28-F 28-F La Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Contexto e inicio

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1 DAD 03 ACTUALI F 28-F La Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Contexto e inicio Centro de Estudios Andaluces CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA Centro de Estudios Andaluces CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA

2 DAD EL CENTRO DE ESTUDIOS ANDALUCES ES UNA ENTIDAD DE CARÁCTER CIENTÍFICO Y CULTURAL, SIN ÁNIMO DE LUCRO, ADSCRITA A LA CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA. EL OBJETIVO ESENCIAL DE ESTA INSTITUCIÓN ES FOMENTAR CUANTITATIVA Y CUALITATIVAMENTE UNA LÍNEA DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS QUE CONTRIBUYAN A UN MÁS PRECISO Y DETALLADO CONOCIMIENTO DE ANDALUCÍA, Y DIFUNDIR SUS RESULTADOS A TRAVÉS DE VARIAS LÍNEAS ESTRATÉGICAS. EL CENTRO DE ESTUDIOS ANDALUCES DESEA GENERAR UN MARCO ESTABLE DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD CIENTÍFICA E INTELECTUAL Y CON MOVIMIENTOS CULTURALES EN ANDALUCÍA DESDE EL QUE CREAR VERDADEROS CANALES DE COMUNICACIÓN PARA DAR COBERTURA A LAS INQUIETUDES INTELECTUALES Y CULTURALES. LAS OPINIONES PUBLICADAS POR LOS AUTORES EN ESTA COLECCIÓN SON DE SU EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD Centro de Estudios Andaluces Bailén 50, Sevilla. Tel.: Fax: Depósito Legal: SE I.S.S.N.: Ejemplar Gratuito. Prohibida su venta.

3 28-F La Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Contexto e inicio AUTORES DIRECTOR: MIGUEL J. AGUDO ZAMORA INVESTIGADORES: MIGUEL J. AGUDO ZAMORA JUAN GARCÍA BLESA JUAN LUIS LARA VILA 1. Introducción. 25 años de autonomía en Andalucía 5 1. La trascendencia del 28 de febrero 5 2. La iniciativa autonómica 6 3. El referéndum 6 4. La salida política años después 8 2. El Estado Autonómico 9 1. El problema regional 9 2. Los principios del Estado Autonómico Concepto y naturaleza jurídica de los Estatutos 11 de Autonomía 3. El momento de emprender reformas La necesidad de la reforma Contexto general en que se inicia el proceso 13 de reforma estatutaria A. País Vasco 13 B. Cataluña 14 C. Valencia Las Bases para la Reforma del Estatuto 17 de Autonomía para Andalucía 4. Crónica de la reforma del Estatuto 22 y su seguimiento por la prensa 1. El comienzo de la VII Legislatura La Ponencia de reforma del Estatuto de Autonomía Comparecencias ante la Comisión de 24 Desarrollo Estatutario 4. El documento de reforma elaborado por UGT-Andalucía , el año de elaboración del Estatuto El Informe de la Ponencia para la reforma del Estatuto 33 de Autonomía para Andalucía 1. Preámbulo Título Preliminar Derechos Sociales y Políticas Públicas Organización institucional de la Comunidad Autónoma 37 A. Parlamento 37 B. Presidencia y Consejo de Gobierno 38 C. Administración Autonómica 38 D. Otras instituciones 38 E. Administración de Justicia Economía, Empleo y Hacienda Relaciones externas de la Comunidad Autónoma 40 A. Relaciones con otras Comunidades Autónomas 40 B. Relaciones con el Estado 40 C. Relaciones con la Unión Europea 41 D. Relaciones de carácter internacional 41 E. Cooperación al desarrollo Organización territorial de la Comunidad Autónoma Medios de comunicación Medio ambiente Competencias Reforma del Estatuto Disposición Adicional Segunda Sistema de financiación 46 Listado de conferencias 48 Bibliografía sobre organización territorial del poder 49 Bibliografía sobre la Comunidad Autónoma de Andalucía 52 Trabajo de investigación realizado por el Área de Análisis Jurídico-Político del Centro de Estudios Andaluces. Consejería de la Presidencia. Junta de Andalucía. Junio de

4 Nota Previa 1. Introducción 25 años de autonomía en Andalucía 1. La Trascendencia del 28 de Febrero Con este trabajo de investigación se pretende realizar un estudio de la evolución del proceso de reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía desde sus inicios hasta la presentación del Informe que ha elaborado la Ponencia de la Comisión de Desarrollo Estatutario del Parlamento de Andalucía el pasado 21 de junio de En el mismo, tras un capítulo introductorio, se reflexiona acerca de la necesidad y el contexto de la reforma de nuestro Estatuto. Se hace un seguimiento de la evolución política, mediática y doctrinal de este asunto para concluir con el contenido del mencionado Informe. Es intención del Área de Análisis Jurídico-Político del Centro de Estudios Andaluces continuar con el seguimiento pormenorizado de este proceso y realizar análisis sectoriales del mismo. A la hora de realizar este trabajo de investigación se han tomado en consideración, entre otras, las siguientes fuentes: - Documento Bases para la reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía de 16 de diciembre de 2003 de la Junta de Andalucía. - Comparecencias sobre la reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía desarrolladas en los últimos meses en el seno de la Comisión de Desarrollo Estatutario del Parlamento de Andalucía. - Informe de la Ponencia de la Comisión de Desarrollo Estatutario del Parlamento de Andalucía y Actas de las reuniones de la misma. - Documentos de reforma presentados por los diferentes grupos políticos y agentes sociales. - Declaraciones del Presidente de la Junta de Andalucía y de dirigentes de los diferentes grupos políticos en prensa, así como artículos de opinión. - Comparecencias del Presidente de la Junta de Andalucía en el Parlamento de Andalucía: Comparecencia 6/02/APP000047, de 8 de mayo de 2002, relativa a la segunda modernización de Andalucía. Comparecencia 6/03/APP y 6/03/APP000106, para informar sobre el proyecto de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Proposición no de ley en Pleno 7-05/PNLP000014, de 10 de febrero de 2005, relativa al Plan Ibarretxe. - Discurso institucional del Presidente de la Junta de Andalucía con motivo de la celebración del 28 de febrero de Discurso del Presidente de la Junta de Andalucía con motivo de la inauguración de las Jornadas sobre Las políticas de igualdad en los Estatutos de Autonomía, de 8 de abril de Diversas conferencias de constitucionalistas, políticos y sociólogos impartidas en el marco de las siguientes jornadas: Ciclo de conferencias sobre la reforma del Estatuto de Autonomía, celebradas en febrero de 2005 en el Parlamento de Andalucía. Jornadas sobre la reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía, organizadas por el Consejo Asesor para la modernización del Estado Autonómico, la Universidad de Granada y el Centro de Estudios Andaluces, celebradas en Granada los días 10 y 11 de marzo de Jornadas sobre la reforma del Estatuto de Autonomía: posibilidades y límites, organizadas por el IAAP y celebradas en Sevilla del 28 al 31 de marzo de Diversas aportaciones doctrinales. Miguel J. Agudo Zamora Fuente: Diputación de Almería Hace pocas fechas se ha conmemorado el 25 aniversario de la celebración del referéndum por el que el pueblo andaluz decidió acceder a la autonomía por la vía del artículo 151 de la Constitución. Dicho así, con toda la frialdad técnica de los vocablos jurídicos, resulta difícil captar todas las consecuencias que tan importante acontecimiento ha traído no sólo para Andalucía, sino para el conjunto de España, en este último cuarto de siglo. Se puede afirmar que el modo de acceso de Andalucía a la autonomía, y todas las circunstancias que lo rodearon, representaron un punto de inflexión determinante de nuestra vida constitucional contribuyendo a fraguar la idea de la España plural hoy existente. Así fue porque el caso andaluz supuso la quiebra de la previsión, alentada por el Gobierno de UCD, Alianza Popular y determinados partidos nacionalistas, de la existencia de dos tipos de comunidades autónomas. Aquéllas que accedieran por la vía del artículo 151, las llamadas comunidades históricas atendiendo al hecho de haber plebiscitado favorablemente un régimen de autonomía durante la II República (Cataluña, País Vasco, Galicia), a las que se reservaba una autonomía política de mayor intensidad, y todas las demás restantes, que deberían acceder por la vía del artículo 143 y para las que se preveía un régimen de autonomía de menor calado, más cercano a la autonomía administrativa que a la política. Este diseño político, denominado por algunos como federalismo asimétrico, quizá hubiera resultado suficiente para calmar las tradicionales tendencias centrífugas de determinadas fuerzas políticas nacionalistas que, amparándose en la existencia de hechos diferenciales, la mayoría de las veces ciertamente evanescentes, buscan en el sistema de distribución territorial del poder una vía de reivindicación de postulados ideológicos difíciles de encajar en un Estado autonómico que pivota sobre el principio de la solidaridad interterritorial. Y probablemente así hubiera sido si el pueblo andaluz no hubiera hecho ciscos las previsiones que favorecían tanto a estas fuerzas políticas nacionalistas como a las conservadoras (UCD, AP) que veían en este modelo una forma de perpetuar, para buena parte del territorio español, el marcado carácter centralista que había caracterizado, con las efímeras excepciones conocidas, la organización territorial del Poder en España desde la instauración de la dinastía borbónica. Los acontecimientos políticos previos al 28 de febrero de 1980 y las importantes secuelas de dicho día justifican el contenido de estas líneas. 4-5

5 2. La iniciativa autonómica La recuperación de la democracia generó en Andalucía una progresiva demanda de autogobierno que fue paralela a una intensa afirmación colectiva del pueblo andaluz. Especialmente históricas resultaron las manifestaciones celebradas el 4 de diciembre de Así lo plasmaban en sus portadas El Correo de Andalucía, Diario Córdoba o ABC Sevilla, que sobre una fotografía de un niño ondeando una bandera andaluza con fondo de un pueblo blanco titulaba Día de Andalucía. Al pie de la fotografía se encontraba el comentario La frontera del futuro. El amplio consenso social, que se había mostrado en estas grandes movilizaciones populares, se materializó en el Pacto de Antequera de 4 de diciembre de 1978, que supo recoger el enorme apoyo que se concitó en torno a la autonomía y que lo proyectó hacia metas de desarrollo económico e igualdad social. La aspiración al autogobierno, deseo perfectamente conciliable con la identificación con España que siempre ha tenido el pueblo andaluz, tuvo un intenso componente transformador orientado a la realización de ideales no sólo nacionalistas sino de auténtico cambio social en Andalucía. El malogrado Carlos Cano lo expresaba en su canción Verde, blanca y verde cuando refiriéndose a la bandera, símbolo de este afán autonomista, cantaba Ay, qué bonica/ verla en el aire/ quitando penas/ quitando hambres. Este era el pensamiento colectivo. La autonomía iba a suponer la posibilidad, secularmente negada al pueblo andaluz, de consecución del bienestar social, cultural y económico. Y la realidad actual de Andalucía ha confirmado que ese pensamiento era completamente acertado. Pero el camino hacia la autonomía no resultó ser sencillo. El conflicto se produjo entre la UCD y el Gobierno de España enfrentados al resto de las fuerzas políticas andaluzas a propósito del modo en que habría de crearse la comunidad autónoma. La búsqueda del máximo nivel de autogobierno se convirtió en el empeño de los partidos políticos de izquierda (PSOE, PSA, PCE). Ello suponía recorrer el complejo camino diseñado por el artículo 151 de la Constitución. Por su parte, la Unión de Centro Democrático aprobó como línea estratégica de su política que esa vía sólo fuera transitada por las tres comunidades históricas, aliviadas de los complejos trámites que imponía el mencionado artículo gracias a la Disposición Transitoria 2ª de nuestra Carta Magna, orientando a las demás hacia la fórmula, que conllevaba menos cuota de autogobierno, del artículo 143. En la práctica, el paso dado por UCD suponía consagrar una clara distinción entre las tres Comunidades que llegaron a plebiscitar proyectos de estatuto en el pasado, y las demás, entre las que se quedaba Andalucía. El gobierno preautonómico andaluz, presidido por Rafael Escuredo, optó por iniciar los farragosos trámites del artículo 151. Así, en algo más de dos meses del verano de 1979, las ocho diputaciones provinciales y la práctica totalidad de los Ayuntamientos andaluces (el 95%) habían ejercido ya la debida iniciativa. Se había recorrido, pues, con sorprendente facilidad, un trecho que el constituyente plagó de dificultades. Además, se contaba ya con un anteproyecto de estatuto de autonomía, el llamado Borrador de Carmona, realizado en mitad de agosto, mes que ese año también resultó ser de elevada temperatura política, y que sirvió, posteriormente, como referente del actual Estatuto. Sólo faltaba, pues, que la iniciativa fuera ratificada por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada una de las provincias andaluzas, en los términos que estableciera una ley orgánica. Para ello fue preciso que se aprobara en enero de 1980 la ley orgánica reguladora de las modalidades de referéndum. 3. El referéndum De esta forma, el referéndum relativo a la ratificación de la iniciativa autonómica en Andalucía se convocó para el 28 de febrero de Un referéndum que enfrentó a la UCD y al Gobierno de la Nación contra el Gobierno preautonómico de la Junta de Andalucía y los restantes partidos políticos. El desafío estaba servido. Y visto con perspectiva, el enfrentamiento era desigual. Como ha señalado Lucas Murillo de la Cueva (2003), la razón del desequilibrio estribaba en que se situaba a los andaluces ante una disyuntiva la decisión de si podían aspirar o no a los mayores niveles de autogobierno consentidos por la Constitución- en la que era inevitable el cuestionamiento de la propia identidad y, en relación con ella, la comparación con quienes sí habían visto expedito el trayecto que ahora se quería impedir a los andaluces. El reto no consistía meramente en una cuestión técnico-jurídica. Se trataba de una confrontación esencialmente política de indudable trascendencia para el posterior desarrollo constitucional. Socialistas, andalucistas y comunistas, acompañados por Clavero Arévalo, que había dimitido de su cargo de ministro y de presidente de la UCD de Andalucía ante la postura mantenida por su partido, galvanizaron a un electorado, sensibilizado como nunca se ha vuelto a repetir con la causa de la autonomía, y que se sentía agraviado y postergado injustamente frente a los vascos y catalanes que precisamente en esos días veían convocadas sus primeras elecciones autonómicas. El Gobierno de España, con una actitud impropia de un gobierno democrático, preconizaba la abstención, la cual jugaba en contra del afán autonomista puesto que la Constitución requería, para que la iniciativa se considerara ratificada, el voto afirmativo de la mayoría absoluta, que no la simple, de los electores de cada provincia. La redacción dada a la pregunta ( Da usted su acuerdo a la ratificación de la iniciativa prevista por el artículo 151 de la Constitución a los efectos de su tramitación por el procedimiento establecido en dicho artículo?) resultaba de difícil comprensión, aun más para un pueblo como el andaluz que en aquellos tiempos padecía graves lagunas culturales y considerables tasas de analfabetismo. Las maniobras que utilizó el Gobierno para entorpecer el voto, tales como recortar la duración de la campaña y dificultar el voto por correo, y las irregularidades en el censo electoral (recuérdese que el propio Presidente Rafael Escuredo no aparecía en dicho censo, en el que, en cambio, sí tenían derecho a voto muchas personas fallecidas) terminaron volviéndose en su contra. Tampoco fue muy acertada la campaña auspiciada por la UCD bajo el lema Andaluz, éste no es tu referéndum, precisamente en el momento más álgido de autoafirmación del pueblo andaluz en toda su historia. Todo ello propició una elevada participación (casi del 65% del electorado) y un aplastante triunfo (86 9%) del voto afirmativo, lo que propició que más del 55% del conjunto del electorado andaluz diera su respaldo a la iniciativa autonómica por la vía del artículo 151. Pero, como es bien sabido, en Almería no se alcanzó el listón de la mayoría absoluta de su electorado. No se cumplía pues el requisito establecido por la Constitución. Jurídicamente era claro que no se podía seguir adelante, que se imponía una espera de cinco años y que no se podía continuar la construcción de la autonomía en las restantes provincias. Pero políticamente esta solución era imposible. No se podía ir contra un pueblo que tan inequívocamente había mostrado su voluntad. No se podía desconocer el contundente pronunciamiento en las urnas de los andaluces. 4. La salida política A partir del 28 de febrero se abrió un período de búsqueda de una salida al problema que acababa de surgir, y que, día a día, iba minando las expectativas políticas de la UCD en Andalucía. Se propuso, entre otras fórmulas, cambiar la ley orgánica reguladora del referéndum para permitir que éste se repitiese en Almería, propuesta que no fructificó en el Congreso de los Diputados por un solo voto. El problema andaluz se convirtió en eje de la moción de censura presentada por el PSOE a Adolfo Suárez en el mes de mayo y de la cuestión de confianza que éste presentó en septiembre. Por fin, tras un álgido año 1980, en diciembre se aprobó la Ley Orgánica 12/80 que permitía la continuación del proceso autonómico en las provincias que hubieran superado el referéndum y facultaba a los diputados y senadores almerienses a solicitar a las Cortes Generales que sustituyeran, por motivos de interés nacional, la iniciativa autonómica con carácter retroactivo, lo que se hizo a través de la Ley Orgánica 13/80. Esta salida, que ha sido calificada como un éxito político pero un fracaso jurídico (Pérez Royo, El País, 28/02/1998), posibilitó que no se estableciera en España un doble régimen autonómico, el de las llamadas nacionalidades históricas y el de las demás. El autogobierno dejaba de ser la excepción para convertirse en la norma, en criterio de estructuración del Estado, tal como se plasmaría posteriormente en los Pactos Autonómicos de Para Andalucía, todo este devenir propició una fuerte crisis de la UCD, así como un fortalecimiento a nivel regional del PSOE, que lo convirtió desde entonces en la fuerza política hegemónica de la Comunidad Autónoma Andaluza, a la par que coadyuvó al triunfo socialista que se produjo a nivel nacional en octubre de A partir de aquí sólo quedaba elaborar el estatuto y someterlo a la aprobación de los andaluces en un nuevo referéndum y a la ratificación de las Cortes Generales, operaciones que se llevaron a cabo sin apenas dificultades. 6-7

6 5. 25 años después 2. El Estado Autonómico En estos veinticinco años Andalucía ha evolucionado considerablemente, probablemente como nunca en su historia, en el campo social, cultural y económico. Y el Estatuto de Autonomía ha constituido el marco que ha posibilitado este incomparable desarrollo social. Un proceso paralelo al de distribución territorial del poder previsto en la Constitución española de 1978 y apoyado en el complejo equilibrio de los principios de unidad, autonomía y solidaridad. Cumplidos los veinticinco años de nuestro sistema constitucional, y ante nuevos retos sociales y políticos, se hace necesario actualizar esos marcos de referencia, lo que implica acometer la reforma de la Constitución, y del propio Estatuto de Autonomía, de forma acompasada y con un amplio consenso. De esta forma, Andalucía debe enfatizar, aún más, su compromiso con el bienestar social, es decir, con la realización plena y efectiva del principio de igualdad entre todos los que vivan en su suelo, tal como se deduce de los mandatos constitucionales y estatutarios. Si hace veinticinco años latía en el corazón del pueblo andaluz una esperanza de futuro, la esperanza de la autonomía que propiciara el bienestar en nuestra tierra, ahora se hace preciso convertir a Andalucía en el referente necesario de la concreción del principio de solidaridad. Por ello, la reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía ha de servir como paradigma normativo que posibilite una sociedad cada vez más justa. Esto supone, entre otras cuestiones, y como posteriormente analizaremos, la necesidad de incorporar, como contenidos éticos y políticos del Estatuto, un catálogo de derechos sociales y políticas públicas que consagre a nivel estatutario los derechos que en este ámbito se han conquistado en los últimos años, así como aquellos otros que demanda la realidad cultural y social que estamos viviendo. En definitiva, con la reforma de nuestro Estatuto los andaluces estaremos renovando nuestro pacto político por la autonomía. Así, el Estatuto debe convertirse en la norma que garantice un auténtico espacio de autogobierno y permita la consolidación de unas políticas públicas comprometidas con la libertad, la igualdad y la solidaridad. Unas políticas que sólo será posible realizar con una redefinición del régimen de financiación autonómico, de manera que se garantice la suficiencia financiera y la estabilidad del sistema. Estos son los principales retos que ya estamos afrontando. Y se deben hacer pensando en otros veinticinco años de bienestar social, recuperando el sentimiento de esperanza ilusionante de aquel 28 de febrero de 1980 y procurando hacer realidad las hermosas palabras de Blas Infante que engrandecen nuestro himno: que los andaluces seamos hombres de luz que a los hombres alma de hombres les demos. Fuente: Diputación de Almería Fuente: Diputación de Almería Fuente: Diputación de Almería 1. El problema regional La configuración territorial del Estado español, el llamado problema regional, fue uno de los más difíciles de solventar en el proceso constituyente, dando lugar a uno de los títulos más deficientes de la Constitución, el Octavo. Desde mediados del siglo XVIII; el problema de la integración territorial ha estado permanentemente mal resuelto (Rascón, Salazar y Agudo, 2003). Las Cortes constituyentes de 1978 tenían que ser sensibles a la realidad diferenciada de distintos territorios integrantes del Estado español. En dicho proceso no hubo una concepción global y única. Eran diferentes los modelos de distribución territorial del poder que defendían los grupos políticos con representación en las Cortes Constituyentes, manteniéndose en el debate desde posiciones claramente unitarias que reconocían, todo lo más, una mínima descentralización administrativa -es el caso, por ejemplo, de Alianza Popular- hasta posturas que incluso iban más allá del modelo federal -así los nacionalistas catalanes y vascos propugnaban un pacto entre naciones con competencias exclusivas del Estado central y residuales de las Comunidades Autónomas-, pasando por un modelo unitario si bien más abierto que sostenía UCD o por los clásicos postulados federales que mantenían PSOE y PCE. Finalmente y de la mano del consenso político que reinó en casi todo el proceso constituyente se optó por no establecer un modelo rígido y cerrado de distribución territorial del poder político, que permitiera una definición más precisa del legislador. Se puede decir que nuestra Ley Suprema es, al respecto, simplemente una norma de reorganización del Estado, y así, contempla la apertura de un proceso político y, en consecuencia, incluye los elementos a partir de los cuales habrá de configurarse el modelo territorial del Estado español. La Constitución reconoce a la autonomía, en su artículo 2, como un derecho que tienen las nacionalidades y las regiones y, en su artículo 137, como un principio de organización territorial del Estado. Como todo derecho, está a disposición de los titulares del mismo, que han de ejercerlo en los términos previstos en la Norma Suprema. Por lo tanto, lo que caracteriza al modelo territorial del Estado que se diseña en la Constitución es que es abierto, en función de la disposición que hagan lo territorios que deseen acceder a su autonomía del derecho que la Constitución les reconoce en distintas vertientes: de cara a optar o no al autogobierno; para escoger una u otra vía de acceso a ese autogobierno; para asumir más o menos competencias; para la fijación de distintos elementos definitorios como pueden ser el territorio y las instituciones propias. Los límites de ese derecho son, como ha señalado nuestro Tribunal Constitucional -así, STC 25/1981-, los principios que informan el régimen autonómico. Nuestro modelo de Estado no puede configurarse ni como un Estado unitario, ni como Estado federal, ni como Estado regional. Tiene un carácter abierto y contiene elementos de todos ellos, aunque la evolución parece llevarnos hacia un Estado federal: así, parece tomar del federalismo 1 la opción por el autogobierno político que hace en el artículo 134, del Estado unitario el reconocimiento que hace de una sola nación, la española, en su artículo 2º y del Estado regional la participación del Estado en la formación de la norma básica del territorio autónomo, el Estatuto de Autonomía, hasta el punto de aprobarse el mismo como ley estatal. Además, tal como señala Corcuera 2, no es incompatible con la Constitución un modelo en el que algunas Comunidades pudieran tener un tratamiento diferenciado, aunque sí obliga a señalar que no cualquier diferencia es posible: la afirmación de la flexibilidad del modelo autonómico implica reconocer que existen elementos permanentes en la Constitución que definen aquel modelo. Fuente: Diputación de Almería 1. Un estudio muy acertado acerca de la relación que vincula a la justicia constitucional con el Estado descentralizado se puede encontrar en ROURA GÓMEZ, S. Federalismo y Justicia Constitucional. Ed. Biblioteca Nueva. Madrid, CORCUERA ATIENZA, J. La cuestión regional en España y la construcción del Estado autonómico en RODRÍGUEZ-ARANA Y OTROS (Dir.) (2003) 8-9

7 2. Los principios del Estado Autonómico El artículo segundo de nuestra Norma Básica dispone que La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas. Desde este precepto podemos extraer los Principios que informan el Estado Autonómico y que son los de unidad, autonomía y solidaridad. Es menester hacer un análisis (Rascón, Salazar y Agudo, 2003) por separado de cada uno de ellos para entender el alcance de tal precepto: A) Principio de Unidad. Como ha reiterado el Tribunal Constitucional, la Constitución parte de la unidad del Estado español, lo que se traduce en una organización para todo el territorio. Este principio tiene varias manifestaciones: 1ª La proclamación de la soberanía nacional como atributo del pueblo español y no de cada uno de sus territorios que se hace en el artículo 1.2 de la Constitución. 2ª La proclamación de la unidad global del ordenamiento jurídico, en cuyo vértice se sitúa la Constitución. 3ª La unidad en el campo económico (artículos , 138.2, de la Constitución): como ha señalado el Tribunal Constitucional, un único orden económico nacional es el presupuesto para que el reparto de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas no produzca resultados disfuncionales. 4ª La atribución residual de competencias que hace la Constitución en favor del Estado cuando las distribuye entre el mismo y las Comunidades Autónomas en los artículos 148 y ª La facultad que el artículo 150.3º de la Constitución le atribuye al Estado para poder dictar leyes armonizadoras de las disposiciones normativas de las Comunidades Autónomas. 6ª Las diversas posibilidades de control de la actividad de la Comunidad Autónoma que le reconoce el artículo 153 de la Constitución al Estado. 7ª El reconocimiento de la Corona como símbolo de la unidad y permanencia del Estado que hace el artículo 56 de la Constitución. B) Principio de Autonomía. Nuestra Constitución en su artículo 2 reconoce la autonomía como un derecho que tienen nacionalidades y regiones para la gestión de sus propios intereses y, también, en su artículo 137 como un principio de organización del Estado. Este último precepto establece que "El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses". Por otro lado, el 143.1, al hablar del ejercicio del derecho a la autonomía, habla de autogobierno. De la jurisprudencia del Tribunal Constitucional podemos extraer algunas características de este principio: 1º Se trata de un concepto jurídico indeterminado. 2º Es un poder limitado, de manera que, como señala la STC 25/1981, no puede atentar contra los principios que informan el régimen autonómico, pero igualmente es debido, es decir, resulta obligatorio cuando se ha alcanzado y tiene que ser respetado por el Estado. 3º La autonomía lo es en función del interés respectivo, de suerte que se la puede caracterizar como optativa (se puede acceder o no al autogobierno, a través de distintas vías y con competencias distintas), general (se predica como posible para todos aquellos territorios que cuenten con las condiciones constitucionalmente exigidas para el acceso) y gradual (permite la profundización en el autogobierno de la Comunidad Autónoma a través del aumento progresivo de sus competencias). 4º La naturaleza política de la autonomía de las Comunidades resulta innegable. En este sentido, nuestro Tribunal Constitucional ha dicho que la Constitución reconoce diversos grados de autonomía: el Estado es titular exclusivo de la soberanía, las Comunidades Autónomas cuentan con autonomía política para la gestión de los intereses que le son propios, y las provincias y municipios tienen solamente autonomía administrativa para desarrollar esos fines particulares. Esto equivale a reconocer que las Comunidades Autónomas cuentan con autogobierno aunque el mismo no sea soberano, siendo por eso que están dotadas institucionalmente de poder ejecutivo y de poder legislativo para hacer viable esa realidad. El mencionado artículo 2 de la Constitución reconoce como titulares del derecho a la autonomía a dos sujetos: las nacionalidades y las regiones. Sin embargo, la misma no ofrece una definición de nacionalidad, ni tampoco las diferencia conceptualmente de las regiones. En el debate constituyente se aprecia que con aquel término se pretendía aludir a los territorios teóricamente dotados de mayor conciencia histórica autonómica, es decir, Cataluña, País Vasco y Galicia -estos territorios, vigente la Constitución de 1931, ya habían plebiscitado favorablemente proyectos de Estatuto de Autonomía-. Luego ya en el Título VIII, la Constitución opta por hacer uso de un término más técnico como es el de Comunidad Autónoma. C) Principio de Solidaridad. El artículo 2 de la Constitución proclama dicho principio que luego es concretado por otros preceptos. Así, el artículo 138 engloba dos modalidades de realización efectiva del mismo: 1º El establecimiento de un equilibrio económico entre las diversas partes del territorio por el que tiene que velar el Estado. En este sentido, el artículo prevé un fondo de compensación para corregir los desequilibrios económicos interterritoriales. 2º La proscripción de privilegios económicos o sociales entre las Comunidades Autónomas a través de la vía estatutaria 3. El principio de solidaridad, además de servir de fundamento a la cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas, funciona como límite de las competencias de aquéllas y como un factor de equilibrio entre la autonomía de las nacionalidades y regiones y el principio de unidad. Esa cooperación puede ser intra-territorial o inter-territorial, es decir, se ha de dar entre el Estado y cada una de las Comunidades Autónomas - concibiéndose al respecto por nuestra Constitución diversas fórmulas de colaboración- y entre éstas entre sí -por ejemplo, suscribiendo los acuerdos a que hace mención el artículo 145 de la Constitución-. 3. Concepto y naturaleza jurídica de los Estatutos de Autonomía El artículo de la Ley Fundamental califica a los Estatutos como "la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma", lo que supone el reconocimiento del carácter normativo del Estatuto, por un lado, y, por otro, como el código básico de la Comunidad Autónoma. El Tribunal Constitucional define al Estatuto de Autonomía como la norma fundacional de la Comunidad Autónoma (así, por ejemplo, en la STC 76/1988) porque en realidad se presentan como la expresión del derecho al autogobierno que la Constitución reconoce a las nacionalidades y regiones que integran la Nación española. Se ha discutido por la doctrina sobre si esta norma es regional o estatal. Los argumentos en favor de la primera postura serían los siguientes: a) se trata, como indica la propia Constitución, de la norma institucional básica de la Comunidad Autónoma y, en consecuencia, se encarga de regular instituciones propias de la región. b) es una norma que se gesta en órganos no estatales -las asambleas mencionadas en los artículos 146 y de la Constitución- aunque luego en el proceso de elaboración de la misma intervengan instituciones estatales. c) el procedimiento de reforma de esta norma no es el propio de cualquier norma estatal, ya que, después de aprobado el Estatuto, sólo podrá modificarse de acuerdo con el procedimiento expresamente previsto por cada uno de ellos -así lo impone el artículo de la Constitución-. d) una cosa es el Estatuto en sí y otra la ley orgánica que lo aprueba revistiéndola de forma jurídica. e) el Estatuto de Autonomía forma parte del llamado bloque de la constitucionalidad, es decir, sirve de parámetro de constitucionalidad de otras normas -estatales y autonómicas- en el control de adecuación a la norma Suprema que realiza el Tribunal Constitucional -así lo expresa el artículo 28 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional-. Entre los razonamientos que existen en pro de considerar al Estatuto de Autonomía como norma estatal están los que siguen: a) el artículo de la Constitución considera que forman parte integrante del ordenamiento jurídico estatal, siendo por eso que le impone al Estado el deber de reconocerlo y ampararlo como tal. b) según los artículos 146, y de la Constitución, en su elaboración y en su modificación participan siempre las Cortes Generales, que son órganos estatales. c) la norma que aprueba el Estatuto es estatal, siendo por eso que se contempla específicamente en el artículo 81.1 de nuestra Constitución. A la vista de todo lo expuesto, habrá de concluirse, con el Tribunal Constitucional -así, la STC 99/1986-, que el Estatuto de Autonomía, norma subordinada a la Constitución como todas, irrumpe con fuerza propia en el sistema de fuentes estatal, participando en el ordenamiento jurídico general del Estado, y, además, se perfila en la norma jerárquicamente superior del ordenamiento jurídico propio de la Comunidad Autónoma. 3. Igualmente el mencionado precepto constitucional se refiere a las circunstancias del hecho insular. En este sentido, la Disposición Adicional 3ª de la Constitución establece que "La modificación del régimen económico y fiscal del archipiélago canario requerirá informe previo de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del órgano provisional autonómico"

8 3. El momento de emprender reformas 2. Contexto general en que se inicia el proceso de reforma estatuaria 1. La necesidad de la reforma en cambio, podemos constatar cómo las cuatro fuerzas del arco parlamentario andaluz, las centrales sindicales, las organizaciones empresariales, distintos colectivos sociales y personalidades del mundo de la ciencia, el derecho, la Tras más de 25 años de funcionamiento del Estado de las Autonomías existe un diagnóstico generalizado en España acerca del buen funcionamiento de la descentralización política desplegada desde la Constitución de Este nuevo modelo de Estado autonómico ha sido capaz de reconocer la diversidad y la pluralidad al tiempo que ha garantizado la unidad del Estado (Cano Bueso, 2005). Por ello, hablar de la necesaria modernización de la España de las Autonomías no significa, en modo alguno, poner en duda la bondad de la estructura básica del Estado regulada en el Título VIII de la vigente Constitución, que ha sabido integrar unidad y diversidad en el marco de la solidaridad. Los diferentes avatares políticos han posibilitado que, en las presentes Legislaturas, tanto estatal como autonómicas, nos hallemos inmersos en el debate de la reforma constitucional y estatutaria. Precedidas por el Plan Ibarretxe, las instituciones catalanas llevan ya varios años realizando los trabajos previos conducentes a una reforma estatutaria en profundidad. Y también Andalucía, donde el propio Presidente de la Junta lanzó la idea a principios de la Legislatura pasada. En efecto, fue en junio de 2001, cuando con ocasión del Debate sobre el estado de la Comunidad Autónoma, Chaves aludía a la necesidad de abrir un debate político y social sobre el texto estatutario, evitando la polémica partidista, y proceder con inteligencia y pragmatismo a impulsar un nuevo horizonte de autogobierno que facilite lo que vengo denominando la segunda modernización de Andalucía, en base a sugerencias, propuestas e iniciativas, sin excluir ninguna alternativa, incluida la posibilidad de reformar el Estatuto si fuera necesario. Y más adelante solicitaba diálogo y acuerdo para contribuir desde nuestra Comunidad al desarrollo del Estado de las Autonomías. Un impulso que debe significar la reforma del Senado, la creación de la Conferencia de Presidentes Autonómicos, el fortalecimiento de las Conferencias Intersectoriales y la presencia de las Comunidades españolas en los Consejos de Ministros de la Unión Europea. Por lo tanto, dada la importancia de una operación de esta naturaleza conviene aclarar, en primer lugar, si es necesaria la misma. En el momento actual se presenta como una cuestión pacífica, pero como tendremos oportunidad de apreciar, no lo fue en el origen del proceso. Hoy, cultura o las artes son favorables a la reforma estatutaria y así lo han manifestado en la correspondiente comparecencia parlamentaria. Por lo demás, en la práctica totalidad de los sondeos de opinión pública recientemente efectuados los andaluces se muestran satisfechos con su autonomía política y partidarios de incrementar los niveles de autogobierno. Pero no debemos olvidar que la elaboración y aprobación del actual Estatuto de Autonomía para Andalucía, hoy vigente, se produjo en un marco general de redefinición y racionalización del proceso autonómico en el que se intentó rebajar el máximo nivel de autogobierno que posibilitaba el artículo 151 CE 4. En los años posteriores se desplegó el Estado autonómico y se produjo una profunda descentralización partiendo del impreciso Título VIII de la Constitución, construyendo una suerte de funcionamiento territorial equiparable, grosso modo, a un Estado federal del tipo alemán y, por supuesto, con más profundidad descentralizadora que el modelo italiano, partiendo, fundamentalmente, sobre la base de acuerdos políticos y a través de las sentencias del Tribunal Constitucional. Se debe destacar, también, como recuerdan, entre otros, Cano Bueso (2005) y Lucas Murillo de la Cueva (2005), que en los últimos veinticinco años Andalucía ha cambiado sustancialmente. En el plano interno, porque su sistema político se ha consolidado, su desarrollo económico ha despegado, se han universalizado servicios tan básicos como el educativo y el sanitario, los sistemas de protección y prestación funcionan en unos estándares razonables. Y lo mismo sucede desde la perspectiva de la acción exterior, donde Andalucía está jugando un papel muy importante, acorde a sus posibilidades, en el ámbito de la cooperación internacional, en los esfuerzos por el diálogo y el entendimiento entre culturas, en la preservación de la estabilidad y de la paz en el Mediterráneo, particularmente en el Magreb, en su vocación de puente y enlace con los países Hispanoamericanos. Por todo esto resulta necesario y coherente el proceso conducente a la revisión y actualización del Estatuto de Autonomía. Y por ello, también, tanto el Presidente de la Junta como el Consejo de Gobierno y la totalidad de las fuerzas políticas parlamentarias de Andalucía, se han implicado de manera decisiva a la hora de propiciar un debate sobre la adecuación de las normas escritas a la realidad política subyacente. Pero en una operación de esta envergadura es imprescindible acompasar adecuadamente el tempo político, máxime cuando se encuentra en ciernes una reforma constitucional. Ciertamente, conviene estar informados y preocupados por otros procesos de reforma estatutaria en curso, pero, sobre todo, conviene trabajar en paralelo y con la vista puesta en la reforma constitucional prevista. De lo contrario, se corre el peligro de que algunas propuestas de reforma, que pueden ser razonables y hasta convenientes, puedan impactar, cuando no contradecir, con la literalidad de la Constitución vigente 5. En todo caso, y en aras de que el proceso de cambio sea ordenado y constitucionalmente adecuado, es necesario que la reforma no supere, en ningún caso, el marco establecido por la vigente Constitución, al menos mientras ésta exista en su tenor literal. Por tanto, sería in constitucional e ilegítima una pretendida reforma anticipada de un Estatuto que intentara superar el marco de la vigente Constitución, o que de forma no negociada con las Cortes Generales pretendiese forzar la modificación de ciertas leyes orgánicas de desarrollo directo de la Constitución. Sin embargo, nada impediría que este debate, articulado en paralelo, pudiese determinar la conveniencia de adaptar la Constitución, no sólo en los cuatro puntos anunciados por el Gobierno, sino a algunos bloques estatutarios, debidamente acotados y homogeneizados para todas las Comunidades Autónomas que, establecidos en términos de igualdad, supongan desde el punto de vista funcional una mejor adaptación de nuestro sistema constitucional a esta realidad de la España plural (Cano, 2005). A) País Vasco El 25 de Octubre de 2003 se produce la entrada en el registro del Parlamento Vasco de la propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía del País Vasco elaborada por el gobierno de dicha Comunidad Autónoma. Esta propuesta, aprobada por el gobierno autonómico vasco en sesión celebrada el mismo día de su entrada en registro parlamentario, lleva por nombre Propuesta de Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi 6. Previamente a la aprobación de la Propuesta del gobierno vasco, se habían producido una serie de acuerdos y debates sobre autogobierno en el Parlamento Vasco que acaban el 12 de Julio de 2002 con la aprobación por esta cámara del Dictamen elaborado por una Comisión Especial de Autogobierno, cuya constitución había sido decidida por el propio Parlamento en pleno de 25 de Octubre de 2001 con la función de trabajar en el desarrollo estatutario vasco. El Dictamen de la Comisión se produce tras la comparecencia ante la misma entre el 30 de Enero y el 12 de Junio de 2002 de 62 ponentes que acuden al órgano parlamentario para expresar sus opiniones respecto a la reforma proyectada. La tramitación de la propuesta del gobierno en el Parlamento Vasco se inicia con la presentación de varias enmiendas a la totalidad, tras cuyo debate en la Comisión de Instituciones e Interior, se inicia una ponencia parlamentaria en esta Comisión el 22 de marzo de Después de varias comparecencias la Comisión emite un Dictamen en relación con la propuesta de reforma de Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi que es debatido y aprobado en pleno del Parlamento Vasco el 30 de diciembre de 2004 con casi el 50% de sus miembros en contra. El 14 de enero de 2005 la propuesta de reforma del Parlamento Vasco es presentada en el Congreso de los Diputados, y admitida a trámite por la Mesa del Congreso el 19 del mismo mes. Por acuerdo de la Junta de Portavoces del Congreso de los Diputados de 25 de enero de 2005 se decide iniciar la tramitación de la propuesta mediante la celebración de un Pleno de toma en consideración. Contra esta decisión los grupos Izquierda Verde-IU-ICV, PNV, EA y Nafarroa Bai interponen el 26 y 27 de enero sendos Recursos de Amparo ante el Tribunal Constitucional, que son inadmitidos a trámite por el Alto Tribunal mediante Auto de 31 de enero de CANO nos recuerda que fue diseñado por el segundo Gobierno del Presidente Suárez, iniciado en 1979, que desembocó, tras el Informe de la Comisión de Expertos, en la suscripción de los Acuerdos de 1981 firmados entre UCD y PSOE, y que culminó con la aprobación de la LOAPA, en buena medida declarada posteriormente inconstitucional. Es, por tanto, un Estatuto que se aprueba en un momento de convulsión de la vida política española y que se tramita a la sombra del 23 de febrero y de las cautelas que, en aquel momento, imponían las amenazas de desestabilización del sistema constitucional y de libertades propiciado por la Constitución de Así las cosas, es un texto pactado, en buena medida, desde la desconfianza de una de las grandes fuerzas políticas, precisamente el partido de UCD que en aquel momento encarnaba el Gobierno de la Nación. Ello condujo a que por la vía de los motivos de desacuerdo y a través de la presentación de enmiendas, el centro-derecha español (UCD-AP) intentara rebajar a lo largo de la tramitación parlamentaria el techo de autogobierno que el artículo 151 de la Constitución confería a las Comunidades de primer nivel. 5. CANO nos recuerda que el necesario ensamblaje entre la Constitución y los Estatutos -en definitiva, el bloque de la constitucionalidad- es imprescindible en materias como los derechos derivados de los derechos fundamentales, en la composición y funcionamiento del Senado, en la configuración de los instrumentos de colaboración, cooperación y mutuo auxilio interterritorial, en la regulación de los mecanismos que permitan la participación de Andalucía, tanto desde la perspectiva de la formación de la voluntad interna del Estado cuanto de la formación de la voluntad hacia el exterior, incluyendo el establecimiento de los canales de representación y participación de las Comunidades Autónomas en el espacio de la Unión Europea. 6. Este texto y todos los demás datos concernientes a este proceso de reforma están disponibles en

9 El 1 de febrero de 2005 acaba teniendo lugar el debate de toma en consideración en el que se reflejan las posturas elementales referentes a la propuesta de reforma estatutaria aprobada por el Parlamento Vasco con amplio rechazo por los grupos mayoritarios en esta cámara. Durante el discurso de Ibarretxe Markuartu, Presidente del gobierno autonómico vasco nombrado representante del Parlamento de esta Comunidad Autónoma ante el Congreso de los Diputados para la defensa de la propuesta, se presenta el núcleo de la misma que consiste en la constitución del País Vasco como Estado Libre y Asociado al Estado español, en base a un pretendido derecho del pueblo vasco a decidir sobre su propia soberanía y por mediación de una supuesta legitimidad constituyente del Parlamento Vasco 7. Frente a estas ideas se presentan las de los grupos parlamentarios mayoritarios, encabezadas por el Presidente del Gobierno de la Nación, Rodríguez Zapatero, y el jefe de la oposición, Rajoy Brey. El primero advierte de que la relación constitucional entre el País Vasco y el resto de España debe decidirse por los vascos pero también por el resto de españoles, ya que la soberanía reside en todo el pueblo y no solo en una parte de él, que, además, ni siquiera expresa la voluntad de la totalidad del pueblo vasco. Por estos motivos, rechaza la propuesta de reforma 8. Por su parte, y de forma similar, Rajoy Brey expresa su rechazo a dicha propuesta señalando que tras una apariencia de pretendida reforma estatutaria, lo que realmente se encuentra es una propuesta de reforma constitucional, que equivaldría a una propuesta de Constitución para el País Vasco. Esta propuesta rompería, por tanto, el marco legal y constitucional vigente, atribuyendo a la Comunidad Autónoma Vasca competencias que no le corresponden 9. El jefe del principal partido en la oposición advierte además del carácter genéticamente antidemocrático de la propuesta del Parlamento Vasco, ya que al establecer una distinción entre ciudadanía y nacionalidad vasca se crea una estructura social de castas, rompiendo con el principio angular del constitucionalismo democrático occidental, el principio de igualdad 10. En sentido parecido se había venido ya expresando alguna doctrina constitucionalista. Así, Rubio Llorente (28/10/2003) considera que el llamado Plan Ibarretxe presenta un ultimátum, una propuesta de discusión sobre una decisión ya tomada previa y unilateralmente. En opinión de este autor, se trata de una declaración de independencia formulada junto a una propuesta de confederación. Es decir, la propuesta vasca no buscaría una reforma estatutaria sino más bien una derogación del Estatuto y una constitución para una nueva comunidad política que se declara soberana mediante un nuevo poder constituyente. Para Pérez Royo (28/10/2003) se trata de una propuesta constituyente originaria de un pueblo vasco que suplanta unilateralmente al pueblo español como único titular del poder constituyente. No equivale, por tanto, a una reforma estatutaria sino al ejercicio de un derecho de autodeterminación incompatible con la Constitución de Sin embargo, en opinión de Iñaki Lasagabaster (28/10/2003), aunque el proyecto supone una alteración importante de la relación Euskadi-Estado, no implica una alteración sustancial del modelo constitucional, ya que la propuesta Ibarretxe afectaría únicamente a Euskadi y no a España. Para este autor, la posibilidad jurídica de encontrar un enganche para dicha propuesta en la Constitución española existe, pero falta voluntad política del Estado. Si bien Lasagabaster tampoco argumenta cuál pueda ser ese enganche, a su entender, la aprobación del proyecto no necesitaría de reforma constitucional alguna, siendo la opinión contraria un intento antidemocrático de impedir el planteamiento de la propuesta, que se incardinaría en una campaña totalitaria del Estado español por evitar el diálogo. Finalmente, el Pleno del Congreso de los Diputados acabó rechazando la toma en consideración de la Propuesta de Nuevo Estatuto, con lo que acababa la singladura de este intento de reforma estatutaria cuyo efecto, sin embargo, ha sido el de reavivar un debate institucional ya existente en algunas Comunidades Autónomas, y abrirlo en otras, sobre la necesidad de revisar sus respectivos Estatutos de Autonomía. Este proceso, iniciado desde muy diversas perspectivas por las distintas regiones y nacionalidades españolas, ha sido calificado de segunda fase de la transición democrática (Carrillo, 30/11/2004), y presenta importantes retos para la consolidación y estabilización de la estructura del Estado. B) Cataluña En el caso de Cataluña 11, este debate ya se había iniciado a nivel institucional el 3 de octubre de 2002 con la aprobación por el Parlament de esta Comunidad Autónoma de una Resolución sobre la orientación política general del Consejo Ejecutivo 12, en la que, partiendo de la constatación de una situación de parálisis y retroceso en el desarrollo autonómico protagonizado por las dos fuerzas políticas mayoritarias del Estado mediante una legislación estatal que anula las competencias autonómicas y también mediante una obstrucción al traspaso de los servicios pendientes, se pretende que para la consecución de un necesario incremento de autogobierno, y en caso de que la tendencia estatal continuara, sería absolutamente necesaria una ampliación del marco estatutario. Los ámbitos que esta Resolución considera más dignos de revisión son, v.gr., los concernientes a la financiación y la inversión pública del Estado, la política lingüística, la política social, protección de la familia, ciertos aspectos del autogobierno, lucha contra la violencia de género, enseñanza, política sanitaria, políticas de empleo, y otros. Por su parte, el Institut d'estudis Autonòmics de Cataluña elabora en julio de 2003 un informe sobre la reforma del Estatuto en el que hace un balance y diagnóstico de la aplicación de dicha norma. Según el Institut, los principales problemas que derivan de la aplicación del vigente marco estatutario son: falta de capacidad para fijar políticas propias en ámbitos materiales coherentes y completos; funciones ejecutivas fragmentadas y restringidas; ausencia de una capacidad de autoorganización plena; inadaptación de la Administración estatal y de la Administración de Justicia al modelo autonómico; insuficiente participación en las instituciones y en las políticas estatales; déficits participativos en la Unión Europea y en la proyección exterior; ausencia de financiación suficiente, estable y garantizada; insuficiente reconocimiento y garantía de la singularidad de Cataluña; riesgos de desnaturalización de las potestades legislativas de la Generalitat. Desde este punto de partida, la Comissió d'estudi per a l'aprofondiment de l'autogovern elabora un informe con ciertas recomendaciones sobre la reforma del Estatuto catalán y el procedimiento a seguir, el cual es debatido y aprobado por el Parlament el 19 de noviembre de El 19 de febrero del siguiente año se constituye una especie de pre-ponencia parlamentaria con la misión de elaborar un nuevo informe sobre una propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía catalán 13. Para estas fechas, los partidos políticos ya habían presentado sus respectivas propuestas al Parlament, las cuales sirven para orientar a la ponencia. Finalmente, tras varias reuniones y acuerdos parlamentarios que tienen lugar entre diciembre de 2003 y octubre de 2004, se constituye la Ponencia redactora de la reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña que continúa activa aún en busca de un consenso definitivo. Los elementos fundamentales sobre los que pretende versar la reforma catalana pueden extraerse del texto de Propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña de mayo de 2005 que ha sido elaborado en primera lectura, y está siendo debatido en el seno de la Ponencia. Hay que señalar, previamente a la exposición de estos contenidos, que este texto no constituye la auténtica proposición de ley de reforma, sino que únicamente recoge los resultados del trabajo llevado a cabo hasta el momento en la ponencia, los cuales son abiertos y modificables, como el propio texto indica 14. Las propuestas contenidas recogen principalmente acuerdos articulados, unánimes o mayoritarios, en función de cada materia, aunque la formalización definitiva se hará en la segunda lectura. Las materias recogidas son muy numerosas, y el texto de la propuesta igualmente extenso 15, por lo que a continuación se expondrán de manera sucinta las líneas fundamentales de dicho trabajo, intentando centrar la exposición en los temas más representativos. En el título preliminar se tratan cuestiones como la denominación de Cataluña como Nación, el derecho a la autodeterminación, los derechos históricos, el territorio, la lengua propia y las oficiales, los símbolos, la capital, o los principios generales de la organización territorial. El primer título está dedicado a los derechos y deberes civiles, derechos en el ámbito político y de la Administración, derechos lingüísticos, derechos sociales, y sus garantías. Entre los derechos contemplados se hallan los derechos de la infancia y la tercera edad, el derecho a crear unos lazos estables de pareja, la protección de los datos personales, la participación en la elaboración de leyes, la consulta popular, el derecho y deber de conocer y usar las lenguas, los derechos lingüísticos en la educación y el consumo, los derechos en el ámbito de la salud, la educación, los servicios sociales, el alojamiento, y el ámbito laboral 16. Un segundo título contempla los principios rectores de la Comunidad. Así, la protección de las personas y la familia, la cohesión y el bienestar social, la seguridad, los principios rectores socio-económicos, la acogida de inmigrantes, la convivencia social, equilibrio territorial, medio ambiente, alojamiento y movilidad, educación e investigación, protección de consumidores y usuarios, cooperación exterior, acceso a las tecnologías de la información, memoria histórica, y fomento de la participación social. El tercer título contiene los aspectos referentes a las instituciones. Se abordan en este punto cuestiones tales como el régimen electoral, los decretos-ley del gobierno de la Comunidad Autónoma, la disolución del Parlamento, elección y atribuciones del Presidente de la Generalitat, el Consejo Consultivo o Consejo de Garantías Estatutarias, el Sindic de Greuges, la Sindicatura de Comptes, la organización local con aspectos como las competencias locales y su financiación, el municipio, la vegueria, la comarca y el régimen del Valle de Arán. Bajo el título del Poder Judicial en Cataluña se incluye la regulación del Tribunal Superior de Justicia, el Fiscal Superior de Cataluña, un Consejo de Justicia de Cataluña, con sus atribuciones y competencias, así como otras competencias de la Generalitat sobre la Administración de Justicia tales como el régimen de oposiciones y concursos, requisitos para los jueces y el resto de personal de esta Administración en Cataluña, la justicia gratuita, y la demarcación y planta judicial. El título quinto se dedica al tema de las competencias de la Comunidad Autónoma. En esta parte, a lo largo de casi ochenta páginas, se desarrolla un articulado que fija una por una y detalladamente las competencias de la Comunidad y su alcance. En primer lugar se delimitan una serie de materias como obras hidráulicas, consumo, defensa de la competencia, derecho procesal, medios de comunicación social y servicios de contenido audiovisual, trabajo y relaciones laborales, o el sistema penitenciario, en las que se asumen competencias. A continuación se incluye una proposición de ley orgánica de transferencia a la Generalitat de las facultades de ejecución de la legislación estatal, por ejemplo, en planificación económica, agricultura, pesca, consultas populares, cultura, deportes, inmigración, mercados de valores, organización territorial, régimen local, sanidad, medio ambiente, políticas de género, seguridad pública y privada, protección civil y seguridad social 17. En los títulos sexto, séptimo y octavo se contemplan las relaciones con otras Comunidades Autónomas, con la UE, y la acción exterior. Se incluyen aspectos como convenios de colaboración con el Estado y con otras Comunidades, una Comisión Bilateral Generalitat-Estado, formas de colaboración multilateral, y 7. Véase Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados, año 2004, VIII Legislatura, Núm. 65, p íbidem., pp.3094 y ss. 9. íbidem., p íbidem., p Todos los textos citados a continuación están disponibles en Boletín Oficial del Parlament de Catalunya (BOPC), núm. 339, de 7 de octubre de BOPC, núm. 398, de 3 de marzo de Una clara muestra del carácter mutable de esta propuesta la encontramos en la prensa del día 25 de junio de 2005 (día de finalización de la redacción de este trabajo) en el que aparece la noticia de que el Gobierno Catalán retoca el borrador del Estatuto con la intención de dar una nueva redacción al tema de las competencias menos ambiciosa. Véase El País, 25/6/05: El tripartito catalán lima el borrador del nuevo Estatuto para ajustarlo a la Constitución. El IEA señala 27 puntos del título sobre competencias de la Generalitat en que se desborda el techo constitucional páginas 16. Una regulación estatutaria de estos derechos, incluyendo sanidad, educación, protección social, y derecho al trabajo, ya se venía reclamando por algunos agentes sociales. Véase la Propuesta sobre los capítulos laboral y social de una posible reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña elaborada por UGT-Cataluña 17.En este ámbito también se había reclamado desde UGT-Cataluña la necesidad de una asunción plena de competencias en materia laboral y social, con el fin de crear un marco catalán de relaciones laborales. Véase la citada Propuesta

10 la participación en las instituciones y procedimientos de toma de decisiones estatales mediante la comparecencia de senadores catalanes ante el Parlament, designación de miembros del Tribunal Constitucional y del CGPJ, e iniciativa legislativa en la Cortes. En cuanto a las relaciones con la UE, se pretende una participación directa en los Tratados originarios, participación en la formación de las posiciones del Estado, desarrollo y aplicación del Derecho comunitario, gestión de fondos europeos, participación en el control de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, acciones ante el Tribunal de Luxemburgo, y la creación de una delegación catalana ante la UE y una Comisión Mixta para asuntos europeos. Dentro de la acción exterior se tratan las delegaciones en el exterior, los acuerdos de colaboración, tratados internacionales, cooperación transfronteriza, cooperación al desarrollo, y la creación de una Comisión Mixta de acción exterior. La financiación de la Comunidad Autónoma se aborda en el penúltimo título, aunque las propuestas de su contenido están divididas según el partido político que las defiende. Es decir, que el nivel de consenso en esta materia parece ser menor por el momento. Así, en el documento presentado por CiU, se propone un régimen de acuerdo económico con el Estado con una cuota de contribución, y la creación de una Agencia Tributaria catalana. En la propuesta del gobierno autonómico catalán se observa una división entre recursos propios de la Comunidad con sus respectivas competencias financieras y la creación de una Agencia Tributaria catalana, por un lado, y por otro, la inclusión de unos principios de solidaridad y lealtad institucional. Pese a que desde la doctrina (Pérez Royo, 13/12/2004) se advierte que ninguna reforma estatutaria puede ya variar la irreversibilidad del principio de igualdad que se ha impuesto en el ejercicio del derecho a la autonomía, algunas de las pretensiones de reforma que van surgiendo a lo largo del proceso de elaboración de la propuesta catalana hacen temer al gobierno autonómico de Andalucía, así como a algunos líderes políticos, por el mantenimiento de las mayores cuotas de autogobierno en nuestra Comunidad Autónoma, por lo que, en este contexto, se inicia la andadura andaluza de reforma teniendo por guía en un principio al modelo catalán. Sin embargo, el modelo catalán se va mostrando progresivamente como difícil de extrapolar a Andalucía, y en diversos puntos, especialmente el de la financiación, se hace cada vez más conflictivo (El País, 06/03/2005), por lo que, tras un período en el que la reforma andaluza intenta inspirarse en la catalana, empieza a abrirse la idea de configurar un modelo andaluz como vía distinta y particular que rápidamente es vista por algunos sectores y por los dos partidos mayoritarios, PP y PSOE, como una posibilidad de crear un nuevo referente a nivel nacional (ABC, 10/01/2005 y 08/03/2005; La Razón, 10/01/2005; Diario de Sevilla, 03/03/2005). C) Valencia Ahora bien, en esta tesitura surge la propuesta definitiva de reforma del Estatuto de Autonomía de Valencia, que, también separándose del modelo catalán, abre una nueva posibilidad como modelo de reforma ya acabado. La llamada vía valenciana, nace fruto del consenso entre los dos principales partidos políticos, y configura un intento de reforma moderada, que no pretende retocar la Constitución ni leyes orgánicas, que prevé una Agencia Tributaria coordinada con la estatal, y contempla un sistema competencial y financiero sin cambios importantes, pero abierto a posibles cambios en otras comunidades autónomas mediante cláusulas de salvaguarda que permiten asumir aquello que otras comunidades asuman en futuras reformas (ABC, 25/05/2005). En opinión de Pérez Royo (29/05/2005), la presentación de esta propuesta representa la irrupción de la multilateralidad en un proceso de reforma que no puede ni debe privilegiar a ciertas comunidades y preterir a otras. Puesto que la reforma alcanza a la propia estructura del Estado, lo lógico es que en ella participen todas las regiones y nacionalidades. Según este autor, el carácter moderado y consensuado de la vía valenciana hace de esta propuesta un modelo muy positivo que probablemente será seguido por la mayoría de las demás comunidades. Sin embargo, a pesar de estar fundada en un consenso, y a haber sido bienvenida por la ejecutiva federal del PSOE (ABC, 25/05/2005), esta vía no parece satisfacer al gobierno de la Comunidad andaluza, quien además duda del encaje legal de las citadas cláusulas de salvaguarda. En realidad, la intención del ejecutivo andaluz parece desmarcarse tanto del modelo valenciano como del catalán y busca una máxima asunción competencial, aunque sin romper el marco constitucional (Diario de Sevilla, 14/06/2005). Fuente: Diputación de Almería 3. Las Bases para la Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía Las Bases para la Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía de 16 de diciembre de 2003, cuyo contenido expondremos sucintamente a continuación poniéndolo en relación con las opiniones y repercusiones generadas por el mismo en los distintos ámbitos y agentes sociales que han participado activamente en el proceso de reforma, nacen como una concreción de la propuesta hecha el 8 de mayo de 2002 por el Presidente de la Junta de Andalucía, Chaves González, en el marco de la llamada segunda modernización de Andalucía. En esta propuesta de 2002, Chaves advierte que, pese a la extraordinaria utilidad que el Estatuto andaluz ha tenido para la superación de la secular marginación de Andalucía, tanto el nuevo contexto internacional con la globalización de las sociedades y la internacionalización de la economía, como el nacional con los nuevos planteamientos sobre el Estado autonómico, generan la necesidad de reflexionar sobre ciertos aspectos del Estatuto. Así, las consecuencias de la integración europea en Andalucía, la inmigración, la revolución tecnológica, la perspectiva de género en el Estatuto, la articulación interna de la comunidad, la hacienda, y Gibraltar. Siguiendo estas directrices, el día 30 de diciembre de 2003 el Gobierno andaluz presenta ante el Parlamento el citado documento de bases para la reforma del Estatuto, y en el discurso de presentación que hace el propio Presidente se esbozan las motivaciones concretas del documento. Se pretende impulsar un nuevo horizonte de autogobierno para adaptar las técnicas y contenidos del Estatuto a los cambios que se desarrollan en la sociedad actual sin afectar a sus principios básicos. El trasfondo de la iniciativa es, pues, la voluntad de afrontar los cambios económicos, sociales, políticos y culturales del nuevo siglo, cuya superación pretende alcanzarse con la reforma estatutaria a fin de mejorar las condiciones de vida de todos los ciudadanos. También el documento de las Bases advierte de estas motivaciones en su Preámbulo, y señala una serie de objetivos a alcanzar por la reforma: promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en los que se integran sean reales y efectivas; establecer una Comunidad social y democrática de derecho; establecer un orden económico y social justo y solidario; garantizar a todas las personas el pleno ejercicio de sus derechos reconocidos; conseguir el pleno empleo; afianzar la conciencia de identidad andaluza; aprovechar y potenciar los recursos económicos de Andalucía, promoviendo la justa redistribución de la renta; protección de la naturaleza y del medio ambiente; superar los desequilibrios económicos, sociales y culturales entre las distintas áreas del territorio andaluz; proponer la igualdad efectiva del hombre y de la mujer; desarrollar y mantener una extensa red de derechos sociales y servicios públicos fundamentales; el pleno reconocimiento de la dignidad de las personas inmigrantes; colaborar en el fortalecimiento de la cultura de la paz con los restantes pueblos de la tierra. Como medios a emplear para alcanzar los objetivos marcados se señalan el ejercicio pleno del derecho al autogobierno como una nacionalidad integrada en la unidad de España, la participación en las decisiones políticas que afecten a los derechos e intereses legítimos de Andalucía, contribuir a la construcción de una Europa democrática y social y de un orden internacional justo y en paz. Estos medios se concretan en diferentes aspectos cuya exposición se realiza a lo largo de las diez bases contenidas en el documento que vamos a resumir a continuación acompañándolo de las opiniones presentadas ante la Comisión de Desarrollo Estatutario del Parlamento andaluz desde octubre de 2004 a marzo de Ante dicha Comisión comparecieron Sesión de :Ángel M. López y López; Juan Carlos Aguilar Moreno; José Rodríguez de la Borbolla y Camoyán; Miguel Ángel Pino Menchén; Carlos Rosado Cobián; Pedro Serrera Contreras; En Sesión de : Rafael Escuredo Rodríguez; Antonio Ojeda Escobar; José Antonio Marín Rite; Diego Valderas Sosa; Javier Torres Vela; En Sesión de : Miquel Roca Junyent; Manuel Clavero Arévalo; María de los Ángeles Infante García, Presidenta de la Fundación Blas Infante; Sesión de : Juan Cano Bueso, Presidente del Consejo Consultivo de Andalucía; Rafael Navas Vázquez, Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía; Joaquín Galán Pérez, Presidente del Consejo Económico y Social; José Chamizo de la Rubia, Defensor del Pueblo Andaluz; En Sesión de : Javier Pérez Royo; En Sesión de : Santiago Herrero León, Presidente de la Confederación de Empresarios de Andalucía; Manuel Pastrana Casado, Secretario General de UGT-Andalucía; Francisco Carbonero Contador, Secretario general de CCOO-Andalucía; Antonio Moreno Romero, Presidente de la Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía; Francisco Moreno Navajas, Representante de la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos de Andalucía; Cristóbal Cantos Ruiz, Secretario General de ASAJA; En Sesión de : Rafael Hurtado de Mendoza y Alba, Presidente de CSI-CSIF Andalucía; José Manuel Sánchez Gordillo, Secretario General del Sindicato de Obreros del Campo y el Medio Rural; José María Rosales de Angulo, Representante del Consejo Andaluz de Colegios Profesionales de Abogados; Antonio Virúez García, Presidente de la Confederación de Asociaciones de Vecinos de Andalucía; José González Gaztañaga, Presidente de la Federación de Organizaciones Andaluzas de Mayores; José Luis Gil Salguero, Representante del Consejo de la Juventud de Andalucía; Francisco de la Casa, Coordinador de ATTAC-Andalucía; Mª Ángeles Rebollo, Presidenta de la Federación Andaluza de Consumidores y Amas de Casa; Juan Moreno Rodríguez, Presidente de la Unión de Consumidores de Andalucía; En Sesión de : Francisco Toscano Sánchez, Presidente de la federación Andaluza de Municipios y Provincias; Braulio Medel Cámara, Presidente de la Federación Andaluza de Cajas de Ahorro; Pilar Troncoso González, Representante en Andalucía de la Asociación de Juristas Progresistas; Rafaela Pastor Martínez, Presidenta de la Plataforma de Apoyo al Lobby Europeo de Mujeres; Montserrat Moyano Moyano, Presidenta de la Asociación de Mujeres Rurales de Andalucía; Fernando Reyaro Suárez, Presidente de la Asociación de Empresas del Sector Medioambiental; Mª Ángeles Cózar Gutiérrez, Presidenta del Comité de Representantes de Personas con Discapacidad; Antonio Escobar Ruiz, Presidente de la Federación de Asociaciones de Lucha contra la Droga; En Sesión de : José María Mesa Siles, Presidente de la Confederación de Asociaciones de Padres de Alumnos de Enseñanza Pública; Juan Rodríguez Hidalgo, Presidente de la Confederación de Federaciones de Asociaciones de Padres de Alumnos de Andalucía; Kamal Kahmouni, Presidente de la Asociación de Trabajadores Inmigrantes Marroquíes en Andalucía; Nicolás de Alba Fernández, Presidente de la Coordinadora de Organizaciones no Gubernamentales; En Sesión de : Walter Vivanco Torres, Presidente de la Asociación de Ecuatorianos de Andalucía; Rosario Aguilera Santos, Presidenta de la Federación Andaluza de Asociaciones de Lesbianas y Gays; Javier García Núñez, Secretario de la Coordinadora Girasol de Grupos Gays, Lesbianas y Transexuales de Andalucía; Humberto García González-Gordon, Coordinador Territorial de Andalucía de la Fundación Secretariado Gitano; Beatriz Carrillo de los Reyes, Presidenta de la Federación Andaluza de Mujeres Gitanas; En Sesión de : Miguel Terrino Vargas, Representante del Consejo de Comunidades Andaluzas; Jose Luis Ortiz Nuevo; Salvador Távora Triano

11 De la primera de ellas, referida al Autogobierno, se puede destacar la preeminencia del compromiso con los principios de solidaridad con los pueblos de España, así como los de colaboración, cooperación, mutuo auxilio y lealtad en las relaciones con los entes locales, el Estado o la Unión Europea, principios que son también reclamados por los comparecientes en la comisión parlamentaria 19. Así mismo, se saluda en general la idea de que el nuevo Estatuto recoja explícitamente el carácter de nacionalidad que tiene Andalucía 20. En la segunda base se aborda el compromiso con los derechos y libertades de los ciudadanos. En este apartado se señala la necesidad de garantizar, incluso mediante acción positiva, la no discriminación en el ejercicio de los derechos de todos los ciudadanos, especialmente en las cuestiones de género 21. La protección de los derechos sociales y laborales es otra de las prioridades que se presentan en el documento de bases, que propone incluir en el Estatuto una Carta de los derechos sociales de los andaluces a este fin 22. Además de esto, se pretende garantizar la calidad de vida de los mayores 23, el derecho de acceso de los ciudadanos a las nuevas tecnologías 24, y la integración de los inmigrantes en Andalucía En este sentido LOPEZ Y LOPEZ, A. M., PINO MENCHEN, M. A. (sesión de , pp. 24, 25 y 59), MARIN RITE, J. A. Y TORRES VELA, J. (sesión de , pp. 47, 78 y 81); GALAN PEREZ, J. (sesión de , p.41) 20. Se manifiestan a favor de la expresión nacionalidad AGUILAR MORENO, J. C. (sesión de , p.29), ESCUREDO RODRÍGUEZ, R., VALDERAS SOSA, D., TORRES VELA, J. (sesión de , pp. 7 a 8, 59, 61 y 92), CLAVERO ARÉVALO, M. E INFANTE GARCIA, M. A. (sesión de , pp. 29 y 48); se manifiesta a favor de la calificación de región SERRERA CONTRERAS, P. (sesión de , p.88); HURTADO MENDOZA, R. (sesión de , p. 7) 21. Los comparecientes en la comisión parlamentaria prestan especial apoyo a la lucha contra discriminación y a la igualdad por razones de género. Véase ROSADO COBIAN, C. (sesión de , p. 75), MARIN RITE, J. A., VALDERAS SOSA, D. (sesión de , pp. 45 y 64), CANO BUESO, J. (que también propone potenciar la discriminación positiva y la paridad electoral en el EAA), GALAN PEREZ, J., CHAMIZO DE LA RUBIA, J. (sesión de , pp. 8, 45 y 61), PASTRANA CASADO, M. (abogando por la paridad en la administración), CARBONERO CONTADOR, F. (también partidario de la paridad laboral y en la vida pública) ROMERO MORENO, A., MORENO NAVAJAS, F. (sesión de , pp. 20, 38, 50 y 59); HURTADO MENDOZA, R., VIRUEZ GARCIA, A. (partidario de la discriminación positiva), GIL SALGUERO, J.L. (también partidario de la discriminación positiva) (sesión de , pp. 9, 36, 51 y 52); GONZALEZ TRONCOSO, P. (propone incluir un principio de democracia paritaria), MOYANO MOYANO, M. (con especial atención a la mujer rural), COZAR GUTIERREZ, M.A. (sesión de , pp. 34, 50 y 67); MESA SILES, J.M., RODRÍGUEZ HIDALGO, J. (sesión de , pp. 6 y 15); CARRILLO DE LOS REYES, B. (con especial atención a la mujer gitana) (sesión de , p. 32). Esta postura es también defendida en el Ciclo de Conferencias sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía ofrecido por el Parlamento de Andalucía por parte de MARTÍNEZ SEMPERE, E. (ponencia de ). 22. Esta propuesta encuentra numerosos apoyos entre los comparecientes PINO MENCHEN, M. A. (sesión de , p. 71), ESCUREDO RODRIGUEZ, R., OJEDA ESCOBAR, A., MARIN RITE, J. A., VALDERAS SOSA, D., TORRES VELA, J. (sesión de , pp. 11, 29, 59, 80), CANO BUESO, J., GALAN PEREZ, J., CHAMIZO DE LA RUBIA, J. (sesión de , pp. 8, 45 y 59), PASTRANA CASADO, M., ROMERO MORENO, A. (sesión de , pp. 19 y 50); SÁNCHEZ GORDILLO, J.M., ROSALES DE ANGULO, J.M., VIRUEZ GARCIA, A., MORENO RODRÍGUEZ, J., REBOLLO, M.A. (sesión de , pp. 23, 30, 37, 64 y 76); MEDEL CAMARA, B. (aboga por la inclusión conjunta de los deberes que conlleva la ciudadanía) (sesión de , pp );KAHMOUNI, K. (sesión de , p. 20); TERRINO VARGAS, M. (sesión de , p.9). También es defendida por LUCAS MURILLO DE LA CUEVA, P. ( ) y CÁMARA VILLAR, G. ( ), en el Ciclo de Conferencias sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía organizado por el Parlamento de Andalucía y AGUDO ZAMORA, M. en la conferencia La inclusión de un catálogo de derechos y deberes en el Estatuto de Autonomía para Andalucía. Especial referencia a los derechos sociales, ponencia realizada en el curso de las Jornadas sobre la reforma del Estatuto de Autonomía: posibilidades y límites, Instituto Andaluz de Administración Pública, marzo Idea que apoyan GALAN PEREZ, J., CHAMIZO DE LA RUBIA, J. (sesión de , pp. 41 y 60), PASTRANA CASADO, M., CARBONERO CONTADOR, F. (sesión de , pp. 19 y 37) Las instituciones de autogobierno se estudian en la tercera base, que trata de reforzar la función de impulso político y control que el Parlamento tiene sobre el Gobierno. Se propone reformar la Ley Electoral de Andalucía para garantizar la igualdad de género en la participación política 26, establecer un control parlamentario de los medios de comunicación de titularidad pública andaluza 27, potenciar la acción del Defensor del Pueblo andaluz 28 y de la Cámara de Cuentas 29, introducir la potestad presidencial de disolución del Parlamento en el Estatuto 30, incluir un sistema de elección proporcional de senadores por los distintos grupos parlamentarios sin necesidad de consenso 31, y elevar a rango estatutario la existencia y funciones del Consejo Consultivo 32. Fuente: Periódico Ideal 24. Igualmente VALDERAS SOSA, D. (sesión de , p.64), CANO BUESO, J., GALAN PEREZ, J. (sesión de , pp. 8 y 45); ROMERO MORENO, A. (sesión de , p. 51); GIL SALGUERO, J.L., REBOLLO, M.A. (sesión de , pp. 53 y 65); MESA SILES, J.M. (sesión de , p.6); CARRILLO DE LOS REYES, B. (especialmente para los gitanos) (sesión de , p. 33) 25. En este sentido PINO MENCHEN, M. A., ROSADO COBIAN, C. (sesión de , pp. 60, 75), OJEDA ESCOBAR, A., TORRES VELA, J. (sesión de , pp.29 y 80), GALAN PEREZ, J., CHAMIZO DE LA RUBIA, J. (sesión de , pp. 44 y 61), PASTRANA CASADO, M., CARBONERO CONTADOR, F., CANTOS RUIZ, C. (sesión de , pp. 25, 38 y 65); VIRUEZ GARCIA, A., GIL SALGUERO, J.L. (sesión de , pp. 37 y 53); MOYANO MOYANO, M. (sesión de , p.50); RODRÍGUEZ HIDALGO, J., KAHMOUNI, K. (sesión de , pp. 15 y 20-21). Esta idea fue apoyada por PEREZ SOLA, N. en el curso de las Jornadas sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía: posibilidades y límites celebradas por el Instituto Andaluz de Administración Pública en Sevilla los días 28, 29, 30 y 31 de marzo de También es defendida por CÁMARA VILLAR, G. ( ) en el Ciclo de Conferencias sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía organizado por el Parlamento de Andalucía. 26. En el mismo sentido CANO BUESO, J. (sesión de , p. 8); CARBONERO CONTADOR, F. (sesión de , p. 38); GONZALEZ TRONCOSO, P. (sesión de , p. 34) 27. La misma idea se encuentra en TORRES VELA, J. (sesión de , p. 83), CANO BUESO, J. (sesión de , p.9), PEREZ ROYO, J. (sesión de , p.10); REBOLLO, M.A. (sesión de , p. 65) 28. Apoyado CLAVERO ARÉVALO, M. (sesión de , p. 33), NAVAS VAZQUEZ, R., GALAN PEREZ, J. (sesión de , pp. 23 a 30 y 45); MEDEL CAMARA, B. (sesión de , p. 22) 29. Igualmente CLAVERO ARÉVALO, M. (sesión de , p. 33), NAVAS VAZQUEZ, R., GALAN PEREZ, J. (sesión de , pp. 23 a 30 y 45); MEDEL CAMARA, B. (sesión de , p. 22). Esta idea también es apoyada por MORALES ARROYO, J.M. en el curso de las Jornadas sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía: posibilidades y límites celebradas por el Instituto Andaluz de Administración Pública en Sevilla los días 28, 29, 30 y 31 de marzo de En este sentido LOPEZ Y LOPEZ, A. M., AGUILAR MORENO, J. C., ROSADO COBIAN, C., SERRERA CONTRERAS, P. (sesión de , pp.10, 41, 74, 83), OJEDA ESCOBAR, A. (sesión de , p. 30), CLAVERO ARÉVALO, M. (sesión de , p. 33), CANO BUESO, J., GALAN PEREZ, J. (sesión de , pp. 9 y 45), PEREZ ROYO, J. (sesión de , p. 9); y MORALES ARROYO, J.M. en el curso de las citadas Jornadas sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía: posibilidades y límites. Defendido también por RUIZ-RICO RUIZ, G. ( ) en el Ciclo de Conferencias sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía organizado por el Parlamento de Andalucía. 31. Esta idea también es apoyada por MORALES ARROYO, J.M. en el curso de las citadas Jornadas sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía: posibilidades y límites 32. En este sentido LOPEZ Y LOPEZ, A. M., ROSADO COBIAN, C., SERRERA CONTRERAS, P. (sesión de , pp. 11, 74 y 83), CLAVERO ARÉVALO, M. (sesión de , p. 33), GALAN PEREZ, J. (sesión de , p. 45); REBOLLO, M.A. (sesión de , p. 65); y MORALES ARROYO, J.M. en el curso de las citadas Jornadas sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía: posibilidades y límites Fuente: Archivo Municipal Córdoba Fuente: Diputación de Almería 18-19

12 La base cuarta contiene las propuestas referentes a la calidad de la democracia. Se prevé como objetivo un impulso al derecho a participar directamente en los asuntos públicos, potenciando a este fin la iniciativa legislativa popular, otras modalidades de consulta directa, y el uso de las nuevas tecnologías para facilitar dicha participación 33. Así mismo, se propone acabar con el transfuguismo político, y fomentar el asociacionismo. En el capítulo de competencias de la Comunidad Autónoma se apunta la necesidad de limitar con precisión el alcance y contenido de los títulos competenciales horizontales del Estado para evitar que la comunidad se vea privada del ejercicio de competencias de su legítima titularidad 34. Se aboga, además, por crear y afianzar los cauces de cooperación adecuados entre Estado y comunidad para evitar la invasión competencial 35. En cuanto a competencias concretas se reclama la transferencia de las cuencas hidrográficas andaluzas 36, la gestión de los parques nacionales de Doñana y Sierra Nevada 37, el tráfico y la seguridad vial 38, los puertos y aeropuertos 39, los ferrocarriles 40 y de cuantas competencias estatales puedan ser ejercidas con más eficacia y proximidad a los ciudadanos. Los aspectos de economía y sociedad que deba contener la reforma se enumeran en la sexta base. Así, mediante la reforma se pretende alcanzar el pleno empleo y mejorar la calidad en el trabajo 41, ayudar a la concertación social 42, promover la capacidad emprendedora andaluza 43, especialmente desde la educación, favorecer a las pequeñas y medianas empresas y a los emprendedores autónomos, fomentar el cooperativismo 44, garantizar el acceso de la mujer al mercado de trabajo, y potenciar la investigación. Respecto a la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible se propone una modernización ecológica de la comunidad, otorgando un papel especial a los sectores de la economía ecológica 45, e implantando medidas fiscales con finalidad ecológica para la promoción de un modelo sostenible 46. Además se propone la creación de un Defensor de la Naturaleza como órgano adjunto al defensor del Pueblo andaluz. La base octava trata de la organización territorial que pretende configurarse como reflejo y medio de expresión de la identidad social y voluntad política colectivas. Para ello, el municipio deberá ser la entidad territorial básica de Andalucía permitiendo que se agrupen en entidades territoriales basadas en hechos socioeconómicos, urbanísticos o metropolitanos. Se propone garantizar que los municipios, diputaciones y demás entes locales gocen de la autonomía, competencias 47 y financiación 48 que reclama la Carta Europea de la Autonomía Local. Por otra parte, se propugna la intervención estratégica en la ordenación y estructuración del territorio para evitar desequilibrios internos. La financiación de la Comunidad Autónoma en las bases se asienta sobre los principios de autonomía y suficiencia financiera, para garantizar la igualdad de acceso a los servicios públicos y la corrección de los desequilibrios territoriales. Se plantea la posibilidad de gestionar los recursos de la comunidad mediante una agencia tributaria propia que se rija por los principios de autonomía, coordinación y lealtad con otras administraciones tributarias En este sentido CANO BUESO, J. (para referéndum consultivo o iniciativa legislativa) (sesión de , p. 8), HERRERO LEON, S. (para trámites, notificaciones, etc.) (sesión de , p.8). No ve inconveniente al respecto RUIZ-RICO RUIZ, G. ( ) en el Ciclo de Conferencias sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía organizado por el Parlamento de Andalucía. 34. En el mismo sentido TORRES VELA, J. (sesión de , p.81), CANO BUESO, J. (que propone una delimitación más clara de los bloques materiales), GALAN PEREZ, J. (que estima oportuno buscar alguna forma de blindaje competencial en el EAA) (sesión de , pp. 10 y 45) 35. TORRES VELA, J. (sesión de , p.81). En este sentido, TEROL BECERRA, M. ( ), hace referencia a comisiones bilaterales en el Ciclo de Conferencias sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía organizado por el Parlamento de Andalucía. 36. En el mismo sentido TORRES VELA, J. (sesión de , p.82), INFANTE GARCIA, M. A. (sesión de , p.48), CANO BUESO, J., GALAN PEREZ, J. (sesión de , pp. 10 y 41); MORENO NAVAJAS, F. (sesión de , p. 56); HURTADO MENDOZA, R., SÁNCHEZ GORDILLO, J.M., VIRUEZ GARCIA, A., F., MORENO RODRÍGUEZ, J., REBOLLO, M.A. (sesión de , pp. 9, 16, 37 y 71) 37. En el mismo sentido TORRES VELA, J. (sesión de , p.82), CANO BUESO, J., GALAN PEREZ, J. (sesión de , pp. 10 y 44); MORENO NAVAJAS, F. (sesión de , p. 56); MORENO RODRÍGUEZ, J. (sesión de , p. 71) 38. En el mismo sentido CANO BUESO, J., GALAN PEREZ, J. (sesión de , pp. 10 y 44); MORENO RODRÍGUEZ, J. (sesión de , p. 71) 39. En el mismo sentido CANO BUESO, J., GALAN PEREZ, J. (sesión de , pp. 10 y 44), CARBONERO CONTADOR, F. (sesión de , p.37); MORENO RODRÍGUEZ, J. (sesión de , p. 71) 40. En el mismo sentido CANO BUESO, J., GALAN PEREZ, J. (sesión de , pp. 10 y 44), CARBONERO CONTADOR, F. (sesión de , p.37); MORENO RODRÍGUEZ, J. (sesión de , p. 71) 41. En el mismo sentido HERRERO LEON, S., PASTRANA CASADO, M. (sesión de , pp. 6 y 22); GIL SALGUERO, J.L. (sesión de , pp ) 42. En el mismo sentido PASTRANA CASADO, M., CARBONERO CONTADOR, F. (sesión de , pp. 22 y 37) 43. En el mismo sentido CLAVERO ARÉVALO, M. (sesión de , p.31), HERRERO LEON, S. (sesión de , p.6); GIL SALGUERO, J.L. (sesión de , p. 51) 44. En el mismo sentido ROMERO MORENO, A., MORENO NAVAJAS, F. (sesión de , pp. 49 y 58); SÁNCHEZ GORDILLO, J.M. (sesión de , p. 18) 45. En el mismo sentido SÁNCHEZ GORDILLO, J.M. (sesión de , p. 16); REYARO SUAREZ, F. (sesión de , p. 56) 46. En el mismo sentido VIRUEZ GARCIA, A. (sesión de , p. 37); REYARO SUAREZ, F. (sesión de , p.57) 47. En este sentido RODRÍGUEZ DE LA BORBOLLA, J.A., PINO MENCHEN, M. A., SERRERA CONTRERAS, P. (sesión de , pp.47-48, y 94), ESCUREDO RODRIGUEZ, R., OJEDA ESCOBAR, A., VALDERAS SOSA, D., TORRES VELA, J. (sesión de , pp.22, 39, 58-59, 82), CLAVERO ARÉVALO, M. (sesión de , p.30), CANO BUESO, J. (creando un núcleo duro de competencias locales en el EAA), CHAMIZO DE LA RUBIA, J. (sesión de , pp.11 y 64), PASTRANA CASADO, M. (sesión de , p. 23), CARBONERO CONTADOR, F. (sesión de , pp ). También en el Ciclo de Conferencias sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía organizado por el Parlamento de Andalucía, BALAGUER CALLEJÓN, M. L. ( ). 48. En este sentido AGUILAR MORENO, J. C. (sesión de , p.41), MARIN RITE, J. A., TORRES VELA, J. (sesión de , pp. 56, 94), CLAVERO ARÉVALO, M. (sesión de , pp.30 y 31), CANO BUESO, J. (sesión de , p. 12), PASTRANA CASADO, M. (sesión de , p. 23). 49. En el mismo sentido ROCA JUNYENT, M. (sesión de ,p.24); ROMERO MORENO, A. (sesión de , p. 51); HURTADO MENDOZA, R., SÁNCHEZ GORDILLO, J.M., ROSALES DE ANGULO, J.M., GIL SALGUERO, J.L. (sesión de , pp. 9, 16, 30 y 72); MEDEL CAMARA, B. (sesión de , p. 22); RODRÍGUEZ HIDALGO, J. (sesión de , p. 15). También LASARTE ÁLVAREZ, JAVIER ( ) en el Ciclo de Conferencias sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía organizado por el Parlamento de Andalucía. 50. En el mismo sentido LOPEZ Y LOPEZ, A. M., sesión de , p En el mismo sentido LOPEZ Y LOPEZ, A. M., AGUILAR MORENO, J. C., RODRÍGUEZ DE LA BORBOLLA, J.A., SERRERA CONTRERAS, P. (sesión de , pp.21-22, 31-32, 55, 93-94), ESCUREDO RODRIGUEZ, R., OJEDA ESCOBAR, A., MARIN RITE, J. Se aboga por el principio de corresponsabilidad fiscal 50 y por la participación en los ingresos del Estado mediante el criterio de la población. Por otra parte, se reivindican las cantidades correspondientes a la Disposición Adicional Segunda del Estatuto de Autonomía 51, denominada de forma no pacífica deuda histórica, la participación en las decisiones relativas a las inversiones estatales en Andalucía, y la igualación de los resultados entre el régimen foral y el común. Finalmente, la décima base aborda el tema de la acción exterior de la comunidad autónoma reclamando la capacidad de celebrar acuerdos con otras comunidades para la prestación conjunta de servicios, la participación en la toma de decisiones de las instituciones de la Unión Europea directamente o a través del Estado, la presencia en las instituciones de la Unión Europea mediante la presencia en la representación española del Consejo de Ministros cuando se traten de asuntos de exclusiva competencia autonómica 52, la aplicación y ejecución de la normativa comunitaria de acuerdo con la distribución competencial realizada en el bloque de la constitucionalidad 53, y el derecho a instar al Gobierno de la Nación a la celebración de tratados internacionales y a participar 54 y recibir información en el proceso de elaboración de los mismos en materias que sean del interés de la comunidad 55. Además, se propone desarrollar una actividad autonómica de cooperación exterior 56, especialmente en Iberoamérica y el Mediterráneo 57, fomentar la formalización de convenios interregionales y transfronterizos de cooperación, y garantizar una colaboración especial con Gibraltar 58. Fuente: Periódico Ideal A., VALDERAS SOSA, D., TORRES VELA, J. (sesión de , pp. 19, 30, 55, 71, 94-95), ROCA JUNYENT, M., CLAVERO ARÉVALO, M. e INFANTE GARCIA, M. A. (sesión de , pp. 19, 35-36, 41, 48); HURTADO MENDOZA, R. (aboga por su eliminación en caso que liquidación), SÁNCHEZ GORDILLO, J.M. (es partidario de mantener tal disposición aunque se liquiden los conceptos que contiene) (sesión de , pp. 9, 12 y 15); RODRÍGUEZ HIDALGO, J. (sesión de , p. 15) 52. En el mismo sentido AGUILAR MORENO, J. C. (sesión de , p.33); SÁNCHEZ GORDILLO, J.M. (sesión de , p. 17) 53. En el mismo sentido CANO BUESO, J. (sesión de , p. 10) 54. En el mismo sentido GIL SALGUERO, J.L. (sesión de , p. 53); ALBA FERNÁNDEZ, N. (sesión de , p. 28) 55. En el mismo sentido AGUILAR MORENO, J. C., sesión de , p En el mismo sentido MARIN RITE, J. A. (con el objetivo de alcanzar el 0'7% del PIB de la Comunidad en Ayuda Pública al Desarrollo) (sesión de , p.56); VIRUEZ GARCIA, A. (sesión de , p. 37); ALBA FERNÁNDEZ, N. (sesión de , p. 27). También CÁMARA VILLAR, G. ( ) en el Ciclo de Conferencias sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía organizado por el Parlamento de Andalucía. 57. En el mismo sentido CLAVERO ARÉVALO, M. (sesión de , p.34); VIRUEZ GARCIA, A. (sesión de , p. 37) 58. En el mismo sentido CLAVERO ARÉVALO, M., sesión de , p.34 Fuente: Archivo Municipal Córdoba 20-21

13 4. Crónica de la Reforma del Estatuto y su seguimiento por la prensa 1. El comienzo de la VII Legislatura Desde la publicación de las Bases para la Reforma del Estatuto de Autonomía por parte del Gobierno andaluz, en diciembre de 2003, el debate en torno a la reforma estatutaria ha ido centrando cada vez más la atención de los medios de comunicación. No obstante, ha sido a partir de las elecciones autonómicas del 14 de marzo de 2004 cuando, con el inicio de la VII Legislatura en el Parlamento de Andalucía, la Reforma del Estatuto se ha convertido en uno de los puntos fuertes de la agenda política y mediática. Durante la campaña electoral previa a los comicios, los partidos fueron tomando posiciones en el debate. Ya en el comienzo de la campaña, la prensa publicaba un reportaje titulado El Estatuto, el debate que viene (El País, 29/02/2004), en el que representantes de las cuatro fuerzas políticas con representación en el Parlamento autonómico explicaban sus respectivos puntos de vista acerca de un tema que ya entonces se sabía que iba a ser uno de los referentes de la legislatura. El mismo día de las elecciones, otro reportaje explicaba también el posicionamiento de los cuatro principales partidos políticos en torno a al debate de la reforma estatutaria. Con el titular Cuatro años para decidir el futuro del Estatuto de Autonomía (Diario de Sevilla, 14/03/2004), este análisis se centraba en exponer las opiniones expresadas por los candidatos durante la campaña electoral al respecto de la creación de una agencia tributaria propia, las pensiones, la política exterior o la organización territorial de la Comunidad Autónoma. Días después de las elecciones se publica la información Proponen que el presidente tenga límite de mandato (El Correo de Andalucía, 21/03/2004), según la cual tanto IU como PA coinciden en señalar que el texto estatutario debe recoger una limitación de dos legislaturas como máximo para que un mismo candidato ostente la presidencia de la Junta. A partir de la constitución del Parlamento, el 31 de marzo, y de los gobiernos autonómico y nacional, los partidos comienzan a exponer sus propuestas concretas. Con PSOE, IU y PA apostando por la reforma estatutaria, el PP se suma desde abril al debate. En este mes, Manuel Chaves es investido presidente de la Junta de Andalucía (días 20 y 21). El PP abre la puerta a negociar la reforma del Estatuto andaluz pese a haberla rechazado por innecesaria (El País, 19/04/2004); Antonio Sanz, portavoz del Grupo Parlamentario Popular, ha admitido estudiar la incorporación de su partido a la ponencia de reforma. Es de hecho el propio Partido Popular el que toma en estos meses la iniciativa en este sentido. El 26 de mayo este partido inaugura un foro sobre reformas institucionales con el que, según la prensa, El PP escenifica en Carmona el inicio del debate del Estatuto (Diario de Sevilla, 26/05/2004). En este encuentro entre sus máximos mandatarios autonómicos El PP pone condiciones a la reforma del Estatuto (Diario de Sevilla, 27/05/2004), ya que Arenas reclama al Ejecutivo que remita al Parlamento un texto articulado que concrete los puntos que se pretenden modificar. A finales del mes de mayo comienzan los contactos entre los partidos con representación parlamentaria para llevar a cabo el anunciado proceso. Los grupos parlamentarios buscan un pacto sobre cómo debatir la reforma estatutaria (El País, 31/05/2004). Este paso de las meras declaraciones de los partidos al ámbito parlamentario supone ya un punto de inflexión en el debate. No obstante, el primer periodo de sesiones de la VII Legislatura en el Parlamento de Andalucía sirve como toma de contacto y punto de partida de la reforma. En el mes de junio la Consejera de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía plantea ante la Comisión General de Comunidades Autónomas del Senado la intención del Ejecutivo andaluz de acometer variaciones en el texto estatutario: López lleva al Senado la aspiración de reformar el Estatuto (Diario de Sevilla, 4/06/2004). Posteriormente, la noticia de que Los grupos parlamentarios acuerdan constituir la ponencia de reforma del Estatuto este mes (El País, 18/06/2004) afirma que el papel central de la reforma lo tendrá la Cámara autonómica. 2. La Ponencia de reforma del Estatuto de Autonomía El Pleno del Parlamento de Andalucía, en sesión celebrada los días 29 y 30 de junio de 2004, acuerda la creación de una Ponencia de Reforma del Estatuto de Autonomía Por acuerdo del Pleno del Parlamento de Andalucía, en sesión celebrada los días 29 y 30 de junio de 2004, se crea la Ponencia de Reforma del Estatuto de Autonomía según el siguiente texto: 1.º Se crea una Ponencia en el seno de la Comisión de Desarrollo Estatutario cuyo objeto será la elaboración de un informe que contendrá las propuestas y líneas de modificación del Estatuto de Autonomía para Andalucía con el objetivo de mejorar y profundizar el autogobierno de la Comunidad Autónoma. 2.º Esta Ponencia estará compuesta por 7 miembros, con la siguiente distribución: Grupo Parlamentario Socialista: 3 miembros. Grupo Parlamentario Popular de Andalucía: 2 miembros. Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía: 1 miembro. Grupo Parlamentario Andalucista: 1 miembro. 3.º Su actividad finalizará con la elevación del informe a la Comisión de Desarrollo Estatutario que podrá decidir sobre la ampliación o continuación de los trabajos de la misma. 4.º En las primeras sesiones establecerá sus normas de funcionamiento y el calendario de actividades. En todo caso, la Ponencia informará del desarrollo de sus trabajos a la Comisión al menos una vez en cada período de sesiones. 5.º Este acuerdo entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía. Esta Ponencia fue incrementada en su composición a propuesta de todos los Grupos parlamentarios por acuerdo del Pleno en sesión celebrada los días 20 y 21 de abril de 2005, de forma que queda definitivamente compuesta por 11 miembros con la siguiente distribución: Grupo Parlamentario Socialista: 4 miembros. Grupo Parlamentario Popular de Andalucía: 3 miembros. Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía: 2 miembros. Grupo Parlamentario Andalucista: 2 miembros. Con fecha igualmente 30 de junio de 2004 procede a constituirse la Comisión de Desarrollo Estatutario entre cuyos acuerdos figura la designación de la Ponencia. En la misma sesión se solicita a los Grupos parlamentarios la presentación de propuestas de personas y organizaciones que han de comparecer al objeto de manifestar cuanto consideren oportuno en relación a la reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Los meses de julio y agosto, vacaciones parlamentarias, el foco de atención del debate de la reforma vuelve a los partidos alejándose de la cámara autonómica. El Foro del PP concluye que la propuesta de Chaves no exige reformar el Estatuto (El Mundo, 03/07/2004); según explica la noticia, el Foro por las Reformas Institucionales del Partido Popular de Andalucía ha llegado a la conclusión de que todas las aspiraciones recogidas en las Bases para la Reforma del Estatuto de Autonomía de diciembre de 2003 pueden llevarse a cabo con modificaciones legislativas ordinarias. Por su parte, IU rechaza dar sólo retoques al Estatuto (El País, 12/07/2004), ya que el parlamentario Antonio Romero exige la incorporación del término nacionalidad en el texto. Ya en el mes de agosto, Chaves aboga por la reforma estatutaria para frenar el nacionalismo radical (ABC, 15/08/2004). El presidente autonómico, según esta información, considera que el impulso de las autonomías puede evitar que las opciones nacionalistas más radicales tengan más campo y más margen de maniobra. Mientras, Zapatero convoca a todas las autonomías para debatir la reforma de los estatutos y la Constitución (El País, 15/08/2004) en la primera Conferencia de Presidentes, que pretende servir de vía de comunicación de cara a las distintas reformas estatutarias. Estas dos informaciones ilustran una circunstancia trascendental: la reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía no es un proceso aislado, sino que se enmarca en un contexto en el que varías comunidades autónomas, principalmente Cataluña y el País Vasco, llevan a cabo iniciativas similares, cada una con sus particularidades pero siempre dentro del marco de la reforma del modelo autonómico. Los partidos continúan tomando posiciones de cara al segundo periodo de sesiones de la legislatura, en el que comenzará en el Parlamento el debate sobre la reforma. IU promueve el protagonismo de los Ayuntamientos en el Estatuto (El Correo de Andalucía, 16/08/2004), ya que anuncia que presentará mociones en todos los ayuntamientos para reclamar que las corporaciones locales sean las auténticas protagonistas del proceso. El 9 de septiembre, los dirigentes del PSOE-A y PP-A tienen un encuentro en el que Chaves y Arenas impulsan y ponen fecha a la reforma del Estatuto (El Correo de Andalucía, 10/09/2004). De esta forma, con el comienzo del segundo periodo de sesiones en el Parlamento y constitución de la Ponencia de Reforma, El Estatuto entra en quirófano (El Correo de Andalucía, 13/08/2004): la ponencia ya está constituida y comenzarán a comparecer los agentes sociales para exponer sus propuestas. Desde este momento, los partidos fijan definitivamente sus posiciones. El PSOE promete un Estatuto de primera tras las críticas del PP y la Plataforma del 28-F (ABC, 18/09/2004). Nacionalidad andaluza, elecciones por separado y policía autonómica, exigencias del PA para la reforma (ABC, 18/09/2004). El 24 de septiembre, coincidiendo con su primera sesión, la Ponencia hace pública una declaración institucional sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía. Gran parte de la prensa recoge esta noticia como el punto de 59. Las fuentes de información que se han seguido para realizar este apartado han sido las siguientes: ABC, Diario de Sevilla, El Correo de Andalucía, El Mundo, El País, Ideal, La Razón; Gabinete de Prensa del Parlamento de Andalucía, y las diferentes declaraciones y documentos generados por los grupos políticos y organizaciones sociales andaluzas

14 partida de la reforma: El Parlamento inicia el proceso histórico para la reforma del Estatuto de Autonomía (ABC, 25/09/2004). La Ponencia inicia, pues, sus trabajos elaborando la siguiente declaración conjunta: Hoy se inicia un proceso histórico para Andalucía. Se pone en marcha la reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, un texto que ha hecho posible la convivencia armónica, el desarrollo político, social y económico de esta tierra y la recuperación de la autoestima de un pueblo que hoy tiene voz propia en el Estado de las Autonomías, tal y como establece la Constitución Española de Como hace más de dos décadas, iniciamos una tarea ilusionante con un nuevo Estatuto para el siglo XXI, un instrumento jurídico que debe impulsar el bienestar, la igualdad y la justicia social, dentro del marco de cohesión y solidaridad que establece la Constitución. Afirmamos la centralidad del Parlamento de Andalucía para la importante tarea que se nos ha encomendado. El propio Estatuto confiere a esta Cámara autonómica esta prerrogativa. Los poderes de la comunidad autónoma emanan de la Constitución y del Pueblo Andaluz. Y éste, soberana y democráticamente, elige a sus representantes para que defiendan los intereses generales de Andalucía. El proceso de modernización y actualización de nuestra carta magna autonómica ha de estar orientado por la utilidad para la ciudadanía y para seguir profundizando en un horizonte de bienestar y nuevos derechos. Para ello consideramos como guía de los trabajos la participación de la sociedad civil. Organizaciones representativas de todos los campos y personalidades relevantes de nuestra historia reciente tienen mucho que aportar para conseguir un Estatuto que dé respuesta a las demandas del Pueblo andaluz y a los nuevos retos que nos impone la evolución de la sociedad andaluza. Por ello, hacemos un llamamiento a la participación ciudadana, a una movilización cívica, responsable y comprometida con el futuro de nuestra tierra. Los trabajos de esta ponencia arrancan con voluntad de consenso. Tenemos que conseguir el máximo respaldo de todos para acometer con éxito esta tarea extraordinaria. El diálogo y la búsqueda del acuerdo deben posibilitar un nuevo Estatuto que dé satisfacción a las expectativas que la ciudadanía ha depositado en este Parlamento de Andalucía. 3. Comparecencias ante la Comisión de Desarrollo Estatuario En esta misma sesión la Ponencia conoce las propuestas formuladas por los distintos Grupos parlamentarios relativas a las personas y organizaciones que comparecerán ante la Comisión de Desarrollo Estatutario a fin de exponer cuantas consideraciones tengan a bien efectuar en relación a la reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, estableciéndose el siguiente calendario de comparecencias 61 : DIA 14 DE OCTUBRE DE 2004: - ANGEL M. LÓPEZ Y LÓPEZ, Ponente del Estatuto y Ex Presidente del Parlamento de Andalucía. - JUAN CARLOS AGUILAR MORENO, Ponente del Estatuto. - JOSÉ RODRÍGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYÁN, Ponente del Estatuto y Ex Presidente de la Junta de Andalucía. - MIGUEL ÁNGEL PINO MENCHÉN, Ponente del Estatuto. - CARLOS ROSADO COBIÁN, Ponente del Estatuto. - PEDRO SERRERA CONTRERAS, Ponente del Estatuto. DIA 18 DE OCTUBRE DE 2004: - RAFAEL ESCUREDO RODRÍGUEZ, Ex Presidente de la Junta de Andalucía. - ANTONIO OJEDA ESCOBAR, Ex Presidente del Parlamento de Andalucía. - JOSÉ ANTONIO MARÍN RITE, Ex Presidente del Parlamento de Andalucía. - DIEGO VALDERAS SOSA, Ex Presidente del Parlamento de Andalucía. - JAVIER TORRES VELA, Ex Presidente del Parlamento de Andalucía. DIA 4 DE NOVIEMBRE DE 2004: - MIGUEL ROCA JUNYENT, Ponente de la Constitución Española. - MANUEL CLAVERO ARÉVALO, Ex Ministro del Gobierno de la Nación. - DÑA. MARÍA DE LOS ANGELES INFANTE GARCÍA, Presidenta de la Fundación Blas Infante. DIA 15 DE NOVIEMBRE DE 2004: - JUAN CANO BUESO, Presidente del Consejo Consultivo de Andalucía. - RAFAEL NAVAS VÁZQUEZ, Presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía. - JOAQUÍN GALÁN PÉREZ, Presidente del Consejo Económico y Social de Andalucía. - JOSÉ CHAMIZO DE LA RUBIA, Defensor del Pueblo Andaluz. DIA 22 DE NOVIEMBRE DE 2004: - JAVIER PÉREZ ROYO, Ponente del Estatuto. DIA 16 DE DICIEMBRE DE 2004: - SANTIAGO HERRERO LEÓN, Presidente de la CEA. - MANUEL PASTRANA CASADO, Secretario de UGT-A. - FRANCISCO CARBONERO CANTADOR, Secretario de CCOO-A. - ANTONIO ROMERO MORENO, Presidente de CEPES. - FRANCISCO MORENO NAVAJAS, Representante de UPA. - CRISTOBAL CANTOS RUIZ, Secretario General de ASAJA. DIA 21 DE DICIEMBRE DE 2004: - RAFAEL HURTADO DE MENDOZA Y ALBA, Presidente del CSI-CSIF Andalucía. - MANUEL SANCHEZ GORDILLO, Sindicato de Obreros del Campo y Medio Rural. - JOSE MARIA ROSALES ANGULO, en representación de la Confederación de Colegios Profesionales de Abogados. - ANTONIO VIRUEZ GARCIA, Presidente de CAVA. Asociaciones de Vecinos. - JOSE GONZÁLEZ GASTAÑAGA, Presidente de FOAM, Organización de Mayores de Andalucía. - JOSÉ GIL SALGUERO, en representación del Consejo de la Juventud de Andalucía. - FRANCISCO DE LA CASA MARTÍNEZ, Presidente de ATTAC-Andalucía. - MARIA DE LOS ANGELES REBOLLO SANZ, en representación de la Federación Andaluza de Consumidores y Amas de Casa (Al-Andalus). - JUAN MORENO RODRÍGUEZ, Presidente de UCA. DIA 28 DE DICIEMBRE DE 2004: - FRANCISCO TOSCANO SÁNCHEZ, Presidente de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (F.A.M.P.). - BRAULIO MEDEL CÁMARA, Presidente de la Federación Andaluza de Cajas de Ahorro. - PILAR TRONCOSO GONZÁLEZ, Representante en Andalucía de la Asociación de Juristas Progresistas (THEMIS). - RAFAELA PASTOR MARTÍNEZ, Presidenta de la Plataforma de apoyo al Lobby Europeo de Mujeres. - MONSERRAT MOYANO MOYANO, Presidenta de la Asociación de Mujeres Rurales de Andalucía (ADEMUR-Andalucía). - FERNANDO REYARO SUÁREZ, Presidente de la Asociación de Empresas del Sector Medioambiental (AESMA). - MARÍA ÁNGELES CÓZAR GUTIÉRREZ, Presidenta del Comité de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI-Andalucía). - ANTONIO ESCOBAR RUIZ, Presidente de la Federación de Asociaciones de Lucha contra la Droga ENLACE. 18 DE ENERO DE 2005: - JOSE MARIA MESA SILES, Presidente de la Confederación CODAPA. - JUAN RODRÍGUEZ HIDALGO, Presidente de la Confederación CONFAPA. - KAMAL RAHMOUNI, Presidente de la Asociación de Trabajadores Marroquíes (ATIME). - NICOLÁS DE ALBA FERNÁNDEZ, Presidente de la Coordinadora Andaluza de ONGDs. 25 DE ENERO DE 2005: - WALTER VIVANCO TORRES, Presidente de la Asociación de Ecuatorianos de Andalucía. - ROSARIO AGUILERA SANTOS, Presidenta de la Federación Andaluza de Asociaciones de Lesbianas y Gays COLEGA. - JAVIER GARCÍA NÚÑEZ, Secretario de la Coordinadora GIRASOL de Grupos de Gays, Lesbianas y Transexuales de Andalucía. - HUMBERTO GARCÍA GONZÁLEZ-GORDON, Director Territorial de Andalucía de la Fundación Secretariado Gitano. - BEATRIZ CARRILLO DE LOS REYES, Presidenta de la Federación Andaluza de Mujeres Gitanas (FAKALI). 7 DE MARZO DE 2005: - D. MIGUEL TERRINO VARGAS, Vocal de las asociaciones por la circunscripción de Cataluña, en representación del Consejo de Comunidades Andaluzas. - JOSÉ LUIS ORTIZ NUEVO. - SALVADOR TÁVORA TRIANO. El 28 de septiembre, el Gobierno autonómico crea, a través del Decreto 497/2004, el Consejo Asesor para la Modernización del Estado de las Autonomías, que nace con el objetivo principal de realizar propuestas en el marco de la Reforma del Estatuto andaluz 62. El Consejo Asesor para la modernización del Estado de las Autonomías se crea, pues, como un órgano de asesoramiento del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, adscrito a la Consejería de Presidencia. Sus funciones son las de examinar las repercusiones en el Estado Autonómico del proceso de construcción, funcionamiento y constitucionalización de la Unión Europea; formular propuestas para el perfeccionamiento y modernización del Estado Autonómico; valorar las repercusiones de todo orden, sociales, económicas y culturales, de las propuestas que se formulen por el citado Consejo Asesor; así como emitir informes sobre cuantas cuestiones en materia 61. En el apartado relativo a las Bases para la Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía hemos hecho referencia a las principales aportaciones realizadas por los comparecientes que siguieron, mayoritariamente, el contenido de las citadas Bases a la hora de su intervención. 62. El Consejo estará compuesto por los siguientes miembros: a) Los ex Presidentes del Tribunal Constitucional: - Don Pedro Cruz Villalón. - Don Manuel Jiménez de Parga. b) Los ex Presidentes de la Junta de Andalucía: - Don Rafael Escuredo Rodríguez. - Don José María Rodríguez de la Borbolla y Camoyán. c) Otras personalidades: - Doña María Luisa Balaguer Callejón. Catedrática de Derecho Constitucional. - Doña Mercé Barceló Serramalera. Catedrática de Derecho Constitucional. - Doña Ana Cañizares Laso. Catedrática de Derecho Civil. - Don Diego Javier Liñán Nogueras. Catedrático de Derecho Internacional Público. - Don Braulio Medel Cámara. Catedrático de Hacienda Pública. - Don Javier Pérez Royo. Catedrático de Derecho Constitucional

15 de modernización del Estado de las Autonomías le sean planteadas por el Consejo de Gobierno. Las comparecencias ante la comisión parlamentaria centran el discurso periodístico durante el mes de octubre. Los ponentes del Estatuto de Autonomía abren el jueves las comparecencias parlamentarias de la reforma (El País, 11/10/2004). Después de estas primeras comparecencias, el debate parece centrarse en aspectos concretos del texto: Los ponentes del 81 abogan por redefinir la deuda histórica en el nuevo Estatuto (Diario de Sevilla, 15/10/2004). Esta información resume las comparecencias de José Rodríguez de la Borbolla, Miguel Ángel Pino, Carlos Rosado, Juan Carlos Aguilar, Pedro Serrera y Ángel López. La noticia va acompañada de la presentación oficial del Consejo Asesor para la Modernización del Estado Autonómico y por una reseña de la conferencia pronunciada por Manuel Clavero en el Foro Antares, donde defendió que Andalucía no puede quedar relegada. Mientras se producen estas comparecencias, desde el Partido Popular se aboga por acompasar los tiempos de la reforma estatutaria a la constitucional. Arenas pide que la reforma del Estatuto no se cierre sin conocer los cambios en la Constitución (ABC, 16/10/2004). Según esta noticia, el presidente del PP andaluz, Javier Arenas, defendió también que se mantenga la Disposición Adicional Segunda del Estatuto de Autonomía hasta que la deuda histórica sea pagada. Esta postura, según el mismo periódico, es la que mantienen el resto de los partidos, aunque desde el PSOE se habla de una reformulación si no se produjera el pago. Al día siguiente, con motivo del Congreso de las Juventudes Socialistas, El PSOE rechaza toda imposición del PP ante el nuevo Estatuto (Diario de Sevilla, 17/10/2004). El portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Manuel Gracia, expresa en esta información que el PP no debe dificultar el acuerdo con posiciones fijas. Tras los ponentes del Estatuto, corresponde el turno de comparecencias a los ex presidentes de la Junta y del Parlamento. Escuredo y ex presidentes del Parlamento comparecen hoy en la ponencia del Estatuto (Ideal, 18/10/2004). Al día siguiente, es la disertación del ex presidente de la Junta la que más repercusión tiene en los medios. Escuredo alerta contra el afán de privilegios de otras comunidades (Diario de Sevilla, 19/10/2004), Escuredo advierte de que los nacionalistas quieren escapar del pelotón (Ideal, 19/20/2004). Estas dos informaciones coinciden en destacar las aspiraciones del nacionalismo catalán como eje central de la intervención de Escuredo. Otras informaciones recogen también las intervenciones de los ex presidentes del Parlamento: Los expertos abogan por gestionar materias estatales para aumentar el techo competencial (El País, 19/10/2004). La actualidad parlamentaria se centra en los días siguientes en los Presupuestos Generales del Estado para El único aspecto relativo al Estatuto de Autonomía que se debate a este respecto es la Disposición Adicional Segunda, ya que el proyecto de Presupuestos estatal no resuelve el pago de la deuda. La prensa recoge que El PSOE se queda solo en su negativa a pedir la deuda histórica (Diario de Sevilla, 21/10/2004). Esta información relata el debate sobre la incidencia de los PGE en Andalucía y la opinión de los grupos parlamentarios acerca de ésta. Pocos días más tarde aparece una entrevista a José Rodríguez de la Borbolla en la que explica la labor del Consejo Asesor para la Modernización del Estado de las Autonomías creado por la Junta. No tiene mucho sentido incluir el término naciones en la Constitución (El Correo de Andalucía, 24/10/2004). El ex presidente de la Junta de Andalucía apuesta por acompasar la reforma estatutaria a la constitucional, al margen de lo que hagan otras Comunidades Autónomas. No obstante, a los tres días se publica una información que parece contradecir estas palabras: El PSOE fecha para junio la presentación del anteproyecto del Estatuto (ABC, 27/10/2004). El portavoz del PSOE en el Parlamento, Manuel Gracia, anuncia que el primer borrador del nuevo Estatuto estará listo en el mes de junio. El día 28 de octubre tiene lugar la primera Conferencia de Presidentes Autonómicos, en la que el Gobierno central y los Ejecutivos de todas las Comunidades Autónomas participan. En ella, aunque no se alcanzan acuerdos de calado, se constata el hecho de que el debate acerca del modelo territorial del Estado se encuentra sobre la mesa, y que son varias las Comunidades Autónomas que tienen proyectos para reformar sus Estatutos. El día 29 otro importante acontecimiento centra la atención: los Jefes de Estado y de Gobierno de los 25 países miembros de la Unión Europea firman en Roma el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa. En Andalucía, el Partido Andalucista, inmerso en un profundo debate interno, defiende la necesidad de reformar la Constitución Española. Esto es lo que expone en la información El PA sólo rubricará el Estatuto si antes se reforma la Constitución (Diario de Sevilla, 28/10/2004) el entonces secretario general del partido, Antonio Ortega. No obstante, la elección de Julián Álvarez para ese cargo en el posterior Congreso del Partido Andalucista varió la postura de la formación a este respecto. El mes de octubre concluye en prensa con un interesante análisis comparativo entre las distintas comunidades autónomas que han puesto en marcha las reformas estatutarias, obviando, eso sí, el caso vasco. El salto adelante de los estatutos (El País, 31/10/2004) explica los objetivos de Cataluña, que según la información aspira a conseguir un sistema de financiación similar al concierto vasco; Galicia, que pretende garantizar su singularidad como nación; Madrid, que simplemente quiere actualizar su Estatuto a nivel interno; Valencia, que aspira a equipararse con las comunidades históricas, y Andalucía. Roca y Solé Tura, primeros ponentes de la Constitución que comparecerán para hablar de la reforma del Estatuto (ABC, 1/11/2004). En el mes de noviembre el debate acerca de la reforma vuelve a tener su epicentro en el Parlamento autonómico. Se comienza incluso a pensar en la redacción del nuevo texto: La consejera de Igualdad pide un lenguaje neutro en el nuevo Estatuto (El País, 04/11/2004); Micaela Navarro aboga, según esta información, por evitar el lenguaje sexista buscando un uso neutro de las palabras, pero sin modificar los conceptos. La comparecencia ante la Ponencia para la reforma de Miquel Roca y el ex ministro Manuel Clavero se produce éste mismo día 4. Sus intervenciones, como indica la prensa al día siguiente, vuelven a hacer referencia a las otras reformas estatutarias que se suceden en paralelo a la Andaluza: Clavero y Roca coinciden en que ninguna comunidad debe recibir más que otra (Ideal, 05/11/2004). El 9 de noviembre, los grupos parlamentarios se reúnen para hacer un primer balance de los trabajos sobre la Reforma del Estatuto llevados a cabo en la Cámara. Una de las principales preocupaciones a estas alturas, tras las primeras comparecencias ante la Ponencia, es la de implicar a los andaluces en el debate. Los partidos admiten que a la sociedad no le interesa el Estatuto (El Correo, 10/11/2004). Además, se decide aumentar el número de reuniones de la Ponencia para acelerar los avances. Los días siguientes, el debate parlamentario se centra en los Presupuestos Generales de la Junta de Andalucía para Posteriormente, el Presidente de la Junta de Andalucía sitúa a la comunidad autónoma en el debate del modelo autonómico. Chaves hará de Andalucía un muro de contención ante los nacionalismos (Diario de Sevilla, 13/11/2004), titula la prensa un reportaje acerca de la reunión del Comité Director del PSOE, en la que Manuel Chaves afirmó que la comunidad andaluza sería un auténtico muro de contención de las reivindicaciones nacionalistas que supongan privilegios, insolidaridad o desigualdades entre territorios y ciudadanos. A mediados de noviembre comparecen ante la Ponencia parlamentaria el Defensor del Pueblo Andaluz, el Presidente del Consejo Consultivo, el Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas y el presidente del Consejo Económico y Social. De todas estas comparecencias, las dos primeras centran la atención mediática. El Defensor pide un nuevo bloque de derechos en el Estatuto (El Correo, 16/11/2004), una carta de derechos defendida por José Chamizo y en la que coincidió también Juan Cano Bueso, quien insistió además en la necesidad de clarificar las competencias en el nuevo texto estatutario. La semana siguiente es el catedrático de Derecho Constitucional y ponente del Estatuto Javier Pérez Royo quien expone su criterio acerca de la reforma. Pérez Royo ve mal reformar el Estatuto antes que la Constitución (Diario de Sevilla, 23/11/2004). Este experto apostó ante la Ponencia parlamentaria por iniciar el debate sobre el modelo territorial desde la Carta Magna, al tiempo que defendió en buen funcionamiento del actual Estatuto y consideró que las reformas deberían afrontarse simplemente para perfeccionarlo. Los distintos partidos políticos también van perfilando sus distintos proyectos de reforma paralelamente a los trabajos que se realizan en el Parlamento. Así, El nuevo Estatuto debe prever la no coincidencia electoral, según PP (ABC, 23/11/2004), mientras que El PSOE encarga a un grupo asesor inventar otro Estatuto con el límite de la Constitución (El País, 27/11/2004). Semanas después, el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista y miembro de la Ponencia para la Reforma, Manuel Gracia, relataba en una entrevista los problemas que algunos temas políticos adyacentes suponían para alcanzar un acuerdo en cuanto a la reforma: Es muy difícil negociar sobre el Estatuto porque no hay confianza (Diario de Sevilla, 13/12/2004). Este primer año de debates en torno a la reforma del Estatuto de Autonomía termina con nuevas comparecencias ante la Ponencia parlamentaria. Patronal y sindicatos exigen que se señale su papel en el Estatuto (El Correo, 17/12/2004), Colectivos reclaman sus derechos en el Estatuto (El Correo, 22/12/2004), La FAMP pide que el Estatuto señale las competencias de los municipios (El Correo, 29/12/2004), Medel no ve necesaria la deuda histórica porque está en otro artículo del Estatuto (ABC, 29/12/2004). Sucesivamente, las organizaciones empresariales y sindicales, la Federación Andaluza de Municipios y Provincias y la Federación Andaluza de Cajas de Ahorro han expuesto sus puntos de vista acerca del texto estatutario. 4. El documento de reforma elaborado por UGT Andalucía En este mes de diciembre, UGT-Andalucía presenta su documento La Reforma del Estatuto de Autonomía. De esta forma se convierte en la primera organización que pone en circulación un documento elaborado en relación a la reforma del Estatuto 63. Señala el documento que, cumplidos los veinticinco años de nuestro sistema constitucional, y ante los nuevos retos sociales y políticos, se hace necesario actualizar esos marcos de referencia con el objeto de afianzar los parámetros que han servido de guía a las políticas desarrolladas, e incorporar nuevos principios que permitan hallar respuestas a las demandas de los andaluces y andaluzas, ante los cambios que presenta la sociedad actual. Este documento resalta la necesidad de incorporar una Carta de Derechos Sociales que consagre los derechos conquistados en los últimos años, así como los nuevos derechos que demanda la realidad social y cultural: la inmigración, la incorporación de la mujer al mercado laboral, los cambios en la estructura familiar, las nuevas fórmulas 63. Este documento fue elaborado por un grupo de trabajo coordinado por Dionisio Valverde Pozo, Secretario de Relaciones Institucionales y de Diálogo Social de UGT-Andalucía, y formado por los profesores de Derecho Constitucional: M. Terol Becerra, M. Agudo Zamora, J.M. Morales Arroyo y O. Salazar Benítez; así como por los técnicos de UGT-A: M. Román Torres, A. Talavera Reina y S. Tejada Lozano

16 de convivencia y libertad sexual, la integración de los diferentes colectivos en la igualdad de derechos, etc. Además, aboga por incorporar, como principios transversales, la paridad y la igualdad de género. De esta forma, según el documento de UGT, el Estatuto debe convertirse en el marco de referencia de un modelo 'social' al que habrán de responder las actuaciones de los poderes públicos andaluces. Para ello, defiende, además del reconocimiento expreso de los sindicatos y sus principales tareas en el marco de la Comunidad Autónoma, la ampliación del marco competencial, el establecimiento de un nuevo modelo de desarrollo industrial y de empresa basado en las Nuevas Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la apuesta por un sector público fuerte y moderno, la implantación de un nuevo marco andaluz de relaciones laborales dentro del contexto del diálogo social, la garantía de un sistema financiero justo, progresivo y solidario, al servicio de la cohesión económica y territorial y del bienestar de los andaluces y andaluzas, así como el reconocimiento y protección de los derechos sociales y la participación de Andalucía en foros internacionales. Igualmente, se considera que los poderes públicos han de generar respuestas a los nuevos retos: la incorporación de la mujer al mercado laboral, los profundos cambios en la estructura familiar, la integración de los diferentes colectivos en la igualdad de derechos, la mayor esperanza de vida, el progresivo envejecimiento de la población, etc. Medidas que hacen necesaria la participación social. Este es un valor relevante para hacer posible una democracia avanzada. Por esto, en el Estatuto se han de contener cláusulas que, expresamente, comprometan a las instituciones públicas en la creación de mecanismos de interacción social que sirvan para profundizar en la democracia. El Documento elaborado por la UGT propugna que el Estatuto ha de recoger la doctrina de la Unión Europea, así como de otros organismos internacionales y, de esa forma, establecer claramente un catálogo de derechos que equipare a Andalucía con los Estados más avanzados en materia de protección social, derechos y participación laboral. Y tan importante como el reconocimiento de estos derechos es el establecimiento en el Estatuto de mecanismos que se regulen mediante ley, que los garanticen y protejan de forma efectiva y que obliguen a las administraciones a su efectivo cumplimiento. Por lo tanto, resulta imprescindible que el Estatuto vincule a los poderes públicos andaluces en el desarrollo obligatorio de todas las competencias en relación a estos ámbitos. El Estatuto ha de consolidar un modelo educativo abierto y participativo que priorice la enseñanza pública como garantía máxima de formación en los valores de la igualdad, la libertad y la solidaridad. Igualmente se ha de reconocer y garantizar la existencia de un modelo sanitario desarrollado bajo los principios de universalidad y calidad, lo que implicará cambios que agilicen la prestación sanitaria que actualmente reciben los ciudadanos en nuestra Comunidad. Igualmente resulta básica la expresa inclusión de una cláusula por la que se consolide un sistema de protección que comprenda un amplio número de prestaciones sociales y que habilite explícitamente a las instituciones andaluzas para desarrollar mecanismos complementarios a los establecidos por el Estado para cualquier tipo de prestación social. Mención expresa ha de hacerse de la necesidad de que el Estatuto recoja la obligación de los poderes públicos andaluces en la promoción de medidas que garanticen la autonomía y la integración social y profesional de las personas discapacitadas, así como su participación en la vida de la comunidad. Los poderes públicos andaluces también han de quedar vinculados en una especial protección a las personas dependientes, a las que el Estatuto ha de garantizar una actuación por parte de las administraciones que les asegure una digna calidad de vida. Igualmente, según esta organización sindical, se ha de reconocer el derecho de los menores a la protección y los cuidados necesarios para su formación íntegra y su bienestar. También resulta misión de los poderes públicos andaluces, y así ha de reconocerse estatutariamente, velar por el respeto del derecho de las personas mayores a llevar una vida digna e independiente y a participar en la vida social y cultural de la comunidad. E igualmente, es necesario articular unos mecanismos de prestaciones específicas para aquellos colectivos en situación de exclusión social. El Estatuto de Andalucía ha de establecer que los poderes públicos andaluces quedan obligados a garantizar, con arreglo al principio de desarrollo sostenible, un alto nivel de protección del medio ambiente y la mejora de su calidad. Por otra parte, el nuevo texto debe plantear la fijación del estatuto de los ciudadanos extranjeros residentes en nuestra Comunidad Autónoma, en consonancia con la nueva realidad social de un colectivo cada vez más importante e integrado en el conjunto de la sociedad andaluza , el año de elaboración del Estatuto El nuevo año no hace sino centrar aún más el debate político en torno al modelo territorial, no ya en Andalucía sino en toda España. El año de los estatutos (El País, 02/01/2005) ofrece un completo análisis de la situación en las diferentes comunidades autónomas que han comenzado el proceso de reforma. Según ese análisis, éste será el eje sobre el que gire toda la actividad política del año, ya que la reforma de la Constitución quedará aparcada hasta la segunda mitad de la legislatura. Dentro de este profundo y complejo debate, Zapatero pone a Andalucía de ejemplo de lo que deben ser las reformas de los Estatutos (ABC, 04/01/2005); el Presidente del Gobierno, aprovechando una visita a Sevilla, establece como condiciones a las reformas el respeto a la Constitución y el consenso. En el Parlamento de Andalucía, La reforma del Estatuto vuelve al debate (Ideal, 07/01/2005). La ponencia parlamentaria retoma los trabajos y es un buen momento para realizar un balance de las comparecencias que se han sucedido hasta el momento. Los temas más destacados que se han puesto sobre la mesa son la inclusión de los derechos sociales, la definición de la estructura territorial de la propia Comunidad Autónoma y la exigencia de respetar el marco constitucional. Dentro del debate territorial fuera de Andalucía, el comienzo de año toma fuerza como referente la polémica en torno al 'Plan Ibarretxe', la propuesta del Partido Nacionalista Vasco para sustituir al actual Estatuto de Autonomía. El 13 de enero, el lehendakari es recibido en la Moncloa por el presidente del Gobierno, a quien presenta su Propuesta de Estatuto Político. Zapatero asegura a Ibarretxe que mientras él sea presidente nunca se aprobará el plan (El País, 14/01/2005). En Andalucía, la fecha de presentación del borrador del nuevo texto y su acompasamiento a otros procesos de reforma suponen un primer punto de discusión. El nuevo secretario general del Partido Andalucista, Julián Álvarez, opina en una entrevista que el proceso de reforma necesita unos plazos más amplios que los establecidos. No veo conveniente que ya en junio haya un borrador de Estatuto (El Correo de Andalucía, 16/01/2005). No obstante, en otro reportaje queda clara la preferencia generalizada de que la reforma andaluza siga su ritmo al margen de los que se haga en otras comunidades autónomas: La mayoría de los partidos quiere que el nuevo Estatuto andaluz no espere a otras reformas (ABC, 16/01/2005). También la presidenta del Parlamento, Mar Moreno, apunta en esta misma línea en una entrevista: No tenemos una estrategia de esperar al Estatuto catalán para reformar el andaluz (ABC, 24/01/2005). El mes de febrero está marcado por dos temas que, aunque se relacionan directamente con el debate territorial y, por ello, afectan de un modo u otro al futuro de Andalucía, no están inmersos de forma intrínseca en el debate de la reforma del Estatuto. Uno de ellos, ya mencionado, es el 'Plan Ibarretxe'. El otro, la Constitución Europea. El 1 de febrero, el Congreso de los Diputados acoge el debate sobre el proyecto del PNV. Esta polémica propuesta tiene incluso su eco en el Parlamento de Andalucía, en el que los grupos expresan en una proposición no de Ley su rechazo al plan. En el debate de esta proposición no de Ley, el presidente de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves, hace una defensa del marco constitucional y señala cinco cuestiones que, según dice, conectan con la necesidad de modernizar el Estado a través de la reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Estas cuestiones son: mejorar la calidad de nuestra democracia y el derecho a la participación de los ciudadanos en la vida pública; articular la participación de Andalucía en el Estado y en la Unión Europea; establecer una carta de derechos sociales de los andaluces que asegure el acceso de todos los ciudadanos a prestaciones básicas y oriente la actuación de los poderes públicos andaluces en respuesta a las nuevas demandas y problemas; profundizar en el autogobierno, agotando el techo de las competencias señaladas en la Constitución, y fortalecer la organización institucional de Andalucía haciendo que culmine la organización del Poder Judicial en la Comunidad en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. En su intervención, el Presidente resume de esta forma las intenciones de su gobierno en la reforma estatutaria: queremos preservar todo aquello que nos hace avanzar y queremos reformar todo aquello que sea necesario para impulsarnos con más fuerza hacia un futuro de progreso y bienestar, logrando para ello el máximo consenso de todos los Grupos representados en esta Cámara. En cuanto al referéndum para la ratificación del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa, su campaña electoral eclipsa toda la actividad política durante dos semanas, hasta que el 20 de febrero más del 80 por ciento de los votantes dice 'sí' en las urnas, aunque con una baja participación. Ese mismo día, el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, entra también a opinar acerca del modelo autonómico, afirmando en una entrevista que No vamos a dar barra libre para que los estatutos cambien leyes del Estado (El Mundo, 20/02/2005). De esta forma, el Gobierno trata de frenar ciertas aspiraciones respecto al proceso reformador catalán. Superados estos dos acontecimientos trascendentes, el debate vuelve a orientarse hacia la propia redacción del texto estatutario. Sindicatos y patronal plantean que el Estatuto reconozca su participación en los órganos de la Junta (El País, 23/02/2005)

17 La Confederación de Empresarios de Andalucía -CEA- y los sindicatos CC.OO. y UGT hacen pública una declaración conjunta ante el proceso de reforma del Estatuto de Andalucía. Según este documento, ante los nuevos retos sociales y políticos de una sociedad moderna, se hace necesario actualizar el Estatuto de Andalucía con la finalidad de afianzar los valores y parámetros que han servido de guía a las políticas desarrolladas e incorporar nuevos principios que permitan dar respuesta a las demandas de los andaluces y andaluzas ante los cambios que presenta la sociedad. Por ello, empresarios y sindicatos expresan su posición común sobre aspectos como: la necesidad de recoger competencias y medidas que potencien la innovación tecnológica a través de políticas de I+D+i; la importancia de asumir mayor capacidad de decisión y actuación en la gestión de cuencas hidrográficas y en relación con las infraestructuras; la modernización de la Administración General de la Junta de Andalucía; el establecimiento del Estatuto andaluz como modelo que permita avanzar en el reconocimiento de derechos sociales; la referencia a la realidad de la inmigración y su integración social y laboral; la importancia del diálogo social y, por último, el reconocimiento explícito de las organizaciones empresariales y sindicales en el Estatuto, en términos similares a lo dispuesto en el artículo 7 de la Constitución. El Gobierno continúa sopesando el papel de la Disposición Adicional Segunda: Chaves eliminará la 'deuda histórica' del Estatuto si pacta una cifra con Zapatero (El Mundo, 26/02/2005). Según esta información, el PSOE pretende así buscar una solución estable y definitiva a este contencioso pendiente entre el Estado y la Junta. Con la cercanía del Día de Andalucía, los partidos vuelven a posicionarse. Arenas recuerda al PSOE que la reforma del Estatuto exige la participación del PP (ABC, 27/02/2005), mientras que El PA elaborará su propio borrador de Estatuto en el que participarán expertos y militantes (ABC, 27/02/2005). Acerca de la oportunidad de la reforma, Los partidos descartan el riesgo de involución autonómica pero creen que hay que estar alerta (El País, 27/02/2004). El presidente de la Junta, Manuel Chaves, desgrana en una entrevista su opinión acerca de algunos de los aspectos más polémicos de la reforma. Ni catalanes ni vascos ni gallegos van a robarle la cartera a Andalucía (El Correo de Andalucía, 27/02/2005). En esta entrevista, Manuel Chaves recuerda que sobre la base del Estatuto y de la Constitución, el PP no tiene posibilidad de veto en esta reforma. Respecto a los plazos, afirma que los tenemos que marcar nosotros según nuestros intereses, sin tener ningún complejo con ninguna comunidad. Y en cuanto al proyecto de financiación del gobierno catalán, asegura que la financiación autonómica, como la financiación sanitaria, son temas que afectan al conjunto del Estado y hay que afrontarlos con todas las autonomías, pero no van a salir adelante sin el acuerdo de Cataluña y Andalucía. Con motivo del Día de Andalucía, varios periódicos publican los resultados de sondeos de opinión acerca de la situación de la Comunidad Autónoma, en los que también se hace referencia a la reforma del Estatuto. Casi la mitad de los andaluces cree necesario reformar el Estatuto (Diario de Sevilla, 28/02/2005); el barómetro andaluz del Grupo Joly indica que el 48,4% de los encuestados considera necesaria cambiar el Estatuto pero que sólo el 22,2% ha oído o leído algo sobre el actual proceso de reforma. Otra encuesta desvela que los andaluces quieren Más competencias para la Comunidad, pero no al estilo vasco ni al catalán (ABC, 28/02/2005). Según los datos de este sondeo, el 41,8% de los encuestados sabe que hay una propuesta para reformar el Estatuto, mientras que el 55,7% considera esta reforma necesaria El discurso institucional del presidente Chaves con motivo del 28 de febrero también utiliza como línea argumental los cambios en el Estado autonómico. Según el presidente de la Junta, se trata de un proceso de modernización del Estado de las Autonomías que sólo es posible desde una visión global de España. Andalucía tiene esa visión global. Nunca hemos tenido problemas de encaje en España. Y porque tenemos esa idea activa de nuestra pertenencia a España queremos ejercerla participando en los asuntos generales como comunidad, poniendo encima de la mesa del debate nacional todo nuestro peso histórico, demográfico y político. Más adelante, continúa afirmando que es necesario, además, modernizar nuestro propio Estatuto de Autonomía, mejorarlo, actualizarlo con el objetivo de que siga siendo un instrumento útil que responda a las nuevas demandas y aspiraciones de una sociedad, la andaluza, que ha cambiado tan profundamente en estas décadas y en la perspectiva de los cambios que, inevitablemente, se producirán en las próximas décadas y para los que no puede ser un corsé nuestro marco jurídico y político. El mes de marzo se presenta como decisivo para el futuro de la reforma. IU y PA piden a Chaves que dé un impulso a la reforma del Estatuto (Diario de Sevilla, 05/03/2005); los dos partidos de la oposición que han apostado desde el principio por acometer cambios en el texto estatutario animan al presidente de la Junta de Andalucía a cumplir los plazos marcados y a seguir una estrategia propia y clara desde Andalucía. Las comparecencias ante la comisión parlamentaria para la Reforma concluyen con la presencia de diversos agentes sociales: Las comunidades andaluzas en el exterior piden que el Estatuto regule la figura de los retornados (Diario de Sevilla, 08/03/2005). Esta misma noticia recoge también las comparecencias del flamencólogo José Luis Ortiz y del dramaturgo Salvador Távora. El nuevo Estatuto arranca su fase decisiva tras las comparecencias (El Correo de Andalucía, 14/03/2005). Transcurrido un año exacto desde las elecciones autonómicas, los partidos políticos afrontan la negociación política una vez que han comparecido ante la comisión parlamentaria tanto expertos de diferentes ramas como diversos agentes sociales. Se plantea además, por primera vez, una fecha concreta para finalizar el proceso de reforma: Chaves quiere tener el Estatuto a final de año y convocar el referéndum con las locales de 2007 (El País, 14/03/2005). Según esta información, los problemas políticos internos de Cataluña han llevado al gobierno autonómico andaluz a renunciar a la reforma paralela. Esta noticia provoca diversas reacciones: Zarrías ve razonable refrendar el Estatuto en mayo de 2007 (El Correo de Andalucía, 15/03/2005), mientras que, según explica la misma información, todos los partidos de la oposición rechazan la coincidencia de la consulta con otros comicios. Al margen del calendario de la reforma, los partidos continúan desgranando sus propuestas. El PA, por un Estatuto que limite los mandatos y fije listas abiertas (El Mundo, 21/03/2005). Según el documento interno de los andalucistas 'Un nuevo Estatuto de Autonomía para Andalucía', éste debe fijar los principios de una nueva Ley Electoral basada en la aprobación de listas abiertas, candidaturas paritarias y limitación de los mandatos. Por otra parte, Un documento del PSOE- A intenta frenar la tesis autonómica del PSC (Diario de Sevilla, 29/03/2004); Manuel Chaves, que anteriormente había expresado en varias ocasiones su intención de frenar los desmanes autonomistas de otras comunidades, defiende en el Comité Director del PSOE-A una resolución en la que rechaza un Estado de las Autonomías asimétrico e insolidario. Valderas quiere definir Andalucía como comunidad nacional (El Mundo, 02/04/2005); el coordinador general de IU-CA, en la primera reunión del Consejo Andaluz de su partido para elaborar su propuesta de reforma del Estatuto, aboga por reformar el artículo 2 de la Constitución y denominar a Andalucía comunidad nacional. Éste se convierte pronto en otro foco de debate. Chaves, a favor de la actual definición de Andalucía en el nuevo Estatuto (ABC, 04/04/2005). El presidente de la Junta prefiere no hacer cambios en la denominación de Andalucía. Este debate se retomará semanas después. No obstante, los acontecimientos en otras comunidades autónomas hacen que la atención se centre en las relaciones con el Estado. Por un lado, Maragall y Chaves intensifican el pulso por la solidaridad territorial (Diario de Sevilla, 07/04/2005). Mientras que el presidente de la Junta defiende el modelo de financiación autonómica solidario y pactado entre todos, el de la Generalitat afirma que hay que evitar unas comunidades autónomas acomodadas a vivir del subsidio y otras más desarrolladas irritadas por su sobreesfuerzo fiscal. Por otra parte, la actualidad está marcada por las elecciones autonómicas en Euskadi, consideradas una prueba de fuego para el 'Plan Ibarretxe', que se celebran el 17 de abril. En el Parlamento de Andalucía, Los grupos acuerdan tener un borrador del Estatuto el 9 de junio (Diario de Sevilla, 08/04/2005). Además, según indica la información, los partidos presentarán sus propuestas de reforma en la Cámara el 28 de abril. Un despiece de la noticia señala que Manuel Chaves defiende incluir en el Estatuto de Autonomía la exigencia de paridad en las listas electorales. Tras receso en las informaciones acerca de la reforma andaluza debido a las elecciones vascas, que suponen un retroceso del PNV y un parón en su plan soberanista, en Andalucía PSOE y PP avanzan sus propuestas de reforma del Estatuto bajo el principio de solidaridad entre comunidades (ABC, 19/04/2005). Los dos partidos con mayor representación en el Parlamento celebran sendas reuniones de sus grupos de trabajo para la reforma y dan a conocer algunos de sus avances. Respecto a la posibilidad de definir a Andalucía dentro del Artículo 2 de la Constitución en el proceso de reforma estatutaria, El Gobierno respetará la denominación que cada autonomía apruebe en su Estatuto (El País, 22/04/2005), según declara el ministro de Administraciones Públicas, Jordi Sevilla. Los días antes de que los grupos presenten en el registro del Parlamento sus proyectos de reforma, el del PSOE es el que acapara mayor número de titulares. El PSOE blinda el carácter público de RTVA en su proyecto de Estatuto (Diario de Sevilla, 23/04/2005); Chaves defiende el reconocimiento de Sevilla como capital en el Estatuto (El Correo de Andalucía, 23/04/2005); el PSOE quiere que Andalucía participe en el Constitucional, el Banco de España y el CGPJ (El País, 24/04/2005); El PSOE baraja llamar a Andalucía nacionalidad en el nuevo Estatuto (Diario de Sevilla, 26/04/2005). Los partidos de la oposición también van dando a conocer algunos aspectos de sus propuestas: IU pide que el Estatuto destine un porcentaje del PIB a política social (Diario de Sevilla, 24/04/2005); El PA sitúa a Andalucía como una nación dentro de un Estado federal (Diario de Sevilla, 27/02/2005); Arenas rectifica y apoya definir Andalucía como nacionalidad (El Correo de Andalucía, 28/04/2005). El 28 de abril, los grupos parlamentarios presentan sus propuestas en el Registro del Parlamento. La prensa recoge este acontecimiento destacando los puntos de acuerdo entre los partidos: Más coincidencias que discrepancias entre los partidos andaluces (Diario de Sevilla, 29/04/2005). El exhaustivo análisis comparativo entre las propuestas 30-31

18 de los grupos parlamentarios se centra en cuestiones ya debatidas como la denominación de Andalucía, la organización territorial, la calidad democrática, las competencias, las instituciones de autogobierno, la presencia en el exterior y en las instituciones del Estado, el sistema electoral, la existencia de nuevos derechos y los aspectos relacionados con economía y hacienda. El documento presentado por el PSOE expone como objetivos de la reforma el afianzamiento de los parámetros que han servido de guía a las políticas desarrolladas en la Comunidad y la incorporación de nuevos principios que permitan hallar respuestas a las demandas ciudadanas del siglo XXI. En este sentido, refleja la necesidad de incorporar un título relativo a Derechos Sociales y, como principios transversales, la mejora de la calidad democrática y el derecho a la participación de la ciudadanía en la vida pública, con especial incidencia en la igualdad de género. También resulta de gran importancia, según el texto del PSOE, articular la participación de Andalucía en las instituciones del Estado y de la Unión Europea, sobre todo al tratar materias que sean competencia de Andalucía. De este modo, el PSOE pretende, mediante la reforma estatutaria, profundizar en el autogobierno agotando el techo de las competencias señaladas en la Constitución y fortalecer la organización institucional de Andalucía, incluyendo en el texto a instituciones ya creadas, mejorando las previstas estatutariamente y reivindicando nuevas atribuciones en materias como la organización del Poder Judicial en Andalucía. El PP, por su parte, aboga por encabezar el Estatuto con una Exposición de Motivos en la que se recoja el carácter histórico de la identidad política y cultural de la Comunidad. Entre sus propuestas se encuentra alcanzar el máximo techo competencial dentro de los límites de la Constitución Española, la limitación del mandato del presidente de la Junta de Andalucía, la introducción del Empleo en el Título IV, radicar la Cámara de Cuentas en Málaga para evitar el centralismo, atenerse a lo que establezca la Constitución Española y la Unión Europea en cuanto a la participación de la Comunidad Autónoma en las instituciones estatales y europeas, garantizar que los referendos estatutarios sean convocados de manera independiente a cualquier otro proceso electoral, elevar a dos tercios la mayoría necesaria para reformar el Estatuto y mantener la Disposición Adicional 2ª. Las Propuestas para la Reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía presentadas por IU justifican la necesidad de mantener los mismos derechos que catalanes, vascos y gallegos. Para IU, el modelo autonómico de la Constitución del 78 ha cumplido la función que se le asignó: permitir la transición de un estado dictatorial y centralista a un estado democrático y políticamente descentralizado. De esta forma, aboga por reformar no sólo el Estatuto de Autonomía, sino también la Constitución, para alcanzar el máximo nivel de autogobierno. El texto señala como objetivos de la reforma estatutaria la obtención del mayor grado de autogobierno posible, la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas andaluces y la definición de los nuevos objetivos estratégicos de Andalucía para los próximos veinticinco años. Por último, el PA presenta unas Bases para un Nuevo Estatuto de Autonomía para Andalucía. Según plantean los andalucistas, transcurrido un cuarto de siglo de ejercicio del derecho de autonomía, Andalucía necesita un nuevo Estatuto que permita afrontar los nuevos retos del siglo XXI. Este nuevo Estatuto, en opinión del Partido Andalucista, debe cumplir tres objetivos: asignar de más autogobierno a Andalucía, permitir la codecisión a nivel del Estado Español y de la Unión Europea en todo aquello que afecte a Andalucía, y dotarla de un instrumento útil para el relanzamiento económico, social y cultural. Una vez analizados los documentos, El PSOE no ve insalvables las diferencias sobre el Estatuto (El Correo de Andalucía, 02/05/2005), aunque, según esta información, el portavoz parlamentario de los socialistas advierte de que los desacuerdos que puedan surgir no van a frenar los trabajos ni el calendario. Fuente: Junta de Andalucía 5. El informe de la Ponencia para la reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía El 6 de mayo de 2005 comienzan las reuniones de la ponencia, formada ahora por once miembros -4 del PSOE, 3 del PP, 2 de IU y 2 del PA- tras una modificación aprobada en Pleno a finales de abril 64. En la primera sesión de esta nueva etapa, Los grupos se proponen redactar el nuevo Estatuto antes de fin de año (El Mundo, 07/05/2005); además de fijar el calendario y el programa de sesiones de la ponencia, se establece una serie de capítulos que se irán abordando progresivamente 65. El resultado de estas sesiones ha sido la elaboración de un texto en el que, distribuido por materias, se contienen, de una parte, los acuerdos alcanzados por todos los Grupos parlamentarios en cada una de ellas y, de otra, las observaciones y propuestas que tales Grupos mantienen al objeto de continuar, en su caso, profundizando en la búsqueda de acuerdos que conduzcan a la elaboración de un texto articulado. Veamos a continuación, estructurado por apartados, el contenido fundamental de este Informe. 64. Ponencia compuesta por Concepción Caballero Cubillo, (G.p. Izquierda Unida Los Verdes Convocatoria por Andalucía), José Caballos Mojeda (G.p. Socialista), Ildefonso Dell'Olmo García (G.p. Andalucista), Manuel Gracia Navarro (G.p. Socialista), Antonio Moreno Olmedo (G.p. Andalucista), Antonia Jesús Moro Cárdeno (G.p. Socialista), María Esperanza Oña Sevilla (G.p. Popular de Andalucía), Luis Pizarro Medina (G.p. Socialista), Carlos Rojas García (G.p. Popular de Andalucía), Antonio Romero Ruiz (G.p. Izquierda Unida Los Verdes Convocatoria por Andalucía) y Antonio Sanz Cabello (G.p. Popular de Andalucía). También ha asistido a las sesiones de la Ponencia el Vicepresidente de la Mesa de la Comisión de Desarrollo Estatutario: Rafael Salas Machuca (G.p. Popular de Andalucía). 65. La Mesa de la Comisión de Desarrollo Estatutario, en sesión celebrada el día 6 de mayo, adopta determinados acuerdos relativos al calendario y procedimiento de trabajo, resultando de ello la celebración de las siguientes sesiones y materias tratadas: MAYO Martes, día 10 Jueves, día 12 Martes, día 17 Viernes, día 20 Martes, día 24 Martes, día 31 JUNIO Viernes, día 3 Martes, día 7 Jueves, día 9 Martes, día 14 Viernes, día 17 Martes, día 21 Preámbulo y Título Preliminar Título Preliminar (continuación) Organización Institucional de Comunidad Autónoma Organización Institucional de Comunidad Autónoma (continuación) Economía y Empleo Relaciones Externas de la Comunidad Autónoma Derechos Sociales y Políticas Públicas Organización Territorial de la Comunidad Autónoma y Administración de Justicia Medios de Comunicación, Medio Ambiente, Disposición Adicional Segunda, Reforma del Reglamento y otras propuestas. Competencias de la Comunidad Autónoma Competencias de la Comunidad Autónoma (continuación) Redacción del Informe. 1. Preámbulo En relación a este punto, se aprecia una amplia coincidencia en la necesidad misma del Preámbulo que habrá de ser de mayor extensión y contenido del que en su día se incorporó al Estatuto actualmente vigente. Se acuerda que el Preámbulo debe significar una exposición de los principios en que se sustenta Andalucía como realidad histórica con identidad propia y su voluntad de constituirse en Comunidad Autónoma para el ejercicio del autogobierno. En este sentido el Preámbulo ha de contener las ideas fundamentales capaces de ser desarrolladas en un texto amplio y de alto valor literario y político 66. Así, se debe entender a Andalucía como realidad histórica cuyas raíces se remontan a un pasado lejano con suficiente identidad para ser reconocible aun por encima de las coyunturas políticas concretas. Estrechamente vinculada a esta idea sobre la permanencia histórica de nuestra Comunidad, ha de anudarse una referencia sobre su función civilizadora en relación a los diferentes pueblos que la han habitado y de donde es posible derivar los valores de tolerancia y convivencia. Igualmente, el Preámbulo ha de referirse a los movimientos sociales y populares de lucha por la libertad habidos en nuestro territorio con especial mención al denominado andalucismo histórico. En este contexto ha de incluirse el reconocimiento de la figura de Blas Infante como padre de la patria andaluza. En referencia a un momento histórico más cercano, el Preámbulo debe hacer mención expresa al proceso de acceso a la autonomía en el marco de la conquista de la libertad conjuntamente con la Constitución Española de Así, han de señalarse las fechas determinantes del proceso de acceso a la autonomía y muy particularmente el 4 de diciembre de 1977, que conmemora la movilización espontánea de los andaluces en la conquista de su autonomía, y el 28 de febrero de 1980, fecha del referéndum de ratificación de la iniciativa autonómica. El Informe señala que el Preámbulo ha de efectuar, también, con brevedad una valoración de lo que para Andalucía han supuesto los años de autogobierno en la mejora de las condiciones de vida y progreso de sus ciudadanos así 66. Esta referencia al alto valor literario y político puede encontrarse en LUCAS MURILLO DE LA CUEVA (2005)

19 como del afianzamiento de los valores democráticos. Y, junto a esta valoración del más inmediato pasado, el Preámbulo debe proyectar a Andalucía hacia el futuro en la consecución de nuevos logros tanto en los ámbitos materiales como sociales y políticos. Finalmente ha de subrayarse la pertenencia de Andalucía al proyecto de la Unión Europea así como de su posición geográfica que la sitúa como nexo de unión con los países del Magreb y del continente africano en general. 2. Título Preliminar El apartado más conflictivo de este Título es el referente a la denominación estatutaria de Andalucía. Así, la prensa señala que La reforma del Estatuto encalla en su arranque en la definición de Andalucía (El Correo de Andalucía, 11/05/2005). Los ponentes no alcanzan un acuerdo acerca de la denominación que Andalucía debe recibir en el texto estatutario. En la reunión de 10 de mayo, PSOE y PP apuestan por nacionalidad, IU por comunidad nacional y PA por nación. En cambio, en el Informe final las posturas quedaron establecidas de la siguiente manera: para el Grupo Parlamentario Socialista, Andalucía, en el marco del artículo 2 de la Constitución Española, se identifica claramente como nacionalidad. Para el Grupo Parlamentario Popular de Andalucía se mantiene la actual definición del Estatuto dentro del marco constitucional en los términos de la Proposición no de Ley 7/05-PNLP aprobada por el Pleno del Parlamento de Andalucía en su sesión del 10 de febrero de Por el Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía se propugna la denominación de Andalucía como nación. Por su parte, el Grupo Parlamentario Andalucista define a Andalucía como nación. En nuestra opinión, la identificación de una manera nítida de Andalucía como nacionalidad supone dar un paso más en relación a la redacción actual del artículo 2 del Estatuto, que es más imprecisa. Desde el punto de vista constitucional es perfectamente asumible, pues los sujetos titulares del derecho a la autonomía, según el artículo 2 de la Constitución, son las nacionalidades y regiones. Las otras definiciones, tales como nación, comunidad nacional o comunidad histórica merecen un sucinto comentario. En relación a la expresión comunidad histórica cabe recordar que el art CE atribuye a las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes... la posibilidad de acceder al autogobierno y convertirse en Comunidad Autónoma. Por lo tanto, identificar a Andalucía como comunidad histórica, al igual que si se hiciera como comunidad cultural o incluso comunidad histórica, cultural y económica sería perfectamente asumible desde el punto de vista constitucional, además de compatible con la denominación de nacionalidad, que, al igual que región, sigue siendo la terminología más correcta desde el punto de vista constitucional. La denominación nación adolece, desde nuestro punto de vista, de un vicio de inconstitucionalidad, dado que el art. 2 CE y el Preámbulo CE hablan de la nación española e igualmente el art. 1.2 señala que la soberanía nacional reside en el pueblo español, por lo que se puede considerar que ninguna Comunidad Autónoma, en su texto normativo configurador, cual es el Estatuto de Autonomía, puede identificarse como nación; comentarios, que, por analogía extendemos al término comunidad nacional, haciendo saber que, dada la novedad conceptual de este término, cabrían interpretaciones en sentido contrario dignas de análisis. En relación a este Título, existe un acuerdo general en proceder a una mención expresa de Sevilla como capital de Andalucía y sede de sus instituciones de autogobierno y de Granada como sede del Tribunal Superior de Justicia. Ello implicaría lógicamente la reformulación del actual artículo 7. La Ponencia también acuerda que han de desarrollarse las referencias al himno y al escudo propios de nuestra Comunidad incorporando en esencia la descripción que de los mismos se hace en las correspondientes leyes aprobadas en su día por el Parlamento de Andalucía. Igualmente, se procederá a suprimir los artículos 3, 4 y 5 del actual Estatuto, debido a la incorporación de un nuevo título relativo a la organización territorial de la Comunidad Autónoma. Se ha de incluir, en este Título Preliminar, una cláusula genérica de vigencia de los derechos humanos para todas las personas que viven en Andalucía a la luz de las declaraciones universales y europeas de derechos humanos. Se subraya la obligación de los poderes públicos en la promoción de las medidas de acción positiva con el fin de hacer efectivos los objetivos que a lo largo del artículo 12.1 se contienen, y se refuerza, con carácter transversal el principio de igualdad entre hombres y mujeres. Como objetivos generales, la Ponencia acuerda 67 que se establezcan los tres siguientes: 1. Inclusión en el primer apartado de una referencia explícita a las medidas de acción positiva que hagan posible que los principios de libertad e igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivos así como contribuyan a la remoción de los obstáculos que lo impiden o dificultan. Se trata de tomar como modelo el apartado segundo del artículo 9 de la Constitución. 2. Un segundo apartado ha de redactarse de forma en que se ponga de manifiesto los valores de igualdad de género con un sentido de transversalidad en todos los ámbitos políticos y sociales. 3. Un nuevo apartado se redactará introduciendo como valor político fundamental la calidad de la democracia y la participación de la ciudadanía. 67. Para la consecución de tales principios u objetivos genéricos se establecen los siguientes objetivos de carácter sectorial: referencia al pleno empleo; permanencia y calidad de la educación; desarrollo de la cultura andaluza con referencia expresa al paisaje y al patrimonio artístico de Andalucía así como a las hablas andaluzas para lo que se solicitará una opinión científica autorizada; aprovechamiento de los recursos naturales, del conocimiento y de capital humano, subrayando el principio de sostenibilidad y suprimiendo la referencia a los sectores económicos concretos; fomento de la calidad de vida de los andaluces con especial incidencia en la protección y garantía del medio ambiente y la adecuada gestión del agua; cohesión territorial y solidaridad con una referencia explícita al mundo rural subrayando el fomento del diálogo social como factor de cohesión y progreso, mediante la dotación de infraestructuras y de un sistema eficaz de comunicaciones; desarrollo industrial incluyendo los conceptos de desarrollo tecnológico e innovación, la incorporación de las nuevas tecnologías, las iniciativas emprendedoras y la evaluación de calidad; e incorporación del pueblo andaluz a la sociedad del conocimiento. En este apartado ha habido otras cuestiones en las que no ha existido acuerdo. Así, el Grupo Socialista propugna que la referencia a la reforma agraria se sustituya por una modernización de la estructura agraria. Igualmente propugna que el autogobierno de Andalucía se fundamenta en el derecho de sus ciudadanos y ciudadanas a decidir sobre sus propios asuntos e intereses, en el marco jurídico-político establecido en la Constitución española de Para el Grupo Popular, de manera excepcional y por razones justificadas, se podrá establecer la sede de alguna Consejería determinada en alguna otra capital de provincia andaluza. En relación a los objetivos propone un nuevo apartado referido a la consecución de la convergencia y cohesión territorial de la Comunidad Autónoma. Considera necesario que para alcanzar los objetivos descritos el Estatuto contemple la exigencia al Gobierno andaluz de adoptar las medidas pertinentes, el impulso del desarrollo legislativo, la garantía de una financiación suficiente y la eficacia y eficiencia de las actuaciones administrativas. Propugna también que se haga una referencia expresa al fracaso escolar y propone la incorporación de un nuevo objetivo dirigido a la lucha contra toda clase de pobreza y marginación. Además propone una referencia explícita a la defensa de la familia y que la referencia a la reforma agraria se sustituya por una modernización de la estructura agraria. El Grupo de Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía propugna un mantenimiento de la referencia expresa a la reforma agraria. En relación a la calidad de la democracia propugna una redacción más amplia que contemple los mecanismos de consultas populares y especialmente el referéndum consultivo a iniciativa del Presidente de la Junta de Andalucía. También propone una referencia a las bases militares de Rota y Morón y a la presencia de elementos radioactivos en el territorio de Andalucía. El Grupo Andalucista propugna que se incluya una referencia a la importancia de la agricultura, su modernización y defensa en la Unión Europea y en las instancias internacionales. Se propone también incorporar otros principios tales como: - La integración social, económica, laboral y cultural de los inmigrantes en Andalucía. - La consecución de unos medios de comunicación tanto públicos como privados que sean expresión de la pluralidad política, social y cultural de Andalucía. - El reconocimiento del papel de las organizaciones sociales, económicas y cívicas. - El fomento del pluralismo y respeto a las minorías con especial mención a la etnia gitana. - El fomento de la cultura de la paz y el diálogo entre los pueblos. 3. Derechos Sociales y Políticas Públicas En relación a este apartado hay que destacar, en primer lugar, la inclusión de un nuevo Título en el Estatuto que recoja no sólo un catálogo de derechos sociales sino además la existencia de unas políticas públicas, como han defendido sectores prestigiosos de la doctrina constitucionalista (valga por todos PORRAS NADALES) que hagan realidad el contenido de esos derechos. La Ponencia acuerda que se reconozcan como titulares de los derechos todas las personas con vecindad administrativa en Andalucía. También se incluye una referencia a la educación incidiendo especialmente en las características de gratuidad, permanencia y calidad bajo los principios de igualdad, libertad y solidaridad, y de carácter compensatorio. Se hace también hincapié en la capacidad de iniciativa y emprendimiento y en la lucha contra las actitudes sexistas 68. Se incluye también en este Título el derecho a la salud, garantizando la existencia de un modelo sanitario público desarrollado bajo los principios de universalidad y calidad, con una asistencia sanitaria digna en la que se informe suficientemente al paciente de los derechos que le asisten como usuario, velando especialmente por el cumplimiento del consentimiento informado y la voluntad vital anticipada. Se acuerda igualmente una referencia a la biomedicina siempre que se alcance un acuerdo en la fórmula concreta. Todos los grupos parlamentarios menos el Popular defienden también la inclusión en el Estatuto del derecho a morir dignamente, e, incluso el Grupo Parlamentario Izquierda Unida-Los Verdes propugna la inclusión del derecho a la eutanasia. También se hace referencia al derecho de los menores a la protección y los cuidados necesarios para su formación íntegra y su bienestar. Por consiguiente, los poderes públicos andaluces garantizarán la protección integral de la 68. Sobre este derecho, todos los grupos parlamentarios excepto el Popular propugnan hacer una referencia al carácter público de la educación. Este propone que la referencia al carácter público de la educación se acompañe de una referencia nítida a la existencia de una doble vía en la consecución de este derecho, esto es, de una parte la existencia de una enseñanza pública y de otra de iniciativa social apuntando como posible modelo de redacción de este punto el propuesto por el Grupo Parlamentario Socialista en relación al derecho a la salud.el Grupo de Izquierda Unida-Los Verdes propone además que figure expresamente el carácter laico de la educación así como la gratuidad de los libros de texto

20 infancia, con especial atención a los derechos del menor, su bienestar y su pleno desarrollo personal y social. Se ha de reconocer el derecho de las personas mayores a llevar una vida digna e independiente y a participar en la vida social, educativa y cultural de la Comunidad. Con este fin, los poderes públicos andaluces incentivarán el envejecimiento activo. Se incluye el derecho a la protección social de los mayores. La Ponencia también acuerda estos otros derechos: - El derecho a las prestaciones y servicios de apoyo a las familias que favorezcan la conciliación de la vida laboral y familiar - El derecho al acceso a las tecnologías de la información y la comunicación - La libertad de orientación sexual con el consiguiente compromiso de los poderes públicos andaluces para remover los obstáculos que impidan su efectividad - Incluir una cláusula para que se establezca un derecho genérico a la calidad en la prestación de los servicios públicos - El derecho al medio ambiente entendido como conservación, protección y disfrute del patrimonio natural, del paisaje y de los recursos naturales, especialmente en relación con la calidad del agua y del aire - El derecho a la seguridad alimentaria - El derecho a la protección de consumidores y usuarios. En relación con los deberes se admite como punto de partida una referencia a los mismos señalándose como inexcusables de cumplimiento por parte de la ciudadanía andaluza el ejercicio de una ciudadanía solidaria y responsable, la contribución al sostenimiento del gasto público, la protección del medio ambiente y la participación en situaciones de emergencia. Un capítulo dentro de este Título se dedica a las políticas públicas, de manera que éstas quedarán orientadas a: - Promoción y sostenimiento de un sistema público de servicios sociales suficiente para la atención de personas y grupos, dirigido al logro de su pleno desarrollo personal y social, así como a la eliminación de las causas y efectos de las diversas formas de marginación o exclusión social. - La promoción de medidas que garanticen la autonomía y la integración social y profesional de las personas con discapacidad, así como su participación en la vida de la Comunidad, contemplando la utilización de los lenguajes que permitan la comunicación a los discapacitados sensoriales. - Una especial protección de las personas dependientes, a fin de contribuir a proporcionarles una digna calidad de vida. - A promover el pleno empleo, consagrándose el derecho al trabajo en condiciones de seguridad, a través de la prevención de los riesgos laborales y a la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo y en las condiciones de trabajo, y a la conciliación de la vida familiar y laboral. - A proteger y promover de forma efectiva el derecho a una vivienda digna. Este derecho ha de vincularse a la utilización racional del suelo con una referencia específica a la protección contra la especulación. - Derecho a una renta básica, mínimo vital o renta mínima de reinserción, si bien se acuerda concretar la fórmula en un momento posterior. - Favorecer la integración social de los inmigrantes en el marco de lo establecido en las leyes. - Derecho a participar plenamente en las decisiones que afecten a la vida pública en todos los ámbitos y respecto a todas las administraciones, así como igualmente el derecho a la participación en todos los asuntos públicos y a la capacidad de propuesta ante las instituciones y el derecho a una información veraz. - Derechos de los jóvenes, acordando concretar posteriormente la redacción, aunque tanto el Grupo Andalucista como el de Izquierda Unida propugnan una referencia específica a la emancipación social y económica de los jóvenes. - Derecho de acceso a la cultura. En este sentido, el Grupo Popular considera necesario que el Estatuto contemple la exigencia al Gobierno andaluz de alcanzar los derechos y los objetivos de las políticas públicas a través de medidas concretas tales como el impulso legislativo, la garantía de una financiación suficiente y la eficacia y eficiencia de las actuaciones administrativas Otras observaciones y propuestas realizadas por los diferentes grupos, en las que no existe acuerdo, tienen relación con la regulación, mediante Ley del Parlamento, del estatuto de los andaluces y andaluzas en el exterior, propugnada por el Grupo Socialista, y el establecimiento de un servicio público de servicios sociales reconociendo la prestación de los mismos también por las instituciones privadas, que propugna el Partido Popular. En cambio, el Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía, en relación al sistema público de servicios sociales propone justo lo contrario: añadir una referencia a que tales servicios no puedan ser objeto de privatización o fórmulas empresariales. Este Grupo propone que se incluya una mención expresa al agotamiento de los recursos naturales para preservar su disfrute para las generaciones futuras y también que se haga una mayor especificación de los instrumentos participativos y una referencia expresa del fomento de la diversidad de expresiones culturales de Andalucía. 4. Organización institucional de la Comunidad Autónoma A) Parlamento El Informe de la Ponencia, en relación a la duración del mandato de los Diputados, acuerda proceder a una nueva redacción del precepto de manera que se añada, a los cuatro años previstos como duración normal del mandato parlamentario, la expresión o el día de disolución de la Cámara al objeto de contemplar la posibilidad de un acortamiento del mismo bien como consecuencia de la disolución automática en el supuesto de imposibilidad de designación del Presidente de la Junta de Andalucía tras las elecciones o de la disolución anticipada que a éste corresponde. Igualmente, se acuerda diferir a una ley un Estatuto del Diputado comprensivo de sus derechos y obligaciones así como de otros aspectos relacionados con su estatus de parlamentario. Existe igualmente acuerdo en incluir en el Estatuto una referencia más explícita a la plena autonomía de la Cámara para su organización y funcionamiento y especialmente en lo que respecta a la autonomía reglamentaria, presupuestaria y administrativa. En relación con el carácter ordinario o extraordinario de las sesiones se establecen dos principios: de una parte considerar que la referencia a cuatro meses que en el mismo se contiene para cada periodo de sesiones ha de tener la consideración de asegurar un mínimo, pero no necesariamente un máximo; de otra establecer con claridad la garantía del procedimiento en la convocatoria de sesiones extraordinarias. Se acuerda también suprimir el inciso final del apartado segundo del artículo 28 en cuanto remite al Congreso de los Diputados el modelo preciso de representación proporcional. De esta forma el modelo que en su momento se adopte queda a disposición del Parlamento de Andalucía. Una ley electoral contendrá los principios básicos que corresponde a este tipo de normas, existiendo acuerdo en que en la misma ha de contenerse la obligatoriedad de la realización de debates en los medios de comunicación. Se suprime la vinculación de los Senadores en representación de la Comunidad Autónoma a la condición de Diputados del Parlamento andaluz, suprimiendo en consecuencia el apartado doce del artículo 30 del vigente Estatuto. Existe acuerdo en la representación de los Senadores garantizada actualmente en la Constitución Española. Una vez vistos los acuerdos a los que llegaron los diferentes representantes de los grupos parlamentarios, hay que citar las observaciones y propuestas realizadas por los diferentes grupos parlamentarios. El Grupo Parlamentario Socialista propone el mantenimiento del sistema proporcional, la circunscripción electoral de la provincia y el límite de que ninguna provincia pueda tener más del doble de escaños que otra. Igualmente propone el mantenimiento del número de Diputados y la obligatoriedad de paridad en las listas electorales y que el Estatuto incluya una mención expresa a que en el procedimiento legislativo se propicie la participación de la ciudadanía y de los grupos en que se integran. El Grupo Socialista contempla la posibilidad de introducir las figuras del decreto legislativo y el decreto-ley. También propone ampliar las relaciones que corresponden al Parlamento en relación a la Unión Europea y evacuar las consultas que le planteen las Cortes Generales sobre el grado de cumplimiento del principio de subsidiariedad y proporcionalidad de un proyecto de acto legislativo de la Unión Europea. El Grupo Parlamentario Popular de Andalucía, en cuanto al número de Diputados, se muestra favorable en mantener el actual sistema vigente en el Estatuto así como la provincia como circunscripción electoral y el principio de proporcionalidad. Considera que se deben incluir en el Estatuto los mecanismos necesarios para que las elecciones al Parlamento de Andalucía no coincidan con otros procesos electorales. Considera también que la paridad en las listas electorales ha de contemplarse más como una tendencia deseable que como una obligación legal y está abierto a considerar la inclusión del decreto legislativo, siempre que quedara limitado a la refundición de textos. Estima necesaria una referencia a las medidas contra el transfuguismo político y propone que la función de control del Parlamento de Andalucía se extienda de manera expresa a las empresas públicas de la Junta de Andalucía. El Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía propone la inclusión de los Ayuntamientos y Comarcas como parte institucional de la Comunidad Autónoma, propugna la modificación al alza del número de Diputados y propone la supresión del inciso final del apartado primero del artículo 28 al objeto de contemplar una proporcionalidad más directamente vinculada a la población disminuyendo en consecuencia la incidencia del territorio. Esta propuesta se vincula a la formulada con anterioridad de aumento del número de miembros del Parlamento. Considera que han de incluirse en el Estatuto los mecanismos necesarios para que las elecciones al Parlamento de Andalucía no coincidan con otros procesos electorales. Propone incluir en la ley electoral el derecho de participación en las elecciones de los inmigrantes siempre que concurran en ellos determinadas condiciones así como una referencia a la limitación, control y transparencia de la financiación electoral. Propone también que la función de control del Parlamento de Andalucía se extienda de manera expresa a las empresas públicas de la Junta de Andalucía y la obligatoriedad de la paridad en las listas electorales

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