Pliego de Bases y Condiciones Cláusulas Particulares

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1 Pliego de Bases y Condiciones Cláusulas Particulares ARTÍCULO 1º: OBJETO: la presente Subasta Pública con base, tiene por objeto la venta de CIENTO VEINTIDÓS (122) rodados y NOVENTA Y NUEVE (99) motos en condición de rezago. Son aplicables el Decreto N 436/2000 (Contrataciones del Estado), el Decreto 1023/2001 (Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional), la Resolución M.E. Nº 834/2000; la Resolución N 24/2004 de la Subsecretaría de la GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA GABINETE DE MINISTROS, la Resolución nº 39/2005 de la Subsecretaría de la GESTIÓN PÚBLICA DE LA JEFATURA GABINETE DE MINISTROS. El presente procedimiento se realiza al amparo de la Ley nº (Lealtad Comercial).- ARTÍCULO 2º: OBTENCIÓN DEL PLIEGO: el presente pliego podrá retirarse, sin costo, en la División CONTRATACIONES de la Superintendencia de ADMINISTRACIÓN, sita en Rivadavia 1330, 4 piso, Ciudad de Buenos Aires, en el horario de 09:00 a 13:00, hasta el día hábil anterior a la fecha prevista para la subasta. Por otra parte, de conformidad a la Resolución N 24/2.004 de la SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares podrán obtenerse por medio de la página Web de la Oficina Nacional de Contrataciones, accediendo al link contrataciones vigentes, conforme lo dispuesto en la Circular N 20/2006 (B.O. 28/02/2006), debiendo comunicar la obtención a través del contrataciones2@policíafederal.gov.ar hasta el día señalado en el primer párrafo, respetando el formato estándar y demás exigencias requeridas por la Oficina Nacional de Contrataciones mediante Circular N 14/2004 (B.O. 21/05/2004), indicando número de C.U.I.T., razón social o nombre/s y apellido/s completos, datos del procedimiento y dirección del correo electrónico donde serán válidas las comunicaciones que se cursen hasta el día de la subasta. Quienes opten por esta vía, también podrán formular consultas sobre el pliego a la dirección de correo electrónico institucional. En caso de existir diferencias, se tendrán por válidas las cláusulas contenidas en el expediente, sin perjuicio de las previsiones contenidas en el artículo 4 de la Resolución N 24/2004 mencionada. ARTÍCULO 3º: EXHIBICIÓN DE LOS LOTES : los lotes serán exhibidos en la Avenida Vélez Sársfield 1985 (C.A.B.A.) de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 12:00 horas hasta el día hábil anterior a la fecha prevista para la subasta. ARTÍCULO 4º: LUGAR DE LA SUBASTA: la subasta se llevará a cabo en la calle Esmeralda 660 piso 3º salón Auditorio SANTA MARÍA DE LOS BUENOS AYRES (C.A.B.A.) ARTÍCULO 5º: PRECIO BASE DE VENTA: el precio ofertado no podrá ser inferior al precio base que para cada uno de los lotes se ha fijado en el catálogo agregado como Anexo lli y que forma parte de las presentes condiciones. ARTÍCULO 6º: PARTICIPACIÓN EN LA SUBASTA: solo podrán participar de la subasta las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse y disponer de bienes y que presenten en el acto de la subasta la documentación y declaraciones requeridas en los Anexo I y ll del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. La sola participación en la subasta implica pleno conocimiento y aceptación de todas las Cláusulas Generales y Particulares y la normativa vigente expresada en el artículo 1º del Presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

2 ARTÍCULO 7º: CONDICIONES DE LA SUBASTA: el Banco de la CIUDAD DE BUENOS AIRES rematará en subasta pública, con base y al mejor postor por cuenta, orden y en nombre de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, automóviles y motos de su propiedad declarados en condición de rezago, en el estado en que se encuentran y fueran exhibidos, con resultado de la venta sujeto a la aprobación por parte de la autoridad competente. ARTÍCULO 8º: SEÑA DE REMATE: la seña de remate será del VEINTE POR CIENTO (20%), del precio de venta y deberá ser abonada en el momento del remate en dinero en efectivo o con cheque de titulares de cuentas corrientes de Bancos de esta Ciudad, si por cualquier motivo, el cheque entregado en pago fuera rechazado por el Banco girado, la venta quedará sin efecto, con la aplicación de la multa establecida en el artículo 15º del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ARTÍCULO 9º: COMISIÓN E IMPUESTOS: la comisión a favor del Banco de la CIUDAD DE BUENOS AIRES será del DIEZ POR CIENTO (10%) del valor de la venta, y el comprador abonará el IVA sobre la comisión, de acuerdo a las normas vigentes en tal sentido, para lo que deberá completar la declaración jurada correspondiente en el acto del remate, acompañando constancia de inscripción ante la AFIP, en los casos de ser responsables inscriptos, responsables no inscriptos, monotributistas. Dicho importe será abonado en el momento del remate en dinero en efectivo o con cheque de titulares de cuentas corrientes de Bancos de esta Ciudad, si por cualquier motivo, el cheque entregado en pago fuera rechazado por el Banco girado, la venta quedará sin efecto, con la aplicación de lo establecido en el artículo 15º del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares ARTÍCULO 10º: OFERTA BAJO SOBRE: desde el momento en que se anuncia, y hasta el día anterior a la subasta, se admitirán ofertas bajo sobre cerrado, debiendo incorporar dentro del mismo la boleta de depósito, emitida por el Banco, acreditando el pago en efectivo, en el caso que opte por el pago con cheque, el mismo acompañará la oferta y deberá ser de titulares de cuentas corrientes de Bancos de esta Ciudad. El porcentaje de mención se compone de la siguiente manera: DIEZ POR CIENTO (10%) en concepto de comisión a favor del Banco de la Ciudad de Buenos Aires y VEINTE POR CIENTO (20%) en concepto de seña. A tales fines, dichos pagos se realizarán en Esmeralda 660 piso 6º caja Nro. 2 de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 horas. Los sobres deberán entregarse en sede de la División CONTRATACIONES, sita en Rivadavia 1.330, piso 4to. Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ARTÍCULO 11º: APROBACIÓN DE LA SUBASTA: la venta se encuentra sujeta a la aprobación de la autoridad competente, en caso de no aprobarse la venta se procederá a la devolución de los importes que fueran abonados en concepto de seña y comisión, los que no estarán sujetos a actualización ni intereses. ARTÍCULO 12º: INTEGRACIÓN DEL PRECIO: el saldo del OCHENTA POR CIENTO (80%) del precio de venta, será cancelado por el comprador, en el término de CINCO (5) días hábiles contados a partir de la publicación de la aprobación de la subasta en el Boletín Oficial de la República Argentina. El Banco de la Ciudad de Buenos Aires aceptará cheques de titulares de cuentas corrientes de esta ciudad (48 horas) hasta las 15:00 horas del tercer día del plazo antes mencionado, es decir que su compensación deberá producirse dentro de los CINCO (5) días hábiles fijados al efecto. El incumplimiento del pago del saldo en el plazo previsto, implica para el incumplidor la pérdida de los importes abonados en concepto de seña, comisión e IVA. El Banco de la Ciudad de Buenos Aires está obligado a restituir en igual plazo los importes abonados por lotes que no hayan merecido aprobación.

3 ARTÍCULO 13º: TRANSFERENCIA DEL AUTOMOTOR: dentro de los DIEZ (10) días hábiles posteriores a la publicación de la aprobación de la subasta en el Boletín Oficial de la República Argentina, el adquirente o comprador, deberá concurrir a la oficina de gestoría de esta POLICÍA FEDERAL ARGENTINA sita en la Avenida Vélez Sársfield 1981 C.A.B.A., munido del original y duplicado del comprobante de pago intervenido por el banco, a los efectos de retirar la documentación para iniciar la transferencia correspondiente. ARTÍCULO 14º: FORMA Y PLAZO PARA EL RETIRO DE LOS VEHÍCULOS: el comprador deberá retirar el/los vehículos adquiridos, dentro del plazo de CINCO (5) días hábiles posteriores a la fecha de realización de la transferencia de dominio, munido de Documento Nacional de Identidad, Cédula de Identificación del Automotor y Título de Propiedad del mismo a nombre del adjudicatario en la División RECUPERACIÓN PATRIMONIAL sita en la Avenida Vélez Sársfield 1981 (C.A.B.A.) de lunes a viernes de 8:00 a 13:00 horas. El retiro del/los rodados de la dependencia policial mencionada, implica plena aceptación por parte del adjudicatario del estado de los mismos. Los gastos de retiro estarán a cargo del adjudicatario. ARTÍCULO 15º: DE LAS PENALIDADES: Cuando el pago de la seña, comisión más I.V.A. y/o saldo, establecidos en los artículos 8º, 9º y 12º del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares se efectúe mediante cheque y el mismo fuese devuelto por el Banco girado, por cualquier motivo que fuese, y no lo abonase en moneda nacional dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de comunicado la falta de pago mediante aviso bancario, comunicación de tenedor o cualquier otra forma documentada de interpelación, la operación será dejada sin efecto. No obstante, el oferente quedará obligado al pago de la seña y la comisión más I.V.A. sobre ésta, considerándose la que corresponde a seña como multa por la frustración de la subasta. Se aplican al presente la Circular R.F. 9 del Banco Central de la República Argentina y el Artículo 302 del Código Penal El incumplimiento del plazo previsto en el artículo 14º del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, determinará la aplicación de una multa diaria equivalente al UNO POR CIENTO (1%) por día corrido de demora sobre el valor de la venta del lote a retirar, hasta un máximo de TREINTA (30) días corridos. Los bienes no podrán retirarse hasta tanto no se acredite el pago de la penalidad. Vencido el plazo previsto en párrafo anterior, el organismo dispondrá de los bienes, perdiendo el comprador todo derecho sobre su adquisición así como también los importes abonados. Nota: son parte del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares el Anexo I Datos del Participante, Anexo ll Declaración Jurada de Habilidad para Contratar y Anexo Ill Catálogo de los lotes. Las normas expresadas en el artículo 1º podrán consultarse en la página Web Buenos Aires,

4 ANEXO I - DATOS DEL PARTICIPANTE 1. PERSONAS FÍSICAS Y APODERADOS : deberá aportar los siguientes datos nombre completo fecha de nacimiento nacionalidad profesión domicilio real y constituido en jurisdicción del lugar de la subasta estado civil número de DNI número de C.U.I.T. o C.U.I.L. o C.D.I. Se deberá adjuntar fotocopia de DNI., constancia de C.U.I.T., C.U.I.L. o C.D.I. y declaración jurada de habilidad para contratar (sin procedimiento en el Registro de Proveedores) 2. PERSONAS JURÍDICAS: deberán aportar los siguientes datos razón social domicilio legal y constituido en jurisdicción del lugar de la subasta lugar y fecha de constitución y datos de inscripción registral nómina de los actuales integrantes de sus órganos de administración número de C.U.I.T. Se deberá presentar copia certificada del estatuto social, poder del representante o copia certificada del acta de directorio, copia de DNI, constancia de C.U.I.T. y declaración jurada de habilidad para contratar sin inserción en el Sipro. 3. PERSONAS JURÍDICAS EN FORMACIÓN: deberán aportar los siguientes datos fecha y objeto del contrato constitutivo número de expediente y fecha de la constancia de inscripción del trámite de inscripción en el registro correspondiente número de C.U.I.T. 4. COMISIONISTA En el caso de adquirir los bienes en comisión el comprador deberá indicar, dentro del tercero día hábil administrativo de realizada la subasta, los datos de su comitente detallados en los puntos 1 a 3, según corresponda, en escrito firmado por ambos y adjuntando la documentación respectiva. En su defecto se lo tendrá por adjudicatario definitivo. El comitente constituirá domicilio en esa presentación. El comprador en comisión asume el carácter de obligado principal si omite transferir en término los derechos y obligaciones previsto en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Nota todas las personas físicas o jurídicas, cuya actividad principal, secundaria o accesoria, sea la comercialización de repuestos usados para automotores, deberá presentar la inscripción en el Registro Único de Desarmaderos de Automotores y Actividades Conexas R.U.D.A.C. dependiente de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios.

5 ANEXO II DECLARACIÓN JURADA DE HABILIDAD PARA CONTRATAR C.U.I.T./C.U.I.L./CDI N : Nombre o razón social: Tipo y número de documento: Nacionalidad: Profesión: Domicilio real/legal: Domicilio constituido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Estado civil: Fecha de nacimiento/constitución societaria: Subasta pública de fecha: Ejercicio: Lugar, día y hora de la subasta: El que suscribe, con poder suficiente para este acto, declara bajo juramento, que la persona cuyos datos se detallan al comienzo, está habilitada para contratar con la Administración Pública Nacional, en razón de cumplir con los requisitos del artículos 27 del Decreto Nro. 1023/2001 Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional y que no está incursa en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en los incisos a) a g) del artículo 28 del citado plexo. Art. 27. PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR. Podrán contratar con la Administración Nacional las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse que no se encuentren comprendidas en las previsiones del artículo 28 y que se encuentren incorporadas a la base de datos que diseñará, implementará y administrará el órgano rector, en oportunidad del comienzo del período de evaluación de las ofertas, en las condiciones que fije la reglamentación. La inscripción previa no constituirá requisito exigible para presentar ofertas. Art. 28. PERSONAS NO HABILITADAS. No podrán contratar con la Administración Nacional: a) Las personas físicas o jurídicas que se encontraren sancionadas en virtud de las disposiciones previstas en los apartados 2. Y 3. Del inciso b) del artículo 29 del presente. b) Los agentes y funcionarios del sector público nacional y las empresas en las cuales aquéllos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública, N c) Los fallidos, concursados e interdictos, mientras no sean rehabilitados. d) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena.

6 e) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la convención interamericana contra la corrupción. f) Las personas físicas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación. g) Las personas físicas o jurídicas que no hubieren cumplido en tiempo oportuno con las exigencias establecidas por el último párrafo del artículo 8 de la Ley N Firma: Aclaración: Carácter: Lugar y fecha:

7 COMPLENTO DE CLAUSULAS PARTICULARES DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES La subasta pública se realiza con base, por cuenta orden y en nombre de la Policía Federal Argentina y el resultado sujeto a la aprobación de la misma. En el acto del remate los compradores deberán retirar una PALETILLA IDENTIFICATORIA para poder ofertar, debiendo presentar libreta cívica, libreta de enrolamiento o documento único de identidad y suministrar claramente sus datos personales y condición que registre ante el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) Importante: Atento al Decreto 1108/98 del P.E.N. y la Resolución General nro. 219/98- AFIP los compradores de bienes con dominio registrable, deberán contar para realizar la transferencia del dominio, con su correspondiente CUIT, CUIL o CDI. La paletilla identificatoria es personal y los datos del documento suministrado al retirar la misma, serán los que se consignaran en las documentaciones de venta Compra en comisión: en el caso de optarse por la compra en comisión el comitente deberá presentarse en el banco, en los plazos establecidos, a fin de completar el legajo personal. Informe sobre la aprobación de la subasta: En Esmeralda 660, 6to. piso, Capital Federal, Sector Venta de Bienes y Servicios, T.E Int. 3669/3693/3694, de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 horas. Los interesados deberán consultar la cartelera ubicada en el 6to. piso de esmeralda 660, y/o la pagina del banco no responsabilizándose este banco por cualquier información obtenida por otro medio. El banco actúa solamente como martillero, por lo que en ningún caso será responsable de las demoras que pudiesen existir en la aprobación de la subasta, en la devolución de importes - los que no estarán sujetos a actualización ni intereses - ni por otras consecuencias por el retardo o por la no aprobación de la subasta. Integración de los precios de venta: En efectivo, dentro de los cinco (5) días hábiles subsiguientes al de la aprobación de la subasta, en Esmeralda 660, 6to. piso, Caja nro. 2, de Lunes a Viernes de 10:00 a 15:00 horas. "La presente subasta se efectúa por cuenta, orden y en nombre de terceros por lo que de corresponder se aplicara las disposiciones de la ley y decreto reglamentario n 380/01 art. "a" (pago por cuenta y/o a nombre de terceros). En el supuesto que se abone con cheque de titular de cuenta corriente, la operación no se encontrara alcanzada por el citado art.3 inc. "a" (pago por cuenta y/o a nombre de terceros). Sin embargo, el debito en Cuenta Corriente por la emisión del cheque estará gravado por el impuesto de la Ley " De corresponder será de aplicación lo dispuesto en la Resolución de U. I. F. y B.C.R.A. Tanto la carga como el retiro de la mercadería adquirida estarán a cargo de los compradores. No se permitirán desarmes o arreglos de los bienes dentro del lugar de exhibición ni en sus inmediaciones. Tratándose de bienes que han sido ampliamente exhibidos, se entregarán en el estado en que se encuentran, no admitiéndose reclamos de ninguna especie por desperfectos, deterioros, etc. Los gastos que demande efectuar la transferencia y/o re empadronamiento, correrán por cuenta del adquirente.

8 CONTROL DE NUMERACIÓN: Los compradores o personas encargadas de retirar los bienes numerados deberán verificar en oportunidad de concretar el retiro que el modelo, la numeración, etc., como así también el estado de aquellos, coincida con lo especificado en la documentación de venta. En dicho momento deberán efectuar los reclamos pertinentes si así correspondiese. Con posterioridad no se admitirán reclamos de índole alguna. La subasta no finalizará hasta tanto no se efectivice el pago de los importes de seña y comisión, más el I.V.A. sobre esta última, lo que deberá realizarse en el momento del remate y en la forma prevista en el presente pliego. La entidad vendedora se reserva sus derechos sobre los bienes enajenados hasta el momento de la entrega de los mismos, cuando razones especiales asi lo hagan necesario. En el caso de disponerse la anulación de algún lote, aún cuando éste haya sido aprobado y abonado totalmente, el comprador no tendrá derecho a reclamo alguno, percibiendo únicamente en concepto de devolución la cantidad que hubiese pagado. El Banco declina de toda responsabilidad por la custodia, conservación y entrega de los bienes a los futuros adquirentes por no encontrarse los mismos en su poder. La Entidad Vendedora y el Banco de la Ciudad de Buenos Aires no se hacen responsables por la falta de piezas cuya apreciación requiera desarmes. A los efectos de evitar riesgos e inconvenientes a los interesados, el Banco de la Ciudad de Buenos Aires aceptará depósitos previos en efectivo para ser afectados al pago de las señas respectivas, en la Tesorería de Ventas, Esmeralda 660, 6to. piso, de Lunes a Viernes de 10:00 a 15:00 horas. En el caso de utilizar cheques, los depósitos deberán efectuarse con la debida antelación a fin de tramitar su compensación con anterioridad a la fecha de la subasta. NOTA IMPORTANTE Atento a la Resolución Nro 2408 de la AFIP, los compradores responsables inscriptos ante el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), cuando sus compras excedan por concepto de comisión la suma de $ 720,00 abonarán por I.V.A. una alícuota del 3% además del 21% que grava todas las comisiones que se perciban. Quedan exceptuados de esta norma quienes se encuentran beneficiados por regímenes de promoción que otorguen la liberación o el diferimiento del I.V.A., o quienes deban actuar a su vez como agentes de percepción del presente régimen, debiendo aportar los certificados correspondientes. ESTE CATALOGO ES SOLAMENTE INFORMATIVO. EN CONSECUENCIA, LA ENTIDAD VENDEDORA Y EL BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES NO SE HACEN RESPONSABLES POR ERRORES U OMISIONES QUE HAYAN PODIDO DESLIZARSE

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