GERENCIA DE FOMENTO CORFO OFICINA DE PARTES 03.0E VISTO:
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- Diego García Cabrera
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1 CORFO GERENCIA DE FOMENTO CORFO OFICINA DE PARTES 03.0E [-SANTIAGO EJECUTA ACUERDO QUE DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN QUE INDICA Y DICTA EN SU REEMPLAZO NORMA QUE REGULA TIPOLOGÍA DE INTERVENCIÓN "SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD BAJO NORMA ISO 9001/2000", "SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL BAJO NORMA ISO 14001", "SISTEMAS DE GESTIÓN INTEGRAL DE PYME BAJO NORMA CHILENA NCH2909", "SISTEMA ESCALONADO DE MEJORA CONTINUA (SEMC), NIVEL AVANZADO DE GESTIÓN" Y "NORMAS CHILENAS SOBRE ALOJAMIENTO TURÍSTICO Y SOBRE AGENCIAS DE VIAJE Y TOUR OPERADORES", EN EL MARCO DEL INSTRUMENTO FOMENTO A LA CALIDAD, AMPLIANDO LAS EMPRESAS BENEFICIARIAS EN EL SEMC E INCORPORANDO COMO TALES A LAS EMPRESAS QUE IMPLEMENTEN O CERTIFIQUEN NORMAS SOBRE SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS BAJO NORMA ISO VISTO: D 0MA EXELITA1 "" ZOX 1. La Resolución (E) N 1.083, de 2007, que regula la Tipología de Intervención en "Sistema de Gestión de Calidad bajo Norma ISO 9001/2000", "Sistema de Gestión Ambiental bajo Norma ISO 14001", "Sistemas de Gestión Integral de PyME bajo Norma Chilena NCh2909", "Sistema Escalonado de Mejora Continua (SEMC), Nivel Avanzado de Gestión" y "Normas Chilenas sobre Alojamiento Turístico y sobre Agencia de Viaje y Tour Operadores", en el marco del instrumento Fomento a la Calidad. 2, El Acuerdo adoptado en la Sesión N 20/2009 del Comité de Asignación de Fondos CAF, celebrada el 02 de Junio de 2009 que, entre otras, aprobó reemplazar el Acuerdo adoptado en la Sesión 13/2009, celebrada el 07 de abril de 2009 del Comité de Asignación de Fondos CAF, incorporando como cambios principales la inclusión como beneficiario los niveles inicial e intermedio, en el caso del SEMC y la inclusión como norma de la ISO sobre inocuidad alimentaria.
2 3. Lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado y la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. RESUELVO: Se pone en ejecución el Acuerdo adoptado en la Sesión N 20/2009 del Comité de Asignación de Fondos CAF, celebrada el 02 de Junio de 2009 dejando sin efecto la Resolución (E) N 742, de 2009, que regula la Tipología de Intervención en "Sistema de Gestión de Calidad bajo Norma ISO 9001/2000", "Sistema de Gestión Ambiental bajo Norma ISO 14001", "Sistemas de Gestión Integral de PyME bajo Norma Chilena NCh2909", "Sistema Escalonado de Mejora Continua (SEMC), Nivel Avanzado de Gestión" y "Normas Chilenas sobre Alojamiento Turístico y sobre Agencia de Viaje y Tour Operadores", en el marco del instrumento Fomento a la Calidad, reemplazándola por la siguiente, que amplía las empresas beneficiarias en el SEMC e incorpora además a las empresas que implementen o certifiquen normas sobre Sistemas de Gestión de la Inocuidad de los Alimentos bajo norma ISO 22000: TIPOLOGIA DE INTERVENCIÓN DEL INSTRUMENTO DE FOMENTO A LA CALIDAD Sistemas de Gestión de Calidad bajo Norma ISO 9001 Sistemas de Gestión Ambiental bajo Norma ISO Sistemas de Gestión Integral de PyME bajo Norma Chilena NCh2909 Sistema Escalonado de Mejora Continua (SEMC), en su Niveles Inicial, Intermedio y Avanzado de Gestión Normas Chilenas sobre Alojamiento Turístico y sobre Agencias de Viajes y Tour Operadores Sistemas de Gestión de la Inocuidad de los Alimentos bajo Norma ISO Definición El instrumento Fomento a la Calidad opera a través de diversas tipologías de intervención, cofinanciando a las empresas la incorporación y certificación de los siguientes sistemas o estándares de gestión:
3 Sistema de Gestión de Calidad bajo la Norma ISO Sistema de Gestión Ambiental bajo la Norma ISO Sistema de Gestión Integral de PyME bajo la Norma NCh2909. Sistema Escalonado de Mejora Continua (SEMC), en sus Niveles Inicial, Intermedio y Avanzado de Gestión. Normas Chilenas sobre Alojamiento Turístico y sobre Agencia de Viaje y Tour Operadores. Sistemas de Gestión de la Inocuidad de los Alimentos bajo Norma ISO Estas Tipologías son reguladas por las normas generales del instrumento Fomento a la Calidad, salvo en aquellas materias en que a continuación se establecen normas particulares. 2.- Etapas En estas tipologías de intervención se distinguen dos etapas: Implementación y Verificación. Etapa de Implementación La etapa de Implementación consiste en el conjunto de actividades desarrolladas por un consultor, necesarias para dejar a la empresa en condiciones de cumplir con las exigencias establecidas en un sistema o estándar de gestión. Esta etapa tiene como objetivo evaluar en una empresa el nivel de cumplimiento de un sistema o estándar de gestión, establecer y ejecutar el plan de trabajo requerido para su certificación y dejarla en condiciones de obtener su certificación. La etapa de Implementación podrá ser operada en modalidad Individual o Colectiva y una empresa podrá postular por una única vez a cada sistema o estándar de gestión. 3.- Beneficiarios Etapa de Verificación La etapa de Verificación tiene por objetivo apoyar a la empresa mediante el reembolso de una parte del costo involucrado en la obtención de la certificación. La etapa de Verificación operará sólo en la modalidad individual y una empresa podrá optar al beneficio sólo para la primera certificación de cada sistema o estándar de gestión, quedando excluida toda renovación. Serán beneficiarios del cofinanciamiento CORFO aquellas empresas que demuestren ventas anuales netas no superiores a UF (cien mil Unidades de Fomento).
4 Podrán ser igualmente beneficiarios del cofinanciamiento CORFO aquellas empresas que, independientemente del nivel de ventas, estén participando en un proyecto del Programa de Desarrollo de Proveedores PDP, entre cuyos objetivos esté la incorporación o certificación de un sistema o estándar de gestión. Para el Sistema Escalonado de Mejora Continua, Nivel Inicial, Intermedio y Avanzado de Gestión, el certificado deberá haber sido emitido por el Centro Nacional de Productividad y Calidad, ChileCalidad con fecha posterior al 01 de enero de 2006, deberá señalar el nombre del auditor y acreditar el cumplimiento de este Sistema con un puntaje igual o superior a 150 (ciento cincuenta) puntos. Para las Normas Chilenas sobre Alojamiento Turístico y Agencias de Viaje y Tour Operadores, será necesario que la empresa sea reconocida como beneficiaria previamente por el Servicio Nacional de Turismo - SERNATUR. Las empresas deberán acreditar estar al día en el pago de las cotizaciones del Seguro de Desempleo; aquellas constituidas como personas jurídicas, deberán además acreditar encontrarse inscritas en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos de CORFO, conforme lo dispone la Ley Para la etapa de Verificación, serán beneficiarias las empresas que, además de los requisitos anteriores, posean el certificado que acredite el cumplimiento de un sistema o estándar de gestión emitido con fecha posterior al 01 de enero de 2006, o de la entrada en vigencia del Sistema de Gestión, si ésta fuera posterior, por un organismo certificador o auditor que cumpla los requisitos que se señalarán en el punto Cofinanciamiento y pagos a) Cofinanciamiento La Etapa de Implementación tendrá un cofinanciamiento de CORFO de un 50% de su costo total, con un tope de $ (cuatro millones de pesos) para la modalidad individual y de $ (tres millones cuatrocientos mil pesos) para la colectiva. El aporte empresarial para cofinanciar la etapa de Implementación deberá enterarse sólo en dinero y tendrá que estar debidamente acreditado ante el Agente Operador Intermediario al momento de la firma del Contrato respectivo. La etapa de Verificación tendrá un cofinanciamiento CORFO de hasta un 50% del costo total de la certificación con un tope de $ (Novecientos mil pesos) por empresa. Para la Tipología de Intervención Sistemas de Gestión Integral de PyME bajo Norma Chilena NCh2909 el cofinanciamiento de CORFO será de hasta un 70% para la etapa de Implementación y de hasta un 90% para la etapa de Verificación, manteniéndose los topes señalados. iii.- Para las Normas Chilenas sobre Alojamiento Turístico y sobre Agencia de Viajes y Tour Operadores sólo podrán ser operadas bajo la modalidad individual.
5 El porcentaje de cofinanciamiento para la etapa de Implementación tendrá un cofinanciamiento de un 70% del costo total, con un tope de $ (tres millones quinientos mil pesos) por empresa. El porcentaje de cofinanciamiento para la etapa de Verificación será de 90% del costo total de la certificación con un tope de $ (novecientos mil pesos) por empresa. iv.- Para el Sistema Escalonado de Mejora Continua, Nivel Avanzado de Gestión, cuando una empresa haya sido reconocida en las categorías oro o plata del Premio PYME Gestión de Calidad creado por el Centro Nacional Productividad y Calidad y sea considerada potencial beneficiaria de consultorías especializadas, el cofinanciamiento de su etapa de implementación será de hasta un 90% del costo total, manteniéndose los topes señalados. Ambos requisitos de postulación serán acreditados mediante certificado otorgado por dicho Centro, el que además deberá indicar el plazo hasta el cual podrá postular a este beneficio. b) Pagos Este apoyo operará solo en la modalidad individual. El pago del cofinanciamiento CORFO se realizará una vez efectuado el pago del aporte empresarial, al menos en igual porcentaje. El cofinanciamiento CORFO para la etapa de Implementación, se pagará hasta en 3 cuotas, no pudiendo ser la última inferior a un 40%, cada una previa aprobación de los Informes de Avance y Final correspondientes, por parte del o los Empresarios y del Agente Operador Intermediario. El cofinanciamiento CORFO para la etapa de Verificación, se pagará al Empresario en una cuota, previa aprobación de la postulación. Montos por concepto de Evaluación, Supervisión y Administración CORFO transferirá al Agente Operador Intermediario Privado, por la evaluación, supervisión y administración de la Etapa de Implementación de los proyectos correspondientes a estas tipologías, hasta un 30% del costo de cofinanciamiento CORFO, con un tope de $ (ochocientos mil pesos). Requisitos para Consultores. El ejecutor de la etapa de Implementación será un Consultor Independiente o una Empresa Consultora, a través de su respectivo Jefe de Proyecto, todos debidamente registrados en el Instituto Nacional de Normalización (INN) para operar como implementador de estas Tipologías. Para las Normas Chilenas sobre Alojamiento Turístico y sobre Agencia de Viaje y Tour Operadores, el Consultor Independiente o la Empresa Consultora, a través de
6 Los Consultores Independientes y Jefes de Proyecto deberán poseer, a lo menos, un título profesional o técnico, con mínimo 4 años de estudio, otorgado por entidades de educación superior reconocidas por el Ministerio de Educación. 7.- Requisitos para Organismos Certificadores y Auditores. El organismo certificador debe estar acreditado por el Instituto Nacional de Normalización para certificar Sistemas de Gestión de Calidad bajo norma ISO 9001, Sistemas de Gestión Ambiental bajo Norma ISO 14001, Sistemas de Gestión Integral de PyME bajo Norma Chilena NCh2909, Sistemas de Gestión de la Inocuidad de los Alimentos bajo Norma ISO ó Servicios Turísticos, respectivamente. El auditor debe estar autorizado por el Centro Nacional de Productividad y Calidad, ChileCalidad, para realizar Auditorías de Evaluación de Cumplimiento del Sistema Escalonado de Mejora Continua. c) Los organismos certificadores deben estar registrados por el Instituto Nacional de Normalización para operar en las siguientes tipologías de intervención: Sistemas de Gestión de Calidad bajo norma ISO 9001, Sistemas de Gestión Ambiental bajo Norma ISO 14001, Sistemas de Gestión Integral de PyME bajo Norma Chilena NCh2909, Sistemas de Gestión de la Inocuidad de los Alimentos bajo Norma ISO ó Servicios Turísticos, respectivamente. Para la tipología de intervención Sistema Escalonado de Mejora Continua, Nivel Avanzado de Gestión, los auditores deberán estar publicados por el citado Instituto. Anótese y publíquese en el Diario Oficial. XIMENA MOYA ROA, Gerente de Fomento (S) YERKO KOSCINA PERALTA Secretario Ge eral ETARI011 NERAI YERKCKOSCINA-PERALTA Secretari oneral
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