MODERNIZACIÓN DE ASCENSORES

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1 Oferta Nro. TM-1947-G Contrato Nro / 55 Fecha 26 de Abril de 2012 Cliente TORRE HUMBOLDT Atención LIC. ROSSANA NUZZO Obra TORRE HUMBOLDT URB. PRADOS DEL ESTE, MUNICIPIO BARUTA CARACAS.- Objeto I Suministro de Materiales: 05 ASCENSORES DE USO COMERCIAL ( PASAJEROS) Zona Alta 05 ASCENSORES DE USO COMERCIAL ( PASAJEROS) Zona Baja 01 ASCENSOR DE SERVICIO MODERNIZACIÓN DE ASCENSORES SU PROYECTO ESTA SIENDO ATENDIDO POR EL IN. NELSON RODRIGUEZ TELF.: (0412) QUIEN GUSTOSAMENTE LE DARA CUALQUIER INFORMACION ADICIONAL QUE USTED REQUIERA 1

2 CONTRATO DE VENTA DE EQUIPOS Entre, la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL CENTRO EMPRESARIAL TORRE HUMBOLDT, sociedad mercantil domiciliada en la Torre Humboldt, Avenida Rio Caura, Urbanización Prados del Este, Municipio Autónomo Baruta del Distrito Capital, Caracas, debidamente constituida según se evidencia del Documento de Condominio protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Distrito Sucre del Estado Miranda, bajo el No. 25, tomo 62, en fecha veinte (20) de diciembre de Protocolo Primero; reformado parcialmente según documento protocolizado por ante la misma oficina de Registro Público el día veintiuno (21) de abril de 1.992, bajo el No. 21,Tomo 13, Protocolo Primero y su última modificación en documento inserto en la ya identificada Oficina de Registro Público en fecha veintitrés (23) de enero de 1.996, bajo el No.4, Tomo 9 del Protocolo Primero, e inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el No. J , sociedad que a los efectos del presente contrato se denominará el "COMPRADOR", y que está representada en este acto por los ciudadanos Marilis S. Sánchez O., Vice-Presidente; Luis Rafael García P., Secretario y Ángel Sánchez M., Contador, todos mayores de edad, de nacionalidad venezolana, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad No. V , V y V respectivamente y suficientemente facultados para este acto según se evidencia de Acta de Asamblea Extraordinaria de Propietarios de la Torre Humboldt celebrada con las formalidades del caso en fecha veintiocho de junio de y que damos aquí por reproducida en su totalidad por una parte; y por la otra, ASCENSORES SCHINDLER DE VENEZUELA S.A sociedad mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el día 22 de agosto de 1949, bajo el N 867, Tomo 4-A-Sgdo., teniendo las siguientes modificaciones de su Acta Constitutiva y Estatutos: 1ª.: Modificación: documento registrado por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda el día 21 de agosto de 1968, bajo el N 108, Tomo 42-A, 2ª.: Modificación: documento registrado el día 27 de junio de 1977, bajo el N 45, Tomo 73-A, registrado en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, 3ª.: Modificación: documento registrado el día 28 de noviembre de 1989, bajo el N 15, Tomo 73-A, registrado en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, carácter el nuestro, según consta en Acta de la última Asamblea General Ordinaria de Accionistas celebrada el 23 de junio de 2011, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital, bajo el N 51, Tomo 337-A SDO., el 14 de diciembre de 2011 debidamente representada en este acto por su Gerente General SERGIO ESCALANTE SÁNCHEZ, de nacionalidad española, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N E y por su Director de Finanzas, PASCAL FREI, de nacionalidad Suiza, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Caracas, titular de la cédula de identidad N E , quien de ahora en adelante, y para los efectos de este Contrato se denominará el "VENDEDOR", se ha convenido en celebrar un Contrato de Suministro de Equipos que se regirá por las cláusulas que se señalan a continuación: 2

3 PRIMERA: DEFINICIONES y CARACTERÍSTICAS Equipo(s) : se entenderá, Cinco (05) Ascensores De Uso Comercial (Pasajeros) Zona Alta, Cinco (05) Ascensores De Uso Comercial (Pasajeros) Zona Baja y Un (01) Ascensor de servicio, con las especificaciones técnicas, especificaciones generales y dispositivos descritos en Oferta No. TM E Obra : se entenderá Torre Humboldt, Urb. Prados Del Este, Municipio Baruta Caracas.- Entrega Definitiva : se entenderá cuando el COMPRADOR haya suscrito el Protocolo de Entrega de los Equipos preparado por el VENDEDOR o cuando haya transcurrido el plazo establecido en este contrato. Obligaciones del Comprador : Manual resumen de las normas COVENIN que aplican a la obra civil, Este manual forma parte del contrato y debe estar en la obra a fin de servir de guía para la correcta ejecución de los trabajos preliminares por cuenta del COMPRADOR, enumerados en la cláusula Quinta. Mora en la entrega : si por causas imputables al VENDEDOR, éste tiene un retraso mayor a treinta (30) días continuos en la entrega de los Equipos desde la fecha inicial estipulada para su entrega. 3

4 OBJETO I (05) ASCENSORES DE PASAJEROS ZONA ALTA CARACTERISTICAS DE LOS EQUIPOS A MODERNIZAR Especificación Existente Nuevo Capacidad 1575 kg 1575 kg No. de paradas Recorrido 110 mts 110 mts Velocidad 5.00 m/s 5.00 m/s Tipo de máquina GH 500 FMR 560 Convertidor Corriente Continua Variodyn VF 288 PF1 Control Transi Aconic Mic TX-GC MIC10 Maniobra Quintuplex Variomatic II 5KS Collective - Selective Existente Nuevo Cableado de pozo, sala de máquina, viajero y final de carrera Botonera de cabina M Botonera oculta Botoneras de piso M Z - Line 3 Indicador de posición M flechas-gong Indicador de destino Guayas de tracción 16 mm DRAKO 16 MM Amarres de guayas Sekon Cuña Compensación Polea con mecanismo Polea con mecanismo anti anti rebote rebote Operador de puerta de cabina QKS9 AC DO DSF 9 Puertas de piso QKS9 AC DO DSF 9 (cabeceros completos + quicios) Marcos de puertas Rieles de cabina y contrapeso Suspensión de cabina y guiadores Paracaídas y Amortiguadores Protección de apertura y cierre de puertas Existente / R6 4 Plato suspensión 1:1 y guiadores ELSCO B (revisión y prueba) Modelo antiguo Progard L para DO DSF 9 Estructura de cabina P25 P 25 Decoración de cabina Diseño actual Decoración completa en acero inoxidable + espejo + ventilador Indicación sonora de parada No existente Sintetizador de voz Contrapeso Existente Existente ( Guayas, amarres y rodaderas R3) Limitador de Velocidad GBF Modelo antiguo GB 32 Guaya de limitador 8 mm SEALE 8 mm

5 OBJETO II (05) ASCENSORES DE PASAJEROS ZONA BAJA CARACTERISTICAS DE LOS EQUIPOS A MODERNIZAR Especificación Existente Nuevo Capacidad 1575 kg 1575 kg No. de paradas Recorrido 60 mts 60 mts Velocidad 3.15 m/s 3.15 m/s Tipo de máquina GH 400 PMR 355 Convertidor Corriente Continua Variodyn VF 88 PF1 Control Transi Aconic Mic MX -GC MIC10 Maniobra Quintuplex Variomatic II 5KS Collective - Selective Existente Nuevo Cableado de pozo, sala de máquina, viajero y final de carrera Botonera de cabina M Botonera oculta Botoneras de piso M Z - Line 3 Indicador de posición M flechas-gong Indicador de destino Guayas de tracción 16 mm DRAKO 11 MM Amarres de guayas Sekon Cuña Compensación Polea con mecanismo Polea con mecanismo anti anti rebote rebote Operador de puerta de cabina QKS9 AC DO DSF 9 Puertas de piso QKS9 AC DO DSF 9 (cabeceros completos + quicios) Marcos de puertas Rieles de cabina y contrapeso Suspensión de cabina y guiadores Paracaídas y Amortiguadores Protección de apertura y cierre de puertas 5 Existente / R6 Poleas y Platos susp. 2:1, guiadores ELSCO B (revisión y prueba) Modelo antiguo Progard L para DO DSF 9 Estructura de cabina P25 P 25 Decoración de cabina Diseño actual Decoración completa en acero inoxidable + espejo + ventilador Indicación sonora de parada No existente Sintetizador de voz Contrapeso Existente Existente ( Guayas, amarres y rodaderas R3) Limitador de Velocidad GBF Modelo antiguo GB 32 Guaya de limitador 8 mm SEALE 8 mm

6 ESPECIFICACIONES GENERALES El sistema a implementar Miconic 10, para este proyecto, es el resultado del desarrollo de tecnología a ser aplicadas a edificaciones con una mayor demanda de transporte vertical que a la cantidad de ascensores instalados en ella, y que a su vez estructuralmente no sea posible la instalación de más ascensores, por lo que se recomienda un sistema inteligente integrado a los controles, capaz de evaluar, agrupar y transportar la población con mayor eficiencia, considerando entre otros puntos; el tiempo de llegada a destino, optimizando el servicio, mayor movilización de población. La única solución al problema de transporte se logra mejorando la eficiencia del manejo de pasajeros en el grupo de ascensores con un software totalmente diferente a los sistemas convencionales de ascensores, por esta razón Schindler ha insistido tanto en la necesidad de la aplicación de su sistema inteligente Schindler Miconic 10, el cual incrementa la capacidad de transporte del grupo de 6.8% a 11.5% para el manejo de los habitantes por ejemplo. Este incremento significa un 69% adicional, lo cual significa en términos de eficiencia a tener un ascensor más en el grupo. Cualquier sistema tradicional no va a mejorar la eficiencia de los ascensores, por lo tanto aunque tengan equipos nuevos no solucionarán el problema de manejo eficiente del tráfico vertical en la torre. Con el cambio de máquinas de tracción a VVVF, eliminación de los generadores rotativos, nuevos controles electrónicos Miconic TX y MX con Sistema Inteligente Miconic 10 se obtienen entre otros beneficios; última tecnología desarrollada en transporte vertical, ahorro de energía de 20 a 30% aproximado en comparación con las instalaciones actuales, mejores costos de mantenimiento al eliminar algunos elementos de señalización, mayor eficiencia en el manejo de tráfico, menos generación de calos en sala de máquinas, total vida útil de los nuevos componentes, etc. CABINA Se prevé la instalación de cabina con indicadores y botoneras para operaciones especiales tipo Mic 10. 6

7 Ascensores Schindler de Venezuela S.A. BOTONERA TIPO MICONIC 10 Botoneras Tipo: Miconic 10 En el marco de la cabina se colocará indicador de posición, así como en el interior de la cabina. Identificación por medio de letras en cada ascensor. Miconic TX 7

8 OBJETO III (01) ASCENSOR DE SERVICIO CARACTERISTICAS DEL EQUIPO A MODERNIZAR Especificación Existente Nuevo Capacidad 1575 kg 1575 kg No. de paradas Recorrido 110 mts 110 mts Velocidad 3.15 m/s 3.15 m/s Tipo de máquina GH 400 PMR 355 Convertidor Corriente Continua Variodyn VF 88 PF1 Control Transi Aconic Mic MX Maniobra Simplex Variomatic II 1KS Collective - Selective Existente Nuevo Cableado de pozo, sala de máquina, viajero y final de carrera Botonera de cabina M MX Botoneras de piso M MX Indicador de posición M flechas-gong MX flechas-gong Guayas de tracción 16 mm DRAKO 11 MM Amarres de guayas Sekon Cuña Compensación Operador de puerta de cabina Polea con mecanismo anti rebote 8 Polea con mecanismo anti rebote QKS9 AC DO DSF 9 Puertas de piso QKS9 AC DO DSF 9 (cabeceros completos + quicios) Marcos de puertas Rieles de cabina y contrapeso Suspensión de cabina y guiadores Paracaídas y Amortiguadores Protección de apertura y cierre de puertas Existente / R6 Poleas y Platos susp. 2:1, guiadores ELSCO B (revisión y prueba) Modelo antiguo Progard L para DO DSF 9 Estructura de cabina P25 P 25 Decoración de cabina Diseño actual Decoración completa en acero inoxidable + ventilador Contrapeso Existente Existente ( Guayas, amarres y rodaderas R3) Limitador de Velocidad Modelo antiguo GB 32 Guaya de limitador 8 mm SEALE 8 mm

9 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CONTROL ELECTRONICO MICONIC MX VVVF ASCENSORES ZONA BAJA Y ASCENSOR DE SERVICIO El sistema Miconic MX, sobresaliente en calidad, prestaciones y confianza, puede ser aplicado a grupo de ascensores de hasta 63 paradas. Calidad de funcionamiento excepcional Por medio de tecnología de microprocesadores y estándares de instalación avanzadas, Schindler ha reducido vibración, y ruido lo que mayormente irrita al confort del pasajero a unos niveles imperceptibles. Rápida y eficiente prestaciones. Por primera vez en un sistema de ascensores, el manejo del tráfico está basado en la demanda actual del pasajero y simulación del tráfico futuro. El descentralizado grupo supervisor mira hacia adelante para anticipar necesidades. Sistema de control flexible. Se adapta automáticamente a las necesidades cambiantes del edificio y al mismo edificio. Diseño e instalación de calidad. Con la fabricación sofisticada y los estándares de instalación se mejoran las entregas y reduce la instalación. Extraordinaria fiabilidad. Cada paso del sistema Miconic MX es construido con calidad a través del diseño, fabricación, instalación y mantenimiento. Construido con componentes confiables e intensos procesos de pruebas, para asegurar que cada Miconic MX refleja el estándar de calidad de Schindler. El sistema de control micro electrónico del Miconic MX es extraordinariamente poderoso e inteligente. Puede aplicar hasta seis veces más potencia de computación a las decisiones del control del ascensor que el sistema convencional usando una sola central. Procesos descentralizados. El 100% de la disponibilidad supervisora permanece intacta incluso si se ponen ascensores fuera de servicio. Ilimitado intercambio de datos a alta velocidad entre todos los controles significa que todos los ascensores pueden usar todos los datos en cualquier momento. Mejor flujo de tráfico. Una revolucionaria estrategia de despacho basada en minimizar el tiempo de destino del pasajero. Consistente operación, paradas exactas. El sistema de control superior y el dispositivo de peso llevan a la cabina al nivel con excepcional precisión. Una información digital y exacta de la posición resulta en una precisa y consistente operación 9

10 PICO DE SUBIDA: Miconic MX detecta el incremento del tráfico desde planta baja que marca el inicio de un piso de subida. El control instruye a los carros para que regresen a PB después de atender sus llamadas. PICO DE BAJADA: Una vez que el control Miconic MX detecta el pico de bajada arranca agrupando las llamadas bajando en grupos de dos a cuatro pisos. Un carro asignado a un pico de bajada, recogerá una llamada de grupo, bajará hasta PB, y regresará por otra. Los tiempos de viaje se acortan porque se reducen grandemente el número de llamadas por ciclo. Pasajeros en los pisos bajos se benefician al no tener que esperar largo tiempo debido a la falta de espacio de los carros en descenso. DISTRIBUCIÓN DE LOS CARROS: La rápida respuesta a las llamadas se asegura mediante la distribución de carros libres en zonas de prioridad. En cuanto un carro queda libre se mueve a la zona de más alta prioridad desocupada y se posicionan en el piso más adecuado para recibir la llamada de pasillo. VARIADOR DE FRECUENCIA VARIODYN VF 88 Calidad de funcionamiento excepcional Por medio de tecnología de microprocesadores y estándares de instalación avanzadas, Schindler ha reducido a unos niveles imperceptibles la vibración, y ruido, lo que generalmente irrita al pasajero logrando así proporcionar mayor confort de viaje Consistente operación, paradas exactas. El variador de frecuencia BR88 permite movilidad con un confort excepcional logrando que la cabina se detenga con mucha precisión en los niveles de piso. Una información digital y exacta de la posición resulta en una eficiente y consistente operación Se requiere ventilación o aire acondicionado necesario para mantener la sala de máquinas a una temperatura menor a 25º C. 10

11 Ascensores Schindler de Venezuela S.A. PARA ASCENSOR DE SERVICIO: Botoneras de cabina, piso e indicadores, instalados al ras Fotos referenciales Nota: No se considera ningún reacondicionamiento o reparación del material a conservar, a excepción de lo indicado. En caso de detectarse daños ocultos o requerimiento de recuperación o sustitución de material no ofertado, se cotizará ara su respectiva aprobación. OPERADOR DE PUERTAS DO DSF9 El operador de puerta DO DSF9 es un dispositivo muy eficiente para el manejo de puertas dado su alta resistencia e inmejorable calidad. Se conservan las puertas exteriores y se sustituyen sus mecanismos, restaurando así el funcionamiento seguro y confiable original. 11

12 Ascensores Schindler de Venezuela S.A. ELEMENTOS VARIOS Cable Viajero Guayas y amarres Poleas de suspensión de cabina y CWT 12

13 CORTINA INFRARROJA Es un sistema de protección de puertas para ascensores; este forma una cortina de luz infrarroja a todo lo largo de la entrada de Cabina, que permiten la reapertura inmediata de las puertas cuando el pasajero es detectado en esa área. Sistema de seguridad de apertura automática de puertas, por interrupción de alguno de los 100 haces de rayos infrarrojos. Estos rayos son proyectados por emisores a lo largo del canto de la puerta y son evaluados por receptores, que aumentan la confiabilidad y uso de los equipos de transporte vertical. Su diseño modular, facilita el rápido reemplazo del módulo afectado traduciéndose esto en un menor tiempo de respuesta en caso de alguna falla. Este sistema es de simple instalación, no necesita ajustes, reemplaza la función de la fotocélula y los listones de puertas, tiene una larga área de detección y no requiere de cables especiales ni conectores 13

14 SCHINDLER ID PTG1 14

15 SEGUNDA: OBJETO y PRECIO Sujeto a las condiciones del presente contrato, el VENDEDOR suministrará los Equipos al COMPRADOR. La gerencia y supervisión de la instalación de los Equipos en la Obra estará a cargo del VENDEDOR, quien está obligado a suplir la totalidad de los materiales, equipos y mano de obra requeridos para la instalación de los de Equipos, dentro de los límites establecidos en el alcance de este contrato. Todos los trabajos de obras civiles y mampostería que se deban realizar para la instalación del ascensor, serán por cuenta exclusiva de El Comprador. Dado que la obra ya está construida, cualquier cambio y/o modificación que se tenga que realizar en la edificación para asegurar el buen y seguro funcionamiento del ascensor, será única y exclusivamente por cuenta de El Comprador. Previo al inicio del Desmontaje, se debe de haber realizado, de ser necesario: - División de Pozos. - Modificación de acceso. Al inicio del Desmontaje, se deben de ejecutar las siguientes Obras: - Bases de amortiguadores (de ser necesario) - Bases de máquinas. - Pase de guayas en sala de máquinas (de ser necesario) Una vez iniciado el Montaje se le indicará al cliente las fechas para las que se requiere: - Relleno de quicios o umbrales. - Preparación de huecos e instalación de botoneras e indicadores. Se requiere ventilación o aire acondicionado necesario para mantener la sala de máquinas a una temperatura menor a 25º C. El detalle del precio a pagar por dichos Equipos (sin IVA) es el siguiente: ZONA ALTA: A. B. Componente del Material Importado. Precio pactado por los equipos a ser fabricados en el exterior y costos de transporte a Puerto Venezolano (según la cotización del fabricante) Costos y gastos relacionados con la importación de los Equipos Subtotal en USD: USD 1'121' Tasa cambio (Bs/USD): 4.30 Total en Bs: Bs 4'823' Total en Bs: Bs 2'812' Subtotal en USD: USD 288' C. Componente de Nacionalización, Aranceles, Gastos Aduanales, Acarreo y otros gastos relacionados Tasa cambio (Bs/USD): 4.30 Total en Bs: Bs 1'242'

16 A. B. C. Ascensores Schindler de Venezuela S.A. ZONA BAJA: Componente del Material Importado. Precio pactado por los equipos a ser fabricados en el exterior y costos de transporte a Puerto Venezolano (según la cotización del fabricante) Costos y gastos relacionados con la importación de los Equipos Componente de Nacionalización, Aranceles, Gastos Aduanales, Acarreo y otros gastos relacionados Subtotal en USD: USD 632' Tasa cambio (Bs/USD): 4.30 Total en Bs: Bs 2'719' Total en Bs: Bs 1' Subtotal en USD: USD 169' Tasa cambio (Bs/USD): 4.30 Total en Bs: Bs 730' A. B. ASCENSOR DE SERVICIO: Componente del Material Importado. Precio pactado por los equipos a ser fabricados en el exterior y costos de transporte a Puerto Venezolano (según la cotización del fabricante) Costos y gastos relacionados con la importación de los Equipos Subtotal en USD: USD 147' Tasa cambio (Bs/USD): 4.30 Total en Bs: Bs 634' Total en Bs: Bs 380' Subtotal en USD: USD 38' C. Componente de Nacionalización, Aranceles, Gastos Aduanales, Acarreo y otros gastos relacionados Tasa cambio (Bs/USD): 4.30 Total en Bs: Bs 165' Queda expresamente entendido que cualquier cambio por ley en el porcentaje de IVA a aplicar, supondrá variaciones al alza o a la baja, según corresponda, en el monto total. Cualquier variación en la tasa de cambio oficial que genere una diferencia entre la cantidad pagada por el COMPRADOR por tales conceptos a la fecha de firma del presente contrato y la cantidad que deba ser efectivamente pagada por el VENDEDOR, será por cuenta del COMPRADOR. En tal sentido, el COMPRADOR deberá proceder a realizar el pago de dicha diferencia en forma inmediata contra requerimiento del VENDEDOR. 16

17 TERCERA: FORMA DE PAGO A) COMPONENTE DEL MATERIAL IMPORTADO. El precio pactado por el Componente del Material Importado A correspondientes a UN MILLÓN NOVECIENTOS UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE Dólares de los Estados Unidos de América (USD ,00), equivalentes a OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLÍVARES con 10/100 ( Bs ,10) calculados a la tasa de 4,30 Bs. por dólar, más IVA 12%, resultando el monto total de NUEVE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO BOLIVARES CON 39/100 ( Bs ,39), los cuales serán pagados por el COMPRADOR al VENDEDOR de conformidad con los siguientes términos: 100% EN MONEDA LOCAL (Bs) A LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO. B) COSTOS Y GASTOS RELACIONADOS A LA IMPORTACIÓN B, correspondientes a CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO VEINTICINCO BOLÍVARES con 27/100 (Bs ,27) más IVA 12%, resultando el monto total de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA BOLIVARES CON 30/100 (Bs ,30), los cuales serán pagados por el COMPRADOR al VENDEDOR de conformidad con los siguientes términos: 100% EN MONEDA LOCAL (Bs) A LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO. C) NACIONALIZACIÓN Y ARANCELES: COMPONENTE C por concepto de Nacionalización, Aranceles, Gastos Aduanales, Acarreo y otros gastos relacionados, correspondientes a CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS ONCE Dólares de los Estados Unidos de América (USD ,00) equivalentes a DOS MILLONES CIENTO TREINTA Y OCHO MIL SIETE BOLÍVARES CON 30/100 (Bs ,30), calculados a la tasa de 4,3 Bs. por dólar, más IVA 12%, resultando el monto total de DOS MILLONES TESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES CON 18/100 (Bs ,18), los cuales serán pagados por el COMPRADOR al VENDEDOR en moneda local (Bolívares), calculado a la tasa de cambio vigente para el momento de la firma del contrato, de la siguiente forma: 100% a la llegada de los equipos a puerto venezolano, a la presentación de la factura respectiva, al disponer de los documentos asociados (BL, gastos de agente aduanal, aranceles, etc.) Queda expresamente entendido que el costo de nacionalización y aranceles del componente importado está directamente relacionado con la tasa de cambio oficial vigente dado que para su cálculo se procede a convertir el precio CIF en divisas a bolívares usando como referencia la mencionada tasa. En tal sentido, una vez el Componente Importado llegue a Puerto Venezolano, se efectuará la nacionalización del Componente Importado, al cambio oficial vigente. Cualquier variación en la tasa de cambio oficial que genere una diferencia entre la cantidad pagado por el COMPRADOR por tal concepto a la fecha de firma del presente contrato y la cantidad que deba ser efectivamente pagada por el VENDEDOR al momento de la nacionalización, será por cuenta del COMPRADOR. En tal sentido, el COMPRADOR deberá proceder a realizar el pago de dicha diferencia en forma inmediata contra requerimiento del VENDEDOR. En caso de que el material llegue a Puerto Venezolano y el COMPRADOR no pague la cuota por este concepto el VENDEDOR almacenará los equipos y el costo del almacenaje correrá por cuenta del COMPRADOR CUARTA: PLAZO DE ENTREGA Los Equipos serán entregados por el VENDEDOR al COMPRADOR, en el lugar indicado en la obra para tal fin, en un plazo que no excederá de ocho (8) meses contados a partir de la colocación del pedido de los Equipos a la fábrica en el exterior, lo cual efectuará el VENDEDOR una vez cumplidas todas y cada una de las siguientes condiciones: a. Que el COMPRADOR suscriba el presente contrato; b. Que el VENDEDOR reciba el pago del precio de los Equipos en los términos y condiciones previstos en este contrato igual que las garantías indicadas en la cláusula octava de este contrato c. Que el COMPRADOR haya entregado al VENDEDOR todos los detalles técnicos para la elaboración del proyecto, máximo cinco (5) días después de la fecha de firma de este contrato y que coincidan exactamente con lo descrito en la CLAUSULAPRIMERA de este contrato d. Que el COMPRADOR haya cumplido con todas y cada una de las obligaciones a su cargo previstas en el presente contrato. 17

18 e. Que se haya aprobado por el COMPRADOR el plano de montaje y aclaración de todos los detalles técnicos dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de entrega de los planos correspondientes de diseño por parte del VENDEDOR al COMPRADOR. El "VENDEDOR" no será responsable por retrasos o incumplimiento del plazo de entrega indicado en la Cláusula Cuarta cuando ocurra cualquiera de las causas siguientes: a. Si el "COMPRADOR" introduce modificaciones en las características de los Equipos una vez firmado este contrato. b. Si el "COMPRADOR" incumpliere cualquiera de las obligaciones a su cargo establecidas en este Contrato. Si ocurriera una cualquiera de las causas antes indicadas, el nuevo plazo de entrega de los Equipos por parte del VENDEDOR al COMPRADOR será notificado oportunamente por el "VENDEDOR" QUINTA: OBLIGACIONES DEL "COMPRADOR" PARA EL ALMACENAMIENTO DE LOS EQUIPOS. Para el almacenamiento de materiales, equipos, útiles, herramientas y efectos del personal, para la posterior instalación de los Equipos, deberá ponerse en la obra a disposición exclusiva del VENDEDOR y dotado de toda clase de garantías, un local adyacente a los pozos, seco, techado, de tamaño adecuado, aproximadamente 25m2 por ascensor, con iluminación y cerrado con una puerta de acceso provista de un sistema de cerradura que brinde la suficiente seguridad a los materiales, útiles, equipos herramientas y efectos del personal almacenados en el local. Igualmente el COMPRADOR debe garantizar la custodia de los materiales que serán instalados por el VENDEDOR en los términos y condiciones que serán acordados en el contrato de instalación a suscribirse para tales efectos, en los diferentes lugares de la Obra, durante el proceso del montaje de los Equipos. El COMPRADOR designará en obra a una persona para la recepción de todos los materiales y equipos a fin de que dicha persona certifique las especificaciones del material de acuerdo a lo establecido en el Contrato. Si esta persona no está presente al momento de la llegada de los materiales, se excluye cualquier responsabilidad del VENDEDOR, en cantidad de lo entregado en obra. Para obras con varios edificios es imperativo que estas condiciones de almacenaje se cumplan por cada edificio y la descarga de los materiales se efectúe en el edificio que le corresponde ser instalado. En caso que los equipos sean almacenados en un lugar alejado al sitio del montaje, el COMPRADOR pagará al VENDEDOR cualquier costo adicional debido a manejo extra por transferencias de los materiales de un depósito a otro. En todo caso, será por cuenta y riesgo del COMPRADOR, toda pérdida o deterioro que ocurriere de los materiales, que queden en el edificio o en los depósitos proporcionados por el COMPRADOR al VENDEDOR para el almacenaje de los materiales. En tal sentido, si la instalación de los Equipos en los términos y condiciones que serán acordados en el contrato de instalación a suscribirse para tales efectos por el VENDEDOR y el COMPRADOR no se inicia inmediatamente a la recepción de los Equipos en la Obra, dichos Equipos serán almacenados por el COMPRADOR en la Obra. Antes de iniciar la instalación de dichos Equipos, el VENDEDOR realizará una inspección física y técnica de los Equipos a los fines de determinar su estado. En caso de pérdida o deterioro de alguno de los componentes que integran los Equipos, producto de su almacenamiento, el COMPRADOR deberá pagar anticipadamente cualesquiera costos o gastos en los cuales deba incurrir el VENDEDOR a los fines de poner los Equipos en condiciones óptimas para su instalación. Dicho pago deberá ser realizado inmediatamente contra presentación de presupuesto o la factura que le sea presentada por el VENDEDOR. Queda expresamente entendido que si de la inspección física y técnica realizada el VENDEDOR determina que los Equipos han sufrido daños que no permiten una optima instalación, el COMPRADOR asume expresamente las consecuencias de tal situación. En tal sentido, queda expresamente entendido que la garantía no cubre en forma alguna pérdidas, deterioro o desperfectos generados por fallas en el almacenamiento de los Equipos responsabilidad del COMPRADOR. SEXTA: AJUSTES Si la variación de precios a nivel internacional del acero y cobre desde la fecha de la firma de este contrato hasta la culminación de la fabricación de los Equipos es superior al 5% en moneda extranjera, el VENDEDOR podrá aplicarle este incremento al precio de los Equipos vendidos al COMPRADOR. La variación de los precios se determinará tomando como base la publicación de índices de precios para metales publicados por el Metal Bulletin en la página WEB El porcentaje de costo del acero en el total de los Equipos de los ascensores es de 25% y el porcentaje de costo del 18

19 acero en el total de los Equipos en las escaleras es de 20%. La variación se calculará tomando en cuenta el precio de dichos metales al momento de la firma de este contrato y al momento del pago del mismo en la forma prevista en este contrato. Por otra parte, si la variación del precio del flete entre la fecha de firma de este contrato y la fecha en la cual el mismo debe pagarse es superior al 5% en moneda extranjera, la misma será aplicada a los Equipos. En tal sentido, el flete tiene una incidencia de 15% sobre los Equipos. El "VENDEDOR" calculará y presentará al cobro los ajustes de precio en cualquier momento durante la ejecución del contrato, a juicio del VENDEDOR, y serán pagaderas a su presentación. SEPTIMA: GARANTÍAS Sin perjuicio de lo previsto en la cláusula QUINTA de este contrato, el "VENDEDOR" suministrara mantenimiento preventivo gratuito, por noventa (90) días, así como garantizará por noventa (90) días continuos contados a partir de la fecha de la Entrega Definitiva de los equipos instalados, la buena calidad en la fabricación de los Equipos. Ahora bien, en caso que el COMPRADOR contrate el servicio de instalación y mantenimiento al "VENDEDOR" o a otras personas naturales o jurídicas designadas o autorizadas por escrito por éste, el "VENDEDOR" extenderá la garantía arriba otorgada por un plazo adicional de nueve (9) meses adicionales contados a partir del vencimiento de la garantía inicial. Esta garantía aplicará siempre y cuando la instalación de los Equipos por parte del VENDEDOR en los términos y condiciones contenidos en el contrato de instalación a suscribirse para tal efecto se inicie a más tardar dentro de los seis (6) meses siguientes contados a partir de la entrega de los Equipos por el VENDEDOR al COMPRADOR en la Obra. La responsabilidad del "VENDEDOR", por concepto de garantía legal o contractual de los Equipos vendidos, está limitada a cambiar o reparar, durante la vigencia de la garantía, toda pieza reconocida como defectuosa por vicio de material o defectos de fabricación. Queda expresamente excluida toda otra responsabilidad del VENDEDOR por daños directos, indirectos o consecuenciales, lucro cesante, etc. También están excluidos de esta garantía el desgaste normal, y los defectos causados por fuerza mayor, maltrato, sobrecarga, uso imprudente o indebido o en condiciones no adecuadas, negligencia o daños causados por terceros. Queda expresamente convenido que a partir de la fecha de firma del Protocolo de Entrega comenzará a correr el plazo de la garantía otorgada y serán por cuenta del COMPRADOR cualesquiera gastos de reposición de piezas, incluyendo la mano de obra, por reparaciones que deban efectuarse al equipo por el almacenamiento o uso indebido y en condiciones no adecuadas Esta garantía quedará cancelada de inmediato en caso que el COMPRADOR encargue las reparaciones o mantenimiento de los Equipos vendidos a cualquier persona distinta del "VENDEDOR" u otras personas naturales o jurídicas no designadas o autorizadas por escrito por el "VENDEDOR". En caso que el montaje no pueda ser iniciado en un período de seis (6) meses posteriores a la entrega de los equipos en obra por causas imputables al COMPRADOR, el VENDEDOR no garantiza la calidad de los equipos, pudiendo el VENDEDOR presentar presupuestos de reparación para las piezas dañadas o extraviadas, sin garantía alguna de buen funcionamiento por cuanto los Equipos podrían sufrir daños durante el almacenaje por parte del COMPRADOR, los cuales no son susceptibles de ser detectados por inspección física o técnica antes de su instalación. OCTAVA: MODIFICACIÓN O CANCELACIÓN DEL CONTRATO Si el "COMPRADOR", después de haber firmado el presente contrato, desease introducir cualquier tipo de modificación en las características de los Equipos objeto del presente contrato, lo comunicará por escrito al "VENDEDOR" el cual, en lo posible, tratará de adaptarse a los nuevos requerimientos del "COMPRADOR", estableciendo el "VENDEDOR" los nuevos precios, condiciones de pago y plazos de entrega, los cuales el "COMPRADOR" aceptará mediante un addendum firmado por ambas partes. Queda expresamente entendido que la contraprestación por dichas modificaciones deberán ser pagadas por el COMPRADOR al VENDEDOR en Dólares de los Estados Unidos de América con exclusión de cualquier otra moneda. Queda expresamente entendido que el VENDEDOR no procederá a realizar tales modificaciones sin que el precio correspondiente le haya sido pagado. Las modificaciones solicitadas por el "COMPRADOR" deberán ser notificadas al "VENDEDOR" con la anticipación suficiente a la fecha de embarque del material de la fábrica en el extranjero, Si el "COMPRADOR" deseare dar por cancelado este contrato, el COMPRADOR igualmente deberá pagar al VENDEDOR, los costos por material importado, nacionalización y gastos aduanales, según 19

20 se indica en la cláusula tercera de este contrato, por cuanto la fabricación de los Equipos ya se ha generado, y el VENDEDOR se compromete a la entrega de los equipos en el lugar designado por el COMPRADOR o en su defecto en el sitio de la obra indicado en el presente contrato. NOVENA: ENTREGA DE LOS EQUIPOS EN OBRA La entrega de los Equipos se efectuará por parte del "VENDEDOR" a pié de obra en el sitio designado por el COMPRADOR para recibir los equipos, según se indica en la cláusula quinta. En caso de no tener el COMPRADOR el depósito en obra, el COMPRADOR deberá designar un sitio de almacenaje para los equipos con las condiciones establecidas en la cláusula quinta. El traslado posterior de los equipos al lugar de la obra será por cuenta y costo del comprador. DÉCIMA: INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO Los servicios de instalación y mantenimiento, serán objeto de contratos por separado, los cuales será n firmados entre el "VENDEDOR" y el "COMPRADOR" y/o quien éste designe. DÉCIMA PRIMERA: CESIÓN El presente contrato se celebra intuitu personae, por lo tanto, ninguna de las partes podrá cederlo total ni parcialmente, ni directa ni indirectamente, sin el consentimiento expreso y por escrito de la otra parte. DÉCIMA SEGUNDA: PROPIEDAD INTELECTUAL Todos los derechos de propiedad intelectual sobre o relacionados con los Equipos incluyendo, pero no limitado, a los programas de ordenador (software) de control que permiten realizar las operaciones, mantenimiento y reparaciones rutinarias de los Equipos ("Programas de Ordenador de Control") son propiedad exclusiva del VENDEDOR. El VENDEDOR otorga al COMPRADOR, mediante el presente documento, una licencia de uso gratuita, no exclusiva, para utilizar los Programas de Ordenador de Control única y exclusivamente en la operación de los Equipos. Aparte de los derechos conferidos por esta licencia, y en la medida en que la ley lo permita, el COMPRADOR no tendrá derecho alguno sobre los derechos de propiedad intelectual sobre o relacionados con los Equipos, incluyendo derecho alguno a reproducir, comunicar, descompilar, desensamblar, realizar ingeniería inversa, ni en forma alguna disponer o modificar los mismos. Esta licencia se considerará transferida junto con los Equipos en caso de que la propiedad de los mismos sea transferida por cualquier causa y por tanto la misma quedará automáticamente terminada respecto del anterior propietario, al verificarse tal transferencia de propiedad. DÉCIMA TERCERA: NOTIFICACIONES Todas las notificaciones que se efectúen conforme a este contrato o con relación a él se darán personalmente o se enviarán por fax o por correo expreso (courier) con aviso de recibo o mediante correo electrónico, sin perjuicio de que puedan hacerse mediante notificación judicial. Salvo que se disponga expresamente lo contrario, las notificaciones se enviarán a las siguientes direcciones: Al Vendedor: Ascensores Schindler de Venezuela, S.A. Av. Río Caura, Edif. Torre Humboldt, Piso 7, Prados del Este, Caracas.- Fax No (0212) Correo Electrónico: mauizio.moretti@ve.schindler.com Atención: Dpto. Mercadeo y Ventas Al Comprador: Correo Electrónico: Atención: Las notificaciones se tendrán como efectuadas, (i) cuando sean efectivamente recibidas, si han sido enviadas por correo o por servicios de correo expreso privados a las direcciones indicadas por las partes; (ii) al día siguiente de la confirmación de envío por parte de la máquina de origen, si han sido enviadas por correo electrónico; o (iii) en el momento de la transmisión, si son enviadas por facsímil a 20

21 los números indicados por las partes. En caso de notificaciones enviadas por facsímil una copia de la misma deberá ser enviada personalmente. DÉCIMA CUARTA: ACUERDO TOTAL Este contrato deja sin efecto todos los acuerdos previos, verbales o escritos, relacionados con su objeto y no podrá ser modificado de ninguna forma, salvo mediante un documento firmado por los representantes o funcionarios debidamente autorizados por las partes. DÉCIMA QUINTA: VALIDEZ DE LAS CLÁUSULAS i) La nulidad o inexigibilidad de alguna de las cláusulas de este contrato, no afectará la validez de las demás disposiciones de este contrato, el cual seguirá en pleno vigor y efecto, salvo que se trate de una cláusula considerada esencial por las partes para la celebración de este contrato, en cuyo caso, las partes deberán llegar a un acuerdo a los fines de lograr el mismo objetivo propuesto con la cláusula declarada nula o inexigible de una manera que resulte legal; (ii) el hecho de que alguna de las partes no exija, en algún momento, el incumplimiento de los términos, condiciones y disposiciones de este contrato, no constituirá renuncia al derecho que tiene dicha parte a exigir el cumplimiento estricto de dichos términos, condiciones y disposiciones en el futuro, (iii) el hecho de que alguna de las partes no ejerza algún derecho, facultad o privilegio que pueda tener conforme este contrato, no constituirá renuncia a dicho derecho, facultad o privilegio. DÉCIMA SEXTA: FUERZA MAYOR El VENDEDOR no será responsable ante el COMPRADOR por pérdidas o daños sufridos como consecuencia de motines, incendios, inundaciones, caso fortuito, actos de gobierno o por cualquier otra causa de fuerza mayor similar a éstas que esté fuera del control razonable de la parte y que afecte directamente el cumplimiento de sus obligaciones; en ese caso, el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato se suspenderá durante la existencia de tal causa. Una vez que cese la situación de caso fortuito o fuerza mayor, se reanudarán de inmediato las obligaciones en suspenso, siempre que las partes así lo convengan por escrito. Para poder invocar el Caso Fortuito o la Fuerza Mayor como justificación para el incumplimiento de las obligaciones del VENDEDOR bajo este Contrato, deberá notificar a la otra parte a tal efecto. La notificación del Caso Fortuito o de la Fuerza Mayor, para ser efectiva, deberá contener una explicación razonada de las causas que justifican el incumplimiento. DËCIMA NOVENA: DOMICILIO Se elige como domicilio legal y exclusivo para todos los efectos derivados y consecuencias de este contrato, la ciudad de Caracas, a la jurisdicción de cuyos tribunales expresamente se someten las partes. En testimonio de lo que antecede, para hacer, constar su completo acuerdo en todas las condiciones aquí especificadas, ambas partes firman el presente contrato del cual se han hecho Dos (2) ejemplares de un mismo tenor y aun solo efecto, en la ciudad de Caracas a los 26 días del mes de Abril de "EL COMPRADOR" FECHA: "EL VENDEDOR" FECHA: 21

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