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2 En la resolución de esta encomienda es preciso hacer referencia a los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS PRIMERO.- El Artículo 5.2 del Decreto 190/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, atribuye esta competencia a la Directora de Servicios. SEGUNDO.- Que según el artículo 4.1n) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, quedan excluidos del ámbito de aplicación de dicha Ley, los negocios jurídicos en cuya virtud se encargue la realización de una determinada prestación a una entidad que, conforme a lo regulado en el artículo 24.6 de la mencionada Ley, tenga atribuida la condición de medio propio y servicio técnico del mismo. TERCERO.- Que según los Estatutos de la Sociedad Pública Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea Sociedad Informática del Gobierno Vasco, S.A., ésta tiene, a efecto de lo dispuesto en el artículo 24.6 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la condición de medio propio y servicio técnico de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi. CUARTO.- Que la gestión de los sistemas de información y de los sistemas de telecomunicaciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco se lleva a cabo por los diferentes Departamentos y Entes Institucionales dentro del ámbito de sus atribuciones, tal y como recoge el artículo 8 del Decreto 35/1997, de 18 de febrero, por el que se regula la planificación, organización, distribución de funciones y modalidades de gestión en materia de sistemas de información y telecomunicaciones, modificado por Decreto 94/2009, de 21 de abril. 2

3 QUINTO.- Que la disposición adicional 2ª del Decreto 35/1997, de 18 de febrero, por el que se regula la planificación, organización, distribución de funciones y modalidades de gestión en materia de sistemas de información y telecomunicaciones, modificado por Decreto 94/2009, de 21 de abril, establece que la Sociedad Pública Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea Sociedad Informática del Gobierno Vasco, S.A., se ocupará de la prestación de servicios informáticos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Para estas funciones, como para cualesquiera otras de contenido informático, incluida la asistencia técnica, que, conforme a las atribuciones establecidas en el presente decreto, le sean encargadas por los diferentes departamentos y organismos autónomos, se realizarán las oportunas encomiendas de gestión. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y especial aplicación RESUELVO Encomendar a la Sociedad Pública Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea Sociedad Informática del Gobierno Vasco, S.A. el análisis para la integración de las funcionalidades de O99 en las aplicaciones de gestión del Departamento (B29 y NB29). El importe de los trabajos asciende a la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y TRES EUROS Y DOCE CÉNTIMOS (35.143,12 ), y serán financiados con cargo al programa 7211, servicio 02, subconcepto , partida 001, en las condiciones específicas que figuran en el anexo adjunto. Vitoria Gasteiz a 8 de septiembre de 2016 Mª Teresa Amézqueta Alegría ZERBITZU ZUZENDARIA DIRECTORA DE SERVICIOS 3

4 ANEXO DE CONDICIONES ESTIPULACIONES PRIMERA: OBJETO Servicios cuya prestación se encomienda a EJIE: Análisis de requisitos del sistema Funcionalidades a desarrollar por EJIE Realización del análisis para la Integración de las funcionalidades actuales de O99 dentro de las aplicaciones B29 y NB29 del Departamento. La finalidad es eliminar este módulo Access, que se utiliza para: - Minas y canteras: cobro del canon anual y tasas puntuales, así como la gestión posterior a la emisión de liquidaciones (envío de cartas, domiciliación de pagos, etc.) - Instalaciones radiactivas: cobro de las diferentes tasas, así como la gestión posterior a la emisión de las liquidaciones (envío de cartas, domiciliación de pagos, fraccionamiento de pagos, etc.). También gestiona los envíos trimestrales al Consejo de Seguridad Nuclear, en Madrid. - Cobro de reintegro de ayudas pagadas previamente. - Gestión de sanciones y multas coercitivas. - Integración con el sistema general de ingresos de la Administración (SIPCA). 4

5 SEGUNDA: SUPERVISIÓN Y GESTIÓN Las actividades comprendidas en el objeto descrito en el apartado anterior serán coordinadas por el responsable de proyecto asignado por EJIE, y supervisadas por el Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad La presente encomienda será gestionada utilizando la herramienta de gestión de proyectos de EJIE., S.A. TERCERA: PRECIO La contraprestación económica asciende a ,12 euros, que serán abonados a EJIE por el Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad. La financiación de dicho importe (IVA incluido ) se efectuará con cargo al siguiente programa: Concepto / Proyecto Análisis de la Integración de O99 dentro de las aplicaciones de gestión del Departamento (B29 y NB29) Ejercicio Contable Programa Importe , Plazos de ejecución de los Proyectos: Concepto / Proyecto Inicio Fin Análisis de la Integración de O99 dentro de las aplicaciones de gestión del Departamento ( B29 y NB29 ) Desde la firma

6 3.3.- Forma de Pago Concepto / Proyecto Año Importe Análisis de la Integración de O99 dentro de las aplicaciones de gestión del Departamento ( B29 y NB29 ) ,12 CUARTA: CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS EJIE está obligada al cumplimiento y total confidencialidad en materia de seguridad de los sistemas y/o información a los que tenga acceso por razón de este trabajo, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD), y en su Reglamento de Desarrollo, RD 1720/2007, de 21 de diciembre. QUINTA: VIGENCIA DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN Desde su firma hasta el 30 de Diciembre de

7 ROYECTOS DESARROLLO PROYECTOS DESARROLLO 1. Análisis de la Integración de O99 dentro de las aplicaciones de gestión del Departamento ( B29 y NB29 ) Cálculo de valor de ajuste Cálculo del Factor de Ajuste Descripción Factor de Peso Tipo de Producto: Convencional, Web, Intranet, Internet 4 Rendimiento o tipo de Respuesta 3 Eficiencia del Usuario Final 3 Complejidad de Procesamiento Interno 5 Facilidades de Cambio, Previsión Evolutiva 4 Concurrencia y Extensión a Usuarios 3 Seguridad del Sistema 4 Acceso a terceros, ciudadanos, colectivos 3 Requerimientos que deriven en conocimientos especiales 5 Sumatorio de Factores 34 Valor del Factor de Ajuste 1,23 Parte Fija de la estimación 0,55 Ponderación de cada Característica 0,02 7

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