ROSALIA MEJIA ROSASCO
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- Catalina Arroyo Peña
- hace 5 años
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1 ENCUENTRO TOMA DE DECISIONES CON APOYOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD: UNA ALTERNATIVA A LA INTERDICCIÓN, LA SUSTITUCIÓN DE LA VOLUNTAD Y LA LIMITACIÓN DE DERECHOS ROSALIA MEJIA ROSASCO rosamej@gmail.com
2 Apuntes preliminares Derecho de autonomía y libre desarrollo de la personalidad. El diseño del proyecto de vida de la persona. El documento notarial como garante de ejecución.
3 Modelos con Participación Notarial Designación de propio curador. Curatela especial. Testamento a favor de designación de apoyos.
4 Designación del propio curador Consentimiento Informado en materia de salud. Aceptación o rechazo de tratamientos, cirugías y otras medidas relacionadas a la salud. Autonomía del paciente
5 Designación del propio curador Ley (18 de diciembre 2010): Toda persona capaz adulta mayor puede nombrar preventivamente a curador, curadores sustitutos o rechazar nombramiento de persona determinada.
6 Formalidades de la designación de curador Por escritura pública ante notario. Puede facultades. establecer Presencia de dos testigos. Inscripción registral.
7 CURATELA ESPECIAL: Formalidades Decreto Legislativo 1310 (30 de diciembre de 2016). Proceso No Contencioso Notarial. Designación de curador especial con facultades restringidas.
8 Requisitos de Curatela Especial A favor de persona adulta mayor que tenga la calidad de pensionista o sea beneficiario de la Ley (FONAVI). Incapacidad absoluta: privados de discernimiento, o incapacidad relativa: deterioro mental que les impida expresar su voluntad.
9 INTERVENCION DEL MEDICO Certificación médica señalando expresamente que la persona adulta mayor cumple con la condición de limitación de capacidad antes señalada. Ratificación personal del médico ante notario.
10 Documento Notarial e inscripción Escritura pública designando curador especial, facultades y obligaciones. Inscripción registral.
11 Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Con fecha 08 de mayo de 2017, el Comité publicó la Lista de Cuestiones Previas a la presentación del segundo y tercer informe periódico combinado del Perú, aprobado en su 17 período de sesiones, 20 de marzo de 12 de abril de 2017.
12 Derogatoria de la curatela especial Explique las acciones realizadas con la finalidad de derogar la norma contenida en el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1310 que faculta la interdicción notarial de adultos mayores
13 Desfase del Código Civil en materia de capacidad jurídica a partir de la CDPD En mayo del 2012, luego del examen del informe presentado por el Perú ante NNUU en materia de discapacidad, el Comité recomendó al Estado peruano a derogar la practica de la interdicción judicial y revise las leyes que permiten la tutela y curatela.
14 Implementación de sistema de apoyo o asistencia Comité recomendó cambiar el modelo de sustitución en la toma de decisiones por uno de apoyo o asistencia a las personas con discapacidad en la toma de decisiones que respete su autonomía de voluntad y preferencias.
15 Proyecto de Ley 872/2016-CR Propone modificar diversos artículos del Código Civil, el Código Procesal Civil, la Ley del Notariado, el Código de Niños y Adolescentes, en lo que respecta al reconocimiento de capacidad jurídica de las personas con discapacidad.
16 Designación de representantes o apoyo Artículo 45.- Toda persona mayor de edad que requiera asistencia para el ejercicio de su capacidad jurídica puede designar representantes o contar con apoyos de su libre y voluntaria elección según las disposiciones de este Código y de las leyes especiales.
17 Designación de apoyo ante Juez o Notario Artículo La persona mayor de edad que requiera asistencia para el ejercicio de su capacidad jurídica puede designar ante una notaría o gratuitamente ante un juez de paz letrado una o más personas de apoyo de su confianza.
18 Designación Judicial de curador Artículo El juez puede determinar de modo excepcional los apoyos necesarios cuando una persona mayor de edad se encuentre imposibilitada de manifestar su voluntad, solo después de haber realizado esfuerzos
19 Designación Judicial de curador reales, considerables y pertinentes para obtener una manifestación de voluntad, y de habérsele prestado las medidas de accesibilidad y ajustes razonables, y sea necesario para el ejercicio y protección de sus derechos.
20 Designación Judicial de curador El juez determina la persona o personas de apoyo tomando en cuenta la relación de convivencia, confianza, amistad, cuidado o parentesco que exista entre la persona con discapacidad.
21 Designación Judicial de curador En todos los casos, el juez debe realizar las diligencias pertinentes para lograr la mejor interpretación posible de la voluntad y las preferencias de la persona, y atender a su trayectoria de vida. No pueden fungir como apoyos las personas condenadas por violencia familiar.
22 Testamento de persona con discapacidad Artículo Las formalidades esenciales del testamento otorgado en escritura pública son : ( )
23 Testamento de persona con discapacidad 2.- Que el testador exprese por sí mismo su voluntad o, tratándose de una persona con discapacidad, con asistencia de apoyos, si así lo requiere, dictando su testamento al notario o dándole personalmente por escrito las disposiciones que debe contener.
24 Testamento de persona con discapacidad 6.- Que durante la lectura, al fin de cada cláusula, se verifique si el contenido corresponde a la expresión de su voluntad. Si el testador fuera una persona con discapacidad, podrá expresar su asentimiento u observaciones directamente o a través de intérpretes o apoyos.
25 Testamento de persona con discapacidad 9.- Que, en los casos en que el apoyo de la persona con discapacidad sea un beneficiario se requerirá el consentimiento del juez que aprobó la medida de apoyo.
26 Publicidad de apoyo y de salvaguarda Artículo 2030: Se inscriben en este registro: ( ) 9.- El nombramiento de tutor o de apoyo y salvaguarda.
27 Designación anticipada de apoyos Artículo 568-A.- Toda persona mayor de edad puede designar por escritura pública el o los apoyos que considere necesarios en previsión de requerir en el futuro asistencia para su capacidad de ejercicio.
28 Designación anticipada de apoyos Asimismo, la persona puede disponer en qué personas o instituciones no debe recaer tal designación, así como la forma, alcance, duración y directrices del apoyo a recibir. En la escritura pública debe constar el momento en que estas directivas entran en vigor.
29 Modificaciones en materia procesal CPC. Artículo Se tramitan en proceso no contencioso los siguientes asuntos: ( ) 13 El establecimiento de apoyos y salvaguardas para personas con discapacidad.
30 Modificaciones en materia procesal Artículo El establecimiento de apoyos y salvaguardas se inicia por petición de la propia persona con discapacidad. En casos donde sea imposible conocer la voluntad de la persona,
31 Modificaciones en materia procesal incluso con las modificaciones, adecuaciones y ajustes en el proceso, la petición puede ser hecha por otras personas que tengan legítimo interés, de acuerdo a la valoración del juez.
32 Primacía de la voluntad de la persona Artículo En los casos en que sea imposible conocer la voluntad de la persona, el juez o notario debe seguir lo prescrito en el artículo 569 del Código Civil.
33 Modificaciones en la Ley del Notariado Contenido de la Introducción (de la escritura pública) La introducción expresará: K) La indicación de los ajustes razonables y los apoyos requeridos en el caso de las personas con discapacidad.
34 El testamento a favor de las personas con discapacidad Testamento es una declaración unilateral del otorgante que contiene clausulas a ser ejecutadas después de su fallecimiento. No solo tiene contenido patrimonial.
35 El testamento a favor de las personas con discapacidad Testamento es el documento idóneo para identificar al otorgante, a los herederos, legatarios, designar tutores y de ser el caso apoyos o curadores.
36 El testamento a favor de las personas con discapacidad Constituye prueba anticipada idónea a ser presentada ante un proceso judicial posterior a la muerte del otorgante. Descripción de discapacidad y requerimientos especiales.
37 El testamento a favor de las personas con discapacidad - Descripción de ritmo habitual de la vida cotidiana de las personas con discapacidad. - Forma y circunstancias de establecer comunicación.
38 El testamento a favor de las personas con discapacidad - Habilidades de adaptación. - Las ayudas y atenciones especiales requeridas. - Designación de salvaguardas. - Establecer administrador de bienes.
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