REGLAMENTO PARA LA CONCESIÓN DE MEDALLAS Y OTRAS DISTINCIONES HONORÍFICAS DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA
|
|
- Rocío Soriano Montes
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAMENTO PARA LA CONCESIÓN DE MEDALLAS Y OTRAS DISTINCIONES HONORÍFICAS DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (Aprobado en sesión de la Junta de Gobierno de 29 de abril de 1994 y en sesión ordinaria del Claustro Universitario de 6 de julio de 1994; modificado en sesión ordinaria de 24 de mayo de 1999 [las modificaciones introducidas en esta última sesión citada figuran en este texto en negrita, y se procede a renumerar el articulado] El artículo 58 de los Estatutos de la Universidad de Granada, en su apartado n) atribuye al Claustro de la misma la función de reglamentar las condiciones y circunstancias en las que se deben conceder los premios, distinciones y honores de la Universidad. En cumplimiento de dicho mandato y teniendo en cuenta que por Orden de 23 de diciembre de 1970 (BOE nº 56, de ) se creó la Medalla de la Universidad de Granada, el Claustro Universitario en su sesión del día 6 de Julio de 1994, visto el informe favorable de la Junta de Gobierno emitido en su sesión del día 29 de Abril de 1994, ha resuelto aprobar el presente Reglamento para la concesión de distinciones en la Universidad de Granada. Artículo 1º.- La Universidad de Granada podrá conceder las siguientes distinciones: - Medalla de oro Carlos V - Universidad de Granada - Medalla de oro de la Universidad de Granada - Medalla de plata de la Universidad de Granada - Mención de jubilación o fallecimiento - Menciones especiales Dichas distinciones se concederán con arreglo al procedimiento que se establece en este Reglamento
2 MEDALLA DE ORO CARLOS V - UNIVERSIDAD DE GRANADA Artículo 2º.- La Medalla de oro Carlos V - Universidad de Granada se crea para ser otorgada como máximo honor de la Institución a aquellas personalidades o entidades de la mayor relevancia internacional que, sin un carácter académico específico, estén vinculadas a la construcción de la idea universal del entendimiento entre los pueblos y la valorización de los más altos ideales de tolerancia y solidaridad. Artículo 3º.- La Medalla, que se acuñará en oro, se destinará a las personas o entidades que hayan destacado de modo sobresaliente, tanto en los ámbitos nacionales como internacionales, en llevar a efecto las ideas expresadas en el artículo anterior. Artículo 4º.- La Medalla será de forma redonda y contendrá en el anverso el tradicional escudo de la Universidad de Granada, y el reverso recreará la efigie del Emperador Carlos V inspirada en el cuadro de Tiziano de título "La Batalla de Mülberg" junto con el año de otorgamiento signado en números romanos y el nombre de la persona o entidad a quien se otorga. Artículo 5º.- La concesión se hará por la Junta de Gobierno de la Universidad de Granada a propuesta del Rector y será ratificada por el Claustro Universitario. Artículo 6º.- La Secretaría General abrirá un libro de registro en el que constarán numeradas las Medallas Carlos V - Universidad de Granada que se concedan. MEDALLA DE ORO DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA Artículo 7º.- La Medalla de oro de la Universidad de Granada se crea para hacer patente el reconocimiento de la Universidad a personas físicas o Entidades nacionales o extranjeras, cuya labor en pro de la Universidad o de la cultura, en general, les haga acreedores de ella. En el caso de personas físicas podrá concederse a título póstumo. Artículo 8º.- La Medalla, que se acuñará en oro, se destinará a las personas físicas de sobresaliente prestigio, nacional o internacional, en el campo de la enseñanza e investigación y a aquellas personas o Entidades que hayan prestado extraordinarios servicios a la Universidad de Granada
3 Artículo 9º.- La Medalla será de forma redonda, de cuatro centímetros de diámetro, con una anilla o eslabón en la parte superior y contendrá en el anverso el escudo de la Universidad con la siguiente inscripción: VNIVERSITAS GRANATENSIS 1531, y en el reverso una orla de laurel con espacio libre en el centro para la inscripción de la persona o Entidad a quien se otorga. [Artículo 4. Estatutos Escudo y Sello El Escudo y Sello de la Universidad de Granada es el de su fundador, el Emperador Carlos V, circundado por la siguiente leyenda: VNIVERSITAS GRANATENSIS 1531.)] Artículo 10º.- La concesión se hará por la Junta de Gobierno de la Universidad, a propuesta del Rector o de un quince por ciento de los Claustrales o de miembros de la Junta de Gobierno. Se extenderá un Diploma acreditativo de la concesión que irá firmado por el Rector y el Secretario General. Artículo 11º.- A la propuesta deberá acompañarse una Memoria en la que se expongan los méritos y circunstancias que concurran en la persona o Entidad que motivan la concesión. Artículo 12º.- La concesión será notificada a la persona o Entidad mediante oficio del Secretario General. La Secretaría General abrirá un Libro Registro en el que constarán numeradas las Medallas de la Universidad que se concedan a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento. Artículo 13º.- La imposición de la Medalla deberá hacerse en acto académico solemne o con motivo de la apertura del curso. MEDALLA DE PLATA DE LA UNIVERSIDAD Artículo 14º.- La Junta de Gobierno podrá conceder a aquellos Profesores y miembros del Personal de Administración y Servicios, con veinticinco años de servicios prestados a la Universidad de Granada, la Medalla de plata de esta Universidad. Artículo 15º.- La Medalla será de las mismas características que la Medalla de oro de la Universidad, con la salvedad de que será acuñada en plata
4 Artículo 16º.- El expediente para la concesión de esta Medalla se iniciará a partir del momento en que el Servicio de Personal comunique a Secretaría General que se han alcanzado los años de servicio necesarios para ello. El Servicio de Personal dirigirá comunicación a la Secretaría General en la que, necesariamente, se harán constar los siguientes extremos: a) Fecha en que ingresó oficialmente por concurso-oposición o contrato en la Universidad de Granada. b) Si ha tenido alguna interrupción en el servicio activo a la Universidad y por qué causa. c) Total de años de servicio activo en la Universidad de Granada. d) Si ha desempeñado algún cargo directivo en la Universidad de Granada y tiempo que lo hizo. e) Si ha tenido alguna actuación o servicio distinguido. f) Si hay alguna nota desfavorable en su expediente. Artículo 17º.- Recibida la comunicación del Servicio de Personal, y comprobado que no existe nota desfavorable alguna en el expediente, el Secretario General elevará, en su caso, propuesta de concesión a la Junta de Gobierno, quien acordará la concesión de la medalla, mediante los procedimientos de toma de acuerdos de dicho Organo. Artículo 18º.- La imposición de la Medalla de plata de la Universidad de Granada se hará durante el acto de apertura de curso a todos aquellos a los que se les conceda durante el curso académico precedente. Artículo 19º.- Junto con la Medalla se expedirá un Diploma firmado por el Secretario General y el Rector acreditativo de la concesión. La Secretaría General abrirá un Libro Registro en el que constarán numeradas las Medallas de plata que se concedan a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento. MENCION DE JUBILACION O FALLECIMIENTO Artículo 20º.- A todos aquellos miembros del Profesorado y del Personal de Administración y Servicios que se jubilen o fallezcan, se les expedirá una Mención firmada por el Secretario General y el Rector en forma de Diploma, en el que constarán los servicios prestados a la Universidad de Granada. Artículo 21º.- La Mención será entregada a todos aquellos que se jubilen en el Curso precedente, durante el Acto de apertura de cada curso académico
5 MENCIONES ESPECIALES Artículo 22º.- Junto con las distinciones a que se refieren los artículos anteriores, el Rectorado de la Universidad de Granada podrá conceder Menciones especiales a personas o Entidades de especial relevancia social o que sean protagonistas de acontecimientos con una importante repercusión social o universitaria. Dichas Menciones tendrán la forma de Diploma y junto con ellas se entregará una reproducción del Escudo de la Universidad, en actos específicamente organizados a tal fin. De la concesión de dichas Menciones especiales deberá darse cuenta por el Rector a la Junta de Gobierno en la primera sesión ordinaria que esta celebre. La distinción "Estrella de las Nieves" constituye una Mención Especial que se concede a personas o entidades que se hayan distinguido en sus actividades desarrolladas en el ámbito de Sierra Nevada y, por extensión, en la naturaleza andaluza, así como en actividades relacionadas con el mundo del deporte. Dicha distinción tendrá la forma de broche y representará, en plata, la planta endémica de Sierra Nevada Plantago nivalis ("Estrella de las Nieves"). DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- A partir de la aprobación por el Claustro Universitario del presente Reglamento, los Centros Universitarios deberán adaptar su normativa interna de concesión de Medallas y otras Distinciones a lo señalado en el mismo, en el plazo máximo del siguiente curso académico
REGLAMENTO DE DISTINCIONES HONORÍFICAS DE LA FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (Aprobado en Junta de Facultad de 17 de mayo de 2016)
REGLAMENTO DE DISTINCIONES HONORÍFICAS DE LA FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (Aprobado en Junta de Facultad de 17 de mayo de 2016) Las distinciones honoríficas de la Facultad de Medicina
Más detallesReglamento de Medallas y otras Distinciones de la Universidad de Córdoba (Aprobado por la Junta de Gobierno celebrada el día 16/01/2001)
Reglamento de Medallas y otras Distinciones de la Universidad de Córdoba (Aprobado por la Junta de Gobierno celebrada el día 16/01/2001) PREÁMBULO. Los Estatutos provisionales de la Universidad de Córdoba,
Más detallesREGLAMENTO SOBRE HONORES Y DISTINCIONES DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
REGLAMENTO SOBRE HONORES Y DISTINCIONES DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA (Aprobado por el Consejo de Gobierno el 6 de abril de 2006 y modificado en Consejo de Gobierno de 2 de febrero de 2012) EXPOSICIÓN
Más detallesREGLAMENTO DEL ILTRE. COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES DE ZAMORA, SOBRE HONORES, RECOMPENSAS Y DISTINCIONES.
REGLAMENTO DEL ILTRE. COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES DE ZAMORA, SOBRE HONORES, RECOMPENSAS Y DISTINCIONES. El Iltre. Colegio Oficial de Graduados Sociales de Zamora, se rige por los Estatutos Generales
Más detallesREGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS
REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS (Aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 4 de mayo de 2005 BOUBU núm. 1, de 26/05/2005 modificado por el Consejo de Gobierno
Más detallesREGLAMENTO DE DISTINTIVOS HONORÍFICOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID
REGLAMENTO DE DISTINTIVOS HONORÍFICOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID (Aprobado por Junta de Gobierno de 28 de noviembre de 2000, BOCyL nº 243, de 19 de diciembre, modificado por acuerdos de la Comisión
Más detallesREGLAMENTO DE HONORES Y RECOMPENSAS DEL EXCMO. COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES DE CADIZ Y CEUTA
REGLAMENTO DE HONORES Y RECOMPENSAS DEL EXCMO. COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES DE CADIZ Y CEUTA Preámbulo.- Se dicta el presente reglamento en desarrollo de lo establecido en el artículo 8 de la
Más detallesIlustre Colegio Oficial de Graduados Sociales de Álava Arabako Graduatu Sozialen Kolegio Oficial Prestua
Ilustre Colegio Oficial de Graduados Sociales de Álava Arabako Graduatu Sozialen Kolegio Oficial Prestua REGLAMENTO DE HONORES Y RECOMPENSAS DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES DE ÁLAVA.
Más detallesREGLAMENTO DE RECONOCIMIENTOS, HONRAS Y CONDECORACIONES, DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE AGRUPACIONES Y ASOCIACIONES DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL
REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTOS, HONRAS Y CONDECORACIONES, DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE AGRUPACIONES Y ASOCIACIONES DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL DE ESPAÑA (ANAV PROTECCIÓN CIVIL) 1 INDICE CONTENIDO
Más detallesREGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN
REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Diputación Provincial de Jaén manifiesta su deseo de contar con un cauce reglamentario que permita expresar
Más detallesREGLAMENTO PARA LA CONCESIÓN DEL TÍTULO DE DOCTOR HONORIS CAUSA POR LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID
REGLAMENTO PARA LA CONCESIÓN DEL TÍTULO DE DOCTOR HONORIS CAUSA POR LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobado en Consejo de Gobierno de 14 de marzo de 2014) El título de Doctor Honoris Causa constituye
Más detallesREGLAMENTO SOBRE HONORES Y DISTINCIONES DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE, DE SEVILLA CAPÍTULO PRIMERO HONORES Y DISTINCIONES
REGLAMENTO SOBRE HONORES Y DISTINCIONES DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE, DE SEVILLA La función institucional de la Universidad requiere que se prevean los medios a través de los cuales puedan reconocerse
Más detallesREGLAMENTO PARA LA CONCESIÓN DE HONORES Y DISTINCIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA
REGLAMENTO PARA LA CONCESIÓN DE HONORES Y DISTINCIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO REGLAMENTO PARA LA CONCESIÓN DE HONORES Y DISTINCIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO TÍTULO I. DE LAS DISTINCIONES HONORÍFICAS MUNICIPALES
Más detallesREGLAMENTO ESPECIAL DE HONORES Y DISTINCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALMADEN CAPITULO PRIMERO
REGLAMENTO ESPECIAL DE HONORES Y DISTINCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALMADEN Artículo 1.-Fundamento y naturaleza.- CAPITULO PRIMERO En uso de las facultades concedidas por los artículos 137 y 140 de la Constitución,
Más detallesNCG68/1: Reglamento para la concesión del título de Doctor Honoris Causa por la Universidad de Granada
Boletín Oficial de la Universidad de Granada nº 68. 13 de febrero de 2013 NCG68/1: Reglamento para la concesión del título de Doctor Honoris Causa por la Universidad de Granada Aprobado en la sesión ordinaria
Más detallesNORMATIVA DE CONCESIÓN DE DISTINCIONES DE LA U.P.M.
El Consejo de Gobierno de la Universidad Politécnica de Madrid, en su sesión del 1 de julio de 2005, a propuesta de la Comisión de Distinciones, aprobó la siguiente Normativa para la Concesión de Distinciones
Más detallesREGLAMENTO DE RECONOCIMIENTOS, HONRAS Y CONDECORACIONES, DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE AGRUPACIONES Y ASOCIACIONES DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL
REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTOS, HONRAS Y CONDECORACIONES, DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE AGRUPACIONES Y ASOCIACIONES DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL (ANAV-PROTECCIÓN CIVIL) 1 INDICE CONTENIDO PÁGINA Introducción.
Más detallesNORMATIVA SOBRE LA CONCESIÓN DEL DOCTORADO HONORIS CAUSA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID
NORMATIVA SOBRE LA CONCESIÓN DEL DOCTORADO HONORIS CAUSA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID (Aprobada por el Consejo de Gobierno de 25-11-2010) 1 NORMATIVA SOBRE LA CONCESIÓN DEL DOCTORADO HONORIS
Más detallesREGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE PROFESORES UNIVERSITARIOS DE CONTABILIDAD (ASEPUC)
REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE PROFESORES UNIVERSITARIOS DE CONTABILIDAD (ASEPUC) PREÁMBULO En ocasiones se hace aconsejable destacar ciertos méritos relevantes contraídos
Más detallesREGLAMENTO PARA LA CONCESIÓN DE DE HONORES Y DISTINCIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OVIEDO CAPITULO PRIMERO
REGLAMENTO PARA LA CONCESIÓN DE DE HONORES Y DISTINCIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OVIEDO CAPITULO PRIMERO De los Honores del Ayuntamiento Artículo 11. 1. Los Honores que el Ayuntamiento de Oviedo podrá
Más detallesReglamento de Recompensas Federación Española de Taekwondo Página 1
REGLAMENTO DE RECOMPENSAS Reglamento de Recompensas Federación Española de Taekwondo Página 1 ÍNDICE PREÁMBULO. Capítulo I RECOMPENSAS Capítulo II RECONOCIMIENTO DE GRADOS. Capítulo III ÓRGANOS PARA LA
Más detallesNORMATIVA RFETA Nº 10/04 RECOMPENSAS HONORÍFICAS
NORMATIVA RFETA Nº 10/04 RECOMPENSAS HONORÍFICAS 30/10/2010 RECOMPENSAS RFETA Las recompensas que otorga la RFETA, anualmente, son:! Medalla de Oro! Arquero de Honor! Insignia de Oro y Brillantes! Arco
Más detallesConcejo Deliberante de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca
SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 07 de Agosto de 2003.- EL CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA LA SIGUIENTE O R D E N A N Z A CAPITULO I: RECONOCIMIENTOS Y DISTINCIONES ARTICULO 1º.- DISTINCIONES. Se instituyen
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Ley 3/1985, de 22 de marzo, de la Medalla de la Comunidad de Madrid.
Ley 3/1985, de 22 de marzo, de la Medalla de la Comunidad de Madrid. Comunidad de Madrid «BOCM» núm. 71, de 25 de marzo de 1985 «BOE» núm. 172, de 19 de julio de 1985 Referencia: BOE-A-1985-15029 TEXTO
Más detallesPersonal de Administración y Servicios REGLAMENTO DE DISTINCIONES. Universidad de Salamanca
Personal de Administración y Servicios REGLAMENTO DE DISTINCIONES Universidad de Salamanca Capítulo I. Disposiciones generales Artículo 1º. Objeto. Este Reglamento tiene por objeto determinar las modalidades
Más detalles2.16. relieve en el campo de la educación, la ciencia o la cultura. (cfr. E. O. Artº 6,3).
El Consejo Universitario de la Universidad Católica Andrés Bello, en uso de las atribuciones que le confiere el Estatuto Orgánico, dicta el siguiente: REGLAMENTO DE DISTINCIONES HONORÍFICAS TITULO I DISPOSICIONES
Más detallesNORMATIVIDAD ACADÉMICA DE LA UNAM MÉRITO UNIVERSITARIO REGLAMENTO DEL RECONOCIMIENTO AL MÉRITO UNIVERSITARIO
NORMATIVIDAD ACADÉMICA DE LA UNAM MÉRITO UNIVERSITARIO REGLAMENTO DEL RECONOCIMIENTO AL MÉRITO UNIVERSITARIO CAPÍTULO I (Los artículos 1o. al 16 quedaron unificados en la sesión del Consejo Universitario
Más detallesNCG64/1: Normativa reguladora de la figura de Profesor Emérito en la Universidad de Granada (adaptación a la Ley 12/2011)
Boletín Oficial de la Universidad de Granada nº 64. 28 de septiembre de 2012 NCG64/1: Normativa reguladora de la figura de Profesor Emérito en la Universidad de Granada (adaptación a la Ley 12/2011) Aprobado
Más detalles7.7. REGLAMENTO DE DISTINCIONES HONORÍFICAS
Consejo Académico: Reunión 319 14 de noviembre de 2002 Consejo Superior: Reunión 177 20 de mayo de 2003 7.7. REGLAMENTO DE DISTINCIONES HONORÍFICAS De los objetivos Artículo 1. El presente Reglamento establece
Más detallesReglamento para otorgar el Reconocimiento al Mérito Universitario. Aprobado el 27 de noviembre de 2013
Reglamento para otorgar el Reconocimiento al Mérito Universitario Aprobado el 27 de noviembre de 2013 Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León Reglamento para otorgar el Reconocimiento
Más detallesReglamento de honores y distinciones de la UOC
Reglamento de honores y distinciones de la UOC Aprobado por el Comité de Dirección Ejecutivo el 4 de noviembre de 2013 2 Sumario TÍTULO I. De los doctorados honoris causa de la Universitat Oberta de Catalunya....
Más detalles2013, AÑO DE LA SALUD EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR. 2013, AÑO DEL CENTENARIO DEL INICIO DE LA REVOLUCIÓN MEXICANA EN BAJA CALIFORNIA SUR.
2013, AÑO DE LA SALUD EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR. 2013, AÑO DEL CENTENARIO DEL INICIO DE LA REVOLUCIÓN MEXICANA EN BAJA CALIFORNIA SUR. DIP. ADELA GONZÁLEZ MORENO PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA
Más detallesMEDALLA AL MÉRITO DE LA PROTECCIÓN CIVIL
MEDALLA AL MÉRITO DE LA PROTECCIÓN CIVIL DEPENDIENTE DE: DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL 1 A n t o n i o P r i e t o B a r r i o a p r i e t o b @ g m a i l. c o m Orden de 13 de abril de 1982 (BOE
Más detallesUNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO Campus Manuel Haz Álvarez SECRETARIA GENERAL
REGLAMENTO PARA OTORGAR GALARDONES Y MERITOS UNIVERSITARIOS Aprobado mediante resolución Décima Tercera de sesión de Consejo Universitario de fecha 6 de Abril del 2010; 1 REGLAMENTO PARA OTORGAR GALARDONES
Más detallesMEDALLA AL MÉRITO DE LA PROTECCIÓN CIVIL LEGISLACIÓN Y NORMATIVA. Antonio Prieto Barrio. c o n d e c o r a c i o n e s
c o m p e n d i o l e g i s l a t i v o de c o n d e c o r a c i o n e s e s p a ñ o l a s Antonio Prieto Barrio MEDALLA AL MÉRITO DE LA PROTECCIÓN CIVIL LEGISLACIÓN Y NORMATIVA D I R ECCIÓN GENERAL DE
Más detallesReglamento para la concesión de premios extraordinarios de Fin de Titulación de la Universidad de La Laguna
Reglamento para la concesión de premios extraordinarios de Fin de Titulación de la Universidad de La Laguna (Aprobado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno celebrada el 26 de noviembre de 2014)
Más detallesReal Federación Española de Motonáutica. REGLAMENTO de PREMIOS
REGLAMENTO de PREMIOS 1 Artículo 1 Por el presente Reglamento establece el régimen de distinciones que otorga la Real Federación Española de Motonáutica, en forma de premios. Artículo 2 Pueden ser objeto
Más detallesReglamento General de Titulación: Preparatoria Técnica, Técnico, Técnico Superior Universitario, Profesional Asociado y Licenciatura
Reglamento General de Titulación: Preparatoria Técnica, Técnico, Técnico Superior Universitario, Profesional Asociado y Licenciatura Aprobado el 17 de junio de 2008 Reglamento General de Titulación: Preparatoria
Más detallesREGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- La Federación Canaria de Municipios (FECAM), a través del presente reglamento, regula los distintivos y nombramientos
Más detallesREGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CONSUEGRA (TOLEDO)
REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CONSUEGRA (TOLEDO) Capítulo I DE LOS HONORES DEL AYUNTAMIENTO Artículo 1. Los honores que el Ayuntamiento de Consuegra podrá conferir para
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones
Ley 4/1986, de 15 de mayo, reguladora de los honores y distinciones del Principado de Asturias. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias «BOPA» núm. 125, de 30 de mayo de 1986 «BOE» núm. 153, de 27
Más detallesREGLAMENTO DE HONORES DEL AYUNTAMIENTO DE CABRALES
REGLAMENTO DE HONORES DEL AYUNTAMIENTO DE CABRALES CAPITULO I De los honores del Ayuntamiento Articulo 1. 1. Los honores que el Ayuntamiento de Cabrales podrá conferir para premiar especiales merecimientos
Más detallesReglamento del Día de la Policía Local y de Distinciones por Actuaciones Meritorias en materia de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Coslada
APROBACIÓN INICIAL: PLENO DE 15 DE ABRIL DE 2005 PUBLICACIÓN EXPOSICIÓN PUBLICA: BOCM 22/04/2005 PUBLICACIÓN TEXTO ÍNTEGRO EN BOCM: BOCM 02/07/2005 Nº 156. Reglamento del Día de la Policía Local y de Distinciones
Más detallesExposición de Motivos:
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N 1980, Ordinaria, realizada el día siete del mes de octubre
Más detallesREGLAMENTO DE CONDECORACIONES DE LA POLICÍA LOCAL DE ARGANDA DEL REY BOC 14/10/2010
REGLAMENTO DE CONDECORACIONES DE LA POLICÍA LOCAL DE ARGANDA DEL REY BOC 14/10/2010 Exposición de motivos El vigente Acuerdo de funcionarios 2008/2011, del Ayuntamiento de Arganda del Rey, establece en
Más detallesLA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E C R E T A:
DECRETO NÚMERO: 296 POR EL QUE SE DECLARA EL 30 DE JULIO, DIA ESTATAL DE LA CULTURA MAYA Y SE INSTITUYE LA MEDALLA AL MÉRITO INDÍGENA MAYA CECILIO CHI. LA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
Más detallesNORMATIVA REGULADORA DEL PROFESORADO EMERITO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE EXPOSICION DE MOTIVOS
NORMATIVA REGULADORA DEL PROFESORADO EMERITO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE EXPOSICION DE MOTIVOS I La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de
Más detallesREGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LA MEDALLA BENIGNO CARMONA
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LA MEDALLA BENIGNO CARMONA FEDERACIÓN DE COLEGIOS DE VALUADORES, A.C. Reglamento para el otorgamiento de la medalla Benigno Carmona Reglamento para el otorgamiento de
Más detallesREGLAMENTO PARA LA CONCESION DE DISTINCIONES Y PREMIOS DE LA FEDERACION DE ATLETISMO MADRID
REGLAMENTO PARA LA CONCESION DE DISTINCIONES Y PREMIOS DE LA FEDERACION DE ATLETISMO MADRID El presente Reglamento tiene como finalidad la de regular las Distinciones y Premios con los que la Federación
Más detalles1 Reglamento para conferir honores y distinciones por parte de la Universidad de Costa Rica Consejo Universitario - Unidad de Información
REGLAMENTO PARA CONFERIR HONORES Y DISTINCIONES POR PARTE DE LA UNIVERSIDAD DE COSTA RICA (Aprobado en la sesión 3061-02, 07/02/1984. Publicado en el Alcance a La Gaceta Universitaria 01-84, 10/02/1984.
Más detallesAYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA. Secretaría General.
DILIGENCIA: La extiendo yo, el Vicesecretario General, para hacer constar que el presente Reglamento de Honores y Distinciones del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, ha sido aprobado inicialmente
Más detallesPROTOCOLO DE ACTUACIÓN Y SEGUIMIENTO
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN Y SEGUIMIENTO 1. Introducción 2. Distinciones y reconocimientos 3. Grupos de interés 1. Consejo de Administración 2. Empleados 3. Jugadores 4. Socios 5. Peñas 6. Otros Sirva el presente
Más detallesPUBLICADO EN LA GACETA DEL ESTADO NÚM. EXT. 340 DE FECHA 2 DE NOVIEMBRE DE 2009.
PUBLICADO EN LA GACETA DEL ESTADO NÚM. EXT. 340 DE FECHA 2 DE NOVIEMBRE DE 2009. SERVICIOS DE SALUD DE VERACRUZ COMISIÓN PERMANENTE DE ENFERMERÍA DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE C O N S I
Más detallesC O N S I D E R A N D O
ARMANDO ALEJANDRO RIVERA CASTILLEJOS, Presidente Municipal de Querétaro, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 31 fracción I y 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro,
Más detallesDECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA "ORDEN DEL DOS DE MAYO" DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y SE REGULAN LOS CORRESPONDIENTES HONORES Y DISTINCIONES.
DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA "ORDEN DEL DOS DE MAYO" DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y SE REGULAN LOS CORRESPONDIENTES HONORES Y DISTINCIONES. DECRETO 91/2006, de 2 de noviembre, del Consejo de Gobierno,
Más detallesDECRETO MUNICIPAL N 58
LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Presidente Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Ahome, Estado de Sinaloa, República Mexicana, a sus habitantes hace saber. Que el H. Ayuntamiento de Ahome, por conducto
Más detallesExposición de Motivos:
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N 1535, Ordinaria, realizada el día diecinueve de mayo del
Más detallesUNIVERSIDAD DEL VALLE DE GUATEMALA REGLAMENTO DE DISTINCIONES
UNIVERSIDAD DEL VALLE DE GUATEMALA REGLAMENTO DE DISTINCIONES Guatemala, 8 de diciembre de 2010 UNIVERSIDAD DEL VALLE DE GUATEMALA REGLAMENTO DE DISTINCIONES EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD DEL
Más detallesREGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE, MUY ANTIGUA Y MUY LEAL CIUDAD DE TORO.
Excmo. Ayuntamiento De Toro (Zamora) REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE, MUY ANTIGUA Y MUY LEAL CIUDAD DE TORO. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Excelentísimo Ayuntamiento
Más detallesPS-07. EVALUACIÓN, RECONOCIMIENTO Y PROMOCIÓN DEL PERSONAL
Página 1 de 7 PS-07. EVALUACIÓN, RECONOCIMIENTO Y CONTROL DE MODIFICACIONES Nº DE VERSIÓN MODIFICACIÓN RESPECTO A LA VERSIÓN ANTERIOR FECHA 01 Versión original 28-05-13 02 Se modifica el Servicio de Asuntos
Más detallesAnexo D Acta Consejo Directivo No (1 de 5)
(1 de 5) REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTOS ACADÉMICOS DE LA UNIVERSIDAD RAFAEL LANDÍVAR CONSIDERANDO Que el Reglamento para Conferir Reconocimientos Académicos está vigente desde el 8 de marzo de 2006, por
Más detallesREGLAMENTO SOBRE EL PREMIO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS
REGLAMENTO SOBRE EL PREMIO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-. ACUERDO DEL CONSEJO CONSULTIVO DE LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS
Más detallesREGLAMENTO DE LA ORDEN NACIONAL MIGUEL LARREYNAGA. Publicado en La Gaceta No. 77 del 10 de abril de 1969 EL PRESENTE DE LA REPÚBLICA
REGLAMENTO DE LA ORDEN NACIONAL MIGUEL LARREYNAGA NO. 1, Aprobado el 27 de Febrero de 1969 Publicado en La Gaceta No. 77 del 10 de abril de 1969 EL PRESENTE DE LA REPÚBLICA En uso de sus facultades y en
Más detallesReglamento de Títulos y Grados (Documento Nº1.127 anexo al Decreto Nº142/92 del 7 de diciembre de 1992: modificado por decreto Nº97/2010 de fecha 10
Reglamento de Títulos y Grados (Documento Nº1.127 anexo al Decreto Nº142/92 del 7 de diciembre de 1992: modificado por decreto Nº97/2010 de fecha 10 de noviembre de 2010) Artículo 1 Corresponde exclusivamente
Más detallesBASES PARA LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE PALENCIA A EMPRESAS DISTINGUIDAS
BASES PARA LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE PALENCIA A EMPRESAS DISTINGUIDAS La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Palencia, como Corporación
Más detallesReglamento Interno sobre Recompensas y Distinciones de la Policía Local de Mislata
Reglamento Interno sobre Recompensas y Distinciones de la Policía Local de Mislata Capítulo I.Premios y recompensas. Artículo 1.La realización por los miembros de la Policía Local de Mislata de actos destacados
Más detallesD I S P O N G O: MINISTERIO DE EDUCACION SECRETARÍA GENERAL DE UNIVERSIDADES CONSEJO DIRECCIÓN GENERAL DE POLITICA UNIVERSITARIA
CONSEJO MINISTERIO DE EDUCACION SECRETARÍA GENERAL DE UNIVERSIDADES DIRECCIÓN GENERAL DE POLITICA UNIVERSITARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN ACADÉMICA Y RÉGIMEN JURÍDICO Proyecto de real decreto
Más detallesNORMATIVA PARA LA CONCESIÓN DE PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE DOCTORADO
NORMATIVA PARA LA CONCESIÓN DE PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE DOCTORADO (Aprobada por Consejo de Gobierno de 30 de noviembre de 2007) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El real decreto (R.D.) 56/2005 de 21 de enero, de
Más detallesNormativa para el nombramiento y la contratación de Profesores Eméritos de la U.P.M.
Normativa para el nombramiento y la contratación de Profesores Eméritos de la U.P.M. Aprobada en Consejo de Gobierno el 26 de mayo de 2005 B.O.U.P.M. num. 75, abril-junio 2005 1 PREÁMBULO La figura de
Más detallesNormativa para la concesión de premios extraordinarios en las enseñanzas oficiales y de doctorado de la UOC
Normativa para la concesión de premios extraordinarios en las enseñanzas oficiales y de doctorado de la UOC Documento aprobado por el Comité de Dirección Ejecutivo el 4 de noviembre de 2013 y modificado
Más detallesLEY DE RECONOCIMIENTO AL MERITO CÍVICO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
LEY DE RECONOCIMIENTO AL MERITO CÍVICO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1o.- La presente Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto establecer las bases y regular el procedimiento
Más detallesLa Cámara Inmobiliaria del estado Carabobo en uso de sus atribuciones legales crea: EL PREMIO PROFESIONAL INMOBILIARIO
La Cámara Inmobiliaria del estado Carabobo en uso de sus atribuciones legales crea: EL PREMIO PROFESIONAL INMOBILIARIO CAPÍTULO I Artículo 1: Mediante el presente documento se crea el Premio Profesional
Más detallesNORMATIVA QUE REGULA LOS TRASLADOS DE EXPEDIENTE EN LA FACULTAD DE EDUCACIÓN, ECONOMÍA Y TECNOLOGÍA DE CEUTA (UNIVERSIDAD DE GRANADA)
NORMATIVA QUE REGULA LOS TRASLADOS DE EXPEDIENTE EN LA FACULTAD DE EDUCACIÓN, ECONOMÍA Y TECNOLOGÍA DE CEUTA (UNIVERSIDAD DE GRANADA) Aprobado en Junta de Facultad el 9 de mayo de 2014 La presente normativa
Más detallesProcedimiento de reclamaciones en el sistema de evaluación y certificación de los Diplomas de Español como Lengua Extranjera (DELE)
Procedimiento de reclamaciones en el sistema de evaluación y certificación de los Diplomas de Español como Lengua Extranjera (DELE) El Instituto Cervantes es miembro de: Instituto Cervantes 2014 Derechos
Más detallesSECRETARIA DE ACTAS ACTA No RESOLUCION No. Cu FECHA:
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA En uso de la atribución que le confiere el artículo 14 numeral 28 del Reglamento General de la Institución, R E S U E L V E 1.
Más detallesA. Oferta de tutores y ámbitos o líneas de trabajo para el desarrollo del TFG. C. Requisitos específicos para la matriculación de la asignatura TFG
RESOLUCIÓN DEL DECANO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS DIRECTRICES SOBRE LA ASIGNATURA TRABAJO FIN DE GRADO PARA EL CURSO ACADÉMICO 2014-2015 De conformidad con lo establecido
Más detallesREPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO YARACUY MUNICIPIO SAN FELIPE CONCEJO MUNICIPAL DE SAN FELIPE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO YARACUY MUNICIPIO SAN FELIPE CONCEJO MUNICIPAL DE SAN FELIPE en uso de sus facultades legales establecidas en el artículo 54. Numeral 1 y 95, numeral 1 de la ley
Más detallesREGLAMENTO DE OTORGAMIENTO DE DISTINCIONES Y GRADOS HONORIFICOS 1
REGLAMENTO DE OTORGAMIENTO DE DISTINCIONES Y GRADOS HONORIFICOS 1 CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento establece las distinciones y grados honoríficos que otorgará la
Más detalles1.1.- Actividades (cursos, jornadas, congresos, seminarios, etc.)
REGLAMENTO INTERNO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DEL DEPORTE SOBRE CONCESIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS OPTATIVOS SOBRE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS NO OFICIALES Y EXPERIENCIA PROFESIONAL O LABORAL(aprobado
Más detallesNORMATIVA DE PERMANENCIA
NORMATIVA DE PERMANENCIA (EXTRACTO DE LAS NORMAS ACADÉMICAS DE LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES, aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el
Más detallesArtículo 5: El patrimonio de LA FUNDACION se formará de la manera siguiente..
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión No. 1126, Ordinaria, celebrada el día 13-10-99, APROBO
Más detallesREGLAMENTO DE PREMIACIÓN Y CONDECORACIONES DEL COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERÚ
REGLAMENTO DE PREMIACIÓN Y CONDECORACIONES DEL COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERÚ Aprobado por Unanimidad en la Sétima Sesión Extraordinaria del Congreso Nacional de Consejos Departamentales del Colegio de
Más detallesArtículo 2. Clases, carácter y descripción de las condecoraciones y distinciones.
Orden de 28 de octubre de 2010, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se regulan las condecoraciones y distinciones que se concederán a los miembros de los Cuerpos de
Más detallesManual de Procedimientos
1 de 12 Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional -Área de Calidad y Mejoramiento- Jefe de la Relaciones Laborales Jefe de la División de recursos Humanos
Más detallesNORMATIVA PROFESORES EMÉRITOS (Aprobada en Consejo de Gobierno de 16 de junio de 2016) PREÁMBULO
NORMATIVA PROFESORES EMÉRITOS (Aprobada en Consejo de Gobierno de 16 de junio de 2016) PREÁMBULO La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre (BOE del 24), de Universidades (en adelante, LOU), reguló la
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA EL CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN DE ÁREA DE CONOCIMIENTO DEL PERSONAL DOCENTE FUNCIONARIO Y LABORAL PERMANENTE DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA
PROCEDIMIENTO PARA EL CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN DE ÁREA DE CONOCIMIENTO DEL PERSONAL DOCENTE FUNCIONARIO Y LABORAL PERMANENTE DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA (Aprobado por el Consejo de Gobierno celebrado el 27
Más detallesREGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN (Aprobado por la Junta de Centro el 17 de junio de 2015) El artículo 150.3 de los Estatutos de la
Más detallesProcedimiento de revisión de calificaciones y reclamaciones en el Sistema de Certificación del Instituto Cervantes
Procedimiento de revisión de calificaciones y reclamaciones en el Sistema de Certificación del Instituto Cervantes El Instituto Cervantes es miembro de: Instituto Cervantes 2016 Introducción El artículo
Más detallesReglamento sobre concesión de periodos sabáticos al personal docente e investigador de la Universidad Politécnica de Madrid
. Reglamento sobre concesión de periodos sabáticos al personal docente e investigador de la Universidad Politécnica de Madrid Aprobado por el Consejo de Gobierno, el 16 de julio de 2004 El artículo 145
Más detallesUNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO
UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO SEPTIEMBRE DE 2008 REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD
Más detallesDescripción y estructura de los títulos propios
REGLAMENTO DE TÍTULOS PROPIOS DE POSTGRADO, APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO EN SESIÓN DE 11 DE DICIEMBRE DE 2008, Y MODIFICADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO EN SESIÓN DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2012 El objeto
Más detallesC.I.F. P-46/20400 D Avenida Colón, 93 Teléfono (96) Fax (96) C.P REGLAMENTO ESPECIAL DE HONORES Y DISTINCIONES
REGLAMENTO ESPECIAL DE HONORES Y DISTINCIONES Aprobado por el Pleno en sessión ordinaria de 18 de julio de 2000 Publicada en el Boletín Oficial de la Província núm. 240, de 9 de octubre de 2000 REGLAMENTO
Más detallesEL C. ARQ. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA DOMÍNGUEZ, Presidente Municipal de San Nicolás de los Garza, Nuevo León, a todos sus habitantes hago saber:
Publicado en Periódico Oficial de fecha 02 de diciembre de 2005. EL C. ARQ. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA DOMÍNGUEZ, Presidente Municipal de San Nicolás de los Garza, Nuevo León, a todos sus habitantes hago saber:
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES
15440 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO ORDEN de 30 de mayo de 2016 por la que se convocan los premios extraordinarios de Educación Primaria correspondientes al curso 2015-2016.
Más detallesDOCTORADOS EUROPEOS (Doctorado europeo de la UPM) I.- REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE UN DOCTORADO EUROPEO
DOCTORADOS EUROPEOS (Doctorado europeo de la UPM) I.- REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE UN DOCTORADO EUROPEO El Doctorado Europeo es una mención honorífica complementaria del Título de Doctor. Para poder
Más detallesCRITERIOS GENERALES DE VALORACIÓN DE MERITOS PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA
CRITERIOS GENERALES DE VALORACIÓN DE MERITOS PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (Aprobados en Consejo de Gobierno de 23 de julio de 2004 y modificados en Consejo de Gobierno
Más detallesNORMATIVA DE TRALADOS DE EXPEDIENTES DE LA FACULTAD DE ENFERMERÍA DE MELILLA DE LA UGR Aprobado en Junta de Centro de 09/10/
NORMATIVA DE TRALADOS DE EXPEDIENTES DE LA FACULTAD DE ENFERMERÍA DE MELILLA DE LA UGR Aprobado en Junta de Centro de 09/10/2012 1. DEFINICIÓN Se entiende por traslado de expediente, el cambio del Centro
Más detallesNORMATIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORES SUSTITUTOS INTERINOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA
NORMATIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORES SUSTITUTOS INTERINOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (Aprobada en sesión ordinaria de Consejo de Gobierno de 22 de septiembre de 2008) Los mecanismos y condiciones
Más detallesVista la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril;
Acuerdo de aprobación de la modificación de la Normativa para la Creación, Modificación o Supresión de los Departamentos de la Universidad Miguel Hernández. Vista la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,
Más detallesTÍTULO XIV: CALIFICACIONES, ACTAS Y CERTIFICADOS
TÍTULO XIV: CALIFICACIONES, ACTAS Y CERTIFICADOS 1. CALIFICACIONES El Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en
Más detalles