MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD SECRETARÍA DE ESTADO DE SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
|
|
- Encarnación Jiménez Miranda
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 SECRETARÍA DE ESTADO DE SERVICIOS SOCIALES SUBDIRECCIÓN GENERAL PARA LA IGUALDAD EN LA EMPRESA Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA GUÍA PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS DESTINADAS A LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y OTRAS ENTIDADES PARA LA ELABORACIÓN E IMPLANTACIÓN DE PLANES D. CONVOCATORIA 2014
2 SOCIALES ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN... 3 II. NORMATIVA REGULADORA 2.1 Normativa general Normativa específica... 4 III. PERÍODO DE EJECUCIÓN DE LA SUBVENCIÓN, PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS... 5 IV. INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN Instrucciones generales para la justificación Documentación (ANEXO I y ANEXO II)... 7 V. TIPOLOGÍA DE GASTOS (MEMORIA ECONÓMICA ANEXO II) Desglose de los gastos de Personal propio implicado en la elaboración e implantación del Plan de Igualdad Gastos de externalización para la elaboración del Plan de Igualdad Otros gastos Resumen de los gastos En su caso, carta de pago de reintegro de remanentes Declaración acreditativa VI. COMPROBACIÓN DE LA ADECUADA APLICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN VII. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS VIII. REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA DEVOLUCIÓN VOLUNTARIA VIII. ANEXOS ANEXO I MEMORIA FINAL ANEXO II MEMORIA ECONÓMICA ANEXO III LOGOTIPO. 32 2
3 SOCIALES I. INTRODUCCIÓN De acuerdo con lo establecido en la normativa vigente en materia de subvenciones públicas, las entidades beneficiarias de las mismas están obligadas a justificar la financiación recibida ante el órgano concedente, en este caso, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, mediante la presentación de dicha justificación ante la Dirección del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades. En este sentido, la Orden SSI/1196/2013, de 25 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas destinadas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la elaboración e implantación de planes de igualdad y la Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 13 de mayo de 2014, por la que se convocan las ayudas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la elaboración e implantación de planes de igualdad, correspondientes al año 2014, recogen el procedimiento y los plazos de justificación de las subvenciones concedidas en En caso de incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención o la justificación insuficiente de la misma, se deberá proceder al reintegro de la cantidad concedida. La presente guía recoge la normativa general relativa a la justificación de subvenciones y a los procedimientos que se puedan plantear en el desarrollo de su gestión, así como las instrucciones para la correcta justificación de las subvenciones, indicando los pasos a seguir por las entidades para la presentación de la documentación e imputación de los gastos realizados en la elaboración e implantación del Plan de Igualdad y la elaboración de la memoria justificativa. En esta guía se incluyen los modelos de documentos que deben cumplimentar las entidades para la presentación de la justificación. 3
4 SOCIALES II. NORMATIVA REGULADORA 2.1 NORMATIVA GENERAL La normativa de carácter general en materia de justificación de las subvenciones concedidas con cargo a la convocatoria de ayudas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la elaboración e implantación de planes de igualdad, está constituida por las siguientes disposiciones: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Orden de 23 de julio de 1996, sobre atribución de competencias en materia de procedimiento de recaudación de reintegros de ayudas y subvenciones públicas (BOE de 30 de julio de 1996). Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación (BOE nº 289, de 1 de diciembre de 2012). 2.2 NORMATIVA ESPECÍFICA. La normativa de carácter específico, relativa a la justificación de las subvenciones correspondientes a la convocatoria de 2014, es la siguiente: Orden SSI/1196/2013, de 25 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas destinadas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la elaboración e implantación de planes de igualdad y se convocan las correspondientes a 2013 (BOE nº 154, de 28 de junio de 2013). Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 13 de mayo de 2014, por la que se convocan las ayudas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la elaboración e implantación de planes de igualdad, correspondientes al año (BOE nº 125, de 23 de mayo de 2014) 4
5 SOCIALES III. PERÍODO DE EJECUCIÓN DE LA SUBVENCIÓN, PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS. PERÍODO DE EJECUCIÓN DE LAS ACTUACIONES A los efectos de la convocatoria 2014, el plazo para la realización de las actividades subvencionadas será el comprendido entre la fecha de la resolución de concesión de la subvención y el 31 de agosto de Por lo que todas las actuaciones a justificar con cargo a la subvención deberán estar referidas a actuaciones llevadas a cabo entre el: 28 de noviembre de 2014 y el 31 de agosto de 2015 PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Antes del 31 de marzo de 2015: Deberá presentarse la documentación correspondiente al diagnóstico de situación de la entidad en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y el plan de igualdad de la entidad. Entre el 1 y el 15 de septiembre de 2015, deberán presentarse: una memoria final o de cierre de las actividades realizadas, en la que se expongan las fases y actuaciones llevadas a cabo que, como mínimo, deberán ser tres de las contempladas en el plan de igualdad como prioritarias, acompañada de la documentación acreditativa correspondiente. una memoria económica que contendrá una relación clasificada de los gastos imputados a la actividad desarrollada, debidamente firmada por la representación legal de la entidad. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS. La documentación, dirigida a la Directora del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, podrá presentarse en el Registro del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades en su sede de la Calle Alcalá, número 37, Madrid o en la Calle Condesa de Venadito, número 34, Madrid, o en cualquiera de los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo 5
6 SOCIALES Común: En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las Entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. En las oficinas de Correos (en este caso, deberá hacerlo en sobre abierto para que el empleado de la oficina pueda registrarle los documentos). En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. IV. INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN. 4.1 INSTRUCCIONES GENERALES PARA LA JUSTIFICACIÓN. PRIMER PLAZO: Antes del 31 de marzo de 2015, deberá presentarse los documentos correspondientes al diagnóstico de situación de la entidad en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y al plan de igualdad de la entidad. SEGUNDO PLAZO: Entre el 1 y el 15 de septiembre de 2015, deberán presentarse: una memoria final o de cierre de las actividades realizadas. una memoria económica. La justificación del gasto debe guardar concordancia con el objetivo de la ayuda (elaboración e implantación del plan de igualdad), ajustándose estrictamente al objetivo, finalidad y actividades expuestos en la Memoria Final explicativa de las actividades realizadas y de acuerdo con la tipología de gastos subvencionables establecida en el apartado cuarto de la Resolución de convocatoria de 13 de mayo de Las actividades a las que se refieren los justificantes presentados deberán haber sido realizadas en el período de ejecución establecido en la convocatoria (entre el 28 de noviembre de 2014 y el 31 de agosto de 2015) y deberán estar efectivamente pagados antes de que finalice el plazo para la justificación de la subvención (15 de septiembre de 2015). 6
7 SOCIALES Solo se aceptarán los gastos acordes con la naturaleza de la subvención. En ningún caso se podrán imputar a la subvención los bienes de inversión ni sus gastos de amortización, la adquisición de equipamiento, ni la de mobiliario, infraestructuras, ni los gastos cuyo valor sea superior al de mercado ni todos aquellos que no respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada. 4.2 DOCUMENTACIÓN A REMITIR: Antes del 31 de marzo de 2015, deberán presentarse los documentos correspondientes al - diagnóstico de situación de la entidad en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y - el plan de igualdad de la entidad. El segundo pago del 35% restante de la subvención concedida se realizará cuando, además de la documentación exigida en el punto anterior (diagnóstico y plan de igualdad), la entidad beneficiaria, entre el 1 el 15 de septiembre de 2015, presente una cuenta justificativa simplificada de acuerdo con el artículo 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que deberá contener la siguiente información: (ANEXO I y ANEXO II) - una MEMORIA FINAL o de cierre de las actividades realizadas, en la que se expongan las fases y actuaciones llevadas a cabo que, como mínimo, deberán ser tres de las contempladas en el plan de igualdad como prioritarias, acompañada de la documentación acreditativa correspondiente. La Memoria Final deberá ser cumplimentada en todos sus apartados, firmada por la persona que ostente la representación legal de la entidad y firmada asimismo por la representación legal de la plantilla. Junto con la Memoria Final deberá adjuntarse la documentación acreditativa de la realización de las medidas que se hayan implantado (manuales, actas, reglamentos, programas de formación y asistentes, y cualquier otro documento justificativo), y que, de acuerdo con las bases de la convocatoria, deberán haberse ejecutado al menos tres de las acciones definidas como prioritarias en el Plan de Igualdad, con anterioridad al 31 de agosto de Asimismo se acompañará de los materiales empleados para la difusión del Plan de Igualdad y de la documentación generada en su realización (folletos, carteles, materiales didácticos, etc.) Esta Memoria Final deberá cumplimentarse en el modelo normalizado de Memoria Final que se adjunta a esta Guía como Anexo I y que se encuentra disponible en 7
8 SOCIALES formato Word en la página Web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ( (Área de Servicios Sociales e Igualdad/Igualdad de Oportunidades/Igualdad en el Empleo/Planes de Igualdad). - una MEMORIA ECONÓMICA que contendrá una relación clasificada de los gastos imputados a la actividad desarrollada, debidamente firmada por la representación legal de la entidad, que incluirá: 1.º En el caso de gastos de personal propio, la identificación de las personas trabajadoras, el coste por hora imputado y el número de horas invertidas en la actividad, así como el coste total correspondiente a cada una de ellas. 2.º Una relación de facturas, con identificación del acreedor, concepto, importe, fecha de emisión y fecha de pago. 3.º En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como los intereses derivados de los mismos. 4.º Declaración acreditativa de que la entidad solicitante no ha percibido ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. 5.º Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención concedida con cargo a cada convocatoria con fondos propios, deberá acreditarse, en la justificación, el importe y la aplicación de tales fondos a las actividades. 6.º No requerirá justificación el 4% de la cantidad concedida, que se entenderá que cubre los costes indirectos como son el pequeño material de oficina, gastos de electricidad, teléfono, etc. 7.º El pago se realizará cuando el órgano instructor constate la correcta ejecución del proyecto. Las entidades subvencionadas deberán aportar, previamente a cada uno de los pagos de la subvención, certificado acreditativo de que la entidad se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, conforme a lo establecido en el punto 5 del apartado Duodécimo de la Resolución de convocatoria. No será necesario aportar nuevas certificaciones si las aportadas en la solicitud de subvención no han rebasado el plazo de seis meses de validez. El modelo normalizado de esta Memoria Económica que se adjunta a esta Guía 8
9 SOCIALES como Anexo II se encuentra disponible en formato Word en la página Web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ( (Área de Servicios Sociales e Igualdad/Igualdad de Oportunidades/Igualdad en el Empleo/Planes de Igualdad). V. TIPOLOGÍA DE GASTOS (MEMORIA ECONÓMICA ANEXO II). 5.1 Desglose de los gastos de Personal propio implicado en la elaboración e implantación del Plan de Igualdad En este apartado de la Memoria Económica se relacionará a cada una de las personas trabajadoras que hayan intervenido en la elaboración e implantación del Plan de Igualdad, indicando: el nombre y apellidos de la persona trabajadora. el puesto de trabajo que ocupa en la entidad (personal administrativo, responsable de recursos humanos, responsable de Departamento, ). la función que ha desempeñado en la elaboración del Plan de Igualdad. el número de horas que ha dedicado a elaboración del Plan de Igualdad. el coste hora de cada persona trabajadora. el importe total imputado por persona trabajadora. De este importe total se deberá indicar: la cantidad del coste de estas personas que se ha realizado con financiación propia la cantidad del coste de estas personas que se imputa con cargo a la subvención 5.2 Gastos de externalización para la elaboración del Plan de Igualdad. En caso de que para la elaboración del Plan de Igualdad se haya contado con el apoyo de una entidad externa especializada en igualdad y no discriminación en las relaciones laborales, y siempre que se hubiese previsto en la solicitud de la subvención, podrá imputarse con cargo a la subvención este gasto, teniendo en cuenta que el importe de los trabajos externalizados que se imputen con cargo a la subvención no podrá exceder del 50% de la subvención concedida. En este apartado de la Memoria deberá indicarse: El nombre de la entidad externa. El NIF. La descripción del gasto. El nº de la factura. Las fechas de emisión y de pago de la factura. El importe total de la factura con el IVA incluido. 9
10 SOCIALES Importe con financiación propia. El importe con cargo a la subvención concedida, que como máximo será el 50% de la subvención concedida. En el importe con cargo a la subvención se deberá imputar, como máximo el importe neto de la factura, en ningún caso deberá imputarse con cargo a la subvención el IVA. 5.3 Otros gastos En este apartado de la Memoria Económica podrán incluirse otros gastos derivados de la implantación de la primera fase de aplicación de las medidas establecidas en el Plan de Igualdad, tales como los derivados de campañas de sensibilización interna y/o externa, acciones de formación, nuevas contrataciones relacionadas con el Plan de Igualdad, etc. En este apartado de la Memoria deberá indicarse: El nº de la factura. Descripción del gasto Identificación del proveedor (NIF) Las fechas de emisión de las facturas Las fechas de pago de la factura. El importe total de la factura El importe con financiación propia. El importe con cargo a la subvención concedida Cuando con cargo a la subvención se imputen gastos de actividades de formación en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, deberán justificarse con las correspondientes relaciones de asistentes, el material utilizado, fechas, etc., formando parte de la Memoria Final. En el caso de justificar gastos de edición o impresión de material divulgativo del Plan de Igualdad, se deberá enviar, al menos, un ejemplar de cada uno de los materiales editados, incluyéndose, igualmente, en la Memoria Final. 5.4 Resumen de los gastos En este apartado de la Memoria Económica deberá reflejarse el resumen con el total de los gastos. Se ha indicado una numeración entre paréntesis (del 1 al 9), que se corresponde con la celda origen de la que se tiene que tomar el dato correspondiente. 5.5 En su caso, carta de pago de reintegro de remanentes 10
11 SOCIALES Si el coste total imputado con cargo a la subvención es inferior a la cantidad ya percibida de la subvención con motivo del primer pago, deberá adjuntarse a esta Memoria la carta de pago de reintegro por el importe no justificado. 5.6 Declaración acreditativa La firma de la representación legal de la empresa supone la declaración acreditativa de que la entidad solicitante no ha percibido ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. La Memoria Económica deberá ser firmada y sellada por la persona que ostente la representación legal de la entidad. VI. COMPROBACIÓN DE LA ADECUADA APLICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN La Resolución de convocatoria prevé en el punto 4 del apartado Duodécimo que el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades realizará a través de técnicas de muestreo aleatorio simple las comprobaciones que estime necesarias, y que permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención, a cuyo fin, y a efectos de comprobación del gasto, podrá solicitar a aquellas entidades beneficiarias seleccionadas, la remisión de los justificantes que considere oportunos, sin perjuicio del control financiero que pueda realizar la Intervención General de la Administración del Estado o el Tribunal de Cuentas. Los expedientes se clasificarán en cuatro tramos atendiendo al tamaño de su plantilla: de 30 a 100, de 101 a 155, de 156 a 200 y de 201 a 250 personas. De cada uno de los cuatro tramos, se seleccionarán dos expedientes de forma aleatoria. El órgano instructor se reserva la facultad de incrementar la muestra hasta tres expedientes por tramo, si se detectara un nivel alto de incumplimiento. Las entidades seleccionadas mediante el muestreo deberán presentar, además de la documentación exigida en la convocatoria, y a requerimiento del órgano instructor del procedimiento, los justificantes de los gastos subvencionados incluidos en la relación de gastos presentada, todo ello sin perjuicio del pago de la subvención, que podrá ser tramitado con anterioridad a la presentación de los citados justificantes. 11
12 SOCIALES VII. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS 1. Las entidades beneficiarias de las subvenciones vendrán obligadas a cumplir las obligaciones que, con carácter general, se recogen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y además las siguientes: a) Realizar la actividad que fundamente la concesión de la subvención en la forma, condiciones y plazo establecidos en cada convocatoria y en la resolución de concesión. b) Gestionar y realizar de forma directa aquellas actividades que constituyan el contenido principal de los programas para los que se solicita subvención, a excepción de aquellas actividades que deban ser subcontratadas, siempre que no exceda el 50 por ciento del importe subvencionado. La subcontratación se ajustará a cuanto dispone el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el artículo 68 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. c) Incorporar de forma visible, en cuantos materiales se utilicen o editen para la difusión de los programas o actividades subvencionados, el modelo de logotipo de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, incorporando así mismo la leyenda del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades. Las medidas de difusión deberán adecuarse al objeto subvencionado tanto en su forma como en su duración. El logotipo del Ministerio, así como las leyendas relativas a la financiación pública, únicamente deberán aparecer en los materiales que se utilicen o editen para la información y la difusión de aquellos programas o actuaciones que constituyen el objeto para el cual se ha concedido la subvención. En ningún caso, las citadas imágenes institucionales podrán incluirse en material publicitario de la entidad beneficiaria, si el mismo no corresponde a actividades o programas subvencionados en la correspondiente convocatoria. El modelo y las características del logotipo que las entidades u organizaciones beneficiarias de subvención están obligadas a incorporar, de forma visible, en el material que se utilice para la difusión de los programas subvencionados, con el fin de identificar el origen de la subvención, es el que ha sido remitido a todas las entidades en enero de 2015 y que figura como Anexo III a esta Memoria. En todo caso, los citados logotipos deben figurar en lugar preferencial y, al menos, con la misma categoría que el logotipo de la entidad beneficiaria de la subvención. d) Presentar la justificación de los gastos efectuados con cargo a la subvención concedida, en la forma, condiciones y plazo establecidos en el Apartado duodécimo de la Resolución de convocatoria, o en su caso conforme a lo que pudiera establecerse en cada correspondiente convocatoria. e) Comunicar al Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, tan pronto como se conozca, la obtención de subvenciones, ayudas, 12
13 SOCIALES ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera de las administraciones o entes públicos o privados, nacionales o de la Unión Europea o de organismos internacionales, así como su importe y la aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas. 2. Comunicar al Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades aquellas circunstancias que, como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, pudieran dar lugar a la modificación de la resolución. 3. Además, deberán comunicar los cambios de domicilio que se produzcan tanto durante la tramitación como durante los dos años inmediatamente posteriores a la fecha de la resolución aprobatoria. 4. Conservar los documentos justificativos originales de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control por el órgano concedente, y en su caso, de las actuaciones de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Administración del Estado y de las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas en relación con las subvenciones concedidas. Las entidades beneficiarias estarán obligadas a facilitar cuantas actuaciones de comprobación se efectúen por el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades. Asimismo, quedarán obligadas a facilitar cuanta información les sea demandada y sometidas a las actuaciones de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Administración del Estado y al Tribunal de Cuentas. VIII. REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA 1. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, así como la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención y hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, conforme al artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en la cuantía fijada en el artículo 38 de la citada Ley, en los siguientes casos: a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que lo hubieran impedido. b) Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad o del proyecto subvencionado, relacionado con las áreas de competencia de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, que fundamentan la concesión de la subvención. 13
14 SOCIALES c) Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente, en los términos establecidos en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y, en su caso, en los contenidos sobre este aspecto en la Resolución de convocatoria. d) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión contenidas en el artículo 18.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en el artículo 31 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en el artículo 13.1.c) en la Orden de convocatoria. e) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. f) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a las entidades o personas beneficiarias, así como de los compromisos por estas asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran al modo en que se han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, relacionado con las áreas de competencia de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, que fundamenta la concesión de la subvención. g) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a las entidades beneficiarias, así como de los compromisos por estas asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, distintos de los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. 2. Cuando la actuación de las entidades beneficiarias se aproxime, de modo significativo, al cumplimiento total y se acredite por estas unas acciones inequívocamente tendentes a la satisfacción de sus compromisos, la cantidad a reintegrar vendrá determinada, respondiendo al criterio de proporcionalidad, por el grado de incumplimiento de los objetivos y de la metodología propuestos en el proyecto de plan de igualdad presentado. 3. Igualmente, en el supuesto contemplado en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, procederá el reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad 14
15 SOCIALES subvencionada, así como la exigencia del interés de demora correspondiente. 4. El procedimiento para el reintegro se rige por las siguientes estipulaciones contenidas en el artículo 42 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre: a) El procedimiento de reintegro de subvenciones se regirá por las disposiciones generales sobre procedimientos administrativos contenidas en el Título VI de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin perjuicio de las especialidades que se establecen en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el Capítulo II del Título III del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. b) El procedimiento de reintegro de subvenciones se iniciará de oficio por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa, bien como consecuencia de orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncia. También se iniciará a consecuencia del informe de control financiero emitido por la Intervención General de la Administración del Estado. c) En la tramitación del procedimiento, se garantizará, en todo caso, el derecho del interesado a la audiencia, según lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. d) El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de reintegro será de doce meses desde la fecha del acuerdo de iniciación. Dicho plazo podrá suspenderse y ampliarse de acuerdo con lo previsto en los apartados 5 y 6 del artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Si transcurre el plazo para resolver sin que se haya notificado resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento, sin perjuicio de continuar las actuaciones hasta su terminación y sin que se considere interrumpida la prescripción por las actuaciones realizadas hasta la finalización del citado plazo. e) La resolución del procedimiento de reintegro pondrá fin a la vía administrativa. La prescripción del derecho de la Administración a liquidar o reconocer el reintegro se regirá por lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el Título III del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Será competente para la iniciación y resolución del procedimiento de reintegro el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades. DEVOLUCIÓN VOLUNTARIA El reintegro también podrá efectuarse voluntariamente por la entidad beneficiaria cuando dentro del periodo de justificación constate la existencia de un remanente sin ejecutar. En ese caso, la entidad beneficiaria deberá abonar también el interés de 15
16 SOCIALES demora correspondiente, según lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En caso de reintegro voluntario, la entidad beneficiaria deberá, con carácter previo, comunicarlo al órgano concedente quién le indicará el número de cuenta para el ingreso y los pasos a seguir. 16
17 SOCIALES ANEXOS: ANEXO I MEMORIA FINAL ANEXO II MEMORIA ECONÓMICA ANEXO III MODELO DE LOGOTIPO 17
18 SOCIALES Anexo I SUBVENCIONES PLANES D Convocatoria 2014 (Resolución de 13 de mayo de (BOE de 23 de mayo) MEMORIA FINAL Número de expediente: Nombre de la entidad: NIF: 1. Personal retribuido de la entidad a 31 de agosto de 2014 Nº MUJERES Nº HOMBRES FIJO TEMPORAL OTROS TOTAL DISTRIBUCIÓN DE LA PLANTILLA ÓRGANOS DE DIRECCIÓN ÓRGANOS INTERMEDIOS RESTO DE LA PLANTILLA Nº MUJERES Nº HOMBRES En el caso en que haya habido modificaciones de personal sobre los datos aportados en el momento de la solicitud, habrá que explicar los motivos de las diferencias. 18
19 SOCIALES 2. Indicar las personas que han coordinado e impulsado la elaboración del Plan de Igualdad, así como los cargos que ostentan dentro de la entidad. En representación de la entidad: En representación legal de la plantilla o en su defecto de las propias trabajadoras y trabajadores: 3. Indicar nombres de las personas internas o, si procede, externas a la entidad que han elaborado el diagnóstico y el Plan de Igualdad. Por parte del personal de la propia entidad (nombre y puesto de trabajo): En su caso, personas externas (nombre de la Asesoría Externa y de las personas). (En caso de no coincidir con los nombres indicados en la solicitud, explicar los motivos y si los cambios están autorizados) Si se ha creado Grupo de trabajo o Comisión de igualdad indicar composición. (Nombres, cargos, departamentos, etc.) Número de reuniones del Grupo de trabajo o Comisión de Igualdad (indicar fechas): 19
20 SOCIALES 4. Indicar la formación en materia de igualdad de género recibida por el Grupo de trabajo, Comisión de Igualdad y equipo de dirección. 5. Acciones formativas impartidas en materia de igualdad de género dirigidas a toda la plantilla. 20
21 SOCIALES 6. Señalar todas y cada una de las actuaciones que se han llevado a cabo, en materia de información y comunicación a toda la plantilla, sobre la elaboración e implantación del Plan de Igualdad. 7. Indicar los órganos de seguimiento y de evaluación de los objetivos fijados. Composición del Grupo de trabajo para el seguimiento y evaluación del Plan de Igualdad: Periodicidad prevista para el seguimiento y evaluación: Indicadores de seguimiento y cumplimiento de los objetivos: Informes de seguimiento realizados y resultados: Si se ha realizado evaluación, se han hecho algunas propuestas de reajuste? En este caso, indicar cuáles: 21
22 SOCIALES 8. Señalar las fuentes (primarias y secundarias) utilizadas para la recogida de la información necesaria para la elaboración del diagnóstico. 9. Resumen de los principales resultados obtenidos en la realización del diagnóstico sobre la situación de la empresa. 22
23 SOCIALES 10. Señalar los objetivos específicos que se pretenden alcanzar con el desarrollo del Plan, así como su planificación temporal. 11. Indicar las medidas, áreas de mejora y aspectos identificados en el diagnóstico que deben ser mejorados (nombre de la acción, objetivos, persona responsable, calendario de implantación, etc.). 23
24 SOCIALES 12. Explicar la realización completa de al menos tres de las acciones definidas como prioritarias en el Plan de Igualdad y que, de acuerdo con las bases de la convocatoria, deberán haberse ejecutado con anterioridad al 31 de agosto de Asimismo deberá indicarse el momento de su implantación (adjuntar la documentación necesaria para acreditar su realización). 13. Señalar los efectos de la implantación del Plan de Igualdad en la empresa y grado de conocimiento y aceptación de las medidas por parte de la plantilla. 24
25 SOCIALES 14. Indicar si se han identificado nuevas necesidades que requieran nuevas medidas para avanzar en la igualdad de género. 15. Calendario. Aunque el Plan de Igualdad debe ser permanente hasta cumplir sus objetivos, indicar el calendario que recoja la secuencia de las acciones pendientes de desarrollar. 16. Valoración general y otra información que se considere de interés aportar. En..a de..de 2015 FIRMA DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA ENTIDAD Y SELLO DE LA ENTIDAD FIRMA DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA PLANTILLA (En su defecto, por las propias trabajadoras y trabajadores) 25
26 SOCIALES Anexo II SUBVENCIONES PLANES D Convocatoria 2014 (Resolución de 13 de mayo- BOE de 23 de mayo) MEMORIA ECONÓMICA Número de Expediente: Nombre de la entidad: NIF: Importe de la subvención concedida: 26
27 SECRETARÍA DE ESTADO DE SERVICIOS SOCIALES SUBDIRECCIÓN GENERAL PARA LA IGUALDAD EN LA EMPRESA Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 1. DESGLOSE DE LOS GASTOS DE PERSONAL PROPIO IMPLICADO EN LA ELABORACIÓN E IMPLANTACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD: TOTAL GASTOS DE PERSONAL Nombre y apellidos del trabajador/a Puesto de trabajo Función desempeñada en la elaboración del Plan de Igualdad Nº de horas de dedicación a la elaboración del Plan de Igualdad {a} Coste hora trabajador/a {b} Importe total trabajador/a P={a x b} Coste de personal con cargo a la subvención {c} Coste de personal con financiación de la propia entidad {P-c} (1) Coste total gastos de personal propio:. (2) Coste total de personal propio con cargo a la subvención (3) Coste total de personal propio con financiación propia::..
28 SECRETARÍA DE ESTADO DE SERVICIOS SOCIALES SUBDIRECCIÓN GENERAL PARA LA IGUALDAD EN LA EMPRESA Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2. EN CASO DE HABERSE EXTERNALIZADO PARTE DE LOS TRABAJOS, JUSTIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS REALIZADOS: FACTURA IMPORTE Nombre de la entidad externa NIF Descripción del gasto Nº de factura Fecha emisión Fecha pago Importe total factura (IVA INCLUIDO) Importe con cargo a la subvención (SIN IVA) Importe con financiación propia (4) Importe total trabajos externalizados:.. (5) Importe total externalización con cargo a la subvención:. (6) Importe total externalización con financiación propia:.. Importante: - En la celda (4) Importe total factura - En la celda (5) Coste con cargo a la subvención, se deberá imputar, como máximo, el importe neto de la factura; (sin IVA) y esta cantidad nunca podrá superar el 50% del importe total de la subvención. - En la celda (6) Coste de los trabajos externalizados abonados con financiación propia
29 SECRETARÍA DE ESTADO DE SERVICIOS SOCIALES SUBDIRECCIÓN GENERAL PARA LA IGUALDAD EN LA EMPRESA Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 3. OTROS GASTOS: FACTURA Nº factura Descripción del gasto NIF proveedor Fecha emisión Fecha pago Importe total factura (IVA incluido) IMPORTE Importe con cargo a la subvención (Sin IVA) Importe con financiación propia (7) Coste total otro gastos:. (8) Coste otros gastos con cargo a la subvención: (9) Coste otros gastos con financiación propia:..
30 SECRETARÍA DE ESTADO DE SERVICIOS SOCIALES SUBDIRECCIÓN GENERAL PARA LA IGUALDAD EN LA EMPRESA Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 4. RESUMEN DE LOS GASTOS: COSTE TOTAL COSTE IMPUTADO CON CARGO A LA SUBVENCIÓN COSTE CON FINANCIACIÓN PROPIA Coste total gastos personal propio (1) (2) (3) Importe total trabajos externalizados (4) (5) (6) Coste total otros gastos (7) (8) (9) Totales [Las cantidades que se reflejan en las celdas (1) a (9) deben corresponderse con las cantidades previamente introducidas en las tres tablas anteriores] 5. En su caso, reintegro de remanentes, si el coste total imputado con cargo a la subvención es inferior a la cantidad ya percibida de la subvención con motivo del primer pago, la entidad beneficiaria deberá, con carácter previo, comunicarlo al órgano concedente.
31 SECRETARÍA DE ESTADO DE SERVICIOS SOCIALES SUBDIRECCIÓN GENERAL PARA LA IGUALDAD EN LA EMPRESA Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 6. El abajo firmante declara que la entidad solicitante no ha percibido ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. En....a de..de 2015 FIRMA DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA ENTIDAD Y SELLO DE LA ENTIDAD
32 SOCIALES Anexo III LOGOTIPO El logotipo deberá ser incorporado de forma visible en cuantos materiales se utilicen o editen para la difusión de los programas o actividades subvencionados. Dicho logotipo es el correspondiente a la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, incorporando así mismo la leyenda del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades. El logotipo, así como la leyenda relativa a la financiación pública, únicamente deberán aparecer en los materiales que se utilicen o editen para la información y la difusión de aquellos programas o actuaciones que constituyen el objeto para el cual se ha concedido la subvención, y, en ningún caso, en material publicitario. El logotipo se deberá reproducir de acuerdo a las siguientes indicaciones: Subvencionado por: Normas para su reproducción.- Para la reproducción del logotipo, se utilizará el tipo de letra "Times New Roman" y la leyenda se reproducirá siempre en color negro. Pautas para su utilización.- Se utilizará siempre, en las ampliaciones o reducciones, guardando las proporciones del modelo y las normas de reproducción, debiéndose colocar en el lugar preferente del soporte a difundir, con la misma categoría que el logotipo de la organización o entidad subvencionada. 1
MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
GUÍA PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS DESTINADAS A LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y OTRAS ENTIDADES PARA LA ELABORACIÓN E IMPLANTACIÓN DE PLANES D. CONVOCATORIA 2013 SOCIALES ÍNDICE I.
Más detallesMANUAL DE INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS INJUVE PARA LA CREACION JOVEN 2018/2019
DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES AREA DE CREACIÓN MANUAL DE INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS INJUVE PARA LA CREACION JOVEN 2018/2019 DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES INTRODUCCIÓN De acuerdo
Más detallesDel 24 de junio al 8 de julio de 2016, ambos inclusive
DE SERVICIOS SOCIALES INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA CONVOCATORIA 2016 Resolución de 15 de junio de 2016, del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, por la que se convocan subvenciones
Más detallesPrimero. Conceder a las entidades que se relacionan en el Anexo I las ayudas económicas cuyos importes, asimismo, se indican.
página 158 3. Otras disposiciones Consejería de Educación Resolución de 16 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se conceden subvenciones para el fomento
Más detallesBASES. 1. OBJETO 2. MODALIDADES. Se establecen como MODALIDADES de participación:
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL PATRONATO MUNICIPAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE CIUDAD REAL A ASOCIACIONES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. En aplicación de los
Más detallesINFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA CONVOCATORIA
INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA CONVOCATORIA Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 13 de junio de 2012, por la que se convocan las ayudas a la pequeña y mediana empresa
Más detalles25082 Boletín Oficial de Canarias núm. 221, lunes 5 de noviembre de 2007
25082 Boletín Oficial de Canarias núm. 221, lunes 5 de noviembre de 2007 lo hubieran impedido. En este caso procederá el reintegro de la totalidad de la cantidad percibida. b) Incumplimiento total o parcial
Más detallesPREGUNTAS MÁS FRECUENTES
MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD SECRETARÍA DE ESTADO DE SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA PEQUEÑA Y MEDIANA
Más detallesRESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA
SGT/ACG RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA BENEFICIARIO: ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA DIRECCIÓN: C/ Bravo Murillo, 38. 28015 MADRID CANTIDAD:
Más detallesPROGRAMA DE CREACIÓN DE EMPRESAS. SERVICIO DE ASESORAMIENTO GRATUITO PARA EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN
PROGRAMA DE CREACIÓN DE EMPRESAS. SERVICIO DE ASESORAMIENTO GRATUITO PARA EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN 1. Objeto. Apoyar la creación de nuevas empresas domiciliadas en el término municipal de Málaga mediante
Más detallesF140064AA. Página 1 de 5. C/Torrelaguna, Madrid TEL: FAX:
CONVENIO PARA LA EJECUCION DEL PLAN DE FORMACION SUSCRITO ENTRE EL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL Y AEMES (ASOCIACIÓN EMPRESARIAL DE MEDIADORES DE SEGUROS, al amparo del Real Decreto 395/2007, de 23
Más detallesBoletín Oficial de la Provincia de Soria M A N C O M U N I D A D E S
Lunes, 27 de Abril de 2015 Núm. 49 administración local M A N C O M U N I D A D E S MANCOMUNIDAD DE TIERRAS ALTAS BASES reguladoras y convocatoria 2015 para la concesión de subvenciones que fomenten el
Más detallesINFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA CONVOCATORIA
EN EL EMPLEO Y CONTRA LA INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA CONVOCATORIA (Ver BOE nº 129 de 31 de mayo de 2011) OBJETO DE LA CONVOCATORIA Concesión de ayudas destinadas a las pequeñas y medianas empresas y otras
Más detallesAYUNTAMIENTO DE SANTANDER BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES PARA SUFRAGAR GASTOS GENERALES
AYUNTAMIENTO DE SANTANDER BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES PARA SUFRAGAR GASTOS GENERALES En aplicación de lo previsto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
Más detallesSUBVENCIONES DESTINADAS A ASOCIACIONES CULTURALES DE CHILCHES/XILXES. CONVOCATORIA 2017
SUBVENCIONES DESTINADAS A ASOCIACIONES CULTURALES DE CHILCHES/XILXES. CONVOCATORIA 2017 ARTÍCULO 1.- REGULACIÓN.- Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se regirán, además de por lo previsto
Más detallesARTÍCULO 1. Objeto de las Subvenciones
ORDENANZA ESPECÍFICA POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS PARA FINANCIAR LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL ESCOLAR PARA EL ALUMNADO QUE CURSE EDUCACIÓN PRIMARIA OBLIGATORIA
Más detallesJUNTA DE EXTREMADURA
JUNTA DE EXTREMADURA PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DE SUBVENCIÓN PARA EL PLAN 2017 PÓLIZAS CON ENTRADA EN VIGOR ENTRE EL 01-01-2017 Y 31-12-2017 (AMBOS INCLUSIVE) ÍNDICE PÁG. 1. ANTECEDENTES...3 2. EXCLUSIONES...3
Más detallesIV. Administración Local
IV. Administración Local Pág. 53 AYUNTAMIENTOS Vilvestre Anuncio de aprobación defi nitiva. Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado
Más detalles1. CUESTIONES GENERALES
INSTRUCCIONES Y MODELOS PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LOS PRÉSTAMOS EMPRENDETUR JÓVENES EMPRENDEDORES CONVOCATORIA 2015 Resolución de 24 de noviembre de 2014 (B.O.E. 1 de diciembre) 1. CUESTIONES GENERALES
Más detalles1. Introducción SECRETARIA GENERAL DE SANIDAD MINISTERIO DE SANIDAD Y POLITICA SOCIAL DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR
GUÍA RÁPIDA SOBRE LAS NOVEDADES INTRODUCIDAS EN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES, DE CUALQUIER TITULARIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO, CON DESTINO A LA FINANCIACIÓN DE PROGRAMAS
Más detallesJUNTA DE EXTREMADURA
JUNTA DE EXTREMADURA PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DE SUBVENCIÓN PARA EL PLAN 2016 LÍNEAS CON FECHA DE INICIO DE SUSCRIPCIÓN A PARTIR DEL 01-09-2016 PÓLIZAS CON ENTRADA EN VIGOR ENTRE EL 01-09-2016 Y 31-12-2016
Más detallesBASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL AYUNTAMIENTO DE MOCEJON PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS GASTOS DE LAS ACTIVIDADES DE LAS ASOCIACIONES Y CLUBES DEPORTIVOS DE MOCEJON
Más detallesCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL INFORMÁTICO DIVERSO POR LOS AYUNTAMIENTOS.
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL INFORMÁTICO DIVERSO POR LOS AYUNTAMIENTOS. 1. Convocatoria. La presente convocatoria se realiza por concurrencia competitiva por procedimiento
Más detallesINSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA DE APOYO A LA INNOVACIÓN EMPRESARIAL EN CASTILLA-LA MANCHA 2015
INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA DE APOYO A LA INNOVACIÓN EMPRESARIAL EN CASTILLA-LA MANCHA 2015 (Orden de 07/05/2015, de la Consejería de Empleo y Economía, por la que se
Más detallesINSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA INNOVA ADELANTE
INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA INNOVA ADELANTE (Orden de 23/06/2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras del
Más detallesGUÍA PARA SEGUIMIENTO DE UN PROYECTO DE INVESTIGACIÓN
GUÍA PARA SEGUIMIENTO DE UN PROYECTO DE INVESTIGACIÓN 1. INTRODUCCIÓN 2. NORMATIVA 3. MODIFICACIONES DE LAS CONDICIONES APROBADAS EN LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN 3.1.1. MODIFICACIONES EN LAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS
Más detallesLas subvenciones se aplicarán a la partida del Presupuesto del Ejercicio Económico 2018, dotada con
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR DIDÁCTICO PARA EL CURSO 2018 2019 PARA LOS COLEGIOS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y ESPECIAL DE LA CIUDAD DE LEÓN 1.- EXPOSICIÓN
Más detallesRESUELVE: FIRMADO por : MARINA PILAR VILLEGAS GRACIA. A fecha : 06/05/ :10:49
El documento consta de un total de 5 folios. Folio 1 de 5 - Código Seguro de Verificación: 568316-82294716.Verificable en sede electrónica según Orden Ministerial del 24/2/2011 RESOLUCIÓN DE 6 DE MAYO
Más detallesANEXO I MODELO DE SOLICITUD DE AYUDAS FINANCIERAS REGLAMENTO (UE) 508/2014 (ORDEN DE DE 2017) LINEA DE AYUDA SOLICITADA: Domicilio
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE Espacios para sellos de registro ANEXO I MODELO DE SOLICITUD DE AYUDAS FINANCIERAS REGLAMENTO (UE) 508/2014 (ORDEN DE ----- DE 2017) LINEA
Más detallesGeneralitat de Catalunya Departamento de Cultura Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural
Maica Ferrer Dot, secretaria del Consejo de Administración de la a la Iniciativa Cultural, sin perjuicio de la aprobación ulterior del acta, CERTIFICO Que a la reunión del Consejo de Administración de
Más detallesAYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ
II - ADMINISTRACIÓN LOCAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ ALCALDÍA Euskera Convocatoria para la concesión de subvenciones a las academias de euskera por los cursos impartidos
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 211 Martes 3 de septiembre de 2013 Sec. III. Pág. 64182 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 9321 Resolución de 12 de junio de 2013, de la Secretaría de Estado
Más detallesPARTICIPACIÓN CIUDADANA
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LAS ASOCIACIONES VECINALES DE LOS BARRIOS RURALES DE LA CIUDAD DE HUESCA PARA LA CELEBRACIÓN DE SUS FIESTAS PATRONALES PARA EL AÑO 2016. PRIMERA Objeto.
Más detallesINSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA A LA INDUSTRIA EDITORIAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE SECRETARÍA DE ESTADO DE CULTURA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DEL LIBRO INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA A LA INDUSTRIA EDITORIAL
Más detalles1. CUESTIONES GENERALES
INSTRUCCIONES Y MODELOS PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LOS PRÉSTAMOS EMPRENDETUR I+D+i SEGUNDA CONVOCATORIA 2015 Resolución de 17 de junio de 2015 (B.O.E. 3 de julio) 1. CUESTIONES GENERALES La comprobación
Más detalles1. CUESTIONES GENERALES
INSTRUCCIONES Y MODELOS PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LOS PRÉSTAMOS EMPRENDETUR I+D+i PRIMERA CONVOCATORIA 2015 Resolución de 24 de noviembre de 2014 (B.O.E. 1 de diciembre) 1. CUESTIONES GENERALES La comprobación
Más detallesCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA CELEBRACIÓN DEL ENTIERRO DE LA SARDINA EN LOS BARRIOS DURANTE LAS FIESTAS DE CARNAVAL 2017
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA CELEBRACIÓN DEL ENTIERRO DE LA SARDINA EN LOS BARRIOS DURANTE LAS FIESTAS DE CARNAVAL 2017 BASES REGULADORAS 1.- Objetivo y finalidad. 1.1 Las presentes bases tienen
Más detallesINSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN Emprendemos Juntos Subprograma de Acciones Estratégicas para el Fomento del Emprendimiento
2012 INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN Emprendemos Juntos Subprograma de Acciones Estratégicas para el Fomento del Emprendimiento [La justificación de la subvención deberá realizarse
Más detallesJUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE VOLUNTARIADO 2015
JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE VOLUNTARIADO 2015 Orden 1732/2015, de 7 de septiembre (BOCM nº 221 de 17 de septiembre de 2015), de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la
Más detallesFIRMADO por : MARINA PILAR VILLEGAS GRACIA. A fecha : 01/08/ :10:13 RESUELVE:
El documento consta de un total de 5 folios. Folio 1 de 5 - Código Seguro de Verificación: 356188-13576500.Verificable en sede electrónica según Orden Ministerial del 24/2/2011 RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE
Más detallesGUÍA DE FISCALIZACIÓN SUBVENCIONES. 1.-Subvenciones Regladas
GUÍA DE FISCALIZACIÓN SUBVENCIONES 1.-Subvenciones Regladas A.-FASE DE CONSIGNACIÓN PREVIA (Fase RC) REMITIR A INTERVENCIÓN PROPUESTA DE CONSIGNACIÓN PREVIA (RC) A.1. Propuesta de documento contable RC.
Más detallesEl documento consta de un total de 5 folios. Folio 2 de 5 - Código Seguro de Verificación: Verificable en sede electrónica según Orden
El documento consta de un total de 5 folios. Folio 1 de 5 - Código Seguro de Verificación: 384655-36983499.Verificable en sede electrónica según Orden Ministerial del 24/2/2011 RESOLUCIÓN DE 17 DE NOVIEMBRE
Más detallesORDEN DISPONGO. Ref: 47/ /18 UNIDAD ADMINISTRATIVA VICECONSEJERÍA DE HUMANIZACIÓN DE LA ASISTENCIA SANITARIA CONSEJERÍA DE SANIDAD
Ref: 47/776976.9/18 UNIDAD ADMINISTRATIVA VICECONSEJERÍA DE HUMANIZACIÓN DE LA ASISTENCIA SANITARIA CONSEJERÍA DE SANIDAD NÚMERO 1066/18 ORDEN ORDEN DEL CONSEJERO DE SANIDAD POR LA QUE SE CONCEDE UNA SUBVENCIÓN
Más detallesEstas bases tienen por objeto la regulación del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a:
RBC/AM/aa Exp. 2016006584 - C.12.017.006 Àrea d Igualtat, Drets Socials, Treball, Joventut, i Seguretat Serveis Socials, Habitatge i Seguretat BASES ESPECÍFICAS PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES EN
Más detallesINSTRUCCIONES PARA LA GESTIÓN POR LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL PLAN DE EMPLEO PARA PERSONAS QUE HAN AGOTADO SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO
INSTRUCCIONES PARA LA GESTIÓN POR LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL PLAN DE EMPLEO PARA PERSONAS QUE HAN AGOTADO SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO Normativa reguladora: Orden de 27/10/2015, de la (DOCM nº
Más detallesPosibilidad de otorgar subvención para el desarrollo de actividad formativa no reglada. 205/14
-OFICIALÍA MAYORhttp://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: SUBVENCIONES Posibilidad de otorgar subvención para el desarrollo de actividad formativa no reglada. 205/14
Más detallesAYUDAS PARA INFRAESTRUCTURAS ELECTRICAS, GASÍSTICAS E HIDRÁULICAS EN LA PROVINCIA DE TERUEL
AYUDAS PARA INFRAESTRUCTURAS ELECTRICAS, GASÍSTICAS E HIDRÁULICAS EN LA PROVINCIA DE TERUEL El departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón convoca ayudas para infraestructuras eléctricas,
Más detallesEn Getafe, a de 2016 REUNIDOS
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE GETAFE Y CRUZ ROJA ESPAÑOLA PARA EL DESARROLLO DE SU PROGRAMA DE ACTUACIÓN EN GETAFE DURANTE EL AÑO 2016. En Getafe, a de 2016 REUNIDOS De una parte, DOÑA
Más detallesRESUELVE: FIRMADO por : MARINA PILAR VILLEGAS GRACIA. A fecha : 27/07/ :35:56
El documento consta de un total de 5 folios. Folio 1 de 5 - Código Seguro de Verificación: 463384-88501734.Verificable en sede electrónica según Orden Ministerial del 24/2/2011 RESOLUCIÓN DE 27 DE JULIO
Más detallesJOSÉ LUÍS SAEZ PASTOR, Alcalde-Presidente del M.I. Ayuntamiento de Guardamar del Segura (Alicante), HACE SABER:
EDICTO BASES GENÉRICAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE CUALQUIER TIPO Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE GUARDAMAR DEL SEGURA, ANUALIDAD 2017 BDNS(Identif.):366884 JOSÉ LUÍS SAEZ PASTOR,
Más detallesJUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE VOLUNTARIADO 2016
JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE VOLUNTARIADO 2016 Orden 1167/2016, de 4 de julio (BOCM nº 166 de 14 de julio de 2016), de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban
Más detallesRESOLUCIÓN DE 30 DE JULIO DE
El documento consta de un total de 5 folios. Folio 1 de 5 - Código Seguro de Verificación: 464317-83923000.Verificable en sede electrónica según Orden Ministerial del 24/2/2011 RESOLUCIÓN DE 30 DE JULIO
Más detallesLa autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código electrónico: 06UOJV3Y2DSPL1S2 en
Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA GENERAL DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIONES RESOLUCIÓN DE 13 DE FEBRERO DE 2018 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIONES, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS
Más detallesGUÍA DE FISCALIZACIÓN SUBVENCIONES. 1.-Subvenciones Excepcionales
GUÍA DE FISCALIZACIÓN SUBVENCIONES 1.-Subvenciones Excepcionales A.-FASE DE CONSIGNACIÓN PREVIA (Fase RC) REMITIR A INTERVENCIÓN PROPUESTA DE CONSIGNACIÓN PREVIA (RC) A.1. Propuesta de documento contable
Más detallesJustificación de los fondos.
Justificación de los fondos. Los beneficiarios de esta convocatoria deberán justificar la aplicación de las ayudas concedidas antes del 30 de octubre de 2009. A tal fin, remitirán a la Dirección General
Más detallesBASES DE LA CONVOCATORIA
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESION DE SUBVENCIONES A ENTIDADES Y ASOCIACIONES DE MUJERES y ENTIDADES U ORGANIZACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE CIUDAD REAL El Ayuntamiento de Ciudad
Más detallesINSTRUCCIONES PARA LA GESTIÓN POR LAS ENTIDADES LOCALES DEL PLAN DE EMPLEO PARA PERSONAS QUE HAN AGOTADO SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO
INSTRUCCIONES PARA LA GESTIÓN POR LAS ENTIDADES LOCALES DEL PLAN DE EMPLEO PARA PERSONAS QUE HAN AGOTADO SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO Normativa reguladora: Orden de 27/10/2015, de la (DOCM nº 213, de 30/10)
Más detallesGUÍA DE FISCALIZACIÓN SUBVENCIONES. 1.-Subvenciones Nominativas
GUÍA DE FISCALIZACIÓN SUBVENCIONES 1.-Subvenciones Nominativas A.-FASE DE CONSIGNACIÓN PREVIA (Fase RC) REMITIR A INTERVENCIÓN PROPUESTA DE CONSIGNACIÓN PREVIA (RC) A.1. Propuesta de documento contable
Más detalles2 PROMOTOR DE LAS OBRAS (1)
ÁREA DE GOBIERNO DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE COMUNICACIÓN DE TERMINACIÓN DE ACTUACIONES Espacio reservado para la etiqueta con los datos del Registro Convocatoria Pública de Subvenciones 2016 con destino
Más detallesConcesión y utilización del distintivo «Igualdad en la Empresa» (RD 1615/09). Quién puede solicitarlo? Cualquier empresa, de capital público o
Concesión y utilización del distintivo «Igualdad en la Empresa» (RD 1615/09). Quién puede solicitarlo? Cualquier empresa, de capital público o privado, que ejerza su actividad en territorio español, podrá
Más detallesADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE ALMUDÉVAR ANUNCIO 15932 En cumplimiento del acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión de 29 de Octubre de 2012, por medio del presente
Más detallesSUBVENCIONES A ENTIDADES ORGANIZADORAS DE FIESTAS (ROMERIAS TRADICIONALES) EN PUEBLOS, BARRIOS Y PARROQUIAS DEL CONCEJO DE OVIEDO CONVOCATORIA 2012
SUBVENCIONES A ENTIDADES ORGANIZADORAS DE FIESTAS (ROMERIAS TRADICIONALES) EN PUEBLOS, BARRIOS Y PARROQUIAS DEL CONCEJO DE OVIEDO CONVOCATORIA 2012 ARTÍCULO 1.- REGULACIÓN.- Las subvenciones objeto de
Más detallesCONVOCATORIA SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE PALENCIA PARA DOTACIÓN BIBLIOGRÁFICA DE BIBLIOTECAS MUNICIPALES
CONVOCATORIA SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE PALENCIA PARA DOTACIÓN BIBLIOGRÁFICA DE BIBLIOTECAS MUNICIPALES 1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Se convocan para el ejercicio 2016 subvenciones
Más detallesLa autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código electrónico: N7ZHVCIZ8LDS28KR en
DE EMPLEO Y SECRETARÍA GENERAL DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIONES RESOLUCIÓN DE 23 DE FEBRERO DE 2016 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIONES, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA
Más detallesCERTAMEN NACIONAL DE JÓVENES EMPRENDEDORES
CERTAMEN NACIONAL DE JÓVENES EMPRENDEDORES El Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores tiene como finalidad fomentar entre los jóvenes la cultura emprendedora y la creación de empresas. La convocatoria
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES
719 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE ORDEN de 4 de enero de 2010 por la que se convocan ayudas para actuaciones de ahorro y eficiencia energética. (2009050542)
Más detallesAyuntamiento de Aldeamayor de San Martín
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR PARA EL CURSO 2017-2018 I.- OBJETO DE LA AYUDA. Es objeto de estas bases regular la concesión por el Ayuntamiento
Más detallesGUÍA DE FISCALIZACIÓN DE SUBVENCIONES GENÉRICAS (BECAS, AYUDAS, ) Y PREMIOS CONCEDIDOS POR LA UNIVERSIDAD DE GRANADA
GUÍA DE FISCALIZACIÓN DE SUBVENCIONES GENÉRICAS (BECAS, AYUDAS, ) Y PREMIOS CONCEDIDOS POR LA UNIVERSIDAD DE GRANADA -Actualizada a 29/08/2016- Sello de tiempo: 29/08/2016 13:46:37 Página: 1 / 11 ÍNDICE
Más detallesBASES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS
BASES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS 1.- Objeto de la subvención. Podrán ser objeto de subvención los gastos realizados por las asociaciones deportivas que resulten imprescindibles
Más detallesDOCUMENTACION PARA LA JUSTIFICACIÓN DE AYUDAS OTORGADAS A TRAVES DEL PROGRAMA DE IMPULSO A LAS REDES DE BUSINESS ANGELS
MODELO NORMALIZADO DE CUENTA JUSTIFICATIVA DOCUMENTACION PARA LA JUSTIFICACIÓN DE AYUDAS OTORGADAS A TRAVES DEL PROGRAMA DE IMPULSO A LAS REDES DE BUSINESS ANGELS CONVOCATORIA 2016 INTRODUCCIÓN En cumplimiento
Más detallesBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba
Jueves, 07 de Septiembre de 2017 Nº 171 p.1 ADMINISTRACIÓN LOCAL Ayuntamiento de Montilla Núm. 3.203/2017 Bases Reguladoras del Programa Municipal de Ayudas Económicas Incentivos al Emprendimiento. En
Más detallesANEXO I: MODELO DE SOLICITUD NORMALIZADA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN DE GASTO DE INVERSIÓN PARA PROYECTOS DE COOPERACION INTERNACIONAL AL DESARROLLO 2017
ANEXO I: MODELO DE SOLICITUD NORMALIZADA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN DE GASTO DE INVERSIÓN PARA PROYECTOS DE COOPERACION INTERNACIONAL AL DESARROLLO 2017 1. DATOS DE LA SUBVENCIÓN Concejalía/Servicio COOPERACIÓN
Más detallesGUÍA PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS DESTINADAS A PROYECTOS DE ATENCIÓN A MUJERES Y NIÑAS VÍCTIMAS DE TRATA DE SERES HUMANOS CON
GUÍA PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS DESTINADAS A PROYECTOS DE ATENCIÓN A MUJERES Y NIÑAS VÍCTIMAS DE TRATA DE SERES HUMANOS CON FINES DE EXPLOTACIÓN SEXUAL Y SUS HIJOS E HIJAS MENORES
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 14173 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 5245 Decreto n. 26/2013, de 5 de abril, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Consorcio Centro Turístico
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125 Viernes 23 de mayo de 2014 Sec. III. Pág. 39539 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD 5464 Resolución de 13 de mayo de 2014, de la Secretaría de Estado
Más detallesPROGRAMA DEL BONO DE AUTÓNOMO Y SE PROCEDE A SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2017 (D.O.G ) DEL
PROGRAMA DEL BONO DE AUTÓNOMO Y SE PROCEDE A SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2017 (D.O.G 31-7-2017) DEL Para poder solicitar las ayudas previstas en este programa será necesario cumplir las siguientes condiciones:
Más detallesLa autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código electrónico: ECHOGVBV211LX28X en
Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA GENERAL DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIONES DIR3 E04940101 RESOLUCIÓN DE 06 DE FEBRERO DE 2018 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIONES, POR LA QUE
Más detallesMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
BOE núm. 134 Martes 6 junio 2006 21621 MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE 10075 RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2006, de la Subsecretaría, por la que se convoca la concesión de subvenciones a organizaciones no gubernamentales
Más detalles1. GASTOS SUBVENCIONABLES
INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA DE LA SUBVENCIÓN DESTINADA A REALIZAR ACCIONES DE ORIENTACIÓN PARA EL EMPLEO Y ASISTENCIA PARA EL AUTOEMPLEO (OPEAS) 1. GASTOS SUBVENCIONABLES Según la Disposición
Más detallesCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE APOYO A EMPRENDEDORES.
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE APOYO A EMPRENDEDORES. 2017 Primera. Objeto. Con el objeto de fomentar la actividad empresarial y, por tanto, la creación de empleo, se convocan ayudas destinadas a emprendedores
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
PROYECTO DE BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DESTINADAS A LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO, EL EMPRENDIMIENTO Y EL DESARROLLO EMPRESARIAL ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. Artículo 1.- Objeto Artículo 2.- Beneficiarios
Más detallesPRIMERA: OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS
BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR POR LAS CORPORACIONES LOCALES EN MATERIA DE JUVENTUD DURANTE EL AÑO 2017 En el marco del Convenio por el que se canaliza
Más detallesBASES Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO EN EL MUNICIPIO DE SANTOMERA, EL SISCAR Y LA MATANZA PARA EL AÑO
EXPEDIENTE 2015/2018 BASES Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO EN EL MUNICIPIO DE SANTOMERA, EL SISCAR Y LA MATANZA PARA EL AÑO 2018 Primera - Objeto Esta convocatoria tiene
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154 Viernes 28 de junio de 2013 Sec. III. Pág. 48703 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD 7059 Orden SSI/1196/2013, de 25 de junio, por la que se establecen
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
31466 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO RESOLUCIÓN de 11 de agosto de 2017, de la Consejera, sobre concesión de ayudas contempladas en el primer procedimiento de selección convocado por Orden de 3 de abril
Más detallesGUIA DE FISCALIZACIÓN DE SUBVENCIONES GENÉRICAS (BECAS, AYUDAS, ) Y PREMIOS CONCEDIDOS POR LA UNIVERSIDAD DE GRANADA
GUIA DE FISCALIZACIÓN DE SUBVENCIONES GENÉRICAS (BECAS, AYUDAS, ) Y PREMIOS CONCEDIDOS POR LA UNIVERSIDAD DE GRANADA Código Seguro de verificación:. Permite la verificación de la integridad de una copia
Más detallesANEXO IV.- JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES PARA LA MEJORA DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL
Nº Procedimiento 030148 Código SIACI IRE ANEXO IV.- JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES PARA LA MEJORA DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE Persona jurídica Número de documento: Razón
Más detallesNORMATIVA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA
NORMATIVA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA ARTÍCULO 1.- Régimen jurídico. El régimen jurídico aplicable a la presente convocatoria
Más detalles2. El importe máximo que se destina a subvenciones será de 1.000,00 (MIL EUROS)
Ajuntament d Albal Pça. del Jardí, 7 46470 ALBAL (Valencia) www.albal-ayto.com 96 126 00 56 96 127 08 61 info@albal-ayto.com Nomenclator: Juventud Nº Expte.: Subvenc.Asoc.Juveniles Autor: MJG/mjg CONVOCATORIA
Más detallesNº 213 Viernes, 30 de octubre de 2009 DIARIO OFICIAL DE GALICIA
Nº 213 Viernes, 30 de octubre de 2009 DIARIO OFICIAL DE GALICIA 16.875 CONSELLERÍA DE CULTURA Y TURISMO Orden de 26 de octubre de 2009 por la que se modifica la Orden de 3 de agosto de 2009 por la que
Más detallesBASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A CENTROS ESCOLARES, AMPAS Y CLUBES DEPORTIVOS CONSTITUIDOS AL AMPARO DE UN CENTRO ESCOLAR QUE PARTICIPAN EN EL PROGRAMA DE JUEGOS ESCOLARES DEL AYUNTAMIENTO
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DEL INTERIOR
Núm. 132 Viernes 3 de junio de 2011 Sec. I. Pág. 54775 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DEL INTERIOR 9674 Orden INT/1467/2011, de 31 de mayo, por la que se desarrolla el Real Decretoley 6/2011, de
Más detallesREUNIDOS. El documento consta de un total de 6 página/s. Página 1 de 6. Código de Verificación Electrónica (CVE) 9P5uuLnE0ns3qe7dabax
CONVENIO REGULADOR DE SUBVENCIÓN PREVISTA NOMINATIVAMENTE EN EL PRESUPUESTO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CIUDAD REAL A FAVOR DE LA CAMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE CIUDAD PARA
Más detallesEn la ciudad de Salamanca, a 13 de julio de R E U N I D O S
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL Y LA JUNTA PROVINCIAL DE SALAMANCA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA CONTRA EL CÁNCER. En la ciudad de Salamanca, a 13 de julio de 2005. R E U N I D O S
Más detallesDISPONGO: Artículo 1. Objeto.
151 ORDEN de 21 de diciembre de 2009 por la que se convocan subvenciones para la financiación de la prestación básica del Servicio Social de Ayuda a Domicilio para el año 2010. (2009050575) El Decreto
Más detallesBASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES A LAS ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS Y ALUMNAS DEL MUNICIPIO DE MOGÁN. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES A LAS ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS Y ALUMNAS DEL MUNICIPIO DE MOGÁN. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Ayuntamiento de Mogán está llevando a cabo distintas actuaciones,
Más detallesMARCO JURÍDICO DE LAS SUBVENCIONES NOMINATIVAS EJERCICIO 2014
CONSEJERÍA DE GOBIERNO DE POLÍTICA SOCIAL SERVICIO DE POLITICA SOCIAL 0.8.1.1. MARCO JURÍDICO DE LAS SUBVENCIONES NOMINATIVAS EJERCICIO 2014 A. MARCO NORMATIVO El marco normativo por el que se regula esta
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 36 Jueves 11 de febrero de 2016 Sec. III. Pág. 11152 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 1389 Resolución de 26 de enero de 2016, de la Secretaría General Técnica, por
Más detalles