los programas del sector educativo formal y no formal, como en los programas desescolarizados de las Escuelas de Formación Deportiva y semejantes. Deporte social comunitario Deporte con fines de esparcimiento, recreación y desarrollo físico de la comunidad. Procura integración, descanso y creatividad. Se realiza mediante la acción interinstitucional y la participación comunitaria para el mejoramiento de la calidad de vida. Deporte universitario Complementa la formación de los estudiantes de educación superior. Tiene lugar en los programas académicos y de bienestar universitario de las instituciones educativas.

67 CLASIFICACIÓN DEFINICIÓN Deporte asociado Es el desarrollado por un conjunto de entidades de carácter privado organizadas jerárquicamente con el fin de desarrollar actividades y programas de deporte competitivo de orden municipal, departamental, nacional e internacional que tengan como objeto el alto rendimiento de los deportistas afiliados a ellas. Deporte competitivo Es el conjunto de certámenes, eventos y torneos, cuyo objetivo primordial es lograr un nivel técnico calificado. Su manejo corresponde a los organismos que conforman la estructura del deporte asociado. Deporte de alto rendimiento Es la práctica deportiva de organización y nivel superiores. Comprende procesos integrales orientados hacia el perfeccionamiento de las cualidades y condiciones físico técnicas de deportistas, mediante el aprovechamiento de adelantos tecnológicos y científicos.

68 CLASIFICACIÓN DEFINICIÓN Deporte aficionado Es aquel que no admite pago o indemnización alguna a favor de los jugadores competidores distinto del monto de los gastos efectivos ocasionados durante el ejercicio de la actividad deportiva correspondiente. Deporte profesional Es el que admite como competidores a personas naturales bajo remuneración, de conformidad con las normas de la respectiva federación internacional.

69 TÍTULO VI - Del Sistema Nacional del Deporte - SND Conjunto de organismos, articulados entre sí, para permitir el acceso de la comunidad al Deporte, la Recreación, el Aprovechamiento del tiempo libre, la Educación extraescolar y la Educación física. Organis mo Organism o Organismo Objetivo: Generar y brindar a la comunidad oportunidades de participación en procesos de iniciación, formación, fomento y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, como contribución al desarrollo integral del individuo y a la creación de una cultura física para el mejoramiento de la calidad de vida.

70 Objetivos del Sistema Nacional del Deporte Establecer mecanismos que permitan el fomento, masificación, desarrollo y práctica del deporte, mediante la integración funcional de los organismos, procesos, actividades y recursos de este sistema. Organizar y establecer las modalidades y formas de participación comunitaria en el fomento, desarrollo y práctica del deporte, que aseguren la vigencia de los principios de participación ciudadana. Establecer un conjunto normativo armónico que regule el fomento, masificación, desarrollo y práctica del deporte y los mecanismos para controlar y vigilar su cumplimiento.

71 Sistema Nacional del Deporte Nivel Nacional *COLDEPORTES *Comité Olímpico C. *Comité Paralímpico C. *Federaciones D. N. Nivel Departamental *Entes Deportivos Departamentales *Ligas Deportivas Departamentales. *Asociaciones deportivas departamentales. Nivel Municipal *Entes Deportivos Municipales y Distritales. *Clubes Deportivos *Clubes promotores *Comités Deportivos. 71

72 Deporte Asociado Ley 181 de 1995 (Artículos del 28 al 35) Decreto ley 1228 de Estructura organismos sector asociado. Resolución 231/ Reglamenta requisitos que deben cumplir los Clubes para funcionar. Ley 1445 de Dictan disposiciones en relación con el deporte profesional. Decreto único reglamentario 1085 de del sector administrativo del deporte. Resolución 1541 de 2018 COLDEPORTES - Adopta el Plan Nacional de capacitación en Administración deportiva. 72

73 Decreto Ley 1228 DE 1995 Revisa la legislación deportiva vigente y la estructura de los organismos del sector asociado con objeto de adecuarlas al contenido de la Ley 181 de TITULO I Organismos deportivos del sector asociado TITULO II Competiciones y eventos deportivos. TITULO III Organismos asesores del deporte y la recreación TITULO IV Inspección, vigilancia y control. TITULO V Disposiciones varias 73

74 CAPITULO I. - Organismos deportivos de nivel municipal *Clubes Deportivos * Clubes promotores CAPITULO II. - Organismos deportivos de nivel departamental y del distrito capital *Ligas deportivas * Asociaciones deportivas CAPITULO III. - Organismos deportivos de nivel nacional. * Federaciones deportivas * Comité Olímpico Colombiano CAPITULO IV. - Clubes Deportivos Profesionales. Ley 1445 del 12 de mayo de 2011 CAPITULO V. - Normas comunes a los organismos deportivos. * Reconocimiento Deportivo * Integración Funcional * Estructura * Estatutos * Personería Jurídica * Plan Nacional de Capacitación 74

75 TITULO II - Competiciones y eventos deportivos. EVENTOS DEPORTIVOS INTERNACIONALES. Sólo el COC y las FDN podrán presentar solicitudes para organizar competiciones o eventos deportivos internacionales con sede en Colombia, previo concepto favorable de Coldeportes. Es indispensable el compromiso del departamento y la ciudad. JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES. Máximo evento deportivo del país y se realizarán cada cuatro (4) años, como iniciación del ciclo selectivo y de preparación de los deportistas que representarán al país en competiciones o eventos deportivos internacionales. SELECCIONES OFICIALES. Reconocidas por Coldeportes, se consideran oficiales y con prioridad en cuando representan al país en competiciones o eventos internacionales. 75

76 LICENCIAS REMUNERADAS. Los deportistas, personal técnico, auxiliar, científico, de Juzgamiento y dirigente, seleccionados para representar al país en competiciones, seminarios, congresos y eventos deportivos similares internacionales, tendrán derecho a licencia remunerada para asistir cuando sean servidores públicos, trabajadores oficiales o del sector privado, previa solicitud escrita de Coldeportes y, exención de tasas e impuestos de salida del País. PERMISOS. Los estudiantes seleccionados para representar al país en competiciones o eventos internacionales oficiales tienen derecho a obtener el permiso de los establecimientos educativos correspondientes, previa solicitud escrita de Coldeportes. SUSPENSION DE EVENTOS DEPORTIVOS. El Director de Coldeportes, podrá ordenar la suspensión o aplazamiento de eventos deportivos cuando los escenarios no tengan las condiciones físicas y sanitarias adecuadas o cuando no se garantice la seguridad de los participantes o espectadores. 76

77 Organismos asesores del deporte y la recreación TITULO III - Organismos asesores del deporte y la recreación 1. Comisión Técnica Nacional 2. Comisión Nacional de Dopaje y Medicina Deportiva 3. Comisión Nacional de Juzgamiento 4. Comité Nacional de Recreación 77

78 Inspección, vigilancia y control NATURALEZA DE LA INSPECCION, VIGILANCIA Y CONTROL Coldeportes ejercerá está función con los organismos deportivos y demás entidades del SND. INVESTIGACIONES Coldeportes, cuando tenga conocimiento de actuaciones que transgredan gravemente normas legales o estatutarias, podrá solicitar investigación a la autoridad competente, o la revocatoria de los actos, según sea el caso. SUJETOS DE INSPECCION, VIGILANCIA Y CONTROL Organismos deportivos que conforman el SND Instituciones de Educación públicas y privadas Cajas de compensación familiar y demás organismos integrantes del SND 78

79 Ley 494 de 1999 Modifica y adiciona Decreto ley 1228 y a la ley 181 de 1995 Modifica el artículo 11, del 1228 de 1995, las Federaciones Deportivas Nacionales también puedan estar constituidas por Clubes Deportivos. Se adiciona un parágrafo al artículo 12 del 1228 de 1995, el número mínimo de clubes Deportivos será determinado por Coldeportes, previa consulta con la Federación Deportiva Nacional correspondiente 79

80 Art Articulado 14 Reconocimiento deportivo 1 Objeto (fomento, protección, apoyo y patrocinio) Resolución 231/2011 Reglamentan requisitos que deben cumplir los Clubes deportivos y promotores para su funcionamiento 15 Beneficios del RD 2 Constitución (#min. dptistas) 16 Vigencia del RD 3 Jurisdicción 17 Otorgamiento del RD 4 De los afiliados 18 Renovación del RD 5 Requisitos para afiliación 19 Revocación de RD 6 Estructura 20 Personería jurídica 7 Del órgano de dirección 21 Afiliación del Club a un organismo superior 8 Del órgano de administración 22 Requisitos afiliación a un organismo superior 9 Del órgano de control 23 Transferencias 10 Del órgano de disciplina 24 Comités deportivos Municipales Requisitos para su funcionamiento Acta de constitución 25 Los entres Dptivos Mpales pueden adoptar en sus propios reglamentos, las normas especiales sobre procedimiento y requisitos para el trámite 13 Estatutos del RD. 80

81 Clubes Deportivos Clubes Promotores Fomento, protección, apoyo y patrocinio de un deporte o una modalidad deportiva, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre en el municipio. OBJETO Fomentar y patrocinar varias disciplinas deportivas o modalidades deportivas, cuando en el municipio no se tiene el número mínimo de deportistas para conformar un Club Deportivo. 81

82 Estructura Será determinada en sus estatutos atendiendo los principios de democratización y participación deportiva, comprendiendo como mínimo, los siguientes órganos: Órgano de Dirección Representante Legal Comisión Disciplinaria 82

83 ÓRGANOS DIRECCIÓN: La Asamblea General de Afiliados, es el máximo órgano de un organismo deportivo y está compuesta por los afiliados que se encuentren en ejercicio de sus derechos, y que estén a paz y salvo. ADMINISTRACIÓN: Conformado por: * Presidente. Cuando tiene Personería Jca, el Presidente tendrá la calidad de Representante Legal. *Colegiado: se debe establecer el número de miembros, los cargos y funciones. CONTROL: NO se exige un Órgano de Control, solo si se considera necesario, estatutariamente establecen la figura de fiscales o de Revisor Fiscal. La Revisoría Fiscal la ejercen contadores públicos. DISCIPLINA: Comisión Discip. de los clubes estará integrada por 3 miembros: dos (2) elegidos por el órgano de dirección y uno (1) elegido por el Órgano de Administración. 83

84 PERSONERÍA JURÍDICA Configura el nacimiento de una persona diferente a la de sus asociados, sujetos de derechos y obligaciones. Los actos propios inherentes a ella, le permiten la posibilidad de darse sus propias reglas (estatutos), de elegir sus miembros. CODIGO CIVIL COLOMBIANO ARTICULO 633. DEFINICION DE PERSONA JCA. Es una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representada judicial y extrajudicialmente. 84

85 Los Clubes NO están obligados a obtener Personería Jurídica, salvo cuando pretendan acceder a recursos públicos y en los demás eventos en que expresamente así lo determine la ley. La Personería Jurídica es otorgada por la Gobernación del departamento al que pertenezca el municipio en el que el club tiene su domicilio. Los Clubes pertenecientes a entidades no deportivas utilizaran la Personería Jurídica de la entidad o el Reconocimiento Oficial. 85

86 Qué es el reconocimiento deportivo? Constituye el aval o autorización que otorga el Estado a través de COLDEPORTES, o los entes deportivos municipales, a los organismos que desarrollan promoción y desarrollo del deporte, para que puedan ser parte del SND. 86

87 El Reconocimiento Deportivo permite: Fomentar, promover, apoyar, patrocinar el deporte dentro de su respectivo ámbito territorial. Organizar actividades deportivas. Llevar la representación nacional o seccional. Solicitar la sede de competiciones o eventos deportivos nacionales o internacionales. Recibir recursos públicos y disfrutar de la asesoría o servicios de Coldeportes y los Entes Departamentales y Municipales. 87

88 Vigencia De acuerdo con el artículo 16 de la Resolución 231 de 2011, la vigencia del reconocimiento deportivo es de cinco (5) años, contados a partir de la fecha en que quede ejecutoriado el acto administrativo que lo otorga o lo renueva. 88

89 Quién otorga el Reconocimiento Deportivo? COLDEPORTES a: Federaciones, Ligas y Clubes Deportivos Profesionales. Entes Municipales o Institutos de Deportes o quienes hagan sus veces a: Clubes deportivos o promotores. 89

90 Diferencia entre Personería Jurídica y Reconocimiento deportivo La primera configura el nacimiento de una persona diferente a la de sus asociados, sujetos de derechos y obligaciones. El segundo, es la exigencia legal que permite a la persona que nace a la vida jurídica, desarrollar su objeto social, con fines de promoción y desarrollo del deporte. 90

91 TRANSFERENCIAS: Los deportistas, podrán cambiar su afiliación de uno a otro club, previa autorización de transferencia, expedida por el Órgano de Administración del Club en el cual tenga vigente su afiliación. Deberán presentar paz y salvo por todo concepto para con el Club y presentar renuncia, por escrito, ante el Órgano de Administración del mismo. El Órgano de Administración podrá abstenerse de autorizar la transferencia, cuando por el retiro de los deportistas se afecte la participación de los clubes en las competencias incluidas en el calendario oficial. Cuando se trate de menores de edad, las solicitudes de autorización de transferencia de los deportistas, deberán estar autorizadas por la firma de su Representante Legal. Ver Decreto 1085 de

92 Consideraciones sobre la organización del Deporte Es amplia y compleja. Gran servicio y producto. Múltiples oportunidades en diferentes líneas de desarrollo. Indispensable conocerla. No se puede subestimar su relevancia frente a otras áreas. 92

93 Resolución 1541 de 2018, COLDEPORTES Adopta el Plan Nacional de capacitación en Administración deportiva. Dirigido a los miembros de dirección y administración de los organismos deportivos, personal técnico y de juzgamiento, como requisito para el desempeño de sus funciones. Minimo 48 horas. Objetivo: a 2029 haber capacitado en administración deportiva a más de personas que aspiren a ser miembros de dirección y administración de los organismos deportivos del SND, personal técnico y de juzgamiento.

94 Contenido programático mínimo

95 Equivalencia de la capacitación Podrá ser homologada bajo las siguientes condiciones: a) Cursado y aprobado al menos un (1) crédito académico de formación superior de pregrado o posgrado, en deporte, recreación o actividad física. (80) horas de trabajo académico. b) Haber realizado un curso de capacitación en Inst. Ed. superior, nacional o extranjera, en deporte; recreación o actividad física, cuya duración sea superior o igual a cuarenta y ocho (48) horas. c) Tener título profesional o tecnológico, otorgado por una Inst. Ed. superior nacional o extranjera relacionadas directamente con deporte, recreación y actividad física. d) Haber ocupado cargos como miembro de dirección y administración de los organismos deportivos del SND, personal técnico y de juzgamiento, por un período mínimo de un año. e) Haber ocupado cargos de nivel técnico, tecnólogo o profesional que tengan relación directa con la administración deportiva en entes deportivos municipales, departamentales, Instituto Distrital para Recreación y el Deporte de Bogotá (IDRD) o Coldeportes.

96 GRACIAS Correo electrónico: 96

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