RESOLUCIÓN DE CONSULTA PLANTEAMIENTO DE LA CONSULTA RESPUESTA
|
|
- María Cristina Arroyo Martínez
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Sr. Don Jefe de Personal. Dpto. RRHH RESOLUCIÓN DE CONSULTA PLANTEAMIENTO DE LA CONSULTA XXXXXXXXXXXXXXXXXX S.L., a los efectos de un mayor control de la asistencia y puntualidad de sus trabajadores, desea implanter un sistema de control horario basado en la huella digital de los trabajadores. Se me plantea por parte de la empresa si es correcto, de acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal, la implantación de ese sistema de control horarios; si se necesita del consentimiento de los trabajadores para el tratamiento de la huella y las consecuencias que su implantación desde la perspectiva de la LOPD. RESPUESTA La finalidad del sistema propuesto es el control del cumplimiento por parte de los trabajadores de la empresa de su horario de trabajo. De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores,
2 El empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su caso. Por tanto, el establecimiento de un sistema de control del cumplimiento horario de la jornada de trabajo estará dentro del ámbito de aplicación del precepto trascrito. El que dicho control se lleve a cabo mediante la captación de un dato biométrico como es la huella digital, que tiene la consideración de dato de carácter personal, está legitimado por el propio Tribunal Supremo, que en relación con un sistema de control horario basado en la lectura biométrica de la mano por un escáner implantado por la Comunidad Autónoma de Cantabria, en sentencia de fecha 2 de julio de 2007 dictada por la sección 7ª de la Sala Tercera, considera que es un tratamiento del dato adecuado, pertinente y no excesivo para la finalidad perseguida con su implantación: La captación por infrarrojos de una imagen tridimensional de la mano que acaba convertida en un registro de nueve bytes válido para, mediante tratamiento informático que lo relaciona con otros datos, identificar a los empleados públicos del Gobierno de Cantabria y así controlar el cumplimiento del horario de trabajo, no responde al patrón de las intromisiones ilegítimas en la esfera de la intimidad, tanto por la parte del cuerpo utilizada, como por las condiciones en que se usa. Desde luego, la finalidad perseguida mediante su utilización es plenamente legítima: el control del cumplimiento del horario de trabajo al que vienen obligados los empleados públicos. Y, en tanto esa obligación es inherente a la relación que une a estos con la Administración Autonómica, no es necesario obtener previamente su consentimiento ya que el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 15/1999 EDL 1999/63731 lo excluye en estos casos. Además, no parece que la toma, en las condiciones expuestas, de una imagen de la mano incumpla las exigencias de su artículo 4.1 EDL 1999/ Por el contrario, puede considerarse adecuada, pertinente y no excesiva.
3 A mayor abundamiento, decir que esta sentencia es recogida como parte de la fundamentación de resoluciones e informes jurídicos de la Agencia Española de Protección de Datos que versan sobre sistemas de control horario basados en datos biométricos. Los párrafos trascritos de la sentencia citada resuelven ya otra de las cuestiones planteadas: no se necesita del consentimiento de los trabajadores para el tratamiento de su huella por el sistema de control horario. Así, la propia Agencia Española de Protección de Datos en su informe sobre tratamiento de la huella digital afirma que no será necesario ese consentimiento por cuanto el tratamiento para una finalidad legítima se da en el curso de una relación laboral, supuesto recogido en el artículo 6.2 LOPD como una de las excepciones a la necesidad de contar con el consentimiento del trabajador. En cuanto a la posibilidad de que las huellas sean tratadas sin consentimiento del interesado, y teniendo en cuenta que el tratamiento trae su origen, precisamente de la necesidad de asegurar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de la relación estatutaria que vincula al funcionario con la Administración, será posible el tratamiento inconsentido, ya que el artículo 6.2 de la LOPD prevé que no será preciso el consentimiento cuando los datos se refieran a las partes de un contrato o precontrato de una relación laboral o administrativa y sean necesarios para su mantenimiento o cumplimiento. Por tanto, la negativa del trabajador al tratamiento de su huella digital por el sistema de control horario que desea establecer la empresa podrá ser calificada como injustificada, acarreando las consecuencias previstas en en la legislación laboral, de lo que deberá ser oportunamente advertido. Ahora bien, como hemos dicho, la huella digital es un dato personal de carácter biométrico, su tratamiento está sometido al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, lo que obliga a realizar ciertas actuaciones PREVIAS a la implantación del sistema, que paso a enunciar a continuación.
4 1.- Declaración de un nuevo fichero de datos de carácter personal o inclusión del tratamiento en uno preexistente con modificación de la estructura del mismo. En su momento, cuando se crearon y notificaron los ficheros de datos de carácter personal de la empresa, en el denominado RECURSOS HUMANOS se establecieron como finalidades del mismo las siguientes: RECURSOS HUMANOS. GESTION NOMINAS. FORMACION. UNIFORMES. PREVENCION RIESGOS LABORALES. CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES FISCALES, SOCIALES Y PREVISTAS EN ESTATUTO TRABAJADORES. INFORMES ESTADISTICOS PARA GESTION. HISTORICO LABORAL. CURRICULA EMPLEADOS. CONTROL HORARIO. Por tanto, estando incluida la finalidad pretendida con el nuevo sistema entre las declaradas ante la Agencia Española de Protección de Datos no es necesario crear y notificar un nuevo fichero. Además, en el detalle de las categorías de datos de carácter personal contenidos en el fichero, en el apartado datos identificativos se marcó firma/huella, por lo que tampoco será necesario modificar en este sentido el fichero. 2.- Reflejo del nuevo sistema en el documento de seguridad de la empresa. LOPD De acuerdo con el apartado 7º del artículo 88 del Reglamento de Desarrollo de la 7. El documento de seguridad deberá mantenerse en todo momento actualizado y será revisado siempre que se produzcan cambios relevantes en el sistema de información, en el sistema de tratamiento empleado, en su organización, en el contenido de la información incluida en los ficheros o tratamientos o, en su caso, como consecuencia de los controles periódicos realizados. En todo caso, se
5 entenderá que un cambio es relevante cuando pueda repercutir en el cumplimiento de las medidas de seguridad implantadas. Por tanto, deberá incluirse en el documento de seguridad de la empresa este nuevo tratamiento, recogiendo en el mismo todos los aspectos previstos en la LOPD y en su norma de desarrollo, para lo que será necesario la celebración de reunión (presencial o virtual) con el abogado de la empresa y responsables del sistema. Con independencia de la concreción que se haga en la referida reunión, adelantar que el nivel de medidas de seguridad que se deberán aplicar al proceso son las correspondientes al nivel básico, con independencia de que el fichero de RECURSOS HUMANOS, con carácter general, esté declarado como de nivel alto, dado que se permite aplicar, dentro de un mismo fichero, medidas de seguridad de nivel inferior a procesos o tratamientos segregados. 3.- Debe informarse a los trabajadores de la intención de implantar este sistema, su funcionamiento, la fecha de comienzo de su uso, cuando se va a recoger la huella para incluirla en el sistema y las consecuencias jurídicas derivadas del mismo para los trabajadores, con el contenido y forma al efecto previsto en la legislación laboral vigente, lo que deberá establecer el asesor jurídico en material laboral de la empresa. Cabe no olvidar que la normativa laboral, además de la información personalizada a los trabajadores de la que deberá quedar la adecuada constancia, exige comunicación a los representantes de los trabajadores, en tanto que el artículo 64.1 ET dispone que El comité de empresa tendrá derecho a ser informado y consultado por el empresario sobre aquellas cuestiones que puedan afectar a los trabajadores y en el punto 5 que El comité de empresa tendrá derecho a emitir informe, con carácter previo a la ejecución por parte del empresario de las decisiones adoptadas por éste, sobre las siguientes cuestiones: f) La implantación y revisión de sistemas de organización y control del trabajo, estudios de tiempos, establecimiento de sistemas de primas e incentivos y valoración de puestos de trabajo.
6 Muy importante recalcar que esta obligación se debe cumplir con CARÁCTER PREVIO a la instalación del sistema y de forma que resulte trazable, es decir, que permita la constatación de su cumplimiento. 4.- Amén de la información que deba facilitarse a los trabajadores conforme a la legislación laboral, y también con CARÁCTER PREVIO a la puesta en funcionamiento del sistema, debe darse cumplimiento también, de forma trazable, a la obligación informativa específica prevista en el artículo 5.1 de la LOPD, que obliga a participar al interesado, en este caso el trabajador, y a sus representantes legales, las siguientes cuestiones: Artículo 5. Derecho de información en la recogida de datos 1. Los interesados a los que se soliciten datos personales deberán ser previamente informados de modo expreso, preciso e inequívoco: a) De la existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información. b) Del carácter obligatorio o facultativo de su respuesta a las preguntas que les sean planteadas. c) De las consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa a suministrarlos. d) De la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. e) De la identidad y dirección del responsable del tratamiento o, en su caso, de su representante. MUY IMPORTANTE: debe tenerse en cuenta que esta obligación debe observarse no solo frente a los trabajadores actualmente en plantilla, sino también frente a los que se contrate en el futuro, por lo que deberá preverse la incorporación de la cláusula informativa a los contratos de trabajo o bien firmarse como documento anejo al mismo.
7 Entendemos que lo práctico será unificar documento informativo que contenga los puntos 3 y 4, pudiendo realizarse su redacción la reunión propuesta, si bien como punto de partida, y desde el punto de vista de la LOPD, la redacción podría tener la siguiente estructura, teniendo en cuenta las adaptaciones que sean necesarias para nuevas contrataciones: INFORMACIÓN SOBRE SISTEMA DE CONTROL HORARIO BASADO EN HUELLA DIGITAL En cumplimiento de lo previsto en los artículos de (normativa laboral) y 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, la empresa, XXXXXXXXXXXXX S.L. pone en su conocimiento los siguientes extremos: Al amparo del apartado 3º del artículo 20 del Estatuto de los trabajadores, es intención de la empresa implantar un sistema de control horario basado en la captación de la huella digital del trabajador para el control empresarial del cumplimiento horario de la jornada laboral por parte de los trabajadores de esta empresa. El funcionamiento de dicho sistema es el siguiente (breve descripción técnica e inclusión de los momentos en los que el trabajador deberá pasar el control de huella) Incluir cuando y cómo se van a recoger las huellas. Incluir las consecuencias desde el punto de vista laboral de los incumplimientos de la jornada laboral detectados por el sistema. El sistema estará operativo a partir del día, inclusive, siendo obligatorio por tanto desde ese momento para todo trabajador de la empresa someterse al mismo. De acuerdo con la sentencia de fecha 2 de julio de 2007 dictada por la sección 7ª de la Sala Tercera se le informa que la empresa no necesita recabar el consentimiento individualizado de cada trabajador para recoger y tratar su huella digital para la finalidad descrita, siendo por tanto obligatorio para el trabajador facilitar. En caso de negativa ello supondrá.. Los datos personales recabados por el sistema de control horario se incorporarán al fichero de datos de carácter personal que con la denominación RECURSOS HUMANOS tiene
8 debidamente inscrito la empresa en el Registro General de datos personales de la Agencia Española de Datos Personales con el código, del que es responsable XXXXXXXXXXXXXX S.L., titular del CIF y con domicilio social en.., en el que podrá ejercitar los derechos que se le reconocen en la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, dirigiéndose al departamento de recursos humanos.., de. de Obra registrada en Safe Creative, Registro de Propiedad Intelectual
Según dispone el artículo 2.1 de la LOPD Se regirá por la presente Ley Orgánica todo tratamiento de datos de carácter personal:
Informes 0241/2010 La consulta plantea si es posible la cesión de datos de salud de los empleados de la consultante a la empresa matriz, con sede social en Londres, Inglaterra, con la finalidad de facilitar
Más detallesGabinete Jurídico. Informe Jurídico (0164/2008)
Informe Jurídico (0164/2008) La consulta plantea distintas cuestiones relacionadas con la actividad de la consultante que ha creado una base de datos de profesionales de la medicina utilizando como fuentes
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0476/2008
Informe 0476/2008 La consulta plantea diversas cuestiones relacionadas con la inclusión del dato DNI en un fichero y su conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1999, de 13 de diciembre de Protección
Más detallesPREÁMBULO ORDENO. Artículo 1. Objeto.
PROYECTO DE ORDEN de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se suprimen y modifican ficheros con datos de carácter personal en el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial
Más detallesCoordinación de actividades empresariales
Coordinación de actividades empresariales QUÉ ES? La coordinación de actividades empresariales es aquella que se lleva a cabo cuando en un mismo centro de trabajo desarrollan actividades trabajadores de
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0009/2010
Informe 0009/2010 La consulta plantea que tratamiento tienen los datos sobre las bajas y quienes pueden acceder a los mismos, según el contenido de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección
Más detallesCODIGO DE BUENAS PRÁCTICAS PREVENTIVAS PREVENCIÓN EN SITUACIONES DE EMBARAZO Y LACTANCIA NATURAL PLAN GENERAL DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS 2015
CODIGO DE BUENAS PRÁCTICAS PREVENTIVAS PREVENCIÓN EN SITUACIONES DE EMBARAZO Y LACTANCIA NATURAL PLAN GENERAL DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS 2015 umivale. Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 15 1.-
Más detallesProcedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad
Página: 1/17 Procedimiento para la para la coordinación Índice 1. OBJET0.................................................. 2 2. CLIENTES 1 ALCANCE..................................... 2 3. NORMATIVA...............................................
Más detallesINFORMACIÓN AL PÚBLICO. ANTECEDENTES ACERCA DEL BANCO QUE DEBEN MANTENERSE EN SUS OFICINAS
Hoja 1 CAPÍTULO 18-9 INFORMACIÓN AL PÚBLICO. ANTECEDENTES ACERCA DEL BANCO QUE DEBEN MANTENERSE EN SUS OFICINAS 1. Información que debe estar a disposición del público en las oficinas del banco. Los bancos
Más detallesCómo asociarse? Una vez recibido, se tramitará su solicitud y nos pondremos en contacto con Ud. para indicarle los pasos a seguir.
Cómo asociarse? Cualquier persona física o jurídica que haya recibido la autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores para operar como Empresa de Asesoramiento Financiero (EAFI) podrá solicitar
Más detallesRESOLUCIÓN Nº.: R/01023/2012
6 1/ Procedimiento Nº: TD/01931/2011 RESOLUCIÓN Nº.: R/01023/2012 Vista la reclamación formulada por doña A.A.A. contra el BOLETÍN OFICIAL DE CANARIAS, por no haber sido atendido debidamente su derecho
Más detallesEspaña-Cádiz: Servicios de arquitectura para edificios 2016/S 107-190402. Anuncio de licitación. Servicios
1 / 5 El presente anuncio en el sitio web de TED: http://ted.europa.eu/udl?uri=ted:notice:190402-2016:text:es:html España-: Servicios de arquitectura para edificios 2016/S 107-190402 Anuncio de licitación
Más detallesINFRACCIONES RELACIONADAS INSCRIBIRSE, ACTUALIZAR O ACREDITAR LA INSCRIPCIÓN ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA INFRACCIONES FRECUENTES CON LA OBLIGACIÓN DE
Artículo 173º Numeral 1) INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE INSCRIBIRSE, ACTUALIZAR O ACREDITAR LA INSCRIPCIÓN EN LOS REGISTROS DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA INFRACCIONES FRECUENTES STAFF
Más detallesProcedimiento para la Identificación y Evaluación de Cumplimiento de los Requisitos Legales y Otros Aplicables.
Página: 1 de 1 Hoja de Control de Emisión y Revisiones. N de Revisión Páginas Afectadas Motivo del Cambio Aplica a partir de: 0 Todas Generación del documento 30-Septiembre-2013 Página: 2 de 7 Contenido
Más detallesLa creación del denominado Banco de Tierras Agrícolas de Granadilla de Abona tiene como finalidad:
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL BANCO DE TIERRAS AGRÍCOLAS DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE GRANADILLA DE ABONA. Artículo 1.- Objeto. El objeto de la Ordenanza municipal la creación y regulación del Banco de
Más detallesCONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE INFORMATICA DE LA SALUD
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE INFORMATICA DE LA SALUD 1 En Madrid, a 11 de mayo de dos mil cinco REUNIDOS De una parte, el Ilmo.
Más detallesINNOEMPRESA APOYO A LA INNOVACIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
INNOEMPRESA APOYO A LA INNOVACIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID 1 Recientemente se ha publicado la ORDEN de 3 de febrero de, por la que se aprueban las bases reguladoras
Más detallesDISPONGO. La presente Instrucción entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Instrucción 1/2009, de 17 de diciembre de 2009, de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, sobre el tratamiento de datos personales de los recién nacidos en los centros asistenciales
Más detallesDerecho de acceso al libro de registros del Ayuntamiento por miembros corporativos. 136/13
ASUNTO: ORGANIZACIÓN/ Derecho de acceso al libro de registros del Ayuntamiento por miembros corporativos. 136/13 EP ************ INFORME I. HECHOS. ANTECEDENTES El Sr. Alcalde del Ayuntamiento de XX interesa
Más detallesArtículo 9 Límites del consentimiento informado y consentimiento por representación
A continuación se reproducen los artículos de la Ley 41/2002 de de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación
Más detallesBalance del primer año a o del Registro Nacional de Biobancos y Colecciones
Balance del primer año a o del Registro Nacional de Biobancos y Colecciones Dr. Javier García a del Pozo Instituto de Salud Carlos III. Madrid Cádiz, 23 de mayo de 2013 Ley 14/2007, de Investigación n
Más detallesGestión Preventiva en. Obras de ETOSA. de acuerdo. a la Ley de Subcontratación
Gestión Preventiva en Obras de ETOSA de acuerdo a la Ley de Subcontratación Septiembre de 2011 Ley 32/06 de Subcontratación en el Sector de la Construcción Art. 3. Definiciones: e) Contratista o empresario
Más detallesPolítica de Privacidad
Política de Privacidad FARMACIA LA ARBOLEDA, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD) y en el Real
Más detallesObligaciones Básicas de la Oficina de Farmacia
Obligaciones Básicas de la Oficina de Farmacia Legislación Las obligaciones básicas de la Oficina de Farmacia están recogidas en la legislación básica del Estado o en las Leyes de Ordenación de la mayor
Más detallesPROPUESTA DE ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL BANCO DE TIERRAS AGRÍCOLAS DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE PINOSO
PROPUESTA DE ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL BANCO DE TIERRAS AGRÍCOLAS DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE PINOSO Artículo 1.- Objeto. El objeto de la Ordenanza municipal es la creación y regulación del Banco
Más detallesINSTRUCCIÓN. Primero.- Régimen general.
INSTRUCCIÓN DE 31 DE JULIO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA, RELATIVA AL RÉGIMEN DE LICENCIAS, PERMISOS Y VACACIONES APLICABLE AL PERSONAL FUNCIONARIO DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS Y
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0525/2009
Informe 0525/2009 La consulta plantea cuales son los derechos y obligaciones de la consultante que presta servicios como psicopedagoga por cuenta ajena para una asociación, en relación con el tratamiento
Más detallesInforme final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN FARMACIA. Facultad de Farmacia UCM
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2013 GRADO EN FARMACIA UCM INFORMACIÓN PUBLICA Valoración Final Uno de los compromisos esenciales que las universidades
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109 Jueves 5 de mayo de 2016 Sec. III. Pág. 30197 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 4341 Resolución de 20 de abril de 2016, de la Secretaría General Técnica, por la
Más detalles*Si deben añadirse más códigos de cuenta cotización, deberán anexarse a la solicitud.
*Si deben añadirse más códigos de cuenta cotización, deberán anexarse a la solicitud. 1. Certificado de la empresa sobre la concurrencia de los requisitos señalados en los párrafos a), e) y g) del artículo
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148 Miércoles 22 de junio de 2011 Sec. I. Pág. 65531 I. DISPOSICIONES GENERALES COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES 10830 Circular 2/2011, de 9 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de
Más detallesCOOPERACIÓN MATERIA DE DATOS ENTRE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y EL GOBERNO DE NAVARRA 12-12-12
COOPERACIÓN EN MATERIA DE DATOS ENTRE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y EL GOBERNO DE NAVARRA 12-12-12 INDICE 1. NORMATIVA 2.OBJETIVOS 3.PROCEDIMIENTOS i) Acceso directo a Bases de datos. ii)
Más detallesCONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID (APDCM)
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID (APDCM) Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE INFORMÁTICA DE LA SALUD (SEIS) 1 En Madrid, a cinco de julio del dos mil cinco
Más detallesRef: 09/098509.9/11. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org
Ref: 09/098509.9/11 INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN, RELATIVAS A LA ACREDITACIÓN DE LOS REQUISITOS DE FORMACIÓN INICIAL PARA IMPARTIR DOCENCIA EN CENTROS PRIVADOS,
Más detallesPRESUPUESTO ADAPTACIÓN LOPD
GRUPO ÁTICO34, S.L. lopd@atico34.com Paseo de la Castellana 95, 15º (Torre Europa) 28046 - Madrid PRESUPUESTO ADAPTACIÓN LOPD Emitido a: Asociación Profesional Española de Naturopatía y Bioterapiacon Fecha
Más detallesOrden de 25 de febrero de 2002, por la que se crea y regula la base de datos de subvenciones y ayudas publicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Orden de 25 de febrero de 2002, por la que se crea y regula la base de datos de subvenciones y ayudas publicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que
Más detallesINSTRUCCIONES. Primera: Objeto.
Ref: 09/426551.9/15 RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA LA TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN DE LA ENSEÑANZA BILINGÜE
Más detallesProyectos de Acción Social
Proyectos de Acción Social Convocatoria Entidades Sociales 2013 Bases de la convocatoria 2013 Proyectos de Acción Social 1.- Objetivo de la Convocatoria 2.- Temática 3- Requisitos para participar en la
Más detallesReglamento de la Comisión Mixta de Auditoria
Reglamento de la Comisión Mixta de Auditoria Índice 1. Introducción...3 2. Composición...3 3. Funciones del Comité...3 3.1. Funciones del Comité en materia de riesgos:...3 3.2. Funciones del Comité en
Más detallesFORMACIÓN E-LEARNING. Curso de Protección de Datos Personales en el Sector Sanitario
FORMACIÓN E-LEARNING Curso de Protección de Datos Personales en el Sector Sanitario Metodología y herramientas para el cumplimiento de los requisitos de la LOPD en centros sanitarios (hospitales, clínicas,
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0275/2009
Informe 0275/2009 La consulta plantea que información de la solicitada por parte de la Junta de Personal y Delegado Sindical de Comisiones Obreras, puede ser transmitida al amparo de la Ley Orgánica 15/1999,
Más detallesPágina26623/Núm.159 BOLETÍNOFICIALDELARIOJA Viernes,27dediciembrede2013. ANEXO II Solicitud de subvención
Página26623/Núm.159 BOLETÍNOFICIALDELARIOJA Viernes,27dediciembrede2013 ANEXO II Solicitud de subvención ENTIDAD SOLICITANTE Seleccione el programa donde se inserta la solicitud de subvención. MODALIDAD
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones
Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre, por el que se regulan las condiciones para la declaración de equivalencia de títulos españoles de enseñanza superior universitaria o no universitaria a los títulos
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS ARCO EN EL INGENIO DE PUGA S.A. DE C.V.
PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS ARCO EN EL INGENIO DE PUGA S.A. DE C.V. El Ingenio de Puga S.A. de C.V. en cumplimiento con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión
Más detallesRESUMEN EDUCACIÓN Acreditación profesorado universitario
RESUMEN EDUCACIÓN Acreditación profesorado universitario Un ciudadano informa que el Decreto 67/2013 de 17 de octubre, por el que se desarrolla la regulación del régimen del personal docente investigador
Más detallesUNIVERSIDAD ALFONSO X EL SABIO NORMATIVA PARA LA TRANSFERENCIA Y EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
NORMATIVA PARA LA TRANSFERENCIA Y EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Artículo 1. De la transferencia de créditos Artículo 2. Del reconocimiento de créditos Artículo 3. De la solicitud
Más detallesEl Compromiso de la Industria Farmacéutica con las buenas prácticas
El Compromiso de la Industria Farmacéutica con las buenas prácticas Cristina Gómez Piqueras Coordinadora de la Madrid, 28 de enero de 2014 Barcelona, 29 de enero de 2014 1 NUEVO CÓDIGO Y PROTECCIÓN DE
Más detallesSociedades de Capital
Sociedades de Capital La Ley de Sociedades de Capital y su reforma Mayra Gil Statu Quo La LSC entró en vigor el 1 de septiembre de 2010. Unifica la normativa sobre Sociedad Anónima, Sociedad Limitada,
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0648/2009
Informe 0648/2009 La consulta plantea si resulta conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la instalación de varias cámaras fijas de videovigilancia
Más detallesINSHT. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
REAL DECRETO 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo de los trabajadores en el ámbito de las empresas de trabajo temporal. BOE nº 47 24-02-1999 Órgano
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE FORMACIÓN DEL PAS TITULO I DEFINICIÓN Y FUNCIONES
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE FORMACIÓN DEL PAS TITULO I Art.1.- Definición. DEFINICIÓN Y FUNCIONES La Comisión de Formación, tal y como se recoge en el art. 72.2 de los vigentes
Más detallesA. TEXTO LEGAL POLÍTICA A DE PRIVACIDAD PARA PÁGINA WEB
A. TEXTO LEGAL POLÍTICA A DE PRIVACIDAD PARA PÁGINA WEB AVISO EN REFERENCIA AL CUMPLIMIENTO DEL DEBER DE INFORMACIÓN EN LA PÁGINA WEB: El prestador de servicios de la sociedad de la información deberá
Más detallesContrato de Compraventa
Contrato de Compraventa LO MONACO HOGAR, S.L. Tlf.:900 84 80 10 Fax: 902 46 00 47 www.grupolomonaco.com dac1@grupolomonaco.net Venta al detalle de productos para el descanso, sus complementos y equipamiento
Más detallesJaime Mariné Saludes COMPOSICION DE LA COMISION DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES ESTATUTOS SOCIALES TITULO III ÓRGANOS SOCIALES.
COMPOSICION DE LA COMISION DE AUDITORIA Nombre Fernando Calvo Arocena Jaime Mariné Saludes Alvaro Calvo Giralt Cargo Presidente Vocal Secretario - Vocal COMPOSICION DE LA COMISION DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES
Más detallesCONTRATO DE ASESORAMIENTO
Fecha CONTRATO DE ASESORAMIENTO DE UNA PARTE, ABANTE CONSEJEROS FINANCIEROS INDEPENDIENTES EAFI, S.A., sociedad española constituida por tiempo indefinido, con domicilio en C/ Padilla 32, escalera izquierda,
Más detallesLey de protección de consumidores mediante transparencia en contratación hipotecaria en Madrid
(Disposición Vigente) Ley de protección de consumidores mediante transparencia en Ley 1/2012, de 26 de marzo LCM 2012\60 HIPOTECAS. Protección de los Derechos de los Consumidores Mediante el Fomento de
Más detalles1. DATOS IDENTIFICATIVOS
1. DATOS IDENTIFICATIVOS En cumplimiento con el deber de información recogido en artículo 10 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico,
Más detallesNo inclusión de cotizaciones por desempleo al Alcalde saliente. 183/2015 INFORME
-OFICIALÍA MAYORhttp://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: SEGURIDAD SOCIAL No inclusión de cotizaciones por desempleo al Alcalde saliente. 183/2015 ************ INFORME
Más detallesDISPONE: Artículo 1.- Objeto
Proyecto de Decreto por el que se desarrolla el procedimiento para la adhesión de las Cajas de Ahorros con domicilio en Castilla y León a sistemas institucionales de protección El artículo 21 del Texto
Más detallesTratamiento conforme a la legislación de prevención de riesgos laborales. Informe 434/2004
Tratamiento conforme a la legislación de prevención de riesgos laborales. Informe 434/2004 Tratamiento conforme a la legislación de prevención de riesgos laborales La consulta plantea dudas sobre el consentimiento
Más detallesORDENANZA SOBRE REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PUBLICOS
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CABILDO ORDENANZA SOBRE REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PUBLICOS ARTICULO 1 : Crease en la Municipalidad de Cabildo, un Registro Público de Personas Jurídicas
Más detallesLIBRO DEL EDIFICIO DEFINICIÓN
LIBRO DEL EDIFICIO DEFINICIÓN Es el documento en el que se recoge la información que permite conocer las características físicas y técnicas del edificio y también su régimen jurídico. La confección del
Más detallesTécnico en Seguridad Privada en Centros Comerciales
Técnico en Seguridad Privada en Centros Comerciales Titulación certificada por EUROINNOVA BUSINESS SCHOOL Técnico en Seguridad Privada en Centros Comerciales Técnico en Seguridad Privada en Centros Comerciales
Más detalles1.- BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA
ABIERTO PLAZO DE INSCRIPCIÓN PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA CONTRATACIÓN LABORAL EN PRÁCTICAS PARA LA SEDE CENTRAL DEL INSTITUTO CERVANTES (RD 488/98, de 27 de marzo, por el que se desarrolla
Más detallesANTEPROYECTO DE LEY INTEGRAL PARA LA IGUALDAD DE TRATO Y LA NO DISCRIMINACIÓN
ANTEPROYECTO DE LEY INTEGRAL PARA LA IGUALDAD DE TRATO Y LA NO DISCRIMINACIÓN 1 ANTECEDENTES (I) Antecedentes legislación internacional y comunitaria: Los textos internacionales y europeos ratificados
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL DE MÚSICA REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO SOCIAL
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL DE MÚSICA REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO SOCIAL Coyoacán, D.F., enero de 2014 INTRODUCCIÓN El servicio social universitario es considerado como
Más detallesRÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA SECCIÓN DE MEDICINA, ENFERMERÍA Y FISIOTERAPIA.
RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA SECCIÓN DE MEDICINA, ENFERMERÍA Y FISIOTERAPIA. (Aprobado en Junta de Sección de Medicina, Enfermería y Fisioterapia 26 de febrero de 2016) El Reglamento de Régimen
Más detallesAutorizaciones Iniciales de Trabajo Para la elaboración de la memoria del proyecto: Incorporación a una empresa en activo
Para la elaboración de la memoria del proyecto: Incorporación a una empresa en activo DOCUMENTO GUÍA Fecha de actualización: 20.03.2014 Remarcas Por empresa se entiende tanto una sociedad mercantil como
Más detallesC87 Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 1 2
C87 Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 1 2. La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo: Convocada en San Francisco por el Consejo
Más detallesESTATUTO DE LOS TRABAJADORES (Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre)
Maternidad, paternidad y conciliación de la vida laboral, familiar y personal en los nuevos textos refundidos del Estatuto de los Trabajadores (ET) y del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) ESTATUTO
Más detallesAVISO DE PRIVACIDAD PARA LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE LA UNIDAD DE SERVICIOS INTEGRADOS DE LENGUAS Y CÓMPUTO
Aviso de privacidad AVISO DE PRIVACIDAD PARA LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE LA UNIDAD DE SERVICIOS INTEGRADOS DE LENGUAS Y CÓMPUTO En términos de lo previsto en la Ley Federal de Protección de Datos
Más detallesLEGAL FLASH I GRUPO DE DERECHO PÚBLICO - ENERGÍA
Febrero de 2016 REAL DECRETO 56/2016, DE 12 DE FEBRERO, POR EL QUE SE TRANSPONE LA DIRECTIVA 2012/27/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 25 DE OCTUBRE DE 2012, RELATIVA A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA,
Más detallesConsejería de Sanidad y Consumo
Pág. 28 MIÉRCOLES 20 DE DICIEMBRE DE 2006 B.O.C.M. Núm. 302 4370 Consejería de Sanidad y Consumo ORDEN 2191/2006, de 18 de diciembre, por la que se desarrolla el Decreto 101/2006, de 28 de noviembre, por
Más detallesEn consecuencia, resulta necesario establecer los citados criterios al objeto de hacer efectiva la previsión legal señalada.
REAL DECRETO 437/2002, DE 10 DE MAYO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS PARA LA CONCESIÓN DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO A LOS FABRICANTES DE PRODUCTOS SANITARIOS A MEDIDA (BOE núm. 128, de 29 mayo
Más detallesSubvenciones para llevar a cabo iniciativas de promoción exterior de la literatura catalana y de ensayo y pensamiento en catalán
L0124_N-ACT_PF_ESP_ES/16 Subvenciones para llevar a cabo iniciativas de promoción exterior de la literatura catalana y de ensayo y pensamiento en catalán Solicitud de subvención al Director del Institut
Más detallesPROCEDIMIENTO DE INFORMACION, CONSULTA Y PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN MATERIA DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES
0 Página 1 de 7 Realizado por: Servicio de Prevención de Prevención de Riesgos Laborales del SERIS Fecha y firma: Febrero 2008 Aprobado por: Fecha y firma: VºBº: Comité de Seguridad y Salud Fecha y firmas
Más detallesLa Seguridad de la Información. Legislación Actual de Seguridad de la Información (II/IV)
La Seguridad de la Información. Legislación Actual de Seguridad de la Información (II/IV) Ley orgánica de protección de datos Según datos publicados en la prensa a finales del año 2003, la gran mayoría
Más detallesATENCIÓN INDUSTRIA DE ALIMENTOS
Bogotá, 04 de septiembre de 2015 Los productos alimenticios se clasifican de acuerdo al riesgo sanitario El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos Invima, se permite informar a la
Más detallesESTATUTOS SOCIALES DE: CARTERA ALHAMAR, SICAV, S.A.
ESTATUTOS SOCIALES DE: CARTERA ALHAMAR, SICAV, S.A. TÍTULO I. DENOMINACIÓN, RÉGIMEN JURÍDICO, OBJETO, DOMICILIO SOCIALES Y DURACIÓN Artículo 1.- Denominación social y régimen jurídico. Designación del
Más detallesELEMENTOS BASICOS DE GESTION DE LA PREVENCION DE RIESGOS. ORGANISMOS PÚBLICOS RELACIONADOS CON LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
ELEMENTOS BASICOS DE GESTION DE LA PREVENCION DE RIESGOS. ORGANISMOS PÚBLICOS RELACIONADOS CON LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO 1. El Instituto
Más detallesGabinete Jurídico. Informe Jurídico 0648/2008
Informe Jurídico 0648/2008 I La consulta plantea el modo en que deberá producirse la conciliación de las obligaciones impuestas a la consultante por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección
Más detallesAVISO DE PRIVACIDAD. (i) Información Proporcionada por el Titular.
AVISO DE PRIVACIDAD Puentes para el crecimiento económico, S.A.P.I. de C.V. ( Tenoli ), con domicilio en Gobernador Luis Vieyra 38b, Colonia San Miguel Chapultepec, Delegación Cuauhtémoc, código postal
Más detallesESTRUCTURA Y CONTENIDOS MÍNIMOS DE CARTAS DE SERVICIOS, de acuerdo a la NORMA UNE 93200:2008 1
ESTRUCTURA Y CONTENIDOS MÍNIMOS DE CARTAS DE SERVICIOS, de acuerdo a la NORMA UNE 93200:2008 1 ESTRUCTURA CONTENIDO DEL APARTADO EJEMPLO DE TEXTO a) Objetivos y fines de la organización prestadora de los
Más detallesA continuación se describen resumidamente las principales novedades que incorpora la misma.
7-2013 Junio, 2013 CIRCULAR 3/2013, DE 12 DE JUNIO, DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES, SOBRE EL DESARROLLO DE DETERMINADAS OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN A LOS CLIENTES A LOS QUE SE LES PRESTAN
Más detallesMEMORIA DEL ANÁLISIS DE IMPACTO NORMATIVO
MEMORIA DEL ANÁLISIS DE IMPACTO NORMATIVO DEL PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN TÉCNICA PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO A LA CELEBRACIÓN DEL 60 ANIVERSARIO DE LA ESCUELA DE
Más detallesComunicación de despidos colectivos y/o suspensión de contratos y/o reducción de jornada temporal
Núm. Expediente Suspensión de contratos / reducción de jornada temporal Despido colectivo Comunicación de despidos colectivos y/o suspensión de contratos y/o reducción de jornada temporal De acuerdo con
Más detallesDOG Núm. 80 Miércoles, 27 de abril de 2016 Pág. 15629. 1. Entidad adjudicadora: datos generales y datos para la obtención de la información:
DOG Núm. 80 Miércoles, 27 de abril de 2016 Pág. 15629 VI. ANUNCIOS A) ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA AUGAS DE GALICIA RESOLUCIÓN de 22 de abril de 2016 por la que se anuncia la licitación, por el procedimiento
Más detallesNº y año del exped. 771/15-S Referencia: Consejo Gobierno CONSEJERÍA DE SALUD
CONSEJERÍA DE SALUD Nº y año del exped. 771/15-S Referencia: Consejo Gobierno ACUERDO DE 22 DE DICIEMBRE DE 2015, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE DA CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DE 3 DE JUNIO DE
Más detallesSERVICIO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA NUEVAS EMPRESAS UBICADAS EN LA PROVINCIA DE SEGOVIA (2016) BASES
SERVICIO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA NUEVAS EMPRESAS UBICADAS EN LA PROVINCIA DE SEGOVIA (2016) BASES 1. Objeto y finalidad de la subvención. El objeto de
Más detallesNORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 720
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 720 RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR CON RESPECTO A OTRA INFORMACIÓN INCLUIDA EN LOS DOCUMENTOS QUE CONTIENEN LOS ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS (NIA-ES 720) (adaptada para su
Más detallesRENOVACIÓN DE CERTIFICADO DIGITAL PATRONAL, por revocación a los 6 meses
1 RENOVACIÓN DE CERTIFICADO DIGITAL PATRONAL, por revocación a los 6 meses En los últimos meses, se ha tenido la problemática de no poder entrar a realizar trámites diversos ante el IDSE, porque envía
Más detalles4 /12. sobre el Anteproyecto de Ley POR EL QUE SE CREA Y REGULA el
4 /12 sobre el Anteproyecto de Ley POR EL QUE SE CREA Y REGULA el registro unificado de títulos y certificados de euskera (rutce) Bilbao, 22 de febrero de 2012 dictamen 4/12 1 dictamen 4 12 2 Consejo Económico
Más detalles12. Convenio Internacional del Trabajo No. 134 relativo a la Prevención de los Accidentes de Trabajo de la Gente de Mar
12. Convenio Internacional del Trabajo No. 134 relativo a la Prevención de los Accidentes de Trabajo de la Gente de Mar Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 30 de octubre de 1970 Fecha
Más detallesRegistro Único de Proveedores del Estado RUPE. Guía para la actualización de información
Registro Único de Proveedores del Estado RUPE Guía para la actualización de información ACCE - Guía de actualización de información V15 Vigencia 04/08/2016 Índice de contenido Deber de actualización...3
Más detallesTEMA 6.- EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.
TEMA 6.- EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. CONTENIDO DE LOS MODELOS NORMALIZADOS DE SOLICITUD (págs. 249 y 250 del temario): - Materia regulada por Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que
Más detallesLEY ORGÁNICA 9/1985, DE 5 DE JULIO, DE DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO EN DETERMINADO SUPUESTOS.
LEY ORGÁNICA 9/1985, DE 5 DE JULIO, DE DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO EN DETERMINADO SUPUESTOS. La L.O. 9/1985 introduce el artículo 417bis al código penal mediante el cual se despenaliza el aborto en ciertos
Más detallesTRÁMITES PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
TRÁMITES PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA TRÁMITE 1 CERTIFICACIÓN NEGATIVA DE LA DENOMINACIÓN DE LA SOCIEDAD Registro Mercantil Central. Documento en el que figuren tres
Más detallesMODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA Y A LA ADOLESCENCIA
Madrid, 30 de julio de 2015 A los Titulares de Escuelas Católicas Directores de Centros EC07692 MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA Y A LA ADOLESCENCIA Estimada amiga/o: Transcurridos
Más detallesProtección de los Derechos de los Consumidores Mediante el Fomento de la Transparencia en la Contratación Hipotecaria en la Comunidad de Madrid
Ley para la Protección de los Derechos de los Consumidores Mediante el Fomento de la Transparencia en la Contratación Hipotecaria en la Comunidad de Madrid Actualizado a mayo de 2013 Índice Ley 1/2012,
Más detallesLa normativa reguladora de los RRHH en investigación.
La normativa reguladora de los RRHH en investigación. El Título II de la Ley de la Ciencia, Tecnología e Innovación de 2011, Ley 14/2011, sobre los recursos humanos dedicados a la investigación La Ley
Más detalles