IES UNIVERSIDAD LABORAL (Toledo) NORMAS DE CONVIVENCIA. Extracto. Guía de aplicación de Medidas Correctoras

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1 IES UNIVERSIDAD LABORAL (Toledo) NORMAS DE CONVIVENCIA Extracto. Guía de aplicación de Medidas Correctoras

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3 NOTA PREVIA. El presente extracto tiene por objeto informar a los padres sobre las normas más destacadas del régimen disciplinario y la aplicación de las medidas correctoras. En la página web del centro podrá acceder al documento completo de las Normas de Convivencia Organización y Funcionamiento del Centro. CARTA DE CONVIVENCIA El IES Universidad Laboral, de Toledo ha establecido, con la participación de todos los miembros de la Comunidad Educativa, una serie de reglas para la convivencia, basadas en el respeto entre las personas y la conciencia de la dignidad propia y del otro, que se concretan en el ejercicio y respeto de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones de todos los componentes de nuestra comunidad educativa. Los principios y valores que regulan estas Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento del Centro, recogidos en nuestro Proyecto Educativo, son los siguientes: La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias. La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad. La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación. La concepción de la educación como un aprendizaje permanente, que se desarrolla a lo largo de toda la vida. La flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad. La orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores. El esfuerzo individual y la motivación del alumnado. La cultura del esfuerzo personal del individuo, como principal responsable de la actuación educativa y de sus resultados. El esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad. La autonomía para establecer y adecuar las actuaciones organizativas y curriculares en el marco de las competencias y responsabilidades que corresponden al Estado, a las Comunidades Autónomas, a las corporaciones locales y a los centros educativos. La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes. La educación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos, así como la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social. El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre hombre y mujeres. La consideración de la función docente como factor esencial de la calidad de la educación, el reconocimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea. El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa.

4 Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento del Centro Guía de aplicación de medidas disciplinarias

5 Relación entre la Conducta contraria a las NCOFC y la Medida Correctora a aplicar. Conducta Contraria a NCOFC (Art. 72) Falta injustificadas de asistencia a clase o puntualidad. - Parte de incidencia para aplicar la medida correctora - 3 retrasos se consideran 1 falta. Desconsideración con otros miembros de la Comunidad Escolar. - Se recomienda tener en la ATP bibliografía sobre el tipo de acto, incidente para reflexión del alumno. Interrupción del normal desarrollo de la clase. Parte de ATP Información a los padres del envío del alumno a la ATP. c-a Medida Correctora (Art. 73) Aplicación de coeficiente reductor en nota de Evaluación en función de las faltas de asistencia (Según acuerdo Departamento). Suspensión de asistencia al centro y uso del transporte escolar por un período de 1 a 5 días a razón de 1día/6 faltas La medida correctora anterior puede sustituirse por la asistencia al centro en horario no lectivo (por la tarde) acompañado de padre o tutor durante el mismo período. El incumplimiento de esta medida conlleva la aplicación de falta grave. Permanencia en ATP hasta 5 recreos realizando la tarea que le proponga el profesor. c-b Exclusión del aula durante la clase en la que se produce el incidente y envío a realizar tareas a la ATP, en donde se aplicarán las normas de ATP. - De no realizar la tarea encomendada en la ATP computa un parte disciplinario, sin perjuicio de aplicación de lo establecido en las normas de ATP. - Disponibilidad en la ATP de bibliografía sobre conductas y actos similares para reflexión del alumno c-c Responsable de aplicación - Jefatura E. - Director Documentación Parte de incidencias Comunicación a padres Tratamiento diferenciado de la medida según el tipo de enseñanza que curse el alumno. Parte de disciplinario Comunicación a padres. Parte de ATP Información a los padres del envío del alumno al ATP.

6 Conducta Contraria a NCOFC (Art. 72) No levar a clase el libro de texto reiteradamente o el material necesario para el correcto aprovechamiento de la clase. Tener encendido el móvil o aparatos electrónicos similares cuyo uso distraigan la atención del propio usuario, de sus compañeros o del profesor, durante las actividades lectivas. Alteración del desarrollo normal de las actividades del centro. Tirar papeles al suelo o contribuir al desorden o suciedad de las dependencias del centro. Introducirse, sin autorización, durante el horario de clase, en un aula distinta de la que le corresponde en su horario. Medida Correctora (Art. 73) Aplicación de coeficiente reductor en nota de Evaluación en función de reiteración del hecho (Según acuerdo Departamento). Permanencia en ATP durante 1 recreo/día, realizando la tarea que le proponga el profesor Los padres deciden una de las dos opciones: A) Retención del móvil o dispositivo electrónico por el centro durante 3 días. El alumno asiste a clase con normalidad. Parte disciplinario. B) No se retiene el móvil o dispositivo electrónico por el centro. Suspensión del derecho a asistencia al centro mínimo 3 días Realización de tareas en el centro en horario no lectivo (por la tarde) acompañado de padre o tutor ( mínimo, 2 tardes/incidente) Realizar tareas de limpieza de espacios exteriores acompañando a los trabajadores de limpieza. Realizar tarea de limpieza en pabellón acompañado de profesor de ATP de recreo. - El incumplimiento de alguna de estas medidas conlleva falta grave con la aplicación de la expulsión del centro por un período de 2 a 5 días lectivos. Permanencia en ATP durante 3 recreos realizando la tarea que proponga el profesor. Responsable de Documentación aplicación Parte de ATP Información a los padres del envío del alumno al ATP. Parte disciplinario. Información a padres del incidente. - Jefatura Parte disciplinario. Información a padres - Jefatura Parte disciplinario Información a padres Parte de ATP Información a los padres del envío del alumno al ATP.

7 Conducta Contraria a NCOFC (Art. 72) Actos de indisciplina contra miembros de la comunidad escolar. Medida Correctora (Art. 73) Realización de tareas en el centro en horario no lectivo (por la tarde) acompañado de padre o tutor ( mínimo, 2 tardes/incidente) - El incumplimiento de esta medida conlleva falta grave con la aplicación de la expulsión del centro durante 5 días lectivos Responsable de Documentación aplicación Parte disciplinario Información a padres El deterioro, causado intencionadamente, de las dependencias del centro o de su material, o del material de cualquier miembro de la comunidad escolar. Realización de tareas en el centro en horario no lectivo (por la tarde) acompañado de padre o tutor ( mínimo, 5 tardes/incidente) Reposición, pago de reparación o resarcimiento del material al propietario. - El incumplimiento de esta medida conlleva falta grave con la aplicación de la expulsión del centro durante 5 días lectivos Parte disciplinario Información a padres

8 Relación entre la Conducta Gravemente perjudicial para la Convivencia y la Medida Correctora a aplicar. En caso de Falta Grave Significativa será preceptiva la reunión de la Comisión de Convivencia del Consejo Escolar, previa a la toma de decisiones. Conducta Gravemente Perjudicial para la Convivencia (Art. 76) Actos de indisciplina que alteren gravemente el desarrollo normal de las actividades del centro. Medida Correctora (Art. 77) Aplicación de coeficiente reductor en nota de Evaluación en función de las características y gravedad de los actos. (según departamentos) Suspensión de asistencia al centro y uso del transporte escolar, con realización de tareas fuera del centro, por un período de 1 a 15 días, en función de la gravedad de los actos. La medida correctora anterior puede sustituirse por la asistencia al centro en horario no lectivo (por la tarde) acompañado de padre o tutor durante el mismo período. El incumplimiento de esta medida conlleva la expulsión del centro durante un período equivalente al de la medida correctora. Suspensión de participación en actividades extraescolares y complementarias c-a Responsable de aplicación - Director. - Jefatura E.. Documentación Parte disciplinario. Documentos de evaluación.

9 Conducta Gravemente Perjudicial para la Convivencia (Art. 76) Medida Correctora (Art. 77) Responsable de aplicación Documentación Injurias u ofensas graves contra otros miembros de la comunidad educativa. Suspensión temporal de asistencia al centro y uso del transporte escolar, con realización de tareas fuera del centro, por un período de 1 a 15 días lectivos, en función de la gravedad de los actos. El alumno deberá presentar la tarea realizada al incorporarse de nuevo al centro, firmada por el padre/madre o tutor Si existe reiteración, se aplica la medida correctora anterior por un período mínimo de 15 días lectivos. Si el alumno es mayor de 16 años y persiste en su actitud, se remite informe a inspección de propuesta de baja del centro o cambio del mismo. Si es menor de 16 años. Propuesta a familia de trabajar en grupo de atención especial (en proyecto como PIE). c-b - Director. - Jefatura E. - Orientador - E. Mediación Parte de disciplinario. Posibilidad de intervención de Equipo de Mediación. Informe a inspección desde el departamento de Orientación.

10 Conducta Gravemente Perjudicial para la Convivencia (Art. 76) Acoso o violencia contra personas, y las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad de los miembros de la comunidad educativa. Medida Correctora (Art. 77) Suspensión temporal de asistencia al centro, con realización de tareas fuera del centro, por un período desde 1 a 15 días lectivos, en función de la gravedad de los actos. El alumno deberá presentar la tarea realizada al incorporarse de nuevo al centro, firmada por el padre/madre o tutor Si existe reiteración, se aplica la medida correctora anterior por un período mínimo de 15 días lectivos. Si el alumno es mayor de 16 años y persiste en su actitud, se remite informe a inspección de propuesta de baja del centro o cambio del mismo. Si es menor de 16 años. Propuesta a familia de trabajar en grupo de atención especial (en proyecto como PIE). Aplicación de protocolo de acoso o violencia entre iguales (Según Decreto. Responsable de aplicación - Orientador. - E. Mediación Documentación Parte de disciplinario Informe del departamento de Orientación. Constitución de Grupo de Trabajo para caso de violencia entre iguales. Posibilidad de intervención de Equipo de Mediación. c-c

11 Conducta Gravemente Perjudicial para la Convivencia (Art. 76) Vejaciones y humillaciones, particularmente aquellas que tengan implicación de género sexual, religioso, racial o xenófoba, o se realicen contra aquellas personas más vulnerables de la comunidad escolar por sus características personales, económicas, sociales o educativas. Medida Correctora (Art. 77) Suspensión temporal de asistencia al centro, con realización de tareas fuera del centro, por un período desde 1 a 15 días lectivos, en función de la gravedad de los actos. El alumno deberá presentar la tarea realizada al incorporarse de nuevo al centro, firmada por el padre/madre o tutor Si existe reiteración, se aplica la medida correctora anterior por un período mínimo de 15 días lectivos. Si el alumno es mayor de 16 años y persiste en su actitud, se remite informe a inspección de propuesta de baja del centro o cambio del mismo. Si es menor de 16 años. Propuesta a familia de trabajar en grupo de atención especial (en proyecto como PIE). Aplicación de protocolo de acoso o violencia entre iguales (Según Resolución DOCM nº 22 de 31 de enero de 2006) Responsable de aplicación - Orientador. - E. Mediación Documentación Parte de disciplinario Informe del departamento de Orientación. Constitución de Grupo de Trabajo para caso de violencia entre iguales. Posibilidad de intervención de Equipo de Mediación. c-d

12 Conducta Gravemente Perjudicial para la Convivencia (Art. 76) Suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentación y materiales académicos. Deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del centro, de su materia o de los objetos o pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa. Medida Correctora (Art. 77) Suspensión de asistencia al centro y uso del transporte escolar, con realización de tareas fuera del centro, por un período de 1 a 15 días, en función de la gravedad de los actos. La medida correctora anterior puede sustituirse por la asistencia al centro en horario no lectivo (por la tarde) acompañado de padre o tutor durante el mismo período. El incumplimiento de esta medida conlleva la expulsión del centro durante un período equivalente al de la medida correctora. Suspensión de participación en actividades extraescolares y complementarias Reposición, pago de reparación o resarcimiento del material al propietario. Suspensión de asistencia al centro y uso del transporte escolar, con realización de tareas fuera del centro, por un período de 1 a 15 días, en función de la gravedad de los actos. La medida correctora anterior puede sustituirse por la asistencia al centro en horario no lectivo (por la tarde) acompañado de padre o tutor durante el mismo período. El incumplimiento de esta medida conlleva la expulsión del centro durante un período equivalente al de la medida correctora. Responsable de aplicación Documentación Parte disciplinario. Documentos de evaluación. Parte disciplinario. Documentos de evaluación.

13 Conducta Gravemente Perjudicial para la Convivencia (Art. 76) Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, y de emblemas que atenten contra la dignidad de las personas y los derechos humanos; así como la manifestación de ideologías que preconicen el empleo de la violencia, la apología de comportamientos xenófobos o del terrorismo. La reiteración de conductas contrarias a las NCOFC Medida Correctora (Art. 77) Realizar tareas de limpieza de espacios exteriores acompañando a los trabajadores de limpieza. Realizar tarea de limpieza en pabellón acompañado de profesor de ATP de recreo. - El incumplimiento de alguna de estas medidas conlleva falta grave con la aplicación de la expulsión del centro durante 5 días lectivos Suspensión de asistencia al centro y uso del transporte escolar, con realización de tareas fuera del centro, por un período de 1 a 15 días, en función de la gravedad de los actos. La medida correctora anterior puede sustituirse por la asistencia al centro en horario no lectivo (por la tarde) acompañado de padre o tutor durante el mismo período. El incumplimiento de esta medida conlleva la expulsión del centro durante un período equivalente al de la medida correctora. Suspensión de participación en actividades extraescolares y complementarias c-e Responsable de aplicación Documentación - Jefatura Parte disciplinario Información a padres Parte disciplinario. Documentos de evaluación.

14 Conducta Gravemente Perjudicial para la Convivencia (Art. 76) El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad. Entrar o salir del centro o estancias interiores del mismo por lugares no habilitados para ello. Tener que hacer uso de los servicios policiales para hacer retornar al centro a alumnos que estaban fura del mismo sin autorización. Fumar en cualquier lugar interior del centro. Medida Correctora (Art. 77) Suspensión de asistencia al centro y uso del transporte escolar, con realización de tareas fuera del centro, por un período de 1 a 15 días, en función de la gravedad de los actos. La medida correctora anterior puede sustituirse por la asistencia al centro en horario no lectivo (por la tarde) acompañado de padre o tutor durante el mismo período. El incumplimiento de esta medida conlleva la expulsión del centro durante un período equivalente al de la medida correctora. Suspensión de participación en actividades extraescolares y complementarias c-e Suspensión temporal de asistencia al centro: 1 día si es la primera vez. 3 días si es la segunda vez. 10 días si es la tercera vez. Suspensión temporal de asistencia al centro: 1 día si es la primera vez. 3 días si es la segunda vez. 10 días si es la tercera vez. Suspensión temporal de asistencia al centro: 1 día si es la primera vez. 3 días si es la segunda vez. 10 días si es la tercera vez. Responsable de aplicación Documentación Parte disciplinario. Documentos de evaluación. Parte disciplinario. Documentos de evaluación. - Dirección Parte disciplinario. Documentos de evaluación. Parte disciplinario. Documentos de evaluación.

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