EXISTEN LOS PRINCIPIOS EN LA TEORÍA JURÍDICA DE HART?
|
|
- María Nieves Carrasco Martínez
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 EXISTEN LOS PRINCIPIOS EN LA TEORÍA JURÍDICA DE HART? Carolina Guzmán Buelvas. Egresada de la Universidad de Cartagena y miembro del Grupo de Investigación en Filosofía del Derecho y Derecho Internacional Público. carolina.guzman.buelvas@gmail.com. RESUMEN La filosofía jurídica contemporánea ha estado casi obsesionada con la disputa Hart Dworkin. Esta disputa fue suscitada por este último en 1967, cuando con el The Model of Rules I cuestiona las tesis centrales del The Concept of Law, y de paso la validez de la versión hartiana del positivismo jurídico. Dworkin afirma que Hart planteó el derecho como un Modelo de Reglas, es decir, un modelo simplista de unión de reglas primarias y secundarias. Desde mi perspectiva, Dworkin distorsiona mucho de los argumentos hartianos para acomodarlos a su crítica, que, no sobra decir, tiene un objetivo ulterior, la crítica de la discrecionalidad judicial. En este escrito se describirá de manera sucinta las cuestiones debatidas por estos dos autores, y posteriormente algunas conclusiones sobre el asunto. PALABRAS CLAVE: H. L. A. Hart, Ronald M. Dworkin, Positivismo Jurídico, Regla de Reconocimiento. ABSTRACT The legal philosophy has been almost obsessed by the Hart Dworkin debate. This debate has started in 1967, when Dworkin with The Model of Rules I has questioned the core thesis of legal positivism. Dworkin says that Hart has thought the law as a model of rules, a very simple model of primary rules and secondary rules. From my view, Dworkin misunderstand Hart s argument. The reason is his main concern with judicial discretion. In this paper, I will shortly show how the main issues discussed by these two authors, and later some main conclusions about this issue. KEY WORDS: H. L. A. Hart, Ronald M. Dworkin, Legal Positivism, Rule of Recognition. La filosofía jurídica contemporánea ha estado casi obsesionada con la disputa Hart Dworkin. Esta disputa fue suscitada por este último en 1967, cuando con el The Model of Rules I cuestiona las tesis centrales del The Concept of Law, y de paso la validez de la versión hartiana del positivismo jurídico. Dworkin afirma que
2 Hart planteó el derecho como un Modelo de Reglas, es decir, un modelo simplista de unión de reglas primarias y secundarias. Desde mi perspectiva, Dworkin distorsiona mucho de los argumentos hartianos para acomodarlos a su crítica, que, no sobra decir, tiene un objetivo ulterior, la crítica de la discrecionalidad judicial. En este escrito se describirá de manera sucinta las cuestiones debatidas por estos dos autores, y posteriormente algunas conclusiones sobre el asunto. La explosión originaria El origen del debate contemporáneo de los principios está en la obra de Ronald M. Dworkin. En el The Model of Rules 1, Dworkin expone lo sustancial de su crítica a su antecesor en la cátedra de Jurisprudencia del University College en Oxford, H. L. A. Hart. Hart había escrito en 1961 una de las obras jurídicas más importantes del siglo XX, The Concept of Law 2, donde desde las herramientas de la filosofía analítica, buscaba señalar los elementos más importantes del derecho. Para Hart, su obra trataba sobre derecho, coerción y moral, para diferenciar donde se encontraban sus caminos y donde se separaban. Hart se apoya, y al mismo tiempo critica, la posición más importante en la jurisprudencia inglesa, la posición de John Austin 3. Austin entendía el derecho como mandatos que tenían como origen en un soberano. Para Hart, la explicación que Austin concibió como simple y definitiva del derecho 4 no es suficiente para el derecho moderno. En los ordenamientos contemporáneos, el derecho consiste simplemente de órdenes, sino que también existen otras normas, como las que confieren facultades y permiten el ejercicio de los Derechos. Entonces, el mejor modelo del derecho es aquel que da cuenta del derecho como la unión de reglas primarias y secundarias 5 : las primeras son las que confieren directamente las obligaciones, mientras que las segundas son aquellas permiten el cambio, asignan competencias y determinan cuales son las reglas primarias. Esta última, la regla de reconocimiento, es un hecho determinado por la convergencia de conducta y actitud. La regla de reconocimiento es, al mismo 1 DWORKIN, Ronald, The Model of Rules. En: Chicago Law Review No. 35, 1968, pp Reimpreso en Taking Rights Seriously, Harvard University Press, Cambridge, HART, H. L. A. The Concept of Law. Oxford, Clarendon Press, 1961 y Segunda Edición Editada por Penélope Bullock y Joseph Raz en La primera edición castellana fue traducida Genaro Carrió como El Concepto de Derecho, Abeledo Prelot, Buenos Aires, 1961; mientras que el Post scriptum que hace parte de la segunda fue traducida (con estudio preliminar y notas) por Rolando Tamayo y Salmoran como Post Scriptum del Concepto de Derecho, UNAM, México, Hart, H. L. A. The Concept of Law, Cáp. II. 4 Vid. Austin, John. The Providence of Jurisprudence Determined, En: Lectures of Jurisprudence, Tomo I, 1832, p Hart, H. L. A. The Concept of Law, Cáp. V.
3 tiempo, la mayor fortaleza y debilidad de la tesis hartiana. Es la mayor fortaleza dado que permite justificar la autoridad sin caer en la autoridad, es decir, no justifica al derecho porque es habitualmente obedecido (y es obedecido porque es derecho, como en la tesis austiniana). Sin embargo, es la mayor debilidad porque es el centro de la argumentación hartiana y (como su análoga, la norma fundamental kelseniana) es muy difícil de explicar. El resto de la argumentación hartiana termina en la explicación de la cuestión de la moral y el derecho natural en su concepto de derecho. Para Hart, el derecho es una cosa y la moral es otra, aunque en muchos casos la segunda se refleje en la primera. Finalmente, Hart desarrolla su concepto de la discrecionalidad judicial, donde estima que los jueces, en las zonas de penumbra, y debido a la textura abierta de las reglas, tienen discrecionalidad para decidir. La primera etapa de la crítica de Dworkin, desde cuando era profesor en Yale, e dirigió a la discrecionalidad judicial 6. Dworkin estimó inconcebible con la democracia y con la realidad de la justicia que los jueces puedan actuar como legisladores. Para Dworkin debe verse que la decisión judicial es la resolución de una disputa jurídica, donde los más afectados son los derechos de los ciudadanos. Por ello, no deben quedar al arbitrio judicial. Así, la primera parte de su obra gira sobre la idea de Tomarnos los derechos en serio 7, como el factor fundamental del derecho. En el marco de estas ideas, Dworkin arremete contra el positivismo jurídico por considerarlo una teoría ciega e inadecuada sobre lo que el derecho es, y como los jueces deciden o deben decidir. En la primera parte de esta, especialmente en The Model of Rules, Dworkin arremete contra la versión positivista de H. L. A Hart. En este ensayo desarrolla planteamientos que él mismo considera una gran acometida a la tesis hartiana y de paso a todo el positivismo jurídico. Los argumentos dworkinianos fueron tan fuertes y certeros que obligaron al corriente objeto de su crítica, a replantear algunos aspectos. De lo descrito por Dworkin en esta obra, pueden encontrarse tres tesis que se presentarán aquí de una manera sucinta. Analizando las críticas de Dworkin 6 DWORKIN, Ronald. The Judicial Discretion. En: The Journal of Philosophy, Vol. 60, No. 21, American Philosophical Association, 1963, pp DWORKIN, Ronald. Taking Rights Seriously, Harvard University Press, Cambridge, 1977.
4 The Model of Rules I es un ensayo sobre la crítica al positivismo. Para Coleman y para muchos positivistas, este ensayo es desacertado desde sus fundamentos, sin embargo, no deja de ser el paper más importante del siglo 8. El centro de la crítica Dworkiniana es que el Modelo de las Reglas no es la mejor explicación de lo que los jueces hacen al momento de decidir un caso. Para Dworkin, Hart señaló un modelo donde las reglas o estándares all or nothing, son las únicas vinculantes. En la interpretación de Dworkin, el modelo de las reglas conlleva necesariamente la tesis del pedigrí de las reglas: en una comunidad que posee un sistema jurídico, tiene una regla determinadora (master rule) de lo que es y lo que no es derecho. En otras palabras, los criterios de pertenecía o no de reglas al derecho, están determinados por la fuente autoritativa reconocida, que es esa regla jerárquicamente superior. Pero esta regla superior, tiene una limitante, el criterio de juridicidad desarrollado por ella, puede referirse solamente a hechos sociales, más concretamente a si la regla tiene un origen o pedigrí social. Dworkin desarrolla esta tesis de la regla determinadora o Master Rule con el único propósito de capturar la doctrina hartiana de la regla de reconocimiento. Para Dworkin, La práctica judicial ha enseñado otra cosa a lo planteado por Hart. Las reglas no son los únicos estándares vinculantes a un juez al momento de proferir una decisión. Para Dworkin, los jueces, además de las reglas tienen otros estándares vinculantes que viene a denominar principios. Estima que, en la aplicación judicial en los Estados Unidos, existen casos donde los jueces deciden mediante principios. Para sustentar su obra, Dworkin señala dos casos: Riggs v. Palmer y el Henninseng v. Bloomfiled Motors 9. Señalemos el primero. En este caso, resuelto en 1886 por la Corte de Apelaciones de Nueva York 10, un nieto beneficiario de un testamento asesina a su abuelo para obtener su herencia. Sin embargo, la legislación aplicable no señalaba el caso del asesino como una excepción a la regla del testamento; que al estar vigente, conserva todo su valor debe operar el testamento a favor del asesino? La respuesta de la opinión mayoritaria, escrita por el J. Elmer fue: Además, tanto todas las leyes como los todos contratos deben ser controlados en su operación y efecto en general, por las máximas fundamentales del common law. A 8 Coleman, Jules L. The Practice of Principle, Oxford, Clarendon Press, 2001, P El primero de estos casos fue traducido por Jorge Fabra y Carolina Guzmán y está pendiente de publicación en la Universidad Externado de Colombia. 10 Riggs v Palmer [1886] 115 NY 506. Nota de los traductores en la traducción del caso: En sistema del Common Law Todo caso se cita con el nombre de las partes, la fecha y la fuente de referencia donde se detalla o puede ser encontrados. Por ejemplo, Riggs v Palmer [1886] 115 NY 506. Estos nos muestra que el caso involucra a un demandante Riggs contra un demandando Palmer que fue resuelto en 1886 y está registrado en el Volumen 115 del registro de casos de New York desde la página 506. Las páginas citadas después de la coma se refieren a donde se toma la cita.
5 ninguno se le debe permitir beneficiarse de su propio fraude, o tomar ventaja de su propio error, fundar cualquier demanda sobre su propia iniquidad, o adquirir propiedad sobre su propio crimen. Estas máximas son dictadas por el orden público, tienen su fundamento en el derecho universal administrado en todas las naciones civilizadas, y en ningún lugar puede ser sustituidos por los estatutos 11. Los principios no son de aplicación all or nothing, sino que tienen peso. Además, están vinculados con la moral substantiva. Estos principios, según Dworkin, aniquilan la tesis de Hart. Coleman esquematiza esta tesis en una suerte de efecto dominó 12. El derecho no está formado únicamente por reglas all or nothing. En primer lugar, si los principios son jurídicamente vinculantes, no son las reglas las únicas jurídicamente vinculantes. Entonces, el Concepto de Derecho planteado por Hart es incorrecto. Son incorrectos, además, todos sus presupuestos teóricos, así: (1) la regla de reconocimiento planteada por Hart para reconocer las reglas primarias, es incorrecta pues no puede dar cuenta de los principios. (2) La separación entre el derecho y la moral es incorrecta, pues, la moral a través de los principios, hace parte del derecho. (3) La discrecionalidad judicial es incorrecta, pues los principios la eliminan. En adelante, me referiré solamente a (1) y (2). Sin embargo, antes de ello, debo hacer una claridad. Las reglas Dworkin y Hart Es importante es este punto hacer una claridad previa para lector en lengua castellana. Será solo un párrafo que servirá para aclarar lo que viene. Las traducciones de las obras de Dworkin, tanto Taking rights seriously como Law s Empire han sido criticada por graves errores de traducción. Uno de ellos, radica en la traducción de regla por norma. Vemos esta situación comúnmente en las traducciones de Rolando Tamayo y Salmorán y en la de Martha Gustavino. Sin embargo, en el caso del primer autor, siempre ha indicado cuando ocurre tal. En la traducción de Martha Gustavino de Taking rights seriously (Los Derechos en Serio), se traduce rule por norma, pero en todos los casos. Así, The Model of Rules queda como El modelo de las Normas. 11 Riggs v Palmer [1886] 115 NY 506, Vid. Coleman, Op. Cit. P. 109.
6 Fundamenta la traductora esto en una nota que aparece en la página 63: La palabra inglesa rule presenta una ambigüedad que hizo necesarias dos versiones: norma cuando, por el contexto, tiene una dimensión prescriptiva propia de un estándar de conducta (Se habla así de normas morales o jurídicas), y regla cuando tiene el valor instrumental de regular una actividad ( reglas de un juego o deporte, reglas técnicas, etc.). Sin embargo, se ha respetado la terminología acuñada en casos como el de la regla de reconocimiento de Hart. Ello, puede generar cierta perplejidad para el lector hispanohablante. En la obra de Alexy, por ejemplo, se habla que las Normas, son Reglas y principios. Sin embargo, ello es importante para aclarar lo que sigue: en la traducción española, cuando se habla de norma, no estamos refiriendo a rule. En ese orden de ideas, si señalamos la crítica original de Dworkin vemos una muerte instantánea del positivismo hartiano. Pero ello no fue así: el mismo Dworkin tuvo que hacer más fuerte sus críticas en Law s Empire y orientarlas por otros sentido. Por qué no fueron definitivas las críticas de Dworkin? Creo que la crítica desde la óptica de los principios está desorientada. Dworkin dijo que Hart planteó un Modelo de las Reglas. Sin embargo, dio un concepto de regla diferente concepto que dio Hart. Para Dworkin, la regla es un concepto fácil de describir, es un estándar all or nothing, son estándares conclusivos. Sin embargo, no es el mismo concepto de regla que dio Hart. En el capítulo I del Concepto de Derecho, Hart afirma que el concepto regla es uno de los conceptos indeterminados y discutidos del positivismo jurídico y de la filosofía analítica. En otras palabras, la palabra rule significaban dos cosas muy distintas para Dworkin y para Hart. Nótese, por ejemplo, que la rule of recognition no es un estándar all or nothing, por lo que Dworkin suele referirse a ella como master rule. En conclusión, el debate no gira sobre la existencia de los principios. La crítica de Dworkin no debió dirigirse hacia el modelo de las reglas. Más bien, las críticas debieron dirigirse hacia la verdadera tesis central de Hart, el modelo de los hechos sociales 13. Los principios, como Dworkin los concibió, pueden ser explicados desde el planteamiento de la teoría original de Hart. El mismo Hart lo reconoció en el Postscriptum. En otras palabras, si existen desde la teoría original de Hart Vid. Zipursky, Benjamin. The Model of Social Facts, en: Coleman, Jules. Hart s Postscript. Oxford, Oxford University Press, Véase, por ejemplo, el planteamiento de Christie, The Model of Principles. En: 1968 Duke Law Journal, 1968, p. 649 y ss.
7 BIBLIOGRAFÍA CHRISTIE, George. The Model of Principles. En: 1968 Duke Law Journal, 1968, p. 649 y ss. COLEMAN, Jules L. The Practice of Principle, Oxford, Clarendon Press, DWORKIN, Ronald, The Model of Rules. En: Chicago Law Review No. 35, 1968, pp DWORKIN, Ronald. The Judicial Discretion. En: The Journal of Philosophy, Vol. 60, No. 21, American Philosophical Association, 1963, pp DWORKIN, Ronald. Taking Rights Seriously, Harvard University Press, Cambridge, HART, H. L. A. The Concept of Law. Oxford, Clarendon Press, 1961 y Segunda Edición Editada por Penélope Bullock y Joseph Raz en La primera edición castellana fue traducida Genaro Carrió como El Concepto de Derecho, Abeledo Prelot, Buenos Aires, 1961; mientras que el Post scriptum que hace parte de la segunda fue traducida (con estudio preliminar y notas) por Rolando Tamayo y Salmoran como Post Scriptum del Concepto de Derecho, UNAM, México, ZIPURSKY, Benjamin. The Model of Social Facts, en: Coleman, Jules. Hart s Postscript. Oxford, Oxford University Press, Riggs v Palmer [1886] 115 NY 506.
PRINCIPIOS, MORAL Y POSITIVISMO JURÍDICO: RESPUESTAS Y REDEFINICIÓN DEL POSITIVISMO CONTEMPORÁNEO
PRINCIPIOS, MORAL Y POSITIVISMO JURÍDICO: RESPUESTAS Y REDEFINICIÓN DEL POSITIVISMO CONTEMPORÁNEO 135 PRINCIPIOS, MORAL Y POSITIVISMO JURÍDICO: RESPUESTAS Y REDEFINICIÓN DEL POSITIVISMO CONTEMPORÁNEO *
Más detallesUNA VISITA AL DEBATE HART - DWORKIN
UNA VISITA AL DEBATE HART - DWORKIN JORGE LUIS FABRA ZAMORA 1 UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA CARTAGENA E l debate Hart Dworkin es la gran obsesión de la Filosofía del Derecho Contemporánea. En el presente
Más detallesPARADOJA DE H. KELSEN SOBRE LA INDETERMINACIÓN JURÍDICA?
PARADOJA DE H. KELSEN SOBRE LA INDETERMINACIÓN JURÍDICA? J. Alberto del Real Alcalá Universidad de Jaén SUMARIO. I. Introducción. II. Argumentos susceptibles de contradecir la indeterminación en H. Kelsen.
Más detallesSYLLABUS. Fecha Contenidos Lecturas Presentación del curso.
SYLLABUS Fecha Contenidos Lecturas 1 15.03.10 Presentación del curso. 2 18.03.10 Filosofía analítica del derecho. Contextualización en Austin (1994): 178-201. el pensamiento de Austin. Delimitación del
Más detallesLOS DERECHOS EN SERIO ( Taking rights seriously ).
LOS DERECHOS EN SERIO ( Taking rights seriously ). Ronald Dworkin Dworkin es un crítico de las escuelas positivistas y utilitaristas. Su teoría general del derecho no excluye la moral. Une lo descriptivo
Más detallesLENGUAJE, INTERPRETACJON Y DESACUERDOS EN EL TERRENO DEL DERECHO
I N D I C E Prólogo. a la primera edición................................ Prólogo a la segunda edición................................ Prólogo a la tercera edición................................. Prólogo
Más detallesFACULTAD de CIENCIAS POLÍTICAS, SOCIALES Y JURÍDICAS
FACULTAD de CIENCIAS POLÍTICAS, SOCIALES Y JURÍDICAS CARRERA DE ABOGACÍA PROGRAMA de ENSEÑANZA Y EXAMEN de Filosofía Jurídica Plan 24 CÁTEDRA: Profesora Titular: Dra. Olga María Bruera PROGRAMA DE LA MATERIA
Más detallesI. ALEXY: LA DOBLE DIMENSIÓN DEL DERECHO
B) ROBERT ALEXY I. ALEXY: LA DOBLE DIMENSIÓN DEL DERECHO El Derecho tiene una doble naturaleza: Dimensión Real o Fáctica 1)Elemento autoritativo 2) Elemento de eficacia Hechos social Dimensión Ideal o
Más detallesSYLLABUS. Fecha Contenidos Lecturas Presentación del curso.
SYLLABUS Fecha Contenidos Lecturas 1 16.08.10 Presentación del curso. 2 17.08.10 En torno al concepto de derecho. Modelo imperativista. Austin (1994): 178-201. 3 19.08.10 La perspectiva de Hart. Derecho
Más detallesEste libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.
Bibliografía Alexy Robert. El concepto y la validez del derecho. Una concepción teóricodiscursiva de la razón práctica. Segunda edición, traducción Jorge M. Seña. Barcelona, España. Gedisa, 2004. Atienza
Más detallesLa obligatoriedad del Derecho
La obligatoriedad del Derecho Por RAFAEL HERNANDEZ MARIN Barcelona El tema de la obligatoriedad del Derecho está inmerso en una gran ambigüedad. Pienso que la única manera de conseguir la claridad necesaria
Más detallesRiccardo Guastini Bobbio sobre la norma fundamental y la regla de reconocimiento. 1. Kelsen y Hart
Riccardo Guastini Bobbio sobre la norma fundamental y la regla de reconocimiento 1. Kelsen y Hart Como se sabe, la Grundnorm de Kelsen y la rule of recognition de Hart son cosas bastante distintas. Para
Más detallesIDEAS REVISTA DE FILOSOFÍA MODERNA Y CONTEMPORÁNEA
IDEAS REVISTA DE FILOSOFÍA MODERNA Y CONTEMPORÁNEA PAUTAS PARA EL ENVÍO DE CONTRIBUCIONES Idiomas aceptados: español y portugués Las contribuciones pueden ser: 1) Artículos: Textos originales, inéditos.
Más detallesACTIVIDAD ACADÉMICA: TEORIA JURÍDICA CONTEMPORÁNEA I.
ACTIVIDAD ACADÉMICA: TEORIA JURÍDICA CONTEMPORÁNEA I. CLAVE: MODALIDAD: CURSO. CARÁCTER: OBLIGATORIO. TIPO: TEÓRICO. NIVEL: MAESTRÍA. CRÉDITOS: 6 HORAS TEÓRICAS POR SEMANA: 3 HORAS TEÓRICAS POR SEMESTRE:
Más detallesORIGINAL ARTICLE LA CRISIS DEL FORMALISMO JURÍDICO Y LA CONCEPCIÓN DEL DERECHO EN MÉXICO
ORIGINAL ARTICLE LA CRISIS DEL FORMALISMO JURÍDICO Y LA CONCEPCIÓN DEL DERECHO EN MÉXICO Dr. Ramón Gil Carreón Gallegos Doctor en Estudios Avanzados en Derechos Humanos Investigador Instituto de Investigaciones
Más detallesNaturalismos. Algunos intentos clasificatorios
Naturalismos Algunos intentos clasificatorios Papineau, D. Philosophical Naturalism. Oxford: Blackwell, 1993. Naturalismo - adherencia a alguna de las siguientes tesis: (a) continuidad entre filosofía
Más detallesInDret. Diez libros de filosofía moral y política ( ) José Juan Moreso. Facultad de Derecho Universitat Pompeu Fabra
InDret Diez libros de filosofía moral y política (1950-2000) José Juan Moreso Facultad de Derecho Universitat Pompeu Fabra Working Paper nº: 153 Barcelona, julio de 2003 www.indret.com Presentación La
Más detallesUNA REVISIÓN DEL ESTADO ACTUAL DE LA DISCUSIÓN ENTRE RONALD DWORKIN Y LOS POSITIVISTAS La (ir)relevancia de la distinción entre principios y reglas
UNIVERSIDAD DE CHILE FACULTAD DE DERECHO DEPARTAMENTO DE CIENCIAS DEL DERECHO UNA REVISIÓN DEL ESTADO ACTUAL DE LA DISCUSIÓN ENTRE RONALD DWORKIN Y LOS POSITIVISTAS La (ir)relevancia de la distinción entre
Más detallesAnálisis de la tesis y argumentos del artículo El concepto de dignidad humana y la utopía realista de los derechos humanos de Habermas.
Análisis de la tesis y argumentos del artículo El concepto de dignidad humana y la utopía realista de los derechos humanos de Habermas. Taller de Análisis y Construcción de Argumentos II. Alumno. David
Más detallesLAS RAZONES DEL DERECHO Teorías de la argumentación jurídica
LAS RAZONES DEL DERECHO Teorías de la argumentación jurídica Manuel Atienza Catedrátido de Filosofía del Derecho en la Universidad de Alicante - España LAS RAZONES DEL DERECHO Teorías de la argumentación
Más detallesGLOSARIO ACCESO A LA JUSTICIA AMICUS CURIAE COMPETENCIA JUDICIAL COMPETENCIA POR RAZÓN EN MATERIA COMPETENCIA POR RAZÓN TERRITORIAL
GLOSARIO ACCESO A LA JUSTICIA El acceso a la justicia se entiende como la capacidad de las personas para buscar y obtener una compensación a través de instituciones formales o informales de justicia por
Más detallesCONCEPTO DE NORMA JURÍDICA EN KELSEN Y HART Y DIFERENTES
CONCEPTO DE NORMA JURÍDICA EN KELSEN Y HART Y DIFERENTES CONCEPTOS DEL DERECHO Bibliografía: Nino, Carlos, Introducción al análisis del derecho, pp. 78-95. 1. La teoría kelseniana sobre las normas jurídicas.
Más detallesTEORÍA DEL DERECHO. PRIMER AÑO materia anual. 3 horas semanales
Contenidos mínimos TEORÍA DEL DERECHO PRIMER AÑO materia anual. 3 horas semanales OBJETIVOS GENERALES DE LA ASIGNATURA Proporcionar al alumno una visión inicial del Derecho en sus diversas diversos significados,
Más detallesCitar la información. ISO 690:2010. Otros métodos de cita
BIBLIOTECA UNIVERSITARIA Citar la información. ISO 690:2010. Otros métodos de cita Material formativo Reconocimiento NoComercial-CompartirIgual (By-ns-sa): No se permite un uso comercial de la obra original
Más detallesMARCELO ALEGRE. Universidad Pompeu Fabra, Barcelona, España: Profesor visitante a cargo de las materias Derecho II y Filosofía del Lenguaje, 2007
MARCELO ALEGRE POSICIONES ACADEMICAS Argentina Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires: 1997 al presente Profesor Regular Adjunto por Concurso de Teoría General y Filosofía del Derecho, 1997
Más detallesTEMARIO. Universidad de Vigo Facultad de Derecho Campus de Orense Departamento de Derecho Privado Area de Filosofía del derecho
Universidad de Vigo Facultad de Derecho Campus de Orense Departamento de Derecho Privado Area de Filosofía del derecho MATERIA: FILOSOFÍA DEL DERECHO CURSO ACADEMICO: 2012-2013 PRIMER CUATRIMESTRE PROFESOR:
Más detalles1. Con el máximo respeto a la decisión mayoritaria, emito mi voto particular discrepante, anunciado en la deliberación.
VOTO PARTICULAR que formula el Magistrado don Juan Antonio Xiol Ríos al que se adhieren los Magistrados doña Encarnación Roca Trías y don Fernando Valdés Dal-Ré, respecto de la Sentencia dictada en el
Más detallesJUSTIFICACION DE LAS DECISIONES JUDICIALES
JUSTIFICACION DE LAS DECISIONES JUDICIALES Según Robert S. Summers Atienza, Manuel. LAS RAZONES DEL DERECHO. Teorías de la Argumentación Jurídica. UNAM. México. 2008 Robert S. Summers es licenciado en
Más detallesTema El concepto de norma
Universidad Autónoma de Ciudad Juárez Instituto de Ciencias Sociales y Administración Departamento de Ciencias Jurídicas Introducción al Estudio del Derecho JUR1000 Tema Carlos Murillo Martínez Docente
Más detallesLa dimensión real e ideal del Derecho
La dimensión real e ideal del Derecho Robert Alexy Tiene el Derecho una dimensión ideal, o, por el contrario, el concepto y la naturaleza del Derecho pueden aprehenderse por completo considerando únicamente
Más detallesMAQUETA DE PRELLENADO PROGRAMA DE ASIGNATURA (Cursos)
MAQUETA DE PRELLENADO PROGRAMA DE ASIGNATURA (Cursos) 1. NOMBRE DE LA ASIGNATURA (Nombre oficial de la asignatura según la normativa del plan de estudios vigente o del organismo académico que lo desarrolla.
Más detallesFilosofía del Derecho
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES ABOGACÍA Filosofía del Derecho Titular: Dr. Dante Cracogna Adjuntos: Dra. Irma Aidar Dra. Paula Cicchino Consulto: Dr. Martín Laclau 2017 1 FACULTAD DE CIENCIAS
Más detallesInterpretación y Argumentación Jurídica
Interpretación y Argumentación Jurídica INTERPRETACIÓN Y ARGUMENTACIÓN JURÍDICA 1 Sesión No. 2 Nombre: Teorías de la Interpretación Jurídica Contextualización En la sesión anterior pudimos comprender que
Más detallesFACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES ABOGACÍA. Filosofía del Derecho
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES ABOGACÍA Programa Filosofía del Derecho Profesores: Titular: Dr. Imerio Jorge Catenacci Adjunta: Dra. Marta Graciela Perez 2009 Programa - 2009 Carrera: Abogacía
Más detallesFORMATO CONTENIDO DE CURSO O SÍLABO
1. INFORMACIÓN GENERAL DEL CURSO Facultad CIENCIAS JURIDICAS Fecha de Actualización 02-02-2017 Programa DERECHO Semestre Nombre FILOSOFIA DEL DERECHO Código Prerrequisitos Créditos 2 Nivel de Formación
Más detallesUNIVERSIDAD DEL CONO SUR DE LAS AMERICAS VICERRECTORIA DE INVESTIGACION Y DESARROLLO GUÍA DE TRABAJOS PRÁCTICOS PARA EL NIVEL INTERMEDIO
UNIVERSIDAD DEL CONO SUR DE LAS AMERICAS VICERRECTORIA DE INVESTIGACION Y DESARROLLO GUÍA DE TRABAJOS PRÁCTICOS PARA EL NIVEL INTERMEDIO 1. Qué es un Trabajo Práctico? El Trabajo Práctico es una exigencia
Más detallesDE LOS PRINCIPIOS JURIDICOS A LAS CONVENCIONES INCLUSIVAS EXTERNAS: LO QUE LA RACIONALIDAD INSINUA
DE LOS PRINCIPIOS JURIDICOS A LAS CONVENCIONES INCLUSIVAS EXTERNAS: LO QUE LA RACIONALIDAD INSINUA DAVID BAEZ SEARA. Tutor e Investigador Campbell Burns. Universidad de Strathclyde (Escocia). El debate
Más detallesPráctica Procesal Civil
Práctica Procesal Civil 1 Sesión No. 5 Fase Preconclusiva Objetivo Al concluir la sesión, el alumno deberá de ser capaz de definir y explicar el contenido de los alegatos, así como la forma en que se pueden
Más detallesLa Ley 8/2007 de suelo: una nueva configuración del derecho de propiedad?
La Ley 8/2007 de suelo: una nueva configuración del derecho de propiedad? Titulo provisional Juliana Estrada Carbonell Abogada Director de la investigación: Josep Roca Cladera PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA:
Más detalles1. PRESENTACIÓN PLAN DE ESTUDIOS: DR03 CRÉDITOS 3 CÓDIGO DEL CURSO: ÁREA O COMPONENTE DE FORMACIÓN: Humano Social
CARTA DESCRIPTIVA Código: FO-MI-108 Versión: 3 Fecha: 25-10-2013 FACULTAD: Derecho y Ciencias Políticas 1. PRESENTACIÓN PROGRAMA: Derecho NOMBRE DEL CURSO: Introducción Al Derecho PLAN DE ESTUDIOS: DR03
Más detallesFormato del Protocolo de Investigación
Formato del Protocolo de Investigación Estructura básica 1. PÁGINA INICIAL o DATOS GENERALES 2. TEMA 3. FUNDAMENTACIÓN DEL PROBLEMA 4. ESTADO DEL ARTE 5. OBJETIVOS 6. LA PREGUNTA DE INVESTIGACIÓN 7. MARCO
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ACATLÁN. Curso Obligatoria Teórica
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ACATLÁN PLAN DE ESTUDIOS DE LA LICENCIATURA EN DERECHO SISTEMA PRESENCIAL PROGRAMA DE ASIGNATURA SEMESTRE: 2º Teoría del Derecho
Más detallesArgumentación jurídica y método jurídico
Argumentación jurídica y método jurídico El objetivo fundamental del método jurídico es la racionalidad de las soluciones jurídicas. El método jurídico debe ser concebido como la actividad de justificar
Más detallesTEORÍA GENERAL DEL DERECHO
TEORÍA GENERAL DEL DERECHO CODIGO 037 Universidad de San Carlos de Guatemala MAESTRÍA EN DERECHO PENAL PRIMER SEMESTRE 2017 DOCTOR. JOSÉ WILFREDO UMAÑA CALDERÓN Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Más detalles3. referencias bibliográficas A) Bibliografía citada
Estudios Constitucionales, Año 9, Nº 1,. ISSN 0718-0195 Centro de Estudios Constitucionales de Chile Universidad de Talca Normas formales para los autores de artículos Normas formales para los autores
Más detallesAFD, 2014 (XXX), pp , ISSN:
Ronald Dworkin Ronald Myles Dworkin (1931-2013) puede ser considerado, por la amplitud y calidad de su obra, como uno de los pensadores más importante que ha dado los Estados Unidos en el siglo xx. Entendió
Más detallesDERECHOS HUMANOS. SEGUNDO AÑO materia anual 4 horas semanales
Contenidos mínimos DERECHOS HUMANOS SEGUNDO AÑO materia anual 4 horas semanales OBJETIVOS GENERALES DE LA ASIGNATURA Al finalizar el curso el alumno podrá identificar, la evolución de los derechos fundamentales,
Más detallesRa Ximhai ISSN: Universidad Autónoma Indígena de México México
Ra Ximhai ISSN: 1665-0441 raximhai@uaim.edu.mx Universidad Autónoma Indígena de México México Piedrahita Rarnírez, Felipe FORMACIÓN EN CIUDADANÍA Y CULTURA DEMOCRÁTICA COMO CONSTRUCCIÓN DE PAZ Ra Ximhai,
Más detallesUNIVERSIDAD PANAMERICANA FACULTAD DE DERECHO
UNIVERSIDAD PANAMERICANA FACULTAD DE DERECHO CON RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS ANTE LA S.E. CON NUMERO DE ACUERDO 944893 DE FECHA 24-III-94 La polémica sobre los casos difíciles: La primera
Más detallesPRINCIPIOS Y REGLAS: EXAMEN DEL DEBATE ENTRE R. DWORKIN Y H.L.A. HART PRINCIPLES AND RULES: REVIEW OF THE DEBATE BETWEEN R. DWORKIN AND H.L.A.
PRINCIPIOS Y REGLAS: EXAMEN DEL DEBATE ENTRE R. DWORKIN Y H.L.A. HART PRINCIPLES AND RULES: REVIEW OF THE DEBATE BETWEEN R. DWORKIN AND H.L.A. HART MARÍA DOLORES PÉREZ JARABA 1 Sumario: I. INTRODUCCIÓN:
Más detallesPROGRAMA DE LA MATERIA: Interpretación y argumentación Jurídica
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA UNIDAD ACADÉMICA DE CIENCIAS SOCIALES LICENCIATURA EN DERECHO PROGRAMA DE LA MATERIA: Interpretación y argumentación Jurídica Objetivo General.- El alumno conocerá los elementos
Más detallesEl problema de los derechos humanos no solamente se ha convertido en nuestra
Eugenio Bulygin 79 SOBRE EL STATUS ONTOLÓGICO DE LOS DERECHOS HUMANOS El problema de los derechos humanos no solamente se ha convertido en nuestra época en un tema central de la discusión teórica, en la
Más detallesÍNDICE PARTE I ANÁLISIS DE LAS CONSTITUCIONES LATINOAMERICANAS 23 REGULACIÓN CONSTITUCIONAL DEL DERECHO INDÍGENA EN IBEROAMÉRICA
ÍNDICE INTRODUCCIÓN GENERAL 15 PARTE I ANÁLISIS DE LAS CONSTITUCIONES LATINOAMERICANAS 23 REGULACIÓN CONSTITUCIONAL DEL DERECHO INDÍGENA EN IBEROAMÉRICA Vicente Cabedo Mallo! INTRODUCCIÓN 25 CAPÍTULO 1
Más detallesCAPÍTULO 38 DISCRECIONALIDAD JUDICIAL
CAPÍTULO 38 DISCRECIONALIDAD JUDICIAL Juan B. ETCHEVERRY SUMARIO: I. Introducción. II. Las causas de la discrecionalidad judicial. III. La naturaleza de la discrecionalidad judicial. IV. Conclusiones.
Más detallesÍNDICE EL ENTORNO FILOSÓFICO DE CHAIM PERELMAN. BASES DE UNA FILOSOFÍA DE LA ARGUMENTACIÓN
ÍNDICE PRÓLOGO... 15 TABLA DE ABREVIATURAS. 25 INTRODUCCIÓN...27 CAPÍTULO I EL ENTORNO FILOSÓFICO DE CHAIM PERELMAN. BASES DE UNA FILOSOFÍA DE LA ARGUMENTACIÓN 1.LOS PRIMEROS ESCRITOS DE CHAlM PERELMAN...
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ACATLÁN. Taller Obligatoria Práctica
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ACATLÁN PLAN DE ESTUDIOS DE LA LICENCIATURA EN DERECHO SISTEMA PRESENCIAL PROGRAMA DE ASIGNATURA SEMESTRE: 4º Argumentación Jurídica
Más detallesEl concepto y la validez del derecho en la teoría jurídica y el neo- (o nuevo) constitucionalismo *
yezid carrillo de la rosa El concepto y la validez del derecho en la teoría jurídica y el neo- (o nuevo) constitucionalismo * Yezid Carrillo De La Rosa** Resumen El presente artículo es producto del proyecto
Más detallesArgumentación y redacción Jurídica Clave 24 Periodo lectivo
Asignatura Argumentación y redacción Jurídica Clave 24 Periodo lectivo Cuarto Requisitos Ninguno Nivel Licenciatura Carácter Obligatoria Horas por semana Cinco Horas por curso Ochenta y cinco OBJETIVO
Más detallesALGUNAS REFLEXIONES SOBRE EL DERECHO APLICABLE Y LA CONFIGURACIÓN DE LAS CAUSALES DE NULIDAD Y EJECUCIÓN DEL LAUDO ARBITRAL
ALGUNAS REFLEXIONES SOBRE EL DERECHO APLICABLE Y LA CONFIGURACIÓN DE LAS CAUSALES DE NULIDAD Y EJECUCIÓN DEL LAUDO ARBITRAL Prof. Dra. Ma. Fernanda Vásquez Palma Universidad de Talca Directora Proyecto
Más detallesINTRODUCCIÓN AL DERECHO I Profesor: Claudio Herrera Jarpa. PROGRAMA DEL CURSO Primer semestre 2010
Naturaleza del curso: Obligatorio. Requisitos: Ninguno. Créditos: 6 Régimen de asistencia: Voluntario. INTRODUCCIÓN AL DERECHO I Profesor: Claudio Herrera Jarpa PROGRAMA DEL CURSO Primer semestre 2010
Más detallesProyecto académico sin fines de lucro, desarrollado bajo la iniciativa de acceso abierto
Red de Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal Sistema de Información Científica Jiménez Cano, Roberto M. Una defensa del positivismo jurídico (excluyente) Isonomía. Revista
Más detallesTítulo Preliminar Capítulo I- (Libros Varios) FUENTES DEL DERECHO. Las Fuentes del Derecho en el Anteproyecto.
En representación de C.P.C. Dr. Manuel Belgrano, expone Dra. María Daniela Marino. Título Preliminar Capítulo I- (Libros Varios) FUENTES DEL DERECHO Por Dra. María Daniela Marino. 1 Las Fuentes del Derecho
Más detallesrespecto a las soluciones legales frente a las relaciones socio jurídicas transfronterizas entre los
PROGRAMA DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO A. IDENTIFICACION DE LA ASIGNATURA Nombre de la asignatura: Carácter de la asignatura: Ubicación dentro del plan de estudios: Número de módulos por semana: Número
Más detallesSucesiones de raíces polinómicas. Primitivo Belén Acosta Humánez *
Sucesiones de raíces polinómicas Primitivo Belén Acosta Humánez * Resumen En este artículo se muestran dos resultados del autor, tales como la sucesión de cuadrados y la obtención de raíces de polinomios
Más detallesSESIÓN 1. TEMA 1. FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO INTRODUCCIÓN
SESIÓN 1. TEMA 1. FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO INTRODUCCIÓN El derecho internacional privado es conocido como una de las ramas más importantes del derecho en lo que respecta a cuestiones que
Más detallesJosé Luis Gil Ibáñez. La creación de las Comunidades Europeas supuso la atribución a las mismas de competencias hasta entonces estatales.
El papel del juez nacional en la aplicación del derecho de antidiscriminación de la UE: La relación con los ordenamientos jurídicos internos y la cuestión prejudicial José Luis Gil Ibáñez Presidente de
Más detallesIntroducción al estudio del derecho. Jaime Cárdenas Gracia
Introducción al estudio del derecho Jaime Cárdenas Gracia Introducción al estudio del derecho Introducción al estudio del derecho Jaime Cárdenas Gracia Instituto de Investigaciones Jurídicas Director:
Más detallesII. Descripción del objeto de estudio
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM II. Descripción del objeto de estudio En los instrumentos internacionales sobre
Más detallesHerramientas para un aprendizaje práctico del Derecho. María del Carmen Altuna Urquiaga Gonzalo Cruz Sandoval
Herramientas para un aprendizaje práctico del Derecho María del Carmen Altuna Urquiaga Gonzalo Cruz Sandoval CONTENIDO 1. Notas Preliminares Reflexivas: La enseñanza del Derecho en tiempos Actuales (análisis
Más detallesRESUMEN ANALÍTICO EN EDUCACIÓN - RAE FACULTAD DERECHO PROGRAMA DE PREGRADO BOGOTÁ D.C. TÍTULO: CONTRATO DE TRABAJO REALIDAD EN EL SECTOR PRIVADO
AÑO DE ELABORACIÓN: 2015 FACULTAD DERECHO PROGRAMA DE PREGRADO BOGOTÁ D.C. TÍTULO: CONTRATO DE TRABAJO REALIDAD EN EL SECTOR PRIVADO AUTOR (ES): SANCHEZ CUADROS, Claudia Yaneth DIRECTOR(ES)/ASESOR(ES):
Más detallesPAPELES DE TEORÍA Y FILOSOFÍA DEL DERECHO
INSTITUTO DE DERECHOS HUMANOS BARTOLOMÉ DE LAS CASAS Universidad Carlos III de Madrid PAPELES DE TEORÍA Y FILOSOFÍA DEL DERECHO Un intento de caracterización del positivismo jurídico incluyente Francisco
Más detallesAbogado, 1984, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Universidad de Buenos Aires,
a) DATOS Nombre y Apellido: Gabriel Bouzat b) TITULOS UNIVERSITARIOS Abogado, 1984, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Universidad de Buenos Aires, Repúbica Argentina Master en Derecho, 1988, Yale
Más detallesUn intento de caracterización del positivismo jurídico incluyente
Universidad Carlos III de Madrid Repositorio institucional e-archivo Instituto de Derechos Humanos "Bartolomé de las Casas" http://e-archivo.uc3m.es IDHBC - Papeles de Teoría y Filosofía del Derecho 2010
Más detallesSesión 46: Jurisprudencia Técnica
Asignatura: Introducción al Derecho Unidad 3: Las fuentes del Derecho Tema 22: La Jurisprudencia Sesión 46: Jurisprudencia Técnica Generalidades En la sesión anterior se discutió sobre la jurisprudencia,
Más detallesTitulación(es) Titulación Centro Curso Periodo M.U. en Pensamiento Filosófico Contemporáneo 12-V.2
FICHA IDENTIFICATIVA Datos de la Asignatura Código 43531 Nombre Libertad y acción Ciclo Máster Créditos ECTS 5.0 Curso académico 2017-2018 Titulación(es) Titulación Centro Curso Periodo 2159 - M.U. en
Más detallesVéase Hart,H.L.A.;texturaabierta;Wittgenstein,Ludwig
W Waismann, Friedrich Friedrich Waismann (1896-1959) fue un filósofo del lenguaje que formó parte del Círuclo de Viena, el grupo que desarrolló el positivismo lógico (el cual no debe ser confundido con
Más detallesLÓGICA I Programa del curso
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS DEPARTAMENTO DE FILOSOFÍA Curso: Lógica I 2015-II Profesor: Gustavo Silva (gasilvac@unal.edu.co) LÓGICA I Programa del curso I. Objetivos y
Más detallesPROGRAMAS DE ESTUDIOS
Nombre de la institución INSTITUTO UNIVERSITARIO PUEBLA PROGRAMAS DE ESTUDIOS Asignatura SISTEMAS JURÍDICOS CONTEMPORÁNEOS Programa académico LICENCIATURA EN DERECHO Tipo Educativo LICENCIATURA Modalidad
Más detallesUna aproximación al Estado de Derecho de Luigi Ferrajoli
Una aproximación al Estado de Derecho de Luigi Ferrajoli Arnaldo Platas Martínez * RESUMEN: El Estado de Derecho es uno de los temas centrales en el análisis de la problemática de la sociedad moderna.
Más detallesHORAS SEMEST RE CARÁCTER
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ACATLÁN LICENCIATURA EN RELACIONES INTERNACIONALES Y CIENCIAS POLÍTICAS Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROGRAMA DE ASIGNATURA CLAVE 211
Más detallesFormato APA, 6ta. edición American Psychological Association
Formato APA, 6ta. edición American Psychological Association Tracey Tokuhama-Espinosa, Ph.D. Universidad San Francisco de Quito (www.usfq.edu.ec) Reproducido con permiso y gráficos de la Universidad de
Más detallesAnexo 2. Estilo de citas, fuentes y referencias bibliográficas SISTEMA DE NOTAS BIBLIOGRÁFICAS. Estudios Públicos
Anexo 2 Estilo de citas, fuentes y referencias bibliográficas SISTEMA DE NOTAS BIBLIOGRÁFICAS Estudios Públicos La revista Estudios Públicos utiliza las sugerencias del Chicago Manual of Style (CMS) en
Más detallesTeoría General del Proceso
Teoría General del Proceso TEORÍA GENERAL DEL PROCESO 1 Sesión No. 3 Nombre: Teoría General del Proceso. El Proceso Contextualización Sucede con bastante frecuencia el uso indistinto entre proceso, juicio
Más detallesTomo X. Parte VII. Consecuencias del Contrato. Capítulo I. Efecto de las obligaciones
Consecuencias del Contrato 97 Tomo X Parte VII Consecuencias del Contrato Capítulo I Efecto de las obligaciones 1. Generalidades... 1 2. Efectos de las obligaciones y del contrato... 2 3. Clasificación
Más detallesPROBLEMAS ABIERTOS DE LA REGLA DE RECONOCIMIENTO * Roberto M. Jiménez Cano **
Problemas abiertos de la regla de reconocimiento, pp. 79-128. PROBLEMAS ABIERTOS DE LA REGLA DE RECONOCIMIENTO * Roberto M. Jiménez Cano ** RESUMEN PALABRAS CLAVE El presente artículo, partiendo de la
Más detallesAsignatura: Filosofía del Derecho Grado en Derecho; 4º curso.
Asignatura: Filosofía del Derecho Grado en Derecho; 4º curso. We need a philosophic awakening that will put law in its proper place in the human struggle to achieve order and justice and will see it as
Más detallesI. LOS DERECHOS PÚBLICOS SUBJETIVOS
Consideraciones sobre la denominación de los derechos como derechos subjetivos públicos, libertades públicas, derechos humanos, derechos constitucionales o derechos fundamentales..............................
Más detallesPapeles el tiempo de los derechos
Papeles el tiempo de los derechos Un apunte sobre la interpretación de los derechos sociales Rafael de Asís Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas. Departamento de Derecho Internacional,
Más detallesInterpretación y Argumentación Jurídica. Sesión 5: Métodos de Interpretación
Interpretación y Argumentación Jurídica Sesión 5: Métodos de Interpretación Contextualización En esta sesión se presentarán métodos de interpretación con el fin de usar uno o varios dependiendo sea el
Más detallesENDUC 2016 REGLAMENTO
ENDUC 2016 REGLAMENTO I. Organización del Encuentro El Encuentro se organizará en base a tres componentes principales: a) Conferencia magistral Plenario de Rectores b) Sesiones de trabajo por ejes temáticos
Más detallesjurídica, dando satisfacción al tiempo al derecho de los ciudadanos a la igualdad en la aplicación de la ley.
Preámbulo El articulo 149, 1,6º de la Constitución Española, después de establecer que la legislación procesal es competencia exclusiva del Estado, añade: sin perjuicio de las necesarias especialidades
Más detallesNORMAS DE ESTILO PARA LA PRESENTACIÓN DE TRABAJOS FORMATO E-BOOK
III CONGRESO DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DE AUGM Democracia, derechos humanos e inclusión social ~ Camino a los 100 años de la Reforma Universitaria Santa Fe, Argentina 7 al 9 de septiembre de 2017 NORMAS
Más detallesPOSITIVISMO BLANDO Y LA DISTINCIÓN ENTRE EL DERECHO Y LA MORAL
POSITIVISMO BLANDO Y LA DISTINCIÓN ENTRE EL DERECHO Y LA MORAL Tomasz Gizbert-Studnicki Tomasz Pietrzykowski Universidad de Cracovia RESUMEN. En este ensayo se analizan algunas dificultades con las que
Más detallesRESTRICCIONES A LOS DERECHOS HUMANOS
SERIE: RENOVACIÓN JURISPRUDENCIAL RESTRICCIONES A LOS DERECHOS HUMANOS 2 Programa Estado de Derecho para Latinoamérica - - - Presentación - - - - - - - - - - - 3 - - - - - - - - - - 4 5 Aviso - 6 Contenido
Más detallesEs o no la Jurisprudencia una fuente de Derecho? Valencia 30 de octubre de 2009 Purificación n Martorell Zulueta
Es o no la Jurisprudencia una fuente de Derecho? Valencia 30 de octubre de 2009 Purificación n Martorell Zulueta Punto de partida Jurisprudencia Qué se entiende por Jurisprudencia Concepto amplio: Arte
Más detallesMÓDULO 6 PROCESO, PROCEDIMIENTO Y JUICIO UNIDAD 3 ETAPA CONCLUSIVA, ETAPA RESOLUTORIA Y MEDIOS DE IMPUGNACIÓN
LICENCIATURA EN DERECHO MÓDULO 6 PROCESO, PROCEDIMIENTO Y JUICIO UNIDAD 3 ETAPA CONCLUSIVA, ETAPA RESOLUTORIA Y MEDIOS DE IMPUGNACIÓN SESIÓN 7 MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ACTIVIDAD 2 RECURSOS ALUMNO: MARTÍN
Más detallesCAPÍTULO 8 EL DERECHO COMO INTERPRETACIÓN. LA TEORÍA DWORKINIANA DEL DERECHO
CAPÍTULO 8 EL DERECHO COMO INTERPRETACIÓN. LA TEORÍA DWORKINIANA DEL DERECHO Pablo BONORINO RAMÍREZ SUMARIO: I. El Hombre. II. La Obra. III. Las Influencias. IV. Bibliografía. Dworkin es una de las figuras
Más detallesDr. Luis Alfonso Ramos Peña. Octubre de 2015.
MATERIAL DIDÁCTICO DENOMINADO EL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE ACUERDO A LA LEY FEDERAL DEL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE APOYO A LA ASIGNATURA DERECHO PROCESAL ADMINISTRATIVO.
Más detallesDIPLOMADO EN ARGUMENTACIÓN JURÍDICA Coordinadores: Luis Raigosa y Jorge Cerdio
DIPLOMADO EN ARGUMENTACIÓN JURÍDICA Coordinadores: Luis Raigosa y Jorge Cerdio general Proporcionar al jurista las herramientas intelectuales que le ayuden a plantear, analizar, comparar, construir y evaluar
Más detallesUNIVERSIDAD DE EL SALVADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES DEPARTAMENTO DE CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES
UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES DEPARTAMENTO DE CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES CURSO DE INTERPRETACION Y ARGUMENTACION JURIDICA CICLO II-2012 PROGRAMA OBJETIVOS
Más detalles