Selección y uso de los Equipos de Proteccción Individual
|
|
- María José María Isabel Duarte Quintero
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Selección y uso de los Equipos de Proteccción Individual NIPO: Autor: Jesús Portillo García-Pintos CENTRO NACIONAL DE MEDIOS DE PROTECCIÓN El objeto de la presente Ficha de Divulgación Normativa es exponer los principales elementos contenidos en el Real Decreto 773/1997, el cual regula los procesos de selección y utilización de los Equipos de Protección Individual (EPI), y, paralelamente, presentar una serie de indicaciones de carácter práctico que pueden resultar de utilidad a la hora de desarrollar una metodología de puesta en práctica del texto legal referenciado. La presente Ficha de Divulgación Normativa actualiza la FDN 7/1996. CONTENIDO 1. RESUMEN NORMATIVO 2. Contenido de la normativa sobre selección y uso de los equipos de protección individual 2.1. Aspectos preliminares y planteamiento general 2.2. Definición 2.3. Norma general 2.4. Obligaciones del empresario A) Consideraciones previas a la selección B) Consideraciones relativas al equipo y a su uso C) Consideraciones relativas al desarrollo de la formación / información d) Consideraciones relativas al suministro 2.5. Obligaciones de los trabajadores 2.6. Desarrollo de una metodología práctica de selección de los EPI 1. RESUMEN NORMATIVO Para la elaboración de este documento se han tenido en consideración los siguientes textos legales: Ley 31/1195, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (BOE nº 269, de 10 de noviembre). Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual (BOE nº 140, de 12 de junio). 2. CONTENIDO DE LA NORMATIVA SOBRE SELECCIÓN Y USO DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL 2.1. Aspectos preliminares y planteamiento general Una de las obligaciones derivadas de la pertenencia de España a la Unión Europea es la relativa a la adaptación de nuestro marco normativo en materia de prevención de riesgos laborales al marco normativo europeo, el cual deriva directamente de los artículos 118 A y 118 B del Acta Única Europea conformando el denominado cuerpo legislativo de mínimos destinado a garantizar unos adecuados niveles de seguridad y salud de los trabajadores. En este escenario, para combatir los riesgos de accidentes y de perjuicios para la salud, resulta priori- 7
2 2 taria la aplicación de medidas técnicas y organizativas destinadas a eliminar los riesgos en su origen o a proteger a los trabajadores mediante disposiciones de protección colectiva. Cuando estas medidas se revelan insuficientes, se impone la utilización de equipos de protección individual (EPI), a fin de prevenir los riesgos residuales ineludibles ( riesgos remanentes ). Desde el punto de vista técnico, los equipos de protección individual actúan disminuyendo alguna de las componentes factoriales del riesgo. En este sentido, las técnicas de evaluación de riesgos en los terrenos de la Seguridad y de la Higiene Industrial de modo genérico se basan en una composición factorial, como la que se indica en la figura 1: Quedan expresamente excluidos de dicha definición los siguientes equipos: a) La ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estén específicamente destinados a proteger la salud o la integridad física del trabajador. b) Los equipos de los servicios de socorro y salvamento. c) Los equipos de protección individual de los militares, de los policías y de las personas de los servicios de mantenimiento del orden. d) Los equipos de protección individual de los medios de transporte por carretera. e) El material de deporte. f) El material de autodefensa o de disuasión. Seguridad Nivel de Riesgo = Consecuencias Probabilidad Exposición Higiene Industrial Nivel de riesgo = Toxicidad Concentración Tiempo de exposición Figura 1: Composición factorial del riesgo en los campos de la Seguridad y la Higiene Industrial Así, para el caso de la Seguridad, los EPI actúan fundamentalmente reduciendo las consecuencias derivadas de la materialización del riesgo, mientras que en el caso de la Higiene Industrial los equipos suelen actuar disminuyendo la concentración de contaminante a la que está expuesto el trabajador. En ambos casos, la eficacia protectora dependerá de la adecuación del EPI a los niveles de riesgo preexistentes. Por ello, una adecuada elección, utilización y mantenimiento de los equipos resultan vitales para conseguir los objetivos propuestos de reducción de los niveles de riesgo existentes en el lugar de trabajo. Estas tareas, la mayoría de las veces, resultan complejas, y para su desarrollo es preciso tener en consideración múltiples factores concurrentes, resultando la experiencia del personal que las lleva a cabo de capital importancia. En todo caso, los criterios básicos que establece al respecto la legislación vigente en España (reseñada en el apartado anterior) deben ser el referente de guía para la actuación de dicho personal. Es objeto de la presente Ficha de Divulgación Normativa la exposición de dichos criterios, así como la aportación de una serie de orientaciones que faciliten su puesta en práctica Definición En el ámbito del marco legislativo que regula las tareas de selección y utilización, se entenderá por Equipo de Protección Individual (EPI) cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. g) Los aparatos portátiles para la detección y señalización de los riesgos y de los factores de molestia. Al hilo de esta definición, cabe efectuar las siguientes consideraciones: - El EPI no tiene por finalidad realizar una tarea o actividad sino protegernos de los riesgos que la tarea o actividad presenta. Por tanto, no tendrán la consideración de EPI, según lo establecido en el Real Decreto 773/1997, las herramientas o útiles aunque los mismos estén diseñados para proteger contra un determinado riesgo (herramientas eléctricas aislantes, etc.). - El EPI debe ser llevado o sujetado por el trabajador y utilizado de la forma prevista por el fabricante. Según este criterio no puede ser considerado un EPI, por ejemplo, una banqueta aislante. - El EPI debe ser elemento de protección para el que lo utiliza, no para la protección de productos o personas ajenas. Con arreglo a esto existen prendas utilizadas para la protección de alimentos o bien para evitar contagios de personas que, según este Real Decreto, no tienen consideración de EPI. Son ejemplos: los elementos utilizados por los manipuladores de alimentos o los utilizados en determinados sectores sanitarios Norma general Como principio básico de actuación, los equipos de protección individual deberán utilizarse cuando existan riesgos para la seguridad o salud de los trabajadores que no hayan podido evitarse o limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo.
3 3 Es decir, que los EPI deben constituir el último escalón en la secuencia de medidas de prevención y de protección que se articulen para combatir el riesgo. Este hecho no se debe a que este tipo de medida sea menos importante que las demás. El principal motivo para anteponer otro tipo de medidas a la protección individual se debe a que la utilización de una protección individual supone establecer un contacto directo del trabajador con el riesgo, sin que exista otra barrera detrás para eliminar o disminuir las consecuencias del daño en caso de que el peligro se materialice, y, en estas condiciones, si el equipo de protección individual falla o resulta ineficaz, el trabajador sufrirá las consecuencias del daño con toda su severidad Obligaciones del empresario En este apartado se exponen las principales actuaciones que debe llevar a término el empresario para materializar su deber general de protección, el cual, como debe recordarse, constituye una obligación legal de resultado. Así, se pueden distinguir cuatro grandes bloques conceptuales a la hora de desplegar dichas actuaciones, conforme se indica a continuación: A) Consideraciones previas a la selección Como paso previo a la selección de los equipos de protección individual más adecuados a la situación considerada, el empresario debe realizar una valoración general de las condiciones de trabajo y de las posibilidades de protección existentes, la cual incluirá los siguientes elementos: 1. Analizar y evaluar los riesgos existentes que no puedan evitarse o limitarse suficientemente por otros medios. Los riesgos resultantes de este análisis constituirán los denominados riesgos remanentes. 2. Definir las características que deberán reunir los equipos de protección individual para garantizar su función, teniendo en cuenta la naturaleza y magnitud de los riesgos de los que deban proteger, así como los factores adicionales de riesgo que puedan constituir los propios equipos de protección individual o su utilización. Como elemento de ayuda al desarrollo de este proceso, en el anexo IV del Real Decreto 773/1997 se contienen un conjunto de indicaciones no exhaustivas para la evaluación de una serie de equipos de extendida utilización. 3. Comparar las características de los equipos de protección individual existentes en el mercado con las definidas según lo señalado en el párrafo anterior. 4. Actuación y revisión de los distintos elementos de la valoración (puntos 1 a 3 anteriores), en función de los cambios posibles originados por el desarrollo de la técnica, los medios productivos, etc. B) Consideraciones relativas al equipo y a su uso Una vez completadas las distintas fases presentadas en el apartado anterior, el empresario se encuentra en condiciones de decantarse por un equipo determinado. En estas condiciones, es obligación del empresario exigir al equipo la satisfacción de los siguientes requisitos: 1. El equipo debe adecuarse a las disposiciones comunitarias en cuanto a diseño y construcción. Este requerimiento se verifica plenamente si el equipo está provisto del marcado CE, según lo establecido en el Real Decreto 1407/1992 y sus modificaciones posteriores. 2. El equipo debe presentar una adecuada adaptabilidad a tres niveles, a saber: - En primer lugar, adaptabilidad al riesgo. Los equipos de protección individual tienen que proteger lo justo, pudiendo resultar una sobreprotección, en algunos casos, tan peligrosa o más que una falta de protección (piénsese, por ejemplo, en un trabajador que tenga que utilizar protección auditiva pero a la vez ser capaz de escuchar señales acústicas de alarma). La adaptabilidad se alcanzará mediante un adecuado contraste entre los niveles de riesgo existentes en el puesto de trabajo y los niveles de rendimiento frente a dichos riesgos ofertados por el equipo, los cuales deben venir reflejados en el folleto informativo. - En segundo lugar, adaptabilidad a la persona. Todos los equipos de protección individual disponen de forma explícita o implícita (piénsese en las tallas, por ejemplo) de una serie de elementos de ajuste para adecuarlos convenientemente al portador. Es muy importante lograr esta correcta adecuación, pues de lo contrario los niveles de rendimiento del equipo se ven severamente afectados, haciendo prácticamente nula su utilización. A este respecto debe prestarse especial atención a situaciones tales como existencia de trabajadores con características físicas especiales, etc. - Finalmente, adaptabilidad al entorno laboral. La utilización de un equipo de protección individual supone introducir un elemento exógeno en el lugar de trabajo, y, en consecuencia, pueden existir problemas de incompatibilidad con las tareas desarrolladas en el mismo. A este respecto, sería muy recomendable probar los equipos de protección individual en condiciones reales de uso previamente a su adquisición definitiva. Para ello, la participación activa de los trabajadores en el proceso de selección desde el inicio del mismo es no solo una obligación legal, sino una necesidad práctica insoslayable de cara al aseguramiento de la aceptabilidad de uso de los equipos. 3. En caso de riesgos múltiples, en los que sea necesaria la utilización de diversos equipos, éstos deben ser compatibles entre sí y mantener su eficacia. Igualmente, el empresario ha de velar por el cumplimiento de una serie de normas generales en cuanto al uso del equipo, a saber: 1. El tiempo durante el que el equipo ha de llevarse se determinará en función de la gravedad del riesgo, de la frecuencia de exposición al riesgo, de las características del puesto de trabajo y de las prestaciones del equipo. En cualquier caso, es crucial respetar los tiempos de uso establecidos para los equipos, pues, en caso de no hacerlo así, para algunos tipos de equi-
4 4 pos la eficiencia protectora de los mismos decae exponencialmente. 2. Como principio general, los equipos serán de uso personal. En casos especiales de varios usuarios, se tomarán las medidas adecuadas que garanticen la higiene de los mismos. En este sentido, en caso de tener que utilizar productos de desinfección, se utilizarán exclusivamente los recomendados por el fabricante del equipo en su folleto informativo. 3. El equipo solo podrá utilizarse para los usos previstos, salvo en casos excepcionales. En cualquier caso, deberá usarse conforme al manual de instrucciones (folleto informativo), el cual será comprensible para los trabajadores. C) Consideraciones relativas al desarrollo de la formación / información Una vez que se adquiere el equipo, y en el propio proceso de adquisición, el empresario ha de satisfacer todos aquellos elementos que son necesarios para un eficaz desarrollo de las obligaciones legales de formación e información, los cuales esencialmente se concretan en los siguientes aspectos: 1. El empresario deberá informar a los trabajadores, previamente al uso de los equipos, de los riesgos contra los que les protegen, así como de las actividades u ocasiones en las que deben utilizarse. Asimismo, deberá proporcionarles instrucciones, preferentemente por escrito, sobre la forma correcta de utilizarlos y mantenerlos. A este respecto, es importante señalar que es conveniente que el trabajador sea también informado de los límites de uso del equipo y de qué no le protege el equipo. 2. El empresario garantizará la formación y organizará, en su caso, sesiones de entrenamiento para la utilización de equipos de protección individual, especialmente cuando se requiera la utilización simultánea de varios equipos de protección individual que por su especial complejidad así lo hagan necesario. En este sentido, la participación del fabricante o de su suministrador en estas sesiones de entrenamiento, para algunos tipos de equipos, puede resultar especialmente ilustrativa. D) Consideraciones relativas al suministro El empresario deberá proporcionar gratuitamente a los trabajadores los equipos de protección individual que deban utilizar, reponiéndolos cuando resulte necesario, debiendo igualmente garantizar su buen funcionamiento y su estado higiénico satisfactorio por medio del mantenimiento, los arreglos y las sustituciones necesarios Obligaciones de los trabajadores Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán: a) Utilizar y cuidar correctamente los equipos de protección individual. b) Colocar el equipo de protección individual después de su utilización en el lugar indicado para ello. c) Informar de inmediato a su superior jerárquico directo de cualquier defecto, anomalía o daño apreciado en el equipo de protección individual utilizado que, a su juicio, pueda entrañar una pérdida de su eficacia protectora Desarrollo de una metodología práctica de selección de los EPI Hasta este punto, el análisis se ha centrado fundamentalmente en el articulado del Real Decreto 773/1997, haciéndose prácticamente nula referencia a los anexos del mismo. Dicho anexos, de enfoque eminentemente práctico, aportan la siguiente información: - El anexo I contiene una lista indicativa y no exhaustiva de equipos de protección individual. - El anexo II presenta un esquema indicativo para el inventario de los riesgos con el fin de utilizar equipos de protección individual. - El anexo III presenta una lista indicativa y no exhaustiva de actividades y sectores de actividades que pueden requerir la utilización de equipos de protección individual. - El anexo IV da indicaciones no exhaustivas para la evaluación de equipos de protección individual. En la figura 2 se presenta un diagrama de flujo que puede servir como guía para el desarrollo del proceso de selección de los equipos, en el que se integran los elementos legales referidos en los ámbitos en los que resultan aplicables.
5 5 Identificación de peligros Evaluación de riesgos Valoración de riesgos FASE 1ª Toma de decisiones Ausencias de medidas (*) Toma de medidas (**) Persiste el riesgo? NO FIN SÍ FACTORES PARA LA UTILIZACIÓN DE EPI FASE 2ª Tiempo de exposición DETERMINACIÓN DEL GRADO DE CORRECCIÓN FASE 3ª Vías de entrada Completar ficha para la Evaluación de riesgos en el uso de los EPI Comparación folletos/requisitos técnicos MERCADO oferta FASE 4ª FOLLETOS INFORMATIVOS CONFORMES CON RD 1407/1992 FASE 5ª Características del lugar de trabajo Características anatómicas y fisiológicas Estado de salud CONSULTA CON LOS TRABAJADORES Y PRUEBAS IN SITU FASES 6ª, 7ª, 8ª, 9ª Selección (*) Evitar suficientemente por medidas de protección colectivas (**) Medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo Figura 2: Diagrama de flujo para el desarrollo del proceso de selección de los equipos de protección individual
6 6 La caracterización de las distintas fases contenidas en el mismo es la siguiente: 1ª FASE: Evaluación de los riesgos remanentes (riesgos que no pueden evitarse por otros medios, protección colectiva, medidas de organización del trabajo, etc.). Para ello se debe cumplimentar el inventario de riesgos del Anexo II del Real Decreto 773/ ª FASE: Definición de los requisitos técnicos que ha de cumplir el equipo y toma en consideración de los factores de riesgo que pueda introducir el equipo que se vaya a seleccionar (sobre la base del análisis del Anexo IV del Real Decreto 773/1997). 3ª FASE: Confección de una lista de control con las especificaciones a cumplir por el EPI, basándose en los riesgos que deben cubrirse y en los riesgos debidos al equipo. En la figura 3 se incluye un modelo de lista para el caso concreto de los equipos de protección frente a caídas de altura. 4ª FASE: Facilitar dicha lista de control a los posibles suministradores. 5ª FASE: Preselección del equipo, que ha de responder a las siguientes solicitaciones: - Adecuación a la legislación nacional y comunitaria que le sea de aplicación (marcado «CE», etc.). - Adecuación al nivel de riesgo a proteger, sin suponer un riesgo adicional. - Adecuada adaptabilidad e integración en el medio ambiente laboral. - Adecuada adaptabilidad al trabajador tras los necesarios ajustes. - Compatibilidad en caso de múltiples riesgos. 6ª FASE: Realizar pruebas prácticas en el lugar de trabajo (en caso de ser factible), al objeto de verificar que los rendimientos técnicos se corresponden con los ofertados y que la adaptabilidad es la adecuada. 7ª FASE: Formar e instruir a los trabajadores en el uso de los equipos seleccionados. Puntos básicos de esta formación han de ser: - Presencia del fabricante/suministrador en caso de equipos de diseño complejo. - Explicar las causas por las que se debe usar el equipo y qué tipo de protección proporciona. - De qué riesgos no protege. - Cómo usarlo y cerciorarse de que protege. - Cuándo debe desecharse. - Cuál es el mantenimiento necesario. - Realización de instrucciones internas de uso y mantenimiento siguiendo las indicaciones del Art. 7 del Real Decreto 773/ ª FASE: Aseguramiento de la aceptación, para lo cual es imprescindible una motivada y activa participación de los trabajadores y sus representantes en el Comité de Seguridad y Salud, desde el comienzo del proceso, junto con campañas eficaces de divulgación y sensibilización. 9ª FASE: Revisión de la selección en función de los cambios tecnológicos introducidos en el trabajo.
7 7 LISTA DE CONTROL: EQUIPOS DE PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS DE ALTURA 1/1 DATOS DE CARÁCTER GENERAL Tipo de empresa/sector de actividad Tarea ejecutada DESCRIPCIÓN DE LOS RIESGOS Y LAS CONDICIONES EXISTENTES EN EL TRABAJO Y SU ENTORNO IMPACTO Resbalón con desnivel... Caída... Frenado de la caída... Oscilación con choque... Suspensión en el equipo... Tropezón con elemento de amarre... (Poner una cruz en la columna correspondiente) SI NO PRECISIONES ADICIONALES (Obligatoriamente para los puntos marcados con asterisco *) RIESGOS DERIVADOS DE LAS CONDICIONES METEOROLÓGICAS Y DE USO * Frio... Calor... Humedad... Radiación solar... Radiación UV (soldadura)... Temperatura...ºC Duración exp....h/día Temperatura...ºC Duración exp....h/día RIESGOS QUÍMICOS * Disolventes... ácidos... Aceites... Corrosión... Otros... Utilización constante (sudor)... Varios... Naturaleza de los productos químicos Otros datos útiles para la especificación de los equipos de protección contra caidas: Figura 3: Modelo de lista de control
8 8 Para obtener información adicional sobre el contenido de la presente FICHA DE DIVULGACIÓN NORMATIVA puede dirigirse al Área de Verificación de Medios de Protección Centro Nacional de Medios de Protección Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo C/ Carabela La Niña, nº Sevilla Apdo Sevilla Tfno , Fax
PROCEDIMIENTO DE ENTREGA Y USO DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
PROCEDIMIENTO DE ENTREGA Y USO DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL INDICE: 1. OBJETO 2. ÁMBITO DE APLICACION 3. REFERENCIAS 4. RESPONSABLES 5. DESCRIPCIÓN 6. CONTROL 7.- FORMACION y ADIESTRAMIENTO.
Más detallesPROTOCOLO DE UTILIZACIÓN: EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
PROTOCOLO DE UTILIZACIÓN: EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL Equipos de protección individual El trabajo seguro exige la actuación coordinada por parte del empresario y los trabajadores. Son múltiples los
Más detallesINSHT. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Órgano emisor: Ministerio de Presidencia. Fecha de aprobación:
REAL DECRETO 773/1997, 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. BOE nº 140 12-06-1997 Órgano emisor:
Más detallesPablo Cantasano Sebastián Fleisman Eugenio Sellán 01 10 12. Autor Validador Calidad Aprobador D M A
Tipo: Procedimiento Ámbito: 000A Código: 510-PR032-LG-AR 1. Índice 1. Índice... 1 2. Objeto... 2 3. Ámbito de aplicación... 2 4. Normativa relacionada... 2 5. Definiciones y abreviaturas... 2 6. Consideraciones
Más detallesPrevención de riesgos laborales en el sector cárnico
Prevención de riesgos laborales en el sector cárnico REF: HORAS: HORAS: K433 35 horas lectivas 15 horas practicas OBJETIVOS Curso en el que se pretende que el alumno adquiera los conocimientos y habilidades
Más detallesPROTECCIONES INDIVIDUALES (EPIs). PROTECCION DE LAS VIAS RESPIRATORIAS. (FFP3) Norma EN 143. Factor de Protección Nominal.
. PROTECCIONES INDIVIDUALES (EPIs). PROTECCION DE LAS VIAS RESPIRATORIAS. (FFP3) Norma EN 143. Factor de Protección Nominal.. ANTECEDENTES HISTORICOS!ESTO NO ES NUEVO! DEFINICIONES Y LEGISLACION Real Decreto
Más detallesObligaciones en Prevención de Riesgos Laborales
Obligaciones en Prevención de Riesgos Laborales QUIÉN NOS OBLIGA? La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, establece en su Capítulo III los Derechos y Obligaciones de empresario
Más detallesPROGRAMACION FORMACION Y ORIENTACION LABORAL 2015/16 TECNICO EN COCINA Y GASTRONOMIA
PROGRAMACION FORMACION Y ORIENTACION LABORAL 2015/16 TECNICO EN COCINA Y GASTRONOMIA 1. IDENTIFICACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN Esta programación se desarrolla conforme a lo establecido en el RD 1396/2007 de
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL.
PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL. SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Universidad de Jaén ÍNDICE 1.- OBJETO 2.- ALCANCE 3.- DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 4.- DEFINICIONES
Más detallesObligaciones y Responsabilidades de la Empresa
Obligaciones y Responsabilidades de la Empresa Información general DUE Prevención de Riesgos Laborales, entidad acreditada, a nivel nacional, como servicio de Prevención de Riesgos Laborales ajenos (número
Más detallesSISTEMAS ELEMENTALES DE CONTROL DE RIESGOS
14 SISTEMAS ELEMENTALES DE CONTROL DE RIESGOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL Se considera Equipo de Protección Individual (E.P.I.) cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador
Más detallesProcedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad
Página: 1/17 Procedimiento para la para la coordinación Índice 1. OBJET0.................................................. 2 2. CLIENTES 1 ALCANCE..................................... 2 3. NORMATIVA...............................................
Más detallesEquipos de Protección Individual. Seguridad en el trabajo: (EPI S) Principio protección en el trabajo
Seguridad en el trabajo: Equipos de Protección Individual (EPI S) Principio protección en el trabajo 2 Principio protección en el trabajo 3 Equipos de Protección Individual Definición: cualquier equipo
Más detallesProcedimiento para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones ajenas a la universidad
instalaciones a enas a la universidad Versión : 1 Página: 1/12 de actividades empresariales en instalaciones ajenas a la universidad Índice 1. OBJET0... 2 2. CLIENTES 1 ALCANCE................ 2 3. NORMATIVA...
Más detallesTécnico en Prevención de Riesgos Laborales en Empresas de Vidrio y Cerámica
Técnico en Prevención de Riesgos Laborales en Empresas de Vidrio y Cerámica TITULACIÓN DE FORMACIÓN CONTINUA BONIFICADA EXPEDIDA POR EL INSTITUTO EUROPEO DE ESTUDIOS EMPRESARIALES Duración: 60 horas Precio:
Más detallesFICHA DE PROCESO. Unidad de Prevención de Riesgos Laborales
DE Hl i i\co!'i FICHA DE PROCESO Página: 1/8 eneral en los laboratorios relativa a la señalización de carácter general en los laboratori 1 os Índice 1.. OBJETO.... \................................. 2
Más detallesCoordinación de actividades empresariales
Coordinación de actividades empresariales QUÉ ES? La coordinación de actividades empresariales es aquella que se lleva a cabo cuando en un mismo centro de trabajo desarrollan actividades trabajadores de
Más detallesNOM-017-STPS-2008 EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL-SELECCION, USO Y MANEJO EN LOS CENTROS DE TRABAJO.
NOM-017-STPS-2008 EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL-SELECCION, USO Y MANEJO EN LOS CENTROS DE TRABAJO. 1 NOM-017-STPS-2008 Objetivo particular: El participante reconocerá el contenido de la NOM-017-STPS-2008,
Más detallesINDIVIDUAL. PROCEDIMIENTO PARA LA GESTóN Y USO DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN. cóolco pr8o2. Eeutpos DE prorecclóu lruolvloull- eotctóru: 1.
EX UNIVERSIDAD procedtmtento para u ceslóru y uso Eeutpos prorecclóu lruolvloull eotctóru: 1. cóolco pr8o2 f?s ñe tl ;i o: 3 FT >ú PROCEDIMIENTO PARA LA GESTóN Y USO EQUIPOS PROTECCIÓN INDIVIDUAL Elaborado
Más detallesPLANIFICACIÓN URBANA Y PREVENCIÓN DE RIESGOS
PLANIFICACIÓN URBANA Y PREVENCIÓN DE RIESGOS El papel de la legislación y los sistemas de información Ángela de la Cruz Mera Subdirectora General de Urbanismo Ministerio de Fomento 1. INTRODUCCIÓN En España,
Más detallesINSHT. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
REAL DECRETO 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo de los trabajadores en el ámbito de las empresas de trabajo temporal. BOE nº 47 24-02-1999 Órgano
Más detallesTécnico en Seguridad Informática. Informática, Diseño y Programación
Técnico en Seguridad Informática Informática, Diseño y Programación Ficha Técnica Categoría Seguridad en las Comunicaciones y la Información Contenido del Pack - 1 Manual Teórico - 1 Cuaderno de Ejercicios
Más detallesGUÍA DEL PLAN DE CONTINGENCIA ANTE LA PANDEMIA DE GRIPE A(H1N1)
GUÍA DEL PLAN DE CONTINGENCIA ANTE LA PANDEMIA DE GRIPE A(H1N1) 1. El Plan de contingencia que se derive del contenido de esta Guía deberá de ajustarse a las instrucciones elaboradas por el Consejo Interterritorial
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES COSO 2013
1. Para el año 2016, se puede dar una opinión sobre la Efectividad de todo el Sistema de Control Interno (SCI)?, considerando que para ese año se puede evaluar solo tres componentes del SCI: Entorno de
Más detalles(Texto pertinente a efectos del EEE)
L 185/6 REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/1136 DE LA COMISIÓN de 13 de julio de 2015 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n o 402/2013 relativo a la adopción de un método común de seguridad
Más detallesPrograma de Protección Manual
Página 1 de 12 Página 2 de 12 1 OBJETIVO El presente programa tiene por objetivo definir los estándares mínimos que se requieren para un programa de Protección para nuestras manos, incluyendo la selección,
Más detallesPROCEDIMIENTO DE INFORMACION, CONSULTA Y PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN MATERIA DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES
0 Página 1 de 7 Realizado por: Servicio de Prevención de Prevención de Riesgos Laborales del SERIS Fecha y firma: Febrero 2008 Aprobado por: Fecha y firma: VºBº: Comité de Seguridad y Salud Fecha y firmas
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES SOBRE PROTOCOLO DE VIGILANCIA DE FACTORES DE RIESGOS PSICOSOCIALES.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE PROTOCOLO DE VIGILANCIA DE FACTORES DE RIESGOS PSICOSOCIALES. Qué efectos o consecuencias podría tener la exposición a riesgos psicosociales en el trabajo sobre la salud física
Más detallesCómo desarrollar un sistema APPCC en una fábrica de piensos?
Cómo desarrollar un sistema APPCC en una fábrica de piensos? Fecha: Noviembre 2005 1.- INTRODUCCIÓN El Reglamento 183/2005, fija los requisitos en materia de higiene de los piensos y establece la obligatoriedad
Más detallesCODIGO DE BUENAS PRÁCTICAS PREVENTIVAS PREVENCIÓN EN SITUACIONES DE EMBARAZO Y LACTANCIA NATURAL PLAN GENERAL DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS 2015
CODIGO DE BUENAS PRÁCTICAS PREVENTIVAS PREVENCIÓN EN SITUACIONES DE EMBARAZO Y LACTANCIA NATURAL PLAN GENERAL DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS 2015 umivale. Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 15 1.-
Más detallesPROTECCIÓN PERSONAL. Qué es un equipo de protección individual?
PROTECCIÓN PERSONAL No es lo mismo proteger que prevenir. La protección personal tiene por objeto interponer una última barrera entre el riesgo y el trabajador y la trabajadora mediante equipos que deben
Más detallesCONCRECIÓN CURRICULAR
CONCRECIÓN CURRICULAR CURRÍCULO: Conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas. (Art. 6) 1. NIVELES DE CONCRECIÓN
Más detallesMedicina del trabajo? Las diez cuestiones claves acerca de la especialidad
Medicina del trabajo? Vigilancia de la salud? Las diez cuestiones claves acerca de la especialidad Clara Guillén Subirán Jefe de Departamento de Medicina del Trabajo Servicio de Prevención de Ibermutuamur.
Más detallesÁmbito de actuación. Método
Método LEST Mejorar las condiciones de trabajo implica determinar de forma global cuáles son estas condiciones, y cuánto y cómo afectan a la salud del trabajador, cada una y en conjunto, entendiendo por
Más detallesNORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 610 UTILIZACIÓN DEL TRABAJO DE LOS AUDITORES INTERNOS
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 610 UTILIZACIÓN DEL TRABAJO DE LOS AUDITORES INTERNOS (NIA-ES 610) (adaptada para su aplicación en España mediante Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría
Más detallesLa Inspección de Trabajo en la vigilancia de la utilización de los equipos de protección individual por los trabajadores
La Inspección de Trabajo en la vigilancia de la utilización de los equipos de protección individual por los trabajadores Miguel Ángel Sánchez de la Arena Inspección Provincial de Madrid de ITSS OBLIGACIONES
Más detallesANEXO PARA LA ELABORACIÓN DE UN PLAN DE PREVENCIÓN TIPO
ANEXO PARA LA ELABORACIÓN DE UN PREVENCIÓN TIPO DESCRIPCIÓN DE LA EMPRESA Nombre o razón social Domicilio Social Código Postal Población Provincia Teléfono Fax Email Sector/ Actividad Principal Nº centros
Más detallesCOORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN EL SECTOR DEL MONTAJE Y MANTENIMIENTO INDUSTRIAL. Ávila, 1 de Octubre de 2.008
COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN EL SECTOR DEL MONTAJE Y MANTENIMIENTO INDUSTRIAL Ávila, 1 de Octubre de 2.008 Características: Actividades peligrosas y de riesgo especial. Siniestralidad laboral.
Más detallesCONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO DE RIESGOS LABORALES Y VIGILANCIA Y CONTROL DE LA SALUD DE LOS EMPLEADOS Y EMPLEADAS DE LA EMPRESA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO DE RIESGOS LABORALES Y VIGILANCIA Y CONTROL DE LA SALUD DE LOS EMPLEADOS Y EMPLEADAS DE LA EMPRESA PÚBLICA EXTENDA-AGENCIA ANDALUZA DE PROMOCIÓN EXTERIOR,
Más detallesLAS ETAPAS DE LA METODOLOGIA METRICA
LAS ETAPAS DE LA METODOLOGIA METRICA La metodología Métrica está estructurada en Fases, Módulos, Actividades y Tareas. FASE 0: PLAN DE SISTEMAS DE INFORMACION Se realiza la planificación estratégica de
Más detallesNUEVO REGLAMENTO DE INSTALACIONES Y SISTEMAS DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS
NUEVO REGLAMENTO DE INSTALACIONES Y SISTEMAS DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS Francisco Herranz Barrio. Área técnica de TECNIFUEGO-AESPI. LA ASOCIACIÓN: Quiénes somos. Objetivos. Estructura. Actividades.
Más detallesMINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO 3. VIGILANCIA DE LA SALUD Y PROTOCOLOS ESPECIFICOS
3. VIGILANCIA DE LA SALUD Y PROTOCOLOS ESPECIFICOS 12 El término vigilancia de la salud de los trabajadores engloba una serie de actividades, referidas tanto a individuos como a colectividades y orientadas
Más detallesMÓDULOS TRANSVERSALES. R.E.T. (Relaciones en el equipo de trabajo) -Grado Medio-
MÓDULOS TRANSVERSALES R.E.T. (Relaciones en el equipo de trabajo) -Grado Medio- ÍNDICE 1. Capacidades Terminales 2. Criterios de evaluación 3. Contenidos 4. Bibliografía 5. Otras consideraciones R.E.T.
Más detalles3.Técnicas de Seguridad.
PRIMER BLOQUE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 1. Introducción a la siniestrabilidad laboral. 2. Administración de riesgos. 3. Técnicas de seguridad. 4. Ciencias auxiliares de la seguridad. 5. Marco jurídico
Más detallesCriterios Generales para la determinación del Mercado Relevante
Resolución N º 2/009 Montevideo, 12 de mayo de 2009. VISTO: Lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley N º 18.159 de 20 de julio de 2007 y en el artículo 6 del Decreto N º 404/007 de 29 de octubre de 2007.
Más detallesELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL EPP/EPI
Página 1 de 7 ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL EPP/EPI Rev. Fecha Puntos revisados Realizado Comprobado Aprobado 0 Dic.1999 Emisión SSA 1 Nov.2000 Revisión general y LFJ
Más detallesTécnico en Prevención de Riesgos Laborales en Transporte Sanitario
Técnico en Prevención de Riesgos Laborales en Transporte Sanitario Prevención de Riesgos Laborales, Calidad, Medioambiente, I+D+I Ficha Técnica Categoría Prevención de Riesgos Laborales Referencia Precio
Más detallesCONCEPTO DE ACCIDENTE Y ENFERMEDAD LABORAL
JORNADAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (28 de Septiembre de 2002) CONSTRUTEC CONCEPTO DE ACCIDENTE Y ENFERMEDAD LABORAL Dña. Irene Puigmitjà. Técnico Prevención Riesgos Laborales y moderadora CADMO
Más detallesPROTECCIÓN DE TRABAJADORES ESPECIALMENTE SENSIBLES. Mayo / 2013
PROTECCIÓN DE TRABAJADORES ESPECIALMENTE SENSIBLES 29 Mayo / 2013 Edita: SP del SFF CGT Avda. Ciudad de Barcelona, 10 Sótano 2º Teléfonos: 91 506 62 87 91 506 6285 Fax: 91 506 63 14 Correo e: sff cgt@cgt.es
Más detallesGestión de Recursos Humanos
Gestión de Recursos Humanos (Ref. EDT09266) Modalidad: Catálogo e-learning Nº de Horas: 130 Objetivos: Módulo I.- Realizar la gestión administrativa de las actividades vinculadas a la administración de
Más detallesNIF: CIF/NIF: Nº solicitud: Fecha solicitud:
*Si deben añadirse más códigos de cuenta cotización, deberán anexarse a la solicitud. 1. Certificado de la empresa sobre la concurrencia de los requisitos señalados en los párrafos a), e) y g) del artículo
Más detallesAnexo Diseño Técnico Pedagógico
Anexo Diseño Técnico Pedagógico (Presente un diseño por cada oficio u ocupación) Denominación del Diseño: Nota: si el proyecto solo contempla la adquisición de equipamiento, completar solamente los puntos
Más detalles6. Identificación del peligro: Proceso para establecer si existe un peligro y definir las características de éste.
Material para fichas Definiciones: 1. Amenaza: Peligro latente de que un evento físico de origen natural, o causado, o inducido por la acción humana de manera accidental, se presente con una severidad
Más detalles*Si deben añadirse más códigos de cuenta cotización, deberán anexarse a la solicitud.
*Si deben añadirse más códigos de cuenta cotización, deberán anexarse a la solicitud. 1. Certificado de la empresa sobre la concurrencia de los requisitos señalados en los párrafos a), e) y g) del artículo
Más detallesI CONGRESO NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
I CONGRESO NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Los accidentes laborales de tráfico. La seguridad vial en la empresa. Iniciativas de la DGT Carlos Pulido Sánchez Dirección General de Tráfico Madrid,
Más detallesGUIA PARA ELABORAR UN PLAN INSTITUCIONAL DE ATENCION DE EMERGENCIAS.
Portada reproducción Tabla de Contenido I. II. GUIA PARA ELABORAR UN PLAN INSTITUCIONAL DE ATENCION DE EMERGENCIAS. Facilidad en el manejo del documento. Introducción El porqué, el cómo y motivos Antecedentes
Más detallesPREVENCION DE RIESGOS LABORALES EN INDUSTRIAS QUIMICAS
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES EN INDUSTRIAS QUIMICAS Modalidad: Distancia Duración:80horas. Objetivos: Este curso permitirá al alumnado adquirir las competencias profesionales necesarias para analizar
Más detallesa) Secretaría de BOICAC Nº 94/2013 Consulta 1
BOICAC Nº 94/2013 Consulta 1 Estado de Sobre Hacienda las obligaciones contables de una comunidad de vecinos (comunidad de propietarios por pisos o locales, regida por la Ley 49/1960, de 21 de julio, de
Más detallesJORNADA TÉCNICA: Factores Psicosociales y trabajo: aspectos a considerar y valorar
JORNADA TÉCNICA: Factores Psicosociales y trabajo: aspectos a considerar y valorar Intervenciones en el medio laboral ante situaciones de riesgo psicosocial Valladolid, 1 de Abril de 2009 Jordi Serra Pallisa
Más detallesNORMATIVA EUROPEA JORNADA TÉCNICA NUEVO REGLAMENTO DE ALUMBRADO EXTERIOR
Fernando Ibáñez Abaigar Presidente, Comité Español de Iluminación NORMATIVA EUROPEA JORNADA TÉCNICA NUEVO REGLAMENTO DE ALUMBRADO EXTERIOR INTRODUCCIÓN Dentro de las políticas integradas de producto a
Más detallesGUÍA PARA ELABORAR ANÁLISIS FUNCIONAL
GUÍA PARA ELABORAR ANÁLISIS FUNCIONAL La elaboración del análisis funcional es muy sencilla, sin embargo debe tenerse muy clara la metodología para que no se produzcan errores, ya que no se debe de olvidar
Más detallesLas actuaciones a realizar por la empresa adjudicataria del Servicio de Erradicación de la Plaga de Termitas serán las siguientes:
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LOS SERVICIOS DE DESINSECTACIÓN Y CONTROL DE LA PLAGA DE TERMITAS EN EL ENTORNO DEL CASCO HISTORICO DE LARRABETZU
Más detallesIdentificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del título en el sector.
. Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del título en el sector. El título de Técnico en Gestión Administrativa queda identificado por los siguientes elementos:
Más detallesPERFIL COMPETENCIA ANALISTA DESARROLLADOR DE APLICACIONES DE SOFTWARE (TIC-PROG)
PERFIL COMPETENCIA ANALISTA DESARROLLADOR DE APLICACIONES DE SOFTWARE (TIC-PROG) FECHA DE EMISIÓN: 12/07/2016 00:25 FICHA DE PERFIL OCUPACIONAL ANALISTA DESARROLLADOR DE APLICACIONES DE SOFTWARE (TIC-PROG)
Más detallesServicio de Prevención y Medio Ambiente de la UCLM
Servicio de Prevención y Medio Ambiente de la UCLM Servicio.Prevencion@uclm.es www.uclm.es/servicios/prevencion www.uclm.es servicios prevención DESTINATARIOS: Personal de nueva incorporación a los laboratorios
Más detallesSyllabus Asignatura : Planificación de la investigación comercial
Syllabus Asignatura : Planificación de la investigación comercial Master Universitario en Gestión comercial y Master en Dirección de marketing Curso 2012/2013 Profesor/es: Periodo de impartición: Tipo:
Más detallesMódulo 4: Estándares de gestión de la seguridad de la información
Módulo 4: Estándares de gestión de la seguridad de la información Se da un repaso en este módulo a los principales estándares aceptados por la industria en el área de la seguridad de la información, las
Más detallesTrabajamos para ti 1
MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL SUBDIRECCION GENERAL DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO Instrucciones sobre la repercusión en las prestaciones por desempleo de las acciones
Más detallesCurso de Prevención de Riesgos Laborales en el Trabajo de Charcuteros. (80 horas)
Curso de Prevención de Riesgos Laborales en el Trabajo de Charcuteros (80 horas) 1 Curso de Prevención de Riesgos Laborales en el Trabajo de Charcuteros En La Salle, conscientes de la continua necesidad
Más detalles4. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
4. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL ÍNDICE 4.1. Definición 4.2.Ámbito legal 4.3. Cuándo usar los equipos de protección individual? 4.4. Requisitos para la implantación 4.4.1. Estudio 4.4.2. Elección 4.4.3.
Más detallesNIVEL BÁSICO PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
NIVEL BÁSICO PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Queremos agradecerle la confianza depositada en nosotros para formarse en el Curso de Prevención de Riesgos Laborales / Nivel Básico PRL. Presentación y objetivos
Más detallesDe acuerdo con el Decreto 3963 de octubre de 2009, son objetivos de los exámenes SABER PRO:
Objetivos del SABER PRO El examen de Estado de calidad de la educación superior, SABER PRO, es un instrumento estandarizado para la evaluación externa de la calidad de la educación superior. Forma parte,
Más detallesTécnico en Prevención de Riesgos Laborales en Agricultura y Jardinería
Técnico en Prevención de Riesgos Laborales en Agricultura y Jardinería Titulación certificada por EUROINNOVA BUSINESS SCHOOL Técnico en Prevención de Riesgos Laborales en Agricultura y Jardinería Técnico
Más detallesEXPOSICIÓN A CAMPOS ELECTROMAGNÉTICOS A BAJA FRECUENCIA
EXPOSICIÓN A CAMPOS ELECTROMAGNÉTICOS A BAJA FRECUENCIA Normativa Aplicable Real Decreto 1066/2001:condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las misiones radioeléctricas
Más detallesPrevención de Riesgos Laborales y Discapacidad: evaluación y adaptación de puestos de trabajo
Prevención de Riesgos Laborales y Discapacidad: evaluación y adaptación de puestos de trabajo Tarragona 15 de junio de 2012 Página 1 PRL y Discapacidad Antes de empezar Trabajador con discapacidad Adaptación
Más detallesInforme final de evaluación del diseño del sistema de garantía interna de calidad
La calidad, garantía de mejora. Informe final de evaluación del diseño del sistema de garantía interna de calidad Escuela Politécnica Superior de Castelldefels Universitat Politècnica de Catalunya 23 de
Más detallesLA AUTOEVALUACIÓN EFQM -
Autoevaluacion según el modelo EFQM Excelencia LA AUTOEVALUACIÓN EFQM - Es un examen global, sistemático y regular de las formas de hacer y de los resultados de una organización comparados con un modelo
Más detallesLIBRO BLANCO DE SEGURIDAD ALIMENTARIA
LIBRO BLANCO DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Introducción La política alimentaria de la Unión Europea ha de basarse en normas rigurosas de seguridad alimentaria que sirvan para proteger y fomentar la salud de
Más detallesPERSONAL DE LIMPIEZA O LIMPIADOR EN GENERAL CÓDIGO 92101050 Marque con una X el período correspondiente
PERSONAL DE LIMPIEZA O LIMPIADOR EN GENERAL CÓDIGO 92101050 Marque con una X el período correspondiente 1º PERIODO FORMATIVO 1. Limpieza diaria de inmuebles. 2. Manejo de equipos y maquinaria de limpieza.
Más detallesPOLITICA DE MEDIO AMBIENTE, SALUD Y SEGURIDAD Actualización 2014-10-07
POLITICA DE MEDIO AMBIENTE, SALUD Y SEGURIDAD Actualización 2014-10-07 1.0 PROPÓSITO Exo-s está muy interesado en el medio ambiente, la salud y la seguridad de sus empleados. Uno de nuestros principales
Más detallesGuía orientativa para la selección y utilización de guantes de protección
Guía orientativa para la selección y utilización de guantes de protección Introducción La oportunidad de esta publicación debe entenderse en el nuevo escenario surgido tras la modificación del Tratado
Más detallesNORMA VENEZOLANA GUÍA GENERAL PARA LA EVALUACIÓN DEL PROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL
I.C.S. NORMA VENEZOLANA GUÍA GENERAL PARA LA EVALUACIÓN DEL PROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL ANTE PROYECTO 1 2266:2005(R) 1 OBJETO Esta Norma Venezolana establece una guía de los aspectos a
Más detallesLEGAL FLASH I GRUPO DE DERECHO PÚBLICO - ENERGÍA
Febrero de 2016 REAL DECRETO 56/2016, DE 12 DE FEBRERO, POR EL QUE SE TRANSPONE LA DIRECTIVA 2012/27/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 25 DE OCTUBRE DE 2012, RELATIVA A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA,
Más detallesMF0593_3 Procesos de Mecanizado en Fabricación Mecánica
MF0593_3 Procesos de Mecanizado en Fabricación Mecánica Titulación certificada por EUROINNOVA BUSINESS SCHOOL MF0593_3 Procesos de Mecanizado en Fabricación Mecánica MF0593_3 Procesos de Mecanizado en
Más detallesArtículo 9 Límites del consentimiento informado y consentimiento por representación
A continuación se reproducen los artículos de la Ley 41/2002 de de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación
Más detallesX Presencia A distancia Teleformación Horas presenciales 30 Horas totales 30
Descripción de la acción formativa Datos acción formativa Número de acción 1 Acción GESTIÓN DE RESIDUOS Denominación ampliada Participantes La acción formativa se corresponde con un certificado de profesionalidad
Más detallesLA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN
LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN El próximo 19 de abril entrará en vigor la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación
Más detallesCurso: NIVEL BÁSICO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
C/ Venezuela, 37-1º - 36203 VIGO Tfno.: 986 43.17.93 Fax: 986 43.18.78 e-mail: coitivigo@coitivigo.es web: www.coitivigo.es Si desea participar en el PLAN DE REDUCCIÓN DE CONSUMO DE PAPEL DE COITIVIGO
Más detalles486/2010, de 23 de abril, sobre la protección de la salud y la seguridad de
REAL DECRETO 486/2010, de 23 de abril, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a radiaciones ópticas artificiales. BOE nº 99
Más detallesDocumento Técnico NIA-ES CNyP y Dpto. Técnico
Documento Técnico NIA-ES CNyP y Dpto. Técnico Nº 12 Diciembre 2014 IMPORTANCIA RELATIVA O MATERIALIDAD EN LA PLANIFICACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA AUDITORÍA (NIA-ES 320) La NIA-ES 320 requiere que el auditor
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DEL AYUNTAMIENTO DE BENICASIM
-756- REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DEL AYUNTAMIENTO DE BENICASIM Al amparo de lo prevenido en el art. 38.3 de la Ley 31/95, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos
Más detallesReglamento de la Comisión Mixta de Auditoria
Reglamento de la Comisión Mixta de Auditoria Índice 1. Introducción...3 2. Composición...3 3. Funciones del Comité...3 3.1. Funciones del Comité en materia de riesgos:...3 3.2. Funciones del Comité en
Más detallesLa prevención del blanqueo de capitales en el sector inmobiliario
La prevención del blanqueo de capitales en el sector inmobiliario En los últimos meses nuestros asociados han estado enviando un breve cuestionario a sus potenciales clientes en el que se les solicitan
Más detallesREVISIÓN DE E.P.I. ANTICAÍDAS
REVISIÓN DE E.P.I. ANTICAÍDAS REVISIÓN DE E.P.I. ANTICAIDAS La obligación de realizar una revisión anual de los E.P.I. viene reflejada sobre todo en estos aspectos legislativos: Directiva comunitaria 89/656/CEE
Más detallesGUÍA DOCENTE. Nutrición Humana y Dietética Doble Grado:
1. DESCRIPCIÓN DE LA ASIGNATURA Grado: Nutrición Humana y Dietética Doble Grado: Asignatura: Restauración Colectiva Módulo: Higiene, Seguridad Alimentaria y Gestión de Calidad Departamento: Biología Molecular
Más detallesReglamento de Practicas. Facultad de Ingeniería. Página 1
Reglamento de Practicas Facultad de Ingeniería 2010 Página 1 Artículo 1. De las prácticas Los alumnos deben desarrollar y aprobar durante sus estudios dos prácticas profesionales, en función de lo indicado
Más detallesPROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN PARA LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INSTITUTO NACIONAL DE LAS CUALIFICACIONES
Más detallesBureau Veritas Certification
Bureau Veritas Certification ESCENARIO DE LA SITUACIÓN La industria de los productos cosméticos ha ido tomando especial importancia en los últimos años, debido a la evolución del proceso de producción:
Más detalles