BOLETÍN DEL INSTITUTO. Año XII - N 2780 RESOLUCIONES

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1 RESOLUCIONES N 0418 Limita y Asigna Funciones - DAMPyNP - SGTO... pág.1 N 0419 Limita y Asigna Funciones - DAMPyNP -SGTO...pág.2 N 0420 Limita Funciones Gabinete de Asesores - DE...pág.3 N 0421 Asigna Funciones Gabinete de Asesores - DE...pág.3 N 0422 Acepta Renuncia UGL I - Tucumán - SGTO...pág.4 DISPOSICIONES N 0067-SDE-17 Renueva Contrato LP N 25/12-Servicio Telefónico...pág.4 N 0475-GRH-17 Aprueba Registro de Capacitación...pág.6 N 0476-GRH-17 Aprueba Registro de Capacitación...pág.7 N 0477-GRH-17 Aprueba Registro de Capacitación...pág.7 N 0478-GRH-17 Aprueba Registro de Capacitación...pág.8 N 0479-GRH-17 Aprueba Registro de Capacitación...pág.8 N 0480-GRH-17 Aprueba Registro de Capacitación...pág.9 N 0481-GRH-17 Aprueba Registro de Capacitación...pág.9 Resolución N 0418 VISTO las Resoluciones N 002/DE/15, N 003/DE/16, N 1172/ DE/16, N 308/DE/17, el Expediente N , y Que el primero de los actos resolutivos citados en el VISTO se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por las Resoluciones N 003/DE/16 y N 1172/DE/16, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que asimismo se estima conveniente contar, también, con las líneas jerárquicas conforme la estructura organizacional, resultando para ello imprescindible proceder a la cobertura de diversas unidades orgánicas de este Instituto, con la finalidad de brindar un servicio eficiente y eficaz. Que en pos de lo enunciado anteriormente resulta necesario limitar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Dirección de Atención Médica Programada y No Programada, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al agente Iván Francisco WALKER (Legajo N ADMTRA CH45SEM INI) que le fueran asignadas por Resolución N 308/DE/17. Que consecuentemente, resulta procedente asignar, a partir de la fecha de notificación, al Señor Iván Francisco WALKER, las funciones de Interventor de la Unidad Logística Operativa, Dirección de Atención Médica Programada y No Programada, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, manteniendo su inclusión en las previsiones del inciso c), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N 833/DE/16, como así también su actual situación de revista en lo que respecta al Tramo, Agrupamiento y Carga Horaria. Que corresponde dejar constancia que el Señor Iván Francisco WALKER deberá realizar la presentación, dentro de los diez (10) días contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2 y 3 del Decreto PEN N 002/04 y el artículo 1 del Decreto PEN N 218/17, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Limitar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Dirección de Atención Médica Programada y No Programada, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al agente Iván Francisco WALKER (Legajo N ADMTRA CH45SEM INI), que le fueran asignadas por Resolución N 308/DE/17. ARTÍCULO 2.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, al Señor Iván Francisco WALKER (Legajo N ADMTRA página 1

2 CH45SEM INI), las funciones de Interventor de la Unidad Logística Operativa, Dirección de Atención Médica Programada y No Programada, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, manteniendo su inclusión en las previsiones del inciso c), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N 833/DE/16, como así también su actual situación de revista en lo que respecta al Tramo, Agrupamiento y Carga Horaria. ARTÍCULO 3.- Dejar constancia que el Señor Iván Francisco WALKER (Legajo N ADMTRA CH45SEM INI) deberá realizar la presentación, dentro de los DIEZ (10) días contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido archívese. RESOLUCIÓN N 0418 Lic. Sergio D. CASSINOTTI - Director Ejecutivo Resolución N 0419 VISTO la Resolución N 274/DE/17, el Expediente N , y Que el artículo 1 del acto resolutivo citado en el Visto, crea la Dirección Adjunta Asociada de la Unidad de Gestión Local XXXV - San Justo de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL I Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, en el mismo nivel jerárquico y con idénticas facultades que las asignadas al Director Ejecutivo Local. Que por razones estrictamente de reordenamiento administrativo resulta necesario dejar sin efecto, a partir de la fecha de publicación de la presente, la Resolución N 274/DE/17. Que en consecuencia, resulta necesario limitar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Dirección Adjunta Asociada de la Unidad de Gestión Local XXXV - San Justo, de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona I (CABA y GBA), al señor Alfonso Segundo MORALES BUSTAMANTE (Legajo N ADMTRA CH45SEM INI), asignadas por Resolución N 274/DE/17. Que atento a lo expresado en el considerando que antecede, corresponde asignar, a partir de la fecha de notificación, al señor Alfonso Segundo MORALES BUSTAMANTE, las funciones de titular de la Dirección de Atención Médica Programada y No Programada, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, reubicándolo en los alcances del inciso c), artículo 38, Anexo I, Título IV de la Resolución N 1523/ DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N 833/ DE/13, manteniendo el Tramo A dentro del Agrupamiento Administrativo, según lo estipulado en el artículo 9, Anexo I de la Resolución N 1375/DE/06, y carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N 712/DE/06 y Resolución N 1002/DE/07. Que asimismo se deja constancia que el señor Alfonso Segundo MORALES BUSTAMANTE deberá realizar la presentación, dentro de los DIEZ (10) días contados a partir de la notificación, del formulario 161 Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante, a fin de reflejar la modificación de su estado laboral, conforme la normativa vigente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2 y 3 del Decreto PEN N 002/04 y el artículo 1 del Decreto PEN N 218/17, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO RESUELVE: ARTÍCULO 1. - Dejar sin efecto, a partir de la fecha de publicación de la presente, la Resolución N 274/DE/17. ARTÍCULO 2.- Limitar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Dirección Adjunta Asociada de la Unidad de Gestión Local XXXV - San Justo, de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona I (CABA y GBA), al señor Alfonso Segundo MORALES BUSTAMANTE (Legajo N ADMTRA CH45SEM INI), asignadas por Resolución N 274/DE/17. ARTÍCULO 3.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, al señor Alfonso Segundo MORALES BUSTAMANTE (Legajo: ADMTRA CH45SEM INI), las funciones de titular de la Dirección de Atención Médica Programada y No Programada, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, reubicándolo en los alcances del inciso c), artículo 38, Anexo I, Título IV de la Resolución N 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N 833/DE/13, manteniendo el Tramo A dentro del Agrupamiento Administrativo, según lo estipulado en el artículo 9, Anexo I de la Resolución N 1375/DE/06, y carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N 712/DE/06 y Resolución N 1002/DE/07. ARTÍCULO 4.- Dejar constancia que el señor Alfonso Segundo MORALES BUSTAMANTE (Legajo N ADMTRA CH45SEM INI) deberá realizar la presentación, dentro de los DIEZ (10) días contados a partir de la notificación, del formulario 161 Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante, a fin de reflejar la modificación de su estado laboral, conforme la normativa vigente. ARTÍCULO 5.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N 0419 página 2

3 Lic. Sergio D. CASSINOTTI - Director Ejecutivo Resolución N 0420 VISTO el Expediente N y Que mediante Resolución N 05/DE/2015, se asignaron funciones de titular de la Jefatura de Gabinete de Asesores, dependiente del Órgano Ejecutivo de Gobierno, a la Lic. María Victoria PUENTE (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI). Que mediante nota, la Lic. María Victoria PUENTE comunicó su voluntad de renunciar al cargo que ostentaba. Que en razón de lo señalado precedentemente corresponde limitar, a su pedido, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Jefatura de Gabinete de Asesores, a la Lic. María Victoria PUENTE (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI), como así también la percepción del adicional por función jerárquica, asignadas por la Resolución N 05/ DE/2015. Que atento lo expresado en el considerando que antecede, corresponde trasladar, a partir de la fecha de notificación, a la Lic. María Victoria PUENTE (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI) a la Unidad de Proyectos y Asuntos Interdisciplinarios, reubicándola en el Tramo B, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11, Anexo I de la Resolución N 1375/DE/06, y régimen de prestación laboral de cuarenta (40) horas semanales de labor. Que asimismo corresponde dejar constancia que la Lic. María Victoria PUENTE (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI), en virtud de la limitación de funciones que en la presente se comunica, quedará obligada a la presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral Baja 2017, una vez habilitado dicho período fiscal en la página Web de la Administración Federal de Ingresos Públicos, conforme lo estipula la normativa vigente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 1 de los Decretos PEN N 218/17 y 292/17, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Limitar, a su pedido, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Jefatura de Gabinete de Asesores, a la Lic. María Victoria PUENTE (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI), como así también la percepción del adicional por función jerárquica, asignadas por la Resolución N 05/DE/2015. ARTÍCULO 2.- Trasladar, a partir de la fecha de notificación, a la Lic. María Victoria PUENTE (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI) a la Unidad de Proyectos y Asuntos Interdisciplinarios, reubicándola en el Tramo B, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11, Anexo I de la Resolución N 1375/DE/06, y régimen de prestación laboral de cuarenta (40) horas semanales de labor. ARTÍCULO 3.- Dejar constancia que la Lic. María Victoria PUENTE (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI), en virtud de la limitación de funciones que en la presente se comunica, quedará obligada a la presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral Baja 2017, una vez habilitado dicho período fiscal en la página Web de la Administración Federal de Ingresos Públicos, conforme lo estipula la normativa vigente. ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido archívese. RESOLUCIÓN N 0420 Lic. Sergio D. CASSINOTTI - Director Ejecutivo Resolución N 0421 VISTO el Expediente N Que se encuentra vacante la titularidad de la Jefatura de Gabinete de Asesores, dependiente de esta Dirección Ejecutiva. Que comprende a su órbita de actuación el asistir y colaborar con esta Dirección Ejecutiva, sirviendo de enlace y facilitador entre las instancias organizativas a la misma, con el propósito de promover el trabajo interdisciplinario en pos de la concreción de las metas y objetivos establecidos por la máxima autoridad del Instituto. Que atento lo señalado se entiende necesario proceder a su inmediata cobertura, a los efectos de su correcto y normal funcionamiento. Que de acuerdo a lo manifestado se propicia asignar a la Señora Agustina RUIZ VILLAMIL (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI), las funciones de titular de la Jefatura de Gabinete de Asesores, dependiente de esta Dirección Ejecutiva correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso b), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N 833/DE/13, manteniendo su actual situación de revista en lo que respecta al Tramo, Agrupamiento y Carga Horaria. Que corresponde dejar constancia que la Señora Agustina RUIZ VILLAMIL (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI) deberá realizar la presentación, dentro de los diez (10) días contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 1 de los Decretos PEN N 218/17 y 219/17, página 3

4 EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Asignar, a la Señora Agustina RUIZ VILLAMIL (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI), las funciones de titular de la Jefatura de Gabinete de Asesores, dependiente de esta Dirección Ejecutiva correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso b), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N 833/DE/13, manteniendo su actual situación de revista en lo que respecta al Tramo, Agrupamiento y Carga Horaria. ARTÍCULO 2.- Dejar constancia que la Señora Agustina RUIZ VILLAMIL (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI) deberá realizar la presentación, dentro de los diez (10) días contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N 0421 Lic. Sergio D. CASSINOTTI Director Ejecutivo Resolución N 0422 VISTO el Expediente N , y Que a fs. 1 del mencionado Expediente obra despacho telegráfico presentado por el Señor Isaías Santiago LEDESMA (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI), titular de la Unidad de Gestión Local I - Tucumán, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del País), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, funciones asignadas por la Resolución N 017/DE/15, por el cual notifica su renuncia a este Instituto a partir del 04 de Mayo de 2017, en virtud de la antelación que dispone el artículo 231 de la LCT. Que, respecto al preaviso otorgado por el trabajador, cabe destacar que el artículo 240 del mismo cuerpo normativo establece como único requisito de validez, para la extinción del contrato de trabajo por renuncia del trabajador, la formalización de la misma mediante despacho telegráfico colacionado cursado personalmente por el trabajador a su empleador o ante la autoridad administrativa del trabajo. Que en consecuencia, y en virtud de encontrarse cumplimentado el único requisito formal que establece la Ley de Contrato de Trabajo, resulta procedente liberar al trabajador de la obligación de continuar con su labor hasta el día 04 de Mayo de Que, conforme lo manifestado, dicha desvinculación corresponde entenderse a partir de la fecha de notificación. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2 y 3 del Decreto PEN N 02/04 y el artículo 1 del Decreto PEN N 218/17 y N 292/17, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Aceptar, a partir de la fecha de notificación, la renuncia a este Instituto del Señor Isaías Santiago LEDESMA (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI), titular de la Unidad de Gestión Local I - Tucumán, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del País), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, funciones asignadas por la Resolución N 017/DE/15. ARTÍCULO 2.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N 0422 LIC. Sergio D. CASSINOTTI Director Ejecutivo Disposición N 0067 VISTO el Expediente N , y Que por el actuado citado en el Visto tramitó la contratación de ciento cuarenta y un (141) puestos de atención telefónica, sin personal con todo el equipamiento necesario para el funcionamiento de la Central Operativa de Servicio de Emergencias Médicas de este Instituto, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en las localidades cabeceras de partido del conurbano bonaerense, por el término de veinticuatro (24) meses, con opción a renovación por hasta doce (12) meses. Que mediante Resolución N 035/DE/13 se adjudicó la Licitación Pública N 25/12 a la firma DIVEO ARGENTINA S.A. -Opción 2: Kaspersky Bussiness Space Security-, emitiéndose en su favor las Órdenes de Compra N /13 por el período del 1 de Marzo al 31 de Diciembre de 2013, N /14 por el período del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2014, y N /15 por el período del 1 de Enero y el 28 de Febrero de Que por Disposición Conjunta N 306/GAyGESP/13 se autorizó la ampliación de la contratación en un 1,59% aproximadamente, emitiéndose las Órdenes de Compra N /13 por el período del 30 de Octubre al el 31 de Diciembre de 2013, y N /14 por el período del 1 de Enero y el 31 de Enero de Que mediante Resolución N 562/DE/14 se autorizó la ampliación de la contratación en un 30,87% aproximadamente, página 4

5 emitiéndose las Órdenes de Compra N /14 por el período del 1 de Febrero al 31 de Diciembre de 2014, y N /15, por el período del 1 de Enero y el 28 de Febrero de Que por Resolución N 349/DE/15 se renovó la contratación efectuada a la firma DIVEO ARGENTINA S.A. a partir de la fecha de su vencimiento y por el término de doce (12) meses, emitiéndose en su favor la Orden de Compra N /15, por el período comprendido entre el 1 de Marzo de 2015 y el 28 de Febrero de Que mediante Disposición Conjunta N 437/GAyUDEGCA/15 se autorizó la ampliación de la contratación en un 1,93% aproximadamente, emitiéndose la Orden de Compra N /15 por el período del 1 de Octubre de 2015 al 29 de Febrero de Que asimismo, por Disposición N 058/SDE/16 se renovó la citada contratación a favor de la firma DIVEO ARGENTINA S.A. a partir de la fecha de su vencimiento y por el término de seis (6) meses, emitiéndose en su favor la Orden de Compra N /16 por el período del 1 de Marzo al 31 de Agosto de Que, asimismo, mediante Resolución N 120/DE/17 se procedió a renovar la contratación efectuada a favor de la firma DIVEO ARGENTINA S.A. a partir de la fecha de su vencimiento y por el término de seis (6) meses, emitiéndose en su favor la Orden de Compra N /17 por el período del 1 Septiembre de 2016 al 28 de febrero de Que ante un nuevo vencimiento y a los efectos de continuar con la prestación y no discontinuar el servicio, la Secretaría General Técnico Operativa solicitó se gestione una nueva renovación, por el término de seis (6) meses o hasta tanto se adjudique la nueva licitación, que tramita por expediente N , lo que ocurra primero. Que habiéndose realizado la correspondiente consulta a la firma DIVEO ARGENTINA S.A. manifiesta que acepta la renovación, solicitando un aumento del 15% en el valor del servicio. Que en razón de ello, se dio intervención al Departamento Estudios Económicos dependiente de la Gerencia Económico Financiera, quien informa que el incremento para la renovación no debería superar el 6,62%. Que la firma DIVEO ARGENTINA S.A. manifiesta que la propuesta del Instituto resulta insuficiente, ratificando la solicitud de aumento presentada oportunamente. Que la Gerencia de Administración manifiesta que tratándose de un servicio que reviste el carácter de esencial para el normal funcionamiento y una correcta atención de los afiliados, corresponde proceder a la renovación por el término de seis (6) meses o hasta tanto se concrete la nueva adjudicación, lo que ocurra primero, con el 15 % de aumento en el valor del servicio solicitado por la firma DIVEO ARGENTINA S.A. Que en virtud de lo expuesto, resulta procedente renovar la contratación efectuada por Licitación Pública N 25/12, a partir de la fecha de su vencimiento, y por el término de seis (6) meses o hasta tanto se adjudique la nueva licitación lo que ocurra primero, a favor de la firma DIVEO ARGENTINA S.A.. Que la renovación propiciada se encuentra contemplada en los alcances del Artículo 82, inciso c) del Anexo I de la Resolución N 135/I/03, que fuera modificado por el artículo 1 de la Resolución N 140/DE/15. Que se procedió a verificar en el Sistema de Gestión Económico Financiero la disponibilidad de fondos, realizándose en consecuencia la reserva de la correspondiente partida presupuestaria de conformidad con la normativa vigente en la materia. Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución N 140/DE/15, se emitió la correspondiente Comunicación de Disposición de Recursos a la Dirección Ejecutiva y a esta Subdirección Ejecutiva, prevista en el Anexo II de la Resolución N 844/ DE/14. Que la Secretaría General Técnico Operativa y las Gerencias de Administración y Económico Financiera han tomado la debida intervención de sus competencias. Que la Secretaría General Técnico Jurídica ha tomado la intervención en el marco de su competencia, no encontrando objeciones jurídicas que formular para la suscripción de la presente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2 y 3 del Decreto N 02/04 y el artículo 1 del Decreto N 233/17, ambos del Poder Ejecutivo Nacional, y conforme lo dispuesto por la Resolución N 844/DE/16, EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO ARTÍCULO 1.- Renovar, en los términos del artículo 82, inciso c) del Anexo I de la Resolución N 135/I/03, modificado por el artículo 1 de la Resolución N 140/DE/15), la contratación efectuada por Licitación Pública N 25/12, a favor de la firma DIVEO ARGENTINA S.A. para la contratación de ciento cuarenta y un (141) puestos de atención telefónica, sin personal con todo el equipamiento necesario para el funcionamiento de la Central Operativa de Servicio de Emergencias Médicas de este Instituto, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en las localidades cabeceras de partido del conurbano bonaerense -Opción 2: Kaspersky Bussiness Space Security-; y la contratación de ciento seis (106) Puestos de Atención Telefónica, conforme al Anexo I del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos de la contratación, incluyendo cableado estructurado para voz y datos por puesto Categoría 6, sin incluir tecnología de Call Center, Equipos PC y Suite de Antivirus (Anexos II, III y IV), a partir de la fecha de su vencimiento y por el término de seis (6) meses o hasta tanto se adjudique la nueva licitación, lo que ocurra primero. ARTÍCULO 2.- Establecer que el monto total de la presente página 5

6 renovación asciende a la suma de HASTA PESOS DIECISIETE MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL NOVENTA Y DOS CON 84/00 ($ ,84). ARTÍCULO 3.- Autorizar a la Gerencia de Administración a emitir y suscribir la correspondiente Orden de Compra, facultándola a disponer su liberación al sólo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la presente. ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN N 0067/SDE/2017 Cdor. Víctor LÓPEZ MONTI - Subdirector Ejecutivo DIVEO ARGENTINA S.A. ANEXO - DISPOSICIÓN N DESCRIPCIÓN CANTIDAD DE PUESTOS CANTIDAD DE MESES HASTA PRECIO MENSUAL PRECIO TOTAL HASTA Contratación de ciento cuarenta y un (141) puestos de atención telefónica, sin personal con todo el equipamiento necesario para el funcionamiento de la Central Operativa de Servicio de Emergencias Médicas de este Instituto, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en las $ ,08 $ ,48 localidades cabeceras de partido del conurbano bonaerense, por el término de seis (6) meses o hasta tanto se concrete una nueva adjudicación, lo que ocurra primero Opción 2: Kaspersky Bussiness Space Security-. Contratación de ciento seis (106) Puestos de Atención Telefónica, conforme al Anexo I del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos de la presente contratación, incluyendo cableado estructurado para voz y datos por puesto Categoría 6 sin $ ,06 $ ,36 incluir tecnología de Call Center, Equipos PC y Suite de Antivirus (Anexos II, III y IV) por el término de seis (6) meses o hasta tanto se concrete una nueva adjudicación, lo que ocurra primero. MONTO TOTAL A RENOVAR HASTA $ ,14 $ ,84 EL MONTO TOTAL DE LA PRESENTE RENOVACIÓN ASCIENDE A LA SUMA DE HASTA PESOS DIECISIETE MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL NOVENTA Y DOS CON 84/00 ($ ,84). Disposición N 0475 VISTO el expediente N , y página 6

7 registración de capacitación de la actividad: Agencias Amigables para personas con Deterioro Cognitivo. Que dicho curso equivale a la cantidad de dos (2) horas reloj de capacitación, a los efectos de la Carrera Administrativa. ARTÍCULO 1.- Apruébase, la registración de capacitación de la actividad: Agencias Amigables para personas con Deterioro Cognitivo, reconociendo la cantidad de dos (2) horas reloj de capacitación, a los efectos de la Carrera Administrativa. DISPOSICIÓN N 0475/GRH/2017 Disposición N 0476 VISTO el expediente N , y registración de capacitación de la actividad: Proyecto de Capacitación Escala de Vulnerabilidad Sociosanitaria. Que dicho curso equivale a la cantidad de siete (7) horas reloj de capacitación, a los efectos de la Carrera Administrativa. ARTÍCULO 1.- Apruébase, la registración de capacitación de la actividad: Proyecto de Capacitación Escala de Vulnerabilidad Sociosanitaria, reconociendo la cantidad de siete (7) horas reloj de capacitación, a los efectos de la Carrera Administrativa. DISPOSICIÓN N 0475/GRH/2017 Disposición N 0477 VISTO el expediente N , y página 7

8 registración de capacitación de la actividad: Curso E Learning del Circuito de Identificación de Talonarios para Agencias. Que dicho curso equivale a la cantidad de siete (7) horas reloj de capacitación, a los efectos de la Carrera Administrativa. ARTÍCULO 1.- Apruébase, la registración de capacitación de la actividad: Curso E Learning del Circuito de Identificación de Talonarios para Agencias, reconociendo la cantidad de siete (7) horas reloj de capacitación, a los efectos de la Carrera Administrativa. DISPOSICIÓN N 0477/GRH/2017 Disposición N 0478 VISTO el expediente N , y registración de capacitación de la actividad: Curso E Learning del Circuito de Identificación de Talonarios para Agentes Prescriptores Internos. Que dicho curso equivale a la cantidad de seis (6) horas reloj de capacitación, a los efectos de la Carrera Administrativa. ARTÍCULO 1.- Apruébase, la registración de capacitación de la actividad: Curso E Learning del Circuito de Identificación de Talonarios para Agentes Prescriptores Internos, reconociendo la cantidad de seis (6) horas reloj de capacitación, a los efectos de la Carrera Administrativa. DISPOSICIÓN N 0478/GRH/2017 Disposición N 0479 VISTO el expediente N , y página 8

9 registración de capacitación de la actividad: Curso E Learning del Circuito de Identificación de Talonarios para UGL y Efectores Propios. Que dicho curso equivale a la cantidad de siete (7) horas reloj de capacitación, a los efectos de la Carrera Administrativa. ARTÍCULO 1.- Apruébase, la registración de capacitación de la actividad: Curso E Learning del Circuito de Identificación de Talonarios para UGL y Efectores Propios, reconociendo la cantidad de siete (7) horas reloj de capacitación, a los efectos de la Carrera Administrativa. DISPOSICIÓN N 0479/GRH/2017 Disposición N 0480 VISTO el expediente N y registración de capacitación de la actividad: Capacitación Relevamiento en Campo para Proyecto Centenarios. Que dicho curso equivale a la cantidad de dieciocho (18) horas reloj de capacitación, a los efectos de la Carrera Administrativa. ARTÍCULO 1.- Apruébase, la registración de capacitación de la actividad: Capacitación Relevamiento en Campo para Proyecto Centenarios, reconociendo la cantidad de dieciocho (18) horas reloj de capacitación, a los efectos de la Carrera Administrativa. DISPOSICIÓN N 0480/GRH/2017 Disposición N 0481 VISTO el expediente N , y página 9

10 registración de capacitación de la actividad: Normativas y Procedimientos de Afiliación. Que dicho curso equivale a la cantidad de cinco (5) horas reloj de capacitación, a los efectos de la Carrera Administrativa. ARTÍCULO 1.- Apruébase, la registración de capacitación de la actividad: Normativas y Procedimientos de Afiliación, reconociendo la cantidad de cinco (5) horas reloj de capacitación, a los efectos de la Carrera Administrativa. DISPOSICIÓN N 0481/GRH/2017 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados Lic. Sergio Daniel CASSINOTTI - Director Ejecutivo CPN. Victor Hugo LÓPEZ MONTI - Subdirector Ejecutivo Boletin del Instituto: Resoluciones N 0439/DE/04, 0039/DE/16 y 1045/DE/16 Edición: División Gestión Electrónica de Normativa Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa secretaria_administrativa@pami.org.ar / despacho@pami.org.ar boletindelinstituto@pami.org.ar página 10

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