Reglamento de la Revista Médica de los Postgrados de Medicina
|
|
- María Soledad Gallego Nieto
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 Revista Médica de los PostGrados de Medicina UNAH Vol. 11 Nº 1 Enero - Abril Reglamento de la Revista Médica de los Postgrados de Medicina CAPITULO I OBJETIVOS Articulo 1. La Revista Medica de los Postgrados de Medicina de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras(UNAH) es el órgano oficial de divulgación científica de los Postgrados de Medicina de la UNAH. CAPITULO II DEL CONSEJO EDITORIAL Artículo 2. La Revista Médica de los Postgrados de Medicina de la UNAH será dirigida por un consejo Editorial integrado por un Director (a),un secretario(a) y 8 redactores. Todos ellos serán médicos especialistas que laboran en las instituciones donde los Postgrados se realizan, o docentes de la Facultad de Ciencias Medicas de la UNAH o médicos que laboran en la Secretaria de Salud (SS). Articulo 3. El Coordinador General de los Postgrados de Medicina nombrará al Director de la Revista Medica de los Postgrados de Medicina de una tema propuesta por el Comité Técnico de los Postgrados de Medicina, considerando su experiencia, ética y capacidad profesional. El resto de los miembros del consejo Editorial será nombrado por el Coordinador General de los Postgrados de Medicina a propuesta del Director de la Revista, Considerando para su nombramiento su experiencia en el campo de la publicación médica y su compromiso con el desarrollo de los Postgrados de medicina, especialmente en el campo de la investigación. Articulo 4. El consejo Editorial durara 2 años en sus funciones y sus miembros podrán ser reelectos. Articulo 5. El Consejo Editorial celebrara sesiones ordinarias cada mes y extraordinarias cuando sean convocadas por el Director. Articulo 6. Son funciones del Director de la Revista. a. Convocar y presidir las sesiones del Consejo Editorial. b. Distribuir entre los miembros del consejo editorial los trabajos recibidos para publicación con el objeto que sean revisados y preparados para la misma. c. Seleccionar la imprenta donde se editará la Revista basándose en la mejor oferta económica, responsabilidad y capacidad técnica. d. Supervisar la impresión de la Revista. e. Gestionar ante el Administrador(a) de los Postgrados los pagos de los gastos que ocasione la Revista. f. Presentar un informe anual al Coordinador General de los Postgrados de Medicina de la UNAH. g. Vigilar por la adecuada distribución de la Revista. h. Mantener actualizada la publicación en forma impresa y en linea (Internet) y en otras formas tecnológicas que en un futuro se desarrollen. i. Representar a la Revista en los eventos institucionales que lo requiera. Artículo 7. Son funciones del Secretario de la Revista Médica de los Postgrados de Medicina las siguientes: a. Asistir a las sesiones del Consejo. b. Recibir la correspondencia y dar respuesta basada en lo acordado en el Consejo Editorial. c. Levantar acta de cada sesión del Consejo. d. Contribuir a la recolección y al resguardo del material a publicarse e. Llevar im registro de todo el material enviado a la imprenta f. Enviar el material a la biblioteca virtual en salud para la publicación en línea,
2 78 Revista Médica de los Post Grados de Medicina UNAH Vol. 11 Nº 1 Enero - Abril 2008 g. Otras que le asigne el Consejo Editorial. Artículo 8: Son funciones de los Redactores del Consejo Editorial de la Revista Medica de los Postgrados de Medicina las siguientes: a. Asistir a las sesiones del Consejo Editorial. b. Revisar los trabajos que le sean remitidos por el Director, cumpliendo a cabalidad con los tiempos estipulados para este fin con el propósito de no entorpecer la publicación de la Revista. c. En el caso de que un trabajo, deba ser sujeto a correcciones para su publicación, estas deben ser anexadas al trabajo especificando en forma detallada las correcciones. d. Colaborar con el Director en la corrección de las pruebas de imprenta. Otras que le asigne el Consejo Editorial de la Revista. Articulo 9. Ante la renuncia o ausencia prolongada de cualquier miembro del Consejo Editorial. Se procederá así: Si es el Director de la Revista lo nombrará el Coordinador General de los Postgrados de medicina de una tema propuesta por el Comité Técnico. Si fuese un Redactor lo nombrara el Coordinador General de los Postgrados de Medicina a propuesta del Director de la Revista. CAPITULO III DE LA ADMINISTRACIÓN Articulo 10. La administración de la Revista estará a cargo del Coordinador General de los Postgrados de Medicina a través del administrador de los Postgrados de Medicina, quien periódicamente deberá informar al Coordinador General de los Postgrados de Medicina y al Director de la Revista la situación financiera de la misma. Artículo 11. El administrador de la Revista tendrá las siguientes funciones: a. Gestionar y celebrar contratos de anuncios comerciales y recaudar el pago de los mismos de acuerdo con las tarifas establecidas por los miembros del Consejo Editorial. b. Dar trámite y seguimiento a la solicitud de transferencia de fondos asignados por la UN AH, para apoyo económico a la Revista. c. Asignar un fondo exclusivo para la Revista de las ganancias obtenidas de la celebración anual del Congreso de los Postgrados de Medicina de Honduras, hasta un máximo de un 40% y dependiendo de las necesidades de la misma. d. Remitir a la secretaría de la Revista con 30 días de anticipación, el tiraje de cada numero y si los hubiera la lista de anuncios que deberán, aparecer. en la siguiente edición con sus respectivos clichés. e. Rendir un informe económico de la Revista cada 3 meses, al Coordinador General de los Postgrados de Medicina y al Consejo Editorial. f. En el caso de que la Revista generara ingresos por venta de anuncios, estos serán depositados en Cuenta Bancaria, estos fondos más los provenientes de la asignación de la UNAH y parte de los fondos de la celebración del Congreso anual de los Postgrados de Medicina formaran parte del capital de la revista que garantizará su publicación ininterrumpida. El administrador de la Revista velará por mantener estos fondos y se asegurará que sean utilizados primordialmente para la publicación de la revista. En el caso de un excedente el Coordinador de los Postgrados de Medicina los podrá asignar para que sean empleados en las áreas de investigación, desarrollo docente o vinculación. CAPITULO IV DEL CONTENIDO DE LA REVISTA. Articulo 12. El primer numero de cada año, tendrá un suplemento en línea. En este suplemento deberán aparecer todos los abstractos de los trabajos de investigación presentados en el Congreso de los Postgrados del año anterior.
3 Reglamento de la Revista Médica de los Postgrados de Medicina 79 Artículo 13. La Reviste medica de los postgrados de medicina al ser el órgano de divulgación científica de los Postgrados de Medicina, divulgara los mejores trabajos de investigación producidos por los estudiantes de los Postgrados de Medicina y de los docentes. Artículo 14. Los trabajos de investigación realizados por los estudiantes de los Postgrados de Medicina y presentados en el Congreso anual de los Postgrados de Medicina son propiedad de la Revista Médica de los Postgrados de Medicina para tal fin los autores de estos trabajos deberán ceder sus derechos de autor a la Revista. Artículo 15. en cada numero aparecerán las siguientes secciones, a. El editorial de la revista, que podrá ser la opinión de: a.1 El director de la Revista a.2 De uno de los miembros del comité editorial, a.3 Del coordinador general de los Postgrados de Medicina. a.4 Docente de los Postgrados de Medicina. a.5 Residentes de los Postgrados de Medicina. b. La integración del Consejo Editorial. c. el contenido científico que podrá estar formado por artículos originales, casos clínicos, revisiones bibliográficas, artículos de opinión, estadísticas nacionales en salud y temas relacionados con los avances científicos y tecnológicos en el campo de la medicina. d. Anuncios. e. Reglamento de publicaciones. CAPITULO V DE LAS PUBLICACIONES Articulo 16. En la Revista Médica de los Postgrados de Medicina se publicaran trabajos científicos originales e inéditos escritos en idioma español y realizados principalmente por los estudiantes y docentes de los Postgrados de Medicina y aprobados para su publicación por el Consejo Editorial. A criterio del Consejo editorial se podrán reproducir artículos médicos de autores nacionales o extranjeros, siempre que sean de interés general, cumplan con los requisitos de publicación y que informen sobre avances científicos y tecnológicos. Articulo 17. Los trabajos de investigación realizados por los residentes de los Postgrados de Medicina una vez presentados estos en el Congreso Anual de los Postgrados de Medicina, deberán ser remitidos por el Coordinador de Investigación de los Postgrados de Medicina, a la secretaría del Consejo Editorial de la Revista. Articulo 18. El Director de la Revista comisionará a uno de los miembros del Consejo Editorial para que efectué la evaluación del trabajo remitido seleccionando a aquella persona que de acuerdo con su entrenamiento este más capacitada para dictaminar sobre el tema. Articulo 19. El Consejo Editorial podrá seleccionar a otros revisores que no sean miembros de este consejo editorial y que sean expertos en determinadas áreas de la medicina, para que realicen una evaluación en pares de aquellos artículos que a su criterio requieren un análisis de su contenido técnico y científico. Esta revisión se designara como revisión por pares. Articulo 20. Para evitar conflicto de intereses en la revisión por pares, el consejo editorial debe evitar seleccionar un revisor en par externo, con obvio conflicto de intereses. Articulo 21. Los artículos médicos remitidos y publicados en la revista,cuando el caso lo amerita, deben ser acompañados de una declaratoria de no tener conflicto de intereses. Esto se refiere al hecho de que el autor, el revisor o el editor no tienen una relación financiera o personal que influya en forma inapropiada en sus juicios o acciones. Articulo 22. E n el caso que el autor de una publicación haya tenido apoyo financiero,
4 80 Revista Médica de los Post Grados de Medicina UNAH Vol. 11 Nº 1 Enero - Abril 2008 debe hacerlo manifiesto, identificando los individuos o instituciones que apoyaron o dieron soporte al proyecto de investigación y /o al escrito medico. Articulo 23. Todos los escritos médicos remitidos para publicación a la revista deberán cumplir con los Requisitos Uniformes para Manuscritos remitidos a Revistas Medicas, un resumen de estos requisitos deberá ser publicado en la contraportada de cada numero de la Revista. Cada vez que los requisitos uniformes internacionales sufran una modificación los mismos deberán ser publicados por la Revista, y las respectivas modificaciones deberán ser adoptadas por el Consejo Editorial. Articulo 24. El Consejo Editorial se reserva el derecho de revisar y proponer las modificaciones al escrito medico cuando lo estime oportuno y rechazar aquellos que no cumplan con los requisitos uniformes de publicación. Articulo 25. Los gastos que se incurran por impresión a color deberán ser absorbidos por él o los autores del trabajo. Articulo 26. Los Trabajos remitidos a la Revista deberán seguir las normas que regulan las publicaciones científicas internacionales y las que deberán ser publicadas en la pagina interna de la contraportada de la Revista Medica de los Postgrados de Medicina Articulo 27. La Revista Medica de los Postgrados de Medicina, se publícala también a través de una edición en línea que aparece en la pagina Web de la Biblioteca Virtual en Salud. CAPITULO VI DE LOS ANUNCIOS Articulo 28. Los anuncios serán gestionados y contratados por el administrador de la revista según articulo 11 inciso a. Articulo 29. Todo cambio o cancelación de un anuncio deberá ser notificado por la empresa o institución anunciante a más tardar 30 días después de la publicación, caso contrario el anuncio continuara apareciendo de la misma forma. Articulo 30. Los anuncios que podrán ser publicitados en la revista solo podrán ser de productos relacionados con la medicina, o de instituciones que promueven la salud y/ o presten servicios de salud y de eventos de educación médica continua, siempre y cuando cumplan con los principios de bioética. Articulo 31. El costo de los anuncios será establecido por el Consejo Editorial de acuerdo con el administrador de la Revista. CAPITULO VII DE LA IMPRESIÓN Articulo 32. La Revista Medica de los Postgrados de Medicina se ajustara a los siguientes criterios de impresión a. Tamaño longitudinal 28 cms por 21 cms de transversal. b. Cubierta de color c. La portada llevara impresa: 1. Titulo de la Revista: Revista Medica de los Postgrados de Medicina 2. Universidad Nacional Autónoma de Honduras 3. el volumen 4. el número 5. meses del año (periodo que comprende la publicación) 6. año 7. número de páginas 8. ISSN Sumario 10. Nombre del editorial 11. Enunciado general de los artículos publicados, haciendo mención de la especialidad a la que pertenecen. d. En el dorso de la revista: 1. El nombre abreviado: Rev. Med Post UNAH 2. El volumen 3. El número
5 Reglamento de la Revista Médica de los Postgrados de Medicina Meses del año (Periodo del año que comprende la publicación) 5. El año 6. Número de páginas e. La primera página de la Revista llevará impreso. 1. El titulo de la Revista: Revista Médica de los Postgrados de Medicina 2. El enunciado: Publicación científica de los Postgrados de Medicina. Fundada en El logotipo de los Postgrados de Medicina 4. El nombre de los socios fundadores. 5. El nombre de los miembros del comité editorial 6. Volumen 7. Número 8. Meses del año (periodo del año que comprende la publicación) 9. Año 10. Dirección Postal y electrónica de la revista. f. En la página subsiguiente a aparecerá la tabla de contenido con el nombre de los artículo y el nombre de los autores anotándose el nombre y apellidos de los autores y el primer numero de la pagina en la aparece el articulo. CAPITULO VIII DE LA DISTRIBUCIÓN Articulo 33. La Revista Médica de los Postgrados de Medicina tiene distribución gratuita y será distribuida así: a. A todos los jefes de Departamento y Coordinadores de los Postgrados de de Medicina b. Estudiantes de los Postgrados de Medicina c. Estudiantes de Pregrado de la facultad de ciencias medicas de la UNAH y de otras facultades de medicina de otras universidades nacionales, d. 5 ejemplares para la Biblioteca Médica Nacional e. 5 Ejemplares para la Biblioteca General de la UNAH f. 2 Ejemplares para la Dirección de los Postgrados de la UNAH g. 2 Ejemplares para la Dirección Científica de la UNAH h. 2 ejemplares para la biblioteca del IHSS i. 2 ejemplares para la Unidad de Investigación Científica de la Facultad de Ciencias Medicas j. 2 ejemplares para la Biblioteca del Colegio Medico. k. 2 Ejemplares para la biblioteca de la Organización Panamericana de salud en Honduras. l. 20 ejemplares a la Secretaria de salud para su distribución en los hospitales regionales. m. Un ejemplar para cada uno de los directores de cada uno de los hospitales donde los Postgrados se desarrollan n. El numero de ejemplares que la Coordinación General de los Postgrados de Medicina determine para otras instituciones o personas determinadas. CAPITULO IX PERIODICIDAD Articulo 34. La Revista Medica de los Postgrados de Medicina se publicara cada 4 meses, para hacer un total de 3 números al año, Los números de cada año formara un volumen. CAPITULO X REPRODUCCIÓN DE ARTÍCULOS Articulo 35. La reproducción de artículos originales de la Revista Medica de los Postgrados de Medicina en otras publicaciones científicas será permitido siempre y cuando en la misma se haga constar la fuente de origen del articulo reproducido. CAPITULO XI DISPOSICIÓN GENERALES Articulo 36. Lo no previsto en el presente reglamento será resuelto por el Consejo
6 82 Revista Médica de los Post Grados de Medicina UNAH Vol. 11 Nº 1 Enero - Abril 2008 editorial de la revista con la aprobación general del Coordinador General de los Postgrados de Medicina. Articulo 37. El presente Reglamento entrara en vigencia a partir de su aprobación por el comité Técnico de los estudios de Postgrado de Medicina. Aprobado por el Comité Técnico de los Postgrados de Medicina en sesión celebrada el 27 de mayo de 2008, Tegucigalpa, Honduras
Reglamento de la Revista Médica Hondureña
Reglamento de la Revista Médica Hondureña I. OBJETIVO Art. 1. La "Revista Médica Hondureña" es el órgano oficial de publicidad del "Colegio Médico de Honduras". II. DEL CONSEJO EDITORIAL Art. 2. La Revista
Más detallesEscuela de Análisis Input- Output (ESAIO)
Escuela de Análisis Input- Output (ESAIO) 1 Índice I. OBJETIVOS DE LA ESCUELA... 3 II. ACTIVIDADES DE LA ESCUELA... 3 III. CERTIFICADOS ACREDITATIVOS... 3 Certificado de Estudios en Análisis Input- Output...
Más detallesSociedad Española de Cirugía Ortopédica y Traumatología, SECOT REGLAMENTO DE PROYECTOS CIENT FICOS E INVESTIGACIŁN SECOT 2016
Sociedad Española de Cirugía Ortopédica y Traumatología, SECOT REGLAMENTO DE PROYECTOS CIENT FICOS E INVESTIGACIŁN SECOT 2016 REGLAMENTO DE PROYECTOS CIENTÍFICOS E INVESTIGACIÓN Preámbulo: Tal y como se
Más detallesREGLAMENTO DE PUBLICACIONES
REGLAMENTO DE PUBLICACIONES UNIVERSIDAD SERGIO ARBOLEDA ORIGEN DE LAS PUBLICACIONES Las publicaciones pueden provenir de las siguientes fuentes: Producción intelectual de los docentes e investigadores
Más detallesXVI REUNIÓN DE CONSULTA DE LA COMISIÓN DE HISTORIA PROYECTO DE REGLAMENTO. CAPÍTULO I Naturaleza de la Reunión
XVI REUNIÓN DE CONSULTA DE LA COMISIÓN DE HISTORIA PROYECTO DE REGLAMENTO CAPÍTULO I Naturaleza de la Reunión Artículo 1. La Reunión de Consulta sobre Historia tiene entre otros fines elegir las Autoridades
Más detallesREGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM
REGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- Art. 2.- Art. 3.- El Decano de la Facultad, el Secretario Académico y
Más detallesNORMAS PARA LA PUBLICACIÓN DE NÚMEROS MONOGRÁFICOS EN INFORMES DE LA CONSTRUCCIÓN
NORMAS PARA LA PUBLICACIÓN DE NÚMEROS MONOGRÁFICOS EN INFORMES DE LA CONSTRUCCIÓN 1. ANTECEDENTES Ante la creciente demanda de publicación de números especiales de la Revista Informes de la Construcción
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ
ANEXO Aprobado por Resolución del C.S.U. N 107/2015, según Acta N 29/2015, de fecha 17 de noviembre de 2.015 UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ REGLAMENTO GENERAL DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL
Más detallesREGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD
REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del COMITÉ DE SOLIDARIDAD. TÍTULO I GENERALIDADES ARTÍCULO
Más detallesPROGRAMA SEMESTRAL DE RESIDENCIAS PROFESIONALES AGOSTO DICIEMBRE 2016
El Instituto Tecnológico de Querétaro, buscando fortalecer la vinculación entre la Educación Superior y los Sectores productivos de bienes y servicios C O N V O C A A todos los alumnos de nivel Licenciatura
Más detallesCENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA BECAS DEL CIESAS
CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA BECAS DEL CIESAS CONSIDERANDO: - Que el CIESAS es un organismo público descentralizado, con personalidad
Más detallesCentro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno
Centro de Enseñanza para Extranjeros Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1. La biblioteca "Simón Bolívar" del Centro de Enseñanza para Extranjeros
Más detallesPROCEDIMIENTO DE GESTION DE BANCOS
GESTION DE BANCOS Revisión Fecha Modificaciones Código: XXX Edición 1 Página 3 de 6 INDICE 1. Objeto general 2. Alcance 3. Procedimientos generales Código: Edición 1 Página 4 de 6 1. Objetivo general Establecer
Más detallesREGLAMENTO DE SALIDAS DE TRABAJO FUERA DE LA ESCUELA DE BIOLOGÍA
REGLAMENTO DE SALIDAS DE TRABAJO FUERA DE LA ESCUELA DE BIOLOGÍA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ART. 1. - El presente reglamento será de observancia general para la comunidad de la Escuela de Biología
Más detallesDEPARTAMENTO ACADÉMICO DE VETERINARIA Y ZOOTECNIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF)
FACULTAD DE VETERINARIA Y DEPARTAMENTO Versión: 01 /22.11. 2012 Página : Página 1 de 9 DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE VETERINARIA Y FUNCIONES (MOF) Av. Honorio Delgado 430 Urb. Ingeniería San Martin de Porres
Más detallesCONVOCATORIA PRESENTACIÓN DE TRABAJOS CIENTÍFICOS. CONGRESO CHILENO DE RADIOLOGIA 2015 y XVIII CONGRESO LATINOAMERICANO DE RADIOLOGICA PEDIATRICA
CONVOCATORIA PRESENTACIÓN DE TRABAJOS CIENTÍFICOS CONGRESO CHILENO DE RADIOLOGIA 2015 y XVIII CONGRESO LATINOAMERICANO DE RADIOLOGICA PEDIATRICA La Sociedad Chilena de Radiología invita a participar en
Más detallesDIRECCIÓN GENERAL DE CASAS DE LA CULTURA JURÍDICA
DIRECCIÓN GENERAL DE CASAS DE LA CULTURA JURÍDICA OBJETIVO METAS PÁG. 1 OBJETIVO Promover la cultura jurídica y jurisdiccional en el País al realizar investigaciones jurídicas, incorporar crónicas y reseñas
Más detallesUNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO
CACAD-REGL.-05 UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO REGLAMENTO DE REVALIDA DE TITULO Y RECONOCIMIENTO DE LA AUTORIDAD ACADEMICA DE UNA UNIVERSIDAD EXTRANJERA PARA EXPEDIR UN TITULO EN PARTICULAR
Más detallesNORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL PROYECTO GUIASALUD
1 PROYECTO GUIASALUD NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL PROYECTO GUIASALUD I. Introducción II. Consejo Ejecutivo III. Comité Científico IV. Comunidades Autónomas V. Unidad de Gestión I. Introducción El Proyecto
Más detallesGestión de una revista científica (I): Equipo editorial. Jorge Polanco-Cortés
Gestión de una revista científica (I): Equipo editorial Jorge Polanco-Cortés 2014 Personas involucradas en la gestión de una revista Director Editor Filólogo Diagramador Editores asociados (*) Encargado
Más detallesINSTITUTO NACIONAL DE SALUD MENTAL HONORIO DELGADO HIDEYO NOGUCHI REGLAMENTO DEL COMITÉ FARMACOTERAPEUTICO
INSTITUTO NACIONAL DE SALUD MENTAL HONORIO DELGADO HIDEYO NOGUCHI REGLAMENTO DEL COMITÉ FARMACOTERAPEUTICO 2014 REGLAMENTO DEL COMITÉ FARMACOTERAPEUTICO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD MENTAL HONORIO DELGADO
Más detallesANEXO No. 1 REGLAMENTO OPERATIVO JÓVENES INVESTIGADORES E INNOVADORES ALIANZA SENA Bogotá, D. C., 2016
ANEXO No. 1 REGLAMENTO OPERATIVO JÓVENES INVESTIGADORES E INNOVADORES ALIANZA SENA 2016 Bogotá, D. C., 2016 Página 1 de 6 Introducción Este documento contiene el Reglamento Operativo que rige la Convocatoria
Más detallesUniversidad Nacional Autónoma de México Facultad de Medicina. División de Estudios de Posgrado
Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Medicina División de Estudios de Posgrado Lineamientos Operativos de los Cursos de Posgrado de Alta Especialidad en Medicina Este documento obedece a
Más detallesManual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA
Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Octubre 2012 Contenido Pág. 1. Capítulo I. 3 Disposiciones Generales...3 2. Capítulo II....4 Funciones
Más detallesLEY DEL BOLETÍN OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
LEY DEL BOLETÍN OFICIAL DEL GOBIERNO Ley publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 30 de Septiembre de 2009 TEXTO VIGENTE Al margen un sello con el Escudo del Estado
Más detallesFacultad de Filosofía y Letras Instituto de Investigaciones Estéticas
LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE ESPECIALIZACIÓN, MAESTRÍA Y DOCTORADO EN HISTORIA DEL ARTE C O N V O C A A los interesados en cursar la Especialización en Historia del
Más detallesUNIDAD DE SERVICIOS FONDO EDITORIAL UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ORIENTE UCO DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ORIENTE
1 UNIDAD DE SERVICIOS FONDO EDITORIAL UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ORIENTE UCO DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ORIENTE ESTRUCTURA ORGÁNICA 2013 2 ESTRUCTURA ORGÁNICA EDITOR UCO
Más detallesCapítulo XIX Administración del Tratado
Capítulo XIX Administración del Tratado Artículo 19.1: Comisión Administradora 1. Las Partes establecen la Comisión Administradora, integrada por los funcionarios de cada Parte a nivel ministerial a que
Más detallesNormas de funcionamiento del programa de post-grado Maestria en Inmunologia. De las definiciones, de los objetivos y de los requisitos.
Normas de funcionamiento del programa de post-grado Maestria en Inmunologia CAPITULO I De las definiciones, de los objetivos y de los requisitos. ARTICULO 1.- El Curso de Maestría en Inmunología es un
Más detallesUNIVERSIDAD DE CÓRDOBA
1 de 7 ÍNDICE 1. OBJETIVO 2 2. ALCANCE 2 3. DEFINICIONES 2 4. CONTENIDO 3 4.1. POLITICAS DE OPERACIÓN 3 4.2. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 3 5. FLUJOGRAMA 5 6. DOCUMENTO DE REFERENCIA 7 7. REGISTROS 7
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P. Artículo 1.- Objeto del Comité de Compensaciones El Comité de Compensaciones de la Junta Directiva (en adelante
Más detallesComisiones de Titulación CURSO ACADÉMICO 2016 / 2017 ÁREA POSTGRADO CAMPUS MADRID
Comisiones de Titulación CURSO ACADÉMICO 2016 / 2017 ÁREA POSTGRADO CAMPUS MADRID ÍNDICE POLÍTICA DE COMISIONES DE TITULACIÓN... 3 COMISIÓN DE TITULACIÓN... 7 CAMPUS POZUELO DE ALARCÓN (MADRID)... 7 Master
Más detallesLa Junta Directiva del Fondo de Empleados Fondexo, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas en los Estatutos y, CONSIDERANDO
FONDO DE EMPLEADOS DE SODEXO FONDEXO ACUERDO No. 001 REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS PARA LAS ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS Y/O EXTRAORDINARIAS DEL FONDO DE EMPLEADOS DE SODEXO FONDEXO La Junta Directiva
Más detallesREGLAMENTO DE LAS REUNIONES DE CONSULTA DE LAS COMISIONES
REGLAMENTO DE LAS REUNIONES DE CONSULTA DE LAS COMISIONES APROBADO POR LAS REUNIONES DE CONSULTA Quito, Ecuador, 2009 El reglamento aquí impreso fue aprobado de manera independiente por cada Comisión del
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012
REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 Universidad Marista de San Luis Potosí 1 TITULO I CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el
Más detallesEL 18 CONGRESO NACIONAL DE INGENIEROS INDUSTRIALES SIMLOG
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE MÉRIDA Institute of Industrial & Systems Engineers IISE 783 Mérida CONVOCA AL XIX CONGRESO NACIONAL DE INGENIEROS INDUSTRIALES SIMLOG 2016 A celebrarse del 25 al 27 de octubre
Más detallesXV CONGRESO NACIONAL DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MEDICINA DEL DEPORTE
XV CONGRESO NACIONAL DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MEDICINA DEL DEPORTE A Coruña Centro Ágora 26 al 29 de noviembre de 2014 COMUNICACIONES CIENTÍFICAS REMISION DE COMUNICACIONES CIENTIFICAS El Comité Científico
Más detallesCapítulo I Disposiciones generales
Acuerdo Cobay 01/2016 por el que se designa a la Unidad de Transparencia y se regula el Comité de Transparencia del Colegio de Bachilleres del Estado de Yucatán La Junta de Gobierno del Colegio de Bachilleres
Más detallesREGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE Artículo 1º.- El Departamento Académico de Arte es la unidad de trabajo académico de la Pontificia Universidad
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ DE GESTION Y MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS HOSPITALARIOS DEL HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO LOAYZA 2015
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE GESTION Y MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS HOSPITALARIOS DEL HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO LOAYZA 2015 HNAL 2015 1 Í N D I C E TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I. CAPÍTULO II. CAPÍTULO
Más detallesCAPITULO V DE LA GESTIÓN DEL CONCURSO ECUATORIANO DE PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN A INVESTIGADORES MIEMBROS DE LA RED AVANZADA CECIRA.
CAPITULO V DE LA GESTIÓN DEL CONCURSO ECUATORIANO DE PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN A INVESTIGADORES MIEMBROS DE LA RED AVANZADA CECIRA Sección I DEL ÁMBITO Artículo 41. El presente reglamento tiene por objetivo
Más detallesDESCRIPCIÓN DEL PUESTO IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO
Jefe del Departamento de Documentación y Biblioteca DESCRIPCIÓN DEL PUESTO IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO DENOMINACIÓN DEL PUESTO: CATEGORÍA: UBICACIÓN: PUESTO DE JEFE INMEDIATO: Jefe del Departamento de Documentación
Más detallesCRÉDITO FAMILIAR S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT.
MANDATO DEL COMITÉ DE RIESGOS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, S.A. DE C.V. (el Grupo) SCOTIABANK INVERLAT, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK
Más detallesCOOPERATIVA DE SERVICIOS EDUCACIONALES ABRAHAM LINCOLN LTDA COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN COMITÉ DE ADMISION Y BECAS
COOPERATIVA DE SERVICIOS EDUCACIONALES ABRAHAM LINCOLN LTDA COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN COMITÉ DE ADMISION Y BECAS REGLAMENTO INTERNO CAPITULO I GENERALIDADES Art. 1.- El Comité de Admisión
Más detallesREGLAMENTO INTERNO COMISIÓN INTERSECTORIAL DE COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO
REGLAMENTO INTERNO COMISIÓN INTERSECTORIAL DE COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO ALTA CONSEJERIA PRESIDENCIAL PARA LA EQUIDAD DE LA MUJER El presente
Más detallesNORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ CIENTÍFICO
1 PROYECTO GUÍASALUD NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ CIENTÍFICO Introducción Artículo I - Finalidad Artículo II - Composición Artículo III - Criterios de elección de sus miembros Artículo IV - Coordinación
Más detallesPolíticas Internas de los Cursos Mooc para Estudiantes
Políticas Internas de los Cursos Mooc para Estudiantes Políticas Políticas Internas de los Cursos Cursos Virtuales Mooc para Estudiantes Desarrollo y Aprobación del curso De acuerdo a la extensión o complejidad
Más detallesREGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DEL DOCTORADO DE LA FACULTAD DE MEDICINA 1 CAPÍTULO I OBJETO
REGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DEL DOCTORADO DE LA FACULTAD DE MEDICINA 1 CAPÍTULO I OBJETO Artículo 1º.- La División del Doctorado de la Escuela Nacional de Medicina tiene por fines principales los siguientes:
Más detallesREGLAMENTO SOBRE LA PRESENTACIÓN DE TRABAJOS LIBRES Y EL CONCURSO A PREMIOS EN LOS CONGRESOS NACIONALES DE LA SOCIEDAD VENEZOLANA DE ENDOCRINOLOGÍA Y
REGLAMENTO SOBRE LA PRESENTACIÓN DE TRABAJOS LIBRES Y EL CONCURSO A PREMIOS EN LOS CONGRESOS NACIONALES DE LA SOCIEDAD VENEZOLANA DE ENDOCRINOLOGÍA Y METABOLISMO 1 DE LOS REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN
Más detallesReglamento Interno de la Comisión de Comercio del Mercosur
MERCOSUR/GMC/Res. 61/96 Reglamento Interno de la Comisión de Comercio del Mercosur VISTO, el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto; la Directiva CCM 1/94 que adoptó el Reglamento Interno de la
Más detallesRESOLUCION Nº 78/05 REGLAMENTO DE TESIS PARA ALUMNOS DE LA LICENCIATURA EN TURISMO
RESOLUCION Nº 78/05 REGLAMENTO DE TESIS PARA ALUMNOS DE LA LICENCIATURA EN TURISMO VISTO que por Resolución nº 301/04 de este Consejo Académico, se procedió a aprobar el Reglamento de Tesis para los alumnos
Más detallesCREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS A. REGLAMENTO TITULO I
138 CREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS Decreto Universitario N 0018662 de 21 de noviembre de 2000 1. Apruébase la creación del
Más detallesINSTRUCTIVO PARA LA PRESENTACIÓN DE TRABAJOS ORIGINALES
INSTRUCTIVO PARA LA PRESENTACIÓN DE TRABAJOS ORIGINALES Los trabajos no deben haber sido publicados y describirán investigaciones originales. No se aceptarán como trabajos casos únicos. Importante: Recuerde
Más detallesJUNTA DIRECTIVA FONDO DE EMPLEADOS DE INGEOMINAS "FEINGE" REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL. ACUERDO No.035
JUNTA DIRECTIVA FONDO DE EMPLEADOS DE INGEOMINAS "FEINGE" REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL ACUERDO No.035 Por medio del cual se adopta el reglamento interno del COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL del
Más detallesUNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas
El Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15, numeral 7 de la Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, dicta
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE INFORMACION DE MEDICAMENTOS (CIMED)
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE INFORMACION DE MEDICAMENTOS (CIMED) Facultad de Ciencias de la Alimentación, Bioquímicas y Farmacéuticas Universidad Católica de Cuyo 1 INDICE CAPÍTULO I: GENERALIDADES...
Más detallesFunción de los Editores Científicos
Función de los Editores Científicos Seminario: Publicaciones Científicas Ing. Fernando Ardito Jefe de Publicaciones Científicas de la Universidad Peruana Cayetano Heredia Miembro de la Asociación Peruana
Más detalles3º Jornadas de Ciencia Política del Litoral 19 y 20 de mayo del 2016
3º Jornadas de Ciencia Política del Litoral 19 y 20 de mayo del 2016 Universidad Nacional del Litoral Facultad de Humanidades y Ciencias, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (UNL) Santa Fe, Argentina
Más detallesCONVOCATORIA CONSEJO DIRECTIVO CENTRO DE ESTUDIOS DE INGENIERÍA QUÍMICA.
CONVOCATORIA CONSEJO DIRECTIVO CENTRO DE ESTUDIOS DE INGENIERÍA QUÍMICA. En el presente documento se describen las funciones de cada uno de los cargos disponibles en la junta directiva. Además de la descripción
Más detallesQue instituye y regula la carrera de Registros y Estadísticas de Salud
No 26314-A Gaceta Oficial Digital, martes 30 de junio de 2009 1 LEY 41 De 30 de junio de 2009 Que instituye y regula la carrera de Registros y Estadísticas de Salud LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: Artículo
Más detallesNormas y Procedimientos de la Olimpiada Iberoamericana de Matemática Universitaria
Normas y Procedimientos de la Olimpiada Iberoamericana de Matemática Universitaria 1.1 Generales 1. Los objetivos de la Olimpiada Iberoamericana de Matemática Universitaria incluyen: a) Identificar y proponer
Más detallesPROCESO: INVESTIGACIÓN SUBPROCESO: GESTIÓN DE ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN
1. Nombre de la Revista: ENUNCIACION El Plan de Acción Editorial que se desarrollará durante el periodo comprendido entre Enero a Diciembre del 2013, pretende consolidar la publicación de las revistas
Más detallesMANUAL DEL SGC CAPÍTULO 3: Estructura del Centro para el desarrollo del Sistema de Garantía de la Calidad
INDICE 3.1. OBJETO 3.2. ÁMBITO DE APLICACIÓN 3.3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3.4. DESARROLLO 3.4.1. Equipo de Dirección 3.4.2. Coordinador de 3.4.3. Comisión de Garantía de la del Centro 3.4.4. Grupos
Más detallesGobierno del Estado de Morelos
Gobierno del Estado de Morelos Consejería Jurídica REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ESTATAL DE DOCUMENTACIÓN DE MORELOS. Fecha de Aprobación 2011/09/26 Fecha de Publicación 2011/10/05 Vigencia 2011/10/06
Más detallesCoordinación de Estudios de Posgrado Reglamento de Titulación REGLAMENTO DE TITULACIÓN
REGLAMENTO DE TITULACIÓN 1 CONTENIDO I. DISPOSICIONES GENERALES 3 II. DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN PARA TITULACIÓN. 3 III. DE LOS TRÁMITES 4 A) REGISTRO DEL TEMA DE TESIS 4 B. SEGUIMIENTO DE TESIS. 4 C.
Más detallesCONVOCATORIA A CONCURSO DE OPOSICIÓN ABIERTO CIESAS - SURESTE
CONVOCATORIA A CONCURSO DE OPOSICIÓN ABIERTO CIESAS - SURESTE El Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 10, 23 y
Más detallesReglamento a la Ley de Defensa del Idioma Español y Lenguas Aborígenes Costarricenses
Reglamento a la Ley de Defensa del Idioma Español y Lenguas Aborígenes Costarricenses Nº 35228-C EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD Con fundamento en los artículos 76 y 140,
Más detallesESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS ESCOLARES EN CONTEXTO
FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES Sede Argentina Ayacucho 551 (1026) Buenos Aires Tel.: 5238-9300 Fax: 4375-1373 flacso@flacso.org.ar www.flacso.org.ar ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS
Más detallesFecha de publicación: Marzo 19 de 2015
AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE LOS TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES Y MODIFICACIÓN DE REQUISITOS, ESTABLECIDOS EN LA CONVOCATORIA DEL CONTINGENTE DE IMPORTACION DE ARROZ ORIGINARIO DE LA REPUBLICA
Más detallesCOMISIÓN DE HISTORIAS CLÍNICAS
1. DEFINICIÓN REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO La comisión de Historias Clínicas se crea de acuerdo con el Real Decreto 521/1987 de 15 de Abril por el que se aprueba el Reglamento sobre Estructura, Organización
Más detallesANEXO I REGLAMENTO DE COORDINACIONES DE CARRERAS
RESOLUCION C.D. Nº 071/08 ANEXO I REGLAMENTO DE COORDINACIONES DE CARRERAS DEL SISTEMA ARTÍCULO 1 : La Facultad de Ciencias Forestales crea las COORDINACIONES DE CARRERAS, para el seguimiento y actualización
Más detallesANTECEDENTE. El Consejo Consultivo de Ciencias y su Secretaría Ejecutiva emiten los siguientes estatutos para el más eficaz cumplimiento de su misión.
ESTATUTOS DEL CONSEJO CONSULTIVO DE CIENCIAS A QUE SE REFIERE EL ACUERDO PRESIDENCIAL PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION DEL 24 DE ENERO DE 1989 ANTECEDENTE El 24 de enero de 1989 se publicó
Más detallesINSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN
INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN Calendario para la implementación de los concursos y procesos de evaluación establecidos en la Ley General del Servicio Profesional Docente Se publica
Más detallesADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
14 de Enero de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBAN Y SE DAN A CONOCER LAS FORMAS OFICIALES PARA LA SOLICITUD DE REGISTRO
Más detallesESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR.
ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. TITULO I. DEL NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN DE LA FUNDACION
Más detallesRevista del Instituto Español de Estudios Estratégicos (IEEE) que forma parte del
REVISTA DEL INSTITUTO ESPAÑOL DE ESTUDIOS ESTRATÉGICOS NORMAS PARA LOS AUTORES DE ARTÍCULOS Revista del Instituto Español de Estudios Estratégicos (IEEE) que forma parte del Centro Superior de Estudios
Más detallesPROYECTO. 1. Título del Proyecto: COMPLEMENTACION DEL CONCURSO INTERNO PARA FINANCIAMIENTO DE TESIS DE PREGRADO
PROYECTO I. GENERALIDADES: 1. Título del Proyecto: COMPLEMENTACION DEL CONCURSO INTERNO PARA FINANCIAMIENTO DE TESIS DE PREGRADO - 2016 2. Responsables: Dr. Fernando Merino Moya - VICERRECTOR DE INVESTIGACION
Más detallesCAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO
CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO Sección A- Comisión Administradora del Tratado, Coordinadores del Tratado y Administración de los Procedimientos de Solución de Controversias Artículo 17.1 Comisión
Más detallesREGLAMENTO REBIUN. Que se necesita en cada Universidad un servicio bibliotecario sufragado por la misma, estructurado
REGLAMENTO REBIUN Aprobado por el Pleno de REBIUN mediante votación postal el día 4 de marzo de 2015 Aprobado por la Asamblea General de la CRUE celebrada en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid el
Más detallesFecha Código Versión Páginas. Abril/ 2014 NAP-CGA-CP /9 COMPRAS PÚBLICAS ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS. Actividad Nombre Cargo Fecha Firma
CONFIDENCIAL Y DE USO INTERNO Fecha Código Versión Páginas Abril/ 2014 1.0 1/9 PROCESO: COMPRAS PÚBLICAS PROCEDIMIENTO: ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS Actividad Nombre Cargo Fecha Firma Aprobado por: Revisado
Más detallesCONSEJO QUINTANARROENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
MANUAL PARA CALIFICAR LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA E INNOVACIÓN. Noviembre de 2011 1 INTRODUCCIÓN Con la finalidad de cumplir con lo establecido en la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado
Más detallesInstrumento para determinar la Evaluación Favorable, con base en el artículo 98, Fracciones IV del RIPPPA.
NOMBRE DEL PROFESOR ID UNIDAD ACADÉMICA SEDE/MUNICIPIO DEPARTAMENTO O ACADEMIA FECHA a) La evaluación del cumplimiento de las funciones y actividades académicas, estará dirigida al personal académico con
Más detallesREGLAMENTO NACIONAL DEL REGISTRO DE GRADOS Y TITULOS PROFESIONALES. CAPITULO I DEL TITULO PRELIMINAR
REGLAMENTO NACIONAL DEL REGISTRO DE GRADOS Y TITULOS PROFESIONALES. CAPITULO I DEL TITULO PRELIMINAR Artículo 1º.- DEL OBJETIVO El presente Reglamento norma el procedimiento aplicable para dar cumplimiento
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN SALUD VISUAL Instituto Barraquer de América Escuela Superior de Oftalmología
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN SALUD VISUAL Instituto Barraquer de América Escuela Superior de Oftalmología Av. Calle 100 No. 18A- 51 REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN SALUD VISUAL
Más detalles2. Objetivo: Apoyar a las unidades administrativas del TESE en sus actividades institucionales, mediante la elaboración de materiales impresos.
Página: 1 de 11 1. Nombre: Elaboración de materiales impresos para la difusión de actividades. 2. Objetivo: Apoyar a las unidades administrativas del TESE en sus actividades institucionales, mediante la
Más detallesPROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO DE NOTAS. Mg. Andrés Epifanía Huerta
PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO DE NOTAS Reglamento Académico - Artículo 47.- Cada unidad de aprendizaje tendrá un promedio de notas. Reglamento Académico - Artículo 48: Las ponderaciones de las actividades..
Más detallesBIENESTAR UNIVERSITARIO
GESTIÓN PARA LA LEGALIZACIÓN DE LINEAS DE CRÉDITO DEL Página 1 de 5 1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCEDIMIENTO OBJETIVO: Gestionar la legalización de los otorgados por a los estudiantes de pregrado y posgrado,
Más detallesREGLAMENTO DE LOS COMITÉS DE AULA O GRADO
REGLAMENTO DE LOS COMITÉS DE AULA O GRADO Artículo 1º.- El Comité de aula o de grado es el órgano que representa a los padres de familia de una sección o grado respectivamente, para participar y colaborar
Más detalles-SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS
PÁGINA 2 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., MARTES 26 DE JULIO DE 2016. -SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE SE OTORGA PLAZO PARA CONSULTA PÚBLICA...
Más detallesCERTAMEN PARA PUBLICACIÓN DE OBRAS LITERARIAS 2014 (Nicaragua)
ESCRITORES.ORG - CONVOCATORIAS CONCURSOS LITERARIOS Deseas recibir en tu correo nuestro boletín de noticias? (gratuito) Incluye información sobre premios literarios, cursos, empleo sector editorial, actualidad...
Más detallesPAUTA DE CALIFICACIÓN ACADÉMICA D.U. Nº 1136 de , Arts. 35, 27 a) y 17 b)
UNIVERSIDAD DE CHILE PAUTA DE CALIFICACIÓN ACADÉMICA D.U. Nº 1136 de 13.5.99, Arts. 35, 27 a) y 17 b) PROCESO DE CALIFICACIÓN 2013 (PERÍODO 2011 2012) 1 De acuerdo a la modificación del Artículo 45 del
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS, REMUNERACIONES Y GOBIERNO CORPORATIVO DE BIOMAX BIOCOMBUSTIBLES S.A.
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS, REMUNERACIONES Y GOBIERNO CORPORATIVO DE BIOMAX BIOCOMBUSTIBLES S.A. FEBRERO 2010 1 CONTENIDO ARTÍCULO 1.- Objetivo...3 ARTÍCULO 2.- Composición del Comité...3 ARTÍCULO
Más detallesUNIVERSIDAD ESTATAL PENINSULA DE SANTA ELENA
EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Régimen Académico del Sistema Nacional de Educación Superior en el Art. 18 establece que el crédito es una unidad de tiempo
Más detallesII CONGRESO INTERNACIONAL DE FISIOTERAPIA NORMATIVA PARA COMUNICACIONES
1. Generalidades: 1.1 Se aceptarán dos tipos de Comunicaciones: Oral y Póster. 1.2 El número máximo de autores por comunicación será de cuatro, debiendo estar, al menos, uno de ellos inscrito al Congreso
Más detallesNormativa sobre la lectura de la tesis doctoral y la constitución del tribunal de tesis
Normativa sobre la lectura de la tesis doctoral y la constitución del tribunal de tesis 1 Artículo 37. PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA TESIS 1. Con anterioridad al depósito de la tesis doctoral y para
Más detallesI CONGRESO INTERNACIONAL DE MANEJO Y GESTIÓN DEL RIESGO FINANCIERO
I CONGRESO INTERNACIONAL DE MANEJO Y GESTIÓN DEL RIESGO FINANCIERO La Facultad de Economía y Administración y el Programa de Administración Financiera, acompañados por el Semillero de investigación CHANGE
Más detallesUNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA. FACULTAD DE ODONTOLOGÍA. COMISIÓN DE ESTUDIOS DE POSTGRADO EDUCACIÓN CONTINUA.
UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA. FACULTAD DE ODONTOLOGÍA. COMISIÓN DE ESTUDIOS DE POSTGRADO EDUCACIÓN CONTINUA. NORMAS PARA LA PRESENTACIÓN DE POSTERS CIENTÍFICOS EN LAS I JORNADAS CIENTÍFICAS DE LA PROMOCIÓN
Más detallesFACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS - UNIVERSIDAD NACIONAL DE SANTIAGO DEL ESTERO
Santiago del Estero, 24 de Octubre de 2016 Disposición F.C.M. N º 40/2016 Visto: La Resolución del H.C.S. Nº 245 del año 2014 que crea la Facultad de Ciencias Médicas de la UNSE y la Resolución del H.C.S.
Más detallesUniversidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales
Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Reglamento
Más detalles