NORMAS DE CONVIVENCIA

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1 Instituto Español «Cañada Blanch» 317 Portobello Road LONDON W10 5SZ Tel: Fax:

2 Índice Principios básicos de las normas de convivencia... 2 I.- Conductas contrarias a las normas de convivencia SALUD E HIGIENE RELACIONES PERSONALES CUIDADO DE LAS INSTALACIONES Y DEL MATERIAL ACTIVIDAD ACADÉMICA RETRASOS FALTAS DE ASISTENCIA TELEFONOS MÓVILES Y APARATOS ELECTRÓNICOS... 9 II.- Conductas gravemente perjudiciales... 9 Circunstancias paliativas Circunstancias agravantes

3 Principios básicos de las normas de convivencia El sistema educativo español se inspira, entre otros, en este principio: La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia y que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación. Asimismo, entre sus finalidades esenciales se encuentra la de educar en la prevención de conflictos y en la resolución pacífica de los mismos (LOE: arts. 1 y 2). Con este fin se trabajará especialmente desde las aulas y el PAT las medidas preventivas y se introducirán elementos de refuerzo positivo para todas aquellas conductas que contribuyan especialmente a mejorar la convivencia del centro. En consecuencia, el objetivo fundamental de las normas de convivencia será el de servir a dichos fines. Se consideran normas básicas de convivencia: a) El respeto a la dignidad, la integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa, así como a la libertad de pensamiento y a las convicciones morales, religiosas e ideológicas, dentro del marco constitucional, de los mismos. b) La no discriminación de ningún miembro de la comunidad educativa por razón de nacimiento, cultura, etnia, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social. Constituye un deber de todos, la colaboración activa en la integración del alumnado nuevo en el centro. c) La solidaridad mutua y el rechazo de cualquier tipo de violencia. Se pondrá especial cuidado en la protección de los alumnos de menor edad para evitar que reciban daños físicos y/o psicológicos, según se recoge en la política anti-acoso vigente en el centro. d) La participación en la vida y el funcionamiento del centro y la colaboración activa para crear un ambiente de estudio, de reflexión y de trabajo en las aulas y en las actividades de aprendizaje y fomentar un clima de respeto, ayuda y colaboración en el conjunto del centro y de las relaciones de sus integrantes, evitando actitudes que puedan afectar al normal desarrollo de la vida académica y asistiendo regular y puntualmente a las clases. e) La correcta utilización de los bienes muebles y las instalaciones del centro; el respeto por las pertenencias de los miembros de la comunidad educativa; el mantenimiento y la limpieza de las aulas y demás dependencias del centro es tarea de la comunidad educativa y forma parte del proceso educativo de nuestro alumnado. 2

4 f) El reconocimiento y el respeto de la función específica desempeñada por el profesorado y el personal no docente dentro del funcionamiento del centro. g) Las familias deberán respetar las normas del centro, utilizar las dependencias en las que esté autorizada su presencia y tener un trato correcto con todo el personal (profesores y personal de administración y servicios), evitando cualquier tipo de comportamiento impropio de un centro educativo. El incumplimiento de estos principios básicos de las normas de convivencia se notificará a la familia por escrito, alertando de la posible suspensión del derecho a matricular a su hijo/a el curso siguiente. Si dicha conducta, contraria a las normas de convivencia, es reiterada, se elevará un informe al Consejero de Educación para que valore la no continuidad del alumno/a, por inadaptación de la familia a las normas del centro y a su proyecto educativo. La formalización de la matrícula implica la aceptación en su integridad de estas normas tanto por parte del alumnado como de sus representantes legales, dejando constancia de ello con la firma de un documento al respecto. 3

5 I.- Conductas contrarias a las normas de convivencia 1.- SALUD E HIGIENE Consumir comida y bebida en las aulas u otras dependencias del centro no habilitadas para ello, salvo que excepcionalmente se autorice No contribuir a la limpieza del centro o ensuciarlo, bien por negligencia o de manera intencionada Traer al Instituto cualquier objeto que se considere inadecuado, salvo en aquellas ocasiones permitidas por el tutor Asistir al centro sin uniforme o con el uniforme incompleto (para alumnos de infantil, primaria o ESO) No respetar el código de vestimenta que aparece como anexo a estas Normas de convivencia (para alumnos de bachillerato). PROCEDIMIENTO DE CORRECIÓN DE CARÁCTER GENERAL Sin perjuicio de lo establecido en la normativa vigente, la corrección de este tipo de faltas (apartados 1 a 4) se realizará de la siguiente manera: El profesor o tutor, una vez oído el alumno, le amonestará oralmente o por escrito, dependiendo de la gravedad y/o la reiteración de la falta y podrá imponer las siguientes correcciones: - comparecencia inmediata del alumno ante la jefatura de estudios. El alumno quedará bajo la custodia del profesor de guardia o volverá a clase según las circunstancias concretas de cada caso. 4

6 2.- RELACIONES PERSONALES Realizar acciones que atenten contra la seguridad propia y/o ajena, así como manifestar conductas no adecuadas en el centro y sus inmediaciones Cometer cualquier agresión física o moral de carácter leve contra alumnos, profesores o personal no docente Llevar a cabo actos injustificados que perturben el normal desarrollo de las actividades del centro Faltar al respeto y la consideración debidos a cualquier miembro de la comunidad educativa Encubrir y/o colaborar en las conductas perjudiciales realizadas por otros. 3.- CUIDADO DE LAS INSTALACIONES Y DEL MATERIAL Entrar o permanecer en las aulas, pasillos, laboratorios y gimnasio sin justificación ni autorización expresa No respetar las normas de funcionamiento de la biblioteca, del comedor y del resto de las dependencias especializadas del centro Utilizar indebidamente o sin autorización expresa del profesor los aparatos audiovisuales e informáticos del centro No respetar las normas de funcionamiento de los patios o las indicaciones del personal de vigilancia, durante cualquiera de los periodos de recreo Propiciar, sin conocimiento expreso de algún miembro del equipo directivo, la presencia en el centro de personas ajenas a él Provocar daños a las instalaciones, material o documentos del centro intencionadamente o por uso indebido de los mismos. - amonestación por escrito. Una copia para jefatura, otra para el tutor y otra para que los padres firmen el acuse de recibo. - realización de trabajos específicos en horario no lectivo o durante el recreo. - realización de tareas que contribuyan a mejorar el desarrollo de actividades del centro o dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones, equipos y material del centro o pertenecientes a otros miembros de la comunidad educativa. El jefe de estudios y el director, oído el alumno y su profesor o tutor, podrán imponer las siguientes correcciones: - realización de trabajos específicos en horario no lectivo o durante el recreo. - realización de tareas que contribuyan a mejorar el desarrollo de actividades del centro o dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones, equipos y material del centro o pertenecientes a otros miembros de la comunidad educativa. Reparación material en su caso, de la que serán responsables civiles los padres o representantes legales de los 5

7 I.- Conductas contrarias a las normas de convivencia 4.- ACTIVIDAD ACADÉMICA No traer habitualmente a clase el material escolar que el profesor estime necesario para seguir con normalidad las actividades lectivas Actuar inadecuadamente durante el desarrollo de las clases, no atendiendo a las explicaciones e indicaciones del profesorado No traer firmadas por los padres o tutores legales las comunicaciones, boletines u otros documentos de relación con las familias No respetar las normas de convivencia durante la realización de actividades extraescolares y/o complementarías Abandonar la clase, ante el retraso o la ausencia del profesor correspondiente, sin esperar la llegada de dicho profesor o del profesor de guardia. PROCEDIMIENTO DE CORRECIÓN DE CARÁCTER GENERAL alumnos en los términos previstos en la ley. - suspensión del derecho a participar en las actividades complementarias o extraescolares del centro. El director, oído el tutor y el jefe de estudios, tras entrevistarse con el alumno y sus representantes legales podrá imponer las siguientes correcciones: - suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un período máximo de tres días*. - suspensión del derecho de asistencia al centro por un período máximo de tres días*. *en dicho período el alumno deberá realizar los deberes o tareas que se determinen para evitar la interrupción del proceso formativo. 6

8 I.- Conductas contrarias a las normas de convivencia 5.- RETRASOS Primaria PROCEDIMIENTOS DE CORRECCIÓN ESPECÍFICOS Cuando se acumulen más de tres retrasos en una semana ó 10 retrasos mensuales, el tutor enviará una notificación de los mismos a la familia. Si estos fueran continuados, se comunicará a jefatura de estudios desde donde se enviará una notificación a las familias. De persistir los mismos, se convocará a la familia afectada a una entrevista con Jefatura de Estudios o, en segunda instancia con Dirección, pudiendo llegar a ponerse en conocimiento de los servicios sociales esta situación si ninguna de las medidas anteriores surtiera efecto. Secundaria Los retrasos serán contabilizados en el tiempo comprendido entre dos periodos vacacionales, con arreglo a las siguientes medidas: Se llamará a las familias cuando el alumno acumule 5 retrasos sin justificar. El sexto retraso supondrá que la dirección del instituto imponga, según las circunstancias, la sanción de uno a tres días de suspensión del derecho a asistir a las clases. 7

9 I.- Conductas contrarias a las normas de convivencia 6.- FALTAS DE ASISTENCIA Infantil y Primaria: PROCEDIMIENTOS DE CORRECCIÓN ESPECÍFICOS Exigencia de justificación inmediata a los padres. Las faltas de asistencia reiteradas (3 a la semana ó 10 mensuales) aun habiendo sido justificadas, serán comunicadas a jefatura de estudios para que ésta actúe en consecuencia, según la normativa española y británica vigente. Secundaria: Las faltas a clase, además de ser objeto de la sanción correspondiente, podrán suponer derecho a la evaluación continua. Esta media puede ser adoptada cuando se cumpla alguna de estas circunstancias: la pérdida del El equivalente a 30 días lectivos perdidos justificados faculta a la Junta de Evaluación a decidir la pérdida global del derecho a la Evaluación continua. La Junta de Evaluación tendría la potestad de ampliar el plazo atendiendo a las circunstancias concretas de cada alumno. 30 periodos lectivos no justificados podrán suponer la pérdida de la evaluación continua en el conjunto de las asignaturas. Ausencia de 15 periodos lectivos en una asignatura de dos horas semanales y de 20 en una de 3 horas semanales o más, puede suponer a juicio del profesor correspondiente la pérdida de la evaluación continua en una determinada asignatura. 8

10 I.- Conductas contrarias a las normas de convivencia 7.- TELEFONOS MÓVILES Y APARATOS ELECTRÓNICOS Se considera contrario a las normas de convivencia el uso de móviles y aparatos electrónicos en todas las instalaciones del centro, incluidos los patios, durante el horario lectivo. El centro se exime de cualquier responsabilidad de pérdida, robo, etc. PROCEDIMIENTOS DE CORRECCIÓN ESPECÍFICOS Quedarán depositados temporalmente en Jefatura de Estudios. II.- Conductas gravemente perjudiciales 8.- Reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia. 9.- Actos de indisciplina, injuria u ofensa graves hacia alumnos, profesores o personal no docente Actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades del centro. PROCEDIMIENTOS DE CORRECCIÓN El director, previa consulta con el jefe de estudios, decidirá incoar expediente disciplinario, para lo cual designará un profesor instructor. El inicio del procedimiento será comunicado a la familia del menor, al Servicio de Inspección y a la Consejería de Educación. En su tramitación se seguirá el protocolo establecido por la normativa vigente. Asimismo, la dirección, oída la jefatura de estudios, podrá, excepcionalmente, adoptar las medidas 9

11

12 II.- Conductas gravemente perjudiciales 21.- Conductas tipificadas como acoso escolar (bullying), hacia cualquier miembro de la comunidad educativa En casos particulares de agresión/acoso, denuncias falsas o injustificadas por parte de los padres/madres o representantes legales hacia cualquier miembro de la comunidad educativa: PROCEDIMIENTOS DE CORRECCIÓN período superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo. La Dirección del Centro se dirigirá a las personas implicadas, pedirá las explicaciones precisas y, si procede, les pedirá una carta de disculpa. En el caso de que esta disculpa escrita no se produzca, la Dirección podrá decidir la prohibición del acceso al Centro de dichas personas, sin perjuicio de otras acciones legales que se puedan tomar. Circunstancias paliativas Circunstancias agravantes - Ausencia de sanciones con anterioridad. - Falta de intencionalidad. - Reiteración. - Premeditación. 11

13 Circunstancias paliativas - Confesión espontánea de la falta antes de que el profesorado tuviese conocimiento de ella. - Reparación espontánea del daño causado antes de la instrucción de la sanción. - Petición pública de excusas estimadas como suficientes por los afectados. - Circunstancias personales y/o familiares especiales. Circunstancias agravantes - Daño, injuria u ofensa a compañeros de menor edad o recién incorporados al centro - Actos discriminatorios por razón de nacimiento, cultura, etnia, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social. - Incitación o estímulo a la actuación irregular. - Publicidad de las conductas irregulares. - Uso de la violencia. Estas normas fueron aprobadas por el Consejo Escolar el 27 de enero de 2015 y actualizadas en el Consejo Escolar del 8 de Julio de

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