COMISION DE MARINA HONORABLE ASAMBLEA:
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- Elvira Villalobos Villanueva
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1 , COMISION DE MARINA DICTAMEN DE LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA A LA SECRETARÍA DE MARINA UN INFORME DETALLADO CON EL FIN DE QUE EXPLIQUE LA RELACIÓN QUE SE TIENE CON EL DEPARTAMENTO DE JUSTICIA DE ESTADOS UNIDOS, PRINCIPALMENTE CON EL SERVICIO DE ALGUACILES DE ESTADOS UNIDOS, Y LA FORMA EN LA CUAL SE OTORGA COOPERACIÓN ENTRE AMBAS INSTITUCIONES, LOS ACUERDOS INTERINSTITUCIONALES QUE DICHA DEPENDENCIA TIENE CON AGENCIAS DE SEGURIDAD DE ESTADOS UNIDOS, LA FORMA EN LA CUAL SE OTORGA APOYOS O COOPERACIÓN ENTRE LAS INSTITUCIONES, ADEMÁS DE QUE INFORME SI AGENTES EXTRANJEROS HAN PARTICIPADO DENTRO DE LAS OPERACIONES DE LA SECRETARÍA A SU CARGO. ASIMISMO,. SOLICITA A LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES A QUE ENTREGUE UN INFORME DETALLADO ACERCA DE LOS ACUERDOS INTERINSTITUCIONALES QUE HAN CELEBRADO LAS DEPENDENCIAS DE SEGURIDAD FEDERAL CON SUS HOMÓLOGAS NORTEAMERICANAS. HONORABLE ASAMBLEA: A la Comisión de Marina de la Cámara de Senadores le fue turnada por la Mesa Directiva, para su análisis, discusión y elaboración del Dictamen correspondiente, la proposición con Punto de Acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de Marina un informe detallado con el fin de que explique la relación que se tiene con el Departamento de Justicia de Estados Unidos, principalmente con el Servicio de Alguaciles de Estados Unidos, y la forma en la cual se otorga cooperación entre ambas instituciones, los acuerdos interinstitucionales que dicha dependencia tiene con agencias de seguridad
2 extranjeros han participado dentro de las operaciones de la secretaria a su cargo. Asimismo, de Estados Unidos, la forma en la cual se otorga apoyos o cooperación entre las instituciones, además de que informe si agentes extranjeros han participado dentro de las operaciones de la secretaría a su cargo. Asimismo, solicita a la Secretaría de Relaciones Exteriores a que entregue un informe detallado acerca de los acuerdos interinstitucionales que han celebrado las dependencias de Seguridad Federal con sus homólogas norteamericanas, presentada por la Senadora Dolores Padierna Luna, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. Esta Comisión, con fundamento en los artículos 85, numeral 2 inciso a, 86, 94 y 103 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 113, 135, 182, 183, 190, 193, y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente Dictamen al tenor de la siguiente: METODOLOGÍA Para el análisis de la proposición con punto de acuerdo en cuestión, los Senadores integrantes de la Comisión de Marina llevaron a cabo su trabajo conforme al procedimiento que a continuación se describe: l. En el Capítulo "ANTECEDENTES", se da constancia del trámite y del inicio del proceso legislativo, así como la fecha de recepción del turno para la elaboración del dictamen de la proposición con Punto de Acuerdo. 2
3 Justicia de Estados Unidos, principalmente con el Ser\iicio de Alguaciles de Estados Unidos, y la extranjeros han participado dentro de las operaciones de la secretaria a su cargo. Asimismo, 11. En el capítulo relativo al "CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO", se sintetizan tanto los antecedentes como el alcance y la propuesta específi~a del Punto de Acuerdo en Estudio En el capítulo "CONSIDERACIONES", la Comisión expresa los argumentos de valoración de la propuesta, los motivos que sustentan sus decisiones y las razones y fundamentos para emitir el sentido del dictamen. IV. Finalmente, en el capítulo "PUNTO DE ACUERDO", la Comisión emite su decisión respecto a la proposición en análisis. l. ANTECEDENTES 1. En sesión ordinaria celebrada el 02 de diciembre de 2014, la Senadora Dolores Padierna Luna, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, prese?ntó ante el Pleno de esta Soberanía la proposición de mérito. 2. En esa misma fecha, mediante oficio número DGPL-1 P3A.-5598, la Presidencia de la Mesa Directiva del Senado de la República, dispuso que dicha proposición con Punto de Acuerdo se turnara para su estudio y elaboración del dictamen respectivo a la Comisión de Marina, por lo que se procede a emitir el proyecto de dictamen que se somete a esta Soberanía. 11. CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN. PRIMERO. La legisladora proponente señala, de acuerdo al contenido de una nota periodística publicada por el Diario estadounidense The Wa/1 Street Joumal, que 3
4 extranjeros han participado dentro de las operaciones de la secretaria a su cargo. Asimfsmo, agentes del Departamento de Justicia de EUA participan cuatro veces al año en operativos antinarcóticos en México, portando armas y vestimenta de militares nacionales, lo anterior avalado por el Servicio de Alguaciles de EUA y por altos niveles del gobierno mexicano y de la SEMAR, sin que exista notificación alguna por parte del Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión. Además, se menciona que tanto EUA como México han reconocido que agentes estadounidenses proporcionan apoyo de inteligencia a los militares mexicanos, mismo que se limita a la asistencia y no a la participación directa en operativos. Asimismo, la Senadora proponente men"ciona que con tal participación se viola el tercer párrafo del artículo 32 Constitucional, en el que se expresa que en tiempos de paz sólo podrán pertenecer al activo de las Fuerzas Armadas Mexicanas aquellos que sean mexicanos por nacimiento. Por lo anterior, el Punto de Acuerdo, motivo del presente dictamen, exhorta a la Secretaría de Marina a informar sobre:./ La relación que existe entre la Secretaría y el Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América, principalmente con el Servicio de Alguaciles../ Los mecanismos de apoyo o cooperación entre la SEMAR y el Departamento de Justicia de EUA../ Los acuerdos interinstitucionales que la Secretaría tiene con las ~gencias de seguridad de EUA, y./ La participación de agentes extranjeros en las operaciones realizadas a cargo de la SEMAR. 4
5 Dictamen de la proposición con Punto de Acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de Marina extranjeros han participado dentro de las operaciones de la secretaria a su cargo. Asimismo, solicita a la Secretaría de Relaciones Exteriores a que entregue un informe detallado acerca de 111. CONSIDERACIONES. Los legisladores integrantes de la Comisión de Marina, una vez analizada la proposición formulada por la Senadora Dolores Padierna Luna, realizan las consideraciones que enseguida se expresan: PRIMERA.- La Comisión Dictaminadora sostiene que un elemento fundamental del Poder Marítimo Nacional es el Poder Naval atribuido constitucionalmente en nuestro país a la Secretaría de Marina - Armada de México, la cual cumple con la misión de emplear el Poder Naval de la Federación para la defensa exterior y coadyuvar en la seguridad interior del país, tomando en cuenta los riesgos y amenazas a la Seguridad Nacional que se presentan en el ámbito marítimo. Para cumplir con su misión, la Secretaría de Marina lleva a cabo acciones para optimizar los mecanismos de coordinación y cooperación con las dependencias y entidades de la Administración Publica Federal y con los tres niveles de gobierno integrantes del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como con organismos internacionales en materia de seguridad nacional,. sustentado en el intercambio de información de inteligencia. SEGUNDA.- La Comisión Dictaminadora observa que las actividades de la Secretaría de Marina - Armada de México, se llevan a cabo dentro del marco constitucional y de las disposiciones internacionales que se mencionan a continuación: a) En materia constitt.jcional: 5
6 Dictamen de la proposición con Punto de Acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de Marina Justicia de Estados Unidos. principalmente con el Servicio de Alguaciles de Estados Unidos. y la que dicha dependencia tiene con agencias de seguridad de Estados Unidos. la forma en la cual extranjeros han participado dentro de las operaciones de la secretaría a su cargo. Asimismo, solicita a la Secretaría de Relaciones Exteriores a que entregue un informe detallado acerca de los acuerdos ínterinstitucionales que han celebrado las dependencias de Seguridad Federal con sus homólogas norteamericanas../ Artículo 73 fracción XIV, en el que el Congreso tiene facultad para levantar y sostener las instituciones armadas de la unión, a saber: Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea Nacionales y para reglamentar su organización y servicio;./ Artículo 89 fracción VI, que le confiere al Presidente de la República la facultad de disponer de la totalidad de la fuerza armada permanente o sea del Ejército terrestre, de la Marina de Guerra y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación. b) En materia de Derecho Internacional:./ Convención de 1988 de las Naciones Unidas contra él tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas en la parte relativa al área marítima../ Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, entre otros artículos, el numeral 111 relativo al Derecho de Persecución de un buque extranjero cuando las autoridades competentes del Estado ribereño tenga motivos fundados para creer que el buque ha cometido una infracción a las leyes y reglamentos de ese Estado. TERCERA.- La Comisión Dictaminadora resalta que las actividades que lleva a cabo la Secretaría de Marina, relativas a emplear el Poder Naval de la Federación para la defensa exterior y coadyuvar en la seguridad interior del país, conlleva a la preservación de la soberanía e integridad del territorio, así como mantener el orden constitucional del Estado Mexicano y Proteger las instalaciones estratégicas del país en su ámbito marítimo, tareas que sin duda se encuentran relacionadas con la seguridad nacional. 6
7 Dictamen de la proposición con Punto de Acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de Marina extranjeros han participado dentro de las operaciones de la secretaría a su cargo. Asimismo, solicita a la Secretaría de Relaciones Exteriores a que entregue un informe detallado acerca de En este sentido, las tareas de la Armada de México resultan esenciales para la permanencia del Estado Mexicano, pues como depositaria del Poder Naval, componente militar del Poder Marítimo, es quien acciona los medios de la Institución para la defensa de los intereses del Estado mexicano, tanto en tiempo de paz como de guerra. En virtud de lo anterior, la Institución armada busca contar con las capacidades necesarias para cumplir adecuadamente con sus atribuciones, basadas en la interacción de dos capacidades esenciales: El conocimiento del entorno marítimo y la capacidad de respuesta eficaz y oportuna, a fin de asegurar una reacción inmediata ante cualquier incidente en el ámbito de su responsabilidad. En un mundo globalizado, es evidente también la existencia de las actividades delictivas como el narcotráfico. Este flagelo no es un problema exclusivo del país, sino que tiene alcances internacionales y requiere de cooperación para combatirlo y por tal razón, se llevan a cabo acuerdos interinstitucionales para la coordinación de esfuerzos. Trabajar juntos por la seguridad y preocupaciones colectivas es el mayor beneficio para los países, dado que permite ser más efectivos en situaciones delictivas, de contingencia, desastres naturales o amenazas a la seguridad regional. Por tal razón, los acuerdos interinstitucionales que se suscriben en el ámbito de la cooperación internacional no pueden, por su naturaleza, ser del conocimiento público. Es ampliamente reconocido que la Secretaría de Marina, a través de la Armada de México, ejecuta operaciones en el área jurisdiccional asignada en cumplimiento a su misión y al ámbito de su competencia, con la finalidad de inhibir las actividades ilícitas de organizaciones criminales que están relacionadas con el tráfico ilícito de drogas, armas y personas, narcomenudeo, secuestro y extorsión, que han generado un ambiente de violencia en el país, por lo que los acuerdos de 7
8 Dictamen de la proposición con Punto de Acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de Marina un informe detallado con el fin de que explique la relación que se tiene con el Departamento de se otorga apoyos o cooperación entre las instituciones, ademas de que informe si agentes extranjeros han participado dentro de las operaciones de la secretaría a su cargo. Asimismo, solicita a la Secretaría de Relaciones Exteriores a que entregue un informe detallado acerca de co~peración interinstitucional y la capacitación y adiestramiento del personal resultan fundamentales para que el personal responda de manera eficaz ante tales eventos, de tal manera que darle credibilidad a una información periodística, sería poner en duda la capacidad, experiencia y eficacia de las labores del personal de la Armada de México. CUARTA.- Teniendo en cuenta la existencia de antecedentes en la relación militar entre México y EUA, la Comisión Dictaminadora no encuentra fundamento ni evidencia alguna para afirmar que Agentes del Departamento de Justicia de Estados Unidos, disfrazados como militares de la Marina y armados con equipo mexicano, participen en operativos antinarcóticos en México, dado que la proposición se sustenta en un artículo periodístico y no de una fuente oficial. Cabe mencionar sobre este particular, que la Secretaría de Marina emitió el comunicado de prensa 112/2014 en el que negó que autoridades extranjeras participen con militares mexicanos y reconoció la estrecha relación de trabajo y colaboración existente entre personal naval mexicano y autoridades de las agencias del gobierno americano 1. QUINTA.- La Comisión Dictaminadora advierte que no es factible otorgar validez a un artículo periodístico, máxime que tales afirmaciones no están apoyadas por evidencia alguna. Por el contrario, considera que es necesario tomar en cuenta las disposiciones constitucionales y legales que sirven de base para la actuación del personal de la Armada de México, mismas que atribuyen a dicha institución tareas 1 / r.gob. mx/ s/sa la-prensa/ com u nicados-2014/2552-com un icado html 8
9 extranjeros han participado dentro de las operaéiones de la secretaria a su cargo. Asimismo, en materia de seguridad nacional, a diferencia de los denominados alguaciles cuya figura es de naturaleza civil, por lo tanto, carece de razón y fundamento que la Secretaría de Marina-Armada de México participe con agentes norteamericanos civiles en nuestro país en operativos cuyas actividades son de carácter militar. Asimismo, no se observa que la Secretaría viole el cor:1tenido de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dado que en ningún momento se ha emitido información alguna por parte de la dependencia que haya permitido que en la Armada de México sirva algún extranjero. SEXTA.- La Comisión Dictaminadora conviene en precisar que la razón que se esgrime para tener por verdaderas las afirmaciones derivadas de una nota periodística, no pueden constituir un argumento válido para requerir a la Secretaría de Marina un informe detallado con el fin de que explique la relación que se tiene con el Departamento de Justicia de Estados Unidos, principalmente con el Servicio de Alguaciles de Estados Unidos, y la forma en la cual se otorga cooperación entre ambas instituciones, dado que dicha afirmación no a realizó la referida Institución, sino un diario extranjero, de tal manera que la obligación de acreditar es de quien afirma, atentos al principio general de derecho "el que afirma está obligado a probar". SÉPTIMA.- Los integrantes de la Comisión Dictaminadora. ~dvierten que por cuanto hace a la suscripción de los acuerdos interinstitucionales que celebran dependencias u organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal y uno o varios órganos gubernamentales extranjeros u organizaciones internacionales, se encuentran regulados por la Ley Sobre la 9
10 extranjeros han participado dentro de las operaciones de la secretaria a su cargo. Asimismo, Celebración de Tratados y es con base en dicha disposición que la Secretaría de Marina-Armada de México celebra acuerdos interinstitucionales vinculados con las tareas que realiza en la mar, relacionadas a la seguridad nacional, con la finalidad de actuar en el ámbito de cooperación internacional para prevenir actividades ilícitas que puedan afectar al Estado Mexicano. Un acuerdo interinstitucional obliga a las partes firmantes en los terminas de su propio contenido y, a diferencia de los tratados internacionales, no requieren ser sometidos a la aprobación del Senado, pues no forman parte de la Ley Suprema de la Nación. OCTAVA.- La Comisión Dictaminadora, consciente de que los acuerdos interinstitucionales celebrados entre la Secretaría de Marina y otros órganos gubernamentales extranjeros u organizaciones internacionales se celebran en un marco de igualdad y reciprocidad entre los Estados firmantes, consideran que los acuerdos en materia de seguridad nacional pueden contener información sensible sobre la formación, el actuar, la estructura, la ubicación de arsenales y la planificación del personal castrense, así como las estrategias militares que pueden. favorecer y facilitar el trabajo a la delincuencia organizada. NOVENA. De los argumentos vertidos en las presentes Consideraciones, los integrantes de. la Comisión de Marina que dictaminan, concluyen que la proposición de la Senadora Dolores Padierna Luna es inviable, dado que sus aseveraciones se apoyan en una nota periodística de un diario extranjero, en la cual se hacen afirmaciones que no corresponden al actuar de la Secretaría de 10
11 se otorga apoyos o cooperación entre las instituciones, además de que informe si agentes extranjeros han participado dentro de las operaciones de la secretaria a su cargo. Asimismo. Marina-Armada de México, consecuentemente, no existe el sustento suficiente para otorgarle certeza a la información. DÉCIMA. No obstante lo anterior, la Comisión Dictaminadora enfatiza que con fecha del 22 de noviembre de 2014, la Secretaría de Mari_na-Armada de México dio respuesta respecto a los hechos mencionados en el artículo periodístico del diario estadounidense The Wa/1 Street Journal, negando que autoridades extranjeras participen con militares mexicanos en operaciones tácticas en campo, contra de la delincuencia organizada, utilizando uniformes y armamento mexicano. También reconoció la estrecha relación de trabajo y colaboración existente entre personal naval mexicano y autoridades de las agencias del gobierno americano, a través de lo cual se lleva a cabo transferencia de información operativa, así como de apoyo en adiestramiento y entrenamiento del personal armado. Además, refirió que la Secretaría adquiere constantemente equipo sensible de alta tecnol9gía del. Gobierno Americano, lo cual requiere de instrucción en campo y que usualmente es impartida por elementos, entre otros, del servicio Marshal 2. DÉCIMO PRIMERA. Asimismo, de los argumentos expresados en las consideraciones anteriores, la Comisión Dictaminadora advierte que la solicitud realizada a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que entregue un informe detallado de los acuerdos interinstitucionales celebrados entre las dependencias de Seguridad Federal con sus homólogas norteamericanas es inviable, dado que dichos acuerdos pueden contener información privilegiada que puede atentar contra la seguridad nacional al hacerlos públicos
12 extranjeros han participado dentro de las operaciones de la secretaria a su cargo. Asimismo, DÉCIMO SEGUNDA. Finalmente, amén de las razones y argumentos hechos valer en las consideraciones que anteceden, esta Comisión Dictaminadora advierte que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 56 de la Ley der Seguridad Nacional, las políticas y acciones vinculadas a la seguridad nacional se encuentran sujetas al control y evaluación de la Comisión Bicamaral del Congreso de la Ul)ión, consecuentemente, sería en todo caso dicha Comisión quien, de acuerdo con la citada disposición, podría requerir a las instituciones armadas la información derivada del ejercicio de sus funciones. Por lo anteriormente expuesto, los Senadores integrantes de la Comisión de Marina, sometemos a consideración del Pleno de esta Soberanía el siguiente: PUNTO DE ACUERDO PRIMERO.- Se desecha la proposición con Punto de Acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de Marina un informe detallado con el fin de que explique la relación que se tiene con el Departamento de Justicia de Estados Unidos, principalmente con el Servicio de Alguaciles de Estados Unidos, y la forma en la cual se otorga cooperación entre ambas instituciones, los acuerdos interinstitucionales que dicha dependencia tiene con agencias de seguridad de Estados Unidos, la forma en la cual se otorga apoyos o cooperación entre las instituciones, además de que informe si agentes extranjeros han participado dentro de las operaciones de la secretaría a su cargo. Asimismo, solicita a la Secretaría de Relaciones Exteriores a que entregue un informe detallado acerca de los acuerdos interinstitucionales que han celebrado las dependencias de Seguridad Federal con 12
13 que dicha dependencia tiene con agencias de seguridad de Estados Unidos. la forma en la cual extranjeros han participado dentro de las operaciones de la secretaria a su cargo. Asimismo, SEGUNDO.- concluido. Archívese el presente expediente como asunto definitivamente Salón de sesiones del Senado de la República, 01 de diciembre de Suscriben el presente Dictamen los integrantes de la Comisión de Marina de la LXIII Legislatura de la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión: Sen. Ricardo Barroso Agramont Presidente Sen. Francisco García Cabeza de Vaca Secretario Sen. Miguel Barbosa Huerta Secretario 13
14 extranjeros han participado dentro de las operaciones de la secretaria a su cargo. Asimismo, Sen. Ernesto Ruffo Appel Integrante Sen. José Francisco Yunes Zorrilla Integrante 14
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