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1 DIARIO FARO DE VIGO Los permisos de 4 años para chiringuitos de playa, pendientes del reglamento de Costas La reciente modificación de la Ley de 1988 contempla autorizaciones más largas con el fin de mejorar la estética de las instalaciones Cristina G. Cangas :03 Los concellos han abierto el plazo para que se soliciten las autorizaciones que se tramitarán en Costas para la instalación de los chiringuitos de playa en dominio público y en fincas privadas afectadas por servidumbre de protección. La reforma de la Ley de Costas, aprobada el pasado mayo, abre la posibilidad de que las autorizaciones se expidan por períodos de cuatro años, en lugar de concederse por temporada, del 1 de junio al 30 de septiembre. Esta medida busca mejorar la estética de las instalaciones ya que a 4 años se hacen mayores inversiones. Sin embargo, aunque la reforma de la Ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral ya entró en vigor, todavía falta que el Ministerio de Medio Ambiente presente el reglamento que la desarrolle. Por esta razón, la normativa que remitió Costas a los concellos para la instalación de los chiringuitos se sigue rigiendo por la Ley de De todas formas, en la carta del ministerio figura que "excepcionalmente, podrá autorizarse un período superior al genérico, sin perjuicio de lo que reglamentariamente se determine en su momento". El plazo de solicitudes de los interesados en abrir kioscos este verano permanecerá abierto hasta el 31 de marzo. Los concellos deben de elaborar un plan con ocupaciones de servicios de temporada para que las solicitudes se sometan al régimen de adjudicación que éste establezca. En caso de no tenerlo, las solicitudes las autorizará Costas previo informe favorable del Concello. En el caso de terrenos privados afectados por protección, la autorización la otorga la Consellería de Medio Ambiente.

2 MODIFICACION-DE-LA-LEY-DE-PARQUES-NACIONALES-ENCAMINA- ESTOS-ESPACIOS-CON GOMERA NOTICIAS LO QUE NO PODEMOS ACEPTAR ES QUE SE CAIGA EN LA PRIVATIZACIÓN Y EN LA VISIÓN MERCANTILISTA" Curbelo cree que la modificación de la Ley de Parques Nacionales encamina a estos espacios a convertirse en sucedáneos de parques de atracciones El Presidente del Cabildo de La Gomera considera que la nueva legislación del Partido Popular permitirá actividades hasta ahora vedadas por el sentido común y la necesidad de dar prioridad a la protección FEBRERO 9, :27PM El presidente del Cabildo Insular de La Gomera, Casimiro Curbelo en su habitual artículo de opinión de los fines de semana publicado en este mismo periódico digital advierte que el Gobierno del Partido Popular (PP) se ha sacado de la manga otra modificación de una ley y mucho nos tememos que no será para mejorarla. Señala que al igual que ha ocurrido con la Ley del Aborto, con al de Costas ahora en breve podría pasar también con la legislación que rige los parques nacionales. Bajo el título El Garajonay en peligro, Curbelo apunta que la nueva reforma legislativa comenzó a plantearse a finales del pasado mes de enero y por lo que hemos ido comprobando su objetivo final no es otro que convertir estos enclaves en un sucedáneo de parque atracciones donde se permitirán actividades hasta ahora vedadas por el sentido común y la necesidad de dar prioridad a la protección. Curbelo cree que si ese cambio sale hacia adelante se corre el peligro de que a partir de entonces la nueva legislación suponga un coladero en contra de la conservación medioambiental básicamente porque ya no habrá excepciones ni una política proteccionista clara a la vez que señala nada más plantearse esta reforma tanto el PSOE como los colectivos ecologistas han advertido que se ponen en riesgo los valores naturales en unos espacios privilegiados sobre cuya conservación no debe planear ni la más mínima sombra de duda. Considera el Presidente que a partir de aquí las consecuencias serían claras, ya que se avanzará en la destrucción de unos enclaves que suponen nuestro bien natural más

3 preciado que en el caso de La Gomera dice Curbelo el Garajonay podría convertirse en una especie de parque temático hecho exclusivamente para disfrute de los turistas. El titular del Cabildo de La Gomera considera que el debate sobre si se debe cobrar por acceder o por utilizar estos parques perdería totalmente el sentido, ya que se abre la posibilidad de que todo tenga su precio y el Garajonay se enfoque más desde el punto de vista del turismo de masas y de la rentabilidad económica que por sus valores naturales. En su artículo, Casimiro Curbelo recuerda que el propio Gobierno de Canarias se ve en estos momentos imposibilitado para cobrar las multas que se imponen desde que recibió las competencias en 2009 y en el caso del Garajonay en este período de tiempo se han impuesto dos sanciones pero nunca ha sido posible hacerlas efectivas simplemente porque aún no queda claro qué organismo está facultado para cobrarlas. En el resto de Canarias el resultado es el mismo, señala. Por último Curbelo señala que desde su formación política PSOE y en contra de la posición del PP seguimos apostando por lo público, por la conservación y el uso adecuado de los parques, lo que no quiere decir afirma que no estemos de acuerdo con cobrar por determinados servicios que nos ayuden a compensar la carga que supone conservarlos Independientemente de ello, el Presidente dice que lo que no podemos aceptar es que se caiga en la privatización y en la visión mercantilista de unos bienes de disfrute indudablemente públicos y muchos nos tememos afirma de que ese va a ser el horizonte más cercano que se vislumbra en caso de que la ley salga adelante tal y como está siendo enfocada. Acerca del Autor - See more at: IDENTIFICO-EDIFICACIONES-ILEGALES HTML LAS PROVINCIAS Costas identificó 32 edificaciones ilegales en Tabarca, pero solo se derribarán las de Orts Los abogados del exalcalde de Santa Pola consideran que su caso es igual a los demás y que la única singularidad es «la personalidad del promotor»

4 :09 - E. M. L. ALICANTE. Los bungalós construidos por el exalcalde de Santa Pola, Pascual Orts, en Tabarca, no son las únicas edificaciones de la isla levantadas en terrenos protegidos y, por tanto, que incumplen la ley de Costas de Sin embargo, sí que son los únicos que están en proceso de derribo por parte de la Generalitat, en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Supremo que le obliga a ello. Un informe sectorial de la Dirección General de Costas del Estado al que ha tenido acceso este diario y que Orts ha incorporado como documentación a sus recursos y demandas para parar los derribos, identifica hasta 32 puntos conflictivos en la isla de Tabarca por el mismo motivo, estar construidos en zonas de servidumbre del dominio público marítimo-terrestre. Los abogados urbanistas del promotor señalan que en todos estos casos se han realizado obras y nuevas edificaciones al amparo de las normas del Plan General de Ordenación Urbana de Alicante, que clasifica estos suelos como urbanos y, por tanto, con capacidad para obtener licencia directa de edificación, frente a las normas de Costas, por solaparse con algunas de sus servidumbres. En su opinión, las resoluciones judiciales que afectan a las seis viviendas promovidas por Orts no reflejan el problema general que afecta a numerosos puntos conflictivos de la isla. «La única singularidad en este caso es la personalidad del promotor, en modo alguno que sea un caso aislado dentro de la isla», consideran. Porque la única denuncia de la Dirección General de Costas que logró sentencias que exigían el derribo fue la dirigida a las viviendas adosadas de Orts, mientras que el resto de edificaciones no se van a demoler. Cuando en 1988 se aprobó la vigente Ley de Costas, ya se observó que, en diferentes núcleos de población había edificaciones anteriores a la ley integradas en los cascos antiguos de las ciudades, que podrían entrar en contradicción con las diferentes medidas limitadoras de sus normas, bien por invadir el dominio público o las servidumbre de tránsito y/o protección. Por este motivo, se estableció en la Ley que en caso de colisión entre las normas de protección de un casco urbano con declaración de histórico-artístico y las normas de Costas, debían aplicarse las primeras frente a las segundas. En el caso de la isla de Tabarca, explican, «debe recordarse que está declarado como conjunto histórico-artístico desde el año 1964». En el año 1984, el Ayuntamiento de Alicante aprobó un Plan Especial que regulaba, entre otras cosas, la ordenación de los suelos de la isla. En el caso de los suelos y parcelas existentes dentro de la muralla (como es el caso de la parcela de Orts) éstos fueron considerados como suelo urbano, sujetos a licencia de edificación. Conflicto sobre protección

5 En base a esta consideración de suelo urbano, el Ayuntamiento de Alicante otorgó en 1999 licencia de obras para la construcción de seis viviendas a Orts, aplicando estrictamente las normas propias del Plan Especial de Es más, el Ayuntamiento de Alicante tuvo la precaución de solicitar informe previo a la concesión de la licencia a la Unidad de conservación del Patrimonio Histórico- Artístico municipal y la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia y, a pesar de que no se consideraba necesario por estricta aplicación de la Ley de Costas, también se solicitó informe a la Dirección General de Costas de la Generalitat Valenciana. Ambas fueron otorgadas con carácter favorable en aplicación de la disposición de la ley de Costas que primaba la protección. Además, se da la circunstancia de que las viviendas, explican los abogados de Orts, fueron construidas sobre en una propiedad familiar centenaria, donde se situaba la vivienda familiar y unas instalaciones anejas para ganado y otros usos agrícolas y que todas ellas se situaban dentro o intramuros de la muralla existente. No obstante, las sentencias que afectan a las viviendas referidas consideraron que aunque se produce la referida colisión entre la normas de protección histórica y las normas costeras, deben protegerse los intereses que ambas leyes tutelan y que la edificación 'ex novo' de seis viviendas no contribuye a la protección del patrimonio histórico-artístico de la isla de Tabarca. Además, en sus informes, Costas da la razón a los tribunales y considera que la disposición no se puede aplicar a la isla porque «el núcleo urbano de la isla no dispone de régimen de protección. La zona protegida no abarca ni la zona del pueblo ni la de los servicios de la playa». Sin embargo, los abogados de Orts consideran que sí debería haberse aplicado esta disposición, aceptada en otras edificaciones de la isla. Por otro lado, el promotor defiende que al menos una de las viviendas que se van a demoler en aplicación de las sentencias que así lo exigen está fuera del ámbito de protección de Costas, tal y como queda reflejado en los propios planos y ortoplanos de la Dirección General. MAR TRABAJA_PARA_QUE_EL_ESTADO_DECLARE_URBANOS_LOS_NUC LEOS_DE_SANTA_LUCIA LA_MORRA_DE_EL_TABLADO_Y_LA_BALAND RA/ LA VOZ DE TENERIFE GÜÍMAR

6 El Ayuntamiento de Güímar trabaja para que el Estado declare urbanos los núcleos de Santa Lucía, la Morra de El Tablado y La Balandra El cambio de calificación supone reducir la servidumbre de protección de 100 a 20 metros El concejal de Régimen Interior, Participación Ciudadana y Costas, Domingo del Rosario, explica que los técnicos municipales están recopilando información sobre los núcleos del litoral de Agache que, conforme a la Ley de Costas anterior, no habían sido reconocidos como urbanos. Se trata de los barrios de Santa Lucía, la Morra de El Tablado y La Balandra, que el edil cree que podrían cumplir los requisitos fijados por la nueva Ley de mayo de 2013 y donde, si fueran considerados asentamientos urbanos, la servidumbre de protección pasaría de 100 a 20 metros. En esta servidumbre se permiten solo las obras de reparación, mejora, modernización y consolidación de las construcciones ya existentes, siempre que no impliquen un aumento de volumen, altura ni superficie. Por tanto, no se podrá construir nada nuevo ni ampliar la vivienda. La nueva norma establece que ya no hace falta una autorización administrativa autonómica, que se sustituye por una declaración responsable del propietario, en la que tendrá que incluir que las obras cumplen con los requisitos de eficiencia energética y ahorro de agua. El edil explica que el expediente "ya está casi completo y que esta actuación obedece a una demanda vecinal, de modo que nosotros aportaremos toda la información sobre accesos rodados, abastecimiento de agua, conexiones eléctricas etc., aunque la última palabra la tiene Costas". Los documentos se enviarán lo antes posible, aunque la Administración estatal tiene un plazo de año y medio para responder. Además, Del Rosario matiza que cambiar la calificación de suelo a urbano no implica que las infracciones urbanísticas prescriban. La Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988 de Costas prevé que se reduzca el ancho de la servidumbre de protección de 100 a 20 metros en los núcleos de población que no están en suelo considerado urbano, pero que en 1988 ya tenían características propias de esta calificación. En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de esta Ley (finales de mayo de 2013), se podrá instar a que la servidumbre de protección se reduzca de 100 a 20 metros en los

7 núcleos o áreas que, en 1988, no estuvieran clasificados como suelo urbano pero que, en ese momento, reunieran "alguno" de los requisitos. Estos son que los terrenos "cuenten con acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación de aguas residuales y suministro de energía eléctrica y estuvieran consolidados por la edificación en al menos un tercio de su superficie, o bien, careciendo de alguno de los requisitos citados, estuvieran comprendidos en áreas consolidadas por la edificación como mínimo en dos terceras partes de su superficie, de conformidad con la ordenación de aplicación". El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente deberá pronunciarse sobre la delimitación y compatibilidad de tales núcleos o áreas con la integridad y defensa del dominio público marítimo-terrestre. Este informe deberá emitirse en el plazo de 18 meses desde que haya sido solicitado por el Ayuntamiento. En caso de que no se emitiera en este plazo, se entenderá que es favorable. LA VOZ DE GALICIA Ideología y pragmatismo en la ley de costas JOSÉ LUIS MEILÁN GIL 10 de febrero de :00 JOSÉ LUIS MEILÁN GIL 10 de febrero de :00 Los temporales, que han derrumbado balaustradas del paseo marítimo coruñés, constatan la inconsistencia del sustrato doctrinal en el que se apoyó la ley de costas de 1988, que sigue manteniendo su modificación del año pasado con un título pretencioso. Antes de la Constitución ilustres colegas sostuvieron que el dominio público era intemporal, lo había sido siempre, de modo que cualquier realidad en contrario era un imposible lógico-jurídico. La tesis se reafirmó al interpretar en ese sentido el «en todo caso» que la Constitución refiere a la zona

8 marítimo-terrestre y playas cuando reconoce que el dominio público ha de ser determinado por ley. Las propiedades existentes en terrenos de dominio público no eran tales, sino otra cosa, aunque hubiesen sido adquiridas al Estado y se hubiese declarado por sentencia firme del Tribunal Supremo. Según la ley de costas, eran una concesión. El Tribunal Constitucional tuvo que reconocer, y el paladín de la doctrina admitir, el carácter expropiatorio de la ley; la concesión es el justiprecio. El laudable propósito de mantener limpio el dominio público quedaba contradicho sorprendentemente con el mantenimiento de esas improcedentes realidades al determinar que las concesiones gratuitas serían por treinta años prorrogables por otros treinta y, además, otorgadas de oficio por la Administración, como aclaró el reglamento. El nuevo legislador ha seguido la misma táctica de pegar un puntapié al futuro, «el que venga atrás que arree», prolongándolas hasta 75 años. La ley, preocupada razonablemente con el deterioro de la costa mediterránea, ha dejado de distinguir cómo funciona allí el mar y cómo en el Atlántico, con mareas que han puesto en entredicho la citada tesis en cuanto a la línea de edificaciones que lindan con ese dominio público. El dogmatismo ideológico tiene esas consecuencias que la realidad se encarga de desnudar. El nuevo legislador ha intentado ser realista. En casos, a favor de intereses de los particulares, no considerando que sean dominio público terrenos que no eran inundables naturalmente por el mar y que no lo son por obras realizadas para impedirlo. No estaba obligado a mantener lo contrario; pero sí a no contradecirse como ha hecho en el caso de las salinas y, en sentido opuesto, en el de las vías navegables de las urbanizaciones marítimas, que podrían calificarse de uso público. Pero también a favor de la Administración, al legalizar paseos marítimos construidos sobre playas. Aunque no siempre se haya alcanzado la seguridad jurídica proclamada, un acierto indiscutible es la obligación de inscribir los bienes de dominio público deslindados en el Registro de la Propiedad, reconocida ya en otra ley y que la prepotente Administración incumplía con perjuicio del comprador diligente. El pragmatismo para resolver casos singulares, isla Formentera sin motivación clara, y núcleos costeros le ha llevado a soluciones, como mínimo, carentes de esprit de finess. LA OPINIÓN DE CORUÑA

9 Rueda espera que la ley de costas aclare muchas controversias Redacción A Coruña :34 El vicepresidente de la Xunta, Alfonso Rueda, espera que la reforma de la ley de costas "aclare de modo definitivo muchas de las controversias y cuestiones que se han venido suscitando" en el litoral gallego en los últimos años, que cuenta con kilómetros de costa. Rueda remarcó que en una comunidad como Galicia, en la que "tres cuartas partes del territorio gallego linda con la costa", esta reforma afecta a todo", tanto a personas como asentamientos, así como "la configuración del paisaje". Rueda también destacó que esta reforma "lo que va a intentar es resolver un problema tradicional en Galicia y que se hable y se aclaren todas las dudas que puedan surgir respecto a los núcleos que hay". TIAGO-ACOGE-IX-CONGRESO-ASOCIACION-ESPANOLA-PROFESORES- DERECHO-ADMINISTRATIVO/ HTM LA VOZ DE SANTIAGO Santiago acoge el IX Congreso de la Asociación Española de Profesores de Derecho Administrativo El encuentro jurídico, que tendrá lugar este viernes y sábado, se celebra por primera vez en Galicia 03 de febrero de :06 La nueva ley de costas y la simplificación de los procedimientos administrativos son dos de los grandes temas que centrarán el IX Congreso de la Asociación Española de Profesores de Derecho Administrativo (AEPDA), un encuentro jurídico que, por primera vez, se celebra en Galicia. El hotel Porta do Camiño de Santiago acoge este viernes y sábado -días 7 y 8 de febrero- este foro de debate al que acuden relevantes catedráticos, profesores e investigadores de España y de otros países europeos, como Italia y Portugal. El empuje y trabajo realizado por el Grupo DAESP (Derecho de las Administraciones y Entidades del Sector Público) -colectivo de investigadores de la Facultad de Derecho de la Universidade de Santiago-, ha hecho posible que el evento tenga lugar en la capital gallega. Este grupo, nacido hace dos años

10 y dirigido por el profesor de la USC Javier Ferreira, integra a 17 profesores doctores de 22 universidades europeas y americanas. A pesar de ser un colectivo joven -la media de edad se sitúa entre los 30 y 40 años-, sus logros e investigaciones en el campo del derecho administrativo han sido suficiente aval para que laaepda les confiase la organización de su congreso anual. «Hace cuarenta años que no se celebraba en Galicia un encuentro de administrativistas, y nunca un macrocongreso de estas características», resalta Ferreira. El congreso pretende ser un foro de debate para temas que afectan a la ciudadanía. En concreto, la edición de este año se centará en dos cuestiones relevantes. En primer lugar se estudiará la nueva ley de costas, con sus aspectos más ambiguos y los posibles efectos sobre los núcleos costeros. Además, también se analizá la simplificación del funcionamiento de la administración pública, poniendo el foco en los mecanismos que reducen las cargas que recaen sobre los ciudadanos y que les suponen importantes costes económicos.

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