Documento de Afiliación y Aceptación de términos y condiciones de PREFERENCIA Programa para viajes empresariales

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1 Nombre del Cliente Corporativo: Base responsable: (Indicar ciudad y país) Código Corporativo: Alcance del Acuerdo: Local Tipo de Vinculación: Millas Documento de Afiliación y Aceptación de términos y condiciones de PREFERENCIA Programa para viajes empresariales Este Documento de Afiliación y Aceptación de términos y condiciones de PREFERENCIA Programa para viajes empresariales (el Convenio ) se celebra, de una parte, por Aerovías del Continente Americano S.A. Avianca (Avianca), Aerolíneas Galápagos S.A. (Aerogal) y por las aerolíneas del Grupo Taca 1 (en adelante Taca), colectivamente denominadas los Transportistas, cada una individualmente considerada y sin responsabilidad solidaria legal o contractual entre ellas, y, de otra parte, por [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA ] (referidas aquí como el Cliente Corporativo ), sociedad incorporada en (país), y con fecha efectiva a partir de [ ] [ ], 20[ ]. CONSIDERACIONES 1. Los Transportistas han desarrollado un programa de lealtad dirigido a sus clientes corporativos, en adelante PREFERENCIA, Programa para viajes empresariales o el Programa, mediante el cual ofrecen proporcionar beneficios al Cliente Corporativo por la utilización de sus servicios de transporte aéreo de pasajeros, en los Términos y Condiciones que rigen el Programa; 2. El Cliente Corporativo declara que conoce y acepta los Términos y Condiciones 2 aplicables al Programa, disponibles para consulta en la página web y manifiesta su deseo de vincularse al mismo, mediante la firma de este Documento de Afiliacion y Aceptación. 3. El Cliente Corporativo y los Transportistas, declaran que en virtud de la suscripción de este Documento surge entre ellos una relación comercial inherente a la actividad económica que cada uno desarrolla, y no surge una relación de consumo y que es distinta de la relación que surge con cada uno de los Pasajeros Elegibles bajo los Términos y Condiciones del Programa. POR LO TANTO, en consideración a lo anterior, el Cliente Corporativo acepta lo siguiente: 1. Vinculación al Programa: Con la suscripción de este Documento de Afiliacion el Cliente Corporativo se vincula al Programa bajo la modalidad MILLAS, tal y como está definida en los Términos y Condiciones. 2. Beneficios y Meta de Utilización: La cantidad de millas corporativas que sean reconocidas al Cliente Corporativo está detallada en el aparte B del Anexo II de este Documento el cual forma parte integral del mismo. La cantidad millas otorgadas al Cliente Corporativo está sujeta al cumplimiento de la Meta de Utilización (Boletas Volados), que se describe en el mismo Anexo y se regirá por los Términos y Condiciones del Programa. El incumplimiento de la Meta de Utilización pactada, es causal de terminación de la relación derivada de la suscripción de este documento. 3. Determinación del canal de compra: El Cliente Corporativo utilizará los canales de compra que determina en el aparte A del Anexo III de este Documento. 4. Personas autorizadas: El Cliente Corporativo deberá indicar en el Aparte B del Anexo III de este Documento los datos de las personas autorizadas para: (i) reservar y comprar a nombre del Cliente Corporativo; (ii) realizar todo tipo de solicitudes relacionadas con los boletos adquiridos tales como cambios de ruta, cambios de nombre, reembolsos; (iii) solicitar la redención de los beneficios otorgados al Cliente Corporativo (millas corporativas otorgadas); (iv) cualquier otra gestión relacionada con la ejecución del Programa. 5. Codificación de tiquetes aéreos adquiridos: Es responsabilidad del Cliente Corporativo solicitar a sus canales de compra escogidos que incluyan el código corporativo (CC) asignado por Los Transportistas y notificado conforme los Términos y Condiciones, en los boletos emitidos a partir de la Afiliación, así como verificar que el código corporativo quede registrado en todos sus boletos. En caso de boletos aéreos no codificados o codificados erróneamente, éstos no serán tenidos en cuenta por los Transportistas para efectos del cumplimiento de la Meta de Utilización y liquidación de beneficios del Cliente Corporativo. 7. Vigencia: Este Documento es válido a partir de la fecha arriba señalada hasta [ ] [ ], 20[ ]. No obstante lo anterior, este plazo será prorrogado automáticamente por períodos anuales, a menos que con treinta (30) días calendario de antelación a la fecha del vencimiento del término inicial o de cualquiera de sus prórrogas, alguna de las partes notifique por escrito a la otra su intención de darlo por terminado y sin perjuicio de la suspensión y/o terminación unilateral previsto en los Términos y Condiciones del Programa o en el numeral 10 de este documento de Afiliación. 8. Ley aplicable: La relación derivada de la suscripción de este Documento se rige por las leyes del país de incorporación del Cliente Corporativo, señalado en el encabezado del presente documento. 9. Confidencialidad: El Cliente Corporativo, sin el previo consentimiento de los Transportistas, no divulgará el contenido de este Documento de Afiliación y de sus Anexos a terceros, con excepción de sus empleados, agentes, representantes y/o contratistas que necesiten conocer dicha información para los fines de este Convenio y/o a sus asesores legales, fiscales y otros profesionales. Toda violación de la confidencialidad puede resultar en la terminación inmediata de la relación derivada de la suscripción de este Documento. 10. Causales de terminación: Cualquiera de las Partes puede terminar la relación derivada de la suscripción de este Documento en cualquier momento durante la vigencia del plazo y sin motivación alguna, enviando a la otra parte una comunicación escrita con por lo menos treinta (30) días calendario de antelación a la fecha de terminación efectiva, sin lugar a indemnización o compensación alguna a cargo de la parte que ejerce la terminación. Adicionalmente, Los Transportistas podrán terminar unilateralmente y con efectos inmediatos la relación derivada de la suscripción de este Documento en los siguientes eventos: 1 Las aerolíneas miembros del Grupo TACA hasta esta fecha incluyen sin limitaciones: TACA International Airlines, S.A., Aviateca, S.A., Nicaragüense de Aviación, S.A., Líneas Aéreas Costarricenses, S.A., Trans American Airlines, S.A. (d.b.a. TACA PERÚ), Transportes Aéreos Inter, S.A., Isleña de Inversiones, S.A. de C.V., Aerotaxis La Costeña, S.A. y Servicios Aéreos Nacionales, S.A. 2 Los Términos y condiciones Web y Política de privacidad del Programa PREFERENCIA aplicables a este Documento de Afiliación son los que se encuentren publicados en Estos Términos y Condiciones pueden variar durante la relación derivada de la suscripción de este Documento por lo cual el Cliente Corporativo deberá revisarlas periódicamente. Página 1 de 5

2 a. Por incumplimiento por parte del Cliente Corporativo de cualquier obligación a su cargo contemplada en este Documento y/o en los Términos y Condiciones Generales del Programa. b. Si el Cliente Corporativo incurre en irregularidades y/o actos contrarios a la ley, a las estipulaciones de este Documento y/o a las de los Términos y Condiciones del Programa, o incumple de manera reiterada la reglamentación del Programa. c. Por la aplicación, extensión o transferencia de los beneficios de que trata este Documento a terceros no autorizados conforme los Términos y Condiciones Generales del Programa por parte del Cliente Corporativo. d. Por la terminación total o parcial del Programa y/o de las operaciones de cualquiera de las Partes o por encontrarse éstas en causal de disolución, proceso de liquidación, quiebra, proceso de fusión o absorción o escisión o pérdida de su personería jurídica por cualquier causa. e. Por las demás causales de terminación previstas en este Documento, en los Términos y Condiciones del Programa y/o en la ley aplicable. En los eventos señalados en los literales a, b y c de este numeral, el Cliente Corporativo será sancionado con la pérdida de todos sus derechos bajo el Programa, incluyendo los privilegios y beneficios acumulados a la fecha de ocurrido el incumplimiento o violación y sin perjuicio de las acciones civiles o penales que los Transportistas decidan ejercer en su contra. 11. Convenio Único/Modificación. Este Convenio junto con todos sus anexos a que se hace referencia, constituye el entendimiento completo, final y exclusivo de los Transportistas por una parte, y el Cliente Corporativo por la otra, con respecto a la materia objeto de éste, y cualquier acuerdo previo entre las partes, ya sea escrito o verbal con respecto a ello son expresamente sustituidos por este Convenio. 12. Tratamiento de datos y de la información del Cliente Corporativo: Los Transportistas podrán compartir entre sí la información de las empresas inscritas al Programa, así como con cualquier entidad tercera que realice labores de administración, publicidad, operación o manejo del Programa. El Programa también podrá contratar con terceros para que procesen la información de los Clientes Corporativos en representación de Los Transportistas, sin embargo, estos terceros estarán obligados a cumplir con todas las regulaciones y políticas de privacidad de Los Transportistas, cuando procesen dicha información. Si el Cliente Corporativo provee a Los Transportistas direcciones de correo electrónico dentro del proceso de inscripción al Programa, o en cualquier momento durante la ejecución de esta relación comercial, estas direcciones de correo electrónico podrán ser utilizadas para enviar mensajes electrónicos a dichas direcciones relacionados con las transacciones realizadas por la empresa dentro del Programa, así como los estados de cuenta, publicidad, promociones, entre otros. Adicionalmente, con la firma de este Documento, el Cliente Corporativo otorga su consentimiento para que Los Transportistas obtengan, compilen, intercambien, actualicen, recolecten, procesen, reproduzcan y/o dispongan de los datos o información parcial o total de las empresas inscritas en el Programa así como para que transfieran dichos datos o información parcial o total a terceros países y a sus comercios, empresas y/o entidades afiliadas y/o participantes, con el fin que tanto Los Transportistas como dichas entidades, puedan ofrecer sus productos y/o servicios a los Clientes Corporativos, así como una mejor experiencia dentro del Programa. En caso que alguna autoridad, oficina y/o agencia del gobierno de algún país solicitara a los Transportistas, tener acceso a la información provista por los Clientes Corporativos o personas naturales vinculadas con los mismos, los Transportistas podrán revelar información del Cliente Corporativo, aún sin el consentimiento del respectivo Cliente Corporativo, a dichas autoridades de gobierno o a terceras personas de acuerdo a requerimientos judiciales o de cualquier autoridad competente, limitándose a revelar estrictamente la información a la que se encuentren obligados legalmente. 13. Responsabilidad por uso de PIN y/o contraseñas de seguridad en el portal corporativo o a través del Call Center opción corporativa: Mediante la suscripción de este Documento el Cliente Corporativo declara que conoce y acepta la Política de Uso y Administración de la contraseña de Seguridad de Acceso al Sitio 2, la cual se encuentra disponible para consulta en el apartado Términos y condiciones Web y Política de privacidad del mencionado sitio web y forma parte integral de los Términos y Condiciones del Programa, por lo tanto acepta que será responsable de toda transacción que se efectúe con el PIN y/o las contraseñas de seguridad así como de cualquier uso que se haga de los mismos, e indemnizará y mantendrá indemne a los Transportistas en caso de cualquier reclamación, demanda, acción legal, sanción o multa, entre otros, que se presenten en su contra con ocasión del uso que la persona designada o cualquier tercero haga del PIN y/o contraseñas de seguridad. 14. Nulidad: En caso que cualquiera de las cláusulas, términos o condiciones del presente Documento sea declarado nulo o ineficaz por cualquier causa, las demás cláusulas permanecerán con plena vigencia y el Documento será interpretado como si la cláusula inválida no hubiere existido jamás. 15. Notificaciones: Todas las comunicaciones o avisos que se den en relación a este Documento se considerarán que han sido dados cuando sean enviados a la otra parte a las siguientes direcciones: A Los Transportistas: Dirección: Correo electrónico: Cargo: Al Cliente Corporativo: Dirección: Correo electrónico: Cargo: Página 2 de 5

3 Los Términos y Condiciones Generales del Programa se incorporan en su totalidad al presente Documento, tal y como se encuentren actualizados en la página web www. programapreferencia.com 2 La persona que firma este Documento declara que tiene las facultades legales suficientes para actuar en nombre de su representada y que ha efectuado todas las acciones necesarias para que puedan celebrar y ejecutar válidamente la relación derivada de la suscripción de este Documento. Firma del Cliente Corporativo, <NOMBRE> <CARGO> <COMPAÑÍA> E- MAIL: <DIRECCIÓN> <FECHA DE FIRMA>: Anexo I La redención de las millas corporativas otorgadas como beneficio del Programa deberá realizarse únicamente a través de las líneas de Call Center de Avianca que se indican abajo por país, en la opción cliente corporativo, siguiendo los procedimientos indicados por el asesor comercial asignado a su empresa. Página 3 de 5

4 Anexo II META DE UTILIZACIÓN Y MILLAS CORPORATIVAS A. META DE UTILIZACIÓN: VALOR (COP O USD) PERIODO DE MEDICION COP Utilización mínima trimestral B. MILLAS CORPORATIVAS: PARAMETROS ACUMULACIÓN MILLAS CORPORATIVAS Rango Inicio Rango Final Millas x cada COP o USD En adelante 5 Página 4 de 5

5 Anexo III A. DETERMINACIÓN DE LOS CANALES DE COMPRA NOMBRE DE LA ENTIDAD elige el (los) siguiente(s) Canal (es) de Compra: Canal Directo (Puntos de Venta Avianca, Líneas Call Center y Pagina web Agencia de Viajes (Por favor diligenciar los datos de la agencia de viajes en la siguiente tabla) Ambos (Por favor diligenciar los datos de la agencia de viajes y de las personas autorizadas) PAIS AGENCIA DE VIAJES CONTACTO (NOMBRE, APELLIDO Y CORREO ELECTRÓNICO) B. PERSONAS AUTORIZADAS PARA RESERVAR, COMPRAR Y HACER EFECTIVOS LOS BENEFICIOS Y/O PARA ADMINISTRAR PIN Y CONTRASEÑAS A NOMBRE DEL CLIENTE CORPORATIVO EN PORTAL CORPORATIVO: NOMBRE Y APELLIDO TIPO Y NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN CARGO EN LA EMPRESA ROL EN SISTEMAS AVIANCA* DIRECCIÓN PAIS/ESTADO/CIUDAD TELÉFONO CORREO ELECTRÓNICO *Los roles en los sistemas Avianca son: 1. Administrador sitio web; 2. Autorizado a recibir estados de cuenta y comunicaciones; 3. Contacto corporativo; 4. Decisor de compra 5. Staff de la empresa; 6. Autorizado a redimir beneficios. Mediante la firma de este Documento, el Cliente Corporativo garantiza que cuenta con las autorizaciones necesarias para compartir con Los Transportistas los datos personales de las personas arriba señaladas. El Cliente Corporativo se compromete a suministrar estas autorizaciones a requerimiento de Los Transportistas en un periodo de tiempo no mayor a tres (3) días calendario, a partir de la solicitud. En caso de no contar con dichas autorizaciones el Cliente Corporativo será responsable frente a Los Transportistas y frente terceros por cualquier daño o perjuicio que los Transportistas puedan sufrir por la ausencia de dichas autorizaciones. Nota: La identificación de los roles de Decisor de Compra, Autorizado a redimir beneficios (solicitante de tiquetes premio) y Administrador de página web son mandatorios. La vinculación al Programa no podrá completarse si no está la información de estos roles. Mediante la firma y aceptación de este Documento, el Cliente Corporativo garantiza que cuenta con las autorizaciones necesarias para compartir con Los Transportistas los datos personales de las personas arriba señaladas. El Cliente Corporativo se compromete a suministrar estas autorizaciones a requerimiento de Los Transportistas en un periodo de tiempo no mayor a tres (3) días calendario, a partir de la solicitud. En caso de no contar con dichas autorizaciones el Cliente Corporativo será responsable frente a Los Transportistas y frente terceros por cualquier daño o perjuicio que los Transportistas puedan sufrir por la ausencia de dichas autorizaciones. Página 5 de 5

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