SERIE: LA DECLARACIÓN AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE
|
|
- Lorena Inés Medina Muñoz
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 SERIE: LA DECLARACIÓN AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE No.1- Derecho a la Vida Observatorio de Derechos Humanos COMPILACIÓN DE ARTÍCULOS INFORMATIVOS MAYO DE 2014
2 El objeto de la presente serie es analizar los derechos reconocidos en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, adoptada por consenso el 2 de mayo de 1948, con el fin de determinar su impacto, tanto en los instrumentos internacionales del Sistema Interamericano como en la práctica de los Estados Latinoamericanos. COMPILACIÓN DE ARTÍCULOS INFORMATIVO
3 El Derecho a la Vida en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre 1 Salvador Herencia Carrasco 2 Centro de Investigación y Estudios en Derechos Humanos de la Universidad de Ottawa ARTÍCULO I. DERECHO A LA VIDA, A LA LIBERTAD, A LA SEGURIDAD E INTEGRIDAD DE LA PERSONA. Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Introducción El objeto del presente artículo es hacer un breve análisis del impacto que la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre 3 ha tenido en el marco de protección de los derechos humanos en el sistema interamericano, focalizando el análisis en el derecho a la vida. La Declaración Americana fue adoptada el 2 de mayo de 1948, unos meses antes que la Asamblea General de las Naciones Unidas promulgara la Declaración Universal de los Derechos Humanos 4 el 10 de diciembre de Estos instrumentos constituyen, tanto en el ámbito regional como universal, el punto de partida para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos contemporáneo. A sesenta y seis años de haber sido adoptada por consenso en la IX Conferencia Internacional Americana, se puede afirmar que la Declaración fue uno de los instrumentos precursores en reconocer la interdependencia de los derechos humanos y el marco fundacional para la protección y garantía de estos en el ámbito de la Organización de Estados Americanos (OEA). 1 Citar este número como: Salvador Herencia Carrasco, El Derecho a la Vida en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Serie La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, No. 1, Lima: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mayo Disponible en ( 2 Ex-asesor del Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia. Miembro del Centro de Investigación y Estudios en Derechos Humanos de la Universidad de Ottawa y candidato al Doctorado (Ph.D.) por la misma Universidad. Correo: shere045@uottawa.ca Las opiniones contenidas en el presente artículo son de responsabilidad exclusiva del autor y no comprometen la posición oficial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. 3 Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, O.A.S. Res. XXX, impreso en Documentos Básicos relativos a Derechos Humanos en el Sistema Interamericano, OAS/Ser.L/V/I.4 Rev. 9 (2003); 43 AJIL Supp. 133 (1949). 4 Declaración Universal de Derechos Humanos, G.A. Res. 217A, at 71, 73, U.N. GAOR, 3d Sess., 1st plen. mtg., U.N. Doc. A/810 (1948).
4 En este sentido, el carácter principista del contenido de sus postulados, incluyendo el Art. I referido al derecho a la vida, libertad y seguridad hacen que se mantenga su vigencia para la interpretación y orientación de los debates contemporáneos referidos a la bioética, el relativismo cultural y el derecho a la privacidad, entre otros. La importancia de la Declaración Americana para el desarrollo del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos La Declaración Americana constituyó el primer paso sustantivo 5 para la creación del Sistema Interamericano que hoy conocemos y que fue establecido mediante la Convención Americana de Derechos Humanos 6, cuya campo de acción ha sido posteriormente ampliada en otros tratados del ámbito interamericano. Cabe destacar que en aquél entonces se estaba generando un consenso entre los países firmantes de la recientemente creada Naciones Unidas, en torno a la necesidad de contar con mecanismos internacionales que puedan complementar o suplir el papel de los Estados en la protección de derechos humanos. Esto incluía, pero no se limitaba, a la creación de tribunales internacionales 7. Esta preocupación quedó expresada en el Cuarto Considerando de la Declaración Americana al establecer que ( ) los derechos esenciales del hombre unida a las garantías ofrecidas por el régimen interno de los Estados, establece el sistema inicial de protección que los Estados americanos consideran adecuado a las actuales circunstancias sociales y jurídicas, no sin reconocer que deberán fortalecerlo cada vez más en el campo internacional, a medida que esas circunstancias vayan siendo más propicias 8. Un segundo aspecto que marca la Declaración Americana es la inspiración en el Derecho Natural para el reconocimiento de los derechos humanos, al establecer en su Preámbulo que: Todos los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están por naturaleza de razón y conciencia, deben conducirse fraternalmente los unos con los otros 9. La gran mayoría de los tratados internacionales sobre derechos humanos y derecho 5 Ver: Fabián Omar Salvioli, El Aporte de la Declaración Americana de 1948, para la Protección Internacional de los Derechos Humanos, en: Corte Interamericana de Derechos Humanos, eds., El Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos en el umbral del siglo XX,- Tomo I; (San José: Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2001), págs Convención Americana de Derechos Humanos, 22 de noviembre de1969, 1144 U.N.T.S. 123, 9 I.L.M. 99 (entró en vigor el 7 de julio de 1978). 7 Ver: Convención para la Sanción y Prevención del Delito de Genocidio, 9 de diciembre de 1948, 78 U.N.T.S. 277, Can. T.S No. 27 (entró en vigor el 12 de enero de 1951), Artículo VI. 8 Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, supra note 2, cuarto considerando. 9 Ibid., Preámbulo.
5 internacional humanitario adoptan una terminología similar, basándose en la premisa que la persona, por su mera condición de tal, es sujeta de derechos. Lo anterior implicaba que la garantía, promoción y protección de los derechos no estaba condicionada a una nacionalidad, sexo, edad, raza, religión o cualquier otra categoría. Este postulado, en vísperas del inicio de la Guerra Fría 10, sirvió de fundamento para cuestionar las denuncias de detenciones arbitrarias, deportaciones y persecuciones ocurridas principalmente durante las décadas del setenta y del ochenta en América Latina 11. Posteriormente, esta sirvió de principio catalizador para iniciar todos los procesos de justicia transicional 12 y la investigación de violaciones graves a los derechos humanos que se llevaron a cabo en el continente 13. De forma complementaria, uno de los puntos más relevantes que se ha tenido que discutir es con respecto al valor jurídico de la Declaración Americana. Sobre este punto, el Art. 29, literal d) de la Convención Americana estableció que ninguna parte de su texto puede ser interpretada de tal forma que pueda excluir o limitar el efecto que puedan producir la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre y otros actos internacionales de la misma naturaleza 14. En principio la Convención le daba un elemento orientador a la Declaración Americana, pues no tenía carácter vinculante. Con el fin de resolver este punto, el Estado de Colombia solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, Corte IDH) una Opinión Consultiva 15 con respecto al status jurídico de la Declaración Americana. Esta Opinión fue importante por los siguientes elementos: - Las Normas Internacionales de Derechos Humanos son Instrumentos Vivientes : La Corte IDH determinó que los instrumentos internacionales deben ser interpretados y aplicados en el cuadro del conjunto del sistema jurídico en vigor en el momento en que la interpretación tiene lugar 16, lo cual comprende la Declaración Americana 17. Este principio interpretativo es importante pues ha dado a tribunales nacionales e internacionales la capacidad de aplicar de forma progresiva o dinámica las normas. En este sentido, la interpretación literal de una norma, con el fin de respetar la voluntad del legislador, quedaría condicionada a que ésta no implique una restricción o afectación de un derecho. Es decir, se va más allá de la aplicación literal de una norma. Esto ha servido para el reconocimiento jurisprudencial de derechos no establecidos en la Convención Americana o protección de grupos vulnerables y el uso de otros tratados internacionales, fuera del ámbito 10 Ver: Juan E. Méndez & Catherine Cone, Human Rights Make a Difference: Lessons from Latin America en Dinah Shelton, ed., The Oxford Handbook of International Human Rights Law (Oxford: Oxford University Press, 2013), págs Ver: Kai Ambos & Ezequiel Malarino, eds., Persecución Penal Nacional de Crímenes Internacionales en America Latina y España (Montevideo: Fundación Konrad Adenauer, 2003). Publicación disponible en el Observatorio de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. 12 Ver: Kai Ambos, Gisela Elsner & Ezequiel Malarino, eds., Justicia de Transición con Informes de América Latina, Alemania, Italia y España (Montevideo: Fundación Konrad Adenauer, 2009).Publicación disponible en el Observatorio de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. 13 Ver: Kai Ambos, Gisela Elsner & Ezequiel Malarino, eds., La jurisprudencia latinoamericana sobre derecho penal internacional (Montevideo: Fundación Konrad Adenauer, 2008).Publicación disponible en el Observatorio de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. 14 Convención Americana de Derechos Humanos, supra note 5, Art. 29, literal d). 15 Corte Interamericana de Derechos Humanos, Interpretación de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre en el marco del Artículo 64 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Colombia) (1989), Opinión Consultiva OC-10/89, Inter-Am. Ct. H.R. (Ser. A) No Ibid., párrafo Ver: Zamir Andrés Fajardo Morales, La Plena Vigencia de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre: Una Utopía por Construir (2009) 25 Am. U. Int'l L. Rev. 77.
6 interamericano, como marco de protección. - La Declaración Americana es una fuente de obligaciones internacionales: Actualmente, el desarrollo de los derechos humanos se viene dando, en mayor medida, por la interpretación y aplicación de las fuentes auxiliares del Derecho Internacional como la jurisprudencia o normas de soft-law. En el caso de la Declaración Americana, la Corte IDH pudo recopilar la práctica de los Estados Miembros de la OEA, llegando a determinar que existe un consenso que de su contenido se emanan obligaciones internacionales exigibles jurídicamente 18. Posiblemente, fue el Gobierno de nuestro país que mejor expresó esta posición en las consideraciones para la formulación de la Opinión Consultiva: ( ) antes de entrar en vigencia la Convención Americana de Derechos Humanos, la Declaración podría ser tenida como instrumento sin mayores consecuencias jurídicas, la Convención Americana al conferirle un carácter especial en virtud de su artículo 29, que prohíbe toda interpretación que conduzca a excluir o limitar el efecto que pueda producir la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y otros actos internacionales de la misma naturaleza, se ha dado a la citada Declaración una jerarquía similar a la que tiene la propia Convención para los Estados Partes, contribuyendo con ello a la promoción de los Derechos Humanos en nuestro Continente 19. En lo que corresponde a la Declaración Americana, hoy se puede concluir que, más allá de la Opinión Consultiva y el desarrollo jurisprudencial que ha tenido, su contenido es parte de la costumbre, lo cual se convierte en fuente principal del Derecho Internacional y exigible a todos los Estados parte de la OEA 20, independientemente de si se ha reconocido (o dejado de reconocer), la competencia contenciosa de la Corte IDH. El Derecho a la Vida en la Declaración Americana: Precursor de la interdependencia de los Derechos Humanos El carácter dinámico en la interpretación y aplicación de los derechos humanos es generalmente realizado por los tribunales. Sin embargo, la Declaración Americana también fue precursora de esta disposición pues el Art. I establece que Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona 21. Lo interesante de este artículo es que comprende tres derechos fundamentales bajo un solo texto. Si bien estos pueden ser protegidos de forma autónoma, nada impide que ante una acción u omisión por parte de un agente estatal, la autoridad competente procure una protección integral de estos derechos en un caso concreto. Cabe destacar que en el caso de la Convención Americana, cada uno de los derechos señalados en el Art. I de la Declaración Americana tuvo un desarrollo autónomo y con postulados específicos. En el caso del derecho a la vida (Art. 4 de la Convención), esta contiene disposición referidas a la abolición de la pena de muerte. En el caso de la libertad personal (Art. 7 de la Convención), se establecen disposiciones para que su privación sea por causales establecidas en la ley, proscribiendo la detención arbitraria. Finalmente, en el caso de la seguridad (Art. 7 de la Convención), se establecen normas para el accionar de las autoridades 18 Corte Interamericana de Derechos Humanos, supra note 14, párrafos 42 y Ibid., párrafo Ibid., párrafo Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre,supra note 2, Artículo I.
7 competentes y los derechos para que la persona pueda cuestionar su detención. En la práctica, esta interdependencia de los derechos establecido en la Declaración Americana y posteriormente desarrollada por la Corte IDH ha permitido que no se proteja únicamente el derecho a la vida, sino el derecho a la vida digna. En el ámbito de las reparaciones ordenadas por la Corte IDH, se ha determinado el daño al proyecto de vida como uno de sus componentes. Para la protección de los derechos a la vida e integridad de grupos de especial protección, se han empleados otros tratados internacionales, a fin de dar la mayor garantía. Esto ha sido especialmente importante en la protección de los derechos de las mujeres así como en el caso de los pueblos indígenas. Conclusiones - Dado el carácter vinculante de la Declaración Americana, y bajo una mirada histórica, se puede cuestionar que el título del instrumento sea Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre. Este título, lamentablemente propio de la época y posiblemente inspirado en la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, debería ser Declaración Americana sobre los Derechos y Deberes de las Personas. Si bien el título no puede ser utilizado, bajo ningún motivo, razón o circunstancia, como factor limitativo a los derechos de las mujeres o la adopción de política que logren la igualdad de género, esto refleja los cambios que se han dado en el tiempo y la naturaleza progresiva de los derechos, tanto en la forma como en el contenido. - El Art. I de la Declaración Americana comprende los derechos a la vida, a la libertad personal y a la seguridad, los cuales se encuentran respectivamente reconocidos de forma autónoma en los Arts. 4 y 7 de la Convención Americana. Esta redacción integral e interdependiente de los derechos, justifica el jurisprudential cross fertilization 22 que ha venido realizando la Corte IDH, sirviendo de guía para el desarrollo de conceptos como vida digna 23 y el sistema de reparaciones desarrollado en el marco del Art. 63 de la Convención Americana El principal aporte de la Declaración Americana actualmente está en tener en cuenta el valor orientador para la protección de los Derechos Humanos. Si bien el valor jurídico de este instrumento se encuentra reconocido en el Art. 29, literal d) de la Convención Americana y por la Opinión Consultiva No de la Corte IDH, el actual estado de derechos humanos debe pasar por volver a releer sus principios y fundamentos. 22 Ver: Cesare P.R. Romano, Patterns, Possibilities and Problems: Deciphering the Grammar of the International Jurisprudential Dialogue (2009) 41 N.Y.U. J. Int'l L. & Pol Ver: Alexandra R. Harrington, Life as We Know It: The Expansion of the Right to Life Under the Jurisprudence of the Inter-American Court of Human Rights (2013) 35 Loy. L.A. Int'l & Comp. L. Rev Ver: Salvador Herencia Carrasco Las Reparaciones en la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en:kai Ambos, Ezequiel Malarino & Gisela Elsner, eds. El Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos y el Derecho Penal Internacional (Montevideo: Fundación Konrad Adenauer y Georg-August- Universität-Göttinggen, 2011), págs Publicación disponible en el Observatorio de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
8 No son tiempos fáciles para los derechos humanos. Desde el secuestro masivo de niñas en Nigeria, pasando por los conflictos étnico-raciales en la República Centroafricana, Siria y Ucrania (por nombrar algunos), los principios esbozados en las Declaraciones deberían ser reforzados por los Estados 25, no solo para enmendar la interpretación jurídica sino la acción para asegurar la protección de los derechos. 25 Ver: Ryan Goodman & Derek Jinks, Socializing States: Promoting Human Rights Through International Law (New York: Oxford University Press, 2013).
Sistema regionales de derechos humanos R E N A T A B R E G A G L I O L A Z A R T E
Sistema regionales de derechos humanos R E N A T A B R E G A G L I O L A Z A R T E Sistemas de protección de derechos humanos Son normas internacionales (PIDCP, CADH, PIDESC, etc.) Son órganos internacionales
Más detallesCONTROL DE CONVENCIONALIDAD. Marcelo Torres Bóveda
CONTROL DE CONVENCIONALIDAD Marcelo Torres Bóveda Introducción 1989 Proceso de reforma constitucional. Obligaciones de los Estados: 1- Obligación de respeto 2- Obligación de garantía Control de Convencionalidad
Más detallesDERECHOS DEL NIÑO. Noviembre de 1959 / 1989 / UNICEF + Quino
DERECHOS DEL NIÑO Noviembre de 1959 / 1989 / UNICEF + Quino Un poco de historia: La primera declaración de derechos del niño, de carácter sistemático, fue la declaración de Ginebra de 1924, redactada por
Más detallesC111 Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958
C111 Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 Convenio relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación (Nota: Fecha de entrada en vigor: 15:06:1960) Lugar: Ginebra Fecha
Más detallesEnfoque de derechos humanos. Tema 1 Antecedes del EBDH. Unidad 3: El EBDH en la cooperación para el Desarrollo
Enfoque de derechos humanos Unidad 3: El EBDH en la cooperación para el Desarrollo Tema 1 Antecedes del EBDH Material elaborado por ISI Argonauta para la Red EnDerechos Este obra está bajo una licencia
Más detallesFUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL
MANEJO COSTERO INTEGRADO CURSO DE DERECHO COSTERO 2012-2013 FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL EMILIO BIASCO Doctor en Derecho y Ciencias Sociales Escribano Público Doctor en Diplomacia 1 FUENTES DEL DERECHO
Más detallesPor Matías Rodolfo Pacce. 1
Por Matías Rodolfo Pacce. 1 OBSERVATORIO DE POLITICA INTERNACIONAL UNIVERSIDAD CATOLICA DE SANTA FE Justicia Global y Organismos Jurisdiccionales Supranacionales. Introducción Justicia global y los nuevos
Más detallesRELACIÓN DE CONVENIOS MULTILATERALES SOBRE DERECHOS HUMANOS Y HUMANITARIOS SUSCRITOS POR EL PERÚ
RELACIÓN DE CONVENIOS MULTILATERALES SOBRE DERECHOS HUMANOS Y HUMANITARIOS SUSCRITOS POR EL PERÚ DERECHOS HUMANOS 1. CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA REPRESIÓN DE LA TRATA DE MUJERES Y NIÑOS. Adoptado en
Más detallesSISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS
SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS I. DATOS INFORMATIVOS 1.1 Código : 060596 1.2 Ciclo : EE 1.3 Semestre Académico : 2016-I 1.4 Créditos : 02 1.5 Duración : 17 semanas 1.6 Horas semanales : 02
Más detallesLOS DERECHOS DE LAS PERSONAS DE EDAD EN EL AMBITO INTERNACIONAL Y DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE
LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS DE EDAD EN EL AMBITO INTERNACIONAL Y DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE Sandra Huenchuan Centro Latinoamericano y Caribeño de Demografía (CELADE) - División de Población de la CEPAL
Más detallesRecomendaciones sobre el proyecto de Convención Interamericana Contra toda forma de Discriminación e Intolerancia i
Recomendaciones sobre el proyecto de Convención Interamericana Contra toda forma de Discriminación e Intolerancia i Borrador de Convención Interamericana contra toda forma de discriminación y tolerancia
Más detallesDerecho Internacional Público
Derecho Internacional Público 513024 Curso 2011-2012 1 PROGRAMA Derecho Internacional Público Plan Nuevo 513024 Curso 2011-2012 FACULTAD DE DERECHO 2 Derecho Internacional Público 2 513024 PROGRAMA DE
Más detallesDECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO. 1.- Definición Se trata de colorear las viñetas de Mafalda de la Declaración Universal de los Derechos del Niño.
DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO 1.- Definición Se trata de colorear las viñetas de Mafalda de la Declaración Universal de los Derechos del Niño. 2.- Objetivos - Conocer la Declaración de los Derechos
Más detallesSUPREMACÍA CONSTITUCIONAL.
SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL. Antecedentes de la formulación del principio de supremacía constitucional. La Era Marshall. John Marshall, Presidente de la Corte Suprema de E.E. U.U. (1801). El motivo de su
Más detallesDerechos humanos. Concepto Características Evolución histórica. Ligia Bolívar O.
Derechos humanos Concepto Características Evolución histórica Ligia Bolívar O. Construyendo el concepto Necesidades Aspiraciones Valores Derechos Algunas precisiones Principios orientadores de comportamiento
Más detallesLA EDAD DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES EN AMÉRICA LATINA
Tabla de comparación Edad de responsabilidad penal en América Latina Legislaciones Post Convención Internacional sobre Derechos del Niño Instituto Interamericano del Niño Organización de Estados Americanos
Más detallesRESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS * DE 20 DE JUNIO DE 2012 CASO BAYARRI VS. ARGENTINA SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA
RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS * DE 20 DE JUNIO DE 2012 CASO BAYARRI VS. ARGENTINA SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTOS: 1. La Sentencia de excepción preliminar, fondo,
Más detallesPROGRAMA DE VIH Y GRUPOS VULNERABLES
PROGRAMA DE VIH Y GRUPOS VULNERABLES DERECHOS HUMANOS Y EL VIH Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen
Más detallesLA INTERPRETACIÓN JUDICIAL DEL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN MAGISTRADO JUAN CARLOS CRUZ RAZO
LA INTERPRETACIÓN JUDICIAL DEL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN MAGISTRADO JUAN CARLOS CRUZ RAZO Doble vertiente del Derecho a la alimentación Alimentación como Derecho Civil Alimentación como Derecho Social
Más detallesDr. Oscar Flores Ética y Legislación Año Libertad de prensa en la Constitución Nacional.
Libertad de prensa en la Constitución Nacional. Terminología. Al hablar de derecho de prensa o libertad de prensa se hace referencia al ejercicio de la libertad de expresión a través de los medios técnicos
Más detallesConvenio de Estambul CONVENIO DEL CONSEJO DE EUROPA SOBRE PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA VIOLENCIA DOMÉSTICA
CONVENIO DEL CONSEJO DE EUROPA SOBRE PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA VIOLENCIA DOMÉSTICA Convenio de Estambul LIBRE DE MIEDO LIBRE DE VIOLENCIA CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE CONVENIO?
Más detallesProyecto Ley. Que tipifica el delito de discriminación de personas.
Proyecto Ley Que tipifica el delito de discriminación de personas. Honorable Diputado Sergio Gálvez Evers Presidente de la Asamblea Nacional de Diputados E. S. D. En el ejercicio de la iniciativa legislativa
Más detallesELEMENTOS DOCTRINARIOS BÁSICOS
ELEMENTOS DOCTRINARIOS BÁSICOS La extradición es el procedimiento por el cual una persona acusada o condenada por un delito conforme a la ley de un Estado es detenida en otro y devuelta para ser enjuiciada
Más detallesPersonalidad jurídica
Personalidad jurídica En la actualidad y a diferencia de lo que sucedió en otras épocas-, y como exigencia elemental de la dignidad humana, se reconoce que cualquier persona física tiene personalidad jurídica
Más detallesESTATUTO DE LAS COOPERATIVAS DEL MERCOSUR (Anteproyecto )
ESTATUTO DE LAS COOPERATIVAS DEL (Anteproyecto 23.3.07) La resolución del Grupo Mercado Común por la cual se crea la Reunión Especializada de Cooperativas del (RECM) le asigna a ésta la finalidad de desarrollar
Más detallesLas obligaciones estatales relacionadas con el
Las obligaciones estatales relacionadas con el esclarecimiento de graves violaciones a los derechos humanos La obligación estatal de investigar las violaciones de derechos humanos, derivada del deber de
Más detallesSistema Universal de Protección de los derechos humanos. Carlos F. Lusverti Septiembre 2012
Sistema Universal de Protección de los derechos humanos Carlos F. Lusverti Septiembre 2012 lusverti@gmail.com Generalidades Fundamento General: Carta de Naciones Unidas (1945) y DUDH (1948) Específicos:
Más detallesConvenio Internacional del Trabajo No. 123 relativo a la Edad Mínima de Admisión al Trabajo Subterráneo en las Minas
Convenio Internacional del Trabajo No. 123 relativo a la Edad Mínima de Admisión al Trabajo Subterráneo en las Minas 2. Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 22 de junio de 1965 Fecha de
Más detallesSeminario de política exterior y agenda global
Seminario de política exterior y agenda global Obligaciones del Estado mexicano en materia de derechos humanos Dirección General de Derechos Humanos y Democracia Secretaría de Relaciones Exteriores Miércoles,
Más detallesENFOQUE DE IGUALDAD GENERACIONAL E INTERGENERACIONAL
ENFOQUE DE IGUALDAD GENERACIONAL E INTERGENERACIONAL Cumbayá, mayo 26 de 2015 22/07/2015 1 CONSTITUCIÓN Preámbulo Desde el preámbulo, la Constitución proclama la decisión del Ecuador de construir una nueva
Más detallesLA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE MARCAS COMENTARIOS AL MANUAL DE EXAMEN DE MARCAS DE LA SUPERINTEDENCIA DE COMERCIO
655 Third Avenue, 10th Floor New York, NY 10017-5646, USA t: +1-212-642-1700 f: +1-212-768-7796 inta.org LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE MARCAS COMENTARIOS AL MANUAL DE EXAMEN DE MARCAS DE LA SUPERINTEDENCIA
Más detallesDirectrices Voluntarias sobre la gobernanza responsable de la tenencia de la tierra, la pesca y los bosques en el contexto de la seguridad
Directrices Voluntarias sobre la gobernanza responsable de la tenencia de la tierra, la pesca y los bosques en el contexto de la seguridad alimentaria nacional Por qué las Directrices fueran desarrolladas?
Más detalles1. PRESENTACIÓN 2 2. MARCO NORMATIVO 2 3. POBLACIÓN OBJETIVO 2 4. OFERTA DEL PROGRAMA 2 5. ESPECIFICACIONES DEL DESARROLLO DEL PROGRAMA 4
ENERO-DICIEMBRE 2016 1 de 5 ÍNDICE 1. PRESENTACIÓN 2 2. MARCO NORMATIVO 2 3. POBLACIÓN OBJETIVO 2 4. OFERTA DEL PROGRAMA 2 5. ESPECIFICACIONES DEL DESARROLLO DEL PROGRAMA 4 6. MEDIOS DE DIFUSIÓN PARA DAR
Más detallesDERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO OBJETIVO GENERAL: El curso pretende abordar una concepción moderna e integral dado que hoy en día los procesos actuales del Derecho Internacional y el fenómeno globalizador
Más detallesReforma constitucional al fuero y a la justicia penal militar
Reforma constitucional al fuero y a la justicia penal militar Reforma al fuero penal militar e impunidad en crímenes cometidos por el Estado Universidad de Antioquia, Medellín, 16 de julio de 2015 Temas
Más detallesORIENTACION SEXUAL, IDENTIDAD Y EXPRESIÓN DE GÉNERO RESOLUCIONES, INFORMES Y DECLARACIONES DEL SISTEMA UNIVERSAL E INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS
ORIENTACION SEXUAL, IDENTIDAD Y EXPRESIÓN DE GÉNERO RESOLUCIONES, INFORMES Y DECLARACIONES DEL SISTEMA UNIVERSAL E INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS I. Introducción Los Derechos Humanos tal y como han
Más detallesEnfoque de derechos humanos. Tema 1 El vínculo entre DDHH y desarrollo. Unidad 2: Los Derechos Humanos y el Desarrollo.
Enfoque de derechos humanos Unidad 2: Los Derechos Humanos y el Desarrollo. Tema 1 El vínculo entre DDHH y desarrollo Material elaborado por el IUDC para la Red EnDerechos Este obra está bajo una licencia
Más detallesRESTRICCIONES A LOS DERECHOS HUMANOS
SERIE: RENOVACIÓN JURISPRUDENCIAL RESTRICCIONES A LOS DERECHOS HUMANOS 2 Programa Estado de Derecho para Latinoamérica - - - Presentación - - - - - - - - - - - 3 - - - - - - - - - - 4 5 Aviso - 6 Contenido
Más detallesDEFINICIÓN DE VÍCTIMA DEL DELITO DE DESPLAZAMIENTO FORZADO EN COLOMBIA CONSIDERACIONES DE LA CORTE CONSTITUCIONAL AUTO 119 DE 2013
DEFINICIÓN DE VÍCTIMA DEL DELITO DE DESPLAZAMIENTO FORZADO EN COLOMBIA CONSIDERACIONES DE LA CORTE CONSTITUCIONAL AUTO 119 DE 2013 QUIÉNES SON DESPLAZADOS INTERNOS? La primera definición compuesta la incorporó
Más detallesPROCESO DE ASUNCIÓN DE RESPONSABILIDADES POR PARTE DEL EQUIPO DE DIRECCIÓN
Facultad de Ciencias 1 de 5 POR PARTE DEL EQUIPO DE DIRECCIÓN CONTENIDO: 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. RESPONSABILIDADES 4. DESARROLLO 4.1. Política de Calidad y Medio Ambiente. 4.2. Enfoque al Cliente. 4.3.
Más detallesXII CONFERENCIA INTERNACIONAL ANTICORRUPCION HACIA UN MUNDO MÁS JUSTO. PORQUE LA CORRUPCION SIGUE BLOQUEANDO EL CAMINO?
XII CONFERENCIA INTERNACIONAL ANTICORRUPCION HACIA UN MUNDO MÁS JUSTO. PORQUE LA CORRUPCION SIGUE BLOQUEANDO EL CAMINO? TALLER: EXPERIENCIA, DEBILIDADES Y FORTALEZAS DE LAS OFICINAS ANTICORRUPCION DE AMERICA
Más detallesPersonas privadas de libertad en centros penitenciarios..personas vulnerables en sus derechos humanos.
Personas privadas de libertad en centros penitenciarios..personas vulnerables en sus derechos humanos. Licenciada en Derecho Verónica Berber Calle Licenciado en Derecho Manuel Cervera Escudero 1 OBJETIVOS
Más detallesCOLECTIVO FEMINISTA LANBROA HISTORIA DE LA LUCHA ORGANIZADA DE LAS MUJERES EN BIZKAIA LOGROS Y RETOS
HISTORIA DE LA LUCHA ORGANIZADA DE LAS MUJERES EN BIZKAIA LOGROS Y RETOS REALIDAD Y COLABORACIÓN ENTRE ORGANIZACIOENS DE INTERVENCIÓN CON MUJERES Observatorio del Tercer Sector bolunta 06 06 2011 FEMINISMO
Más detalles10) OPINIÓN CONSULTIVA OC-10/89
10) OPINIÓN CONSULTIVA OC-10/89 CIDH, Interpretación de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre en el marco del artículo 64 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Opinión
Más detallesSUMARIO MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
SUMARIO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decreto N 2.203, mediante el cual se declara una Insubsistencia al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para el Comercio, por la cantidad que
Más detallesBIBLIOHEMEROGRAFIA. Abad Yupanqui, S. B. (2006). El proceso constitucional de amparo en el Perú: un
BIBLIOHEMEROGRAFIA Abad Yupanqui, S. B. (2006). El proceso constitucional de amparo en el Perú: un análisis desde la teoría general del proceso. Boletín Mexicano de Derecho Comparado. http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/85/art/art1.htm
Más detallesTEXTO. REGISTRO BOMEH: 17/2015 PUBLICADO EN: BOE n.º 95, de 21 de abril de Disponible en:
TÍTULO: Resolución de 6 de abril de 2015, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se crean y modifican ficheros de datos de carácter personal. REGISTRO NORM@DOC: 44679 BOMEH: 17/2015 PUBLICADO
Más detalles-LA CAPACIDAD JURÍDICA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL NUEVO PARADIGMA SOCIAL
-LA CAPACIDAD JURÍDICA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL NUEVO PARADIGMA SOCIAL FIRMA EN NACIONES UNIDAS DE LA CONVENCIÓN POR PARTE DEL ESTADO MEXICANO. 30 MARZO 2007. ENTRA EN VIGOR PARA NUESTRO
Más detallesDirección Nacional Derechos de Autor. En Colombia la entidad que se encarga de políticas gubernamentales en materia de derechos de autor es la DNDA.
Dirección Nacional Derechos de Autor En Colombia la entidad que se encarga de políticas gubernamentales en materia de derechos de autor es la DNDA. Definición La Dirección Nacional de Derecho de Autor
Más detallesQuito, 21 de octubre de VCHAMS. Señor Arquitecto. FERNANDO CORDERO CUEVA. PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL. Señor Profesor.
Quito, 21 de octubre de 2009. 066-VCHAMS. Oficio No. Señor Arquitecto. FERNANDO CORDERO CUEVA. PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL. Señor Profesor. RAUL ABAD VELEZ. PRESIDENTE DE LA COMISION ESPECIALIZADA
Más detallesSistema de Garantía Interna de Calidad de los programas de doctorado de la UAM
Página 1 de 7 8.1.1. - E1-F1: Unidad responsable del Sistema de Garantía Interna de Calidad (SGIC) del programa de doctorado: identificación, normas de funcionamiento y participación de los grupos de interés
Más detallesSistema Nacional de Información de Salvaguardas. México
Sistema Nacional de Información de Salvaguardas para REDD+ México Octubre 2013 Contenido 1) Contexto 2) Requerimientos de Salvaguardas bajo la CMNUCC 3) Respuesta de México 4) Opciones para el desarrollo
Más detallesDECRETO No. 096 ( Octubre 22 de 2008) Por el cual se ajusta el Manual de Requisitos de los Empleos Públicos de la Alcaldía Municipal de Potosí
DECRETO No. 096 ( Octubre 22 de 2008) Por el cual se ajusta el Manual de Requisitos de los Empleos Públicos de la Alcaldía Municipal de Potosí El Alcalde del Municipio de Potosí, en uso de sus atribuciones
Más detallesDESTINACIÓN. BOLETÍN Nc PERIODO LEGISLATIVO LEGISLATURA 362 PRIMER TRAMITE CONST. .SESIÓN N. 435 SEGUNDO TRÁMITE CONST.
9441-06 BOLETÍN Nc PERIODO LEGISLATIVO 2014-2018 LEGISLATURA 362 Modifica la Ley de Rentas Municipales sancionando el incumplimiento de la obligación del contribuyente de declarar la cantidad de trabajadores
Más detallesCORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA, AUDIENCIA PÚBLICA SOBRE MATRIMONIO IGUALITARIO, JULIO 30 DE
Universidad Libre Facultad de Derecho Bogotá. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA, AUDIENCIA PÚBLICA SOBRE MATRIMONIO IGUALITARIO, JULIO 30 DE 2015 1 1 J. KENNETH BURBANO VILLAMARIN Director Observatorio
Más detallesRESOLUCION 270 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,
RESOLUCION 270 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, Dictamen 29-99 de Incumplimiento por parte del Gobierno de Venezuela por la adopción de restricciones, exclusiones o trato discriminatorio en
Más detallesPanel Discriminación por edad y. máximo de dos líneas. públicas en Chile
Panel Discriminación por edad y Titulo discriminación de la presentación múltiple en un máximo de dos líneas Subtitulo de la presentación Una mirada desde en una las línea políticas públicas en Chile Servicio
Más detallesDERECHO TRIBUTARIO PENAL
DERECHO TRIBUTARIO PENAL DERECHO TRIBUTARIO PENAL Definición Características Principios rectores Regulación legal DEFINICIÓN Conjunto de normas y principios sustanciales y procesales de carácter general,
Más detallesDE LOS (AS) SERVIDORES (AS) PÚBLICOS (AS) DEL COMITÉ NACIONAL PARA EL DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CAÑA DE AZÚCAR
DE LOS (AS) SERVIDORES (AS) PÚBLICOS (AS) DEL COMITÉ NACIONAL PARA EL DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CAÑA DE AZÚCAR BIEN COMÚN INTEGRIDAD HONRADEZ IMPARCIALIDAD JUSTICIA TRANSPARENCIA RENDICIÓN DE CUENTAS
Más detallesPROYECTO DE ACUERDO No. 25 ( NOVIEMBRE DE 2.014)
PROYECTO DE ACUERDO No. 25 ( NOVIEMBRE DE 2.014) POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA LOS LINEAMIENTOS DE LA POLÍTICA PUBLICA DE ATENCIÓN DE DISCAPACIDAD PARA EL EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Municipio de Nariño (N),
Más detallesRELATS GLOBALIZACION Y EMPRESAS TRANSNACIONALES SOBRE EL CONCEPTO DE DILIGENCIA DEBIDA EN RELACIÓN CON LOS DERECHOS HUMANOS. Hugo Barretto Ghione
RELATS GLOBALIZACION Y EMPRESAS TRANSNACIONALES SOBRE EL CONCEPTO DE DILIGENCIA DEBIDA EN RELACIÓN CON LOS DERECHOS HUMANOS Hugo Barretto Ghione 2011 Para su uso en actividades sindicales en ALatina 1.El
Más detallesESTATUTOS/LEYES REGLA 12
ESTATUTOS/LEYES REGLA 12 Nombre Oficial del Estatuto o Ley, Nombre del Reporte Oficial, Número o Párrafo del Estatuto (si hay), Año (Nombre del País Abreviado). Ejemplo de una ley de México: Ley General
Más detallesDECLARACIONES INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS. Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre Bogotá, 2 de mayo de 1948 19
CONTENIDO PRESENTACIÓN 11 DECLARACIONES INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre Bogotá, 2 de mayo de 1948 19 Declaración Universal de Derechos Humanos
Más detallesCódigo de ética del COI
Código de ética del COI PREÁMBULO El Comité Olímpico Internacional (COI), todos sus miembros, su administración, los comités olímpicos nacionales, las federaciones internacionales, las ciudades que participan
Más detallesNOVEDADES SUSTANTIVAS Y PROCESALES DE LA LEY 4/2015, DE 27 DE ABRIL, DEL ESTATUTO DE LA VÍCTIMA
FICHA OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL PENAL NOVEDADES SUSTANTIVAS Y PROCESALES DE LA LEY 4/2015, DE 27 DE ABRIL, DEL ESTATUTO DE LA VÍCTIMA ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN.. 3 II. NOVEDADES.
Más detallesprocedimiento de expedición del carné, su período de validez, caducidad y renovación, y cualesquiera otras cuestiones necesarias para una regulación
Proyecto de Decreto de modificación del Decreto 239/2008,de 16 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las normas de homologación de los cursos de formación y las de acreditación
Más detallesRESUMEN DE LA POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERÉS GRUPO CIMD
RESUMEN DE LA POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERÉS GRUPO CIMD Versión 31.10.2014 I. INTRODUCCIÓN La normativa vigente, legislación comunitaria MiFID (Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y de la Comisión
Más detallesVISTO el expediente del Registro de este MINISTERIO DE JUSTICIA Y. REPÚBLICA ARGENTINA se consulta a esta OFICINA ANTICORRUPCIÓN
RESOLUCIÓN OA/DPPT Nº 57 BUENOS AIRES, 18 de diciembre de 2000. VISTO el expediente del Registro de este MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Nº 128.352/00, y CONSIDERANDO: Que por Nota 382c/1148
Más detallesCARTA INTERNACIONAL DE DERECHOS HUMANOS
CARTA INTERNACIONAL DE DERECHOS HUMANOS * Declaración Universal de Derechos Humanos * Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales * Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Más detallesDERECHO CONSTITUCIONAL
DERECHO CONSTITUCIONAL Miércoles, 12 de marzo de 2014 1 Recordando las conclusiones de la primera sesión El derecho constitucional es una disciplina jurídica científica que se ha venido consolidando con
Más detallesPágina institucional: Responsable de la Información: DATOS INICIALES TIPO DE INFORMACIÓN DE LO REQUERIDO
País: Argentina Nombre de la Asociación: Asociación por los Derechos Civiles (ADC) Datos de Contacto: Mariela Belski (mbelski@adc.org.ar), Alejandro Segarra (asegarra@adc.org.ar) Maria Julia Giorgelli
Más detallesGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR Que, la Constitución de la República vigente establece en el artículo 225 que el sector público comprende las entidades que integran el Régimen Autónomo
Más detallesDocumento compartido por el SIPI. Organismo Judicial,
El SIPI sistematiza la información sobre las acciones orientadas al cumplimiento de los derechos de la primera infancia en América Latina, y da cuenta del grado de cumplimiento de estos derechos. www.sipi.siteal.org
Más detallesCONTROL DE REGULARIDAD CONSTITUCIONAL
SERIE: RENOVACIÓN JURISPRUDENCIAL CONTROL DE REGULARIDAD CONSTITUCIONAL 1 Programa Estado de Derecho para Latinoamérica - - - Presentación - - - - - - - - - - - 3 - - - - - - - - - - 4 5 Aviso - 6 Contenido
Más detallesMarco jurídico internacional contra la discriminación
Marco jurídico internacional contra la discriminación El principio de no-discriminación aparece de manera genérica en casi la totalidad de los más importantes instrumentos universales y regionales sobre
Más detallesTEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.
TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro
Más detallesDERECHOS DEL NIÑO Convención-Opiniones Consultivas CIDH Caso Niños Calle vs Guatemala Caso Forneron vs Argentina
DERECHOS DEL NIÑO Convención-Opiniones Consultivas CIDH Caso Niños Calle vs Guatemala Caso Forneron vs Argentina Convención año 1989- Crea Comité (ONU) Ratificada octubre 1990: ley 24.849 Reservas: S/
Más detallesCRITERIO INTERPRETATIVO
CRITERIO INTERPRETATIVO N/REF: CI/002/2015 FECHA: 24 de junio de 2015 ASUNTO: Aplicación de los límites al derecho de acceso a la información La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso
Más detallesLos mecanismos de protección de Naciones Unidas en materia de Derechos Humanos
Los mecanismos de protección de Naciones Unidas en materia de Derechos Humanos SISTEMAS INTERNACIONALES DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS 1. SISTEMA UNIVERSAL: ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU)
Más detallesPROGRAMA DE DERECHO CONSTITUCIONAL III
PROGRAMA DE DERECHO CONSTITUCIONAL III A. IDENTIFICACIÓN DE LA ASIGNATURA. Nombre de la asignatura: Carácter de la asignatura: Ubicación dentro del plan de estudio: Derecho Constitucional III Obligatoria
Más detallesLa Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Guatemala La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Anders Kompass, Representante de la OACNUDH
Más detallesLECCIÓN 5. LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO FINANCIERO. (I)
LECCIÓN 5. LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO FINANCIERO. (I) Derecho Financiero I Dra. Pura Peris Dra. Purificación Peris García Derecho Financiero y Tributario I Curso 2010/2011 SUMARIO Valor
Más detallesTratados internacionales en Materia de Derechos Sexuales y Reproductivos
Tratados internacionales en Materia de Derechos Sexuales y Reproductivos El sistema internacional de Derechos Humanos promovido por las Naciones Unidas se ha ocupado de este tema en reiteradas oportunidades
Más detallesExamen Escrito para plaza de Especialista en Asuntos Jurisdiccionales I del Tribunal Constitucional
Examen Escrito para plaza de Especialista en Asuntos Jurisdiccionales I del Tribunal Constitucional Concurso Público de Méritos convocado por Resolución Administrativa 126-2015-P/TC Nombre: Nota: Fecha:
Más detallesConvención sobre los Derechos del Niño Versión adaptada no oficial Aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989
Convención sobre los Derechos del Niño Versión adaptada no oficial Aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 Art. 1 Definición del niño La Convención se aplica a todas
Más detallesDerecho Constitucional y Administrativo. Unidad 1 Año 2015
Derecho Constitucional y Administrativo Unidad 1 Año 2015 PÁGINA WEB DEL DR. MONTBRUN: www.albertomontbrun.com.ar El Programa de la materia, cronograma, diapositivas de las clases y material de lectura
Más detallesNOTA INFORMATIVA SOBRE LA LEY 32/2006, DE 18 DE OCTUBRE, REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCION
DIRECCION GENERAL DE LA INSPECCION Y SEGURIDAD SOCIAL SUBDIRECCIÓN GENERAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y LAS POLÍTICAS DE IGUALDAD AGM/jjg NOTA INFORMATIVA SOBRE LA LEY 32/2006, DE 18 DE OCTUBRE,
Más detallesLA IMPOSICIÓN DE SANCIONES EN LOS DELITOS CULPOSOS EN LOS CASOS DE CONCURSO IDEAL DE DELITOS.
LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES EN LOS DELITOS CULPOSOS EN LOS CASOS DE CONCURSO IDEAL DE DELITOS. INTRODUCCION.- En tratándose de los delitos culposos, es frecuente que sean varios los delitos cometidos con
Más detallesAnálisis de Casos Interamericanos de Derechos Humanos y Medio Ambiente
Análisis de Casos Interamericanos de Derechos Humanos y Medio Ambiente Profesor Arturo Carrillo The George Washington University Law School (EEUU) Marzo 2007 4/18/2007 1 Marco Normativo Articulo 11: Derecho
Más detallesDERECHOS HUMANOS Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DERECHOS HUMANOS Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA A LA LUZ DE LOS NUEVOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Conferencia Magistral DERECHOS HUMANOS Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Comisión de Derechos Humanos del Estado de México
Más detallesPROGRAMA. Día 1 ( 29 de Noviembre 2011)
Consulta Regional para las Américas sobre el fortalecimiento de la cooperación entre los mecanismos de Naciones Unidas y regionales de derechos humanos Sobre prevención de la tortura y protección de víctimas
Más detallesConvenio Internacional del Trabajo No. 87 relativo a la Libertad Sindical y a la Protección del Derecho de Sindicación
Convenio Internacional del Trabajo No. 87 relativo a la Libertad Sindical y a la Protección del Derecho de Sindicación 1. Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 9 de julio de 1948 Fecha
Más detallesDETERMINACIÓN DEL ISR DEL EJERCICIO
DETERMINACIÓN DEL ISR DEL EJERCICIO El cálculo del ISR del ejercicio es un procedimiento que todos los contribuyentes obligados a presentar declaración anual deben llevar a cabo al finalizar su ejercicio
Más detallesCONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Capítulo V SECTORES ESTRATÉGICOS, SERVICIOS Y EMPRESAS PÚBLICAS Art. 313.- El Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores
Más detallesÍNDICE INTRODUCCIÓN 17 CAPITULO 1: ORIGEN Y DESARROLLO DEL PRINCIPIO EN EL DERECHO PROCESAL PENAL ALEMÁN 19
ÍNDICE INTRODUCCIÓN 17 CAPITULO 1: ORIGEN Y DESARROLLO DEL PRINCIPIO EN EL DERECHO PROCESAL PENAL ALEMÁN 19 CAPITULO 2: EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD EN EL DERECHO PENAL 27 CAPITULO 3: EL PRINCIPIO
Más detallesPOLITICAS NACIONALES BASADAS EN EVIDENCIA: SIGNIFICADO E IMPLICACIONES
COMISION INTERAMERICANA PARA EL CONTROL DEL ABUSO DE DROGAS C I C A D Secretaría de Seguridad Multidimensional QUINCUAGÉSIMO PRIMER PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES Del 9 al 11 de mayo de 2012 Washington,
Más detallesÍNDICE NOTA DE LOS AUTORES... 7 PRESENTACIÓN... 9 PRÓLOGO... 11 ESTUDIO PRELIMINAR
ÍNDICE NOTA DE LOS AUTORES... 7 PRESENTACIÓN... 9 PRÓLOGO... 11 ESTUDIO PRELIMINAR LA ENTRADA EN VIGOR DEL TRATADO DE LISBOA: UN NUEVO MARCO JURÍDICO ESTABLE PARA EL DESARROLLO DE LA UNIÓN EUROPEA, por
Más detallesNACIONES UNIDAS. Grupo de Trabajo de composición abierta sobre el envejecimiento Cuarto período de sesiones de trabajo 12 a 15 de agosto de 2013
NACIONES UNIDAS Grupo de Trabajo de composición abierta sobre el envejecimiento Cuarto período de sesiones de trabajo 12 a 15 de agosto de 2013 Dr. Fernando Morales Martínez, FRCP(Edin), FAGS(USA), EAMA(Suiza),
Más detallesLuis Alberto Huerta Guerrero
PROCESAMIENTO PENAL DE VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS Y JURISPRUDENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA Luis Alberto Huerta Guerrero Profesor de Derecho ec Constitucional tuc o en la Pontificia
Más detallesCÓDIGO DE ÉTICA PARA LA INVESTIGACIÓN
www.uladech.edu.pe RECTORADO CÓDIGO DE ÉTICA PARA LA INVESTIGACIÓN VERSIÓN 001 Aprobado por acuerdo del Consejo Universitario con Resolución N 0108-2016-CU-ULADECH Católica, de fecha 25 de enero de 2016
Más detalles