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1 Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura Consejo Ejecutivo ex 174 a reunión 174 EX/13 Rev. PARÍS, 29 de marzo de 2006 Original: Inglés Punto 11 del orden del día provisional MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA UNESCO Y LA ORGANIZACIÓN INTERGUBERNAMENTAL ITAIPÚ BINACIONAL SOBRE COOPERACIÓN TÉCNICA EN MATERIA DE CIENCIAS DEL AGUA RESUMEN Itaipú Binacional es una organización intergubernamental establecida en virtud de un tratado bilateral entre Brasil y Paraguay, con la que la UNESCO, por conducto de su Programa Hidrológico Internacional, ya ha realizado actividades conjuntas en el ámbito de los recursos hídricos. El presente documento contiene un informe del Director General en el que se evalúan las posibilidades de cooperación técnica entre la UNESCO e Itaipú Binacional en materia de ciencias del agua, en el contexto de los principios y objetivos que rigen las actividades de la UNESCO en la región. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo XI.1 de la Constitución de la UNESCO, por el que se somete a la aprobación del Consejo Ejecutivo la concertación de acuerdos con organizaciones intergubernamentales, se adjunta al presente documento el proyecto de Memorando de Entendimiento propuesto, con miras a su examen y aprobación por el Consejo. Proyecto de decisión: párrafo 9.

2 INTRODUCCIÓN 1. Itaipú Binacional es una organización internacional establecida en virtud de un tratado bilateral entre los Gobiernos de Brasil y Paraguay. El marco institucional de Itaipú Binacional impulsa una mayor cooperación entre los Estados Miembros de la región en la que convergen Paraguay, Argentina y Brasil. El objetivo de Itaipú Binacional es promover y fortalecer la cooperación en el hemisferio y en los planos regional e internacional. 2. Itaipú Binacional suministra el 25% de la energía eléctrica utilizada por Brasil y el 90% de la que consume Paraguay. Además de ser un importante productor de energía en América del Sur y en el mundo, Itaipú Binacional lleva a cabo uno de los programas ambientales más completos y participativos de la región. En este contexto, Itaipú Binacional contribuye a la conservación y preservación del Corredor de Biodiversidad Santa María, en el que se encuentra un sitio natural inscrito en la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO. 3. Además, Itaipú Binacional dedica cuantiosos recursos a promover y realizar investigaciones en diversos campos científicos. Itaipú Binacional ha establecido distintas modalidades de apoyo a universidades y organismos de investigación en Brasil y en toda América del Sur. Asimismo, se están desarrollando en la organización diversos ámbitos de investigación mediante un creciente número de grupos de investigación y desarrollo que se están constituyendo en el Parque Tecnológico, un complejo en auge acogido por Itaipú Binacional. Un ejemplo de la investigación precursora que se lleva a cabo en el Parque Tecnológico es la elaboración de programas informáticos destinados a facilitar la adopción de decisiones sobre la gestión integrada de recursos hídricos y su puesta en práctica. 4. A comienzos de 2005, en el marco de las actividades vinculadas a la cuenca HELP São Francisco Verdadeiro, Itaipú Binacional y el Comité Nacional del PHI de Brasil propusieron estrechar y oficializar la relación entre Itaipú Binacional y la UNESCO. Este interés se comunicó al Hidrólogo Regional para América Latina y el Caribe, y la UNESCO efectuó en abril de 2005 una primera misión a Brasil, cuyos principales resultados fueron los siguientes: a) las más altas autoridades de Itaipú Binacional manifestaron gran interés, y se comprometieron a prestar apoyo a posibles ámbitos de colaboración; b) las discusiones con la Dirección de Itaipú Binacional dieron lugar a la definición de un conjunto de actividades de colaboración y un programa en el que se indican las modalidades y el calendario para el posible establecimiento de un Memorando de Entendimiento; c) entre las principales actividades definidas figura la posible creación, bajo los auspicios de la UNESCO, de un centro de hidroinformática para la gestión integrada de los recursos hídricos. 5. En septiembre de 2005, la Dirección de Itaipú Binacional sometió a la UNESCO un proyecto de documento relativo al establecimiento de un Memorando de Entendimiento con la Organización.

3 - pág. 2 COOPERACIÓN PASADA Y EN CURSO ENTRE ITAIPÚ BINACIONAL Y EL PROGRAMA HIDROLÓGICO INTERNACIONAL (PHI) 6. Itaipú Binacional y el Programa Hidrológico Internacional de la UNESCO cooperan en una serie de actividades en la región, que abarcan diversos programas en el ámbito geográfico latinoamericano. Entre ellas revisten especial interés las siguientes: a) Colaboración en actividades de creación de capacidades: El PHI de la UNESCO e Itaipú Binacional han copatrocinado el curso internacional sobre Vigilancia biológica de los ríos que tuvo lugar en Foz de Iguazú, del 24 de enero al 2 de febrero de b) Apoyo a la coordinación de programas: Itaipú Binacional ha proporcionado apoyo financiero y logístico para la reunión de coordinación de dos importantes programas del PHI en la región, a saber, La Hidrología al Servicio del Medio Ambiente, la Vida y las Políticas (HELP) y Regímenes de Flujo determinados a partir de Series de Datos Internacionales Experimentales y de Redes (FRIEND). c) Ejecución de actividades en la cuenca HELP del río São Francisco Verdadeiro: La cuenca del río São Francisco Verdadeiro (Brasil) es la principal cuenca que alimenta directamente a la represa de Itaipú. En esta cuenca Itaipú Binacional realiza un programa completo y participativo destinado a vigilar y mejorar las condiciones ambientales. Se han establecido y validado en la cuenca mecanismos técnicos, socioeconómicos y participativos innovadores. Estos instrumentos constituyen un valioso componente del intercambio de información y experiencia en el marco de la red HELP en la región de América Latina y el Caribe. POSIBILIDADES DE COOPERACIÓN FUTURA CON ITAIPÚ BINACIONAL 7. Itaipú Binacional y la UNESCO han empezado a definir actividades de colaboración que se han de llevar a cabo en el presente bienio en relación con el fortalecimiento de capacidades y el intercambio de información. Ambas organizaciones también podrían realizar proyectos conjuntos de investigación relativos a las ciencias del agua y estudios pluridisciplinarios referentes a la gestión integrada de recursos. Además, Itaipú Binacional seguiría proporcionando apoyo técnico a las cuencas HELP. 8. Entre los proyectos que están examinando la UNESCO e Itaipú Binacional figura la posible creación, bajo los auspicios de la UNESCO, de un Centro de Hidroinformática para la Gestión Integrada de Recursos Hídricos, de categoría 2, que tendría su sede en el Parque Tecnológico de Itaipú Binacional. El establecimiento del centro ya ha sido aprobado en una reunión regional de los comités nacionales y centros de enlace del PHI para América Latina y el Caribe. Se deberá aplicar el procedimiento habitual para los centros de categoría 2 del PHI de la UNESCO (examen por la Mesa y el Consejo Intergubernamental del PHI) antes de que la propuesta se someta al Consejo Ejecutivo. Las finalidades del centro, que tendría un ámbito de actuación internacional, consistirían en poner a disposición de los Estados Miembros y de otras organizaciones metodologías e instrumentos analíticos pertinentes para mejorar la gestión integrada de las cuencas fluviales en general. Se establecería una red internacional de entidades colaboradoras para utilizar lo mejor posible la capacidad instalada en este terreno. Por ejemplo, el Centro Integrado de Supervisión Medioambiental e Hidrológica del Paraguay podría formar evidentemente parte de esta red internacional, gracias a lo cual el Paraguay se beneficiaría directa y eficazmente de la labor del centro cuya creación se propone. Las pertinentes autoridades locales, nacionales o internacionales pueden beneficiarse de las actividades y los servicios del centro.

4 - pág. 3 PROYECTO DE DECISIÓN 9. Habida cuenta de lo que antecede, el Consejo Ejecutivo podría adoptar una decisión del siguiente tenor: El Consejo Ejecutivo: 1. Recordando el Artículo XI.1 de la Constitución de la UNESCO, 2. Considerando que Itaipú Binacional y la UNESCO ya están cooperando, en especial en el marco del Programa HELP del Programa Hidrológico Internacional (PHI de la UNESCO), contribuyendo a actividades encaminadas a una gestión respetuosa del medio ambiente de la cuenca del río São Francisco Verdadeiro (Brasil), la principal cuenca hidrográfica que alimenta directamente a la represa de Itaipú, 3. Considerando además las posibles esferas de colaboración definidas por la UNESCO e Itaipú Binacional, 4. Habiendo examinado el documento 174 EX/13 y su Anexo, 5. Acoge con beneplácito la propuesta de concertar un memorando de entendimiento sobre cooperación técnica en materia de ciencias del agua con Itaipú Binacional, en consonancia con la Resolución 33 C/72 aprobada por la Conferencia General en su 33ª reunión, en la que se propugna estrechar las relaciones de cooperación con las organizaciones internacionales, de conformidad con el marco reglamentario vigente, y promover nuevas relaciones de colaboración; 6. Autoriza al Director General a firmar el Memorando de Entendimiento que figura en el Anexo del documento 174 EX/13.

5 Anexo ANEXO MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE ITAIPÚ BINACIONAL Central Hidroeléctrica de Itaipú MD Supercarretera de Itaipú Hernandarias, Alto Paraná Paraguay Y LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA (UNESCO) 7, Place de Fontenoy París 07 SP Francia SOBRE COOPERACIÓN TÉCNICA EN MATERIA DE CIENCIAS DEL AGUA Considerando que Itaipú Binacional y la UNESCO ya están cooperando en el marco del Programa HELP del Programa Hidrológico Internacional de la UNESCO (PHI de la UNESCO), contribuyendo a actividades encaminadas a una gestión respetuosa del medio ambiente de la cuenca del río São Francisco Verdadeiro (Brasil), la principal cuenca hidrográfica que alimenta directamente a la represa de Itaipú, Considerando que Itaipú Binacional, por conducto del programa Cultivando Agua Boa, promueve la aplicación de buenas prácticas de gestión integrada de recursos hídricos en toda la cuenca de Itaipú, en especial en el río São Francisco Verdadeiro, Considerando que la UNESCO e Itaipú Binacional están elaborando metodologías pluridisciplinarias y participan en redes internacionales activas en el marco del Programa Hidrológico Internacional (PHI), Considerando que la UNESCO proporciona apoyo al Programa HELP en el marco del Programa Hidrológico Internacional, Considerando que la UNESCO e Itaipú Binacional desean aunar sus esfuerzos y cooperar en la ejecución de proyectos en los que ambas entidades puedan combinar sus capacidades, según proceda para cada proyecto, en distintos ámbitos relacionados con las ciencias del agua, como la metodología de gestión hidrológica a nivel de microcuencas, la elaboración de programas informáticos sobre sistemas de información geográfica, los estudios pluridisciplinarios relativos a HELP y actividades de creación de capacidades, Considerando que el presente Memorando de Entendimiento brindaría a la UNESCO y a Itaipú Binacional la posibilidad de investigar, elaborar y compartir nuevas tecnologías de la información,

6 Anexo - pág. 2 técnicas de capacitación y métodos de investigación, así como metodologías de gestión de cuencas que permitirían resolver problemas económicos y ambientales a nivel del hemisferio, Considerando que Itaipú Binacional y la UNESCO reconocen las ventajas de mancomunar sus valiosos recursos y competencias, Itaipú Binacional y la UNESCO (en adelante denominadas las Partes ) han acordado lo siguiente: Artículo I Objetivo El Memorando de Entendimiento tiene por objeto establecer el marco jurídico y operacional de la cooperación y las actividades conjuntas de las Partes. Artículo II Posibles actividades conjuntas A reserva de la disponibilidad de recursos y en función de sus capacidades y prioridades respectivas, las Partes se comprometen a: Colaborar en la definición y ejecución de actividades de divulgación, creación de capacidades e intercambio de información, cuyos objetivos sean consonantes con el cometido de la UNESCO y el de Itaipú Binacional. Realizar actividades conjuntas con miras a la creación de un centro de fomento de la hidroinformática a fin de propiciar el progreso de metodologías e instrumentos analíticos para la gestión integrada de los recursos hídricos aplicable a las cuencas fluviales de distintos entornos y regiones que las pertinentes autoridades locales, nacionales o internacionales puedan utilizar. Así pues, el centro cuya creación se propone no menoscabará en modo alguno la autonomía de las pertinentes autoridades decisorias de los Estados Miembros para idear y poner en práctica planes de gestión de cuencas fluviales utilizando los instrumentos que el centro les proporcione. Definir y llevar a cabo actividades conjuntas de investigación y creación de capacidades relacionadas con las ciencias del agua y estudios pluridisciplinarios vinculados a la gestión integrada de los recursos hídricos. Proporcionar apoyo técnico a otras cuencas del Programa HELP. Artículo III Modalidades de ejecución de proyectos para proyectos y actividades específicos 1. Las Partes concertarán y firmarán un Acuerdo de ejecución escrito para cada proyecto y actividad que realicen conjuntamente en virtud del presente Memorando de Entendimiento. En cada Acuerdo de ejecución se especificará el alcance de la actividad, la duración prevista del proyecto y las responsabilidades de las Partes, comprendidas las que se refieren a la financiación, los resultados esperados, los procedimientos de presentación de informes, el plan de trabajo y el presupuesto y cualquier otro asunto pertinente. 2. Salvo disposición en contrario del presente Memorando o de un Acuerdo de ejecución resultante de dicho Memorando, cada Parte sufragará sus propios gastos en el marco de este Memorando; no obstante, en un Acuerdo de ejecución se podrá prever la transferencia de

7 Anexo - pág. 3 fondos entre las Partes y la administración de los recursos de una de ellas por la otra a fin de lograr la máxima eficacia en la ejecución de proyectos. Artículo IV Solución de controversias Las Partes procurarán resolver amistosamente, mediante negociaciones, las controversias que puedan surgir en relación con la interpretación y aplicación del presente Memorando de Entendimiento y los acuerdos específicos concertados entre las Partes en ese marco. Si las negociaciones no surten efecto, cualquiera de las Partes podrá someter la controversia a un arbitraje vinculante, de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI). Se recurrirá a un único árbitro; el lugar de arbitraje será establecido de común acuerdo por las Partes; el idioma que se utilizará será el inglés, y el árbitro podrá decidir como amigable componedor (ex aequo et bono). Artículo V Privilegios e inmunidades Nada de lo previsto en el presente Memorando de Entendimiento se considerará que constituye una renuncia a cualesquiera de los privilegios e inmunidades de las Partes, su personal y sus agentes o sus responsables. Artículo VI Representantes a los fines de notificación y coordinación 1. A los fines de la coordinación de las responsabilidades y del envío y la recepción de notificaciones escritas en el marco del presente Memorando de Entendimiento, cada Parte designará a un representante e informará al respecto a la otra Parte por escrito. 2. Cualquiera de las Partes podrá cambiar su representante designado en virtud del presente Artículo, previa notificación por escrito a la otra Parte. 3. Todas las notificaciones previstas en el presente Memorando de Entendimiento deberán enviarse a los respectivos representantes designados, o ser recibidas por ellos, según proceda, utilizándose la dirección postal o electrónica que han de indicar las Partes a esos efectos. Artículo VII Nombre y logotipo Ninguna de las Partes utilizará el nombre ni el logotipo de la otra Parte a menos que se haya establecido previamente un acuerdo por escrito al respecto. Artículo VIII Duración, modificación y denuncia 1. Las Partes podrán modificar o revisar el presente Memorando de Entendimiento mediante una notificación escrita firmada por sus representantes debidamente autorizados, fechada y adjunta al presente Memorando. 2. El presente Memorando de Entendimiento entrará en vigor inmediatamente después de que lo hayan firmado ambas Partes, y expirará cinco años después de la fecha de su entrada en vigor, a menos que las Partes convengan por escrito en prorrogarlo por una duración fijada de común acuerdo.

8 Anexo - pág Cada una de las Partes podrá denunciar el presente Memorando de Entendimiento, previa notificación por escrito a la otra Parte con treinta días de antelación; no obstante, la denuncia del presente Memorando de Entendimiento no acarreará automáticamente la denuncia de los Acuerdos de ejecución que estén entonces en vigor. Firmado por los representantes debidamente designados de las Partes en dos ejemplares originales, en el lugar y en la fecha que se indican más adelante: En nombre de Itaipú Binacional En nombre de la UNESCO Este documento ha sido impreso en papel reciclado

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