CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, VEINTE 15 G E N E R A L E S
|
|
- Francisco Vázquez San Martín
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 CONTRATO No. XXX00000 CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, VEINTE 15 MATRIZ, S. DE R.L. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL PRESTADOR, Y POR OTRA XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL CLIENTE. Contrato de prestación de servicios que celebran, por una parte, VEINTE 15 MATRIZ, S. DE R.L. DE C.V., representada en este acto por XXXXXXXXXXXXXXXXX, Apoderado de la empresa, a quien en lo sucesivo se le denominará EL PRESTADOR, y por otra XXXXXXXXXXXXXXXXXX, a quien en lo sucesivo se le denominará EL CLIENTE, el cual se celebra al tenor de las siguientes G E N E R A L E S I. Declara EL PRESTADOR ser una empresa legalmente constituida con domicilio en Calle José Rubén Romero No. 62 Despacho 5, Colonia Bosques Camelinas, CP en Morelia, Michoacán, según consta en acta constitutiva de fecha 14 de Septiembre de 2015 otorgada ante la fe del Notario Público Número 95, en la ciudad de Morelia, Michoacán. Teniendo como su objeto social entre otras, las siguientes actividades: Comprar, vender, administrar, promover, arrendar, financiar y comercializar en general todo tipo de unidades de tracción mecánica, nuevas o usadas, tales como vehículos, motocicletas, camiones, tracto camiones, etc, así como sus accesorios, refacciones y todo tipo de artículos relacionados con los mismos. La dirección, promoción, publicidad, mercadotecnia, desarrollo y administración de toda clase de servicios relacionados con el objeto social. Recibir organizar, administrar las aportaciones económicas realizadas de forma voluntaria a la sociedad con la finalidad de obtener un bien inmueble nuevo mediante el cumplimiento de las condiciones descritas en dicho contrato. Declara EL CLIENTE INICIADOR tener las siguientes generales: NOMBRE: RFC: NACIONALIDAD: FECHA DE NACIMIENTO:
2 CIUDAD DE NACIMIENTO: CIUDAD DE RESIDENCIA: ESTADO DE RESIDENCIA: DOMICILIO: COLONIA FRACCIONAMIENTO CODIGO POSTAL: BENEFICIARIO: Y que es SÚ VOLUNTAD el suscribir el presente contrato, mismo que HA LEIDO Y ESTÁ CONCIENTE DE SUS ALCANCES Y CONSECUENCIAS LEGALES E IMPLICACIONES QUE PRESENTA. D E S C R I P C I Ó N EL CLIENTE Y EL PRESTADOR ACUERDAN LA CREACIÓN DE UNA MATRIZ EN LA QUE TODOS Y CADA UNO DE LOS CLIENTES APORTARÁN LA CANTIDAD DE $15,000 QUINCE MIL PESOS MONEDA NACIONAL POR POSICIÓN CONTRATADA, DE LOS CUALES $1,500 UN MIL QUINIENTOS PESOS SERÁN PAGADOS A VEINTE 15 MATRIZ, S. de R.L. de C.V. POR CONCEPTO DE COMISIÓN POR ORGANIZAR, ADMINISTRAR, EN SÍ POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO; Y $13,500 TRECE MIL QUINIENTOS PESOS SE DESTINARÁN A LA ADQUISICIÓN DE UN VEHÍCULO NUEVO DE AGENCIA PARA EL CLIENTE INICIADOR DE LA MATRIZ, LO CUAL FUNCIONARÁ BAJO EL ESQUEMA QUE SE ACOMPAÑA EN EL ANEXO. C O M I S I O N E S VEINTE 15 MATRIZ, S. de R.L. de C.V. cobrará la cantidad de $1,500 UN MIL QUINIENTOS PESOS moneda nacional, por posición contratada, equivalente al 10% de la aportación del cliente iniciador del ciclo financiero como pago al prestador. O B L I G A C I O N E S D E L C L I E N T E I N I C I A D O R INSCRIPCIÓN EL CLIENTE INICIADOR de la matriz financiera, tiene la obligación de aportar la cantidad de $15,000 QUINCE MIL PESOS moneda nacional por posición contratada, esto es, por cada lugar en la matriz financiera en que desee iniciar y participar, para formalizar el inicio de su matriz financiera, cantidad que será transferida o depositada por él, desde sú cuenta bancaria, a la cuenta XXXXXXXXXXXXXXXXXX, del Banco XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX con CLABE XXXXXXXXXXXXXXXX, a nombre del prestador de servicios, de la cantidad o cantidades aportadas, el prestador le facturará al cliente iniciador, por concepto de comisión por la Prestación del Servicio la cantidad de $1,500
3 UN MIL QUINIENTOS PESOS equivalente al 10% de la aportación y los restantes $13,500 TRECE MIL QUINIENTOS PESOS se destinarán a la creación del fondo para la compra colectiva del vehículo que el cliente haya seleccionado, dentro de los parámetros que adelante se citan. EL PRESTADOR se reserva el derecho de poder acomodar, agregar nuevos clientes que se inscriban sin persona referida aleatoriamente en cualquier matriz. El cliente se obliga a recibir el vehículo contratado en especie, renunciando a ejecutar una cancelación de la compra o hacer devoluciones, firmando de recibido de la factura expedida por la agencia correspondiente. INTEGRACIÓN DE LA MATRIZ I. EL CLIENTE INICIADOR de la matriz tiene la obligación y será de su estricta responsabilidad el invitar a DOS clientes para crear el nivel número uno logrando que se unan a su matriz financiera y, de manera similar, aporten la cantidad de $15,000 QUINCE MIL PESOS moneda nacional por posición contratada por cada uno, cantidades que serán transferidas o depositadas desde sus respectivas cuentas bancarias, a la cuenta XXXXXXXXXXXXXXXXXX, del Banco XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX con CLABE XXXXXXXXXXXXXXXX, a nombre del prestador de servicios, de la cantidad o cantidades aportadas, el prestador le facturará al cliente iniciador, por concepto de comisión por la prestación del servicio la cantidad de $1,500 UN MIL QUINIENTOS PESOS equivalente al 10% de la aportación y los restantes $13,500 TRECE MIL QUINIENTOS PESOS se destinarán a la creación del fondo para la compra colectiva del vehículo que el cliente haya seleccionado, dentro de los parámetros que adelante se citan. EL CLIENTE INICIADOR Y LOS DOS NUEVOS CLIENTES DEL NIVEL UNO invitados por el cliente iniciador del matriz financiera, tendrán a su vez, la misma obligación y será de su estricta responsabilidad de invitar y lograr que se unan al matriz financiera a otros dos clientes cada uno (serán cuatro clientes de este nivel) para crear el nivel número dos y de manera similar, aporten la cantidad de $15,000 QUINCE MIL PESOS moneda nacional por cada posición contratada por cada uno, cantidades que serán transferidas o depositadas desde sus respectivas cuentas bancarias, a la cuenta XXXXXXXXXXXXXXXXXX, del Banco XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX con CLABE XXXXXXXXXXXXXXXX, a nombre del prestador de servicios, de la cantidad o cantidades aportadas, el prestador le facturará al cliente iniciador, por concepto de comisión por la prestación del servicio la cantidad de $1,500 UN MIL QUINIENTOS PESOS equivalente al 10% de la aportación y los restantes $13,500 TRECE MIL QUINIENTOS PESOS se destinarán a la creación del fondo para la compra colectiva del vehículo que el cliente haya seleccionado, dentro de los parámetros que adelante se citan.
4 I IV. EL CLIENTE INICIADOR, LOS DOS CLIENTES DEL NIVEL UNO Y LOS CUATRO NUEVOS CLIENTES DEL NIVEL DOS invitados por los dos clientes del nivel uno, tendrán a su vez, la misma obligación y será de su estricta responsabilidad de invitar y lograr que se unan al matriz financiera a otros dos clientes cada uno (serán ocho clientes de este nivel) para crear el nivel número tres y de manera similar, aporten la cantidad de $15,000 QUINCE MIL PESOS moneda nacional por posición contratada cada uno, cantidades que serán transferidas o depositadas desde sus respectivas cuentas bancarias, a la cuenta XXXXXXXXXXXXXXXXXX, del Banco XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX con CLABE XXXXXXXXXXXXXXXX, a nombre del prestador de servicios, de la cantidad o cantidades aportadas, el prestador le facturará al cliente iniciador, por concepto de comisión por la prestación del Servicio la cantidad de $1,500 UN MIL QUINIENTOS PESOS equivalente al 10% de la aportación y los restantes $13,500 TRECE MIL QUINIENTOS PESOS se destinarán a la creación del fondo para la compra colectiva del vehículo que el cliente haya seleccionado, dentro de los parámetros que adelante se citan. EL CLIENTE INICIADOR, LOS DOS CLIENTES DEL NIVEL UNO, LOS CUATRO CLIENTES DEL NIVEL DOS Y LOS OCHO CLIENTES DEL NIVEL TRES invitados por los cuatro clientes del nivel dos, tendrán a su vez, la misma obligación y será de su estricta responsabilidad de invitar y lograr que se unan a la matriz financiera a otros dos clientes cada uno (serán diez y seis clientes de este nivel) para crear el nivel número cuatro y de manera similar, aporten la cantidad de $15,000 QUINCE MIL PESOS moneda nacional por posición contratada cada uno, cantidades que serán transferidas o depositadas desde sus respectivas cuentas bancarias, a la cuenta XXXXXXXXXXXXXXXXXX, del Banco XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX con CLABE XXXXXXXXXXXXXXXX, a nombre del prestador de servicios, de la cantidad o cantidades aportadas, el prestador le facturará al cliente iniciador, por concepto de comisión por la prestación del Servicio la cantidad de $1,500 UN MIL QUINIENTOS PESOS equivalente al 10% de la aportación y los restantes $13,500 TRECE MIL QUINIENTOS PESOS se destinarán a la creación del fondo para la compra colectiva del vehículo que el cliente haya seleccionado, dentro de los parámetros que adelante se citan. O B L I G A C I O N E S D E L P R E S T A D O R I. Recibir en su cuenta bancaria número XXXXXXXXXX, del banco BBVA Bancomer con CLABE XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, las cantidades que a manera de aportación voluntaria le transfieran o depositen desde sus cuentas los clientes iniciadores de la matriz o de cualquier nivel, llevando un registro minucioso de la matriz al que pertenece cada uno así como de su posición dentro de la matriz.
5 I EL PRESTADOR creará una oficina virtual para cada CLIENTE INICIADOR al momento de hacer su inscripción recibirá vía un ID y un PASSWORD con el cual podrá ver a sus invitados directos e indirectos, así como la persona que lo refirio. Una vez que en sus registros aparezca que una matriz fue completada o le sea comunicada por un cliente iniciador de matriz tal situación, proceder a la compra y entrega del vehículo pactado a nombre del CLIENTE INICIADOR. IV. EL PRESTADOR, procederá a la adquisición del vehículo para el CLIENTE INCIADOR dentro del plazo de tres días hábiles una vez completado la matriz, lo cual acreditará al cliente con el pago correspondiente. M A T R I Z C O M P L E T A D A Una vez completado la matriz financiera con los treinta y un clientes (el cliente iniciador del ciclo, dos clientes del nivel uno, cuatro clientes del nivel dos, ocho clientes del nivel tres y dieciséis clientes del nivel cuatro), el cliente iniciador de la matriz lo comunicará al prestador para que, dentro del plazo de tres días hábiles, proceda a realizar la adquisición de contado del vehículo pactado, el cual será facturado por la agencia asignada y a nombre del cliente iniciador de la matriz. En el entendido de que el vehículo para el comprador inicial será adquirido con las aportaciones de los 16 clientes del cuarto nivel, que suman un fondo para adquisición de vehículo y pago al prestador por $216,000 DOS CIENTOS DIECISEIS MIL PESOS moneda nacional, que serán destinados a la adquisición de la unidad vehicular, según cotización informando características e información necesaria para su compra. I N C U M P L I M I E N T O P O R C L I E N T E I N I C I A D O R I. EL CLIENTE INICIADOR de la matriz financiera, sabedor del funcionamiento, viabilidad y operatividad del ciclo financiero que contrata, siendo de su estricta responsabilidad, junto con sus invitados directos e indirectos, de que la matriz iniciada por él se complete en todas sus etapas y niveles, para estar en condiciones de que el prestador cuente con los recursos económicos, provenientes de los clientes por él invitados, y proceda a la compra del vehículo pactado, por lo que no será responsabilidad del prestador, en el caso de que la matriz no se cumpla, por incumplimiento del cliente iniciador o sus invitados directos o indirectos. Toda vez que la matriz financiera, iniciada por el cliente, requiere de que se complete cabalmente en sus etapas y niveles, en el caso de que no se complete conforme a dicho contrato y sea interrumpido dicho matriz financiera, dará lugar a las consecuencias siguientes: A) LA NO COMPRA DEL VEHÍCULO CUYA ADQUISICIÓN ES EL OBJETO DEL CONTRATO.
6 B) LA PÉRDIDA DE LA APORTACIÓN REALIZADA POR EL CLIENTE INICIADOR DE LA MATRIZ EN FAVOR DEL PRESTADOR, COMO PENA CONVENCIONAL POR EL INCUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES. C) LA TERMINACIÓN TOTAL DE LOS EFECTOS DE ESTE CONTRATO, SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA EL PRESTADOR, RENUNCIANDO, DESDE ESTE MOMENTO A CLIENTE, A RECLAMAR DAÑOS Y PERJUICIOS O CUALESQUIERA OTRA CANONJÍA O BENEFICIO EN SU FAVOR, EN RELACIÓN O DERIVADO CON ESTE CONTRATO. E N T R E G A D E L V E H Í C U L O I. El vehículo a adquirir para el cliente iniciador, una vez que haya completado su matriz, será el vehículo señalado por el CLIENTE INICIADOR según cotización previa, con un valor de hasta $216,000 DOSCIENTOS DIECISEIS MIL PESOS moneda nacional por posición contratada. I IV. Si entre el tiempo de inicio y final de matriz, el vehículo acordado incrementa su precio, el cliente podrá elegir otro vehículo diferente siempre y cuando el precio sea igual al pactado, o pagar la diferencia a la agencia dentro del plazo de tres días hábiles una vez completado el ciclo. En el supuesto de que el cliente quiera modificar el modelo del auto a comprar, siempre y cuando éste no se haya comprado, deberá elegir otro de precio igual al pactado. En caso de fallecimiento del cliente, su lugar será asumido por quien haya sido designado como su beneficiario, por lo que será bajo sú estricta responsabilidad tal designación y el beneficiario deberá suscribir el presente contrato, aceptando tal designación y como adherente en los efectos legales de este contrato, por cuanto responsabilidades, derechos y obligaciones asumidas por el cliente iniciador corresponda. V. La empresa se reserva el derecho de aceptar las solicitudes de los clientes. VI. V En el supuesto de que un CLIENTE INICIADOR adquiera dos o más posiciones en la matriz, la unidad vehicular será adquirida una vez que haya completado todos sus ciclos financieros. EL PRESTADOR NO ES RESPONSABLE respecto del plazo, días en que la agencia automotriz asignada por el CLIENTE INICIADOR tarde en entregar el vehículo al cliente
7 VI IX. Será la agencia automotriz quien expida la factura correspondiente a nombre del cliente. El cliente se obliga a recibir el vehículo. Todo cliente que haya adquirido un vehículo mediante este procedimiento, no podrá realizar otra solicitud o contratación sino hasta transcurridos ocho meses contados a partir de la fecha en que el vehículo le haya sido entregado. X. El presente contrato cesará sus efectos una vez realizada la entrega del vehículo al cliente iniciador de la matriz. EL PRESTADOR no es responsable por vicios ocultos o defectos de fabricación de la unidad vehicular ya que ello corresponde a la agencia y/o armadora vehicular conforme a las garantías correspondientes. Igualmente, los pagos correspondientes a placas de circulación y tenencia vehicular corren por cuenta del cliente. XI. EL PRESTADOR avisa al cliente que la adjudicación del vehículo incide sobre su situación fiscal ante el SAT, la cual puede variar de persona a persona, por lo que deberá consultar a su asesor contable y/o fiscal. Leído que fue el presente contrato en todos sus apartados y contenido, estando plenamente enterados, sin existir, dolo, error o vicio alguno en el consentimiento, siendo su objeto legal, las partes lo ratifican y firman en la ciudad de Morelia, Michoacán, siendo XX de XXXXXXX de 2015, firmando para constancia ante la presencia de los testigos XXXXXXXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXXXXXXXX, que dan fe. NOMBRE CLIENTE INICIADOR FIRMA DEL CLIENTE XXXXXXXXXXXXX, S. DE R.L. DE C.V. FIRMA DEL PRESTADOR XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX TESTIGO XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
$52,591.00 CON I.V.A.
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DENOMINACIÓN: "PAGO POR SERVICIO DE ALIMENTOS PARA CENA DE FIESTAS PATRIAS DEL DIA 15 DE SEPTIEMBRE DE 2013" No. DE EXPEDIENTE: UBICACIÓN: MUNICIPIO DE ATLIXCO MONTO:
Más detallesDirección de Administración
CONTRATO DE ADJUDICACION DIRECTA POR EXCEPCION DE LEY NO AD/COBAEV/02/12 RELATIVO A SERVICIOS DE HOSPEDAJE Y ALIMENTACIÓN PARA LOS PROFESORES ASISTENTES A LAS ACADEMIAS ESTATALES DE DOCENTES 2012, QUE
Más detallesDECLARACIONES: PRIMERA.- Declara LA UNISON :
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD DE SONORA, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARA COMO LA UNISON,
Más detallesPARA SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL
CONTRATO DE COMPRA- VENTA DENOMINACIÓN: ADQUISICION DE VEHICULOS PARA SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL No. de Contrato: UBICACIÓN: MUNICIPIO DE ATLIXCO MONTO: $ 1,255,000.00 CON I.V.A FONDO: SUBSEMUN 2013 EMPRESA:
Más detalles$292,320.00 CON I.V.A.
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DENOMINACIÓN: RENTA DE MOBILIARIO Y EQUIPO PARA EVENTO DE TOMA DE PROTESTA No. DE EXPEDIENTE: UBICACIÓN: MUNICIPIO DE ATLIXCO MONTO: $292,320.00 CON I.V.A. FONDO: RECURSOS PROPIOS
Más detalles"COMPRA DE REFACCIONES PARA BUSTER V, SIERRA CORTADORA DE PECHO DE RES PARA RASTRO MUNICIPAL"
CONTRATO DE COMPRA- VENTA DENOMINACIÓN: "COMPRA DE REFACCIONES PARA BUSTER V, SIERRA CORTADORA DE PECHO DE RES PARA RASTRO MUNICIPAL" No. DE ADQUISICION: UBICACIÓN: MUNICIPIO DE ATLIXCO MONTO: $ 52,035.16
Más detallesCULTURAL Y DEPORTIVO DE LOS COLEGIOS DE BACHILLERES ZONA SUR SURESTE, A CELEBRARSE EN LA CIUDAD DE ACAPULCO, GUERRERO, DECLARACIONES
CONTRATO POR ADJUDICACIÓN DIRECTA NO. AD/COBAEV/14/12 RELATIVA A LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE HOSPEDAJE Y ALIMENTACIÓN PARA ALUMNOS, DOCENTES Y ADMINSTRATIVOS ASISTENTES AL XXI ENCUENTRO ACADÉMICO,
Más detallesCONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ORGANISMO CERTIFICADOR DENOMINADO BAS INTERNATIONAL CERTIFICATION CO., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ BASICCO,
Más detallesEl número asignado a un Socio de Club Interjet es único, individual y no transferible.
Términos y Condiciones El presente instrumento contiene los términos y condiciones generales de aceptación por parte de los interesados, a los que se sujeta el Programa Club Interjet (en lo sucesivo el
Más detallesD E C L A R A C I O N E S. 1ª.- Ser una sociedad legalmente constituida bajo las Leyes de la República Mexicana.
CONTRATO PRIVADO DE PRESTACION DE SERVICIO DE REPARACION Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SOCIEDAD SUPERAUTOS UNIVERSIDAD, S.A. DE C.V., A TRAVES DE SU APODERADO LEGAL,
Más detallesREGLAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO FILIALES
REGLAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO FILIALES Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Más detallesA N T E C E D E N T E S
CONTRATO DE COMPRAVENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE XALAPA. REPRESENTADA POR EL ING. BENJAMÍN LOBATO CARRANZA, DIRECTOR GENERAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA
Más detallesD E C L A R A C I O N E S. 1. El INSTITUTO DE INVESTIGACIONES ELÉCTRICAS (IIE) por conducto de su representante declara que:
CONVENIO DE COLABORACIÓN CON EMPRESA DE BASE TECNOLÓGICA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES ELÉCTRICAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ EL INSTITUTO", REPRESENTADO EN ESTE
Más detallesD E C L A R A C I O N E S :
EN ZAPOPAN, JALISCO A 20 DE MARZO DEL AÑO 2014, COMPARECE POR UNA PARTE EL C. XXXXXXXXXXXXXXXX, MEXICANO, MAYOR DE EDAD, QUIEN MANIFIESTA SER ADMINISTRADOR GENERAL ÚNICO DE LA EMPRESA DENOMINADA XXXXXXXXXXXXXXXXXX,
Más detallesContrato Marco para Factoring Electrónico - Proveedor
Contrato Marco para Factoring Electrónico - Proveedor Conste por el presente documento el Contrato Marco para realizar operaciones de Factoring Electrónico que suscriben de una parte, BANCO INTERNACIONAL
Más detallesINSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR
No. LS-104S80807-002-13 CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE XALAPA. REPRESENTADA POR EL MTRO. MIGUEL MARTINEZ POCEROS, DIRECTOR GENERAL, A
Más detalles1. Quién financia el préstamo, quien es la entidad prestataria?
LA FINANCIACION 1. Quién financia el préstamo, quien es la entidad prestataria? En esta línea financiera, la entidad prestataria es directamente Sodecan. El contrato de préstamo se formaliza exclusivamente
Más detallesCONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL U OFICINA
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL U OFICINA CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU APODERADO LEGAL EN LO SUCESIVO EL ARRENDADOR Y POR LA OTRA,,
Más detallesLEY Nro. 16.906 DE 07/01/98 DE PROMOCION DE INVERSIONES INSTRUCTIVO PARA EL FORMULARIO DE INFORMACIÓN PARA EL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY
LEY Nro. 16.906 DE 07/01/98 DE PROMOCION DE INVERSIONES INSTRUCTIVO PARA EL FORMULARIO DE INFORMACIÓN PARA EL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY El Formulario será remitido electrónicamente a la dirección abajo
Más detallesA N T E C E D E N T E S
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONTRATO MARCO PARA LA ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE SOFTWARE DE DIVERSAS FUNCIONALIDADES Y LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE IMPLEMENTACIÓN Y DE SOPORTE TÉCNICO RELACIONADOS CON LAS
Más detallesREGLAS A QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE AHORRO Y PRÉSTAMO EN LA REALIZACIÓN DE SUS OPERACIONES
TEXTO COMPILADO de las Reglas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 1º de septiembre de 1992, su modificación dada a conocer el 18 de diciembre de 1992 en el referido Diario Oficial y su
Más detallesLIC. CARLOS ACEVES AMEZCUA
CONTRATO DE ADJUDICACION DIRECTA POR EXCEPCION DE LEY No AD/COBAEV/01/14 RELATIVO A LA ADQUISICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA DE LOS TRABAJADORES DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE VERACRUZ A QUIEN
Más detallesPOLITICAS Y PROCEDIMIENTOS
1. GENERALIDADES. POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS a) Para formar parte del sistema denominado PLAN DE REFERIDOS el Distribuidor Independiente Afiliado DIA deberá aceptar los procedimientos, políticas, términos,
Más detallesSeguro Colectivo de Gastos Funerarios Condiciones Generales
Seguro Colectivo de Gastos Funerarios Condiciones Generales Zurich Vida Compañía de Seguros, SA Objeto La compañía se obliga a pagar los gastos por Servicios Funerarios hasta la suma asegurada contratada
Más detallesUsos de la Firma Electrónica en México
Usos de la Firma Electrónica en México A pesar de que la firma electrónica es relativamente nueva y su regulación aun no es la adecuada en nuestro país existen varias formas de usarla. En el artículo 17D
Más detallesLey 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre) TÍTULO IX REGÍMENES ESPECIALES
Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre) Artículo 140.- Concepto de oro de inversión. TÍTULO IX REGÍMENES ESPECIALES CAPITULO V RÉGIMEN ESPECIAL DEL
Más detallesEL COLEGIO DE VERACRUZ
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE LIMPIEZA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL COLEGIO DE VERACRUZ, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. LIC. IGNACIO GONZÁLEZ REBOLLEDO, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL,
Más detallesCONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR ENTRE PERSONAS FÍSICAS
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR ENTRE PERSONAS FÍSICAS En el municipio/delegación/ciudad de, el día de del año comparecen a celebrar contrato de arrendamiento de vehículo automotor, por
Más detallesAviso de Privacidad. Aviso de Privacidad de GRUPO EMPRESARIAL DASCLEAN DE MEXICO, S.A. DE C.V.
Aviso de Privacidad Aviso de Privacidad de GRUPO EMPRESARIAL DASCLEAN DE MEXICO, S.A. DE C.V. Estimado Cliente: Conforme a lo previsto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de
Más detalles$12,600.00 CON I.V.A. FONDO: FORTAMUN Y HABITAT 2013 C. JAVIER MERINO ESTRADA
CONTRATO DE COMPRA -VENTA DENOMINACIÓN: ESTIMULO A PROMOTORES COMUNITARIOS (MATERIAL DE APOYO) No. de Adquisición: No. de Hábitat: UBICACIÓN: 2010191DS011 COL. RICARDO FLORES MAGON Y SAN JERONIMO COYULA
Más detallesSe deroga la regla I.2.7.1.12., que establecía la Identificación de forma de pago en el CFDI.
Asunto: Se eliminan requisitos fiscales para los comprobantes fiscales digitales a través de la emisión de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012. Estimados
Más detallesCONTRATO DE COMPRAVENTA BIENES MUEBLES
CONTRATO DE COMPRAVENTA BIENES MUEBLES En,, el día de del año, comparecen a celebrar contrato de compraventa por una parte el (la) a quien en lo sucesivo se le denominará como LA VENDEDORA, por otra parte
Más detallesACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE Y LARES - FEDERACIÓN DE RESIDENCIAS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A LOS MAYORES -SECTOR SOLIDARIO-.
ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE. Y LARES - FEDERACIÓN DE RESIDENCIAS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A LOS MAYORES -SECTOR SOLIDARIO-. En Madrid, a.. de de REUNIDOS De una parte, D., con D.N.I. nº:, que actúa como
Más detallesDECLARACIONES I. DECLARA LAS PARTES DE COMÚN ACUERDO QUE: a) Ambos señalan como su domicilio el ubicado en. DEFINICIONES
CONTRATO DE COTITULARIDAD Y REGLAS DE USO DE MARCAS CONTRATO DE COTITULARIDAD Y REGLAS DE USO DE MARCA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE SUJETO A A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COTITULAR 1, Y POR LA
Más detallesCARÁTULA DEL CONTRATO DE SUMINISTRO Y ADMINISTRACIÓN DE COMBUSTIBLE
CARÁTULA DEL CONTRATO DE SUMINISTRO Y ADMINISTRACIÓN DE COMBUSTIBLE No. DE CLIENTE Requisitado por SIA FECHA DE LLENADO PROMOTOR RESPONSABLE Requisitado por SIA DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE ANEXAR (Copia
Más detallesCONTRATO MARCO PARA EL OTORGAMIENTO DE CARTAS FIANZAS
CONTRATO MARCO PARA EL OTORGAMIENTO DE CARTAS FIANZAS Conste que el presente documento privado denominado Contrato Marco para el Otorgamiento de Cartas Fianzas (EL CONTRATO) que celebran, de una parte
Más detalles[Preámbulo] CAPÍTULO I Disposiciones generales
BORRADOR DE PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY 20/2005, DE 14 DE NOVIEMBRE DE 2005, SOBRE LA CREACIÓN DEL REGISTRO DE CONTRATOS DE SEGUROS DE COBERTURA DE FALLECIMIENTO [Preámbulo]
Más detallesANEXO NÚMERO 5 D E C L A R A C I O N E S
ANEXO NÚMERO 5 CONTRATO DE DONACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE. REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EN SU CARÁCTER DE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA DONANTE Y POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE
Más detallesRESPONSABILIDAD LIMITADA
UACJ/AG/CV-XX/2013 CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ, REPRESENTADA POR EL MAESTRO RENÉ JAVIER SOTO CAVAZOS, EN SU CARÁCTER DE ABOGADO
Más detallesAVISO DE PRIVACIDAD A. INFORMACION A RECABAR.
AVISO DE PRIVACIDAD En cumplimiento a lo previsto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (en lo sucesivo la LEY ) y en particular, con lo establecido en sus Artículos
Más detallesLEY DE SOCIEDAD DE CONVIVENCIA PARA EL DISTRITO FEDERAL
LEY DE SOCIEDAD DE CONVIVENCIA PARA EL DISTRITO FEDERAL (Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 16 de noviembre de 2006) (Al margen superior izquierdo dos escudos que dicen: GOBIERNO DEL
Más detallesMEMORANDO. Referencia: Resolución UIF N 202/2015 sobre seguros, derogatoria de la Resolución UIF N 230/2011.
MEMORANDO Destinatario: Exclusivo para clientes de Marteau. Abogados / Attorneys-at-Law. Responsable: MARTEAU. Abogados / Attorneys-at-Law. Lugar y fecha: Buenos Aires, 26 de junio de 2015. Referencia:
Más detallesFONDO DE PENSIONES VOLUNTARIAS PORVENIR ALTERNATIVA ESPECIAL ACCIONES CEMENTOS ARGOS
La Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., en adelante PORVENIR, pone a disposición de sus afiliados al Fondo de Pensiones Voluntarias Porvenir, En adelante el FONDO,
Más detallesBASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE UN SERVICIO DE CONSTITUCION GRATUITO DE SOCIEDADES MERCANTILES
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE UN SERVICIO DE CONSTITUCION GRATUITO DE SOCIEDADES MERCANTILES PROGRAMA DE CREACIÓN DE EMPRESAS 1. Antecedentes 2. Objeto 3. Beneficiarios 4. Requisitos para la obtención
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEUDORES
PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEUDORES CONDICIONES GENERALES EQUIVIDA Compañía de Seguros y Reaseguros S. A. En adelante denominada la Compañía y el Contratante celebran este contrato por un (1) año,
Más detallesDECLARACIONES. QUE SU REPRESENTADA ES PROPIETARIA DE LAS FOTOCOPIADORAS QUE A CONTINUACiÓN SE DESCRIBEN:
- -.- '~I CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE FOTOCOPIADORAS QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, J. R. INTERCONTROL, S.A. DE C.V. A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL, C. LUIS MARIANO ESPINOSA GUERRERO, A QUIEN EN LO
Más detallesEL COLEGIO DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO
EL COLEGIO DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO CAPÍTULO I Disposiciones generales ARTICULO 1. El presente Reglamento establece las bases, procedimientos y requisitos para el otorgamiento
Más detallesESTATUTOS FUNDACION INSTITUTO DE CIENCIA POLÍTICA HERNAN ECHAVARRIA OLOZAGA
ESTATUTOS FUNDACION INSTITUTO DE CIENCIA POLÍTICA HERNAN ECHAVARRIA OLOZAGA BOGOTA COLOMBIA Capítulo I NOMBRE, NATURALEZA Y DOMICILIO ARTICULO 1º. La FUNDACIÓN INSTITUTO DE CIENCIA POLÍTICA Hernán Echavarría
Más detallesCONTRATO DE SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET Y ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS
CONTRATO DE SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET Y ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS Conste por el presente documento el Contrato de Servicios de Acceso a Internet y Arrendamiento de Equipos que celebran de una parte,
Más detallesLEY DE SOCIEDAD DE CONVIVENCIA PARA EL DISTRITO FEDERAL.
LEY DE SOCIEDAD DE CONVIVENCIA PARA EL DISTRITO FEDERAL. PREAMBULO (Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 16 de noviembre de 2006) (Al margen superior izquierdo dos escudos que dicen:
Más detallesMinisterio de Hacienda y Crédito Público. Decreto Número de 2007 ( ) Por el cual se dictan disposiciones sobre los depósitos centralizados de valores
República de Colombia Ministerio de Hacienda y Crédito Público Decreto Número de 2007 ( ) Por el cual se dictan disposiciones sobre los depósitos centralizados de valores EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Más detallesESTE AVISO APARECE ÚNICAMENTE CON FINES INFORMATIVOS, YA QUE LA TOTALIDAD DE LOS VALORES HAN SIDO COLOCADOS BBVA BANCOMER, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER OFERTA PÚBLICA
Más detallesCapítulo 14. Solución de Controversias. la otra Parte ha incumplido de otra forma sus obligaciones bajo este Acuerdo.
Artículo 14.1: Ámbito de aplicación Capítulo 14 Solución de Controversias Salvo que se disponga otra cosa en este Acuerdo, las disposiciones relativas a solución de controversias de este Capítulo se aplicarán
Más detallesNORMATIVA APLICABLE A DETERMINADAS SOCIEDADES MERCANTILES, ENTIDADES Y ENTES PÚBLICOS, FUNDACIONES Y CONSORCIOS
NORMATIVA APLICABLE A DETERMINADAS SOCIEDADES MERCANTILES, ENTIDADES Y ENTES PÚBLICOS, FUNDACIONES Y CONSORCIOS Decreto 13/2007, de 14 de febrero, por el que se establece la documentación que determinadas
Más detallesCONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DENOMINACIÓN: PROGRAMA INTEGRAL DE PREVENCION DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DENOMINACIÓN: PROGRAMA INTEGRAL DE PREVENCION DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES No. DE EXPEDIENTE: UBICACIÓN: MUNICIPIO DE ATLIXCO MONTO: $ 488,000.00 FONDO: SUBSEMUN
Más detallesReglaméntase el art. 47 de la Ley 19.210, que crea el Programa de Ahorro
Progama de Ahorro Joven para Vivienda Decreto 257/014 Reglaméntase el art. 47 de la Ley 19.210, que crea el Programa de Ahorro Joven para Vivienda. (1.469*R) MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS MINISTERIO
Más detalles3. Objetivo del Programa de Incorporación de talentos con grado de maestría y doctorado
Este documento complementa la información descrita en la Convocatoria del Programa de incorporación de talentos con grado de maestría y doctorado (PROTALENTO) Jalisco 2015 publicada el 12 de agosto de
Más detallesANTECEDENTES DECLARACIONES
CONTRATO POR ADJUDICACION DIRECTA NO. AD/COBAEV/010/09 RELATIVO A LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE HOSPEDAJE Y ALIMENTACION PARA LOS INGENIEROS EN SISTEMAS ASISTENTES AL CONGRESO DE INGENIEROS PARA LA CAPACITACION
Más detallesESPECIAL HIPOTECARIO EXPEDIENTE NÚMERO 226/2013
ESPECIAL HIPOTECARIO EXPEDIENTE NÚMERO 226/2013 SENTENCIA DEFINITIVA- - - - Actopan, Estado de Hidalgo a 23 veintitrés de abril de 2013 dos mil trece. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Más detallesPROYECTO DE ESCISIÓN ENTRE NEGOCIOS E INMUEBLES S.A. E INVERSIONES FINANCIERAS DEL PERÚ S.A.
PROYECTO DE ESCISIÓN ENTRE NEGOCIOS E INMUEBLES S.A. E INVERSIONES FINANCIERAS DEL PERÚ S.A. I. INTRODUCCIÓN: El presente Proyecto de Escisión ha sido elaborado en forma conjunta por las administraciones
Más detallesCONVENIO SOBRE OTORGAMIENTO DE GARANTIA BANCARIA
CONVENIO SOBRE OTORGAMIENTO DE GARANTIA BANCARIA Conste el presente documento, un Convenio para emisión de Garantía Bancaria, contenido al tenor de las siguientes cláusulas y estipulaciones: PRIMERA: COMPARECIENTES.-
Más detallesClasificación y valor
Clasificación y valor CAPÍTULO 6 1 6.1 Clasificación L a clasificación arancelaria consiste en la ubicación de una determinada mercancía en la fracción que le corresponde dentro de la Tarifa de los Impuestos
Más detallesESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN
ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO. Artículo 1. Con la denominación de Conferencia
Más detallesBANCO DE LA REPUBLICA Hoja 50-1 MANUAL DE FIDUCIARIA Y VALORES CIRCULAR REGLAMENTARIA DFV-51 DEL 30 DE ABRIL DE 1997
BANCO DE LA REPUBLICA Hoja 50-1 1. ANTECEDENTES La Ley 345 del 27 de diciembre de 1996, autorizó al Gobierno Nacional para emitir títulos de deuda interna denominados Bonos para la Seguridad, hasta por
Más detallesAviso de Privacidad Integral. Seguros - Beneficios
Aviso de Privacidad Integral Seguros - Beneficios En cumplimiento con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), ponemos a su disposición nuestro aviso
Más detallesXIII Concurso Internacional de Arbitraje Comercial B A S E S
XIII Concurso Internacional de Arbitraje Comercial B A S E S 1. La inscripción en el Concurso Internacional de Arbitraje Comercial (en lo sucesivo Concurso o Moot México ) supone la aceptación por los
Más detallesAviso de Privacidad para Proveedores y/o Clientes Personas Físicas
Aviso de Privacidad para Proveedores y/o Clientes Personas Físicas 1. Identidad y domicilio del responsable. Inmobiliaria GILSA, S.A., (en adelante GILSA) con domicilio en Poniente 140 número 805, Col.
Más detallesDECLARACIONES contratar HSI090804GZ1
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE ADMINISTRACION CONDOMINAL QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA EMPRESA DENOMINADA HIDSA SERVICIOS INTELIGENTES ADMINISTRATIVOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
Más detallesLINEAMIENTOS DEL PROGRAMA DE PROFESORES-INVESTIGADORES Y ESTUDIANTES HUÉSPEDES
LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA DE PROFESORES-INVESTIGADORES Y ESTUDIANTES HUÉSPEDES Con fundamento en el artículo 67 y quinto transitorio del Estatuto del Personal Académico del Centro de Investigaciones y
Más detallesAviso de Privacidad para Proveedores y/o Clientes Personas Físicas
Aviso de Privacidad para Proveedores y/o Clientes Personas Físicas 1. Identidad y domicilio del responsable. Molinos Bunge de México, S.A. de C.V. (en adelante MOLINOS BUNGE DE MÉXICO) con domicilio en
Más detallesEste Anexo IV forma parte del Contrato Marco Multiservicios ( Contrato") suscrito entre I-MED S.A. y el Prestador.
ANEXO IV DESCRIPCIÓN Y PRECIO DEL SERVICIO DE CUENTA MÉDICA ELECTRÓNICA Este Anexo IV forma parte del Contrato Marco Multiservicios ( Contrato") suscrito entre I-MED S.A. y el Prestador. I. DEFINICIONES.
Más detallesPROMOCIONES Y OFERTAS
Términos y condiciones Bienvenido al sitio web www.totu.com.mx, el cual te ofrece acceso al sitio web y te venden productos bajo los términos y condiciones establecidos en la misma, te pedimos que leas
Más detallesREGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN EXPO CONSTRUCCIÓN DOS MIL CATORCE DE BANCO GENERAL (COSTA RICA) S.A. REQUISITOS Y CONDICIONES.
REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN EXPO CONSTRUCCIÓN DOS MIL CATORCE DE BANCO GENERAL (COSTA RICA) S.A. REQUISITOS Y CONDICIONES. A. SOBRE LA PROMOCIÓN Y SUS DISPOSICIONES GENERALES: 1.- La promoción, al igual
Más detallesAVISO DE PRIVACIDAD. I.- Identificación del responsable y tratamiento de sus datos personales.
AVISO DE PRIVACIDAD CINE EN FAMILIA S.A. DE C.V., cuyo nombre comercial es RANCHO EL PARAÍSO, en cumplimiento con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, emite
Más detallesCONTRATO ESTATAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE APOYO LOGÍSTICO Nº MMO-CD-PS- AG- 10-2013
CONTRATO ESTATAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE APOYO LOGÍSTICO Nº MMO-CD-PS- AG- 10-2013 OBJETO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO LOGISTIVO PARA LLEVAR A CABO LA REALIZACION DE LA SEMANA DE LA JUVENTUD
Más detallesLos datos personales que recaba PSI son o serán utilizados en la medida en la Ley lo permita para llevar a cabo lo siguiente:
AVISO DE PRIVACIDAD DE DATOS PERSONALES RESPONSABLE DE LOS DATOS PERSONALES. PROVEEDORA DE SERVICIOS INTERNACIONAL, S. DE R.L. DE C.V. (en adelante "PSI") con domicilio Calle de Manuel Nicolás Corpancho
Más detallesAVISO DE PRIVACIDAD RESPONSABLE DE LA PROTECCIÓN DE SUS DATOS PERSONALES
AVISO DE PRIVACIDAD RESPONSABLE DE LA PROTECCIÓN DE SUS DATOS PERSONALES En cumplimiento a lo previsto por los artículos 15, 16 y 17 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares,
Más detallesCONTRATO DE SERVICIOS PARA LA CERTIFICACIÓN Y REGISTRO
Código: CAC-R02.01 Fecha - de 1 - Emisión: Marzo del 2013 Página: Página 1 Revisó: Coordinador de Gestión de Aprobó: Gerente CAC-R02.01/REV.10 Declara COSAFI Que es una empresa constituida como Sociedad
Más detallesCONTRATO SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO MUTUO BBVA GARANTIZADO OPORTUNIDAD CHINA
Folio No.: Fecha: / / Hora Código Agencia Código Sucursal Código Agente Estado CONTRATO SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO MUTUO BBVA GARANTIZADO OPORTUNIDAD CHINA Antecedentes de la Sociedad Administradora:
Más detallesESTATUTOS FONDO PARA ATENCIONES SOCIALES FUNDACIÓN CAPITULO I INSTITUCION
ESTATUTOS FONDO PARA ATENCIONES SOCIALES FUNDACIÓN Artículo 1º.- CAPITULO I INSTITUCION Fondo para Atenciones Sociales Fundación es una institución cultural, privada, de interés general y sin ánimo de
Más detallesZUGASTI ABOGADOS. www.zugasti-abogados.com
ASUNTO: DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO DEL EJERCICIO 2013 Les recordamos que el plazo máximo de presentación del Modelo 720 de declaración informativa sobre bienes
Más detallesREGLAMENTO DE LAS APORTACIONES Y DONACIONES DE PARTICULARES PARA FINES ESPECÍFICOS DEL MUNICIPIO DE GUADALAJARA
REGLAMENTO DE LAS APORTACIONES Y DONACIONES DE PARTICULARES PARA FINES ESPECÍFICOS DEL MUNICIPIO DE GUADALAJARA EMILIO GONZÁLEZ MÁRQUEZ, Presidente del Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, en cumplimiento
Más detallesTestimonio de la Escritura Pública de Constitución de Sociedad en Nombre Colectivo
0 N CATORCE. LIBRO: CINCO. Testimonio de la Escritura Pública de Constitución de Sociedad en Nombre Colectivo OTORGADA POR: SEÑORES: SOCIO I Y SOCIO II A FAVOR DE: ELLOS MISMOS EN LOS OFICIOS DE: ABOGADO
Más detallesAviso de Privacidad. Los datos personales especificados en la sección anterior serán utilizados para las siguientes finalidades:
Aviso de Privacidad Al visitar y/o usar y/o registrarse usted acepta de manera expresa el tratamiento de los datos personales que sean recabados a través del sitio web WWW.COLOREDPANDA.MX de acuerdo con
Más detallesReal e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza
Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza REAL DECRETO 1906/1999, de 17 de diciembre de 1999, por el que se regula la contratación telefónica o electrónica con condiciones generales en desarrollo
Más detallesContrato privado de compraventa
Contrato privado de compraventa En a de de 200_ REUNIDOS De una parte, como parte vendedora por representación: DON, mayor de edad, estado civil casado, vecino de, con domicilio a efectos de notificaciones
Más detallesESTE AVISO APARECE ÚNICAMENTE CON FINES INFORMATIVOS, YA QUE LA TOTALIDAD DE LOS VALORES HAN SIDO COLOCADOS BBVA Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer OFERTA PÚBLICA
Más detallesREGLAMENTO DE LA COMISION DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A.
REGLAMENTO DE LA COMISION DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A. REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A.
Más detallesINSTRUCTIVO DE GARANTíAS DE LA BOLSA DE PRODUCTOS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.
INSTRUCTIVO DE GARANTíAS DE LA BOLSA DE PRODUCTOS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V. CAPíTULO I DISPOSICIONES GENERALES OBJETIVO Art. 1. El presente instructivo tiene por objetivo regular los tipos de garantías
Más detallesModelo de Estatutos para candidaturas independiente al cargo de Presidente Municipal y Síndico FCI/IMPEPAC/04/EA
MODELO DE ESTATUTOS PARA CANDIDATURAS INDEPENDIENTE AL CARGO DE PRESIDENTE MUNICIPAL Y SÍNDICO FCI/IMPEPAC/04/EA OBSERVACIONES GENERALES.- Modelo de Estatutos para candidaturas independiente al cargo de
Más detallesANUNCIO. Aprobadas por resolución Alcaldía día 31 de julio de 2015.
ANUNCIO Aprobadas por resolución Alcaldía día 31 de julio de 2015. BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A APOYAR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES
Más detallesCOMO CONSTITUIR UNA ORGANIZACION CIVIL
COMISION DE RELACIONES EXTERIORES, ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES INTERNACIONALES COMO CONSTITUIR UNA ORGANIZACION CIVIL I. PASO PREVIO a) Disponer de Acta de Asamblea Constitutiva de la Asociación,
Más detallesAVISO DE PRIVACIDAD DE ÁCIDO DE MÉXICO S.A. DE C.V.
AVISO DE PRIVACIDAD DE ÁCIDO DE MÉXICO S.A. DE C.V. Con el fin de dar cumplimiento al artículo 17 de la Ley Federal de Protección de datos Personales en Posesión de los Particulares, y consientes de la
Más detallesSegunda Licitación, Nacional e Internacional, para la venta de los Activos que conforman el fondo de comercio de ASTER COMUNICACIONES, S. A.
Segunda Licitación, Nacional e Internacional, para la venta de los Activos que conforman el fondo de comercio de ASTER COMUNICACIONES, S. A. DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN DE LOS LICITANTES ELEGIDOS, CARTA
Más detallesSOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE
SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE SEGÚN EL CÓDIGO DE COMERCIO, DECRETO NÚMERO 2-70 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA ARTÍCULO 68. SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE. Sociedad en comandita simple, es la compuesta
Más detallesInstituto Electoral del Estado de Guanajuato
Instituto Electoral del Estado de Guanajuato Modelo único de estatutos que deberán seguir los ciudadanos que pretendan postularse como candidatos independientes a un cargo de elección popular, al crear
Más detallesCONDICIONES GENERALES DE COMPRA METALÚRGICA LAZCANO S.A. DE C.V.
CONDICIONES GENERALES DE COMPRA METALÚRGICA LAZCANO S.A. DE C.V. 1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN 1.1) Las presentes Condiciones Generales de Compra (en adelante CGC), regirán las relaciones contractuales
Más detallesAviso de Privacidad de Horizonte Arquitectos de México, S.C..
Aviso de Privacidad de Horizonte Arquitectos de México, S.C.. Estimado Cliente o Usuario: Conforme a lo previsto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (la
Más detallesCapítulo 14 Solución de Controversias
Artículo 140: Cooperación Capítulo 14 Solución de Controversias Las Partes procurarán en todo momento llegar a un acuerdo sobre la interpretación y aplicación de este Tratado y realizarán todos los esfuerzos,
Más detallesMinuta de Contrato de Fiducia Mercantil irrevocable para la administración y pago de los recursos recibidos a título de Anticipo, celebrado entre y
Cláusula 1 Objeto del Contrato.... 2 Cláusula 2 Definiciones.... 2 Cláusula 3 Partes del Contrato.... 4 Cláusula 4 Conformación del Patrimonio Autónomo.... 4 Cláusula 5 Duración del Contrato.... 4 Cláusula
Más detalles