DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 20 DE JULIO DEL

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1 La a Gaceta Sección A Acuerdos y Leyes DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE HONDURAS La primera imprenta llegó a Honduras en 1829, siendo instalada en Tegucigalpa, en el cuartel San Francisco, lo primero que se imprimió fue una proclama del General Morazán, con fecha 4 de diciembre de EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS E.N.A.G. Después se imprimió el primer periódico oficial del Gobierno con fecha 25 de mayo de 1830, conocido hoy, como Diario Oficial "La Gaceta". AÑO CXXXVII TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. LUNES 20 DE JULIO DEL NUM. 33,786 Poder Legislativo DECRETO No EL CONGRESO NACIONAL, Sección A SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos PODER LEGISLATIVO Decreto No A. 1-7 CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras hace suyos los principios y prácticas del derecho internacional que propenden a la solidaridad humana, al respeto, a la autodeterminación de los pueblos, a la no intervención y afianzamiento de la paz y la democracia universal. CONSIDERANDO: Que los gobiernos de la República de Honduras y de la República de Argentina, en aras de fomentar la colaboración mutua en materia de ejecución de sentencias penales, decidieron suscribir el 17 de Junio de 2014, CONVENIO ENTRE LA REPÚBLICA DE HONDURAS Y LA REPÚBLICA ARGENTINA SOBRE TRASLADO DE NACIONA- LES CONDENADOS Y CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS PENALES. CONSIDERANDO: Que es potestad del Congreso Nacional, de conformidad al Artículo 205 Atribución 30, PODER EJECUTIVO Decreto Ejecutivo No A. 8-9 Acuerdo Ejecutivo Número 046-SEDIS A. 10 Otros A AVANCE A. 12 Sección B Avisos Legales B Desprendible para su comodidad aprobar o improbar los tratados internacionales que el Poder Ejecutivo haya celebrado. POR TANTO, D E C R E T A: ARTÍCULO 1.- Aprobar en todas y cada una de sus partes el CONVENIO ENTRE LA REPÚBLICA DE HONDURAS Y LA REPÚBLICA ARGENTINA SOBRE TRASLADO DE NACIONALES CONDENADOS Y CUMPLIMIENTO DE A. 1

2 Sección A Acuerdos y Leyes SENTENCIAS PENALES suscrito el 17 de junio de 2014, el que literalmente dice: TRASLADO DE NACIONALES CONDENADOS Y CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS PENALES. La República de Honduras y la República Argentina, a quienes SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL. ACUERDO No. 17-DGTC. Tegucigalpa, M.D.C., 08 de julio de EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS. CONSI- DERANDO: Que el Gobierno de la República de Honduras es suscriptor de instrumentos internacionales en materia de traslado de personas condenadas, con el propósito de que sus nacionales logren una readaptación, rehabilitación y reinserción social más viable cuando ésta cumple la condena en su país de origen y pueda ser visitado por sus familiares y amigos. CONSIDERANDO: Que el presente convenio tiene como finalidad viabilizar el proceso de traslado de la persona condenada del Estado Sentenciador a su Estado de origen, contribuyendo a facilitar el proceso de administración de justicia de ambos Estados. POR TANTO: En aplicación de los Artículos 16 y 245, numeral 1 y 11 de la Constitución de la República, Artículos 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública y el Artículo 5 del Código Civil. ACUERDA: Aprobar en toda y cada una de sus partes el CONVENIO ENTRE LA REPÚBLICA DE HONDURAS Y LA REPÚBLICA ARGENTINA SOBRE TRASLADO DE NACIONALES CONDENADOS Y CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS PENALES, que literalmente dice: CONVENIO ENTRE LA REPÚBLICA DE HONDU- RAS Y LA REPÚBLICA ARGENTINA SOBRE en lo sucesivo se les denominará Las Partes ; DESEANDO fomentar la colaboración mutua en materia de ejecución de sentencias penales; ESTIMANDO que el objeto de la readaptación de las personas condenadas es su reinserción a la vida social; CONSIDERANDO que para el logro de ese objetivo es conveniente dar a los nacionales que se encuentran privados de su libertad en el extranjero o en régimen de libertad condicional, de condenas de ejecución condicional o de otras formas de supervisión sin detención como resultado de la comisión de un delito, la posibilidad de cumplir la condena dentro de su país, ya que mediante el acercamiento familiar y la posibilidad de vivir conforme a las costumbres de su país se propicia su reinserción social; han convenido lo siguiente: ARTÍCULO I. OBJETO. 1. Las penas o medidas de seguridad impuestas en la República de Honduras a nacionales o residentes legales de la República La Gaceta DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS E.N.A.G. Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia Administración: Planta: CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL A. 2

3 Sección A Acuerdos y Leyes Argentina podrán ser cumplidas en la República Argentina bajo vigilancia de sus autoridades, de conformidad con las disposiciones del presente Convenio. 2. Las penas o medidas de seguridad impuestas en la República Argentina a nacionales o residentes de la República de Honduras, podrán ser cumplidas en la República de Honduras bajo vigilancia de sus autoridades, de conformidad con las disposiciones del presente Convenio. 3. La calidad de nacional será considerada en el momento de la solicitud del traslado. ARTÍCULO II. ÁMBITO DE APLICA- CIÓN. 1. El presente Convenio, será aplicable a las personas que hubieran sido condenadas en el Estado Sentenciador a pena privativa de libertad o restricción de la misma, a pena de ejecución condicional o que se les hubiera impuesto una medida de seguridad. 2. En el caso de una persona condenada a un régimen de ejecución condicional u otras formas de supervisión sin detención, el Estado Receptor adoptará las medidas de vigilancia solicitadas, mantendrá informado al Estado Sentenciador sobre la forma en que se llevan a cabo y le comunicará de inmediato el incumplimiento de las obligaciones asumidas. ARTÍCULO III. DEFINICIONES. Para los fines de este Convenio, se entiende que: 1) Estado Sentenciador, es la Parte que impuso la sentencia de condena o la medida de seguridad a la persona que podrá ser objeto de traslado. 2) Estado Receptor, es la Parte a la que la persona condenada o sujeta a una medida de seguridad será trasladada. 3) Sujeto a Medida de Seguridad, es aquella persona mayor de edad, inimputable o menor de edad, conforme a la normativa del Estado Sentenciador, que ha cometido un delito y ha sido objeto de una medida con fines curativos, educativos o asegurativos. 4) Persona Condenada, es aquella persona que está cumpliendo una pena privativa de libertad o de ejecución condicional en el Estado Sentenciador. 5) Representante Legal, es aquella persona o institución que según la legislación del Estado Receptor, está autorizada para actuar en nombre de la persona condenada sujeta a una medida de seguridad. 6) Residente Legal y Permanente, es aquel sujeto reconocido como tal por el Estado Receptor de conformidad con su normativa interna. 7) Sentencia, es la decisión judicial definitiva y firme en virtud de la cual se impone a una persona como resultado de la comisión de un delito, la privación de libertad o restricción de la misma, ya sea que esta última consista de un régimen de libertad o detención. Se entiende que una sentencia es definitiva y firme cuando no esté pendiente recurso legal alguno contra ella en el Estado Sentenciador y que el término previsto para interponer dicho recurso haya vencido, excepto el recurso de revisión. ARTÍCULO IV. COMUNICACIÓN E INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN DIRECTA ENTRE AUTORI- DADES CENTRALES. Las solicitudes de traslado, la documentación y todas las comunicaciones necesarias para el cumplimiento del objeto del presente Convenio se enviarán directamente entre las respectivas Autoridades Centrales. Las Autoridades Centrales podrán adelantar la solicitud y cualquier comunicación que fuera necesaria, mediante la utilización de medios electrónicos y/o nuevas tecnologías que permitan un mejor y más ágil intercambio entre ellas. Por la REPÚBLICA DE HONDURAS, es Autoridad Central la Secretaría de Estado en los Despachos A. 3

4 Sección A Acuerdos y Leyes de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. Por la REPÚBLICA ARGENTINA, es Autoridad Central el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. ARTÍCULO V. REQUISITOS PARA EL TRASLADO. El presente Convenio se aplicará con arreglo a los requisitos siguientes: 1. Que los actos u omisiones que han dado lugar a la condena o medida de seguridad sean también punibles en el Estado Receptor, aunque no exista identidad en la calificación del delito. 2. Que la persona condenada o sujeta a una medida de seguridad sea nacional o residente legal y permanente del Estado Receptor. En caso de doble nacionalidad, será de aplicación la legislación sobre nacionalidad vigente en el Estado Sentenciador. Asimismo, a los efectos de la doble nacionalidad, se tendrá en cuenta lo que pueda favorecer la reinserción social de la persona, su último domicilio o residencia habitual. 3. Que la sentencia y el cómputo de la pena estén firmes, es decir, que todo procedimiento de apelación hubiere sido agotado y que no haya remedios subsidiarios o extraordinarios pendientes al momento de invocar las estipulaciones de este Convenio. 4. Que la persona condenada o sujeta a una medida de seguridad dé su consentimiento para el traslado y que haya sido informada previamente de las consecuencias legales del mismo; o que, en caso de incapacidad de aquélla, lo preste su Representante Legal. 5. Que la duración de la pena o medida de seguridad pendiente de cumplimiento, sea de por lo menos seis meses, en el momento de la presentación de la solicitud a la que se refiere el presente Artículo. 6. Que la persona condenada solvente haya cumplido con el pago de multas, gastos de justicia, reparación civil o condena pecuniaria de toda índole que estén a su cargo conforme lo dispuesto en la sentencia condenatoria o que garantice su pago a satisfacción del Estado Sentenciador. En el caso de la persona condenada insolvente se estará a lo que dispongan las leyes del Estado Sentenciador, procurando en todo caso que tal situación no obstaculice el traslado de la persona condenada. Corresponderá al Estado Receptor determinar si se ha acreditado fehacientemente la insolvencia. 7. Que la aplicación de la sentencia no sea contraria al ordenamiento jurídico interno ni al orden público del Estado Receptor y que la condena impuesta no sea de pena de muerte. 8. Que la persona condenada o sujeta a una medida de seguridad no tenga ningún proceso penal pendiente en su contra en el Estado Sentenciador. ARTÍCULO VI. CONSENTIMIENTO DE LA PERSONA CONDENADA O SUJETA A UNA MEDIDA DE SEGURIDAD. 1. Las Autoridades Competentes de las Partes informarán a las personas condenadas sujetas a medidas de seguridad, nacionales de la otra Parte sobre la posibilidad que les brinda la aplicación de este Convenio y sobre las consecuencias jurídicas que derivarían del traslado. 2. En caso que lo solicite, la persona condenada sujeta a medidas de seguridad, podrá comunicarse con el Cónsul de su país, quien a su vez podrá contactar a la Autoridad Competente del Estado Sentenciador, para solicitarle se preparen los antecedentes y estudios correspondientes de la persona condenada sujeta a medidas de seguridad, en su caso. 3. La voluntad de la persona condenada sujeta a medidas de seguridad de ser trasladada deberá ser expresamente manifestada por escrito. El Estado Sentenciador deberá A. 4

5 Sección A Acuerdos y Leyes facilitar, si lo solicita el Estado Receptor, que éste compruebe que la persona condenada conoce las consecuencias legales que aparejará el traslado y que dan el consentimiento de manera voluntaria. En el caso de la persona sujeta a medida de seguridad, el consentimiento deberá prestarlo su Representante Legal. ARTÍCULO VII. SOLICITUD DEL TRASLADO. El pedido del traslado podrá ser efectuado por iniciativa de la Autoridad Central del Estado Sentenciador, de la Autoridad Central del Estado Receptor, de la persona condenada, del Representante Legal de la persona sujeta a una medida de seguridad o de las autoridades diplomáticas de cualquiera de las Partes y será presentado ante el Estado Sentenciador o el Estado Receptor. Cualquiera de las Partes que hubiera recibido una solicitud de traslado, lo comunicará por escrito a la otra, en el plazo más breve posible. ARTÍCULO VIII. INFORMACIÓN QUE DEBERÁN PROPORCIONAR LOS ESTADOS. El Estado Sentenciador deberá proporcionar: 1. Copia autenticada de la sentencia y del cómputo de la pena, con la constancia de que ambos se encuentran firmes. 2. Una copia de las disposiciones legales aplicables que sirvieron de sustento para la sentencia. 3. El consentimiento por escrito de la persona condenada sujeta a medida de seguridad. El Estado Sentenciador deberá facilitar, si lo solicita el Estado Receptor, que se compruebe que la persona condenada, conoce las consecuencias legales que aparejará el traslado y que da el consentimiento de manera voluntaria. La manifestación del consentimiento se regirá por la ley del Estado Sentenciador. 4. La constancia que acredite que la persona condenada ha dado cumplimiento a las obligaciones pecuniarias a su cargo. 5. Cualquier información adicional que pueda ser útil a las autoridades del Estado Receptor para determinar el tratamiento de la persona condenada, sujeta a una medida de seguridad, con vistas a su reinserción social, tal como: valoración del delito, los antecedentes penales, su estado de salud, los vínculos que tuviera con el Estado Receptor y toda circunstancia que pueda considerarse como factor positivo a los fines del tratamiento. El Estado Receptor deberá proporcionar: 1. Un documento que acredite que la persona condenada, sujeta a una medida de seguridad, es nacional o residente permanente de dicho Estado. 2. Una copia de las disposiciones legales de la que resulte que los actos y omisiones que hayan dado lugar a la sentencia constituyen también un delito en el Estado Receptor, aunque no haya identidad en la tipificación. 3. Cualquiera información adicional que pueda considerarse como factor positivo a los fines de la reinserción. ARTÍCULO IX. DECISIÓN DE LA PETICIÓN DEL TRASLADO. 1. Las Partes tendrán absoluta discrecionalidad para resolver la petición del traslado. En caso de negar la autorización, no exigirá la expresión de causa. 2. El Estado Sentenciador analizará el pedido y comunicará su decisión al Estado Receptor. 3. El Estado Receptor podrá solicitar informaciones complementarias si considera que los documentos proporcionados por el Estado Sentenciador no permiten cumplir con lo dispuesto en el presente Convenio e informará al Estado Sentenciador las normas de ejecución vigentes. 4. Una vez que cualquiera de las Partes haya arribado a una decisión deberá notificarla a la otra Parte de manera inmediata. ARTÍCULO X. ENTREGA Y A. 5

6 Sección A Acuerdos y Leyes GASTOS DE TRASLADO. 1. Aprobado el traslado, las Partes convendrán el lugar y la fecha de la entrega de la persona condenada, sujeta a medidas de seguridad y la forma como se hará efectiva. El Estado Sentenciador será el responsable de la custodia y transporte de la persona sentenciada hasta el momento de la entrega. 2. Todos los gastos relacionados con el traslado de la persona condenada sujeta a medidas de seguridad, hasta la entrega y custodia al Estado Receptor, serán por cuenta del Estado Sentenciador. 3. A solicitud del Estado Sentenciador, el Estado Receptor proporcionará informes sobre el estado de la ejecución de la sentencia de la persona condenada sujeta a medidas de seguridad conforme al presente Convenio, incluyendo lo relativo a su libertad condicional o preparatoria. ARTÍCULO XI. PROHIBICIÓN DEL DOBLE ENJUICIAMIENTO. La persona condenada sujeta a medida de seguridad trasladada no podrá ser nuevamente enjuiciada en el Estado Receptor por el delito que motivó la condena impuesta por el Estado Sentenciador y su posterior traslado. ARTÍCULO XII. JURISDICCIÓN. 1. El Estado Sentenciador tendrá jurisdicción exclusiva respecto de todo procedimiento, cualquiera que sea su índole, que tenga por objeto anular, modificar o dejar sin efecto las sentencias dictadas por sus tribunales. 2. Sólo el Estado Sentenciador podrá amnistiar, indultar, revisar, perdonar o conmutar la condena impuesta. 3. Si así lo hiciere, comunicará la decisión al Estado Receptor, informándole sobre las consecuencias que en la legislación del Estado Sentenciador produce la decisión adoptada. 4. El Estado Receptor deberá adoptar de inmediato las medidas que correspondan a tales consecuencias. ARTÍCULO XIII. EJECUCIÓN. La ejecución de la sentencia se regirá por las leyes del Estado Receptor, incluso las condiciones para el otorgamiento y la revocación de la libertad condicional o preparatoria, anticipada o vigilada. ARTÍCULO XIV. TIEMPO DE LA SENTENCIA. Ninguna sentencia de prisión será ejecutada por el Estado Receptor de tal manera que prolongue la duración de la privación de libertad más allá del término de prisión impuesto por la sentencia del tribunal del Estado Sentenciador. ARTÍCULO XV. DEBER DE INFORMACIÓN. Las Autoridades Competentes de las Partes informarán a todas las personas condenadas sujetas a medidas de seguridad, que sean nacionales o residentes legales y permanentes de la otra Parte sobre la posibilidad que le brinda la aplicación de este Convenio y sobre las consecuencias jurídicas que derivarán del traslado. ARTÍCULO XVI. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Las Autoridades Centrales de ambas Partes, mantendrán la más estrecha comunicación con miras a consensuar la interpretación de las disposiciones del presente Convenio y para asegurar el seguimiento y efectivo cumplimiento de las condenas y medidas de seguridad impuestas. Toda controversia que surja de su interpretación o aplicación será resuelta por negociaciones directas entre ellas. En caso de no arribarse a un acuerdo, las Partes acudirán a la vía diplomática de conformidad con la normativa vigente sobre la materia. ARTÍCULO XVII. COMPROMISO. Las Partes se comprometen a adoptar las medidas legislativas necesarias y establecer los procedimientos administrativos adecuados para el cumplimiento de los propósitos de este Convenio. ARTÍCULO XVIII. A. 6

7 Sección B 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: GALVANIZADORA INDUSTRIAL SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE. 4.1/ Domicilio: Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, El Salvador. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: El Salvador B. REGISTRO EXTRANJERO 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MaxAlúm 7/ Clase Internacional: 06 Metales comunes y sus aleaciones; materiales de construcción metálicos; construcciones transportables metálicas; materiales metálicos para vías férreas; cables e hilos metálicos no eléctricos; cerrajería y ferretería metálica; tubos metálicos; cajas de caudales; productos metálicos no comprendidos en otras clases; minerales. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad 11/ Fecha de emisión: MaxAlúm Abogado Franklin Omar López Santos _ 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO 4/ Solicitante: PHARMA MAR, S.A. 4.1/ Domicilio: Polígono Industrial, La Mina Norte, Aveda. de Los Reyes Colmenar Viejo (Madrid), España. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: España B. REGISTRO EXTRANJERO 13 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PharmaMar Zeltia 7/ Clase Internacional: 42 Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos, servicios de análisis e investigaciones industriales, diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad 11/ Fecha de emisión: PharmaMar Zeltia 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: 04/03/2015 4/ Solicitante: Asociación Colombiana de Productores de Concreto-Asocreto 4.1/ Domicilio: Calle 103 No , Bogotá, D.C., Colombia. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Colombia B. REGISTRO EXTRANJERO 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Noticreto 7/ Clase Internacional: 16 Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta: clichés de imprenta. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad 11/ Fecha de emisión: Noticreto Abogado Franklin Omar López Santos _ 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: MANUFACTURERA DE BOTAS CUADRA, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: KAPPA # 108-B, FRACC. INDUSTRIAL DELTA LEÓN, GUANAJUATO, MÉXICO / Organizada bajo las leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO / Denominación y 6.1/ Distintivo: FRANCO CUADRA & Diseño 7/ Clase Internacional: 25 Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad 11/ Fecha de emisión: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES B. A. 13 1

8 1/ Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO 4/ Solicitante: SEGUROS CREFISA, S.A. 4.1/ Domicilio: Primer nivel, edificio Ficensa, boulevard Morazán. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras 5.2/ País de origen: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CREATIVO 1/ Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO 4/ Solicitante: SEGUROS CREFISA, S.A. 4.1/ Domicilio: Primer nivel, edificio Ficensa, boulevard Morazán. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras 5.2/ País de origen: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SEGUROS CREFISA Y DISEÑO CREATIVO 7/ Clase Internacional: 36 Seguros, negocios financieros, negocios monetarios, negocios inmobiliarios. 8.1/ Página adicional. 9/ Nombre: Alejandra Paola Cruz Navas Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad 11/ Fecha de emisión: Colores: Pantone 334c, pantone 375c y negro. 7/ Clase Internacional: 36 Seguros, negocios financieros, negocios monetarios, negocios inmobiliarios. 8.1/ Página adicional. 9/ Nombre: Alejandra Paola Cruz Navas Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad 11/ Fecha de emisión: J., 3 y 20 J J., 3 y 20 J / Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL 4/ Solicitante: SEGUROS CREFISA, S.A. 4.1/ Domicilio: Primer nivel, edificio Ficensa, boulevard Morazán. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras 5.2/ País de origen: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SEGUROS CREFISA 7/ Clase Internacional: 00 Finalidad: Seguros y negocios financieros en general. 8.1/ Página adicional. 9/ Nombre: Alejandra Paola Cruz Navas Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad 11/ Fecha de emisión: J., 3 y 20 J SEGUROS CREFISA 1/ Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: SEGUROS CREFISA, S.A. 4.1/ Domicilio: Primer nivel, edificio Ficensa, boulevard Morazán. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras 5.2/ País de origen: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CREATIVO 7/ Clase Internacional: 09 Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza. 8.1/ Página adicional. 9/ Nombre: Alejandra Paola Cruz Navas Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad 11/ Fecha de emisión: J., 3 y 20 J CREATIVO B. A. 14 2

9 [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 08/05/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA [4] Solicitante: CERVECERÍA HONDUREÑA, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: BARRIO GUADALUPE, SALIDA A PUERTO CORTÉS, SAN PEDRO SULA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ACTI MALTA Y DISEÑO [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 10/07/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA [4] Solicitante: CENTRO CIENTIFICO INTERNACIONAL DE MEDICINA BIOLOGICA SAS [4.1] Domicilio: BOGOTA, COLOMBIA [4.2] Organizada bajo las leyes de: COLOMBIA [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SES-MAX Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 32 Cervezas, aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas y zumos de frutas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. [9] Nombre: CARLOS VIRGILIO UMANZOR BONILLA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad [11] Fecha de emisión: 2 de junio del año [12] Reservas: Se protege el diseño y los colores y la forma de empleo de ellos en su conjunto, junto con las líneas mostradas en la etiqueta. No se reivindica la frase BEBIDA NUTRITIVA Y REFRESCANTE, VITAMINAS B1, B2, B3. 18 J., 3 y 20 J [7] Clase Internacional: 5 Productos farmacéuticos y veterinarios e higiénicos dietéticos para niños y enfermos, emplastos, material para vendajes, materiales para empastar dientes y para improntas dentales. [9] Nombre: BELKY ORDÓNEZ Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad [11] Fecha de emisión: 15 de octubre del año [12] Reservas: No tiene reservas. 18 J., 3 y 20 J [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 15/04/2015 [4] Solicitante: PERIODICOS Y REVISTAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (PYRSA). [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LA TRIBUNA MULTIMEDIOS [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 15/04/2015 [4] Solicitante: PERIODICOS Y REVISTAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (PYRSA). [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LA TRIBUNA TV [7] Clase Internacional: 38 Telecomunicaciones. [7] Clase Internacional: 38 Telecomunicaciones. [9] Nombre: CRISTIAN ODAIR GARCÍA ÁLVAREZ [9] Nombre: CRISTIAN ODAIR GARCÍA ÁLVAREZ Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad [11] Fecha de emisión: 27 de abril del año [12] Reservas: No se protege MULTIMEDIOS para este género de servicios. [11] Fecha de emisión: 27 de abril del año [12] Reservas: No se protege TV, para este género de servicios. 18 J., 3 y 20 J J., 3 y 20 J A. B. 15 3

10 T r a n s p o r t e d e c a r g a e n c o n t e n e d o r e s m o v i l i z a d o s d e m a n e r a s u c e s i v a c o m o p a r t e s d e s a r m a d a s d e v e h í c u l o s M e t a l e s c o m u n e s y s u s a l e a c i o n e s, m a t e r i a l e s d e c o n s t r u c c i ó n m e t á l i c o s, c o n s t r u c c i o n e s t r a n s p o r t a b l e s m e t á l i c a s, m a t e r i a l e s m e t á l i c o s p a r a v í a s f é r r e a s, c a b l e s e h i l o s m e t á l i c o s n o e l é c t r t i c o s, c e r r a j e r í a y f e r r e t e r í a m e t á l i c a, M e t a l e s c o m u n e s y s u s a l e a c i o n e s, m a t e r i a l e s d e c o n s t r u c c i ó n m e t á l i c o s, c o n s t r u c c i o n e s t r a n s p o r t a b l e s m e t á l i c a s, m a t e r i a l e s m e t á l i c o s p a r a v í a s f é r r e a s, c a b l e s e h i l o s m e t á l i c o s n o e l é c t r t i c o s, c e r r a j e r í a y f e r r e t e r í a m e t á l i c a, M e t a l e s c o m u n e s y s u s a l e a c i o n e s, m a t e r i a l e s d e c o n s t r u c c i ó n m e t á l i c o s, c o n s t r u c c i o n e s t r a n s p o r t a b l e s m e t á l i c a s, m a t e r i a l e s m e t á l i c o s p a r a v í a s f é r r e a s, c a b l e s e h i l o s m e t á l i c o s n o e l é c t r t i c o s, c e r r a j e r í a y f e r r e t e r í a m e t á l i c a, La Gaceta [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 19/05/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA [4] Solicitante: PHARMAETICA LABORATORIOS, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: ALDEA LAS CASITAS, ANILLO PERIFÉRICO, CONTIGUO ENTRADA COLONIA LOS HIDALGOS, FRENTE PLANTEL DE LA TOYOTA, COMAYAGÜELA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS [5] Registro básico: No tiene otros registros [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DEFLACOR [7] Clase Internacional: 5 Producto medicinal. [9] Nombre: Marco Antonio Rodríguez Mejía [11] Fecha de emisión: 16 de junio del año [12] Reservas: No tiene reservas. 3, 20 J. y 4 A DEFLACOR Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: 04-Nov / Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO 4/ Solicitante: A.P. MOLLER-MAERSK A/S 4.1/ Domicilio: Esplanaden 50, 1098 Copenhagen K, Dinamarca. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Dinamarca 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VAMOS JUNTOS 7/ Clase Internacional: 39 t e r r e s t r e s p o r b u q u e s. 9/ Nombre: LINA LILI GAMERO 11/ Fecha de emisión: , 20 J. y 4 A VAMOS JUNTOS Abogado Franklin Omar López Santos 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: DIVISION DMC GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA 4.1/ Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Guatemala 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MONOLIT Escrita en forma especial 7/ Clase Internacional: 06 t u b o s m e t á l i c o s. 9/ Nombre: LINA LILI GAMERO 11/ Fecha de emisión: , 20 J. y 4 A Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: DIVISION DMC GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA 4.1/ Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Guatemala 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MONOLIT Y DISEÑO 7/ Clase Internacional: 06 t u b o s m e t á l i c o s. 9/ Nombre: LINA LILI GAMERO 11/ Fecha de emisión: , 20 J. y 4 A Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares _ 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA 4/ Solicitante: DIVISION DMC GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA 4.1/ Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Guatemala 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MONOLIT Su solución para la obra gris 7/ Clase Internacional: 06 t u b o s m e t á l i c o s. 9/ Nombre: LINA LILI GAMERO 11/ Fecha de emisión: Se usará con la Marca MONOLIT , 20 J. y 4 A Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares _ 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO 4/ Solicitante: MULTI INVERSIONES MENA MIM 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, municipio del Distrito Central 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Tde 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CHEPE SHOW Y DISEÑO 7/ Clase Internacional: 41 E d u c a c i ó n, f o r m a c i ó n, e s p a r c i m i e n t o, a c t i v i d a d e s d e p o r t i v a s y c u l t u r a l e s. 9/ Nombre: Mercedes Margarita Barahona Valladares 11/ Fecha de emisión: , 20 J. y 4 A Abogado Franklin Omar López Santos B. A. 16 4

11 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: NOVOMATIC AG 4.1/ Domicilio: Wiener Strasse 15, 2352 Gumpoldskirchen - Austria. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Austria B. REGISTRO EXTRANJERO 13 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BEETLE MANIA 7/ Clase Internacional: 28 Equipos para casinos, en concreto mesas de ruleta, ruedas de ruleta; juegos de casino, máquinas automáticas de juegos de azar y máquinas de juegos de azar, en particular para uso industrial en casinos y salas de juegos de azar, con o sin pago de premios; tragaperras y/o aparatos de juego con dinero con o sin posibilidades de premio; carcasas para máquinas tragaperras, máquinas automáticas de juegos de azar y máquinas de juegos de azar; máquinas tragaperras y aparatos electrotécnicos o electrónicos de juegos de azar, máquinas automáticas de juegos de azar, máquinas de juegos de azar, máquinas tragaperras accionadas mediante la introducción de monedas, fichas, billetes, boletos o medios electrónicos, magnéticos o biométricos de almacenamiento, en particular para su uso profesional en casinos y salas de juegos de azar con o sin pago de premios; cajas para tragaperras, aparatos de juegos de azar, máquinas automáticas de juegos de azar y máquinas de juegos de azar que funcionan mediante la introducción de monedas, fichas, billetes o con medios de almacenamiento electrónicos, magnéticos o biométricos; aparatos eléctricos, electrónicos o mecánicos para efectuar juegos de bingo, de lotería o juegos de lotería por vídeo y para oficinas de apuestas, conectados en red o no; máquinas de sorteo electroneumáticas y eléctricas (máquinas tragaperras). 9/ Nombre: Gissel Zalavarria Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad 11/ Fecha de emisión: 17/04/15 BEETLE MANIA Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: NOVOMATIC AG 4.1/ Domicilio: Wiener Strasse 15, 2352 Gumpoldskirchen - Austria. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Austria B. REGISTRO EXTRANJERO C.- ESPECIFICACIONES DE LA 13 DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DOLPHIN S PEARL DOLPHIN S PEARL 7/ Clase Internacional: 28 Equipos para casinos, en concreto mesas de ruleta, ruedas de ruleta; juegos de casino, máquinas automáticas de juegos de azar y máquinas de juegos de azar, en particular para uso industrial en casinos y salas de juegos de azar, con o sin pago de premios; tragaperras y/o aparatos de juego con dinero con o sin posibilidades de premio; carcasas para máquinas tragaperras, máquinas automáticas de juegos de azar y máquinas de juegos de azar; máquinas tragaperras y aparatos electrotécnicos o electrónicos de juegos de azar, máquinas automáticas de juegos de azar, máquinas de juegos de azar, máquinas tragaperras accionadas mediante la introducción de monedas, fichas, billetes, boletos o medios electrónicos, magnéticos o biométricos de almacenamiento, en particular para su uso profesional en casinos y salas de juegos de azar con o sin pago de premios; cajas para tragaperras, aparatos de juegos de azar, máquinas automáticas de juegos de azar y máquinas de juegos de azar que funcionan mediante la introducción de monedas, fichas, billetes o con medios de almacenamiento electrónicos, magnéticos o biométricos; aparatos eléctricos, electrónicos o mecánicos para efectuar juegos de bingo, de lotería o juegos de lotería por vídeo y para oficinas de apuestas, conectados en red o no; máquinas de sorteo electroneumáticas y eléctricas (máquinas tragaperras). 9/ Nombre: Gissel Zalavarria Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad 11/ Fecha de emisión: 17/04/15 Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: NOVOMATIC AG 4.1/ Domicilio: Wiener Strasse 15, 2352 Gumpoldskirchen - Austria. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Austria B. REGISTRO EXTRANJERO 13 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BOOK OF RA 7/ Clase Internacional: 28 Equipos para casinos, en concreto mesas de ruleta, ruedas de ruleta; juegos de casino, máquinas automáticas de juegos de azar y máquinas de juegos de azar, en particular para uso industrial en casinos y salas de juegos de azar, con o sin pago de premios; tragaperras y/o aparatos de juego con dinero con o sin posibilidades de premio; carcasas para máquinas tragaperras, máquinas automáticas de juegos de azar y máquinas de juegos de azar; máquinas tragaperras y aparatos electrotécnicos o electrónicos de juegos de azar, máquinas automáticas de juegos de azar, máquinas de juegos de azar, máquinas tragaperras accionadas mediante la introducción de monedas, fichas, billetes, boletos o medios electrónicos, magnéticos o biométricos de almacenamiento, en particular para su uso profesional en casinos y salas de juegos de azar con o sin pago de premios; cajas para tragaperras, aparatos de juegos de azar, máquinas automáticas de juegos de azar y máquinas de juegos de azar que funcionan mediante la introducción de monedas, fichas, billetes o con medios de almacenamiento electrónicos, magnéticos o biométricos; aparatos eléctricos, electrónicos o mecánicos para efectuar juegos de bingo, de lotería o juegos de lotería por vídeo y para oficinas de apuestas, conectados en red o no; máquinas de sorteo electroneumáticas y eléctricas (máquinas tragaperras). 9/ Nombre: Gissel Zalavarria Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad 11/ Fecha de emisión: 17/04/15 BOOK OF RA Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares B. A. 17 5

12 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: MANUFACTURERA DE BOTAS CUADRA, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: KAPPA # 108-B, FRACC. INDUSTRIAL DELTA LEON, GUANAJUATO, MÉXICO / Organizada bajo las leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CUADRA & Diseño 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: MANUFACTURERA DE BOTAS CUADRA, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: KAPPA # 108-B, FRACC. INDUSTRIAL DELTA LEÓN, GUANAJUATO, MÉXICO / Organizada bajo las leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO / Denominación y 6.1/ Distintivo: FRANCO CUADRA & Diseño 7/ Clase Internacional: 18 Artículos de cuero y cuero de imitación, incluyendo carteras, billeteras, bolsas, portafolios, maletas, arneses para animales, bandoleras de cuero, bolsos de mano, bolsos de viaje, bolsitos de mano, carteras de bolsillo, cordones de cuero, mochilas, monederos, morrales, portadocumentos, portamonedas, riendas, tarjeteros (carteras); pieles de animales; baúles y maletas; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas y sombrillas; bastones; fustas y artículos de guarnicionería. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad 11/ Fecha de emisión: Abogado Franklin Omar López Santos _ 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: MANUFACTURERA DE BOTAS CUADRA, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: KAPPA # 108-B, FRACC. INDUSTRIAL DELTA LEON, GUANAJUATO, MÉXICO / Organizada bajo las leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CUADRA & Diseño 7/ Clase Internacional: 18 Artículos de cuero y cuero de imitación, incluyendo carteras, billeteras, bolsas, portafolios, maletas, arneses para animales, bandoleras de cuero, bolsos de mano, bolsos de viaje, bolsitos de mano, carteras de bolsillo, cordones de cuero, mochilas, monederos, morrales, portadocumentos, portamonedas, riendas, tarjeteros (carteras); pieles de animales; baúles y maletas; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas y sombrillas; bastones; fustas y artículos de guarnicionería. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad 11/ Fecha de emisión: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: SANOFI 4.1/ Domicilio: 54 Rue La Boétie, París, FRANCE. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Francia B. REGISTRO EXTRANJERO / Denominación y 6.1/ Distintivo: ALLEMONTE 7/ Clase Internacional: 25 Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad 11/ Fecha de emisión: / Clase Internacional: 05 Productos farmacéuticos. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad 11/ Fecha de emisión: Abogado Franklin Omar López Santos B. A. 18 6

13 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: Termoencogibles, Sociedad Anónima de Capital Variable que puede abreviarse Termoencogibles, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Antiguo Cuscatlán, La Libertad, El Salvador. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: El Salvador 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO DE EMPAQUE 7/ Clase Internacional: 16 Bolsas Plásticas. 11/ Fecha de emisión: Sólo se protege la composición de los elementos dentro del diseño de empaque en su conjunto, no se protegen aquellas denominaciones de uso común. Abogado Franklin Omar López Santos _ 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: Termoencogibles, Sociedad Anónima de Capital Variable que puede abreviarse Termoencogibles, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Antiguo Cuscatlán, La Libertad, El Salvador. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: El Salvador 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO DE EMPAQUE 7/ Clase Internacional: 16 Bolsas Plásticas. 11/ Fecha de emisión: Sólo se protege la composición de los elementos dentro del diseño de empaque en su conjunto, no se protegen aquellas denominaciones de uso común. Abogado Franklin Omar López Santos _ 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: Termoencogibles, Sociedad Anónima de Capital Variable, que puede abreviarse Termoencogibles, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Antiguo Cuscatlán, La Libertad, El Salvador. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: El Salvador 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO DE EMPAQUE 7/ Clase Internacional: 16 Bolsas Plásticas. 11/ Fecha de emisión: Sólo se protege la composición de los elementos dentro del diseño de empaque en su conjunto, no se protegen aquellas denominaciones de uso común. Abogado Franklin Omar López Santos _ 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA 4/ Solicitante: UNIÓN COMERCIAL DE HONDURAS, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HOT FRIDAY Esta señal de propaganda va ligada al nombre comercial LA CURACAO Reg. # / Clase Internacional: 00 Su establecimiento dedicado a la fabricación, distribución, comercialización, importación de toda clase de productos de uso doméstico. 11/ Fecha de emisión: HOT FRIDAY Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares _ 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: Hero MotoCorp Ltd. 4.1/ Domicilio: 34, Community Centre, Basant Lok, Vasant Vihar, New Delhi , India. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: India. 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DASH DUOS 7/ Clase Internacional: 12 Vehículos, incluyendo partes, piezas y accesorios de los mismos. 11/ Fecha de emisión: DASH DUOS Abogado Franklin Omar López Santos B. A. 19 7

14 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: Novomatic AG 4.1/ Domicilio: Wiener Strasse 158, 2352 Gumpoldskirchen - Austria 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Austria 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LUCKY LADY S CHARM 7/ Clase Internacional: 09 Software o hardware en particular para casinos y salas de juegos de azar, para máquinas automáticas de juegos de azar, máquinas tragaperras o juegos de lotería por vídeo. 11/ Fecha de emisión: 17/04/15 Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: Novomatic AG 4.1/ Domicilio: Wiener Strasse 158, 2352 Gumpoldskirchen - Austria 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Austria 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BEETLE MANIA 7/ Clase Internacional: 09 Software o hardware en particular para casinos y salas de juegos de azar, para máquinas automáticas de juegos de azar, máquinas tragaperras o juegos de lotería por vídeo. 11/ Fecha de emisión: / No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: Novomatic AG 4.1/ Domicilio: Wiener Strasse 158, 2352 Gumpoldskirchen - Austria 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Austria 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BOOK OF RA Software o hardware en particular para casinos y salas de juegos de azar, para máquinas automáticas de juegos de azar, máquinas tragaperras o juegos de lotería por vídeo. 11/ Fecha de emisión: / No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: Novomatic AG 4.1/ Domicilio: Wiener Strasse 158, 2352 Gumpoldskirchen - Austria 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Austria 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SIZZLING HOT 7/ Clase Internacional: 09 Software o hardware en particular para casinos y salas de juegos de azar, para máquinas automáticas de juegos de azar, máquinas tragaperras o juegos de lotería por vídeo. 11/ Fecha de emisión: / No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: SIDELA, S.A. 4.1/ Domicilio: Av. 18 de Julio 1117, Ap Montevideo, Uruguay 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Uruguay 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: POXILINA 7/ Clase Internacional: 17 Caucho, gutapercha, goma, amianto, mica, y productos de estas materias no comprendidos en otras clases, productos en materias plásticas semielaboradas, materias que sirven para calafatear, cerrar con estopa y aislar, tubos flexibles no metálicos.. 7/ Clase Internacional: 09 11/ Fecha de emisión: B. A. 20 8

15 [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 27/03/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA [4] Solicitante: NOVAMATIC AG [4.1] Domicilio: WIENER STRASSE 158, 2352 GUMPOLDSKIRCHEN, AUSTRIA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: AUSTRIA [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SIZZLING HOT SIZZLING HOT [7] Clase Internacional: 28 Equipos para casinos, en concreto mesas de ruleta, ruedas de ruleta; juegos de casino, máquinas automáticas de juegos de azar y máquinas de juegos de azar, en particular para uso industrial en casinos y salas de juegos de azar, con o sin pago de premios; tragaperras y/o aparatos de juego con dinero con o sin posibilidades de premio; carcasas para máquinas tragaperras, maquinas automáticas de juegos de azar y máquinas de juegos de azar; máquinas tragaperras y aparatos electrotécnicos o electrónicos de juegos de azar, maquinas automáticas de juegos de azar, máquinas de juegos de azar, máquinas tragaperras accionadas mediante la introducción de monedas, fichas, billetes, boletos o medios electrónicos, magnéticos o biométricos de almacenamiento, en particular para su uso profesional en casinos y salas de juegos de azar con o sin pago de premios; cajas para tragaperras, aparatos de juegos de azar, máquinas automáticas de juegos de azar y máquinas de juegos de azar que funcionan mediante la introducción de monedas, fichas, billetes o con medios de almacenamiento electrónicos, magnéticos o biométricos; aparatos eléctricos, electrónicos o mecánicos para efectuar juegos de bingo, de lotería o juegos de lotería por vídeo y para oficinas de apuestas, conectados en red o no; máquinas de sorteo electroneumáticas y eléctricas (máquinas tragaperras). [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 23/06/2009 [4] Solicitante: SHAKEY S USA, INC. [4.1] Domicilio: 2200 WEST VALLEY BLVD., ALHAMBRA, CALIFORNIA 91803, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SHAKEY S [7] Clase Internacional: 43 Servicios de bar y restaurante. [9] Nombre: GISSEL ZALAVARRÍA O HARA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad [11] Fecha de emisión: 25 de junio del año [12] Reservas: No tiene reservas. SHAKEY S [9] Nombre: GISSEL ZALAVARRÍA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad [11] Fecha de emisión: 22 de abril del año [12] Reservas: No tiene reservas. [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 08/05/2015 [4] Solicitante: HERO MOTOCORP, LTD. [4.1] Domicilio: 34, COMMUNITY CENTRE, BASANT LOK, VASANT VIHAR, NEW DELHI , INDIA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: INDIA [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ECO 100 [7] Clase Internacional: 37 Servicios de reparación, mantenimiento, instalación y revisión de vehículos. [9] Nombre: GISSEL ZALAVARRÍA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad [11] Fecha de emisión: 11 de junio del año [12] Reservas: La denominación ECO 100 debe verse en su forma conjunta, tal como se muestra en etiqueta adjunta. ECO 100 1/ No. Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: Novomatic AG 4.1/ Domicilio: Wiener Strasse 158, 2352 Gumpoldskich - Austria. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Austria B. REGISTRO EXTRANJERO 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LUCKY LADY S CHARM / Clase Internacional: 28 Equipos para casinos, en concreto mesas de ruleta, ruedas de ruleta; juegos de casino, máquinas automáticas de juegos de azar y máquinas de juegos de azar, en particular para uso industrial en casinos y salas de juegos de azar, con o sin pago de premios; tragaperras y/o aparatos de juego con dinero con o sin posibilidades de premio; carcasas para máquinas tragaperras, máquinas automáticas de juegos de azar y máquinas de juegos de azar; máquinas tragaperras y aparatos electrotécnicos o electrónicos de juegos de azar, máquinas automáticas de juegos de azar, máquinas de juegos de azar, máquinas tragaperras accionadas mediante la introducción de monedas, fichas, billetes, boletos o medios electrónicos, magnéticos o biométricos de almacenamiento, en particular para su uso profesional en casinos y salas de juegos de azar con o sin pago de premios; cajas para tragaperras, aparatos de juegos de azar, máquinas automáticas de juegos de azar y máquinas de juegos de azar que funcionan mediante la introducción de monedas, fichas, billetes o con medios de almacenamiento electrónicos, magnéticos o biométricos; aparatos eléctricos, electrónicos o mecánicos para efectuar juegos de bingo, de lotería o juegos de lotería por vídeo y para oficinas de apuestas, conectados en red o no; máquinas de sorteo electroneumáticas y eléctricas (máquinas tragaperras). Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad 11/ Fecha de emisión: LUCKY LADY S CHARM B. A. 21 9

16 [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 06/02/2015 [4] Solicitante: EXPEDITORS INTERNATIONAL OF WASHINGTON, INC. [4.1] Domicilio: 1015 THIRD AVENUE 12 TH FLOOR, SEATTLE, WA 98104, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EXPEDITORS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 42 Provisión de uso temporal de software en línea no descargable y aplicaciones en relación a correduría aduanera, despacho de aduana, correduría de carga y transporte, envío y consolidación, servicios de agencia de importaciónexportación, dirección de logística, servicios de suministros en cadena, y pronóstico de oferta y demanda. [9] Nombre: MARILIA DOMINGA ZELAYA [11] Fecha de emisión: 16 de junio del año [12] Reservas: No se protege la frase YOUD BE SURPRISED HOW FAR WELL GO FOR YOU. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Corretaje de fletes y transporte; servicios de envío de carga; servicios de manejo de importación y exportación de carga; servicios de logística de la cadena de suministros y logística invertida, en relación a almacenamiento, transporte y entrega de documentos, empaque, materiales en bruto, y otras cargas para terceros por aire, ferrocarril, barco o camión; consolidación de contenedores para productos con fines de transporte; servicios de consultoría de transportes. Servicios de logística de transporte, a saber, servicios de organización de transporte para terceros. [9] Nombre: MARILIA DOMINGA ZELAYA [11] Fecha de emisión: 16 de junio del año [12] Reservas: No tiene reservas. [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 06/02/2015 Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES [4] Solicitante: EXPEDITORS INTERNATIONAL OF WASHINGTON, INC. (SOC. ESTADOUNIDENSE). [4.1] Domicilio: 1015 THIRD AVENUE 12 TH FLOOR, SEATTLE, WA 98104, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EXPEDITORS Y DISEÑO [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 06/02/2015 [4] Solicitante: EXPEDITORS INTERNATIONAL OF WASHINGTON, INC. [4.1] Domicilio: 1015 THIRD AVENUE 12 TH FLOOR, SEATTLE, WASHINGTON 98104, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EXPEDITORS [7] Clase Internacional: 42 Provisión de uso temporal de software en línea no descargable y aplicaciones en relación a correduría aduanera, despacho en aduana, correduría de carga y transporte, envío y consolidación, servicios de agencia de importaciónexportación, dirección de logística, servicios de suministro en cadena, y pronóstico de oferta y demanda. [9] Nombre: MARILIA DOMINGA ZELAYA [11] Fecha de emisión: 16 de junio del año [12] Reservas: No tiene reservas. [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 06/02/2015 EXPEDITORS [4] Solicitante: EXPEDITORS INTERNATIONAL OF WASHINGTON, INC. [4.1] Domicilio: 1015 THIRD AVENUE 12 TH FLOOR, SEATTLE, WASHINGTON 98104, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EXPEDITORS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 39 Corretaje de fletes y transporte; servicios de envío de carga; servicios de manejo de importación y exportación de carga; servicios de logística de la cadena de suministros y logística invertida, en relación a almacenamiento, transporte y entrega de documentos, empaque, materiales en bruto, y otras cargas para terceros por aire, ferrocarril, barco o camión; consolidación de contenedores para productos con fines de transporte; servicios de consultoría de transportes. Servicios de logística de transporte, a saber, servicios de organización de transporte para terceros. [9] Nombre: MARILIA DOMINGA ZELAYA [11] Fecha de emisión: 16 de junio del año [12] Reservas: No tiene reservas. [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 06/02/2015 [4] Solicitante: EXPEDITORS INTERNATIONAL OF WASHINGTON, INC. [4.1] Domicilio: 1015 THIRD AVENUE 12 TH FLOOR, SEATTLE, WASHINGTON, 98104, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EXPEDITORS [7] Clase Internacional: 35 Servicios de asesoramiento de negocios en el campo de despacho en aduana, servicios de agencias de importaciónexportación, logística, servicios relacionados con la cadena de suministros, previsión de oferta y demanda; servicios de gestión de negocios comerciales, a saber, gestión de logística, logística inversa, servicios relacionados con la cadena de suministros, visibilidad y sincronización de la cadena de suministros, previsión de oferta y demanda y procesos de distribución de productos para terceros; consulta de gestión de riesgos en los negocios; servicios de despacho en aduanas; agencias de importación-exportación; administración de logística de carga; puesta a disposición de información y noticias en el campo de los negocios. [9] Nombre: MARILIA DOMINGA ZELAYA [11] Fecha de emisión: 16 de junio del año [12] Reservas: No tiene reservas. EXPEDITORS [7] Clase Internacional: 39 B. A

17 [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 05/09/2014 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA [4] Solicitante: TRANSPORTES FINCA EL ENCANTO [4.1] Domicilio: MUNICIPIO DE DULCE NOMBRE, DEPARTAMENTO DE COPÁN, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MOUNTAIN SPRING Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas), jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos. 9/ Nombre: MARTÍN ROBERTO ERAZO ORELLANA 11/ Fecha de emisión: [7] Clase Internacional: 32 Agua. [9] Nombre: MARTÍN ROBERTO ERAZO ORELLANA [11] Fecha de emisión: 29 de junio del año [12] Reservas: Señal de propaganda que se usará con la marca SIEMPRE FRESCA, CLASE 32 SOLICITUD , de acuerdo como se muestra en la etiqueta. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES 3, 20 J. y 4 A [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 05/09/2014 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL [4] Solicitante: MERLIN YANETH ERAZO ORELLANA [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TOKKEN S Y DISEÑO 3, 20 J. y 4 A [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 05/09/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA [4] Solicitante: TRANSPORTES FINCA EL ENCANTO [4.1] Domicilio: MUNICIPIO DE DULCE NOMBRE, DEPARTAMENTO DE COPÁN, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SIEMPRE FRESCA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 0 Entretenimiento familiar, comidas rapidas, videojuegos y similares. [9] Nombre: MARTÍN ROBERTO ERAZO ORELLANA [11] Fecha de emisión: 7 de enero del año [12] Reservas: No tiene reservas [7] Clase Internacional: 32 Agua. [9] Nombre: MARTÍN ROBERTO ERAZO ORELLANA [11] Fecha de emisión: 29 de junio del año [12] Reservas: No tiene reservas Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES 3, 20 J. y 4 A /Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: INVERSIONES IRISES (IRIS ALICIA HERNÁNDEZ LÓPEZ) 4.1/ Domicilio: SANTA ROSA DE COPÁN, DEPARTAMENTO DE COPÁN, HONDURAS, C.A. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: IRISES Y DISEÑO 3, 20 J. y 4 A [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 05/09/2014 [4] Solicitante: MERLIN YANETH ERAZO ORELLANA [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TOKKEN S Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 Servicio de restauración (alimentación). [9] Nombre: MARTÍN ROBERTO ERAZO ORELLANA [11] Fecha de emisión: 7 de enero del año [12] Reservas: No tiene reservas. 7/ Clase Internacional: 03 3, 20 J. y 4 A B. A

18 [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 06/06/2014 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL [4] Solicitante: ALMACENES XTRA, S.A.DE C.V. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MEGA REMATES legumbres frescas, semillas, plantas y flores naturales, alimentos para los animales, malta. 9/ Nombre: MERCEDES YOLANI MUNGUIA PAGUADA. 11/ Fecha de emisión: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPZ SANTOS [7] Clase Internacional: 0 Compraventa de mercadería en general, importación, exportación, remates de toda clase de mercadería, distribución, comercialización. [9] Nombre: LIZETTE AMALIA GOMEZ ROBLEDA [11] Fecha de emisión: 8 de julio del año [12] Reservas: Solamente se protege MEGA-REMATES. No se protege el diseño presentado, ni la frase TU MUNDO DE LIQUIDACIONES. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES 1/Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL 4/ Solicitante: HM PROCESSING, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EMPORIUM XTRA 1/Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: FIAVI-AGRO, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: BOULEVARD VENEZUELA, No. 933, CONTIGUO ASERRADERO ABETOS, SAN SALVADOR 4.2/ Organizada bajo las leyes de: EL SALVADOR 02 Selec. el País 00 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PORCIMIX Se desea protejer la marca (Porcimix) 7/ Clase Internacional: 31 Productos agrícolas, hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases, animales vivos, frutas y legumbres frescas, semillas, plantas y flores naturales, alimentos para los animales, malta. 9/ Nombre: MERCEDES YOLANI MUNGUIA PAGUADA. La palabra Emporium Xtra con letras color negra resaltando la letra X de un tamaño más grande inclinada hacia la derecha con color rojo y blanco. 7/ Clase Internacional: Importación de toda clase de mercaderías con el propósito de ser modificadas o incorporadas en productos para posteriormente ser exportados, comercialización, así como cualquier otra actividad de lícito comercio relacionado. 9/ Nombre: LIZETTE AMALIA GOMEZ ROBLEDA 11/ Fecha de emisión: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPZ SANTOS 1/Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: FIAVI-AGRO, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: BOULEVARD VENEZUELA, No. 933, CONTIGUO ASERRADERO ABETOS, SAN SALVADOR 4.2/ Organizada bajo las leyes de: EL SALVADOR 02 Selec. el País 00 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AVIPREMIX 11/ Fecha de emisión: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPZ SANTOS 1/Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: FIAVI-AGRO, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: BOULEVARD VENEZUELA, No. 933, CONTIGUO ASERRADERO ABETOS, SAN SALVADOR 4.2/ Organizada bajo las leyes de: EL SALVADOR 02 Selec. el País 00 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BOVIMIX Se desea protejer la marca (Bovimix) 7/ Clase Internacional: 31 Productos agrícolas, hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases, animales vivos, frutas y legumbres frescas, semillas, plantas y flores naturales, alimentos para los animales, malta. 9/ Nombre: MERCEDES YOLANI MUNGUIA PAGUADA. Se desea protejer la marca (Avipremix) 7/ Clase Internacional: 31 Productos agrícolas, hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases, animales vivos, frutas y 11/ Fecha de emisión: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPZ SANTOS B. A

19 [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 23/06/2009 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA [4] Solicitante: SHAKE YS USA, INC. [4.1] Domicilio: 2200 WEST VALLEY BLVD., ALHAMBRA, CALIFORNIA 91803, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SHAKEY S [7] Clase Internacional: 30 Pizzas [9] Nombre: GISSEL ZALAVARRÍA O HARA [11] Fecha de emisión: 25 de junio del año [12] Reservas: No tiene reservas SHAKEY S 1/Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: Hero MotoCorp Ltd. 4.1/ Domicilio: 34, Community Centre, Basant Lok, Vasant Vihar, New Delhi , India. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: India 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DASH AIR 7/ Clase Internacional: 12 Vehículos, incluyendo partes, piezas y accesorios de los mismos. 9/ Nombre: GISSEL ZALAVARRÍA 11/ Fecha de emisión: DASH AIR Abogado FRANKLIN OMAR LÓPZ SANTOS 1/Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: PHARMA MAR, S.A. 4.1/ Domicilio: Polígono Industrial La Mina Norte, Avda. de Los Reyes Colmenar Viejo (Madrid), España. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: España 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PharmaMar Zeltia para uso médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales, desinfectantes, productos para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 9/ Nombre: GISSEL ZALAVARRÍA 11/ Fecha de emisión: /Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: Hero MotoCorp Ltd. 4.1/ Domicilio: 34, Community Centre, Basant Lok, Vasant Vihar, New Delhi , India. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: India 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ECO 100 7/ Clase Internacional: 12 Vehículos, incluyendo partes, piezas y accesorios de los mismos. 9/ Nombre: GISSEL ZALAVARRÍA 11/ Fecha de emisión: ECO 100 1/Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO 4/ Solicitante: Hero MotoCorp Ltd. 4.1/ Domicilio: 34, Community Centre, Basant Lok, Vasant Vihar, New Delhi , India. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: India 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ECO DELUXE ECO DELUXE 7/ Clase Internacional: 37 Servicios de reparación, mantenimiento, instalación y revisión de vehículos. 9/ Nombre: GISSEL ZALAVARRÍA 11/ Fecha de emisión: / Clase Internacional: 05 Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos y sanitarios para uso médico, sustancias dietéticas B. A

20 1/Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: Pierre Andre Senizergues 4.1/ Domicilio: 2912 Lafayette Road, Newport Beach, CA 92663, U.S.A. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EMERICA 7/ Clase Internacional: 25 Vestidos, calzados, sombrerería. 9/ Nombre: GISSEL ZALAVARRÍA EMERICA 11/ Fecha de emisión: /Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitante: Pierre Andre Senizergues 4.1/ Domicilio: 2912 Lafayette Road, Newport Beach, CA 92663, U.S.A. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL Financiamiento de proyectos de inversión relacionados con generación de energía, solar, eolica, hidrica etc, por medio de participación accionaria o a través de deuda en empresas o proyectos de todo tipo de energía renovables como por ejemplo: Solar, eolica, hidrica, geométrica. etc., en tecnologías y servicios ambientales e inversiones de desarrollo sostenible. [9] Nombre: GISSEL ZALAVARRÍA [11] Fecha de emisión: 27 de abril del año [12] Reservas: No tiene reservas 1/Solicitud: / Fecha de presentación: / Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA 4/ Solicitante: Unión Comercial de Honduras, Sociedad Anónima de capital Variable. 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras. 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CONÉCTATE CON LO NUEVO CONÉCTATE CON LO NUEVO Esta señal de propaganda va ligada a la marca TECHTOBER Y DISEÑO, cl. 35, Sol. No / Clase Internacional: 35 Venta de productos electrónicos. 9/ Nombre: GISSEL ZALAVARRÍA 11/ Fecha de emisión: / Clase Internacional: 25 Vestidos, calzados, sombrerería. 9/ Nombre: GISSEL ZALAVARRÍA 11/ Fecha de emisión: [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 20/11/2014 [4] Solicitante: UNIÓN COMERCIAL DE HONDURAS, S. A. DE C.V. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C. [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TECHTOBER Y DISEÑO [1] Solicitud: [2] Fecha de presentación: 30/04/2014 [4] Solicitante: ECOS SUSTAINABLE EQUITY FUND INC. [4.1] Domicilio: UGLAND HOUSE, PO BOX 309, GRAND CAYMAN, ISLAS CAIMÁN [4.2] Organizada bajo las leyes de: ISLAS CAIMÁN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ECOS SUSTAINABLE EQUITY Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 Venta de productos electrónicos. [9] Nombre: GISSEL ZALAVARRÍA [11] Fecha de emisión: 14 de enero del año [12] Reservas: No tiene reservas [7] Clase Internacional: 36 B. A

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