The American School Foundation of Guadalajara, A.C. Reglamento del Programa de Transporte Escolar

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1 CONTENIDO I. DISPOSICIONES GENERALES... 2 II. DE LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE... 3 III. DE LOS PAGOS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR... 3 IV. DEL SERVICIO... 4 V. DE LA DISCIPLINA DE LOS USUARIOS... 7 VI. DE LAS CO-CURRICULARES... 7 VII. DE LA ACEPTACIÓN DEL REGLAMENTO

2 I. DISPOSICIONES GENERALES 1. El presente reglamento es de orden general y obligatorio para todos los usuarios de transporte escolar. 2. El programa de transporte escolar será optativo para los USUARIOS del ASFG. 3. Para los efectos del presente reglamento deberá entenderse lo siguiente: a) ASFG The American School Foundation of Guadalajara A.C. b) Usuarios Alumnos c) Transportista Compañía que ofrece los servicios de transporte escolar. d) Programa Servicio de transporte escolar e) Co-Curriculares - Clases especiales o eventos posteriores al horario de salida. f) Unidad de transporte - Autobús o Camión de pasajeros. 4. Las CUOTAS son establecidos por el transportista y deberán ser cubierta a más tardar el día 10 del mes en curso. 5. El programa incluye el servicio de transporte (viaje redondo, viaje sencillo, viaje por día, tarjeta de pre-pago) a los USUARIOS que se inscriban en las diversas actividades CURRICULARES Y/O CO-CURRICULARES tanto de idiomas, culturales y deportivas que ofrece el colegio, mismas que se llevan a cabo dentro de las instalaciones del campus, los usuarios de diferentes secciones utilizarán la misma unidad de transporte. 6. Los horarios de entrada y salida son: Grado Entrada Salida Co-Curriculares Pre-escolar 07:50 13:05 16:40 Primaria 07:50 14:40 16:40 Secundaria 07:50 14:40 16:40 Preparatoria 07:50 14:40 16:40 7. El servicio de transporte aplicará para días con salida temprana. (días cortos). 8. Todas las unidades de transporte cuentan con: Personal capacitado (supervisora) para atender primeros auxilios; Procedimientos específicos y capacitación continua para casos de emergencia; Capacidad para 40 usuarios; Asientos especiales para usuarios de maternal; Póliza de seguro contra accidentes; Radio comunicación (entre la empresa transportista y la coordinación de transporte de ASFG); Teléfono celular; GPS para rastreo satelital; Doble puerta para transferencia de unidad a unidad; 2

3 Botiquín de primeros auxilios; Extintor; Mantenimiento continuo de las unidades de transporte; II. DE LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE 9. Los servicios de transporte escolar serán otorgados por la compañía de transporte que más convenga a los intereses del ASFG y su comunidad y de acuerdo a lo establecido en el manual de transporte escolar. 10. Los PADRES DE FAMILIA al momento de firmar el contrato de servicios y el presente reglamento, manifiestan su autorización tacita y otorgan al ASFG las más amplias facultades que en derecho correspondan para decidir sobre la continuidad o no con el servicio de transporte ofrecido por la compañía transportista. 11. La contratación del servicio de transporte escolar deberá realizarlo única y exclusivamente el PADRE DE FAMILIA en la oficina de transporte del ASFG. 12. El servicio será contratado por ciclo escolar completo, el PADRE DE FAMILIA que opte por el uso del servicio solo podrá cancelar y/o cambiar el tipo de servicio, previa solicitud por escrito y con 15 días de anticipación, este escrito deberá entregarlo en la oficina de transporte o enviando un correo electrónico a la cuenta transporte@asfg.mx. Los cambios de tipo de servicio no aplican en meses que incluyen periodos vacacionales. 13. La falta de uso del servicio por parte del usuario (alumno) no le exime del pago de la CUOTA mensual al PADRE DE FAMILIA. 14. LOS PADRES DE FAMILIA se obligan a pagar el importe de las CUOTAS del servicio de transporte escolar, debiendo realizar el pago conforme al punto VII siguiente y al contrato de prestación de servicios de transporte que se celebre. 15. LOS PADRES DE FAMILIA autorizan al COLEGIO para que proporcionen al prestador del servicio de transporte escolar, los datos del alumno que sean estrictamente necesarios para la adecuada prestación del servicio. 16. LOS PADRES DE FAMILIA, deberán notificar con un mínimo de 15 días naturales, los cambios de domicilio temporales o definitivos para que se informe a la empresa transportista, con el fin de utilizar otro punto de recolección. 17. No será responsabilidad de la empresa transportista o del ASFG cualquier objeto olvidado por el USUARIO dentro de la unidad de transporte. III. DE LOS PAGOS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR 18. El servicio de Transporte Escolar es considerado por ciclo escolar anual y dividido en 10 pagos 3

4 19. El primer pago deberá realizarlo en el mes de Septiembre los pagos posteriores corresponden a las CUOTAS mensuales hasta el mes de Junio 20. El servicio de transporte escolar considera diferentes tipos de opción de servicio y forma de pago, la cual deberá ser seleccionada al momento de firmar el contrato de servicio y de acuerdo a lo siguiente: a) Servicio completo anual o mensual b) Servicio de medio viaje anual o mensual c) Servicio por día (redondo o sencillo) d) Servicio de prepago (16:0 horas únicamente) 21. La mora en el pago de CUOTAS de transporte escolar, causará un interés moratorio del 4% (cuatro por ciento) mensual sobre el importe de la cuota a partir de la fecha en que debió pagarse y hasta la fecha en que se liquide totalmente el adeudo correspondiente. 22. Las mensualidades correspondientes a la CUOTA por servicio de transporte, deberá ser cubierta por LOS PADRES DE FAMILIA al COLEGIO simultáneamente con el pago de cada colegiatura dentro de los primeros 10 días naturales del mes en curso. 23. Los USUARIOS de servicio de transporte escolar podrán ser suspendidos, por la falta de 1 o 2 mensualidades de pago de las CUOTAS de transporte escolar. El servicio podrá ser reanudado una vez que se haya cubierto el pago correspondiente. 24. En caso de cancelación de servicio deberá cubrir con lo establecido en el Art. 12 del presente reglamento y para ese supuesto será considerada una cuota diaria que será aplicada a los días efectivamente utilizados de Transporte Escolar a partir de la fecha en que se haya aprobado la cancelación del servicio. IV. DEL SERVICIO 25. Las rutas establecidas por el transportista no podrán ser modificadas sin previo aviso a los PADRES DE FAMILIA a excepción de algún incidente que obstaculice el paso de la unidad de transporte. 26. La empresa transportista tendrá a disposición unidades de transporte adicionales para en caso necesario (descompostura) se supla a la unidad vigente por otra similar para continuar con la ruta. 27. El OPERADOR de la unidad de transporte será puntual con sus horas de arribo a los lugares de acopio. No realizara paradas en lugares fuera de los establecidos como punto de recolección. 28. EL OPERADOR, de la unidad de transporte no puede esperar a los USUARIOS que arriben tarde al punto de recolección. 4

5 29. Únicamente los USUARIOS y personal autorizado podrán abordar las unidades de transporte. Queda prohibido el ingreso de padres de familia, personal con permiso especial, empleados domésticos, choferes o empleados de seguridad particular. 30. En caso de que algún alumno pierda la unidad de transporte, podrá alcanzarlo en cualquiera de los siguientes puntos de recolección establecidos en la ruta, de no ser así, el PADRE DE FAMILIA deberá llevar al alumno al campus. 31. En caso de que el alumno no utilice el transporte algún día por enfermedad, viaje, etc., cualquier persona de la casa podrá informar al OPERADOR para que continúe su ruta y evitar retrasos. En caso de ser ausencia programada, deberá avisar con anticipación a la coordinadora de transporte del colegio. 32. El PADRE DE FAMILIA o la persona responsable de esperar al alumno al regreso del colegio, deberán estar 5 minutos antes de la hora establecida por el transportista en el lugar indicado para la recepción del alumno. 33. Por seguridad, para los USUARIOS de pre-escolar y primaria, la persona responsable de recibir al alumno deberá mostrar la credencial ASFG a la persona a cargo de la unidad de transporte. 34. En caso de que no se encuentren los PADRES DE FAMILIA o la persona responsable de esperar al alumno en el punto de recolección para recibirlo, el alumno será regresado a las instalaciones del colegio, donde esperará a ser recolectado por los PADRES DE FAMILIA, siendo el personal de seguridad el que se encargará de entregarlo. en caso de presentarse este supuesto se libera al ASFG de cualquier responsabilidad o reclamación al respecto. 35. Las SUPERVIDORAS de los autobuses deberán ayudar al ascenso y descenso de los USUARIOS por lo que descenderán de la unidad de transporte para realizar esta tarea. Por ningún motivo deberán cruzar la calle y/o avenida para entregar al USUARIO al PADRE DE FAMILIA. 36. Los USUARIOS de las secciones de Secundaria y Preparatoria podrán descender solos de la unidad de transporte sin ser recibidos por un autorizado. 37. El ASFG establecerá las reglas de llegadas y salidas las cuales podrán ser modificadas para beneficio de los usuarios previo aviso o notificación de 15 días anticipados a la modificación del proceso. 38. Las llegadas se realizarán por calle Colomos, el OPERADOR estacionará la unidad de transporte lo más cercano a la puerta de ingreso al ASFG, la SUPERVISORA descenderá de la unidad de transporte y ayudará a descender a todos los USUARIOS hasta que ingresen al campus. 39. Las salidas se realizarán por Caseta 2, los USUARIOS de primaria tendrán 10 minutos a partir de que toque el timbre de finalizadas las clases para ubicarse en la fila correspondiente a su ruta, este punto está localizado en el jardín junto a la Alberca y/o interior del Gimnasio, 5

6 los USUARIOS de Secundaria y Preparatoria podrán dirigirse directamente a la unidad correspondiente a su ruta. 40. Las SUPERVISORAS deberán contar a Los USUARIOS de primaria y salir en fila hacia la unidad de transporte correspondiente a su ruta, una vez cerradas las puertas de los camiones, ningún USUARIO podrá abordar la unidad de transporte. En caso de que un USUARIO pierda el camión, tendrá que dirigirse con el Coordinador de Transporte para que notifique al Padre de Familia del USUARIO, y este deberá esperar en la caseta de vigilancia y para ser recogido a más tardar a las 15:30 Hrs en caseta 1, el ASFG no se hace responsable por los USUARIOS que pierdan el transporte. 41. Los USUARIOS que hayan abordado la unidad de transporte no podrán bajar de ellas hasta el punto de recolección. 42. Es obligación de los USUARIOS permanecer sentados durante todo el trayecto, ocupando un solo asiento, así como usar cinturón de seguridad, seguir las indicaciones de la SUPERVISORA o del OPERADOR. 43. Los USUARIOS deberán colocar las mochilas, maletas, bolsas etc., debajo del asiento en el que viajan. 44. Queda estrictamente prohibido el ingreso de mascotas personales, únicamente podrán ser ingresadas aquellas que son autorizadas mediante el SCIENCE LAB PASSPORT y no podrán ser extraídas de la jaula correspondiente. 45. El PADRE DE FAMILIA que esté interesado en realizar una invitación a un compañero de su(s) hijo(s), deberá verificar: a) Que el invitado sea usuario del sistema de transporte. b) Solicitar al padre de familia del USUARIO invitado a notificar al coordinador de transporte su aprobación para cambio de ruta. c) El aviso se recibirá a más tardar a las 10]:00 am del día de la invitación por medio escrito (no se reciben llamadas telefónicas, mensajes de texto ni whatsapp) d) El coordinador del servicio confirmará de acuerdo a la disponibilidad de espacio en la unidad de transporte. e) Si el invitado no es usuario de transporte, se deberá cubrir el costo del viaje sencillo según las cuotas vigentes. 46. Los retardos para los USUARIOS que dentro de una Unidad de transporte arriben tarde al campus, le serán justificados los retardos de forma automática. 47. Cualquier cambio de horario o ruta debe ser informada por el PADRE DE FAMILIA a la cuenta de transporte@asfg.mx a más tardar a las 10:00 am del día en que se pretende se realicen los cambios, no se reciben llamadas telefónicas, mensajes de texto, whatsapp o correos electrónicos enviados a otras secciones del ASFG. 48. El PADRE DE FAMILIA deberá establecer en la coordinación de transporte, los horarios y días en que el usuario deberá tomar el servicio de transporte, cualquier cambio deberá ser notificado por escrito de acuerdo al punto 47. 6

7 V. DE LA DISCIPLINA DE LOS USUARIOS 49. El servicio de transporte será considerado una extensión del ASFG por lo cual se aplican las mismas normas de disciplina establecidas en el Manual del Estudiante. 50. Los USUARIOS deberán mostrar en todo momento un comportamiento respetuoso con sus compañeros, así como con la SUPERVISORA y el OPERADOR de la unidad de transporte. 51. Cualquier falta por parte del USUARIO se reportará de inmediato a la Coordinadora de Transporte y a los PADRES DE FAMILIA. 52. Queda prohibido realizar las actividades que a continuación se enlistan dentro de la unidad de transporte: Distraer al OPERADOR Usar lenguaje inadecuado Fumar, comer o beber Sacar manos o alguna parte del cuerpo por las ventanillas Arrojar cualquier tipo de objetos dentro y fuera de la unidad Dañar físicamente la unidad de transporte (grafitis, rotura de vestiduras o cinturones, daños a cristales, iluminación etc.) Faltar al respeto a los transeúntes, conductores y pasajeros de otros vehículos. Adquirir productos por las ventanillas 53. En caso de daños causados por el USUARIO a la unidad de transporte, estos serán cuantificados por el transportista para que sean cubiertas por los PADRES DE FAMILIA además los USUARIOS podrán, ser suspendidos para el uso de transporte escolar hasta que sean cubiertos los daños. 54. La suspensión del servicio a los USUARIOS no libera del pago de CUOTAS al PADRE DE FAMILIA. 55. La SUPERVISORA tendrá la facultad de llamar la atención al momento de que USUARIO no respete el debido comportamiento, y deberá notificar a la Coordinadora de Transporte para que esta a su vez informe a las secciones y a los PADRES DE FAMILIA de la falta cometida por el USUARIO VI. DE LAS CO-CURRICULARES 56. Se contará con servicio de transporte para los USUARIOS que se inscriban en las diversas clases CO-CURRICULARES que se llevan a cabo dentro de las instalaciones del ASFG en los horarios establecidos en este reglamento. 57. La (s) ruta (s) del servicio serán estipulada de acuerdo al número de USUARIOS que opten por tomar el servicio de transporte. 7

8 58. La salida de la (s) rutas (s) para el servicio de CO-CURRICULARES se realizará por Caseta 2 y aplican todas las normas establecidas en este reglamento. VII. DE LA COMUNICACIÓN CON LOS PADRES 59. La coordinación de transporte implementará 3 medios efectivos de comunicación para informar oportunamente a los padres de cambios de ruta, retraso, modificaciones al servicio o que los usuarios no fueron recolectados a tiempo. a) Correo electrónico. - Cuando la coordinación de transporte envíe con 24 horas de anticipación de ruta y/o de horario. b) Remind app. - (Aplicación para Smartphone) Cuando la Coordinación de transporte identifique que la unidad de transporte se encuentra con un retraso por causas de saturación vehicular en la ciudad. c) Llamada telefónica. - Cuando la coordinación de transporte identifique que el usuario no fue recolectado en el punto de acopio y será regresado al ASFG VIII. ACEPTACIÓN DEL REGLAMENTO Recibimos y estamos de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento del programa transporte escolar de The American School Fundation Of Guadalajara A.C. en en su totalidad y nos comprometemos a cumplirlo. Nombre del alumno: Sección: Grado: Fecha: NOMBRE Y FIRMA DE LOS PADRES DE FAMILIA 8

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