MANUAL DE PREGUNTAS FRECUENTES PROCESO DE POSTULACIÓN PROFESIONALES PLAN DE FORMACIÓN DE DIRECTORES 2013

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1 MANUAL DE PREGUNTAS FRECUENTES PROCESO DE POSTULACIÓN PROFESIONALES PLAN DE FORMACIÓN DE DIRECTORES 2013 Mayo de

2 Índice del Manual de Preguntas Frecuentes Contenido I. Qué es el Plan de Formación de Directores? En qué consiste el Plan de Formación de Directores? Qué tipo de acciones formativas comprende el Plan de Formación? Qué Instituciones impartirán acciones de formación? En qué consisten los beneficios de esta beca? Qué duración tiene la beca? Por cuantos años se realizará el Plan de Formación de Directores?... 8 II. Quiénes pueden postular a la beca?... 8 (Para preguntas relacionadas con la elección de los programas de formación, por favor revisar el apartado V. Elección de programas de este Manual) Quiénes pueden postular a la beca? Qué significa cumplir con el Art. 24, inciso final, del DFL n 1, de 1996 del Mineduc, del Estatuto Docente? Cuáles son los requisitos generales de postulación? Existe límite de edad para postular a la Beca? Qué pasa si postulé y no quedé seleccionado en el proceso anterior, puedo postular en esta convocatoria?... 9 III. Cómo y cuándo puedo postular al programa de perfeccionamiento? Dónde puedo retirar las Bases de postulación? Cuál es el plazo para postular? Cómo puedo postular? Puedo postular por otra vía que no sea la electrónica? Cómo postulo si trabajo en un DAEM o DEM y no tiene RBD? Si mi establecimiento educacional aún no tiene RBD, cómo puedo postular? He extraviado mi clave para postular en la plataforma, podrían renviármela? IV. Documentos para la postulación a) Consultas generales de los documentos solicitados Qué se entiende por documento original? Qué es una copia legalizada?

3 21. Si postulé el año 2011 ó 2012, pero no fui seleccionado, puedo utilizar los mismos documentos que me entregó la Institución donde estudié? Se requieren documentos originales o pueden ser copias? Qué documentos de postulación debo presentar? Puedo presentar mi postulación si me falta un documento de respaldo? b) Dificultades con documentos al momento de postular No puedo adjuntar los archivos. Qué puedo hacer? Los documentos adjuntados no pueden visualizarse claramente, Perjudica mi postulación esta situación? c) Consultas según tipo de documento solicitado Declaración Jurada y formulario de autorización La Declaración Jurada y el Formulario de autorización son ante Notario? Certificado del empleador (Certificado de experiencia) Se puede modificar el formato del Certificado del empleador (Certificado de experiencia) disponible en la página del CPEIP? El certificado del empleador (Certificado de experiencia) sólo debe indicar experiencias anteriores? Quién firma el certificado del empleador (Certificado de experiencia)? A quién corresponde el Empleador? Si el cargo que ejerce actualmente es de Director, los años de experiencia deben ser en esta misma función o puede ser en otra, por ejemplo docente? Certificado de Directivo Quiénes deben presentar el Certificado de Directivo? Quién debe firmar el Certificado de Directivo? Certificado de Autorización o Habilitación Si soy profesional de la educación Debo presentar el certificado de habilitación o autorización vigente? Dónde obtengo el certificado de autorización o habilitación docente? A qué corresponde la copia de un certificado de grado académico? De dónde obtengo los certificados si mi Universidad está cerrada? Cuándo es válido el certificado de ranking? Qué pasa si mi institución no emite certificado de ranking? Dónde puedo descargar el formato del ensayo? Quién debe emitir el certificado de residencia?

4 Evaluación de desempeño de superior jerárquico Quién debe evaluarme si mi director también está postulando al Plan? Quiénes deben presentar evaluación de desempeño del superior jerárquico? Quién me debe evaluar, quién es mi superior jerárquico o jefe directo? Si soy director, necesito que me evalúen? Cómo debo presentar mi Evaluación de Desempeño del superior jerárquico? Mi superior jerárquico está con licencia, quién debe realizar mi evaluación de desempeño? Envié los datos de mi superior jerárquico por correo electrónico al Plan de Formación de Directores, sin embargo, aún no le llega el formulario de evaluación a mi jefe. Qué hago? V. Elección de programas Cuántos programas de formación debo elegir? Cuando debo elegir programas en la etapa 5, no puedo ver algunos de los que me interesa. Qué puedo hacer? No encuentro la información de los programas, Dónde puedo revisarla? Si soy Director puedo postular a alguno de los programas destinados para otros profesionales? Soy profesor y no tengo licenciatura, puedo postular a los programas tipo magíster? VI. Cómo se evaluará a los postulantes y cómo se informará a los seleccionados? Cuáles son los criterios para evaluar las postulaciones? Cómo me informo si he sido seleccionado o seleccionada? Si he sido seleccionado, cuánto tiempo tengo para aceptar o rechazar la beca? 20 VII. Una vez seleccionado, cómo se firma el convenio? Debo firmar algún convenio? Si adjudico la beca, debo firmar algún documento como garantía? VIII. Qué beneficios y obligaciones tendré como becario? Cuáles son las obligaciones que asumo como becario durante la duración de mi programa de formación? En qué condiciones administrativas contractuales asistirían los becarios a las actividades del programa adjudicado? Cuándo recibo la asignación de manutención (por concepto de traslado)? Cómo recibo la asignación de manutención (por concepto de traslado)? Cuáles son las condiciones de retribución de la beca?

5 65. Cuáles son las sanciones en caso que incumpliera las obligaciones asumidas en la beca? Al ser favorecido con una beca, Cuándo se iniciarían los estudios?

6 Por favor, antes de hacer uso del presente documento lea la siguiente ACLARACIÓN. ACLARACIÓN Para todo efecto legal, el presente documento forma parte integrante de las bases de la convocatoria Plan de Formación de Directores Las consultas relacionadas con esta convocatoria podrán ser efectuadas por correo electrónico hasta el veinteavo (20) día corrido desde la fecha de publicación de las bases. Sin perjuicio de lo anterior, todas las preguntas pertinentes y que digan relación con esta convocatoria, podrán realizarse por vía telefónica durante todo el período de postulación (veinticincoavo día corrido desde la fecha de publicación de las bases). Sólo serán respondidas preguntas atingentes a la presente convocatoria. Aquellas preguntas que estén contenidas en el presente documento no serán respondidas de manera individual. Es decir, en el caso que las preguntas cuyas respuestas están contenidas en el presente manual, y sean dirigidas al correo electrónico formaciondirectores@mineduc.cl, no serán respondidas. Sólo se hará referencia al numeral correspondiente a las bases y al manual. 6

7 I. Qué es el Plan de Formación de Directores? 1. En qué consiste el Plan de Formación de Directores? El Plan de Formación de Directores es una iniciativa liderada por Ministerio de Educación a través del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas (CPEIP), que busca formar a profesionales destacados en los conocimientos y capacidades que les permitirán transformarse en los futuros directores de excelencia de Chile. El plan se concreta a través de becas entregadas a profesionales seleccionados por el MINEDUC según sus antecedentes académicos, profesionales y motivacionales. Serán los propios becarios quienes elegirán el programa académico del cual quieren participar, entre los seleccionados previamente por el MINEDUC. 2. Qué tipo de acciones formativas comprende el Plan de Formación? Las acciones formativas o tipo de programas comprenden estudios de magíster, diplomado, pasantía y cursos. 3. Qué Instituciones impartirán acciones de formación? Las que conforman la lista de las seleccionadas por el CPEIP para el proceso 2013, y que se encuentran informadas en el sitio web del mismo o en la plataforma de postulación. 4. En qué consisten los beneficios de esta beca? Los beneficios otorgados a los becarios son los siguientes: 1. El financiamiento corresponde al 90% del costo total del Programa de Formación, incluido los conceptos de matrícula y arancel, el cual será pagado directamente a la Institución de Formación que imparta dicho programa. El 10% restante del valor del programa deberá ser pagado directamente por el becario a la institución, según el plazo y forma establecida por ésta. La institución formadora no podrá exigir ningún otro pago distinto a este 10% por concepto de matrícula o arancel. 2. Asignación mensual de manutención, por concepto de traslado. Ésta será calculada considerando sólo los meses en los que el programa adjudicado imparta clases presenciales, y de acuerdo a los valores establecidos en la tabla para cálculo de la asignación mensual por concepto de traslado contenida en las bases. Cualquier gasto que exceda los montos de los beneficios señalados en las presentes bases y/o en el convenio será de cargo del becario. Para conocer las obligaciones y retribuciones de esta beca, por favor revisar el apartado X. Qué beneficios y obligaciones tendré como becario? de este manual. 5. Qué duración tiene la beca? La beca tendrá la misma duración que el programa académico respectivo. Esta duración no podrá exceder el plazo de 12 meses para el magíster, 6 meses para el diplomado, 4 meses para el caso de las pasantías y en cuanto a los cursos, no tienen un máximo de duración, sin 7

8 perjuicio de lo anterior, no podrá ser menor a tres meses. Este plazo se cuenta a partir de la fecha de inicio de los estudios en la institución. 6. Por cuantos años se realizará el Plan de Formación de Directores? De acuerdo a lo indicado en el Decreto 44, que determina la forma de ejecución del Plan de Formación de Directores, éste se realizará durante 3 años. Es decir, convocatoria 2011, convocatoria 2012 y convocatoria II. Quiénes pueden postular a la beca? (Para preguntas relacionadas con la elección de los programas de formación, por favor revisar el apartado V. Elección de programas de este Manual) 7. Quiénes pueden postular a la beca? Podrán postular todos los profesionales de la educación y aquellas personas que cumplan con los requisitos en el Art 24, inciso final, del Estatuto Docente (DFL n 1, de 1996 del Mineduc), y que se hayan desempeñado a lo menos durante tres años como profesionales de la educación en establecimientos educacionales al momento de postular. 8. Qué significa cumplir con el Art. 24, inciso final, del DFL n 1, de 1996 del Mineduc, del Estatuto Docente? Significa tener un título profesional o licenciatura de al menos 8 semestres y haber ejercido funciones docentes al menos durante 3 años en un establecimiento educacional. Quienes cumplan con este requisito también podrán incorporarse a la función directiva. 9. Cuáles son los requisitos generales de postulación? Ser chileno/a o extranjero/a con permanencia definitiva en Chile. Ser profesional de la educación o cumplir con lo establecido en el artículo 24, inciso final, del Estatuto Docente, para incorporarse a la función docente directiva. Haberse desempeñado a lo menos durante tres años como profesional de la educación en establecimientos educacionales. No mantener morosidad u obligación pendiente con instituciones públicas derivadas de su situación de becarios. No tener morosidad derivadas del crédito solidario o del crédito con aval del Estado. No encontrarse actualmente formalizado en un proceso penal, ni haber sido condenado por crimen o simple delito. No haber participado, en calidad de becario, del Plan de Formación de Directores, convocatoria 2011 o convocatoria Presentar solo una postulación, con 3 preferencias de programas. 10. Existe límite de edad para postular a la Beca? No existe un límite de edad como requisito para postular a las becas. Sin embargo, al momento de hacerlo debe contemplar que la retribución de la misma, requiere que usted se encuentre laboralmente activo para postular al cargo de director y desempeñar la función durante el 8

9 tiempo requerido en las bases (cuatro años para profesionales que se adjudiquen beca para programas tipo magíster, y dos años para beneficiarios de otras acciones formativas). 11. Qué pasa si postulé y no quedé seleccionado en el proceso anterior, puedo postular en esta convocatoria? Sí, podrá postular en esta convocatoria mientras no haya participado en la calidad de becario en el proceso anterior. III. Cómo y cuándo puedo postular al programa de perfeccionamiento? 12. Dónde puedo retirar las Bases de postulación? Las Bases están disponibles en el sitio web durante todo el proceso de postulación. Además, están disponibles para su retiro, junto con los formularios respectivos, en la Oficina de Partes del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas CPEIP, ubicada en Camino Nido de Águilas N comuna de Lo Barnechea, o en la Oficina de Partes del Ministerio de Educación, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O Higgins N 1371, Santiago. 13. Cuál es el plazo para postular? La postulación tiene una duración de 25 días corridos desde la publicación de las bases, comenzando el día 17 de mayo de 2013 y finalizando el 10 de junio a las 16:00 horas. No se recibirá por ningún medio, documentación, antecedentes y/o información fuera del plazo estipulado. Todas aquellas entregadas fuera del tiempo establecido serán consideradas fuera de bases. 14. Cómo puedo postular? Para postular debe ingresar a la plataforma de postulación, disponible en la página web o En el sitio encontrará un acceso directo a la plataforma de postulación Formación Directores de Excelencia: Postule aquí. Los postulantes deberán completar un formulario en línea y acompañar la información requerida con los documentos solicitados en las bases. 15. Puedo postular por otra vía que no sea la electrónica? En caso que no pueda postular en la plataforma por dificultades o problemas, puede hacerlo presentando los formularios y antecedentes requeridos en papel, adjuntando además un CD con toda la documentación requerida en archivos en formato PDF, DOC o DOCX de no más de kb cada uno. Las postulaciones en papel deberán ser entregadas a más tardar el día 10 de junio a las 16:00 horas, en un sobre cerrado indicando Beca Plan de Formación de Directores, en la siguiente dirección: Oficina de Partes de Camino Nido de Águilas N , comuna de Lo Barnechea, Santiago de Chile o en Avenida Libertador Bernardo O Higgins N 1371, Oficina de Partes. Si se presenta la misma postulación mediante la plataforma y en formato papel, prevalecerá la postulación online y los antecedentes adjuntados a la postulación realizada a través de la 9

10 plataforma. En caso de que las postulaciones sean distintas, se considerarán ambas fuera de bases. 16. Cómo postulo si trabajo en un DAEM o DEM y no tiene RBD? Los postulantes que trabajen actualmente en un Departamento de Administración Educacional Municipal o en un Departamento Educacional Municipal, deberán seleccionar en el campo INSTITUCIÓN EN LA QUE SE DESEMPEÑA ACTUALMENTE, la alternativa de Otra Institución. De acuerdo a esto y a lo estipulado en las bases, el profesional será evaluado con los criterios correspondientes al grupo 4: Criterios de evaluación para Otros Profesionales que no califican en las categorías anteriores. 17. Si mi establecimiento educacional aún no tiene RBD, cómo puedo postular? Para aquellos profesionales cuyos establecimientos educacionales aún no tengan RBD, deberán postular como otra institución debido a que todavía no han obtenido el reconocimiento oficial del Ministerio de Educación. Por lo tanto, de acuerdo a lo estipulado en las bases, el profesional será evaluado con los criterios correspondientes al grupo 4: Criterios de evaluación para Otros Profesionales que no califican en las categorías anteriores. 18. He extraviado mi clave para postular en la plataforma, podrían renviármela? Para recuperar la clave debe ingresar a la plataforma web de postulación y seleccionar la opción " Olvidó su clave?". En esta sección se solicitará el correo electrónico con el que el postulante se registró en la plataforma y se le reenviará a esa misma dirección electrónica la clave de ingreso. IV. Documentos para la postulación a) Consultas generales de los documentos solicitados 19. Qué se entiende por documento original? Es aquel que emitió la autoridad correspondiente para efectos de esta postulación. Para certificar la validez debe estar debidamente firmado y/o timbrado. 20. Qué es una copia legalizada? Corresponde a una copia autorizada ante notario del documento original, en la cual se certifica que la copia es idéntica a la original. 21. Si postulé el año 2011 ó 2012, pero no fui seleccionado, puedo utilizar los mismos documentos que me entregó la Institución donde estudié? Las bases de postulación del año 2013 son diferentes a las de los procesos anteriores, por lo que es necesario que las revise e identifique cuáles son los documentos solicitados para su situación profesional en el proceso actual. Es posible que usted pueda reutilizar algunos documentos como el certificado de título, certificado de licenciatura, certificado de ranking de egreso o concentración de notas. En cuanto a los demás, es recomendable revisar las bases, ya que algunos aspectos de la postulación han sido modificados. 10

11 22. Se requieren documentos originales o pueden ser copias? Los documentos pueden ser originales o copias autorizadas ante notario. Para las postulaciones a través de la plataforma web, deberán presentarse copias escaneadas de los documentos originales o de sus copias autorizada ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, los documentos podrán ser solicitados en su versión original o autorizados ante notario, una vez que el postulante se adjudique la beca. 23. Qué documentos de postulación debo presentar? Cada postulación, ya sea presentada en línea o en papel deberá estar acompañada de todos los documentos. Para las postulaciones en plataforma, deberán presentarse copias escaneadas de los documentos originales o de sus copias autorizadas ante notario. La legalización de los documentos debe ser visible y legible. Sin perjuicio de lo anterior, una vez que el postulante se adjudique una beca, el Ministerio podrá solicitar el original o una copia legalizada de los documentos que se detallan a continuación. Documentos disponibles en la plataforma de postulación i. Formulario de postulación. En dicho formulario el/la postulante deberá indicar una dirección de correo electrónico permanente, personal, para efectos de realizar las comunicaciones que correspondan. Si postula a través de la plataforma, ésta se considerará equivalente al formulario de postulación. El Ministerio de Educación no se hace responsable por cambios de direcciones electrónicas no comunicadas formal y oportunamente. ii. Ensayo del postulante, según formato disponible en la plataforma de postulación o para quienes postulen por papel, dentro del Formulario de Postulación, disponible en sección Documentos. iii. Declaración jurada según formato disponible en la página web y plataforma, el cual contiene el cumplimiento de las obligaciones de no mantener morosidad u obligación pendiente con instituciones públicas derivadas de su situación de becario, como tampoco tener morosidad derivadas del crédito solidario o del crédito con aval del Estado y de no encontrarse actualmente formalizado en un proceso penal, ni haber sido condenado por crimen o simple delito. Además, la declaración debe contener el compromiso de aprobar en tiempo y forma el programa de formación del que participará y una autorización para que la institución en la que cursen su programa de formación pueda compartir información con el Ministerio respecto de sus notas, asistencia y desarrollo del programa que se está cursando. iv. Los postulantes, deberán presentar certificado(s) del(los) empleador(es), según formato disponible en la web, que acredite(n) haberse desempeñado (a la fecha de postulación) por a lo menos 3 años como profesional de la educación en un establecimiento educacional. Se deberán presentar cuantos certificados se requieran para acreditar la experiencia de al menos 3 años. Quienes cumplan con el artículo 24 inciso final, del Estatuto Docente deberán presentar certificado(s) del (de los) empleador(es) que acredite(n) haber ejercido funciones docentes en un establecimiento educacional por al menos 3 años (a la fecha de postulación), según formato disponible en la plataforma de postulación. Se deberán 11

12 presentar tantos certificados como sea necesario para acreditar al menos 3 años de experiencia. v. Quienes declaren ejercer funciones directivas (director(a), subdirector(a) o inspector(a) general), deberán adjuntar, según formato disponible, el formulario que contenga el cargo desempeñado y el establecimiento educacional. Para certificar la validez del documento, éste deberá incluir la firma y el timbre del sostenedor. vi. Los postulantes que no sean actualmente directivos en cualquier tipo de establecimiento ni docentes o jefes UTP o su equivalente del sector municipal, deberán presentar una Evaluación de Desempeño realizada por el director/a del establecimiento educacional donde se desempeñan. Para ello deberán ingresar en el sistema de postulación el nombre y correo electrónico de su director/a, quien recibirá automáticamente una notificación a su correo electrónico en el que se incluirá una dirección (URL) donde se deberá completar y enviar la evaluación. En caso que el/la directora/a también esté postulando en esta convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien continúa en la línea de mando especificando el motivo. Quienes se encuentren actualmente desempleados o se desempeñen en una organización distinta de un establecimiento educacional, deberán presentar una Evaluación de Desempeño realizada por el director/a de la época en que ejercieron el cargo. Para ello deberán ingresar en el sistema de postulación el nombre y correo electrónico del mencionado director/a, quien recibirá automáticamente una notificación a su correo electrónico en el que se incluirá una dirección (URL) donde se deberá completar y enviar la evaluación. En caso que el/la directora/a también esté postulando en esta convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien continuaba en la línea de mando especificando el motivo. vii. A los profesionales que les corresponda solicitar una evaluación del superior jerárquico de acuerdo a lo anteriormente detallado, y que postulen presentando los antecedentes en papel (no por plataforma) deberán enviar los datos de su superior jerárquico vía correo electrónico a formaciondirectores@mineduc.cl para que el CPEIP tome contacto con dicha autoridad y le solicite la evaluación. El postulante deberá enviar la solicitud de evaluación al menos cuatro (4) días hábiles antes del cierre de las postulaciones. viii. Formulario de autorización, según formato disponible en la página web: Otros Documentos a adjuntar en la postulación ix. Copia legalizada del título profesional o certificado de título. En caso de que haya sido obtenido en el extranjero, éste deberá encontrarse debidamente convalidado según los casos, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. x. En el caso de postular a un programa de magíster, el postulante debe además presentar original o copia legalizada del certificado que acredite el grado de licenciado o superior. Lo anterior para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 54, letra d) de la ley General de 12

13 Educación N , cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra en el Decreto con fuerza de Ley N 2 del año 2010 del Ministerio de Educación que en la parte pertinente dispone: Para optar al grado de magíster se requiere tener grado de licenciado o un título profesional cuyo nivel y contenido de estudios sean equivalentes a los necesarios para obtener el grado de licenciado.para acreditar el cumplimiento de esta exigencia será menester adjuntar documento emitido por la institución correspondiente que de cuenta de su observancia. xi. Original o copia legalizada del certificado de ranking de egreso y/o titulación de pregrado donde se expresa explícitamente el lugar que el/la postulante ocupó respecto del total de egresados y/o titulados de su promoción. En caso de no contar con tal certificación, deberá presentar alguno de los siguientes documentos que contengan el promedio final de pregrado: el original o copia legalizada de certificado de concentración de notas; o el título profesional (siempre y cuando contenga el promedio de notas de egreso). Todas las calificaciones deben estar expresadas en escala de 1 a 7; en caso contrario, el/la postulante deberá incluir un certificado emitido por la institución de educación superior de la cual egresó en el que se expliquen las equivalencias. xii. Original o copia legalizada de algún documento que acredite la dirección del postulante. Este certificado debe estar emitido a nombre del postulante por la Junta de Vecinos o por la autoridad y/o persona facultada para otorgarlo, de acuerdo a la normativa vigente. Asimismo se podrá acreditar la residencia por otros medios de prueba, tales como instrumentos públicos o privados, declaraciones de testigos, inspecciones de la autoridad administrativa, informes, etc. xiii. Los postulantes que sean profesionales de la educación y que se encuentren habilitados o autorizados por el Ministerio de Educación, deberán presentar su certificado de habilitación o autorización vigente, otorgado por Mineduc para ejercer la función docente. xiv. Postulantes extranjeros/as con permanencia definitiva en Chile deberán presentar certificado vigente de permanencia definitiva en Chile otorgado por Policía Internacional, el Ministerio del Interior o la autoridad que corresponda de acuerdo a la normativa vigente. 24. Puedo presentar mi postulación si me falta un documento de respaldo? Las postulaciones incompletas, así como aquellas que presenten documentación no solicitada, ilegible, inconsistente, incorrecta o contradictoria, serán declaradas fuera de bases. b) Dificultades con documentos al momento de postular 25. No puedo adjuntar los archivos. Qué puedo hacer? Solicitamos verificar que los documentos estén en el formato indicado en las bases: PDF, DOC o DOCX y no excedan el tamaño señalado: Kb. Además, deberá revisar que la extensión del archivo, es decir,.pdf.doc.docx esté en minúscula. Si la dificultad persiste, recomendamos utilizar un navegador diferente (Internet Explorer, Google Chrome, Firefox, etc.). 13

14 26. Los documentos adjuntados no pueden visualizarse claramente, Perjudica mi postulación esta situación? Sí la perjudica. Los documentos que usted debe adjuntar en su postulación, deben ser claros, legibles y visualizarse de forma completa, de lo contrario serán considerados fuera de bases. c) Consultas según tipo de documento solicitado Declaración Jurada y formulario de autorización 27. La Declaración Jurada y el Formulario de autorización son ante Notario? No. Ambos documentos corresponden a declaraciones simples que sólo necesitan la firma y Rut del postulante. Certificado del empleador (Certificado de experiencia) 28. Se puede modificar el formato del Certificado del empleador (Certificado de experiencia) disponible en la página del CPEIP? El certificado del empleador, no podrá ser remplazado por ningún otro documento ni ser modificado. Se debe adjuntar el documento de acuerdo a lo estipulado en las Bases, esto es, un certificado firmado por el empleador según el formato establecido en la plataforma web o en el sitio sección Documentos. 29. El certificado del empleador (Certificado de experiencia) sólo debe indicar experiencias anteriores? No. Usted deberá presentar tantos certificados se requieran para acreditar la experiencia de al menos 3 años en establecimientos educacionales a la fecha de postulación. Si siempre se ha desempeñado en el establecimiento en el que lo hace actualmente, se debe señalar en el certificado desde qué fecha se desempeña en dicha institución (formato de certificado disponible en la plataforma web y en el sitio sección Documentos). 30. Quién firma el certificado del empleador (Certificado de experiencia)? El certificado debe ser firmado por el empleador conforme al formato disponible en la plataforma web de postulación o en el sitio sección Documentos. 31. A quién corresponde el Empleador? a) Para los postulantes que actualmente trabajan en un establecimiento educacional y no ejercen el cargo de Director, se entenderá como empleador al Director del establecimiento educacional. b) Para los que ejercen el cargo de Director, se entenderá como empleador al Jefe del DAEM, el Director de la Corporación Educacional, o el representante legal de la persona jurídica sostenedora del establecimiento para el caso de establecimientos particulares subvencionados o particulares pagados. 14

15 c) Para los postulantes que actualmente trabajan en otro tipo de instituciones, están desempleados o realizando otro tipo de actividades, el documento deberá ser completado por el Director de un establecimiento educacional en el cual haya trabajado con anterioridad. d) Para los postulantes que actualmente trabajan en otro tipo de instituciones o están desempleados y han ejercido el cargo de director, pero no tienen contrato actual o nombramiento vigente de director, el empleador corresponde a quien fue el sostenedor durante el ejercicio del cargo directivo. Es decir, el jefe del DAEM, al Director de la Corporación o al Representante legal de la persona jurídica sostenedora del establecimiento. e) En cualquiera de los casos anteriores en que el/la directora/a también esté postulando en esta convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien continúa en la línea de mando especificando el motivo (Subdirector >Inspector General >Sostenedor) 32. Si el cargo que ejerce actualmente es de Director, los años de experiencia deben ser en esta misma función o puede ser en otra, por ejemplo docente? No es necesario que sean solamente en funciones directivas. Se deben presentar tantos certificados como sea necesario para acreditar al menos 3 años de experiencia (a la fecha de postulación) como profesional de la educación, lo cual se refiere a funciones docentes, docentes-directivas y/o funciones técnico pedagógicas. Certificado de Directivo 33. Quiénes deben presentar el Certificado de Directivo? Este documento debe ser presentado por todos los profesionales que a la fecha de postulación desempeñan el cargo de Director, subdirector o Inspector general en cualquier tipo de establecimiento educacional. 34. Quién debe firmar el Certificado de Directivo? El documento debe ser completado, firmado y timbrado, por el sostenedor, o quien subrogue, del establecimiento educacional donde se desempeña el postulante Directivo. El formato está disponible en la plataforma web de postulación y en el sitio sección Documentos. El formato del documento no puede ser modificado en ningún aspecto. Certificado de Autorización o Habilitación 35. Si soy profesional de la educación Debo presentar el certificado de habilitación o autorización vigente? Si usted es profesor titulado, NO requiere presentar dicho documento, puesto que no requiere de habilitación o autorización para ejercer. Por el contrario, si el postulante no es profesor titulado y está habilitado o autorizado legalmente para ejercer la función docente, SÍ deberá presentar aquel documento conforme a lo establecido en las Bases de postulación. 15

16 36. Dónde obtengo el certificado de autorización o habilitación docente? El certificado de autorización o habilitación docente lo puede solicitar en el Departamento Provincial de Educación o en la Secretaría Regional Ministerial de la comuna donde usted reside actualmente. Certificados emitidos por la Institución en la que estudié 37. A qué corresponde la copia de un certificado de grado académico? Corresponde a un certificado emitido por la institución académica donde el postulante desarrolló sus estudios, que de cuenta del grado académico. Este documento debe tener timbre y firma del representante de la Universidad, autorizado para su emisión. El grado académico corresponde al de licenciatura, magíster o doctorado. 38. De dónde obtengo los certificados si mi Universidad está cerrada? Si su institución cerró entre los años 1993 y 2012, puede adjuntar el documento de la revocación del reconocimiento oficial de la institución, que se encuentra disponible en la página web del Consejo Nacional de Educación (Educación Superior> Licenciamiento > Instituciones Cerradas), caso en el cual no serán considerados esos antecedentes a efectos de su posterior evaluación. Si su institución cerró antes del año 1993 debe dirigirse a la División de Educación Superior del Ministerio de Educación, pues ellos son los depositarios de los antecedentes curriculares de los alumnos de dichas instituciones. 39. Cuándo es válido el certificado de ranking? Es válido cuando se expresa explícitamente el lugar que el/la postulante ocupó respecto del total de egresados y/o titulados de su promoción 40. Qué pasa si mi institución no emite certificado de ranking? En caso de no contar con tal certificación, el postulante debe presentar alguno de los siguientes documentos, siempre y cuando contenga el promedio final de pregrado: Certificado de Concentración de notas o título profesional. Ensayo del postulante 41. Dónde puedo descargar el formato del ensayo? El formato para el ensayo está disponible en la etapa 4 del sitio web de postulación: ANTECEDENTES MOTIVACIONALES. También se encuentra en el sitio web sección DOCUMENTOS, en el Formulario de postulación a la beca de Formación de Directores Certificado de residencia 16

17 42. Quién debe emitir el certificado de residencia? Este certificado debe estar emitido a nombre del postulante por la Junta de Vecinos o por la autoridad y/o persona facultada para otorgarlo, de acuerdo a la normativa vigente. Asimismo se podrá acreditar la residencia por otros medios de prueba, tales como instrumentos públicos o privados, declaraciones ante notario, inspecciones de la autoridad administrativa, informes, etc. Evaluación de desempeño de superior jerárquico 43. Quién debe evaluarme si mi director también está postulando al Plan? En caso que el/la directora/a también esté postulando en esta convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien continúa en la línea de mando especificando el motivo (Subdirector >Inspector General >Sostenedor) 44. Quiénes deben presentar evaluación de desempeño del superior jerárquico? Los postulantes que ejerzan como docentes en Establecimientos Particulares Subvencionados o de Administración Delegada, y todos aquellos profesionales que no califican en las otras categorías. Ellos deberán presentar una Evaluación de desempeño realizada por el director/a del establecimiento educacional donde se desempeñan. Los postulantes que actualmente están desempleados, realizando otro tipo de actividades o se desempeñan en una institución distinta a un establecimiento educacional, deben presentar una Evaluación de desempeño realizada por el director/a de la época en que trabajó en un establecimiento educacional. 45. Quién me debe evaluar, quién es mi superior jerárquico o jefe directo? Tipo de postulante Docentes que ejercen funciones directivas (Director, Subdirector e Inspector general en ejercicio) Docentes y Jefes UTP o su equivalente, que ejercen en establecimientos educacionales municipales Docentes que ejercen en establecimientos particulares, subvencionados y de administración delegada Quién corresponde que realice la Evaluación de Desempeño No deben presentar Evaluación de Desempeño del Superior Jerárquico No deben presentar Evaluación de Desempeño del Superior Jerárquico El Director del establecimiento educacional donde ejercen sus labores. En caso que el/la directora/a también esté postulando en esta convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien continúa en la línea de mando especificando el motivo (Subdirector > Inspector General > Sostenedor). 17

18 Otros profesionales de la educación, que no califican en las categorías anteriores La evaluación debe ser realizada por el director de alguna de las unidades educativas en que se desempeñó. En caso que el/la directora/a también esté postulando en esta convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien continúa en la línea de mando especificando el motivo (Subdirector > Inspector General > Sostenedor). 46. Si soy director, necesito que me evalúen? No. Sólo deberán presentar está evaluación los postulantes que actualmente no son directivos de establecimientos educacionales, ni docentes o jefes de UTP o su equivalente del sector municipal. 47. Cómo debo presentar mi Evaluación de Desempeño del superior jerárquico? Si la postulación se está realizando a través de la plataforma web, los datos de quien realizará la evaluación deben ser ingresados por el postulante en el mismo sitio para solicitar la evaluación a su jefe directo. Sólo en el caso de postular por papel los profesionales deben enviar los datos del director a formaciondirectores@mineduc.cl, si esta es la situación, el postulante debe enviar la solicitud de evaluación al menos cuatro días hábiles antes del cierre de la postulación. 48. Mi superior jerárquico está con licencia, quién debe realizar mi evaluación de desempeño? Como está estipulado en las bases, los antecedentes de desempeño profesional deben ser aportados por quien desempeña el cargo actualmente. 49. Envié los datos de mi superior jerárquico por correo electrónico al Plan de Formación de Directores, sin embargo, aún no le llega el formulario de evaluación a mi jefe. Qué hago? Aquella información sólo es necesaria para los profesionales que están realizando su postulación por papel. En el caso de que el postulante esté realizando el proceso por plataforma o decida hacerlo así, al ingresar los datos al sitio web, el formulario de evaluación será automáticamente enviado a quien se ha indicado como superior jerárquico. Si usted está realizando su postulación por papel y envío la solicitud de evaluación a formaciondirectores@mineduc.cl y su superior jerárquico no ha recibido la evaluación en 48 horas, sugerimos verificar que el correo haya sido correctamente enviado. V. Elección de programas 50. Cuántos programas de formación debo elegir? Los postulantes deben seleccionar tres (3) programas de formación, los cuales deben ser ingresados en orden de preferencia en el sistema de postulación en línea. La información de dichos Programas (contenidos, objetivos, duración, costos y cobertura) se encontrará 18

19 disponible en el sitio web desde el momento en que se abra el proceso de postulación. Al momento de seleccionar los programas, el postulante declara tener en cuenta las características y/o requisitos para participar en ellos (por ejemplo modalidad, costo, horario, duración, idioma, etc.). En caso que el CPEIP determine durante el proceso de adjudicación que un profesional no cumple con los requisitos para participar de un determinado programa, dicha elección se descartará y sólo se tomarán en consideración las restantes. 51. Cuando debo elegir programas en la etapa 5, no puedo ver algunos de los que me interesa. Qué puedo hacer? Los programas pueden estar orientados a directores, profesionales que no ejercen como director o mixto. Por lo que el sistema de postulación para la selección de los programas opera con filtros, es decir, se despliegan como opción los programas a los que usted puede postular acorde a las categorías mencionadas en la misma postulación web. 52. No encuentro la información de los programas, Dónde puedo revisarla? La información relacionada con los programas de formación está disponible en el sitio web en la sección y en la plataforma de postulación. Para información que no esté contenida en aquel sitio, deberá contactar a la institución. 53. Si soy Director puedo postular a alguno de los programas destinados para otros profesionales? No puede. Si es director sólo puede postular a programas destinados a este grupo de profesionales o a programas mixtos, los cuales incluyen a directores y otros profesionales. Esto se debe a que los contenidos y metodologías han sido diseñados específicamente para responder a las características y necesidades de los profesionales a los cuales se les ofrecen los programas. 54. Soy profesor y no tengo licenciatura, puedo postular a los programas tipo magíster? Para postular a programas de tipo magíster debe presentar el grado académico de licenciado o superior (magíster o doctorado). Lo anterior para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 54, letra d) de la ley General de Educación N , cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra en el Decreto con fuerza de Ley N 2 del año 2010 del Ministerio de Educación que en la parte pertinenete dispone: Para optar al grado de magister se requiere tener grado de licenciado o un título profesional cuyo nivel y contenido de estudios sean equivalentes a los necesarios para obtener el grado de licenciado. Al postular, el profesional deben considerar los requisitos para cada programa (su modalidad, costo, horario, duración, idioma, y otros). En caso de que el postulante no cumpla con los requisitos para participar de un determinado programa al momento de postular, dicha elección se descartará y sólo se tomarán en consideración las restantes. 19

20 VI. Cómo se evaluará a los postulantes y cómo se informará a los seleccionados? 55. Cuáles son los criterios para evaluar las postulaciones? Las postulaciones recibidas que cumplan con los requisitos y la documentación solicitada en las Bases, serán evaluadas por la Comisión de Evaluación y Selección, conformado por la Jefa del CPEIP y miembros designados por ella. Para proceder a la selección de los postulantes, la Comisión utilizará los antecedentes académicos, profesionales y motivacionales de acuerdo a la descripción que se indica en las Bases de postulación. Sin embargo, los indicadores y ponderaciones en el puntaje final difieren entre los grupos de profesionales. Los grupos de profesionales son los siguientes: 1.- Docentes que ejercen funciones directivas: en este grupo pueden postular directores, subdirectores e inspectores generales en ejercicio en cualquier tipo de establecimiento educacional. 2.- Docentes o Jefes UTP o su equivalente en Establecimientos Educacionales Municipales. 3.- Docentes que ejercen en Establecimientos Educacionales Particular Subvencionado o de Administración Delegada. 4.- Otros profesionales de la Educación que no califican en los grupos anteriores. 56. Cómo me informo si he sido seleccionado o seleccionada? Los postulantes que sean seleccionados serán notificados por el CPEIP a través de un correo electrónico dirigido a la dirección electrónica con la cual postuló y a través de una carta certificada dirigida al domicilio señalado por el postulante en el formulario de postulación. Los resultados y la nómina de los seleccionados para el Plan de Formación de Directores, también se comunicará a través del sitio web Si he sido seleccionado, cuánto tiempo tengo para aceptar o rechazar la beca? Los seleccionados tendrán un plazo de 5 días corridos, a contar de la notificación, para informar al CPEIP la aceptación o el rechazo de la Beca. Dicha comunicación deberá efectuarse por correo electrónico, a la casilla formaciondirectores@mineduc.cl, o en su defecto, por comunicación escrita dirigida al domicilio del CPEIP. Es fundamental que usted esté atento a la publicación de los seleccionados en y que se asegure de que su aceptación o rechazo sea recibida dentro del plazo. En caso de que el seleccionado no comunique su aceptación o rechazo en el plazo establecido, se asumirá como si el postulante renuncia a la beca. En caso que el postulante rechace la opción para la cual fue seleccionado, podrá solicitar quedar en lista de espera de los otros programas que postuló. Sin en dicho caso no se genera una vacante, la persona perderá la beca originalmente adjudicada. 20

21 VII. Una vez seleccionado, cómo se firma el convenio? 58. Debo firmar algún convenio? Sí, deberá firmar un convenio de beca con el Ministerio de Educación, a través del CPEIP de acuerdo a los términos establecidos en las Bases. En el convenio, se establecerán los derechos y obligaciones que tendrán las partes. Estos también se encuentran mencionados de manera general en las Bases de postulación. 59. Si adjudico la beca, debo firmar algún documento como garantía? Sí. El becario deberá suscribir un pagaré, en garantía por el valor total de los beneficios otorgados por esta beca. Dicho pagaré será proporcionado por el Ministerio de Educación y deberá ser firmado ante notario público. VIII. Qué beneficios y obligaciones tendré como becario? 60. Cuáles son las obligaciones que asumo como becario durante la duración de mi programa de formación? Serán obligaciones del/la becario/a, las siguientes: a) Pagar la parte del costo total del programa que no es cubierta por la beca, en la forma y plazo establecido por la Institución de Formación (10% del valor del programa). b) Iniciar el Programa de Formación en la fecha establecida por el Plan de Formación de Directores. c) Cumplir con los requerimientos exigidos por la Institución que imparta el programa de formación, los cuales serán establecidos en los respectivos convenios. d) Aprobar en tiempo y forma el programa de formación del que participen. e) Mantener la calidad de alumno/a regular y la continuidad en los estudios durante el período establecido por el Plan de Formación de Directores para su Programa. Cualquier cambio en esta situación deberá ser informado por escrito a CPEIP en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde el cese de la calidad señalada. Toda interrupción de estudios deberá realizarse por causa debidamente justificada. En el caso de interrupción de los estudios, el Ministerio determinará en forma fundada si suspende o pone término anticipado al convenio de beca; para estos efectos el Ministerio podrá poner término anticipado a la beca, pudiendo hacer efectivo el pagaré o solicitar la devolución de los recursos entregados, conforme a lo estipulado en el convenio de beca. f) No se aceptarán cambios, sean éstos de Institución Formadora y/o Programa. En caso que el becario decida cambiar de programa y/o institución, el Ministerio pondrá término anticipado a la beca. En estos casos, el Ministerio estará facultado para hacer efectivo el pagaré o solicitar la devolución de los recursos entregados, conforme a lo estipulado en el convenio de beca. g) Utilizar los beneficios de la beca únicamente para el Programa seleccionado por el becario en el Convenio. h) Participar de las actividades de promoción y/o divulgación del Plan de Formación de Directores, cuando sea solicitado por el Ministerio. 21

22 i) Acreditar la obtención del grado académico, certificación u otro equivalente, según corresponda, así como el cumplimiento de sus obligaciones, una vez finalizada la Beca y de acuerdo a los plazos y condiciones señalados en los respectivos convenios de Becas. En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones precedentemente descritas, sin causa justificada, el Ministerio estará facultado para terminar anticipadamente la beca y exigir la restitución total de los beneficios económicos entregados, según DS 44 del 2011 del Mineduc. Las obligaciones del becario, están detalladas en el punto 14 (obligaciones generales del/de la becario/a) de las bases del presente concurso. 61. En qué condiciones administrativas contractuales asistirían los becarios a las actividades del programa adjudicado? Las condiciones contractuales de los becarios dependerán únicamente del acuerdo entre éste y su empleador. Cabe recordar que los Programas de Formación que son parte del Plan de Formación de Directores de Excelencia se dictan en horarios flexibles. 62. Cuándo recibo la asignación de manutención (por concepto de traslado)? Sólo se pagará la primera cuota de esta asignación una vez que el convenio entre el Ministerio y el becario se encuentre totalmente tramitado. 63. Cómo recibo la asignación de manutención (por concepto de traslado)? El pago se realizará en 3 cuotas en el caso que la duración del programa de estudios sea de 12 meses. En 2 cuotas si la duración es menor a 12 meses e igual o superior a 6 meses, y en 1 cuota tratándose de programas de duración inferiores a 6 meses. En todo caso, el pago podrá ser diferido en relación al tiempo en que efectivamente el becario incurrió en el gasto. 64. Cuáles son las condiciones de retribución de la beca? Una vez finalizada su participación en un programa de formación, los beneficiarios tendrán las siguientes obligaciones de retribución: a) Deberán postular y completar a lo menos 3 procesos de postulación para el cargo de director de un establecimiento educacional, regido por el DFL N 2, de 1998, del Ministerio de Educación y por el Decreto Ley N 3.166, de 1980, en un plazo máximo de 5 años, contados desde el egreso del becario del programa de formación. En caso de quedar seleccionado, el beneficiario deberá ejercer dicho cargo por un período mínimo de 4 años en el caso de los beneficiarios de magíster, y de 2 años en el caso de los beneficiarios de otras acciones formativas. b) Si no queda seleccionado para el cargo de director, deberán postular y completar a lo menos 3 procesos de postulación para ejercer una función docente, docente-directiva o técnico-pedagógica en un establecimiento de educación regido por el DFL N 2, de 1998, del Ministerio de Educación y por el Decreto Ley N 3.166, de En el caso de los beneficiarios de magíster, esta obligación tendrá una vigencia de al menos 4 años luego de terminados los procesos de postulación al cargo de director. En el caso de 22

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