ESTATUTOS DE LA FUNDACION CULTURAL "AIRES DE COLOMBIA" PREAMBULO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ESTATUTOS DE LA FUNDACION CULTURAL "AIRES DE COLOMBIA" PREAMBULO"

Transcripción

1 ESTATUTOS DE LA FUNDACION CULTURAL "AIRES DE COLOMBIA" PREAMBULO La Fundación cultural aires de Colombia FUNDACOL, fundada el 21 de Junio de 2002 y aprobado por la Asamblea General del 25 de Junio del mismo año, en el Municipio de Manizales, Departamento de Caldas, es una entidad de derecho privado sin ánimo de lucro constituida con el fin de fomentar, crear, investigar y difundir las diversas manifestaciones artísticas y culturales. CAPITULO I Nombre, Naturaleza, Domicilio, Duración, y Objeto ARTICULO1 NOMBRE Y NATURALEZA: Bajo el nombre de FUNDACION CULTURAL AIRES DE COLOMBIA "FUNDACOL", se crea una persona jurídica, sin ánimo de lucro, de carácter privado, de la especie de las fundaciones, regida para su dirección y administración por la Constitución Política, las normas del derecho privado aplicables a este tipo de asociaciones y los presentes estatutos, que en adelante y para los efectos de éstos, se al denominará Fundación. En su condición de persona jurídica sin ánimo de lucro e institución de utilidad común, la Fundación nunca podrá repartir utilidades para los miembros. ARTICULO 2 DOMICILIO La Fundación Cultural Aires de Colombia FUNDACOL, tendrá como domicilio principal la Ciudad de Manizales, Departamento de Caldas, República de Colombia. Página 1 de 18

2 ARTICULO 3 DURACION La duración de la Fundación Cultural Aires de Colombia FUNDACOL", será indefinida, pero podrá ser disuelta y liquidada en los casos que determine la Ley y los presentes estatutos, o de común acuerdo entre las partes ARTICULO 4 OBJETO. La Fundación Cultural Aires de Colombia FUNDACOL, tiene por objeto el fomento, creación, investigación y difusión de las diversas manifestaciones artísticas y culturales. En desarrollo de su objeto realizará las siguientes funciones y actividades: 1. Fomentar y promocionar el desarrollo del arte y la Cultura en la respectiva entidad territorial 2. impulsar el desarrollo de la cultura en el departamento DE Caldas, con un sentido amplio y pluralista posibilitando el encuentro de las diferentes manifestaciones y géneros buscando la consecución de canales adecuados para su investigación, producción, cualificación y difusión. 3. Buscar y propiciar condiciones dignas para el ejercicio docente y artístico de los profesionales de la cultura y las artes. 4. Diseñar planes de acción que podrán ser aplicados de manera específica a la realidad de la cultura en Caldas, fundamentados siempre en la opinión y sentir de todos los trabajadores de la Cultura de acuerdo con la siguiente sectorización: Sector Educativo: escuelas, colegios, universidades, instituciones de educación formal, no formal e informal. Casas de la Cultura: locales, municipales. Instituciones Culturales: academias, fundaciones, corporaciones, institutos y demás empresas culturales. 5. Planear, desarrollar, promover y asesorar programas y proyectos que contribuyan a la creación y fortalecimiento de alternativas para la Cultura. 6. Promover el Arte y la Cultura, la investigación y análisis sobre las diversas áreas mediante la producción y realización de: festivales, muestras, encuentros, etc., participar en todo tipo de acciones que propicien el Página 2 de 18

3 desarrollo del Arte y la Cultura en Colombia y la consolidación de una identidad del Arte y la Cultura Colombiana y en especial de la Caldense. 7. Vincular proyectos de la fundación, con otras organizaciones de carácter nacional e internacional que se identifiquen con sus objeticos o contribuyan a su realización. 8. Recibir cualquier título recursos oficiales, donaciones particulares, de organismos internacionales públicas y privadas, destinados a desarrollar su objeto fundacional. 9. Podrán recibir, a cualquier título, recursos del estado y de los particulares, de organismos extranjeros (privados y públicos) y de organizaciones internacionales. 10. Invertir sus recursos, en forma temporal, en operaciones financieras para obtener rendimientos que aumenten su capacidad operativa. ARTICULO 5 DESARROLLO DEL OBJETO. Para la realización de su objeto, la fundación, podrá adquirir y enajenar toda dase de bienes, a cualquier título, grabarlos y limitar su dominio, tenerlos o entregarlos a titulo precario, dar y recibir mutuo, negociar toda dase de títulos valores, aceptar o ceder créditos, renovar obligaciones, designar apoderados judiciales y extrajudiciales, transigir y comprometer los asuntos en que tenga o pueda tener algún interés en fin, celebrar toda clase de actos, contratos y convenios autorizados por la ley. ARTICULO 6 AGENCIA DE ANIMO DE LUCRO. La Fundación carece de ánimo de lucro, en consecuencia, sus bienes no podrán pasar al patrimonio de ninguna persona en calidad de distribución de utilidades y los superávit operacionales que resulten de su funcionamiento se destinarán exclusivamente a incrementar su propio patrimonio a cumplir sus objetivos estatutarios. Página 3 de 18

4 CAPITULO II Patrimonio ARTICULO 7 INTEGRACION. a) El patrimonio de la Fundación, estará constituido por los nuevos aportes, donaciones, herencias, legados, excedentes obtenidos en cada ejercicio contable y todos los demás bienes que posean o adquiera a cualquier título. b) Derechos de autor, registro de obras musicales, montaje coreográfico y comunidad Nal. CAPITULO III Miembros ARTICULO 8 INTEGRACION. La Fundación, estará integrada por personas naturales y jurídicas denominadas miembros, los miembros pueden ser a. Fundadores b. Activos C. Honorarios. ARTICULO 9 MIEMBROS FUNDADORES: Son miembros Fundadores todas aquellas personas naturales y jurídicas que aparecen en el acta de constitución de la Fundación. ARTICULO 10 MIEMBROS ACTIVOS. Son miembros activos todas aquellas personas naturales y jurídicas que sean aceptadas como tales por la Asamblea General, previo el cumplimiento de los requisitos que establezca los presentes estatutos. ARTICULO 11 MIEMBROS HONORARIOS. La calidad de miembro honorario es una distinción que la Fundación, otorga a las personas naturales y/ojurídicas que de alguna forma le han prestado importantes servicios, sea a la Fundación o a la fundación en general. Parágrafo: Los miembros obran a título personal y no comprometen con susv actos a la Fundación. Tampoco a las entidades a las cuales pertenecen o en las cuales trabajen. Página 4 de 18

5 ARTICULO 12 ADMISION DE LOS NUEVOS MIEMBROS La Junta Directiva de le Fundación, será el órgano que establezca las formas y/o maneras de admisión de nuevos miembros. ARTICULO13 RETIRO DE MIEMBROS: Se deja de ser miembro de la Fundación, por muerte, renuncia o expulsión del miembro, por inasistencia a tres reuniones consecutivas de Asamblea General y por hacer uso del nombre de la Fundación en actividades políticas y en provecho personal. Parágrafo: Las sanciones de expulsión definitiva será competencia de la Junta Directiva; las suspensiones temporales, las llamadas de atención u otras sanciones menores será exclusiva competencia del Comité de Disciplina. CAPITULO IV Derechos y obligaciones de los miembros ARTICULO 14 DERECHOS. Son derechos de los miembros: a. Participar en la Asamblea General con las limitaciones que estos estatutos establezcan. b. Conocer las actividades que desarrolla la Fundación y participar en ellas. c. Elegir y ser elegido para los cargos que se produzcan dentro de la organización interna de la Fundación d. Solicitar a la Junta Directiva por medio de un oficio, citación a Asamblea general exponiendo el caso y determinando ésta la aprobación o improbación de la solicitud. e. Los demás consagrados en el presente reglamento, los acuerdos de la Asamblea General como también las disposiciones legales vigentes. f. Los derechos de los miembros son intransferibles e indelegables. Parágrafo 1: Los miembros Fundadores son por derecho propio miembros de la Asamblea General. Parágrafo 2: En la Asamblea General tendrán voz y voto los miembros Fundadores y los Activos. Página 5 de 18

6 ARTICULO 15 OBLIGACIONES los miembros. Fundadores y activos estarán obligados a: a. Acoger y velar por el cumplimiento fiel de los presentes estatutos. b. impulsar cada una de las actividades de la Fundación. c. Asistir puntualmente a las reuniones ordinarias y extraordinariasde la Asamblea general. ARTICULO 16 MANUAL DE CONVIVENCIA. La Junta Directiva será la encargada de crear un Comité de Disciplina como un ente responsable de producir y dar cumplimiento a cada una de las normas adoptadas en el respectivo manual CAPITULO V Estructura Funcional ARTICULO 17 DIRECCION Y ADMINISTRACION. La Fundación se regirá por lo siguientes organismos: a. asamblea General b. junta Directiva c. Director Ejecutivo d. Director Artístico General e. Los demás organismos y cargos que la asamblea considere convenientes para el cumplimiento de los objetivos de la Fundacion. ARTICULO 18 PERIODOESTATUTARIO. El periodo estatutario para los miembros de la Junta Directiva, Director Ejecutivo y Director Artístico será de dos (2) años que se comenzarán a contar a partir del día da su elección en e!año que corresponda. Parágrafo: Todo cambio o reemplazo de los miembros de la Junta Directiva, Director Ejecutivo y Director Artístico, se entiende que es por el resto del periodo. Página 6 de 18

7 ARTICULO 19 ASAMBLEA GENERAL. La Asamblea General estará constituida por los miembros Fundadores y Activos que tengan un año de haber sido admitidos como tales. ARTICULO 20 FUNCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL a. Elegir entre sus miembros, la junta directica. b. Aprobar los estatutos y/o las reformas propuestas a los mismos. c. Autorizar la disolución y liquidación de la fundación. d. Aprobar las actas de sus propias reuniones e. Aprobar o desaprobar los informes de las cuentas y balances que debe presentar la junta directiva. f. Las que fije la ley y todas aquellas que reglamentariamente no estén asignadas a otro órgano. ARTICULO 21 QUORUM. La Asamblea General de la Fundación, reunida ordinariamente o extraordinariamente podrá instalarse, deliberar y decidir válidamente cuando están presentes la mitad más uno como mínimo de los miembros en pleno uso de sus derechos. ARTICULO 22 JUNTA DIRECTIVA: La Junta.Directiva estará integrada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, un fiscal y un Vocal; elegidos por Asamblea General. ARTICULO 23 FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA Son funciones de la Junta Directiva, las siguientes: a. Designar al Director Ejecutivo de la Fundación y derogar su remuneración. b. Designar al Director Artístico de la fundación y derogar su remuneración. c. Designar al Director Musical de la fundación y derogar su remuneración. d. Presentar reforma da los Estatutos de la Fundación conforme a las disposiciones legales vigentes. e. Nombrar y remover libremente al Revisor Fiscal y fijarle su remuneración. f. Crear los cargos que estime necesarios para el logro de los objetivos de la Fundación. g. Crear los empleos con sus funciones que sean necesarios para el buen funcionamiento de la Fundación, fijando los honorarios y asignaciones correspondientes. Página 7 de 18

8 h. Convocar la Asamblea General a reuniones ordinarias y extraordinarias. i. Examinar, aprobar o improbar los estados financieros que presente el Director Ejecutivo al final de cada ejercicio. j. Determinar la disolución y liquidación da la Fundación en los casos previstos por las leyes o los presentes Estatutos. En tal evento será función de la Junta Directiva designar un Liquidador fijándole sus facultades y asignaciones, cuando la Asamblea así lo haya autorizado. k. Estudiar y resolver asuntos que le competan como suprema autoridad administrativa de la Fundación, siempre y cuando los mismos no estén asignados a ningún otro órgano o funcionario. l. Aprobar o improbar el informe semestral general de las actividades de le Fundación presentado por el Director Ejecutivo. m. Aprobar las aceptaciones de donaciones o legados realizadas bajo condición o con alguna restricción. n. Autorizar al Director Ejecutivo para realizar actos o contratos cuya cuantía sea superior a Diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes y todos aquellos que impliquen gravamen, pignoración o enajenación de bienes. o. Aprobar y establecer procedimientos de supervisión y control para los proyectos y culturales y artísticos qua se vayan a efectuar. p. Estudiar y aprobar el presupuesto de ingresos y gastos qua se le sea presentado por el Director Ejecutivo cada año. q. Velar por el estricto cumplimiento de los presentes Estatutos y expedir su regimentación. r. Conformar un Comité de Disciplina que será la encargada de establecer el Manual de Convivencia para todos los miembros de la Fundación. s. Las demás que le asignen las leyes y los presentes Estatutos. ARTICULO 24 SESIONES. La Junta Directiva da la Fundación, se reunirá ordinariamente una vez por mes previa convocatoria que realice el Director Ejecutivo y extraordinariamente cuando sea convocada por el Presidente de la misma,el director Ejecutivo, el Revisor Fiscal o la mitad más uno de sus miembros. ARTICULO 25 FUNCIONES DE LOS CARGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA. Cada uno de los cargos de la Junta Directiva tendrá funciones específicas que desarrollarán dentro del periodo estatutario. Página 8 de 18

9 ARTICULO 26 PRESIDENTE. La. Junta Directiva de la Fundación, será presidida por un presidente elegido entre los miembros de la Asamblea General para el periodo estatutario y tendrá las siguientes funciones: a. Tendrá voz y voto en la toma de decisiones que se generen dentro de la Junta Directiva. b. Presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva de la Fundación. c. Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias cuando las circunstancias de tiempo y lugar lo determinen, con un tiempo mínimo de ocho (8) días de anticipación y los temas tratar en las mismas. d. Elaborar el orden del die, tanto para las reuniones de la Junta Directiva, como las de la Asamblea General. e. Dirigir y coordinar la acción administrativa y operativa de la Fundación. f. Suscribir junto con el Secretario, las actas de la Junta Directiva, una vez éstas sean aprobadas. g. Llevar la representación legal en ausencia del titular. h. Exigir el estricto cumplimiento de las funcionesy obligaciones de los entes creados por le Junta Directiva y de los Miembros de la Fundación. i. Hacer valer los derechos para los miembros de la Fundación consignados en los estatutos. j. Supervisar en coordinación con el Representante Legal a los responsables de las diferentes divisiones en el cumplimiento de las funciones. k. Coordinar y controlar la prestación de los servicios que la Fundación ofrezca a la comunidad. l. Autorizan el préstamo de los imp0lementos propios de la fundación, previo concepto de la junta directiva. m. Nombrar a las personas que ejercerán los cargos creados por la junta directiva. n. Las demás que le asignes los estatutos y la junta directiva. ARTICULO 27 VICEPRESIDENTE: son funciones del vicepresidente a. Tendrá voz y voto en la toma de decisiones que se generen dentro de la junta directiva b. Dirigir y coordinar junto con el presidente las acciones administrativas y operáticas de la fundación. Página 9 de 18

10 c. Presentar un informe semestral de las actividades operativas y operativas de la fundación. d. Conformar el comité disciplinario de la fundación. e. Desempeñar las funciones del presidente en sus ausencias temporales o definitivas. f. Presentar el informe acerca de los miembros suspendidos, así como de las personas sancionadas y retiradas de la fundación, g. Las demás que le asignen los estatutos y la junta directiva. ARTICULO 28 TESORERO son funciones del tesorero: a. Tendrá voz y voto en la forma de decisiones que se generen dentro de la junta directiva b. Practicar al entrar funciones y anualmente el inventario de los bienes de la fundación, revisarlo y ponerlo al día. c. Elaborar y firmar los cheques conjuntamente con el representante legal. d. Rendir a la junta directiva en cada una de las reuniones, un informe del movimiento de tesorería, el ci8al debe ser refrendado previamente por el fiscal. e. Elaborar todas las operaciones financieras convenientes a los recaudos y pagos de la fundación. f. Las demás que le asignen los estatutos y la junta directiva. ARTICULO 29 SECRETARIO el secretario de la junta directica desempeñara las siguientes funciones: a. Tendrá voz y voto en la toma de decisiones que se generen dentro de la junta directica b. Llevar las actas de las reuniones de la junta directiva. c. Efectuar la convocatoria por los medios señalados, de conformidad con las órdenes impartidas por el dignatario u órgano competente. d. Llevar el control de los miembros suspendidos, así como de las personas sancionadas y retiradas con previo informe del vicepresidente. e. Ordenar y clasificar los archivos. f. Manejar la correspondencia. g. Suministrar lo libros y actas al órgano de control competente. h. Atender los asuntos inmediatos de la Fundación. i. Desempeñar funciones de secretario en la Asamblea General. Página 10 de 18

11 j. Expedir certificados, constancias, entre otros. k. Las demás Funciones que le asigne la Junta Directiva. ARTÍCULO 30 FISCAL Será nombrado por la Junta Directiva con periodo de dos (2) años y tendrá las siguientes Funciones: a. Tendrá voz pero no voto dentro de la Junta Directiva. b. La inspección de todos los actos académicos, artísticos, económicos, contractuales y contables de la Fundación. c. Velar por el cumplimiento de los presentes estatutos. d. Vigilar los Actos Administrativos de carácter económico que depongan la Asamblea General y la Junta Directiva. e. Acopiar la información necesaria para el correcto desempeño de sus funciones. f. Verificar las cuentas, el arqueo de caja y revisar todos los valores y efectos de la Fundación. g. Verificar la situación legal de los cargos y empleos de la Fundación. h. Convocar a reuniones extraordinarias a la Asamblea General cuando lo estime necesario. i. Las demás que le asignen los estatutos y la Junta Directiva. ARTICULO 31 VOCAL. Será elegido por la Asamblea General y sus funciones son: a. Tendrá voz y voto en la toma de decisiones que se generen dentro de la Junta Directiva. b. Abogar por las derechos y obligaciones de los demás Miembros que no componen la Junta Directiva c. Servir de instancia conciliadora y diseñar canales de comunicación entre la Junta Directiva y los Miembros de la Fundación. d. Las demás funciones que le asigne la Junta Directiva. ARTICULO 32 DIRECTOR EJECUTIVO. Fundación tendrá un Director ejecutivo con o experiencia acreditada en gestión administrativa y/o cultural, designada tal como lo indica el artículo 23 literal A de los presentes estatutos quien será representante legal. Página 11 de 18

12 ARTICULO 33 FUNCIONES DEL DIRECTOR EJECUTIVO Son funciones del Director ejecutivo las siguientes: a. Representar legalmente a la Fundación en todos los actos y negocios propios del giro ordinario de su objeto fundacional. Además de constituir apoderados judiciales y extrajudiciales que consideren pertinentes para la representación de la fundación. b. Presentar a la Junta directiva para su estudio y aprobación los programas de la Fundación, su presupuesto, las cuentas y balances. c. Presentar a la Junta Directiva los proyectos culturales para desarrollar mediante obtención de apoyos financieros, con sus respectivos análisis y recomendaciones. d. Presentar a la Junta Directiva dentro de los tres primeros meses de cada año, para su estudio y aprobación, los estados financieros da la Fundación, correspondientes al año inmediatamente anterior. e. Dirigir las finanzas de la Fundación de conformidad con el presupuesto, los planes programas y políticas fijadas y aprobadas por la Junta Directiva. Para tal efecto, podrá abrir y dar manejo a través de mínimo 2 firmas autorizadas y en acción conjunta con el tesorero u otro miembro designado por la junta directiva de la Fundación, de cuentas corrientes, de ahorros, constituir títulos o certificados y en general todas las operaciones financieras que sean necesarias para el correcto funcionamiento de la fundación. f. Rendir a la Junta Directiva informe trimestral de gestión en la cual reseñe y exponga las actividades realizadas, su impacto en el desarrollo y objeto de la Fundación. g. Suscribir todos los actos, contratos, convenios y demás que se requieran en desarrollo del objeto de la fundación, adjuntando en todo caso la autorización de la Junta Directiva h. Suscribir junto con el Tesorero los cheques y demás órdenes de pago que hayan sido previamente aprobadas por el órgano competente. i. Proveer los cargos creados por la Junta Directiva, para la cual suscribirá los respectivos contratos de trabajo. j. Las demás que le confieren las leyes y los presentes estatutos y las que le correspondan por la naturaleza de su cargo o que le asigne la Junta Directiva. PARAGRAFO: El Director Ejecutivo puede, con aprobación de la Junta Directiva delegar algunas de sus funciones, que por índole sean delegables. Página 12 de 18

13 ARTICULO 34 DIRECTOR ARTISTICO. La Fundación tendrá un Director Artístico, con título afín al cargo y/o experiencia mínima de cinco años, designado tal como lo indica el artículo 23 literal B de los presentes estatutos. ARTICULO 35 FUNCIONES DIRECTOR ARTISTICO. Son funciones del Director Artístico las siguientes: a. Vigilar el cumplimiento de los proyectos, planes y programas de carácter académico que desarrolle la Fundación. b. Promover la investigación necesaria para el montaje y proyección de cada uno de los productos artísticos que se produzcan de la Fundación c. Supervisar las funciones de las personas que llevan a cabo la coordinación de cada uno de los proyectos, planes y programas que se desarrollen en la Fundación. d. Asesorar la formación permanente de los miembros e integrantes de la Fundación. e. Promover y organizar seminarios, foros, talleres, conversatorios, seminarios congresos, etc. temáticas afines a las diferentes áreas artísticas para beneficio de la comunidad en general y de los intereses propios de la Fundación. f. Las demás que le confieren las leyes y los presentes estatutos y las que le correspondan por la naturaleza de su cargo o que le asigne la Junta Directiva. ARTICULO 36 DIRECTOR MUSICAL. La Fundación tendrá un Director Músical, con título afín al cargo y/o experiencia mínima de cinco años, designado tal como lo indica el artículo 23 literal C de los presentes estatutos. ARTICULO 37 FUNCIONES DIRECTOR MUSICAL. Son funciones del Director Musical las siguientes: a. Vigilar el cumplimiento de los proyectos, planes y programas de carácter académico que desarrolle la Fundación. b. Promover la investigación necesaria para el montaje y creación de cada uno de las piezas musicales que formarán parte integral del trabajo artístico y coreográfico. c. Conformar y liderar el grupo musical de la Fundación, con artistas idóneos y competentes para el desarrollo de los trabajos musicales. Página 13 de 18

14 d. Adelantar con el acompañamiento de la Junta Directiva, los trámites para el registro de los derechos de autor de las piezas musicales creadas, para el acompañamiento del trabajo coreográfico de la Fundación. e. Promover y organizar seminarios, foros, talleres, conversatorios, seminarios congresos, etc. temáticas afines a las diferentes áreas artísticas para beneficio de la comunidad en general y de los intereses propios de la Fundación. f. Las demás que le confieren las leyes y los presentes estatutos y las que le correspondan por la naturaleza de su cargo o que le asigne la Junta Directiva. CAPITULO VI Derechos de autoría Musical y Coreográfica ARTICUL 38 DERECHOS DE AUTORÍA MUSICAL Y COEROGRÁFICA: a. FUNDACOL se acoge y exhorta al cumplimiento de la LEY NÚMERO 23 DE 1982 (28 de enero de 1982), Sobre derechos de autor concedida por el Congreso de Colombia. b. Los autores de obras literarias, científicas y artísticas gozarán de protección para sus obras en la forma prescrita por la presente ley y, en cuanto fuere compatible con ella, por el derecho común. También protege esta ley a los intérpretes o ejecutantes, a los productores de fonogramas y a los organismos de radiodifusión, en sus derechos conexos a los del autor. CAPÍTULO I: Disposiciones Generales, Artículo 1, Ley Número 23 de c. Los derechos de autor recaen sobre las obras científicas, literarias y artísticas las cuales se comprenden todas las creaciones del espíritu en el campo científico, literario y artístico, cualquiera que sea el modo o forma de expresión y cualquiera que sea su destinación, tales como: los libros, folletos y otros escritos; las conferencias, alocuciones, sermones y otras obras de la misma naturaleza; las obras dramáticas o dramático musicales; las obras coreográficas y las pantomimas; las composiciones musicales con letra o sin ella.. CAPÍTULO I: Disposiciones Generales, Artículo 2, Ley Número 23 de Página 14 de 18

15 CAPITULO VII Revisor Fiscal ARTICUL 39 REVISOR FISCAL. La Fundación tendrá un Revisor Fiscal, el cual será designado por la Junta Directiva. El mismo deberá ser contador público titulado. ARTICUL 40 FUNCIONES DEL REVISOR FISCAL. Son funciones del Revisor Fiscal, las siguientes: a. Examinar los libros de contabilidad y de actas y verificar que los mismos sean llevados de acuerdo a los mandatos legales y que están debidamente actualizados. b. Revisar y dar el visto bueno de los estados financieros de la Fundación. c. Verificar que las actas, contratos, convenios y demás operaciones que realice la Fundación, a través de su Representante Legal, estén conforme con la Ley, los estatutos y las disposiciones que tome la Junta Directiva. d. Rendir un informe de gestión anual a la Junta Directiva. e. Suscribir los certificados expedidos por el Director Ejecutivo del recibo de donaciones, con destino a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. f. Revisar los informes que presenten los Coordinadores de los proyectos culturales, de acuerdo el presupuesto de cada uno de éstos. g. Las demás que la Ley le asigne para este tipo de cargos. CAPITULO VIII Vigilancia y control ARTICULO 41 INSPECCION Y VIGILANCIA. Esta será ejercida par la Secretaría Jurídica del Departamento de Caldas. ARTICULO 42 CONTROL. Los donantes privados constituidos en asamblea podrán designar un auditor el cual será encargado de velar porque las operaciones de la fundación relacionadas con donaciones de particulares, se ajusten a las disposiciones estatutarias y a las condiciones modalidades de la donación. El control ejerce el auditor será posterior a la ejecución de los actos dispositivos de la donación y si se presentaren irregularidades en tales disposiciones, deberá informar Página 15 de 18

16 de manera inmediata a la junta directiva la cual tomara las medidas correctivas del caso. CAPITULO IX Balance e inventarios ARTICULO 43 BALANCES DE PRUEBA. Mensualmente se elaborara un balance de prueba pormenorizado de los ingresos y egresos de la Fundación el cual servirá de base para elaborar el balance general de fin de año. Este balance de prueba será realizado por el contador de la fundación para efectos de que el Director Ejecutivo lo presente la Junta Directiva cuando este lo requiera. ARTICULO 44 ESTADO DE CUENTAS. Anualmente se realizara el cierre contable a 31 de Diciembre y se realizaran los ajustes que sean del caso sobre los balances de prueba para efectos de determinar ese estado de las cuentas correspondientes al ejercicio de la vigencia fiscal. ARTICULO 45 BALANCE GENERAL. Una vez determinado el estado definitivo de las cuentas del ejercicio, se procederá a la elaboración del balance general a 31 de Diciembre de cada año, el cual deberá ser presentado a la junta directiva para su estudio y aprobación dentro de los tres primeros meses del siguiente año. CAPITULO X Reforma a los Estatutos ARTICULO 46 REFORMA. La reformas estatutarias podrán ser propuestas por cualquiera de los miembros de la Junta Directiva y avalados por esta, se presentaran a la Asamblea General para su aprobación. ARTICULO 47 APROBACION. La aprobación a la reforma de los estatutos presentada por la Junta Directiva será aprobada por la Asamblea General por los votos afirmativos de la mayoría de los miembros presentes. Página 16 de 18

17 CAPITULO XI Disolución y Liquidación ARTICULO 48 CAUSALES DE DISOLUCION. La fundación se disolverá en los siguientes casos: a. Por mandato legal en los casos previstos por el mismo para este tipo de personas jurídicas. b. Por decisión de la Junta Directiva previo concepto y análisis de la Asamblea General. ARTICULO 49 LIQUIDADOR. En caso de disolución de la fundación, la Junta Directiva designara un liquidador y la fijara su remuneración. La persona designada tomara posesión ante la Junta Directiva y el Periodo de liquidación será el Representante Legal de la Fundación. ARTÍCULO 50 AVISO A LOS ACREEDORES. El liquidador deberá dar aviso a todos los acreedores de la fundación, a cerca de su estado de liquidación para efectos para que hagan valer su Acreencias de manera oportuna. Toda la propaganda que imita deberá llevar la siguiente leyenda: Fundación Cultural En Liquidación. ARTICULO 51 INVENTARIO. El liquidador deberá elaborar un inventario de patrimonio de la fundación, en el cual se incluirá una información detallada de todos los activos, pasivos, bienes y obligaciones, con la especificación del orden de prelación legal de los créditos. ARTICULO 52 REALIZACION DE ACTIVOS Y PAGOS DE PASIVOS. El liquidador en cumplimiento de sus deberes, realizara la totalidad de los activos de la fundación con excepción de aquellos bienes que por disposición expresa de los donantes privados deban ser conservados para su destinación específica. Si después de pagado el pasivo externo de la fundación quedare un remanente patrimonial, este deberá ser entregado en su totalidad a una entidad Página 17 de 18

18 o persona jurídica que cumpla funciones similares o tenga un objeto a fin a la de la fundación y que tenga jurisdicción en el departamento de Caldas, para que sea destinado a las mismas actividades del lente que se liquida. Los presentes Estatutos fueron discutidos y aprobados en Asamblea General ordinaria realizada el día 25 de abril de Página 18 de 18

MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION

MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION CAPITULO I Nombre, duración, domicilio y objeto ARTICULO 1.- La entidad que por medio

Más detalles

Estatutos ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN BOLÍVAR DAVIVIENDA CAPÍTULO PRIMERO DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO, PATRIMONIO Y DURACIÓN

Estatutos ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN BOLÍVAR DAVIVIENDA CAPÍTULO PRIMERO DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO, PATRIMONIO Y DURACIÓN ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN BOLÍVAR DAVIVIENDA CAPÍTULO PRIMERO DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO, PATRIMONIO Y DURACIÓN ARTICULO 1. Denominación. La Fundación se denominará FUNDACIÓN BOLÍVAR DAVIVIENDA. ARTICULO

Más detalles

MODELO ESTAUTOS ESAL Aprobó 15/09/2007

MODELO ESTAUTOS ESAL Aprobó 15/09/2007 Página 1 de 8 (MODELO DE ESTATUTOS DE LA CORPORACIÓN, FUNDACIÓN O ASOCIACIÓN) CAPITULO I NOMBRE, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO Artículo 1: Créase con el nombre de la CORPORACION *********** En el Departamento

Más detalles

MODELO DE ESTATUTOS DE UNA ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO

MODELO DE ESTATUTOS DE UNA ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO NOTA ESPECIAL: El presente es un modelo que sirve como guía para las entidades sin ánimo de lucro, el cual en nada obliga a la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño. MODELO DE ESTATUTOS DE UNA ENTIDAD

Más detalles

CONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE

CONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE CONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE REGLAMENTO INTERNO En el marco de la Ley 397 de 1997, artículos 60 y 61, la Ley 1185 de 2008, artículo 15 y el Acuerdo No. 013 Del 29 de Agosto del

Más detalles

ESTATUTOS. b) Ampliar y consolidar las relaciones de la Universidad Nacional de Ingeniería con el sector empresarial.

ESTATUTOS. b) Ampliar y consolidar las relaciones de la Universidad Nacional de Ingeniería con el sector empresarial. TITULO I Nombre, Objetivos, Domicilio, Duración ESTATUTOS Artículo 1º: El Patronato de la Universidad Nacional de Ingeniería es una asociación civil sin fines de lucro, integrada por personas naturales

Más detalles

FUNDACION PARA LA EDUCACION SUPERIOR Y EL DESARROLLO --FEDESARROLLO-- E S T A T U T O S NOMBRE, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACION

FUNDACION PARA LA EDUCACION SUPERIOR Y EL DESARROLLO --FEDESARROLLO-- E S T A T U T O S NOMBRE, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACION FUNDACION PARA LA EDUCACION SUPERIOR Y EL DESARROLLO --FEDESARROLLO-- E S T A T U T O S NOMBRE, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACION Artículo 1º - El nombre de la FUNDACION es FUNDACION PARA LA EDUCACION SUPERIOR

Más detalles

ESTATUTO ACTUAL NOMBRE : FUNDACION COOMEVA PARA EL DESARROLLO SOCIAL CAPITULO I DEL NOMBRE, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACIÓN

ESTATUTO ACTUAL NOMBRE : FUNDACION COOMEVA PARA EL DESARROLLO SOCIAL CAPITULO I DEL NOMBRE, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACIÓN NOMBRE : FUNDACION COOMEVA PARA EL DESARROLLO SOCIAL CAPITULO I DEL NOMBRE, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACIÓN Artículo 1: La entidad es una Fundación, persona jurídica de derecho privado y de carácter civil,

Más detalles

ESTATUTOS ASOFOV CAPITULO I. Nombre, duración, domicilio y objeto

ESTATUTOS ASOFOV CAPITULO I. Nombre, duración, domicilio y objeto ESTATUTOS ASOFOV CAPITULO I Nombre, duración, domicilio y objeto ARTICULO 1.- La entidad que por medio de estos estatutos se reglamenta se denominará ASOFOV (Asociación de Usuarios de la Fundación Oftalmologica

Más detalles

ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS

ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS MADRID 2014 1 CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1º- Denominación Con la denominación de Asociación

Más detalles

ESTATUTOS FUNDACION INSTITUTO DE CIENCIA POLÍTICA HERNAN ECHAVARRIA OLOZAGA

ESTATUTOS FUNDACION INSTITUTO DE CIENCIA POLÍTICA HERNAN ECHAVARRIA OLOZAGA ESTATUTOS FUNDACION INSTITUTO DE CIENCIA POLÍTICA HERNAN ECHAVARRIA OLOZAGA BOGOTA COLOMBIA Capítulo I NOMBRE, NATURALEZA Y DOMICILIO ARTICULO 1º. La FUNDACIÓN INSTITUTO DE CIENCIA POLÍTICA Hernán Echavarría

Más detalles

Cámara de Empresas de Desarrollo Informático Estatuto

Cámara de Empresas de Desarrollo Informático Estatuto CEDI Rafaela Cámara de Empresas de Desarrollo Informático Estatuto 1 De la denominación y finalidades: Art. 1º: Queda constituida por tiempo indeterminado y bajo la denominación de Cámara de Empresas de

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE MEDIADORES Y ORIENTADORES FAMILIARES CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO:

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE MEDIADORES Y ORIENTADORES FAMILIARES CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO: ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE MEDIADORES Y ORIENTADORES FAMILIARES CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO: Artículo 1. Con la denominación de ASOCIACION ESPAÑOLA DE MEDIADORES Y ORIENTADORES

Más detalles

ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN

ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO. Artículo 1. Con la denominación de Conferencia

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN «SOLIDARIOS CON EL MUNDO»

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN «SOLIDARIOS CON EL MUNDO» ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN «SOLIDARIOS CON EL MUNDO» CAPÍTULO I DE LA ASOCIACIÓN EN GENERAL Artículo 1º Con la denominación "Solidarios con el Mundo" o también SolMun, se constituye una asociación al amparo

Más detalles

PROYECTO DE ACUERDO NRO. 003

PROYECTO DE ACUERDO NRO. 003 PROYECTO DE ACUERDO NRO. 003 POR EL CUAL SE CREA EL CONSEJO MUNICIPAL DE CULTURA DEL MUNICIPIO DE SANTO DOMINGO ANTIOQUIA Y SE ESTABLECEN REGLAS PARA SU FUNCIONAMIENTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTO DOMINGO

Más detalles

3.5.- Toda otra actividad compatible con los fines de la Asociación.

3.5.- Toda otra actividad compatible con los fines de la Asociación. ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN SOCIEDAD DE AMIGOS DEL MUSEO NACIONAL DE CIENCIAS NATURALES I.- DENOMINACION, FINES, DOMICILIO Y AMBITO. Artículo 1º. 1.1.- Con la denominación de ASOCIACIÓN SOCIEDAD DE AMIGOS

Más detalles

estatutos asociación de padres

estatutos asociación de padres Texto elaborado por: Equipo AMEI estatutos asociación de padres TITULO PRIMERO Denominación, Domicilio, Ámbito territorial, Duración y Personalidad Jurídica Artículo 1º.- Al amparo de la legislación vigente

Más detalles

ASOCIACIÓN UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO ADECUADA AL D.L. N 882. Estatuto Social

ASOCIACIÓN UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO ADECUADA AL D.L. N 882. Estatuto Social ASOCIACIÓN UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO ADECUADA AL D.L. N 882 Estatuto Social 2007 Í N D I C E TÍTULO I.- De la Denominación, Duración y Domicilio.. 7 TÍTULO

Más detalles

Ley de Fomento al Deporte del Estado de Tabasco

Ley de Fomento al Deporte del Estado de Tabasco LEY PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE EN EL ESTADO DE TABASCO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Las normas de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto contribuir en la formación

Más detalles

MANUAL DE FUNCIONES DE LA COOPERATIVA

MANUAL DE FUNCIONES DE LA COOPERATIVA MANUAL DE FUNCIONES DE LA COOPERATIVA ARTÍCULO 60º. FUNCIONES DE LA ASAMBLEA. La Asamblea General ejercerá las siguientes funciones: 1. Establecer las políticas y directrices generales de la cooperativa

Más detalles

Decreto 89/2011, de 5 abril. Aprueba los Estatutos de la Academia Aragonesa del Catalán

Decreto 89/2011, de 5 abril. Aprueba los Estatutos de la Academia Aragonesa del Catalán Decreto 89/2011, de 5 abril. Aprueba los Estatutos de la Academia Aragonesa del Catalán BO. Aragón 18 abril 2011, núm. 77/2011 [pág. 8577] El Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 71.4 atribuye

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE AFECTADOS PSG

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE AFECTADOS PSG ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE AFECTADOS PSG CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1.- Denominación. Con la denominación de Asociación de Afectados PSG, se constituye

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN HONDUREÑA DE PSIQUIATRÍA

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN HONDUREÑA DE PSIQUIATRÍA ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN HONDUREÑA DE PSIQUIATRÍA SECCION I DE LA DEFINICION Y DENOMINACION Artículo 1: La Asociación Hondureña de Psiquiatría es una Sociedad Médica afiliada al Colegio Médico de Honduras,

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE USUARIOS DE DRONES Y AFINES (AEDRON)

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE USUARIOS DE DRONES Y AFINES (AEDRON) ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE USUARIOS DE DRONES Y AFINES (AEDRON) ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE USUARIOS DE DRONES Y AFINES (AEDRON) CONTENIDO 2 CAPITULO I: DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO

Más detalles

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA P A M P L O N A Aprobación definitiva Estatutos de las Escuelas Infantiles Municipales de Pamplona

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA P A M P L O N A Aprobación definitiva Estatutos de las Escuelas Infantiles Municipales de Pamplona Boletín Oficial de Navarra Número 101 - Fecha 22/08/1997 II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA P A M P L O N A Aprobación definitiva Estatutos de las Escuelas Infantiles Municipales de Pamplona El Pleno

Más detalles

Presidir las reuniones de la Junta Directiva. Dirigir las actividades propias de la Asociación y representarla legal y extrajudicialmente

Presidir las reuniones de la Junta Directiva. Dirigir las actividades propias de la Asociación y representarla legal y extrajudicialmente PRESIDENTE Presidir las reuniones de la Junta Directiva Dirigir las actividades propias de la Asociación y representarla legal y extrajudicialmente Cumplir y hacer cumplir los estatutos, reglamentos y

Más detalles

ASOCIACION MOVIMIENTO COLOMBIANO DE ESCUELA MODERNA CAPITULO I DENOMINACION, DOMICILIO, DURACION Y OBJETIVOS

ASOCIACION MOVIMIENTO COLOMBIANO DE ESCUELA MODERNA CAPITULO I DENOMINACION, DOMICILIO, DURACION Y OBJETIVOS ASOCIACION MOVIMIENTO COLOMBIANO DE ESCUELA MODERNA CAPITULO I DENOMINACION, DOMICILIO, DURACION Y OBJETIVOS ART. 1.- DENOMINACION. La ASOCIACION regulada por estos estatutos se denomina: ASOCIACION MOVIMIENTO

Más detalles

CAPÍTULO I: DENOMINACIÓN, CONTITUCIÓN, ÁMBITO, FINES, DURACIÓN, DOMICILIO.

CAPÍTULO I: DENOMINACIÓN, CONTITUCIÓN, ÁMBITO, FINES, DURACIÓN, DOMICILIO. ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COACHING DE CASTILLA Y LEÓN (Coachs de Castilla y León) CAPÍTULO I: DENOMINACIÓN, CONTITUCIÓN, ÁMBITO, FINES, DURACIÓN, DOMICILIO. Art. 1.- Con la denominación de ASOCIACIÓN PROFESIONAL

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE INGENIEROS CIVILES DE EAFIT - AICE

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE INGENIEROS CIVILES DE EAFIT - AICE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE INGENIEROS CIVILES DE EAFIT - AICE CAPÍTULO PRIMERO DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETIVOS Y PRINCIPIOS DE AICE ARTÍCULO 1. Se constituye la ASOCIACIÓN DE INGENIEROS CIVILES DE

Más detalles

Inscripción de una fundación

Inscripción de una fundación Inscripción de una fundación Las fundaciones son personas jurídicas sin ánimo de lucro creadas por iniciativa privada o pública, para atender una finalidad altruista o de interés social determinada en

Más detalles

ACUERDO: serán decisiones de carácter general, con vigencia permanente y versarán sobre reglamentaciones fundamentales del Fondo de Empleados.

ACUERDO: serán decisiones de carácter general, con vigencia permanente y versarán sobre reglamentaciones fundamentales del Fondo de Empleados. Glosario Economía Solidaria ACUERDO: serán decisiones de carácter general, con vigencia permanente y versarán sobre reglamentaciones fundamentales del Fondo de Empleados. ACTA: De toda reunión de los órganos

Más detalles

ESTATUTOS FUNDACION YULDAMA, HIJOS Y AMIGOS DEL FRESNO CAPITULO I NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN Y PATRIMONIO

ESTATUTOS FUNDACION YULDAMA, HIJOS Y AMIGOS DEL FRESNO CAPITULO I NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN Y PATRIMONIO ESTATUTOS FUNDACION YULDAMA, HIJOS Y AMIGOS DEL FRESNO CAPITULO I NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN Y PATRIMONIO ARTÍCULO 1.- NOMBRE Y NATURALEZA JURÍDICA. La Fundación "YULDAMA HIJOS Y AMIGOS DEL

Más detalles

.09 ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO CAPITULO I NATURALEZA, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN

.09 ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO CAPITULO I NATURALEZA, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO CAPITULO I NATURALEZA, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN Artículo 1º: La Asociación de Profesores de la Universidad Católica

Más detalles

LEY PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE EN EL ESTADO DE TABASCO DISPOSICIONES GENERALES

LEY PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE EN EL ESTADO DE TABASCO DISPOSICIONES GENERALES LEY PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE EN EL ESTADO DE TABASCO DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- Las normas de esta Ley son de orden público e interés social y tiene por objeto contribuir en la formación y

Más detalles

Artículo 4º.- Para el cumplimiento de su objeto, el fideicomiso tendrá los siguientes fines:

Artículo 4º.- Para el cumplimiento de su objeto, el fideicomiso tendrá los siguientes fines: DECRETO QUE AUTORIZA LA CONSTITUCIÓN DEL FIDEICOMISO DEL PROGRAMA DE APOYO ESCOLAR PARA EL MANTENIMIENTO, MEJORA Y EQUIPAMIENTO DE LAS ESCUELAS PÚBLICAS DE EDUCACIÓN BÁSICA EN EL ESTADO DE SONORA Artículo

Más detalles

ABC DE LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

ABC DE LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO ABC DE LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO ASOCIACIONES, CORPORACIONES, FUNDACIONES Y ENTIDADES DEL SECTOR DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA. CONCEPTO Y CLASIFICACIÓN Concepto de Ánimo de Lucro. Entidades sometidas

Más detalles

ACTA DE CONSTITUCIÓN DE EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO

ACTA DE CONSTITUCIÓN DE EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO Cámara de Comercio de Montería Calle 28 Nº 4-61 PBX (4) 781 9292 Fax (4) 782 4158 www.ccmonteria.org.co Montería - Colombia ACTA DE CONSTITUCIÓN DE EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO La Cámara de Comercio de

Más detalles

MINISTERIO DE COMUNICACIONES DECRETO NUMERO 3912 DE 2004 24/11/2004

MINISTERIO DE COMUNICACIONES DECRETO NUMERO 3912 DE 2004 24/11/2004 MINISTERIO DE COMUNICACIONES DECRETO NUMERO 3912 DE 2004 24/11/2004 Por el cual se aprueba la estructura de la Sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC y se determinan las funciones de sus

Más detalles

Alcaldía Municipal La Palma

Alcaldía Municipal La Palma RESOLUCION ADMINISTRATIVA No. 0190 de (Septiembre 21) "POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA EL COMITÉ TÉCNICO DE SOSTENIBILIDAD CONTABLE DEL MUNICIPIO DE LA PALMA CUNDINAMARCA EL ALCALDE MUNICIPAL DE LA PALMA

Más detalles

Nosotras de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N o. : de nacionalidad venezolana,

Nosotras de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N o. : de nacionalidad venezolana, Nosotras de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N o. : de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N o de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad

Más detalles

REGLAMENTO COMISIÓN DE GARANTÍA DE CALIDAD ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA UNIVERSIDAD DE CADIZ PREÁMBULO

REGLAMENTO COMISIÓN DE GARANTÍA DE CALIDAD ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA UNIVERSIDAD DE CADIZ PREÁMBULO REGLAMENTO COMISIÓN DE GARANTÍA DE CALIDAD ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA UNIVERSIDAD DE CADIZ PREÁMBULO La Comisión de Garantía de Calidad de la Escuela Superior de Ingeniería es el órgano de evaluación

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO Artículo 1.- Denominación Con la denominación de Asociación "ONG OTROMUNDOESPOSIBLE", se constituye una entidad sin Ánimo de

Más detalles

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEL MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DESPACHO DE LA MINISTRA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEL MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DESPACHO DE LA MINISTRA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DESPACHO DE LA MINISTRA REGLAMENTO DEL PROGRAMA CIENTÍFICO TECNOLÓGICO DE INVESTIGACIÓN DENOMINADO: ACADEMIA DE SOFTWARE LIBRE (ASL)

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS DE LAS ARTES ESCÉNICAS

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS DE LAS ARTES ESCÉNICAS ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS DE LAS ARTES ESCÉNICAS Capítulo 1 Denominación, fines y domicilio social Con la denominación.asociación profesional de técnicos de las artes escénicas.,

Más detalles

CAPITULO I Disposiciones Generales

CAPITULO I Disposiciones Generales REGLAMENTO PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE. CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo 1.- Los ordenamientos de este Reglamento Municipal son de orden público e interés social, y tienen por objeto establecer

Más detalles

51 FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES

51 FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO 51 FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1o. Definición. Son estudios de postgrado los que se realicen después de haber

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA SOCIEDAD MADRILEÑA DE MEDICINA GENERAL

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA SOCIEDAD MADRILEÑA DE MEDICINA GENERAL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA SOCIEDAD MADRILEÑA DE MEDICINA GENERAL CAPÍTULO I: PREÁMBULO Artículo 1. Con la denominación de Sociedad Madrileña de Medicina General (SEMG-Madrid) se constituye la

Más detalles

ACUERDO No. 009 (04 de Marzo de 2013)

ACUERDO No. 009 (04 de Marzo de 2013) TRD 200.02 ACUERDO No. 009 (04 de Marzo de 2013) POR EL CUAL SE CREA EL CONSEJO MUNICIPAL DE CULTURA Y SE DEFINE LA COMPOSICIÓN, SE REGLAMENTA LAS FUNCIONES Y RÉGIMEN DE SESIONES, PERÍODO, QUÓRUM, Y LO

Más detalles

COOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03

COOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03 COOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03 POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA EL COMITÉ DE RECREACION, DEPORTE Y CULTURA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE COOTRAHILTON

Más detalles

ESTATUTOS CAPITULO I CONSTITUCIÓN DE LA FUNDACIÓN

ESTATUTOS CAPITULO I CONSTITUCIÓN DE LA FUNDACIÓN ESTATUTOS CAPITULO I CONSTITUCIÓN DE LA FUNDACIÓN ARTICULO 1. Denominación, Naturaleza, Domicilio y Ámbito de Actuación 1. La Fundación Víctimas del Terrorismo (en adelante, la Fundación) es una organización

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION LATINOAMERICANA DE ORGANISMOS DE SEGURO DE CREDITO PARA LA EXPORTACION, ALASECE. CAPITO I

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION LATINOAMERICANA DE ORGANISMOS DE SEGURO DE CREDITO PARA LA EXPORTACION, ALASECE. CAPITO I ESTATUTOS DE LA ASOCIACION LATINOAMERICANA DE ORGANISMOS DE SEGURO DE CREDITO PARA LA EXPORTACION, ALASECE. CAPITO I DEL NOMBRE, DOMICILIO, OBJETO Y DURACION Artículo 1º NOMBRE. La Asociación se denominará

Más detalles

ESTATUTOS DE LA FUNDACION PROVIDENCE

ESTATUTOS DE LA FUNDACION PROVIDENCE ESTATUTOS DE LA FUNDACION PROVIDENCE ARTÍCULO PRIMERO: NATURALEZA. La FUNDACION PROVIDENCE es una persona jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, creada con recursos de personas naturales y jurídicas

Más detalles

PLATAFORMA NUEVOS REALIZADORES

PLATAFORMA NUEVOS REALIZADORES PLATAFORMA NUEVOS REALIZADORES ESTATUTOS CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1 - Denominación Con la denominación de asociación PLATAFORMA NUEVOS REALIZADORES (PNR)

Más detalles

REGLAMENTO DE INSTANCIAS DE VIGILANCIA ÍNDICE CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES...1 CAPÍTULO II DE LOS REQUISITOS..1

REGLAMENTO DE INSTANCIAS DE VIGILANCIA ÍNDICE CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES...1 CAPÍTULO II DE LOS REQUISITOS..1 REGLAMENTO DE INSTANCIAS DE VIGILANCIA ÍNDICE CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES...1 CAPÍTULO II DE LOS REQUISITOS..1 CAPÍTULO III DE LAS INSTANCIAS DE VIGILANCIA...2 TRANSITORIOS.11 CAPÍTULO I

Más detalles

LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CRUZADA CONTRA EL HAMBRE.

LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CRUZADA CONTRA EL HAMBRE. LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CRUZADA CONTRA EL HAMBRE. México, DF, a 22 de febrero de 2013. Con fecha 22 de enero de 2013, el Presidente de los Estados Unidos

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE EDITORES DE DIARIOS Y MEDIOS INFORMATIVOS ANDIARIOS ESTATUTO ORGÁNICO CAPÍTULO I

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE EDITORES DE DIARIOS Y MEDIOS INFORMATIVOS ANDIARIOS ESTATUTO ORGÁNICO CAPÍTULO I ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE EDITORES DE DIARIOS Y MEDIOS INFORMATIVOS ANDIARIOS ESTATUTO ORGÁNICO CAPÍTULO I NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN Artículo 1. La Asociación Colombiana de Editores

Más detalles

ESTATUTOS ASOCIACION DE ESTUDIANTES MAYORES DE LA UNIVERSIDAD CARLOS III DEL CAMPUS DE COLMENAREJO (AUCTEMCOL)

ESTATUTOS ASOCIACION DE ESTUDIANTES MAYORES DE LA UNIVERSIDAD CARLOS III DEL CAMPUS DE COLMENAREJO (AUCTEMCOL) ESTATUTOS ASOCIACION DE ESTUDIANTES MAYORES DE LA UNIVERSIDAD CARLOS III DEL CAMPUS DE COLMENAREJO (AUCTEMCOL) CAPITULO I DE LA DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO TERRITORIAL Artículo 1. Al amparo

Más detalles

Curso básico de Cooperativismo

Curso básico de Cooperativismo Curso básico de Cooperativismo La corporación cinfes es una empresa educativa especializada en capacitación y formación en economía solidaria. Tenemos 12 años de experiencia en el sector cooperativo, hemos

Más detalles

Estatutos de la Asociación Civil de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado

Estatutos de la Asociación Civil de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado Estatutos de la Asociación Civil de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado Yo, Carlos Zapata Escalona, venezolano, mayor de edad, Médico, titular de la cédula de identidad Nº 28.439, de este

Más detalles

MANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL

MANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL ,, MANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL ÍNDICE Presentación 1 Página Objetivo 1 1. MARCO JURÍDICO 2 11. DEFINICIONES

Más detalles

FUNDACION PADRES POR SIEMPRE

FUNDACION PADRES POR SIEMPRE FUNDACION PADRES POR SIEMPRE CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1 NATURALEZA Y NOMBRE. Créase con el nombre de la FUNDACION PADRES POR SIEMPRE En Bogotá DC, República de Colombia una organización

Más detalles

D E C R E T O QUE CREA EL FONDO ESTATAL DE SOLIDARIDAD

D E C R E T O QUE CREA EL FONDO ESTATAL DE SOLIDARIDAD D E C R E T O QUE CREA EL FONDO ESTATAL DE SOLIDARIDAD ARTÍCULO 1o.- Se crea un organismo descentralizado, denominado Fondo Estatal de Solidaridad con personalidad jurídica y patrimonio propios, con domicilio

Más detalles

ESTATUTOS DE LA FEDERACION ASTURIANA DE DOMINO

ESTATUTOS DE LA FEDERACION ASTURIANA DE DOMINO ESTATUTOS DE LA FEDERACION ASTURIANA DE DOMINO CAPITULO I DENOMINACION, FINES, DOMICILIO Y AMBITO Articulo 1.- Con la denominación de "FEDERACION ASTURIANA DE DOMINO", se constituye una Entidad que se

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN IBEROAMERICANA DE FISIOTERAPIA Y KINESIOLOGÍA (AIFK) CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN IBEROAMERICANA DE FISIOTERAPIA Y KINESIOLOGÍA (AIFK) CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN IBEROAMERICANA DE FISIOTERAPIA Y KINESIOLOGÍA (AIFK) Artículo 1.- Constitución CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO 1. Con la denominación de ASOCIACIÓN IBEROAMERICANA

Más detalles

ASOCIACIÓN DE CELÍACOS Y SENSIBLES AL GLUTEN COMUNIDAD DE MADRID ESTATUTOS CAPITULO I

ASOCIACIÓN DE CELÍACOS Y SENSIBLES AL GLUTEN COMUNIDAD DE MADRID ESTATUTOS CAPITULO I ASOCIACIÓN DE CELÍACOS Y SENSIBLES AL GLUTEN COMUNIDAD DE MADRID ESTATUTOS CAPITULO I Artículo 1º.- DENOMINACION.- Con la denominación de ASOCIACIÓN DE CELÍACOS Y SENSIBLES AL GLUTEN. COMUNIDAD DE MADRID

Más detalles

MODELO ESTATUTOS PARA UNA ASOCIACIÓN o CORPORACIÓN

MODELO ESTATUTOS PARA UNA ASOCIACIÓN o CORPORACIÓN CAPÍTULO PRIMERO MODELO ESTATUTOS PARA UNA ASOCIACIÓN o CORPORACIÓN NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO, DURACIÓN y OBJETO ARTICULO 1. NOMBRE. La entidad que por los presentes estatutos se regirá, llevara por

Más detalles

ESTATUTOS COORDINADORA EXTREMEÑA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO

ESTATUTOS COORDINADORA EXTREMEÑA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO ESTATUTOS COORDINADORA EXTREMEÑA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO ESTATUTOS DE LA COORDINADORA EXTREMEÑA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO TÍTULO I: De la Coordinadora

Más detalles

NUMERO 120 EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE D E C R E T O

NUMERO 120 EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE D E C R E T O NUMERO 120 EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE D E C R E T O QUE CREA EL INSTITUTO DEL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO SUSTENTABLE

Más detalles

CURSO CREAR Y GESTIONAR UNA ASOCIACIÓN Módulo I. Instituto Aragonés de la Juventud Rosario Lázaro Marín

CURSO CREAR Y GESTIONAR UNA ASOCIACIÓN Módulo I. Instituto Aragonés de la Juventud Rosario Lázaro Marín CURSO CREAR Y GESTIONAR UNA ASOCIACIÓN Módulo I Instituto Aragonés de la Juventud Rosario Lázaro Marín MODULO I LA CREACIÓN DE UNA ASOCIACIÓN Para qué crear una asociación? Para compartir una idea. Para

Más detalles

MODELO DE ACTA DE ESCISIÓN ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO. Acta No.

MODELO DE ACTA DE ESCISIÓN ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO. Acta No. NOTA ESPECIAL: El presente es un modelo que sirve como guía para las entidades sin ánimo de lucro, el cual en nada obliga a la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño. MODELO DE ACTA DE ESCISIÓN ENTIDAD

Más detalles

Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control de Banco de Sabadell, S.A.

Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control de Banco de Sabadell, S.A. Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control de Banco de Sabadell, S.A. Í N D I C E Capítulo I. Artículo 1. Artículo 2. Artículo 3. Preliminar Objeto Interpretación Modificación Capítulo II. Artículo

Más detalles

DECRETO 0272 DE 1993 (febrero 5) Diario Oficial No.40.740, de 5 de febrero de 1993.

DECRETO 0272 DE 1993 (febrero 5) Diario Oficial No.40.740, de 5 de febrero de 1993. DECRETO 0272 DE 1993 (febrero 5) Diario Oficial No.40.740, de 5 de febrero de 1993. DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA Por el cual se reglamenta la ley 05 de 1991 sobre el ejercicio de la

Más detalles

ASOCIACIÓN DE EGRESADOS UCONIANOS ESTATUTOS ASOCIACIÓN DE EGRESADOS UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ORIENTE CAPÍTULO I.

ASOCIACIÓN DE EGRESADOS UCONIANOS ESTATUTOS ASOCIACIÓN DE EGRESADOS UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ORIENTE CAPÍTULO I. ASOCIACIÓN DE EGRESADOS UCONIANOS ESTATUTOS ASOCIACIÓN DE EGRESADOS UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ORIENTE CAPÍTULO I. DENOMINACIÓN, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACIÓN Artículo 1. DENOMINACIÓN La asociación que

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE LA UNIÓN DE ENTIDADES ESPAÑOLAS DE CIENCIA ANIMAL (UEECA) TÍTULO I DE LA ASOCIACIÓN

ESTATUTOS SOCIALES DE LA UNIÓN DE ENTIDADES ESPAÑOLAS DE CIENCIA ANIMAL (UEECA) TÍTULO I DE LA ASOCIACIÓN ESTATUTOS SOCIALES DE LA UNIÓN DE ENTIDADES ESPAÑOLAS DE CIENCIA ANIMAL (UEECA) TÍTULO I DE LA ASOCIACIÓN ARTÍCULO 1.- Denominación Con el nombre de UNIÓN DE ENTIDADES ESPAÑOLAS DE CIENCIA ANIMAL (UEECA)

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ECONOMÍA DEL TRABAJO (A.E.E.T.)

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ECONOMÍA DEL TRABAJO (A.E.E.T.) ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ECONOMÍA DEL TRABAJO (A.E.E.T.) CAPITULO I- DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO y ÁMBITO Artículo 1. Con la denominación de Asociación Española de Economía del Trabajo

Más detalles

CAPITULO I DEL NOMBRE, DOMICILIO, CARÁCTER Y FINES DE LA FUNDACION

CAPITULO I DEL NOMBRE, DOMICILIO, CARÁCTER Y FINES DE LA FUNDACION CAPITULO I DEL NOMBRE, DOMICILIO, CARÁCTER Y FINES DE LA FUNDACION ARTICULO 1. La Fundación actuará bajo el nombre de ACCION CULTURAL POPULAR (ACPO) y tiene su sede histórica en el municipio de Sutatenza

Más detalles

COLEGIO NACIONAL DE BACTERIOLOGIA CNB - COLOMBIA REGLAMENTO EVENTOS CIENTIFICOS

COLEGIO NACIONAL DE BACTERIOLOGIA CNB - COLOMBIA REGLAMENTO EVENTOS CIENTIFICOS Página 1 de 7 La Junta Directiva Nacional en uso de las facultades que le concede literal t del artículo 34 de los Estatutos y considerando que es un deber del Colegio Nacional de Bacteriología - CNB Colombia

Más detalles

Estatutos de la Asociación Club de Amigos de la Casa de Madrid

Estatutos de la Asociación Club de Amigos de la Casa de Madrid Estatutos de la Asociación Club de Amigos de la Casa de Madrid Capítulo 1º: Denominación, fines, domicilio y ámbito. Artículo 1º.- Denominación Con la denominación de Asociación Club de Amigos de Casa

Más detalles

"ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN DE COLEGIOS DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE CENTROAMERICA Y EL CARIBE" FECOMECYC. CAPÍTULO I Constitución Y Definición

ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN DE COLEGIOS DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE CENTROAMERICA Y EL CARIBE FECOMECYC. CAPÍTULO I Constitución Y Definición "ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN DE COLEGIOS DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE CENTROAMERICA Y EL CARIBE" FECOMECYC CAPÍTULO I Constitución Y Definición Artículo 1. Se constituye la Federación de Colegios de Médicos

Más detalles

ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN CULTURAL ÁNGEL HERRERA ORIA

ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN CULTURAL ÁNGEL HERRERA ORIA ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN CULTURAL ÁNGEL HERRERA ORIA aprobados por el Patronato el día 22 de febrero de 2013 con Informe favorable del Consejo Nacional de la ACdP, acuerdo de 1 y 2 de marzo de 2013 TÍTULO

Más detalles

REGLAMENTO DE JUBILACIÓN DE LA ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL

REGLAMENTO DE JUBILACIÓN DE LA ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL ESCUELA POLITECNICA NACIONAL REGLAMENTO DE JUBILACIÓN DE LA ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL ENERO - 2007 I M P R E S I O N OFFSET EPN 2 0 0 7 EL CONSEJO POLITÉCNICO DE LA ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL CONSIDERANDO:

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS MADRE RAFOLS DEL COLEGIO DE SANTA ANA DE HUESCA.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS MADRE RAFOLS DEL COLEGIO DE SANTA ANA DE HUESCA. 1 ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS MADRE RAFOLS DEL COLEGIO DE SANTA ANA DE HUESCA. I.- DEFINICION, DOMICILIO Y AMBITO TERRITORIAL Artículo 1º.- Con la denominación ASOCIACIÓN DE

Más detalles

ANEXO 2. Capítulo Primero. Del nombre; objeto; domicilio; nacionalidad y duración.

ANEXO 2. Capítulo Primero. Del nombre; objeto; domicilio; nacionalidad y duración. ANEXO 2 MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LAS Y LOS CIUDADANOS INTERESADOS (AS) EN POSTULARSE COMO CANDIDATAS O CANDIDATOS INDEPENDIENTES. Capítulo Primero. Del nombre;

Más detalles

Reglamento de Régimen Interno DIVISIÓN DE PSICOLOGÍA EDUCATIVA

Reglamento de Régimen Interno DIVISIÓN DE PSICOLOGÍA EDUCATIVA DIVISIÓN DE PSICOLOGÍA EDUCATIVA División de Psicología Educativa Aprobado en Junta General 19 de junio de 2010 Índice CAPÍTULO I: NATURALEZA, FINES Y FUNCIONES... 3 Artículo 1. Naturaleza... 3 Artículo

Más detalles

ESTATUTOS CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO

ESTATUTOS CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO ESTATUTOS CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1. Con la denominación Edita Interactiva se constituye una ASOCIACIÓN al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y normas

Más detalles

Modelo de Estatutos para candidaturas independiente al cargo de Presidente Municipal y Síndico FCI/IMPEPAC/04/EA

Modelo de Estatutos para candidaturas independiente al cargo de Presidente Municipal y Síndico FCI/IMPEPAC/04/EA MODELO DE ESTATUTOS PARA CANDIDATURAS INDEPENDIENTE AL CARGO DE PRESIDENTE MUNICIPAL Y SÍNDICO FCI/IMPEPAC/04/EA OBSERVACIONES GENERALES.- Modelo de Estatutos para candidaturas independiente al cargo de

Más detalles

ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE JUVENTUD PREÁMBULO CAPÍTULO I

ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE JUVENTUD PREÁMBULO CAPÍTULO I ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE JUVENTUD PREÁMBULO El Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera acuerda constituir el Consejo Local de Juventud como órgano complementario del mismo, con la finalidad de canalizar

Más detalles

RESOLUCIÓN PC No.-77-02. (De 4 de febrero de 2002)

RESOLUCIÓN PC No.-77-02. (De 4 de febrero de 2002) RESOLUCIÓN PC No.-77-02 () El Pleno de los Comisionados de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor, en uso de sus facultades legales, y; CONSIDERANDO: Que entre las funciones asignadas

Más detalles

ÚNICO: Aprobar el Reglamento Interno de la Fundación para el Desarrollo de la Zona Sur (FUNDESUR), que literalmente dice:

ÚNICO: Aprobar el Reglamento Interno de la Fundación para el Desarrollo de la Zona Sur (FUNDESUR), que literalmente dice: REGLAMENTO INTERNO DE LA FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ZONA SUR (FUNDESUR) CONSIDERANDO: Que el Congreso Nacional en el Decreto Legislativo No. 335-2013 del 17 de enero del año 2013, publicado en

Más detalles

ACTA DE CONSTITUCION DE LA CORPORACIÓN CENTRO DE FORMACION Y APLICACIÓN A LA MEDIACION FAMILIAR- FILIUMS, ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO.

ACTA DE CONSTITUCION DE LA CORPORACIÓN CENTRO DE FORMACION Y APLICACIÓN A LA MEDIACION FAMILIAR- FILIUMS, ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO. ACTA DE CONSTITUCION DE LA CORPORACIÓN CENTRO DE FORMACION Y APLICACIÓN A LA MEDIACION FAMILIAR- FILIUMS, ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO. En la ciudad de Bogotá, D.C., siendo la una de la tarde del veintitrés

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN LEALCAN DE INTEGRACIÓN CANINA CAPITULO I - DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN LEALCAN DE INTEGRACIÓN CANINA CAPITULO I - DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN LEALCAN DE INTEGRACIÓN CANINA CAPITULO I - DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1º - Denominación Con la denominación de Asociación LealCan de Integración

Más detalles

ESTATUTOS CÍRCULO COLOMBIANO DE MÚSICA CONTEMPORÁNEA. CAPÍTULO I Nombre, duración, domicilio y objeto

ESTATUTOS CÍRCULO COLOMBIANO DE MÚSICA CONTEMPORÁNEA. CAPÍTULO I Nombre, duración, domicilio y objeto ESTATUTOS CÍRCULO COLOMBIANO DE MÚSICA CONTEMPORÁNEA CAPÍTULO I Nombre, duración, domicilio y objeto Artículo 1. La entidad, que por medio de estos Estatutos se reglamenta, se denominará «Círculo Colombiano

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE ESTUDIANTES INDIGENAS DE LA UNIVERSIDAD DEL TOLIMA CACIQUE CALARCÁ CAPITULO I. NOMBRE, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACIÓN.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE ESTUDIANTES INDIGENAS DE LA UNIVERSIDAD DEL TOLIMA CACIQUE CALARCÁ CAPITULO I. NOMBRE, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACIÓN. ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE ESTUDIANTES INDIGENAS DE LA UNIVERSIDAD DEL TOLIMA CACIQUE CALARCÁ CAPITULO I. NOMBRE, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACIÓN. ARTICULO 1o. Nombre: Se constituye la ASOCIACION DE

Más detalles

ESTATUTOS FEDERACION DE LEVANTAMIENTO DE PESAS

ESTATUTOS FEDERACION DE LEVANTAMIENTO DE PESAS ESTATUTOS FEDERACION DE LEVANTAMIENTO DE PESAS CAPITULO PRIMERO Fundación, Nombre, Constitución, Domicilio, Duración, Afiliación, Patrimonio, Banderas, Logos y Emblemas. ARTICULO 1: La Fundación: La Federacion

Más detalles

FUNDACION ECOTONOS ESTATUTOS CAPÍTULO I NOMBRE, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO

FUNDACION ECOTONOS ESTATUTOS CAPÍTULO I NOMBRE, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO FUNDACION ECOTONOS ESTATUTOS CAPÍTULO I NOMBRE, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO ARTÍCULO 1.- Nombre de la entidad.- La entidad que por medio de estos estatutos se reglamenta es una entidad sin ánimo de lucro,

Más detalles

REGLAMENTO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO PATRONATO DE LA CRUZ VERDE DE GUADALAJARA

REGLAMENTO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO PATRONATO DE LA CRUZ VERDE DE GUADALAJARA REGLAMENTO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO PATRONATO DE LA CRUZ VERDE DE GUADALAJARA EMILIO GONZÁLEZ MÁRQUEZ, Presidente del Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, en cumplimiento

Más detalles

ASOCIACIONES, FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES GREMIALES.

ASOCIACIONES, FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES GREMIALES. ASOCIACIONES, FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES GREMIALES. Calama - Octubre 2013 MARCO NORMATIVO - CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA. - DECRETO LEY N 2.757, DE 1979, SOBRE ASOCIACIONES GREMIALES. - ESTATUTOS

Más detalles

ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO OSCAR MANUEL GAITAN SANCHEZ

ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO OSCAR MANUEL GAITAN SANCHEZ ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO OSCAR MANUEL GAITAN SANCHEZ * QUE ES UNA ENTIDAD SIN ANIMO DE LUCRO PERSONA JURIDICA CAPAZ DE EJERCER DERECHOS Y CONTRAER OBLIGACIONES NO HAY REPARTO DE UTILIDADES BENEFICIO

Más detalles

ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE PROFESORES DE YOGA ESTATUTOS ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE PROFESORES DE YOGA TÍTULO I

ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE PROFESORES DE YOGA ESTATUTOS ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE PROFESORES DE YOGA TÍTULO I ESTATUTOS DE ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE PROFESORES DE YOGA TÍTULO I DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO Artículo 1.- Con el nombre ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE PROFESORES DE YOGA, se constituye

Más detalles