BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. B) Autoridades y Personal. Consejería de Educación y Empleo

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. B) Autoridades y Personal. Consejería de Educación y Empleo"

Transcripción

1 B.O.C.M. Núm. 157 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 Pág. 17 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Educación y Empleo 4 RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2012, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la participación, composición y ordenación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, para el curso escolar , de las especialidades convocadas en los procedimientos selectivos de La Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, establece en el artículo 3 que la misma es de aplicación a todo el personal al servicio de la Administración Regional, si bien podrán dictarse normas específicas para adecuarla a las peculiaridades del personal docente. Una de las peculiaridades del personal docente es la necesidad de establecer un sistema de selección de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad que, compaginando los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, con la necesidad y urgencia en la cobertura de necesidades docentes, simplifique el procedimiento de selección. En este sentido, el Acuerdo de 26 de octubre de 2006 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU- NIDAD DE MADRID de 30 de noviembre), del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo Sectorial del personal funcionario docente al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid que imparte enseñanzas no universitarias, recoge en su artículo 6 los aspectos relacionados con la participación, composición y ordenación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad. En virtud de lo anteriormente expuesto, y en uso de las competencias que tiene atribuidas la Dirección General de Recursos Humanos por el artículo 12 del Decreto 149/2011 de 28 de julio ( de 1 de agosto), se regula la participación, composición y ordenación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, para el curso escolar , de las especialidades convocadas en los procedimientos selectivos de 2012, de acuerdo con las siguientes BASES Primera Normas generales Las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, para el curso escolar , se regirán de conformidad con el artículo 6 del Acuerdo de 26 de octubre de 2006 ( de 30 de noviembre), del Consejo de Gobierno Cuerpos y Especialidades convocadas en los procedimientos selectivos de 2012: Se derogan las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad del curso escolar , de las especialidades convocadas en los procedimientos selectivos de Las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, para el curso escolar , en las especialidades convocadas en los procedimientos selectivos convocados por Resolución de 10 de mayo de 2012, se organizarán en lista preferente y lista complementaria La lista preferente del curso escolar para cada especialidad estará constituida por los siguientes aspirantes: a) Integrantes de la lista tipo 1, subtipo 1 (lista preferente) del curso que no hayan decaído a lo largo del curso escolar.

2 Pág. 18 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 B.O.C.M. Núm. 157 b) Integrantes de la lista tipo 2, subtipo 0 (lista complementaria) del curso que hayan obtenido nombramientos en la especialidad desde la convocatoria anterior y hasta el 30 de junio de 2012, que no hayan decaído de las listas a lo largo del curso escolar c) Participantes en el procedimiento selectivo de ingreso convocado por Resolución de 10 de mayo de 2012 por la Comunidad de Madrid, que no habiendo sido seleccionados en el mismo, superen la fase de la oposición en la especialidad correspondiente, o la primera prueba: Prueba de conocimientos del procedimiento selectivo con puntuación igual o superior a siete puntos. La formación y ordenación de la lista preferente se efectuará una vez finalizados los procedimientos selectivos La lista complementaria para cada especialidad estará integrada por los participantes en el procedimiento selectivo de ingreso, convocado por Resolución de 10 de mayo de 2012, del Cuerpo y Especialidad, que se presenten a la prueba y no cumplan los requisitos para estar en la lista preferente. Esta lista complementaria no tendrá eficacia en tanto no se haya agotado la lista preferente de la La formación y ordenación de la lista complementaria se efectuará una vez finalizados los procedimientos selectivos y conforme a la puntuación obtenida en el mismo Las listas de los Cuerpos y Especialidades no convocadas en los procedimientos selectivos de 2012 han quedado prorrogadas por Resolución de esta Dirección General, de 8 de mayo de 2012 ( del 16), en los términos señalados en esta. Segunda Requisitos de los aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad Los aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad deberán poseer los requisitos generales y específicos que para cada Cuerpo, vienen recogidos en los artículos 12 y 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero ( Boletín Oficial del Estado de 2 de marzo de 2007), por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Accesos y Adquisición de Nuevas Especialidades en los Cuerpos Docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y además los siguientes: 2.1. Poseer la titulación que acredita la cualificación para impartir la Especialidad en cada Cuerpo, especificada en el Anexo I. Quedan exentos de este requisito los aspirantes que acrediten haber desempeñado con carácter interino, durante dos cursos académicos, un mínimo de cinco meses y medio en cada curso, un puesto del Cuerpo y la especialidad a que se opte. Asimismo, quedan exentos de presentar este requisito los aspirantes que, en el procedimiento selectivo del año 2010, hayan superado la prueba de la fase de oposición, o la parte A de la especialidad (temario) y el ejercicio de carácter práctico de la especialidad correspondiente (parte B.3), con una puntuación ponderada igual o superior a cinco puntos. La puntuación ponderada se obtiene aplicando la siguiente fórmula: cuatro séptimos de la nota obtenida en la parte A más tres séptimos de la nota obtenida en la parte B.3, igual o superior a cinco puntos. Igualmente, quedan exentos de presentar este requisito los aspirantes que, en el Procedimiento selectivo convocado en el año 2012, hayan superado las pruebas de la fase de oposición, o hayan superado con una nota igual o superior a cinco puntos la primera prueba: Prueba de Conocimientos Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo al que se opte No ser funcionario de carrera en activo, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento de los Cuerpos docentes a los que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), Boletín Oficial del Estado de 4 de mayo Los requisitos de los aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad deberán poseerse y acreditarse, en la fecha de la formalización del primer nombramiento, en las Direcciones de Área Territorial mediante fotocopia compulsada de los mismos.

3 B.O.C.M. Núm. 157 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 Pág. 19 Los integrantes de estas listas que en el momento de formalizar un nombramiento no estén en posesión de los requisitos exigidos para impartir la especialidad, no decaerán de las mismas, pudiendo ser nombrados, una vez estén en posesión de los requisitos correspondiente, cuando por su número de orden les corresponda. Tercera Integrantes de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad del Curso escolar , que cumplen el requisito para formar parte de la lista preferente para el curso escolar y no se han presentado al procedimiento selectivo Los aspirantes a interinidad de las listas del curso escolar , que cumplen el requisito para formar parte de la lista preferente para el curso , que no hayan decaído de las mismas a 30 de junio de 2012 y que no se han presentado al procedimiento selectivo convocado en 2012 en la Comunidad de Madrid, se integrarán en la lista preferente de la especialidad correspondiente para el curso Para su integración, no necesitan presentar solicitud de participación en el procedimiento, sino que se publicará un listado con las puntuaciones provisionales, de acuerdo con el Anexo II de esta Resolución. En este listado se recogerá, de oficio, los méritos de experiencia docente en centros públicos de la Comunidad de Madrid, obtenidos hasta el 31 de mayo de 2012, fin del plazo de entrega de solicitudes del procedimiento selectivo convocado en Publicado este listado provisional, todos aquellos aspirantes que hayan perfeccionado méritos, desde el día siguiente a la finalización del plazo de entrega de solicitudes del procedimiento selectivo del 2010, el 14 de mayo de 2010, hasta el 31 de mayo de 2012, fin del plazo de entrega de solicitudes del procedimiento selectivo de 2012, y no estén recogidos en el listado publicado, podrán aportar los méritos en el plazo de reclamación correspondiente, establecido en la base quinta de esta Resolución. Cuarta Ordenación de las listas de las especialidades convocadas Finalizados los procedimientos selectivos, se procederá a organizar a los aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, de las especialidades convocadas, en lista preferente y complementaria, de conformidad con lo expresado en la base primera de esta Resolución. La ordenación de los aspirantes dentro de cada lista se efectuará de la siguiente manera: 4.1. Lista preferente. Los aspirantes a interinidad a los que se refiere el apartado de la base primera se ordenarán en función de la puntuación obtenida, aplicándoles la correspondencia de puntuación que figura en el Anexo II de esta Resolución. La valoración del apartado Nota obtenida en los procedimientos selectivos es el resultado de multiplicar la puntuación obtenida en la fase de oposición del procedimiento selectivo por el factor 0,4, hasta un máximo de 3,5 puntos. La nota del procedimiento selectivo de 2012, se ajustará a los siguientes criterios: 1. A los aspirantes que hayan superado cada una de las dos pruebas de la fase oposición se les sumará la nota de cada una de las partes de las pruebas de la fase de oposición, dividiendo la suma entre 2, y multiplicándola por 0,4 2. A los aspirantes que hayan superado la primera prueba de la fase de oposición y no superen la segunda prueba de la fase de oposición, se les sumará la nota de cada una de las partes de las pruebas de la fase de oposición, dividiendo la suma entre 2, y multiplicándola por 0,4. 3. A los aspirantes que no hayan superado la primera prueba de la fase de oposición, para el cálculo de su nota, se les ponderará la puntuación obtenida en la parte A: Prueba práctica por 0,7 y la parte B: Prueba del temario por 0,3, dividiendo el resultado entre 2 y multiplicándola por 0,4. Asimismo, los que han superado la fase de oposición de los procedimientos selectivos de 2010 y/o 2012, obtendrán una puntuación adicional de 1 punto. Los que no superaron la fase de oposición en el procedimiento selectivo de 2010 y/o 2012 obtendrán una puntuación adicional de 0,5 puntos por obtener una puntuación igual o mayor a 5 puntos en alguna de las dos partes en la que se estructuraba la prueba.

4 Pág. 20 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 B.O.C.M. Núm. 157 Para cada aspirante se elegirá la mejor nota entre la obtenida en el procedimiento selectivo de 2012, más la puntuación adicional, y la obtenida en el anterior procedimiento de ingreso de la especialidad en la Comunidad de Madrid, más la puntuación adicional Lista complementaria. La ordenación de los aspirantes será en función de la puntuación obtenida en el procedimiento selectivo de ingreso de Quinta Publicación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad para el curso escolar de las especialidades convocadas en los procedimientos selectivos de 2012 De conformidad con el artículo 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las publicaciones de las listas consecuencia de esta Resolución, se efectuarán en los tablones de anuncios de las Direcciones de Área Territorial, y podrán consultarse en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación y Empleo (Gran Vía, número 20, y calle Santa Hortensia, número 30) y en la Oficina de Atención al Ciudadano (Gran Vía, número 3). Las reclamaciones contra las listas que se publiquen consecuencia de esta Resolución, podrán cumplimentarse por medios electrónicos o en soporte papel. Las reclamaciones cumplimentadas por medios electrónicos para su presentación telemática, se realizará a través del portal personal + educación siguiendo la siguiente secuencia: pestaña Temas (Educación), personal + educación, pestaña Funcionarios Docentes, Interinos, Listas. Regulación y consulta. También a través del portal madrid.org, pestaña Gestiones y Trámites, y en donde se encuentran, además, todas las utilidades propias de la Administración Electrónica de la Comunidad de Madrid. De acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007 y normativa autonómica aplicable, para presentar la reclamación por Internet a través del Registro Telemático de la Consejería de Educación y Empleo, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid. Las reclamaciones cumplimentadas en soporte papel podrán presentarse en las Direcciones de Área Territorial y en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común De acuerdo con el Anexo II de esta Resolución las puntuaciones provisionales de valoración de méritos de los aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad que no se han presentado al procedimiento selectivo convocado en 2012, y cumplen los requisitos para formar parte de la lista preferente para el curso , se expondrán en los tablones de anuncios de las Direcciones de Área Territorial, en la fecha que así se determine por la Dirección General de Recursos Humanos. Contra dichas puntuaciones se podrá presentar reclamación, según modelo Anexo III, dirigida a la Directora General de Recursos Humanos, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a su exposición. Resueltas las reclamaciones se publicarán las puntuaciones definitivas, declarándose desestimadas las reclamaciones no recogidas en las mismas. Contra la Resolución por la que se publiquen las listas de puntuaciones definitivas de los aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad que no se han presentado al procedimiento selectivo convocado en 2012, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejera de Organización Educativa en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de las mismas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común Las listas definitivas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad se expondrán, una vez finalizados los procedimientos selectivos, a partir del 3 de septiembre. Contra las puntuaciones que figuren en estas listas no puede presentarse reclamación o recurso alguno por haber tenido esta opción en el plazo establecido en la publicación de las puntuaciones provisionales y definitivas de los participantes en el procedimiento selectivo de ingreso, salvo error material que será corregido a instancia de parte o de oficio por la propia Administración Los aspirantes que figuran incluidos en las listas en más de una Especialidad podrán solicitar no ser llamados por una o varias de ellas, siempre que, al menos, opten por una y manifiesten su voluntad, mediante escrito dirigido a la Directora General de Recur-

5 B.O.C.M. Núm. 157 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 Pág. 21 sos Humanos, en los cinco días hábiles siguientes a la publicación de las listas definitivas, entendiéndose la renuncia hasta la nueva convocatoria de la especialidad Contra la Resolución por la que se publican las listas definitivas podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Organización Educativa en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su exposición, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común El hecho de figurar en las listas definitivas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, no presupone que se reconozcan a los interesados el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente Resolución para impartir la especialidad, sino que estos les serán exigidos de acuerdo con lo establecido en el punto 2.4 de la base segunda Las listas permanecerán expuestas durante el período de tiempo en que las mismas mantengan su vigencia. Sexta Puestos de carácter voluntario Los puestos de carácter voluntario se asignarán, con los criterios señalados en la base octava de esta Resolución, a aquellos aspirantes que los han solicitado en el plazo señalado en las Normas de Procedimiento de asignación informática de centro al profesorado sin destino, para el curso , publicadas por Resolución de 21 de mayo de La solicitud de puestos voluntarios se entenderá para todas las especialidades en las que figure el solicitante, excepto para aquellas en las que los integrantes han optado no ser llamados, conforme a lo establecido en la base quinta de esta Resolución. Séptima Puestos bilingües: Preferencia y prioridad Los puestos bilingües se asignarán, con los criterios señalados en la base octava de esta Resolución para la asignación de destinos al profesorado interino, a aquellos aspirantes que, figurando en las listas definitivas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad para el curso escolar , estén habilitados por la Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid para el desempeño de puestos bilingües La cobertura de estos puestos tiene carácter preferente y prioritario, y por tanto la aceptación de estos puestos será obligatoria para aquellos profesores interinos que hayan obtenido la habilitación La prioridad vendrá determinada por el orden de puntuación con el que figuren en la lista preferente y finalizada esta, por la lista complementaria. Octava Procedimiento para la asignación de destinos al profesorado interino La adjudicación de centro para el inicio del curso escolar se efectuará conforme a las Instrucciones y calendario dictados al efecto para la asignación de vacantes al personal docente no universitario para el curso en centros públicos de la Comunidad de Madrid, publicadas en los tablones de anuncios de las Direcciones de Área Territorial por Resolución de esta Dirección General de 21 de mayo de Cuando resulte necesario hacer un nombramiento de funcionario interino a lo largo del curso escolar, se citará a los integrantes de la lista correspondiente por el orden en que figuren en ella; primero, a los aspirantes de la lista preferente y, una vez finalizada esta, a los integrantes de la lista complementaria: Dicha citación se efectuará a través de los tablones de anuncios de las Direcciones de Área Territorial. No obstante, cuando se trate de colectivos pequeños, se intentará, en la medida de lo posible, la convocatoria individualizada a través de teléfono o correo electrónico Si transcurridas cuarenta y ocho horas de la publicación en los tablones de anuncios de la citación, el aspirante no se hubiera presentado, o habiéndose presentado renunciase al destino ofertado sin causa justificada, decaerá de las listas. A estos efectos, se considerará causa justificada el estar desempeñando algún puesto de trabajo docente para la Comunidad de Madrid y vinculado con

6 Pág. 22 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 B.O.C.M. Núm. 157 las enseñanzas de los cuerpos objeto del Acuerdo Sectorial, o estar en situación de baja médica Asimismo, podrán permanecer en las listas, aun renunciando a ser nombrados, aquellos aspirantes que se encuentren en el período equivalente a licencia por maternidad, paternidad, adopción, o situaciones similares a las licencias y permisos para los funcionarios de carrera, a excepción del interés particular, así como aquellos que se encuentren en alguno de los supuestos que conllevan la declaración de servicios especiales Los aspirantes con hijos menores de un año podrán aplazar su incorporación a destino, por una sola vez y hasta que el menor cumpla un año, sin decaer de las listas Una vez personado el aspirante, se formalizará su nombramiento en el Área Territorial que corresponda, debiendo aportar la documentación que se le solicite. En ningún caso se procederá a formalizar la toma de posesión hasta que no se notifique por los Directores de los Centros la personación y efectiva asunción de sus tareas por parte de los interesados Aquellos que debiendo presentar la documentación no lo hicieran o la presentaran deficientemente, dispondrán de un plazo de cuarenta y ocho horas desde la hora de la citación para presentar o completar la documentación requerida antes de ser excluidos definitivamente de las listas En cualquier caso, la renuncia a un destino ya asignado supondrá el decaimiento de las listas, incluso si en la renuncia se alega la existencia de un contrato con la Comunidad de Madrid Además de las causas de exclusión contempladas en el Acuerdo Sectorial del personal docente de Cuerpos de la LOE al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, podrá ser excluido de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, una vez finalizado el nombramiento, aquel funcionario interino que haya mostrado un rendimiento insuficiente o una evidente y documentada falta de capacidad funcional para el desempeño de las tareas docentes Colectivos de especial consideración: Los integrantes de las listas mayores de cincuenta y cinco años, y con, al menos, 15 cursos de servicios prestados en centros públicos de la Comunidad de Madrid en el momento de la firma del Acuerdo de 26 de octubre de 2006, si no obtuvieran vacante por su orden, tendrán prioridad en el nombramiento como funcionario interino para sustituciones. Serán citados por las diferentes Direcciones de Área Territorial por la puntuación en que aparecen en la lista Las aspirantes con licencia por maternidad o equivalente, que en la asignación informática o en los actos públicos, tuvieran oportunidad de acceder a una vacante de curso completo, podrán optar a la reserva del destino al que hubieran accedido si no hubieran estado de baja, hasta finalizar el período equivalente a la licencia por maternidad Los aspirantes a interinidad, participantes en el último procedimiento selectivo de ingreso de una determinada especialidad, por el turno de reserva de minusvalía, se les reservará una plaza por cada dieciséis nombramientos que se realicen, de conformidad con el Decreto 54/2006, de 22 de junio (BOLETÍN OFI- CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 26), del Consejo de Gobierno, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad a la Administración de la Comunidad de Madrid. Serán citados por las diferentes Direcciones de Área Territorial y la asignación del puesto vendrá determinada por su posición en la lista, siempre que la necesidad a cubrir, como funcionario interino, sea superior a cuatro meses. Estos criterios de nombramiento se aplicarán a los integrantes de la lista preferente, y una vez agotada esta en su totalidad, se aplicarán a los integrantes de la lista complementaria Los integrantes de las listas con la condición de víctimas de terrorismo o de violencia de género, que deban renunciar a un nombramiento por causas relacionadas con dicha condición, permanecerán en las listas en las mismas condiciones que tuvieran en el momento de ser víctimas A la finalización del período de nombramiento o, en cualquier caso, al final del curso escolar, el aspirante a interinidad se reintegrará a las listas, en el orden correspondien-

7 B.O.C.M. Núm. 157 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 Pág. 23 te. Asimismo, la necesidad por la que se procede al nombramiento de funcionario interino termina con el curso escolar, y por tanto finalizan todos los nombramientos al término de dicho curso, incorporándose el aspirante a las listas en el orden correspondiente. Novena Actuación mediante representante Los participantes en los procedimientos consecuencia de esta Resolución podrán actuar por medio de representante, según modelo Anexo IV, entendiéndose con este las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado. La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal del interesado. A los únicos efectos de formular reclamación a través de representante, en la Resolución por la que se publiquen las listas provisionales se incluirá, como anexo, el modelo de otorgamiento de la representación que podrán utilizar los interesados, sin perjuicio de la posibilidad de conferir representación en otros términos y por otros mecanismos válidos en derecho. Décima Información por Internet A efectos meramente informativos, y de acuerdo con lo regulado en el Decreto 21/2002, de 24 de enero ( de 5 de febrero), de Atención al Ciudadano, todas las publicaciones relacionadas con este procedimiento podrán consultarse a través del portal personal + educación, al que podrá accederse desde la dirección de Internet: Los listados que se consulten por este medio contendrán la misma información que los publicados en los tablones de anuncios de las Direcciones de Área Territorial, sin que contengan datos relativos al documento nacional de identidad de los participantes. Asimismo, estos listados se ajustan a la legislación de protección de datos, no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados. Undécima Norma final La presente Resolución deroga lo dispuesto en la Resolución de 24 de mayo de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de junio de 2011), por la que se prorrogan las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en los Cuerpos Docentes No Universitarios, y en la Resolución de 19 de abril de 2009 ( de 23 de abril de 2010), por la que se regula la participación, composición, ordenación y prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, en todo lo que se oponga a ella. Contra la presente Resolución por la que se regula la composición, ordenación y prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño para el curso escolar , podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Organización Educativa, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

8 Pág. 24 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 B.O.C.M. Núm. 157 ADICIONAL ÚNICA Especialidades no convocadas en los procedimientos selectivos de Los aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad deberán poseer los requisitos generales y específicos que para cada Cuerpo, vienen recogidos en los artículos 12 y 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero ( Boletín Oficial del Estado de 2 de marzo de 2007), por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Accesos y Adquisición de Nuevas Especialidades en los Cuerpos Docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, los recogidos en la base segunda de esta Resolución y además los siguientes: Poseer la titulación que acredita la cualificación para impartir la Especialidad en cada Cuerpo, especificada en el Anexo I de esta Resolución, que deroga el de la Resolución de 19 de abril de Quedan exentos de este requisito los aspirantes que acrediten haber desempeñado con carácter interino, durante dos cursos académicos, un mínimo de cinco meses y medio en cada curso, un puesto del Cuerpo y la Especialidad a que se opte. Igualmente, quedan exentos de presentar este requisito los aspirantes que hayan superado la prueba de la fase de oposición, o la parte A de la especialidad (temario) y el ejercicio de carácter práctico de la especialidad correspondiente (parte B.3), con una puntuación ponderada igual o superior a cinco. La puntuación ponderada se obtiene aplicando la siguiente fórmula: a) Para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas: Cuatro séptimos de la nota obtenida en la parte A más tres séptimos de la nota obtenida en la parte B.3, igual o superior a cinco puntos. b) Para los Cuerpos de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño: La media aritmética de la nota de la parte A y de la nota de la parte B.3, igual o superior a cinco puntos. En el Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas en las especialidades de Esgrima y Danza Contemporánea, al no existir titulación superior específica, se exigirá, además de las titulaciones del Anexo I, haber superado la parte B.3 de la prueba, o la prueba práctica. 2. A estos aspirantes, igualmente, les será de aplicación lo señalado en las bases sexta, séptima y octava de esta Resolución. Madrid, a 25 de junio de La Directora General de Recursos Humanos, María Teresa Martínez de Marigorta y Tejera.

9 B.O.C.M. Núm. 157 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 Pág. 25 ANEXO I TITULACIONES PARA EL DESEMPEÑO DE PUESTOS EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA. Curso Filosofía Y FORMACIÓN COMPLEMENTARIA - Filosofía y Letras Sección Filosofía - Filosofía y Ciencias de la Educación, Sección Filosofía - Filosofía Latín, Griego y Cultura Clásica - Filosofía y Letras, Sección Filología Clásica - Filología Clásica. Lengua Castellana y Literatura - Filosofía y Letras (Sección Filología Hispánica o Románica) - Filología Románica - Filología Hispánica - Lingüística y haber cursado Lengua española y Literatura española. - Teoría de la Literatura y Literatura Comparada y haber cursado Lengua española y Literatura española. ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones enumeradas en este apartado y, en su caso, con los estudios complementarios necesarios. Geografía e Historia - Filosofía y Letras (Sección Geografía e Historia) - Geografía, Geografía e Historia, Historia - Historia del Arte - Humanidades Matemáticas - Matemáticas; Ciencias Matemáticas; Ciencias, Sección Matemáticas - Física; Ciencias Físicas; Ciencias, Sección Físicas. - Química; Ciencias Químicas; Ciencias, Sección Químicas - Informática Arquitecto - en Informática - Aeronáutico - Industrial - de Telecomunicación - de Caminos, Canales y Puertos - de Montes - Naval y Oceánico - Químico - Agrónomo - de Minas

10 Pág. 26 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 B.O.C.M. Núm. 157 Física y Química Y FORMACIÓN COMPLEMENTARIA - Física; Ciencias Físicas; Ciencias, Sección Físicas - Química; Ciencias Químicas; Ciencias, Sección Químicas - Bioquímica - Ciencias Ambientales - Químico - Aeronáutico - Industrial - de Telecomunicación - de Caminos, Canales y Puertos - de Montes - Naval y Oceánico - de Minas Biología y Geología - Ciencias, Sección Biológicas o Geológicas o Ciencias Naturales - Biología; Ciencias Biológicas - Geología; Ciencias Geológicas - Ciencias Ambientales - Ciencias del Mar - Bioquímica - Farmacia - Medicina - Veterinaria - Agrónomo - de Montes - de Minas Dibujo - Bellas Artes Arquitecto - de Montes - de Caminos, Canales y Puertos - Aeronáutico - Naval - Industrial Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y especialidad y poseer el Título de Conservación y Restauración de Bienes Culturales. Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y especialidad y poseer el Título de Diseño según el RD. 1496/1999, de 24 de septiembre.

11 B.O.C.M. Núm. 157 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 Pág. 27 Y FORMACIÓN COMPLEMENTARIA Inglés, Francés, Italiano y Alemán - Filología de la lengua extranjera correspondiente - Traducción o Interpretación Lingüística en la lengua extranjera correspondiente Cualquier titulación universitaria del área de Humanidades y poseer el Certificado de Aptitud en la lengua correspondiente de la Escuela Oficial de Idiomas o para: Inglés: Proficiency Univers., Cambridge Francés: DALF. Alemán: Großes Deutsches Sprachdiplom ciclo de los estudios conducentes a la obtención de la licenciatura en la lengua correspondiente y poseer el Certificado de Aptitud en la lengua correspondiente de la Escuela Oficial de Idiomas o para: Inglés: Proficiency Univers., Cambridge Francés: DALF Alemán: Großes Deutsches Sprachdiplom Música Título Superior de Música Titulaciones declaradas equivalentes al Título Superior de Música según RD. 1542/1994, de 8 de julio - Historia y Ciencias de la Música - Historia, especialidad Historia del Arte (Sección Musicología) - Musicología Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y especialidad y estar en posesión del Título de Profesor, según lo establece el RD. 2618/1966 de 10 de septiembre. Educación Física Orientación Educativa Tecnología - Educación Física - Ciencias de la Actividad Física y del Deporte - Medicina y estar en posesión del Diploma de Especialista en Medicina Deportiva ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las siguientes titulaciones: - Educación Física - Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. - Psicología - Pedagogía - Psicopedagogía - Filosofía y Ciencias de la Educación: Sección Psicología, Sección Ciencias de la Educación, Sección Pedagogía. - Filosofía y Letras: Sección Psicología, Sección Ciencias de la Educación. Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y especialidad y poseer el titulo de diplomado en las Escuelas Universitarias de Psicología hasta Ingeniero Arquitecto - Física - Marina Civil - Máquinas Navales - Náutica y Transporte Marítimo - Radioelectrónica Naval - Química - Biología - Geología Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpos y especialidad y haber cursado un Ingeniero Técnico

12 Pág. 28 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 B.O.C.M. Núm. 157 Economía Y FORMACIÓN COMPLEMENTARIA - Ciencias Económicas y Empresariales - Economía - Administración y Dirección de Empresas - Ciencias Actuariales y Financieras - Investigación y Técnicas de Mercado Ingeniero en Organización Industrial Administración de Empresas - Administración y Dirección de Empresas - Ciencias Actuariales y Financieras - Ciencias Políticas y de la Administración - Economía - Derecho Diplomado en: - Ciencias Empresariales - Gestión y Administración Pública Análisis y Química Industrial - Bioquímica - Ciencias Ambientales - Ciencia y Tecnología de los Alimentos - Farmacia - Química Ingeniero Químico - Industrial, especialidad en Química Industrial - Forestal, especialidad en Industrias Forestales Asesoría y Procesos de Imagen Personal - Biología - Bioquímica - Farmacia - Medicina - Química Ingeniero Químico

13 B.O.C.M. Núm. 157 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 Pág. 29 Y FORMACIÓN COMPLEMENTARIA Construcciones Civiles y Edificación Arquitecto - de Caminos, Canales y Puertos - Industrial - de Materiales - Naval y Oceánico Arquitecto Técnico - Industrial en todas sus especialidades - de Obras Públicas en todas sus especialidades - en Topografía Formación y Orientación Laboral - Administración y Dirección de Empresas - Ciencias Actuariales y Financieras - Ciencias Políticas y de la Administración - Derecho - Economía - Psicología - Sociología Ingeniero en Organización Industrial Diplomado en: - Ciencias Empresariales - Gestión y Administración Pública - Educación Social - Relaciones Laborales - Trabajo Social Hostelería y Turismo Informática - Ciencia y Tecnología de los Alimentos - Administración y Dirección de Empresas Diplomado en: - Turismo - Empresas y Actividades Turísticas - Informática - Matemáticas - Física - en Informática - de Telecomunicación - en Electrónica Diplomado en Estadística - en Informática de Gestión - en Informática de Sistemas - de Telecomunicación, especialidad en Telemática

14 Pág. 30 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 B.O.C.M. Núm. 157 Intervención Socio comunitaria Y FORMACIÓN COMPLEMENTARIA - Pedagogía - Psicología - Psicopedagogía - Sociología Diplomado en: - Educación Social - Trabajo Social Maestro, en todas sus especialidades Organización y Gestión Comercial - Administración y Dirección de Empresas - Ciencias Actuariales y Financieras - Economía - Derecho - Investigación y Técnicas de Mercado - Publicidad y Relaciones Publicas Diplomado en Ciencias Empresariales ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones enumeradas en este apartado Organización y Procesos de Mantenimiento de Vehículos - Aeronáutico - Agrónomo - Industrial - de Minas - de Montes - Naval y Oceánico - Máquinas Navales - Náutica y Transporte Marítimo - Radioelectrónica Naval Diplomado en: - Máquinas Navales - Navegación Marítima - Radioelectrónica Naval - Aeronáutico, en todas sus especialidades - Agrícola, en todas sus especialidades - Industrial, en todas sus especialidades - Forestal, en todas sus especialidades - de Minas, en todas sus especialidades - Naval, en todas sus especialidades - de Obras Públicas, en todas sus especialidades

15 B.O.C.M. Núm. 157 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 Pág. 31 Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica Y FORMACIÓN COMPLEMENTARIA - Aeronáutico - en Automática y Electrónica Industrial - Industrial - de Minas - en Organización Industrial - de Materiales - Naval y Oceánico Licenciado en Máquinas Navales. Diplomado en Máquinas Navales. - Aeronáutico, especialidad Aeronaves, especialidad en Equipos y Materiales Aeroespaciales - Agrícola, especialidad en Explotaciones Agropecuarias, especialidad en Industrias Agrarias y Alimentarias, especialidad en Mecanización y Construcciones Rurales - en Diseño Industrial - Industrial, en todas sus especialidades - de Minas, en todas sus especialidades - Naval, en todas sus especialidades - de Obras Públicas, especialidad en Construcciones Civiles Organización y Proyectos de Sistemas Energéticos Arquitecto - Industrial - Aeronáutico - de Telecomunicación - Naval y Oceánico - Agrónomo - de Minas Licenciado en Máquinas Navales Diplomado en Máquinas Navales - Industrial, en todas sus especialidades - Aeronáutico, en todas sus especialidades - de Obras Públicas, en todas sus especialidades - de Telecomunicación, en todas sus especialidades - Naval, en todas sus especialidades - Agrícola, en todas sus especialidades - de Minas, en todas sus especialidades Procesos de Producción Agraria Biología; Geología; Veterinaria - Agrónomo - de Montes - Agrícola, en todas sus especialidades - Forestal, en todas sus especialidades

16 Pág. 32 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 B.O.C.M. Núm. 157 Procesos en la Industria Alimentaria Procesos de Diagnósticos Clínicos y Productos Ortoprotésicos Procesos Sanitarios Procesos y Medios de Comunicación Y FORMACIÓN COMPLEMENTARIA - Biología - Bioquímica - Ciencias Ambientales - Ciencia y Tecnología de los Alimentos - Farmacia - Química - Veterinaria - Agrónomo - Químico Ingeniero Técnico Agrícola, especialidad en Industrias Agrarias y Alimentarias Licenciado: - Medicina - Farmacia - Biología - Bioquímica - Química - Ciencias Ambientales - Odontología - Veterinaria - Biología - Bioquímica - Farmacia - Medicina - Odontología - Veterinaria Diplomado en Enfermería - Comunicación Audiovisual - Publicidad y Relaciones Públicas - Periodismo Ingeniero de Telecomunicación Procesos y Productos de Textil, Confección y Piel Licenciado en Química - Químico - Industrial Ingeniero Técnico Industrial, especialidad Textil

17 B.O.C.M. Núm. 157 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 Pág. 33 Procesos y Productos en Artes Gráficas Y FORMACIÓN COMPLEMENTARIA - Comunicación Audiovisual - Periodismo - Publicidad y Relaciones Públicas - Química Ingeniero Químico - en Diseño Industrial - Forestal, especialidad en Industrias Forestales - Industrial, especialidad en Química Industrial Procesos y Productos en Madera y Mueble Arquitecto - Industrial - de Materiales - de Montes - en Organización Industrial Arquitecto Técnico - en Diseño Industrial - Forestal, especialidad en Industrias Forestales - Industrial, especialidad en Mecánica Sistemas Electrónicos - Física - Radioelectrónica Naval - Aeronáutico - en Automática y Electrónica Industrial - en Electrónica - Industrial - de Minas - Naval y Oceánico - de Telecomunicación Diplomado en Radioelectrónica Naval - Aeronáutico, especialidad en Aeronavegación - en Informática de Sistemas - Industrial, especialidad en Electricidad, especialidad en Electrónica Industrial - de Telecomunicaciones, en todas sus especialidades

18 Pág. 34 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 B.O.C.M. Núm. 157 Sistemas Electrotécnicos y Automáticos Y FORMACIÓN COMPLEMENTARIA - Física - Radioelectrónica Naval - Aeronáutico - en Automática y Electrónica Industrial - en Electrónica - Industrial - de Minas - Naval y Oceánico - de Telecomunicación Diplomado en Radioelectrónica Naval - Aeronáutico, especialidad en Aeronavegación - en Informática de Sistemas - Industrial, especialidad en Electricidad, especialidad en Electrónica Industrial - de Telecomunicaciones, en todas sus especialidades Nota: Las titulaciones indicadas corresponden al Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales. También son válidas las titulaciones homólogas a las especificadas, según el RD. 1954/1994, de 30 de septiembre (B.O.E. de 17 de noviembre). El Título de Técnico en Empresas y Actividades Turísticas y el de Diplomado en Empresas y Actividades Turísticas son equivalentes al de Diplomado en Turismo según el RD. 604/1996, de 15 de abril (B.O.E. del 26). PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL Cocina y Pastelería Licenciado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos Diplomado en Turismo Técnico Superior en Restauración Técnico Especialista en Hostelería Equipos Electrónicos Estética - Física - Radioelectrónica Naval. - Aeronáutico - en Automática y Electrónica Industrial - en Electrónica - Industrial - de Minas - Naval y Oceánico - de Telecomunicación. Diplomado en Radioelectrónica Naval. - Aeronáutico, especialidad en Aeronavegación - en Informática de Sistemas - Industrial: especialidad en Electricidad, especialidad en Electrónica Industrial - de Telecomunicación, en todas sus especialidades - Farmacia - Medicina - Biología - Bioquímica - Química. Diplomado en: - Fisioterapia - Enfermería - Podología. Técnico Superior en Estética Técnico Especialista en Estética

19 B.O.C.M. Núm. 157 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 Pág. 35 Fabricación e Instalación de Carpintería y Muebles - Industrial - de Montes - de Materiales Ingeniero Técnico en : - Diseño Industrial - Industrial, especialidad en Mecánica - Forestal, en todas sus especialidades. Técnico Superior en Producción de Madera y Muebles; en Desarrollo de Productos en Carpintería y Mueble. Técnico Especialista en Construcción Industrial de Madera; Ebanista; en Madera; en Modelista de Fundición; En Diseño y Fabricación de Muebles. Instalación y Mantenimiento de Equipos Térmicos y de Fluidos. Arquitecto - Industrial - Aeronáutico - Naval y Oceánico - Agrónomo - de Minas - de Montes Licenciado en Máquinas Navales. Diplomado en Máquinas Navales. Arquitecto Técnico. - Industrial, en todas sus especialidades - Aeronáutico en todas sus especialidades - Forestal, especialidad en Industrias Forestales - Naval, especialidad en Propulsión y Servicios del Buque - Agrícola: especialidad en Industrias Agrarias y Alimentarías, especialidad en Mecanización y Construcciones Rurales - de Minas, en todas sus especialidades. Instalaciones Electrotécnicas - Física - Radioelectrónica Naval. - Aeronáutico - en Automática y Electrónica Industrial - en Electrónica - Industrial - de Minas - Naval y Oceánico - de Telecomunicación. Diplomado en Radioelectrónica Naval. - Aeronáutico, Especialidad en Aeronavegación - en Informática de Sistemas - Industrial: especialidad en Electricidad, especialidad en Electrónica Industrial - de Telecomunicación, en todas sus especialidades. Laboratorio - Química; - Bioquímica - Farmacia - Ciencias y Tecnologías de los Alimentos - Ciencias Ambientales. Ingeniero Químico. Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Química Industrial.

20 Pág. 36 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 B.O.C.M. Núm. 157 Mantenimiento de Vehículos Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas Oficina de Proyectos de Construcción Operaciones y Equipos de Elaboración de Productos Alimentarios - Industrial - Aeronáutico - Naval y Oceánico - Agrónomo - de Minas - de Montes. Licenciado en Máquinas Navales. Diplomado en Máquinas Navales. - Industrial, especialidad Mecánica - Aeronáutico en todas sus especialidades - Naval especialidad en Propulsión y Servicios del Buque - Agrícola, especialidad en Mecanización y Construcciones Rurales - de Minas, especialidad en Instalaciones Electromecánicas Mineras. Técnico Superior en Automoción Técnico Especialista en Mecánica y Electricidad del Automóvil; en Mantenimiento de Máquinas y Equipo de Construcción y Obras; en Automoción. - en Automática y Electrónica Industrial - Industrial - de Materiales - Naval y Oceánico. Licenciado en Máquinas Navales. Diplomado en Máquinas Navales. - Industrial, especialidad Mecánica - en Diseño Industrial - Naval, especialidad en Estructuras Marinas - de Minas, especialidad en Mineralurgía y Metalurgia - Agrícola, especialidad en Mecanización y Construcciones Rurales. Técnico Superior en Producción por Mecanizado Técnico Especialista en Montaje y Construcción de Maquinaria; en Micromecánica de Máquinas Herramientas; en Micromecánica de Instrumento; Instrumentista en Sistemas de Medida; en Utillajes y Montajes Mecánicos; Mecánico de Armas; en Fabricación Mecánica; en Máquinas-Herramientas; en Matricería y Moldes; en Control de Calidad; en Micromecánica y Relojería. Arquitecto - Industrial - Naval y Oceánico - de Caminos, de Canales y Puertos Arquitecto Técnico - Industrial, en todas sus especialidades - de Obras Publicas, en todas sus especialidades - Agrícola, especialidad en Mecanización y Construcciones Rurales - Ciencia y Tecnología de los Alimentos - Ciencias Ambientales - Química - Veterinaria - Farmacia - Biología - Bioquímica. - Agrónomo - Industrial - Químico. - Agrícola, especialidad en Industrias Agrarias y Alimentarías - Industrial, especialidad en Química Industrial.

21 B.O.C.M. Núm. 157 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 Pág. 37 Operaciones de Procesos Operaciones y Equipos de Producción Agraria Patronaje y Confección Peluquería Ingeniero Químico Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Química Industrial - Biología - Geología - Veterinaria - Ciencias Ambientales - Ciencia y Tecnología de los Alimentos - Química - Agrónomo - de Montes. - Agrícola, en todas sus especialidades - Forestal, en todas sus especialidades. Ingeniero Técnico Industrial, especialidad Textil Técnico Superior en Procesos de Confección Industrial; en Patronaje. Técnico Especialista en: - Confección Industrial de Prendas Exterior - Confección Industrial de Prendas Interiores - Confección a Medida de Señora - Producción en Industrias de la Confección - Sastrería y Modistería - Confección de Tejidos. - Farmacia - Medicina - Biología - Química - Bioquímica. Diplomado en: - Fisioterapia - Enfermería - Podología. Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal. Técnico Especialista en Peluquería. Procedimientos de Diagnóstico Clínico y Ortoprotésico. Procedimientos Sanitarios y Asistenciales - Medicina - Farmacia - Biología - Bioquímica - Ciencia y Tecnología de los Alimentos - Ciencias Ambientales - Odontología - Química - Veterinaria. Diplomado en: - Enfermería - Fisioterapia. - Medicina - Farmacia - Biología - Bioquímica - Ciencia y Tecnología de los Alimentos - Odontología - Veterinaria. Diplomado en: Enfermería.

22 Pág. 38 MARTES 3 DE JULIO DE 2012 B.O.C.M. Núm. 157 Procesos Comerciales - Administración y Dirección de Empresas - Ciencias Actuariales y Financieras - Economía - Investigación y Técnicas de Mercado - Publicidad y Relaciones Públicas. Ingeniero en Informática. Diplomado en: - Biblioteconomía y Documentación - Ciencias Empresariales - Gestión y Administración Pública. - en Informática de Gestión - en Informática de Sistemas. Procesos de Gestión Administrativa - Administración y Dirección de Empresas - Ciencias Actuariales y Financieras - Ciencias Políticas y de la Administración - Economía - Derecho. Ingeniero en Informática. Diplomado en: - Biblioteconomía y Documentación - Ciencias Empresariales - Gestión y Administración Pública. - en Informática de Gestión - en Informática de Sistemas. Producción de Artes Gráficas - Comunicación Audiovisual - Periodismo - Publicidad y Relaciones Públicas - Química. Ingeniero Químico. - Industrial, especialidad en Química Industrial - en Diseño Industrial - Forestal, especialidad en Industrias Forestales. Técnico Superior en Producción en Industrias de Artes Gráficas Técnico Especialista en Composición; en Encuadernación; en Impresión; en Procesos Gráficos; en Reproducción Fotomecánica; en Composición de Artes Gráficas. Servicios a la Comunidad Servicios de Restauración - Pedagogía - Psicología - Sociología - Psicopedagogía. Diplomado en: - Educación Social - Trabajo Social - Maestro, en todas sus especialidades. Ciencia y Tecnología de los Alimentos. Diplomado en Turismo. Técnico Superior en Restauración. Técnico Especialista en Hostelería.

TITULACIONES PARA EL DESEMPEÑO DE PUESTOS EN REGIMEN DE INTERINIDAD

TITULACIONES PARA EL DESEMPEÑO DE PUESTOS EN REGIMEN DE INTERINIDAD 1 B. CUERPO: PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA FILOSOFIA - Filosofía y Letras Sección Filosofía - Filosofía y Ciencias de la Educación Sección Filosofía - Filosofía Cualquier titulación universitaria

Más detalles

EXENCIONES DE LA REALIZACIÓN DEL EXAMEN DE INGRESO AL MÁSTER DE SECUNDARIA, BACHILLERATO, FORMACIÓN PROFESIONAL Y ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS

EXENCIONES DE LA REALIZACIÓN DEL EXAMEN DE INGRESO AL MÁSTER DE SECUNDARIA, BACHILLERATO, FORMACIÓN PROFESIONAL Y ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS Filología de la lengua extranjera correspondiente. Traducción o Interpretación Lingüística en la lengua extranjera correspondiente. Alemán, Francés, Inglés, Italiano y Portugués Cualquier titulación superior

Más detalles

TITULACIONES DE ORDENACIONES ANTERIORES AL RD 1393/2007

TITULACIONES DE ORDENACIONES ANTERIORES AL RD 1393/2007 Alemán, Francés, Inglés, Italiano y Portugués Grado en Estudios Alemanes Grado en Lenguas Modernas y sus Literaturas Grado en Traducción e Interpretación (dependiendo de las materias cursadas) Grado en

Más detalles

RESUELVE. Primero Objeto

RESUELVE. Primero Objeto RESOLUCIÓN de -- de julio de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se realiza una convocatoria específica para determinadas especialidades bilingües del Cuerpo de Profesores de

Más detalles

ELIJA ESPECIALIDAD E S P E C I A L I D A D E S. Biología y Geología. Lenguas Extranjeras (Alemás, Francés, Inglés) Lengua Castellana y Literatura

ELIJA ESPECIALIDAD E S P E C I A L I D A D E S. Biología y Geología. Lenguas Extranjeras (Alemás, Francés, Inglés) Lengua Castellana y Literatura Exenciones de la Realización del Examen de Ingreso al Máster en Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas E S P E C I A L I D A D E S Biología

Más detalles

ANEXO IV TITULACIONES DECLARADAS EQUIVALENTES A EFECTOS DE DOCENCIA. CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA

ANEXO IV TITULACIONES DECLARADAS EQUIVALENTES A EFECTOS DE DOCENCIA. CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA ANEXO IV TITULACIONES DECLARADAS EQUIVALENTES A EFECTOS DE DOCENCIA. CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA ESPECIALIDAD TITULACIÓN DECLARADA EQUIVALENTE A EFECTOS DE DOCENCIA TECNOLOGÍA. Ingeniero

Más detalles

CIENCIAS Y TECNOLOGÍA

CIENCIAS Y TECNOLOGÍA TITULACIONES DE ACCESO AL MÁSTER EN FORMACIÓN DEL PROFESORADO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO, FORMACIÓN PROFESIONAL Y ENSEÑANZAS DE IDIOMAS SEGÚN LAS ESPECIALIDADES ESPECIALIDAD CIENCIAS

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 106 MIÉRCOLES 6 DE MAYO DE 2015 Pág. 49 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Educación, Juventud y Deporte 5 RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2015, de la Dirección General

Más detalles

ANEXO IV TITULACIONES DECLARADAS EQUIVALENTES A EFECTOS DE DOCENCIA.

ANEXO IV TITULACIONES DECLARADAS EQUIVALENTES A EFECTOS DE DOCENCIA. 11580 ANEXO IV TITULACIONES DECLARADAS EQUIVALENTES A EFECTOS DE DOCENCIA. Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria Administración de empresas. Diplomado en Ciencias Empresariales. Diplomado en Gestión

Más detalles

2. Las especialidades docentes del cuerpo de profesores técnicos de formación profesional son las que se relacionan en el anexo II.

2. Las especialidades docentes del cuerpo de profesores técnicos de formación profesional son las que se relacionan en el anexo II. Proyecto de Real Decreto por el que se establecen las especialidades docentes de los cuerpos de catedráticos de enseñanza secundaria, de profesores de enseñanza secundaria y de profesores técnicos de formación

Más detalles

CONVOCATORIA AUTONÓMICA.

CONVOCATORIA AUTONÓMICA. CONVOCATORIA AUTONÓMICA. A la vista de las necesidades surgidas para el curso 2014/2015, en las listas de aspirantes a interinidad de los Cuerpos de Profesores de Profesores de Enseñanza Secundaria 0590,

Más detalles

Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas

Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas TITULACIONES QUE DAN ACCESO DIRECTO AL MÁSTER SEGÚN LA ESPECIALIDAD I. ESPECIALIDADES DE E.S.O Y BACHILLERATO Se considerará que el alumno acredita las competencias de la especialidad que desea cursar

Más detalles

ANEXO III TITULACIONES DECLARADAS EQUIVALENTES A EFECTOS DE DOCENCIA. CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA

ANEXO III TITULACIONES DECLARADAS EQUIVALENTES A EFECTOS DE DOCENCIA. CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA ANEXO III DECLARADAS EQUIVALENTES A EFECTOS DE DOCENCIA. CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA ESPECIALIDAD Tecnología. Ingeniero Técnico. Arquitecto Técnico. Diplomado en Navegación Marítima. Administración

Más detalles

ANEXO I. OPCIONES POSIBLES SEGÚN TITULACIÓN Curso 2008-2009 COD. ASIGNATURA LOCALIDADES DE PRACTICAS TITULACIONES ACCESO (*)

ANEXO I. OPCIONES POSIBLES SEGÚN TITULACIÓN Curso 2008-2009 COD. ASIGNATURA LOCALIDADES DE PRACTICAS TITULACIONES ACCESO (*) COD. ASIGNATURA LOCALIDADES DE PRACTICAS TITULACIONES ACCESO (*) 26 33 ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ASESORÍA Y PROCESOS DE IMAGEN PERSONAL 04 BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA La Carolina, Linares, Andújar, Mancha Real,

Más detalles

D I S P O N G O: 2. Las especialidades docentes del cuerpo de profesores técnicos de formación profesional son las que se relacionan en el anexo II.

D I S P O N G O: 2. Las especialidades docentes del cuerpo de profesores técnicos de formación profesional son las que se relacionan en el anexo II. Proyecto de Real Decreto por el que se definen condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas

Más detalles

0590 107 INFORMÁTICA. IES Emilio Jimeno Calatayud (ZARAGOZA) Jornada completa.- Sustitución TOMA DE POSESIÓN 14/10/2015

0590 107 INFORMÁTICA. IES Emilio Jimeno Calatayud (ZARAGOZA) Jornada completa.- Sustitución TOMA DE POSESIÓN 14/10/2015 CONVOCATORIA PUESTOS SINGULARES ENSEÑANZAS MEDIAS 08/10/2015 Podrán solicitar las vacantes singulares ofertadas los integrantes de las listas de interinos de las siguientes especialidades: A partir del

Más detalles

Especialidad Titulación Formación Complementaria

Especialidad Titulación Formación Complementaria Exenciones para la realización del examen de ingreso al Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas

Más detalles

Tabla comparativa del Proyecto R. Decreto de Especialidades de ESO y Bachillerato

Tabla comparativa del Proyecto R. Decreto de Especialidades de ESO y Bachillerato Tabla comparativa del Proyecto R. Decreto de Especialidades de ESO y Bachillerato Proyecto de Real Decreto por el que se modifican el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las

Más detalles

Criterios de acceso y condiciones o pruebas de acceso especiales.

Criterios de acceso y condiciones o pruebas de acceso especiales. La información se publicitará tanto en la página web de la Oficina de Postgrado de la Universidad de Sevilla, http://www.masteroficial.us.es, como en la página principal de la US, http://www.us.es/. El

Más detalles

Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. Diplomado en Ciencias Empresariales. Diplomado en Gestión y Administración Pública.

Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. Diplomado en Ciencias Empresariales. Diplomado en Gestión y Administración Pública. BOE núm. 53 Viernes 2 marzo 2007 8933 Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria Tecnología. Administración de Empresas. Análisis y Química Industrial. Construcciones Civiles y Edificación. Formación

Más detalles

CONDICIONES DE FORMACIÓN INICIAL DEL PROFESORADO EN LOS CENTROS PRIVADOS PARA EJERCER LA DOCENCIA EN ESO Y BACHILLERATO

CONDICIONES DE FORMACIÓN INICIAL DEL PROFESORADO EN LOS CENTROS PRIVADOS PARA EJERCER LA DOCENCIA EN ESO Y BACHILLERATO CONDICIONES DE FORMACIÓN INICIAL DEL PROFRADO EN LOS CENTROS PRIVADOS PARA EJERCER LA DOCENCIA EN Y BACHILLERATO R.D. 860/2010, de 2 de julio. (BOE 17 de julio de 2010) Corrección errores R.D. 860/2010

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 40 MIÉRCOLES 6 DE MAYO DE 2015 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Educación, Juventud y Deporte 4 RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2015, de la Dirección General de Recursos

Más detalles

Diplomado en Máquinas Navales. Diplomado en Navegación Marítima. Diplomado en Radio electrónica Naval. Diplomado en Gestión y Administración Pública.

Diplomado en Máquinas Navales. Diplomado en Navegación Marítima. Diplomado en Radio electrónica Naval. Diplomado en Gestión y Administración Pública. ANEXO V Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria Especialidades Titulaciones Tecnología. Ingeniero Técnico. Arquitecto Técnico. Diplomado en Máquinas Navales. Diplomado en Navegación Marítima. Diplomado

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 115 VIERNES 16 DE MAYO DE 2014 Pág. 43 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Educación, Juventud y Deporte 6 RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2014, de la Dirección General

Más detalles

4.2. Acceso y admisión. 4.2.1. Condiciones y criterios de acceso 4. ACCESO Y ADMISIÓN DE ESTUDIANTES

4.2. Acceso y admisión. 4.2.1. Condiciones y criterios de acceso 4. ACCESO Y ADMISIÓN DE ESTUDIANTES 4. ACCESO Y ADMISIÓN DE ESTUDIANTES 4.1 Sistemas de información previa a la matriculación y procedimientos accesibles de acogida y orientación de los estudiantes de nuevo ingreso para facilitar su incorporación

Más detalles

RESUELVO. Primero. Objeto y ámbito de aplicación.

RESUELVO. Primero. Objeto y ámbito de aplicación. Documento de trabajo abierto a información pública sobre las titulaciones académicas para la incorporación de efectivos en las listas para el desempeño de puestos docentes en régimen de interinidad en

Más detalles

ANEXO II. Titulaciones declaradas equivalentes. a efectos de docencia. A) Para las especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria:

ANEXO II. Titulaciones declaradas equivalentes. a efectos de docencia. A) Para las especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria: ANEXO II Titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia A) Para las especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria: Administración de Empresas. - Diplomado en Ciencias Empresariales.

Más detalles

FERE.sic. TÍTULO: TITULACIÓN DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. (ANEXO DEL DOCUMENTO FERE.sic, Ref.: 00029)

FERE.sic. TÍTULO: TITULACIÓN DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. (ANEXO DEL DOCUMENTO FERE.sic, Ref.: 00029) FERE.sic REFERENCIA: 00030 FECHA: MADRID, 5 DE OCTUBRE DE 1995 TÍTULO: TITULACIÓN DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. (ANEXO DEL DOCUMENTO FERE.sic, Ref.: 00029) DESTINATARIOS: Superiores Provinciales; Secretarios

Más detalles

CONVOCATORIA PUESTOS SINGULARES ENSEÑANZAS MEDIAS

CONVOCATORIA PUESTOS SINGULARES ENSEÑANZAS MEDIAS CONVOCATORIA PUESTOS SINGULARES ENSEÑANZAS MEDIAS 01/10/2015 Podrán solicitar las vacantes singulares ofertadas los integrantes de las listas de interinos de las siguientes especialidades: A partir del

Más detalles

D I S P O N G O: 2. Las especialidades docentes del cuerpo de profesores técnicos de formación profesional son las que se relacionan en el anexo II.

D I S P O N G O: 2. Las especialidades docentes del cuerpo de profesores técnicos de formación profesional son las que se relacionan en el anexo II. Proyecto de Real Decreto por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 167 Sábado 13 de julio de 2013 Sec. I. Pág. 52150 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE 7708 Real Decreto 476/2013, de 21 de junio, por el que se regulan las condiciones

Más detalles

DISPONGO: Artículo 1. Objeto del real decreto.

DISPONGO: Artículo 1. Objeto del real decreto. PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS CONDICIONES DE CUALIFICACIÓN Y FORMACIÓN QUE DEBEN POSEER LOS MAESTROS DE LOS CENTROS PRIVADOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y DE EDUCACIÓN PRIMARIA. El artículo

Más detalles

DE FP A LA UNIVERSIDAD

DE FP A LA UNIVERSIDAD DE FP A LA UNIVERSIDAD Los títulos de Técnico Superior de cualquiera de las familias en que se divide la Formación Profesional permiten el acceso directo a estudios universitarios que tengan relación con

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 4672 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2010, de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente y de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, por

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 36 LUNES 26 DE OCTUBRE DE 2015 B.O.C.M. Núm. 254 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Educación, Juventud y Deporte 8 RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2015, de la Dirección

Más detalles

universitarias oficiales de Grado Curso 2010/2011

universitarias oficiales de Grado Curso 2010/2011 Prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado Curso 2010/2011 Isabel P. Albaladejo Pina Coordinadora General de Pruebas de Acceso Universidad de Murcia 14 de febrero de 2011 Normativa

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN Núm. 270 Miércoles 9 de noviembre de 2011 Sec. I. Pág. 116652 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN 17630 Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Dirección General de Gestión de Recursos Humanos

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Dirección General de Gestión de Recursos Humanos RESOLUCIÓN DE XX DE ABRIL DE 2015, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA CONVOCATORIA PARA LA FORMALIZACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE LA FORMACIÓN PEDAGÓGICA Y

Más detalles

BOUS núm. 6, de 22 de mayo de 2009. Títulos de Máster. Informe previo sobre memoria de verificación

BOUS núm. 6, de 22 de mayo de 2009. Títulos de Máster. Informe previo sobre memoria de verificación 4 Títulos de Máster Informe previo sobre memoria de verificación Máster Universitario en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas por

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 65 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Educación, Juventud y Deporte 12 RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se realiza

Más detalles

Y DESPUÉS DE 4º E.S.O. QUÉ?

Y DESPUÉS DE 4º E.S.O. QUÉ? Y DESPUÉS DE 4º E.S.O. QUÉ? Materias que se cursan: Materias comunes: cinco en primero y cuatro en segundo. Materias de modalidad: tres en cada curso. Materias optativas: una en cada curso. Edades: 16-18

Más detalles

CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA DOG Núm. 199 Jueves, 17 de octubre de 2013 Pág. 41173 IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA ANUNCIO de 30 de septiembre de 2013, de la Dirección General

Más detalles

1.- TÍTULO UNIVERSITARIO / PROFESIÓN REGULADA / ATRIBUCIONES PROFESIONALES

1.- TÍTULO UNIVERSITARIO / PROFESIÓN REGULADA / ATRIBUCIONES PROFESIONALES 1.- TÍTULO UNIVERSITARIO / PROFESIÓN REGULADA / ATRIBUCIONES PROFESIONALES Existe una situación muy compleja de la que se deriva una enorme confusión entre los conceptos de título académico universitario,

Más detalles

PRUEBA DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID PARA MAYORES DE 25 AÑOS

PRUEBA DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID PARA MAYORES DE 25 AÑOS PRUEBA DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID PARA MAYORES DE 25 AÑOS INFORMACIÓN GENERAL NORMATIVA Resolución de 26 de noviembre de 2014 (BOCM de 15 de diciembre de 2014), de la Dirección General

Más detalles

ACCESO A LAS TITULACIONES DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA DESDE LA FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR (FP).

ACCESO A LAS TITULACIONES DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA DESDE LA FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR (FP). ACCESO A LAS TITULACIONES DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA DESDE LA FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR (FP). La Orden EDU/3242/2010, de 9 de diciembre, junto al Real Decreto 1892/2008, de 14

Más detalles

RESUELVO. Primero. Objeto y ámbito de aplicación.

RESUELVO. Primero. Objeto y ámbito de aplicación. Documento de trabajo abierto a información pública sobre las titulaciones académicas para la incorporación de efectivos en las listas para el desempeño de puestos docentes en régimen de interinidad en

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 19314 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2011, de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente, por la que se convoca la admisión del alumnado en centros públicos

Más detalles

Borrador de 29 de abril de 2011

Borrador de 29 de abril de 2011 Real Decreto /., por el que se modifica el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria, así como los

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 67 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Educación, Juventud y Deporte 21 RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se

Más detalles

ANEXO II. ACCESO A ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DESDE LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR PARA EL CURSO 2009/2010 ANEXO II 267

ANEXO II. ACCESO A ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DESDE LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR PARA EL CURSO 2009/2010 ANEXO II 267 ANEXO II. Acceso a estudios universitarios desde los Ciclos Formativos de Grado Superior PARA EL CURSO 2009/2010 ANEXO II 267 Anexos acceso a estudios universitarios desde los CICLOS ACCESO A ESTUDIOS

Más detalles

ANEXO I. Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos.

ANEXO I. Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos. ANEXO I Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 171 Sábado 18 de julio de 2015 Sec. I. Pág. 59861 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE 8043 Real Decreto 665/2015, de 17 de julio, por el que se desarrollan determinadas

Más detalles

Área de Gestión Académica. Vicerrectorado de Estudios

Área de Gestión Académica. Vicerrectorado de Estudios ADMISIÓN A LAS Acceso Podrán acceder a los estudios universitarios oficiales de Grado en las universidades españolas, en las condiciones que para cada caso se determinen, quienes reúnan alguno de los siguientes

Más detalles

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN Proyecto de Real Decreto por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas

Más detalles

ADJUDICACIÓN DE DESTINOS PROVISIONALES CURSO 2015-2016

ADJUDICACIÓN DE DESTINOS PROVISIONALES CURSO 2015-2016 Colectivos 1.1 y 1.2: del 23 de junio al 3 de julio inclusive Resto colectivos: desde 27 de mayo al 8 de junio, ambos inclusive Solicitudes Formas de presentación ADJUDICACIÓN DE DESTINOS PROVISIONALES

Más detalles

REAL DECRETO XXXX/2014,

REAL DECRETO XXXX/2014, REAL DECRETO XXXX/2014, de xx de noviembre, por el que se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria, se regulan las condiciones de formación inicial del profesorado

Más detalles

OPOSICIONES ASTURIAS 2014

OPOSICIONES ASTURIAS 2014 OPOSICIONES ASTURIAS 2014 Resolución de 4 de abril de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en los cuerpos docentes a que se

Más detalles

1.-Requisitos generales para acceder a la función pública docente en régimen de interinidad:

1.-Requisitos generales para acceder a la función pública docente en régimen de interinidad: Resolución, de 26 de marzo de 2015, del Director General de Gestión de Personal, por la que se convoca en el ámbito de gestión del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, procedimiento

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES 22533 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 13 de septiembre de 2013 por la que se convocan las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a las enseñanzas

Más detalles

Juan Pablo Rodriguez Gutierrez sj DIRECTOR GENERAL DE LA FUNDACIÓN SAFA Y DE LA FUNDACION LOYOLA

Juan Pablo Rodriguez Gutierrez sj DIRECTOR GENERAL DE LA FUNDACIÓN SAFA Y DE LA FUNDACION LOYOLA A tenor de lo establecido en el artículo 60 Ley Orgánica 8/1985 de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación., en lo que a provisión de vacantes se refiere, la FUNDACIÓN ESCUELAS PROFESIONALES

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN Núm. 173 Sábado 17 de julio de 2010 Sec. I. Pág. 63092 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN 11426 Real Decreto 860/2010, de 2 de julio, por el que se regulan las condiciones de formación

Más detalles

REQUISITOS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS (2010-2011)

REQUISITOS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS (2010-2011) REQUISITOS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS (2010-2011) El ingreso en los ciclos formativos puede realizarse desde el sistema educativo o desde el mundo laboral con el objetivo de alcanzar otras competencias.

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 109 Martes, 10 de junio de 2014 Pág. 40624 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2014, de la

Más detalles

BASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA.

BASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA. BASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA. PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es

Más detalles

Estudios de grado: artes y humanidades

Estudios de grado: artes y humanidades 1 Estudios de grado: artes y humanidades G. en antropología social y cultural G. en arqueología G. en bellas artes G. en ciencias de la cultura G. en ciencias de la danza G. en cine y medios audiovisuales

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 45 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 10 ORDEN 1317/2015, de 7 de mayo, de la Consejeria de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula

Más detalles

CONVOCATORIA AUTONÓMICA DECLARADA DE URGENCIA

CONVOCATORIA AUTONÓMICA DECLARADA DE URGENCIA CONVOCATORIA AUTONÓMICA DECLARADA DE URGENCIA Resolución de 24 de septiembre de 2015 por la que se convoca proceso selectivo para la elaboración de listas de aspirantes a nombramientos interinos de distintas

Más detalles

EL CONTEXTO EDUCATIVO

EL CONTEXTO EDUCATIVO EL CONTEXTO EDUCATIVO Cuerpos docentes Son las categorías generales en las que se clasifican los funcionarios docentes. Según la Ley Orgánica de Educación (LOE) son: Catedráticos de Enseñanza Secundaria

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 30 de julio de 2011

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 30 de julio de 2011 Real Decreto 860/2010, de 2 de julio, por el que se regulan las condiciones de formación inicial del profesorado de los centros privados para ejercer la docencia en las enseñanzas de educación secundaria

Más detalles

Centro Asociado UNED CURSOS DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD 2009/2010

Centro Asociado UNED CURSOS DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD 2009/2010 Centro Asociado UNED CURSOS DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD 2009/2010 CURSOS DE ACCESO A LOS GRADOS La normativa* que regula los accesos a los estudios de de Grado mantiene como una de las modalidades de acceso

Más detalles

I.E.S. Salvador Allende. ORIENTACIÓN ACADÉMICA PROFESIONAL Curso 2013-2014

I.E.S. Salvador Allende. ORIENTACIÓN ACADÉMICA PROFESIONAL Curso 2013-2014 I.E.S. Salvador Allende ORIENTACIÓN ACADÉMICA PROFESIONAL Curso 2013-2014 PROCESO DE TOMA DE DECISIONES 1.-AUTOCONOCIMIENTO: -Intereses profesionales. Aptitudes-Actitud: ante los estudios -R. Académico

Más detalles

Educación. los meritos?

Educación. los meritos? Marqués de Murrieta, 76. Ala Oeste 26071 Logroño Teléfono: 941.291660 Fax: 941.2916 68 Educación Cultura y Turismo Educación La información contenida en esta sección es orientativa y en ningún caso será

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 23121 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 21 de septiembre de 2011 por la que se convocan las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial

Más detalles

BACHILLERATO LOMCE IES SAULO TO. Gáldar OFERTA CURSO 2015-2016 MODALIDAD:CIENCIAS MODALIDAD: HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES MODALIDAD: ARTES

BACHILLERATO LOMCE IES SAULO TO. Gáldar OFERTA CURSO 2015-2016 MODALIDAD:CIENCIAS MODALIDAD: HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES MODALIDAD: ARTES BACHILLERATO LOMCE IES SAULO TO OFERTA CURSO 2015-2016 MODALIDAD:CIENCIAS MODALIDAD: HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES MODALIDAD: ARTES S SAULO TORÓN CARACTERÍSTICAS GENERALES: Etapa educativa no obligatoria

Más detalles

Núm. 44. Boletín Oficial de Aragón

Núm. 44. Boletín Oficial de Aragón RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2010, de la Directora General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se convoca la celebración en el año 2010 de pruebas de acceso a las enseñanzas de

Más detalles

OFERTA DE TITULACIONES UNIVERSITARIAS EN LA COMUNIDAD DE MADRID

OFERTA DE TITULACIONES UNIVERSITARIAS EN LA COMUNIDAD DE MADRID OFERTA DE TITULACIONES UNIVERSITARIAS EN LA COMUNIDAD DE MADRID UNIVERSIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS GRADOS Administración de Empresas Administración de Empresas y Complemento en Comunicación Audiovisual

Más detalles

1. La nueva ley de educación en primaria. Los alumnos de primaria tendrán las siguientes asignaturas:

1. La nueva ley de educación en primaria. Los alumnos de primaria tendrán las siguientes asignaturas: LOMCE 1. La nueva ley de educación en primaria. La educación primaria se seguirá organizando en tres ciclos, pero se dividirá en dos a efectos de la evaluación individual; esto es, cuando finalicen los

Más detalles

QUÉ HACER AL ACABAR 2º DE BACHILLERATO? APRENDER PARA EL FUTURO

QUÉ HACER AL ACABAR 2º DE BACHILLERATO? APRENDER PARA EL FUTURO QUÉ HACER AL ACABAR 2º DE BACHILLERATO? APRENDER PARA EL FUTURO Departamento de Orientación SALIDAS EDUCATIVAS DEL BACHILLERATO Realizar un CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR Técnico Superior 2 AÑOS Realizar

Más detalles

ANEXO I. Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.

ANEXO I. Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros. ANEXO I Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros. Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos. I. Experiencia docente previa

Más detalles

TITULACIONES DE ORDENACIONES ANTERIORES AL RD 1393/2007

TITULACIONES DE ORDENACIONES ANTERIORES AL RD 1393/2007 Alemán, Francés, Inglés, Italiano y Portugués Grado en Estudios Alemanes Grado en Lenguas Modernas y sus Literaturas Grado en Traducción e Interpretación (dependiendo de las materias cursadas) Grado en

Más detalles

SESIÓN INFORMATIVA A PADRES DE ALUMNADO DE 4º ESO SOBRE EL BACHILLERATO LUNES 16 DE FEBRERO DE 2.015

SESIÓN INFORMATIVA A PADRES DE ALUMNADO DE 4º ESO SOBRE EL BACHILLERATO LUNES 16 DE FEBRERO DE 2.015 SESIÓN INFORMATIVA A PADRES DE ALUMNADO DE 4º ESO SOBRE EL BACHILLERATO LUNES 16 DE FEBRERO DE 2.015 ORDENACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS *A partir del curso 2.017-18 UNIVERSIDAD NA = NMCF Convocatorias io y Septiembre)

Más detalles

UN MUNDO DE OPORTUNIDADES BACHILLERATO

UN MUNDO DE OPORTUNIDADES BACHILLERATO UN MUNDO DE OPORTUNIDADES BACHILLERATO PROMOCIÓN Y PERMANENCIA EN EL BACHILLERATO. n n n n Se promocionará al segundo curso cuando se hayan superado todas las materias cursadas o se tenga evaluación negativa

Más detalles

Acreditación de Inglés Avanzado

Acreditación de Inglés Avanzado Acreditación de Inglés Avanzado Guía práctica 2015 ANPE, el sindicato de la enseñanza pública Docentes como tú C/ O'Donnell, 42-1.º A 28009 Madrid Tels.: 915 213 111 y 915 214 348 Fax: 915 230 404 anpe@anpe-madrid.com

Más detalles

III JORNADAS DE LA RED DE LA ENSEÑANZA. 17 de abril de 2010 Salón n de Actos del COITT C/ General Moscardó,, 33 - Madrid

III JORNADAS DE LA RED DE LA ENSEÑANZA. 17 de abril de 2010 Salón n de Actos del COITT C/ General Moscardó,, 33 - Madrid III JORNADAS DE LA RED DE LA ENSEÑANZA Alfonso Carretero Montero 17 de abril de 2010 Salón n de Actos del COITT C/ General Moscardó,, 33 - Madrid 1. 16,30 h 17 h III JORNADAS DE LA RED DE LA ENSEÑANZA

Más detalles

PRUEBA DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO

PRUEBA DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO PRUEBA DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO 1. Acceso directo a los ciclos formativos de Grado Medio. Alumnos con Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. 2. Prueba de Acceso. Toda aquella

Más detalles

Propuesta de Organización y Horario del Bachillerato en Extremadura

Propuesta de Organización y Horario del Bachillerato en Extremadura Consejería de Educación Dirección General de Calidad y Equidad Educativa JUNTA DE EXTREMADURA Delgado Valencia, 6 06800 MÉRIDA http://www.juntaex.es Teléfono: 924 00 67 64 Fax: 924 00 67 28 Propuesta de

Más detalles

ITINERARIO PROFESIONAL. Profesor: Antonio J. Guirao

ITINERARIO PROFESIONAL. Profesor: Antonio J. Guirao ITINERARIO PROFESIONAL Profesor: Antonio J. Guirao 1. La formación profesional en el sistema educativo Hoy y en el futuro, prácticamente imposible encontrar un trabajo de calidad sin una cualificación

Más detalles

Cómo se organiza? Qué opciones tiene?

Cómo se organiza? Qué opciones tiene? Prueba de Acceso a la Universidad año 2012 Cómo se organiza? Qué opciones tiene? La Prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado se estructura en dos fases, denominadas fase general

Más detalles

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015 INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015 1. Requisitos. - Tener como mínimo 19 años cumplidos en el año de realización de

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 14578 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 12 de junio de 2012 por la que se convoca el proceso de admisión en la modalidad a distancia de los módulos voluntarios de programas de cualificación profesional

Más detalles

1. Legislación aplicable

1. Legislación aplicable UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID PRUEBA DE ACCESO A ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO PARA QUIENES SE ENCUENTREN EN POSESIÓN DEL TÍTULO DE BACHILLER O EQUIVALENTE 1. Legislación aplicable CONVOCATORIA

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 9381 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 28 de marzo de 2008 por la que se convoca la celebración de las pruebas de acceso y se establece el plazo de matriculación en el grado superior de las Enseñanzas de

Más detalles

CICLOS FORMATIVOS Nuestra Señora de las Escuelas Pías de Aluche

CICLOS FORMATIVOS Nuestra Señora de las Escuelas Pías de Aluche CICLOS FORMATIVOS Nuestra Señora de las Escuelas Pías de Aluche Curso 2011-2012 CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL: La formación profesional es el nivel educativo que prepara a los alumnos

Más detalles

DE FP A LA UNIVERSIDAD

DE FP A LA UNIVERSIDAD DE FP A LA UNIVERSIDAD Los títulos de Técnico Superior de cualquiera de las familias en que se divide la Formación Profesional permiten el acceso directo a estudios universitarios que tengan relación con

Más detalles

21-VIII-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 11975

21-VIII-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 11975 21-VIII-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 11975 cuarta, apartado C), a cuyo fin se realizará una prueba de idiomas de inglés y francés. El dominio de los idiomas deberá, en todo caso, demostrarse

Más detalles

Ref: 09/114422.9/15. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/csv

Ref: 09/114422.9/15. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/csv Ref: 09/114422.9/15 INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA, FORMACIÓN PROFESIONAL Y ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL POR LAS QUE SE REGULA EL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS EN LOS

Más detalles

PRUEBA DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL. (Fuente: WEB UIB) enero 2012

PRUEBA DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL. (Fuente: WEB UIB) enero 2012 PRUEBA DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL (Fuente: WEB UIB) enero 2012 Objetivo La prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior tiene la finalidad de

Más detalles

AJUNTAMENT DE RAFELGUARAF (VALENCIA)

AJUNTAMENT DE RAFELGUARAF (VALENCIA) BASES PARA LA CONSTITUCION DE BOLSA DE EMPLEO DE PERSONAL EDUCATIVO INFANTIL PARA PRESTAR SERVICIO EN LA ESCUELA DE VERANO MUNICIPAL PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria

Más detalles

ANEXO III.- PROPUESTA GRUPO DE UNIVERSIDADES G9

ANEXO III.- PROPUESTA GRUPO DE UNIVERSIDADES G9 ANEXO III.- PROPUESTA GRUPO DE UNIVERSIDADES G9 ACUERDO DE CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA Y DEL GRUPO G-9 DE UNIVERSIDADES, POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN, LOS

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO COMUNIDAD DE MADRID Núm. 98 Viernes 23 de abril de 2010 Sec. II.B. Pág. 35893 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos COMUNIDAD DE MADRID 6441 Resolución de 16 de abril de 2010, de la Dirección General de Recursos

Más detalles