Proyecto de Creación del. Instituto Universitario Propio de Investigaciones y Estudios Fiscales y Financieros (IUIEFF) Universidad de Murcia.

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1 Proyecto de Creación del Instituto Universitario Propio de Investigaciones y Estudios Fiscales y Financieros (IUIEFF) Universidad de Murcia Lorca 1

2 Instituto Universitario Propio de Investigaciones y Estudios Fiscales y Financieros (IUIEFF) Universidad de Murcia Lorca 1. Justificación de la conveniencia de creación del Instituto Propio y de las ventajas que supone la misma para la Universidad de Murcia Antecedentes y actividades realizadas por la Universidad de Murcia relacionadas con el objeto del Instituto Universitario Propio Objetivos y programación prevista de formación e investigación Áreas de Conocimiento y Departamentos que quedarían afectados por la creación del Instituto Universitario Propio de Investigaciones y Estudios Financieros y Fiscales, por mantener una especial conexión con sus actividades Programación bianual de actividades, años Memoria económica, años Proyecto de Reglamento Anexos Información relativa a las actividades realizadas por el grupo promotor 8.2. Texto de las cartas emitidas por el grupo promotor informando de la creación del Instituto y solicitando la adhesión y/o apoyo a la creación del mismo Organigrama del Instituto 8.4. Listado de miembros del Consejo Rector del Instituto 8.5. Modelo de Convenio de Cátedra 8.6. Cartas recibidas por los promotores con las muestras de adhesión a la creación del Instituto. 2

3 1. Justificación de la creación del Instituto Universitario Propio y de sus ventajas para la Universidad de Murcia. El fenómeno de la fiscalidad interesa a diversos sectores públicos y privados, sociales y económicos, empresariales o profesionales, tanto en el ámbito interno (local, autonómico, estatal) como en el internacional. Ello implica que la profundización en su conocimiento, y la enseñanza y difusión de los resultados que se alcancen con la investigación, puede mejorar, notablemente, la actividad de los poderes públicos, el funcionamiento de la Administración, el desempeño de las profesiones vinculadas a la fiscalidad, la planificación y desarrollo de las actividades económicas por los empresarios y, en fin, el comportamiento cívico de los agentes sociales. A pesar de la enorme trascendencia del fenómeno tributario, la formación de alta especialización en este campo ha sido abandonada por las instituciones públicas a favor de los centros de formación privados, lo que implica una falta de acreditación oficial y la dificultad de acceso a quien carezca del poder adquisitivo requerido por tales centros. Por otra parte, los programas marco de apoyo a la investigación, nacionales o comunitarios, se muestran insuficientes para fomentar los trabajos de los investigadores en este ámbito de la tributación, lo que se manifiesta en los escasos proyectos y becas de investigación dotados en esta concreta materia, tanto de ámbito nacional, como de comunitario. La iniciativa de la Universidad de Murcia de crear un Instituto de estas características, se justifica sobre estas dos bases. De una parte, en el entendimiento de que hay que satisfacer las necesidades de formación cualificada de expertos, funcionarios y empresarios, en buena parte desatendido por las Instituciones universitarias públicas y, de otra, en la verificación de que es una parcela prácticamente abandonada por los centros públicos y privados dedicados al fomento y financiación de la investigación avanzada, cuando son cada vez más los investigadores universitarios, - tanto nacionales como de otros 3

4 países de la Unión Europea y latinoamericanos - interesados en este ámbito del conocimiento. Al margen de los dos perfiles destacados, aunque derivado de éstos y de la función de la Universidad en cuanto centro encargado de promover y divulgar el conocimiento, surge el interés de potenciar y desarrollar un tercer aspecto, igualmente desatendido por las Instituciones formativas, que es el de la divulgación o promoción del conocimiento en materia fiscal. Esta necesidad, aun cuando se ha manifestado esencial en el desarrollo y evolución de los sistemas fiscales de todos los Estados, se ve intensificada a partir del nuevo modelo de Administración tributaria implantado en España desde hace tan sólo una década. En él se requiere una enorme colaboración y participación de los ciudadanos en las tareas de aplicación de los tributos. Ello supone que dicho comportamiento también se le exige a colectivos sociales carentes de conocimientos suficientes por falta de formación en materia fiscal. El desconocimiento de la norma, por falta de formación y de información, puede implicar responsabilidades a los contribuyentes no deseadas por la Administración y producir el rechazo social del tributo. La puesta en marcha de programas de actividades en esta línea conllevará la mejora del conocimiento social de la fiscalidad y, en consecuencia, del cumplimiento de los deberes tributarios. Por último, es de destacar que las Universidades públicas españolas, conscientes de la laguna señalada, están comenzando a fortalecer la formación de postgrado y que, en el ámbito de la fiscalidad, son todavía muy pocas, las Universidades públicas que acometen esta decisión. La Universidad de Murcia cuenta con profesores e investigadores que trabajan en la docencia, investigación, estudio y asesoramiento económico y jurídico en las materias relativas a los ingresos y gastos públicos y a su incidencia en el sistema económico y social, y, por ello, no puede ni debe quedar al margen de contribuir al establecimiento de algún tipo de estructura que contribuya a mejorar el sistema fiscal español y su aplicación. Esta entidad universitaria puede constituir un importante referente, promotor de diversas 4

5 actividades que de realizarse aisladas, no reflejarían convenientemente la inversión ni el esfuerzo intelectual efectuado por la Universidad. Sin embargo, si ese conjunto de actuaciones se pudieran aglutinar, encauzar y dirigir adecuadamente, tanto hacia la sociedad civil como hacia el entorno de decisión política, el impacto social y científico que se lograría, multiplicaría sus efectos, desde la perspectiva del papel social que aporta la Universidad y desde la óptica de los beneficios sociales que proporcionaría. La oportunidad del proyecto está fuera de dudas. En efecto, el nuevo sistema de financiación autonómica confiere a este nivel de gobierno y administración un rol más activo en el ejercicio de su poder tributario. La existencia de un centro como el que se promueve debe constituir un instrumento para que la Hacienda de la Región de Murcia encuentre en esta Institución Universitaria el referente del estudio, la investigación, el debate y la publicación de trabajos para el ejercicio de sus funciones. Con la finalidad de consolidar esta Institución se pretende potenciar la participación de los diferentes agentes sociales y económicos vinculados al fenómeno tributario, así como la de profesores y expertos fiscales, nacionales y extranjeros. Un proyecto tan ambicioso requiere un importante apoyo institucional y económico. En este sentido, la Universidad de Murcia considera que este proyecto podía ser liderado por el Ayuntamiento de Lorca, quien ha demostrado cumplidamente su disposición a participar en cuantas actividades universitarias se han celebrado en dicha localidad, manifestando asimismo su interés en acoger un campus universitario no convencional. Haciendo suyo este nuevo proyecto, la ciudad de Lorca iniciaría su andadura como Ciudad Universitaria a través una Institución de alto nivel formativo, investigador y divulgador del conocimiento con gran trascendencia social, lo que significaría comenzar a formar parte de las Universidades del futuro. 5

6 En síntesis, la conveniencia de crear un Instituto de Estudios e Investigaciones Financieras y Fiscales por la Universidad de Murcia se justifica por los siguientes motivos: 1ª. La posibilidad de aglutinar un conjunto de líneas de investigación dispersas, para encontrar en el Instituto un reflejo y un impacto de mayor envergadura y proyección social y científica. 2ª. El Instituto se constituirá en un gran centro de formación que cubra las actuales lagunas formativas y profesionales que existen en el ámbito de la fiscalidad, tanto en su vertiente sustantiva, como en la de su gestión y aplicación. 3ª. La ausencia en España de un Instituto con la envergadura que pretende alcanzar el que aquí se presenta. 4.ª La oportunidad política y social de que se cree una estructura estable que afronte desde diversos ángulos los problemas que conlleva la fiscalidad, por ser hoy una de las preocupaciones socio-económicas que ocupan un gran debate social y científico, no sólo en nuestro país sino en el entorno internacional. 5ª. El Instituto será un referente social y cultural en el que se tratarán los aspectos sociales, políticos, científicos de la fiscalidad, proporcionando ideas, soluciones, programas de actuación. 2. Antecedentes y actividades realizadas por la Universidad de Murcia relacionadas con el objeto del Instituto Universitario Propio. Desde el año 1990 se vienen organizando en la Universidad de Murcia, en el seno del Departamento de Hacienda y Economía del Sector Público, actividades de formación complementaria a la académica, cursos de especialista universitario, jornadas de ámbito nacional, encuentros entre profesionales, funcionarios e investigadores, etc., dirigidas a los recién licenciados, profesionales y funcionarios, tanto de la Administración local y autonómica, como estatal. Miembros de este Departamento han participado como ponentes, igualmente, en actividades de esta naturaleza, tanto de ámbito nacional como internacional, europeo y latinoamericano. 6

7 Entre las actividades señaladas, cabe destacar las realizadas en la Universidad Internacional del Mar, y en particular, las dos siguientes: el curso anual que se viene celebrando desde el año 1998 y el congreso internacional sobre el capital mobiliario que se celebró en el año Ambas actividades han obtenido el reconocimiento de la comunidad académica y profesional, nacional e internacional, constituyéndose en un punto de referencia para los interesados en este ámbito del conocimiento. En el marco de la investigación universitaria, la Universidad de Murcia cuenta con diversos grupos cuyas líneas de investigación se relacionan con el objeto de este proyecto, entre los que cabe destacar el grupo de investigación en fiscalidad, conectado con diversos grupos de investigación nacionales y extranjeros, y que lleva años publicando sus resultados. Ello ha comportado que los investigadores responsables de tales grupos se integren en grupos de investigaciones de otras Universidades extranjeras y mantengan estrechos lazos de colaboración con las mismas, lo que se incorporará a la nueva institución, garantizando el ámbito de actuación internacional de la misma. De igual forma, profesores de esta Universidad forman parte de los consejos científicos de revistas nacionales y extranjeras especializadas en materia fiscal. La preparación, organización y ejecución de las actividades reseñadas ha sido realizada con la colaboración de un equipo de trabajo e investigador altamente cualificado y de procedencia profesional diversa, esto es, de profesores de la Facultad de Economía y Empresa, así como de la de Derecho, de funcionarios de la Agencia Estatal de la Administración tributaria y del Ministerio de Hacienda, de funcionarios de la Administración Autonómica de la Región de Murcia, de profesionales de la auditoría contable y fiscal, así como de la abogacía, y de miembros de la Magistratura. Este equipo ha venido trabajando con el único interés de fomentar un foro de discusión y de interés universitario en torno al fenómeno de la fiscalidad, aportando la experiencia y el conocimiento que brinda cada una de las perspectivas desde la que es posible analizar el fenómeno financiero. 1 Como anexo se acompaña la documentación 7

8 Esta perspectiva múltiple constituye el antecedente básico para promover la creación del Instituto, que con su carácter permanente marcará el punto de inflexión para el desarrollo continuo de actividades de imposible ejecución en el ámbito aislado de los Departamentos universitarios. 3. Objetivos y programación prevista de formación e investigación El Instituto Universitario de Investigaciones y Estudios Fiscales y Financieros se constituye con el fin esencial de mejorar el conocimiento de los tributos y de sus aspectos complementarios, contribuyendo, tanto al perfeccionamiento técnico y científico del sistema fiscal, como a la mejora de la conciencia fiscal existente, labor que se acometerá desde una perspectiva nacional e internacional. Constituye un objetivo adicional de este Instituto el fomento de la investigación relativa a los sistemas de ingresos y gastos públicos y su incidencia sobre el sistema económico y social. Siguiendo la línea de actuación programada desde sus comienzos por la Universidad Internacional del Mar, el Instituto Universitario de Investigaciones y Estudios Fiscales y Financieros nace para constituir un foro de estudio, investigación y divulgación de los problemas que el fenómeno fiscal entraña, foro que estará en todo caso presidido por el debate, por el análisis, la discusión y la confrontación de los distintos puntos de vista que puedan defenderse sobre temas de actualidad o de relevancia fiscal, contribuyendo con ello al mejor conocimiento y difusión del sistema fiscal tanto interno, como foráneo. Este último aspecto constituirá uno de los ejes fundamentales en la planificación, organización y ejecución de toda la actuación del centro, en sus diferentes vertientes. En este sentido, debe señalarse que los destinatarios iniciales de las actividades propias del mismo serán, tanto los recién licenciados y diplomados, como los profesionales 8

9 (tanto públicos como privados) y los investigadores nacionales y extranjeros, sin olvidar por ello a otros segmentos sociales, como alumnos de enseñanza secundaria, asociaciones de pequeños comerciantes, etc., con el objetivo no ya de formar y actualizar los conocimientos, sino de ir introduciendo una cultura fiscal en la sociedad actual. Se trata de abordar temas que sean de alto interés en el desempeño de tareas como la investigadora y docente, o como para el funcionamiento de la Administración Tributaria, sin olvidar el atractivo que debe representar para los profesionales. Esto supone que, tanto las actividades elegidas, como el tratamiento de las cuestiones que las mismas planteen, deberán compaginar la investigación de alto nivel, o avanzada, con la formación y la divulgación de las cuestiones relevantes que se vayan abordando. Por todo ello, el Instituto Universitario se constituye con el objetivo esencial de contribuir al estudio, la divulgación, la investigación de los problemas que plantea el conocimiento de los sistemas tributarios y los gastos públicos, con una perspectiva multijurisdiccional, es decir, en sus niveles local, autonómico, estatal y supranacional (Unión Europea), así como de los sistemas fiscales comparados. Para alcanzar los fines señalados, el Instituto tendrá como objeto el fomento y desarrollo del conocimiento de la actividad financiera del sector público y del sistema fiscal, en particular. A tal fin, la actividad del Instituto se articulará en tres planos distintos, como son los de investigación, formación y divulgación, y se proyectará sobre las distintas realidades financieras y tributarias, ya de ámbito internacional, sea respecto de la Unión europea o de terceros países, ya en relación con los distintos sistemas fiscales existentes en España. En particular, el Instituto Universitario de Investigaciones y Estudios Fiscales cumplirá los objetivos descritos mediante las siguientes líneas de actuación: 9

10 a) Organizar conferencias, reuniones, foros, encuentros e intercambios internacionales que contribuyan al conocimiento y divulgación del sistema fiscal en todas sus múltiples manifestaciones. b) Organizar cursos de postgrado de corta y larga duración, de especialista universitario y masters. c) Proyectar y desarrollar congresos científicos de carácter nacional e internacional. d) Procurar la colaboración y presencia de los diferentes agentes económicos y sociales en las actividades dirigidas a la concienciación respecto de la asunción de las cargas públicas. e) Procurar ayudas a la Investigación y dotar bolsas de viaje con el mismo fin, así como financiar programas concretos de estudios o investigación. f) Financiar tesis doctorales sobre temas relacionados con la fiscalidad. g) Convocar premios por la realización de trabajos de investigación. h) Realizar y editar libros o publicaciones de todo tipo con carácter periódico o ocasional sobre de temas y cuestiones relacionados con los fines de la Institución, financiar la publicación de tesis doctorales y trabajos de investigación; así como colaborar en publicaciones periódicas y otros medios de difusión que puedan contribuir al mayor conocimiento de la realidad tributaria y de la economía pública, nacional e internacional. i) Constituir un espacio para servicios de asesoramiento a las instituciones públicas y privadas, dando lugar a la investigación aplicada. j) Colaborar en los programas de acción concertada financiados por la Administración Pública y cualesquiera otros apoyados por Entidades públicas o privadas y que tengan por objeto el fomento de los fines de la Institución. k) Participar en Programas Europeos o de ámbito internacional, cuyos fines sean análogos a los de la Institución universitaria, así como colaborar, igualmente, con los programas promovidos por cualquier instancia de la Administración Pública Española, de ámbito regional, municipal, etc. 10

11 l) Realizar estudios relacionados con las cuestiones fiscales y de Economía pública de interés para la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Estado Español. m) Realizar tareas de asesoramiento y tutelaje con otras instituciones sudamericanas. n) La atención de otras actividades no citadas expresamente que cooperen a los fines institucionales. o) Programar reuniones y encuentros con Institutos nacionales e internacionales. p) Constituir foros de encuentro virtual, para poner al día los conocimientos en materia de fiscalidad q) Realización de trabajos especializados a instancias de cualquier institución que lo requiera, tales como aquellos que puedan ser encomendados al CES. r) Creación de la oficina de innovación y actualización normativa, jurisprudencia y doctrinal. Todo ello deberá contribuir a los objetivos primordiales señalados, esto es, a la formación de los recién licenciados, profesionales y funcionarios vinculados con la materia tributaria, al fomento de la investigación científica en el campo de la Economía Pública y a la divulgación del fenómeno tributario como elemento esencial de las modernas sociedades. 11

12 4. Áreas de Conocimiento y Departamentos, que quedarían afectados por la creación del Instituto Universitario Propio de Investigaciones y Estudios Fiscales, por mantener una especial conexión con sus actividades. El Instituto Universitario de Investigaciones y Estudios Fiscales y Financieros es una iniciativa conjunta de un grupo de personas vinculadas a la Universidad de Murcia y que prestan sus servicios en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Sr. D. Diego Rueda Cruz, en el sector profesional e institucional, Sr. D. José Molina Molina y Sr. D. Angel E. Bermejo Campillo, - y en la Universidad de Murcia, - la profesora Dra. Dña. Gloria Alarcón García -. Dicho grupo está vinculado a la organización de los cursos de la Universidad del Mar y ha contado con el apoyo de las personas que han venido colaborando en la organización de los mismos, la Prof. Dra. Dña. Esther Ortiz Martínez, Sr. D. Mario Caparrós López, Sra. Dña. Juana Gutierrez Sánchez y Sra. Dña. Isabel Canovas Ortiz, así como del alumno de la Facultad de Economía y Empresa, D. José Vicente Campos Galindo. El día 10 de octubre de 2002 se comenzó el envío de información relativa a la creación del Instituto con el fin de que nos prestaran su apoyo en forma de adhesión. El periodo de envío de cartas se ha extendido hasta el 11 de noviembre de Los destinatarios de dicho envío fueron los siguientes: a) Decanos de las Facultades de Economía y Empresa y de Derecho. b) Directores de los Consejos de Departamento, Investigadores principales de los grupos de investigación de las áreas de conocimiento vinculadas con la materia, objeto del futuro Instituto, profesores de la Facultad de Economía y Empresa. c) Representantes de las Instituciones públicas y privadas, cuya presencia en el Instituto fuera de interés para el desempeño de sus funciones, con el objetivo de que se involucrasen en mayor grado que las anteriores. A 12

13 los representantes de tales Instituciones se les solicitó que consideraran la posibilidad de formar parte del Consejo Rector-Asesor del Instituto. d) Ponentes de los cursos de la Universidad Internacional del Mar en sus cinco ediciones, - miembros de la Comunidad Universitaria nacional, a funcionarios de las diferentes administraciones tributarias (local, nacional y autonómica), miembros del poder judicial y, expertos en asuntos fiscales y financieros. e) Alumnos de los cursos de la Universidad Internacional del Mar. El día 17 de octubre de tuvo lugar una sesión informativa sobre la creación del Instituto, en el Salón de Grados de la Facultad de Economía y Empresa, a la que se invitó a los profesores de la Facultad de Economía y Empresa, así como a profesores de otras Facultades y a otros miembros de Instituciones públicas y privadas interesadas en los futuros ámbitos de actuación del Instituto. Con motivo de los envíos y de la sesión informativa, y hasta el día de hoy, se ha recibido la adhesión de las siguientes personas o Instituciones, conllevando, en determinados supuestos, la aceptación de una vocalía en el Consejo Rector-Asesor, antes mencionado 2 : FACULTADES DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dr. José Antonio Cobacho Gómez, Decano de la Facultad de Derecho, Universidad de Murcia DEPARTAMENTOS DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA 2 Las cartas se acompañan como documento anexo. 13

14 Dpto. Hacienda y Economía del Sector Público Dpto. Economía Financiera y Contabilidad Dpto. de Sociología y Política Social Dpto. de Fundamentos del Análisis Económico Dpto. Comercialización e Investigación de Mercados Dpto. de Organización de Empresas y Finanzas Dpto. de Métodos Cuantitativos para la Economía Dpto. de Derecho Financiero, Internacional y Procesal Dpto. Economía Aplicada GRUPOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA Economía y Teoría Financiera (E092-02) Economía de los recursos naturales y del medio ambiente Aplicación de la teoría de juegos Universidad Empresa 91 (E015-01) Economía Laboral Historia Económica y Social La fiscalidad medioambiental y otras nuevas tendencias del orden jurídico mundial (E071-02) PROFESORES DE UNIVERSIDAD Prof. Dra. Dña. Gloria Alarcón García, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dra. Dña. Esther Ortiz Martínez, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia 14

15 Prof. Dr. D. José Daniel Buendía Azorín, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dr. D. Bernardino Benito, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dr. D. Gabriel Casado Ollero, Facultad de Derecho, Universidad Complutense de Madrid, abogado Prof. Dña. Juana Gutiérrez Sánchez, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dra. Dña. Ana Mª Juan Lozano, Facultad de Derecho, Universidad de Valencia. Prof. Dr. D. José Miguel Martínez Carrión, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dra. Alicia Martínez Serrano, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dr. D. Ambrosio Sempere Flores, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dr. D. José Luis Munuera Alemán, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dra. Dña. Elena Quiñones Vidal, Facultad de Psicología, Universidad de Murcia Prof. Dr. D. Pedro Luengo Mulet, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dr. D. Juan Monreal Martínez, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dr. D. Francisco Alcalá Agulló, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dr. D. Ramón Sabater Sánchez, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dr. D. Pedro Martínez Solano, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dr. D. Constantino Martínez Gallur, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dr. D. Pedro Jesús Hernández Martínez, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia 15

16 Prof. Dra. Dña. Gloria Soto Pacheco, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dr. D. Antonio Calvo Flores, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dr. D. Pedro Sánchez Vera, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dr. D. Julián Valero Torrijo, Facultad de Derecho, Universidad de Murcia Prof. Dr. D. Ramón Mª Dolores Pedrero, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Prof. Dr. D. Fernando I. Sánchez Martínez, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia. Prof. Dr. D. Angel Sánchez Sánchez, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Alicante Prof. Dr. D. Francisco Poveda Blanco, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Alicante Prof. Dr. D. Manuel Larrán Jorge, Facultad de CC. Económicas y Empresariales, Universidad de Cadiz Prof. Dr. D. Carlos Palao Taboada, Facultad de Derecho, Universidad Autónoma de Madrid Prof. Dr. D. Christian Jahndorf, Facultad de Derecho, Universidad de Münster, Alemania Prof. Dr. D. Dieter Birk, Facultad de Derecho, Universidad de Münster, Alemania Prof. Dr. D. Justo Vela Ródenas, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia. Prof. Dr. D. Modesto Fabra Valls, Facultad de Derecho, Universidad Jaume I. Prof. Dr. D. Juan López Martínez, Facultad de Derecho, Universidad de Granada. Sr. D. Pedro Fenollar Quereda, Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia. Prof. Dr. D. Mariano Alarcón García, Profesor Titular de Escuela Universitaria, Área de Máquinas y Motores Térmicos, Universidad de Murcia Prof. D. José Francisco Bellod Redondo, Universidad Politécnica de Cartagena Prof. Dr. D. Germán Orón Moratall, Catedrático de Derecho Financiero y Tributario, Universidad Jaume I de Castellón. 16

17 REPRESENTANTES DE INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS Excmo. Sr. D. Miguel Navarro Molina, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Lorca Excmo. Sr. D. Antonio Gómez Fayrén, Vicepresidente y Consejero de Presidencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia Excmo. Sr. D. Julián Pérez-Templado Jordán, Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Murcia. Excmo. Sr. D. Juan Bernal Roldan, Consejero de Hacienda de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia Excmo. Sr. D. Juan Megías Molina, Presidente del Consejo Jurídico de la Región de Murcia Ilmo. Sr.D. Carlos Egea Krauel, Director General de Cajamurcia Ilmo. Sr. D. Juan José Rubio Guerrero, Director General del Instituto de Estudios Fiscales, Secretaría de Estado de Hacienda, Ministerio de Hacienda. Sra. Dña. Mª José Llombart Bosch, Delegada del Instituto de Estudios Fiscales de la Delegación territorial de Valencia, Secretaría de Estado, Ministerio de Hacienda. Sr. D. José Luis Romero de Jódar, Secretario General de CC.OO-RM Sr. D. Eusebio Abellán Martínez, Presidente de la Cámara de Comercio de Lorca. Sr. D. Juan Francisco García de Alcaraz Méndez, Presidente de la Confederación Comarcal de Empresarios de Lorca, CECLOR, Lorca Ilmo. Sr. D. Victor Guillamón Melendreras, Decano del Ilustre Colegio de Economistas de la Región de Murcia. Sr. D. Andrés Cano Lorenzo, Secretario del Ilustre Colegio de Abogados de Murcia Sr. D. David Hernandez Zapata, Consejero Delegado de Maquinasa S.A., Director-Gerente de Inmotor S.A., Cartagena. Sr. D. Juan Martínez López, Director y Socio Fundador de Tecnitec Consultores, economista, auditor y asesor fiscal Sr. D. Angel E. Bermejo Campillo, abogado, Socio fundador de Uniforo, abogados. 17

18 FUNCIONARIOS DE OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Ilmo. Sr. D. Jesús Bermejo Ramos, Director de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude, Servicios Centrales AEAT. Ilmo. Sr. D. Santiago Segarra Tormo, Director del Departamento de Informática Tributaria, Servicios Centrales AEAT. Ilmo. Sr. D. Santiago Menéndez Menéndez, Director General del Departamento de Recaudación Tributaria, Servicios Centrales de la AEAT. Ilmo. Sr. D. Maximino I. Linares Gil, Director General del Servicio Jurídico de la AEAT Madrid Excmo. Sr. D. Eduardo Abril Abadín, Presidente del Tribunal Económico-Administrativo Central, Ministerio de Hacienda. Ilma. Sra. Dña. Encarna López López Directora de la Agencia Regional de Recaudación CARM. Ilma. Sr. Dña. Asunción Salvo Tambo, Magistrada de lo Contencioso-Administrativo, Presidenta de la Sección 2ª Audiencia Nacional. Ilmo. Sr. D. Carlos Saura Maurandi, Presidente del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Murcia, Ministerio de Hacienda. Ilmo. Sr. D. Abel A. Saez Doménech, Magistrado de lo Contencioso-Administrativo, Presidente de la Sección 2ª, TSJ Murcia Ilmo. Sr. D. Alejandro Luzón Canovas, Fiscal de la Fiscalía Especial para la represión de los delitos económicos relacionados con la corrupción. Sr. D. Marcos López, Inspector de Finanzas del Estado AEAT, Murcia Sr. D. Nicolás Valero Lozano, Abogado del Estado-Jefe del Servicio Jurídico de la AEAT de Murcia Sr. D. Antonio Morillo Méndez, Inspector de Finanzas del Estado, Jefe de la ONI, Valencia Sra. Dña. Asunción Moreno García, Servicios Jurídicos de la Agencia Regional de Recaudación de la CARM. 18

19 Sr. D. Juan José Aroca Martínez, Jefe del Servicio Jurídico de la Agencia Regional de Recaudación de la CARM. Sr. D. Juan José Fernández Sánchez, Inspector de Finanzas del Estado, Servicios Centrales de Recaudación AEAT. Sra. Dña. Florentina Ros Amorós, Inspectora de Finanzas del Estado, Jefe del Área de Estudios Contables y Relaciones Internacionales de la Subdirección General del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas del Ministerio de Economía Sr. D. Juan José Sánchez Ondal, Consejero Técnico de Recaudación Ejecutiva, Ayuntamiento de Madrid. Ilmo. Sr. D. Ignacio González García, Subdirector General de Renta de Aduanas e II.EE., Servicios Centrales de la AEAT. Sr. D. José Antonio Vicente Fernández, Área de Gestión Económica de la Universidad de Murcia. Sr. D. Antonio Villaescusa, Interventor del Ayuntamiento de Yecla, Murcia. Sr. D. Cosme Colmenero, Inspector de Hacienda del Estado, AEAT, Murcia. Sr. D. Joaquín Molina Milanés, Inspector de Hacienda del Estado, AEAT, Murcia. Sr. D. Diego Rueda Cruz, Inspector de Hacienda del Estado, Jefe-Adjunto de la ONI- Valencia, AEAT, Murcia. Sra. Dña. Carmen Navarro Martínez, Abogada del Estado, AEAT Alicante Ilmo. Sr. D. Arturo Zabala Rodríguez.-Formnos, Abogado del Estado, Jefe de los Servicios Jurídicos de la AEAT Valencia. Ilmo. Sr. D. José Ignacio Ruiz Toledano, Vocal Coordinador de los Tribunales Económico- Administrativos Regionales, TEAC. EXPERTOS FISCALES Sr. D. José Molina Molina, auditor y experto fiscal. Sr. D. Mario Caparrós López, abogado. 19

20 Sra. Dña. Isabel Cánovas Ortiz, abogada. Sr. D. Enrique Giménez-Reyna Rodríguez, abogado. Sr. D. Joan Hortalá i Vallvé, Inspector de Finanzas del Estado, excedente, Facultad de Derecho, Universidad Pompeu Fabra y socio director de PricewaterhouseCoopers Sr. D. José Mª Moreno García, auditor y experto fiscal. Sr. D. Abelardo Delgado Pacheco, Inspector de Finanzas del Estado, excedente, Garrigues, abogados y asesores tributarios. Sr. D. Francisco Paredes Iniesta, abogado Prof. D. Daniel Moreno García, auditor y experto fiscal, Profesor asociado de la Facultad de Economía y Empresa, Universidad de Murcia Sr. D. José Pardo Geijo, abogado Sra. Dña. Ana Roca Inglés, abogada Sra. Dña. Belén Molina Jordana, abogada ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DEL MAR Sr. D. Javier Pinilla Peñarubia Sr. D. José Miguel Herrero, abogado. Sr. D. Jesús Campillo García Sra. Dña. Teresa Sanchez Vales, abogada Sr. D. Pedro Meca Alcázar, asesor fiscal Sr. D. Manuel Jódar Martínez, asesor fiscal Sra. Dña. Isabel Martínez García, Inspectora de Hacienda del Estado Sr. D. Juan Manuel Berajano Gradillas Sra. Dña. Ana Alvarez Alvarez D. José Vicente Campos Galindo. 20

21 En el mismo sentido, se ha obtenido el compromiso de apoyo futuro de académicos pertenecientes a las universidades europeas, tales como: Prof. Dr. D. Michel Bouvier, Universidad París I, La Sorbona-Panteón, Francia, Director de la Revue Française de Finances Publiques. Prof. Dña. Marie-Cècile van Grieken, Escuela Superior de Ciencias Fiscales, ICHEC, Bélgica. Prof. Dr. D. Jacques Malherbe, Universidad de Lovaina, Bélgica. Prof. Dr. D. Manuel Pires, Universidade Lousiada, Portugal. Se espera la recepción de otras muestras de adhesión. En todo caso, la constitución del Instituto, y posterior funcionamiento, estará siempre abierta a la participación de todas las áreas y grupos de investigación de la Universidad de Murcia y de otras Universidades Españolas, así como de otras instituciones, relacionadas con los objetivos del mismo. 21

22 5. Programación bianual de actividades, años 2003 y Las actividades que se pasan a señalar han sido programadas para ser realizadas en cada uno de los años del periodo bianual. No obstante, si se considera más conveniente, alguna de las actividades mencionadas podrá ser realizada sólo una vez cada dos años, y, por el contrario, otras, más de una vez al año. Actividades formativas Un curso de formación de postgrado, 40 horas de duración, sobre un tema de actualidad formativa. Posibilidades, (la elección del tema del curso la realizará el Consejo de Coordinación, una vez que el Instituto se cree): Los gastos fiscales en Investigación Desarrollo e Innovación La fiscalidad de la Ley de Mecenazgo. Análisis de otros ordenamientos La internacionalización de las empresas: aspectos fiscales La responsabilidad fiscal de los administradores La fiscalidad de la empresa familiar y de las pymes La mediación como técnica de resolución de conflictos en materia tributaria Temas relacionados con la fiscalidad autonómica: Seminarios sobre cesiones de tributos, tributos autonómicos, competencia fiscal entre autonomías, coordinación entre la Agencia Tributaria y las CCAA, coordinación con los ayuntamientos, tributación local, tributación medioambiental, etc. Seminario sobre los aspectos europeos de la fiscalidad: la armonización fiscal. (Casi todos estos temas darían de sí para ser tratados periódicamente) Un seminario de formación sobre un tema de futuro y de gran actualidad, (un día y medio de duración). Posibilidades (la elección del tema del seminario la realizará el Consejo de Coordinación, una vez que el Instituto se cree): Novedades en la Ley General Tributaria 22

23 Novedades en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y en la Ley de acompañamiento a la misma La Ley del IRPF La fiscalidad medioambiental Actividades divulgativas Posibilidades (la elección de la actividad la realizará el Consejo de Coordinación, una vez que el Instituto se cree): Sesión con pequeños comerciantes, gremios de profesionales, pequeños empresarios de la agricultura o de la ganadería, amas de casa, etc. Celebración del día Qué es un impuesto para ti?, en los colegios e institutos. Elaboración de un manual breve sobre fiscalidad para difundir en los colegios e institutos. Actividades relacionadas con la motivación fiscal Actividades vinculadas a la investigación: (Se preve la realización de todas las actividades cada año y la dotación de los gastos de inversión será anual también) Financiación de Proyectos de Investigación Informe anual Una Cátedra de Derecho Fiscal y Economía del Sector Público creada por el Ministerio de Hacienda el Instituto Universitario y el Instituto de Estudios Fiscales 3 Una beca de investigación para la consolidación o creación en el centro de grupos de investigación. Un Premio de investigación, que podría llevar el nombre de Ciudad del Sol. Un congreso internacional (la elección del tema del congreso previsto para el ejercicio la realizará el Consejo de Coordinación, una vez que el Instituto se cree):. 3 El modelo de convenio se presenta como anexo a este documento. 23

24 Creación de un servicio de publicaciones, donde se edite: Una Revista especializada de carácter internacional, de aparición bimensual. Monografías de investigación derivadas de los premios, congresos o seminarios que se vayan realizando. Boletín informativo de aparición bimensual. Creación de un centro de documentación, cuyos puntos fuertes serán: Documentación sobre fiscalidad local. Documentación sobre fiscalidad autonómica. Documentación sobre fiscalidad comunitaria Documentación sobre fiscalidad internacional 6. Memoria económica, años 2003 y Las actividades se programarán cada dos años, en cada uno de los cuales se llevarán a cabo las actividades descritas en el epígrafe anterior, una vez que hayan sido seleccionadas por el Consejo de Coordinación, siendo los gastos señalados para cada ejercicio, de forma aproximada, los siguientes. Gastos: Curso de formación de postgrado: euros Seminario de formación: euros Actividad de corte divulgativo: euros Una Cátedra: euros Una beca de investigación: euros Un premio de investigación: euros Congreso internacional: euros Publicaciones: euros 24

25 Fondos bibliográficos: euros 10 becas de asistencia al curso de la UNIMAR, UIMP, Universidad Alcalá de Henares, u otros parecidos: euros Gastos de Dirección y Administración del Instituto: euros (Contratación de un/a licenciado/a, gastos de oficina, teléfono, desplazamientos y dirección) TOTAL euros Ingresos: Hay que destacar que los ingresos por matrícula de las diferentes actividades dependerán de la política que adopte el Centro, teniendo presente que, de una parte, se trata de una Institución pública, por lo que en ningún caso las matrículas podrán cubrir el coste de los mismos, y, de otra, muchas de las actividades estarán subvencionadas, por lo que serán, en buena medida, gastos sin compensación financiera alguna. El Excmo. Ayuntamiento de Lorca se ha comprometido a procurar la financiación de los gastos ordinarios que el Instituto procure en el desempeño de sus actividades, para lo cual, será él el encargado de procurar las vías de financiación que lo hagan posible. De igual forma, el Excmo. Ayuntamiento de Lorca ha puesto a disposición del Instituto Universitario Propio un inmueble de su propiedad, el cual se encuentra ubicado en dicha ciudad. Los términos del compromiso financiero del Ayuntamiento con la Universidad de Murcia tendrán reflejo en un convenio con la misma. La Facultad de Economía y Empresa de la Universidad de Murcia asignará una dependencia al Instituto en su edificio, lo que conllevará el acceso a las líneas telefónicas y a Internet, el acceso al servicio de fotocopiadora de la Facultad y el acceso al servicio de correos de la Universidad de Murcia. 25

26 Dichos compromisos no obstarán a la posibilidad de obtención de ayudas financieras por otras vías. 26

27 7. Proyecto de Reglamento de Régimen Interno PREÁMBULO Los profesores e investigadores de la Universidad de Murcia, cada vez con más frecuencia, sienten la necesidad de agruparse en estructuras supradepartamentales y multidisciplinares para alcanzar objetivos específicos de investigación, formación extracurricular y continua, y cooperación al desarrollo. Ante esta situación, el Instituto Universitario de Investigaciones y Estudios Fiscales y Financieros de esta Universidad se propone la creación de estructuras funcionales que permitan actuar conjuntamente a profesores e investigadores de las distintas áreas de conocimiento que lleven a cabo actividades relacionadas con la fiscalidad, bajo una denominación común y de este modo solicitar proyectos, organizar cursos y recabar financiación, adquirir infraestructuras y contratar personal; dándoles la Universidad el respaldo y reconocimiento a sus acciones, y la cobertura legal y apoyo administrativo que desde los distintos servicios universitarios se presta a grupos de investigación, departamentos y otros centros universitarios. CAPÍTULO I DEFINICIÓN Y PERFIL DEL CENTRO Artículo 1. El Instituto Universitario de Investigaciones y Estudios Fiscales (en adelante, Instituto) es una estructura interna de la Universidad de Murcia, cuyo objetivo es el de realizar actividades de tipo interdisciplinar, formación, difusión, asesoramiento técnico, 27

28 especialización de titulados universitarios, y actividades de investigación científica que sobrepasen el ámbito de los Departamentos que engloban las áreas de conocimiento con probada capacidad para llevar a cabo actividades relacionadas con el sistema tributario y los gastos públicos. Artículo 2. El Instituto se crea con el propósito de constituir un espacio académico donde puedan encontrarse los docentes e investigadores de la Universidad, junto a funcionarios públicos procedentes de los diferentes niveles de la Administración y expertos fiscales, que trabajen para dar unidad, coordinación, y fomento de la docencia, investigación y formación en los distintos aspectos relacionados con la fiscalidad, en particular, y la economía pública, en general. Artículo 3. La actividad investigadora y formativa que se lleve a cabo tendrá un interés científico y social, estará relacionada con los programas que desarrolle el Instituto, y no deberá suponer una duplicación de las actividades de los Departamentos Universitarios, escuelas de prácticas, Institutos Universitarios u otros centros ya creados, sin perjuicio de la colaboración con éstos. CAPÍTULO II. FUNCIONES Artículo 4. 28

29 Para cumplir sus fines, el Instituto programará, organizará y desarrollará las actividades siguientes: a) Conferencias, reuniones, foros, encuentros e intercambios internacionales que contribuyan al conocimiento y divulgación del sistema fiscal en todas sus múltiples manifestaciones. b) Cursos de Doctorado, Doctorados internacionales, cursos de postgrado - de corta y larga duración -, de especialista universitario y masters. c) Congresos científicos de carácter nacional e internacional. d) Colaboración y presencia de los diferentes agentes económicos y sociales en las actividades dirigidas a la concienciación respecto de la asunción de las cargas públicas. e) Concesión de Ayudas a la Investigación y dotación de bolsas de viaje con el mismo fin, así como financiar programas concretos de estudios o investigación. f) Convocatorias de Premios por la realización de trabajos de investigación. g) Edición de libros o publicaciones de todo tipo con carácter periódico u ocasional acerca de temas y cuestiones relacionados con los fines de la Institución, financiación de la publicación de tesis doctorales y trabajos de investigación, así como colaboración en publicaciones periódicas y otros medios de difusión que puedan contribuir al mayor conocimiento de la realidad tributaria y la economía pública nacional e internacional. h) Creación de un espacio para servicios de asesoramiento a las Instituciones públicas y privadas, dando lugar a la investigación aplicada. i) Recepción de demandas de formación desde el mundo empresarial, institucional o desde cualquier ámbito social para la instrucción de especialistas en determinadas áreas del conocimiento vinculadas con el ámbito del Instituto. j) Colaboración en los programas de acción concertada financiados por la Administración Pública y cualesquiera otros apoyados por Entidades públicas o privadas y que tengan por objeto el fomento de los fines de la Institución. k) Participación en Programas Europeos, o de otro ámbito internacional, cuyos fines sean análogos a los de la Institución universitaria, así como participación, 29

30 igualmente, en los programas promovidos por cualquier instancia de la Administración Pública Española, de ámbito regional, municipal, etc. l) Elaboración de estudios relacionados con las cuestiones fiscales y de Economía pública de interés para la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Estado Español. m) La atención de otras actividades no citadas expresamente que cooperen a los fines institucionales, y mencionados en la memoria de creación del Instituto o que se puedan determinar. Artículo 5. Constituye también función del Instituto mantener relaciones de formación y asesoramiento a los que fueron alumnos de la Universidad de Murcia, sobre todo en sus necesidades profesionales, facilitándoles cuantos medios puedan serles de utilidad para su promoción profesional, así como servir de y vehículo de evaluación de sus actividades. Complementario con este, se creará una Oficina de Innovación y Actualización Normativa, Jurisprudencial y Doctrinal, que se encargará de prestar asesoramiento sobre las últimas novedades que se vayan produciendo en el espectro jurídico-económico español, así como de información de las posibles nuevas tendencias futuras en la materia. Artículo 6. tenderán a: Los cursos de formación, tanto de postgrado como extracurriculares, del Instituto a) Lograr una formación profesional integral e interdisciplinar de sus alumnos. b) Conseguir una eficaz formación en las técnicas y métodos de investigación sobre fiscalidad. c) Anticipar nuevas tendencias en materia fiscal de acuerdo con los resultados de las investigaciones realizadas. 30

31 CAPÍTULO III ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO Artículo 7. El Instituto se regirá por los Estatutos de la Universidad, por las normas que dicten los órganos competentes de la Universidad en desarrollo de los mismos y por el presente Reglamento. Tendrá su sede en las dependencias que el Excmo. Ayuntamiento de Lorca le ceda, sin perjuicio de que la Universidad de Murcia le adjudique alguna dependencia en la Facultad de Economía y Empresa, y que podrá hacer uso para el desarrollo de su funcionamiento y actividades de cuantos locales le facilite la Universidad u otras instituciones públicas o privadas. Artículo 8. El gobierno, dirección y gestión del Instituto se articulará mediante los siguientes órganos: Director Secretario Consejo de Coordinación Consejo Rector-Asesor Comités Artículo El Director será nombrado por el Rector y ostentará la representación del Instituto, siendo el responsable máximo del funcionamiento y coordinación de las tareas del mismo, 31

32 correspondiéndole el gobierno general de todas las actividades que se realicen en el Instituto, velando por su coordinación y seguimiento. El cargo de director deberá recaer en uno de los profesores de la Universidad de Murcia, que haya participado en las actividades del Instituto. 2. El Director podrá nombrar, oído el Consejo de Coordinación, Subdirectores de área, quienes constituirán, en su caso, el equipo de apoyo al Director, en el impulso de las actividades que les hayan sido encomendadas, y ejercerán su representación en casos de ausencia de aquél. Además, realizarán todas las funciones que de ordinario les correspondan, así como las que les sean delegadas por el Director del Instituto. Podrán ser cesados, a propuesta del Director, una vez oído el Consejo de Coordinación. Artículo 10. Serán funciones del Director: a) Ostentar la representación del Instituto, en todos los ámbitos públicos y privados b) Ejercer el gobierno ordinario del Instituto. c) Ejecutar los acuerdos adoptados por el Consejo de Coordinación. d) Organizar y coordinar, de acuerdo con el Consejo de Coordinación, los medios personales y materiales de que se disponga, para cumplir los objetivos docentes e investigadores. e) Elaborar el Plan de Actividades y Memoria Anual del Instituto. f) Nombrar y cesar al Secretario. g) Proponer al Rector el nombramiento de los Presidentes de las Comisiones, oído el Consejo de Coordinación. h) Suscribir contratos para trabajos de investigación, informes o estudios técnicos, a realizar por el Instituto, en los términos legales que le sean de aplicación. i) Concertar convenios y celebrar contratos en materias propias del Instituto. j) Autorizar los pagos con cargo al presupuesto ordinario del Instituto y supervisar los que procedan de otros fondos. 32

33 k) Cualquier otra función que le sea asignada por su Reglamento interno o la normativa que sea aplicable. Artículo El Secretario será nombrado y cesado por el Director, a propuesta del Consejo de Coordinación, será el fedatario de los actos y acuerdos del Consejo de Coordinación y asistirá en las tareas de organización y administración al Director. Será elegido entre los profesores de los cuerpos docentes universitarios e investigadores vinculados al Instituto o entre los profesores colaboradores permanentes del mismo que vengan desempeñando actividades en el Instituto. 2. Serán funciones del Secretario: a) Realizar y supervisar la gestión administrativa y económica, bajo la inmediata dependencia del Director. b) Convocar las reuniones del Consejo de Coordinación. c) Levantar las actas correspondientes. d) Procurar la documentación del Instituto se encuentre a disposición de sus órganos de gobierno y de otras personas que legalmente deban tener acceso a los mismos. e) Dar a conocer a todos los miembros del Instituto cuanta información llegue al mismo. f) Ejercer la supervisión y control del Centro de Documentación del Instituto g) Otras que le pudieran ser asignadas. Artículo El Consejo de Coordinación es el órgano representativo y de gobierno colegiado del Instituto que conoce, informa y coordina las tareas relacionadas con la calidad científicotécnica y docente del mismo, tanto en sus contenidos y funcionamiento, como en su dinámica temporal. 33

34 2. La composición del Consejo de Coordinación será la siguiente: Presidente: El Rector de la Universidad. Vicepresidente: El Vicerrector del que dependan los Institutos Universitarios Propios El Director del Instituto. El Secretario del Instituto Vocales: Los Subdirectores de las diferentes áreas de actuación del Instituto. Un representante del Excmo. Ayuntamiento de Lorca. Un representante de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Un representante de Cajamurcia. Un representante del Comité Académico. El Decano de la Facultad de Economía y Empresa Un representante por cada una de las diferentes categorías que conforman el claustro universitario (alumnos, PAS y profesores). Asímismo, el Director podrá nombrar a personalidades del mundo académico, funcionarial o profesional para su vinculación al Consejo de Coordinación como vocales independientes. 3. El Consejo de Coordinación se podrá dotar de una Comisión Permanente, formada por, al menos, un tercio de los miembros del Consejo, y que ejercerá las funciones propias del mismo o aquellas que les sean delegadas. 4. Los acuerdos del Consejo de Coordinación se adoptarán por mayoría simple de sus miembros, con el voto de calidad del Presidente, en caso de empate de votos. Las reuniones del Consejo de Coordinación serán válidas siempre que se encuentren presentes, al menos, un tercio de sus miembros. 34

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