TEMARIO POLICIA LOCAL CASTILLA Y LEON
|
|
- Cristóbal Domingo Torres Carrizo
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 TEMARIO POLICIA LOCAL CASTILLA Y LEON
2 En el Título XVII se engloban los delitos contra la seguridad colectiva, teniendo en común todos ellos que afectan a la seguridad colectiva, sirviendo su tipificación para adelantar la intervención del Derecho penal para condenar determinadas conductas arriesgadas y peligrosas cuando los daños que pueden producir para bienes jurídicos personales, sociales para la colectividad, sean considerables. Son delitos de peligro general y de peligro común, aunque su fundamento radique en la protección de bines jurídicos individuales. Este Título está dividido por 4 capítulos, rubricados como Capítulo I "De los delitos de riesgo catastrófico", Capítulo II "De los incendios", Capítulo III "De los delitos contra la salud pública", Capítulo IV "De los delitos contra la Seguridad Vial" NOVEDAD: La Ley 1/2015, de 30 de marzo, hace modificaciones varias en el articulado del Título XVII. Dentro del Capítulo I "De los delitos de riesgo catastrófico", modifica el Art. 345,CP en cuanto a las energías nucleares y radioactivas, castiga cuestiones relativas a su creación y transformación sin las autorizaciones oportunas, contemplándose la pena superior en grado en caso de producción de las mismas. Existe la posibilidad de comisión por imprudencia grave. Se modifica el Art. 346,CP, en cuyo apartado 1, únicamente añade la mención?hidrocarburos? como posible víctima de los estragos. El apartado 2, en vez de contener una remisión al Art. 266,CP, tiene ya directamente una pena, cuando los anteriores estragos se hubiesen producido sin riesgo para las personas.
3 Dentro del Capítulo II "De los incendios", se modifica el Art. 353,CP, el primer apartado concreta la pena en prisión de 3 a 6 años y multa por la gravedad del incendio. El antiguo n. 4º se desplaza a 6º, y nuevo nº 4 prevé el supuesto en el que el incendio afecte a zonas próximas a núcleos de población o lugares habitados y el nº 5 el supuesto en que el incendio se provoque en situación en la que el clima o el terreno incrementen notablemente el riesgo de propagación. Se adiciona un Art. 358 bis,código Penal, que dispone que lo dispuesto en los Art. 338,CP a Art. 340,CP también son aplicables a lo dispuesto en el Capítulo II. En la Sección primera del Capítulo I "De los delitos de riesgo catastrófico", del Título XVII se encuentran los delitos relativos a la energía nuclear y radiaciones ionizantes. Viniendo a tipificar los riesgos que comporta la energía nuclear o atómica. El bien jurídico protegido es la seguridad colectiva, siendo el punto de partida la seguridad. El Art. 341,CP dice: "El que libere energía nuclear o elementos radiactivos que pongan en peligro la vida o la salud de las personas o sus bienes, aunque no se produzca explosión, será sancionado con la pena de prisión de quince a veinte años, e inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión u oficio por tiempo de
4 diez a veinte años". La acción típica consiste en liberar energía nuclear o elementos radiactivos, aunque no se produzca explosión, debiendo la acción llevar aparejado la producción de un resultado adicional de peligro para la vida, la salud de las personas o de sus bienes. El tipo subjetivo. El Art. 344,CP tipifica de modo expreso la comisión imprudente disponiendo la aplicación de la pena inferior en grado. El Art. 345,CP castiga cuestiones relativas a la creación y transformación de energías nucleares y radioactivas, sin las autorizaciones oportunas, contemplándose la pena superior en grado en caso de producción de las mismas. Existe la posibilidad de comisión por imprudencia grave. Esta conducta no requiere la verificación de una situación de peligrosidad. La Sección 2.ª, "De los estragos", castiga al que utilizando medios de potencia destructiva, causaren la destrucción de aeropuertos, puertos, estaciones, edificios, locales públicos o recursos naturales fundamental con una pena de prisión de diez a veinte años (Art. 346,CP), cuando los estragos comportaran necesariamente un peligro para la vida o integridad de las personas. En el Art. 347,CP se prevé el tipo imprudente. La Sección 3.ª "De otros delitos de riesgo provocados por explosivos y otros agentes", comprende los artículos que van desde Art. 348,CP a Art. 350,CP.
5 Los incendios están regulados en el Capítulo II dentro de los delitos contra la seguridad colectiva. El incendio supone la destrucción o deterioro de una cosa mediante el fuego por lo que sin tener sólo en cuenta el peligro que suponga para determinados bienes jurídicos individuales o colectivos, hay siempre un resultado de combustión de una cosa mediante el fuego que es necesario para su consumación. El delito se consuma cuando el fuego prende en la cosa con posibilidad de propagación, aunque esta no sea destruida. En algunos tipos debe concurrir también el peligro para las personas o un daño efectivo. Es posible la comisión por omisión. Los distintos tipos vienen descifrados en el Código Penal: el incendio en que se incrimina exclusivamente la producción de una situación de peligrosidad viene regulado en el Art. 351,CP que dice que los que provocaren un incendio que comporte un peligro para la vida o integridad física de las personas, serán castigados con la pena de prisión de diez a veinte años. Los Jueces o Tribunales podrán imponer la pena inferior en grado atendidas la menor entidad del peligro causado y las demás circunstancias del hecho. Cuando no concurra tal peligro para la vida o integridad física de las personas, los hechos se castigarán como daños previstos en el Art. 266,CP. En el Art. 352,CP se regulan los incendios forestales afirmando que los que incendiaren montes o masas forestales, serán castigados con las penas de prisión de uno a cinco años y multa de doce a dieciocho meses.
6 Si ha existido peligro para la vida o integridad física de las personas, se castigará el hecho conforme a lo dispuesto en el Art. 351,CP, imponiéndose, en todo caso, la pena de multa de doce a veinticuatro meses. Dice el Art. 353,CP que las penas señaladas en el artículo anterior se impondrán en su mitad superior cuando el incendio alcance especial gravedad, atendida la concurrencia de alguna de las circunstancias siguientes: 1.º Que afecte a una superficie de considerable importancia. 2.º Que se deriven grandes o graves efectos erosivos en los suelos. 3.º Que altere significativamente las condiciones de vida animal o vegetal o afecte a algún espacio natural protegido. 4.º En todo caso, cuando se ocasione grave deterioro o destrucción de los recursos afectados. Cuando el autor actúe para obtener un beneficio económico con los efectos derivados del incendio, se impondrán las penas en su mitad superior. El Art. 354,CP afirma que el que prendiere fuego a montes o masas forestales sin que llegue a propagarse el incendio
7 de los mismos, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año y multa de seis a doce meses. Existirá causa de exención cuando el incendio no se propagara por la acción voluntaria y positiva de su autor. Por último en el Art. 355,CP viene regulada una disposición común a todos los tipos que dice lo siguiente: En todos los casos previstos en esta sección, los Jueces o Tribunales podrán acordar que la calificación del suelo en las zonas afectadas por un incendio forestal no pueda modificarse en un plazo de hasta treinta años. Igualmente podrán acordar que se limiten o supriman los usos que se vinieran llevando a cabo en las zonas afectadas por el incendio, así como la intervención administrativa de la madera quemada procedente del incendio. En el Art. 356,CP vienen regulados los incendios en zonas de vegetación no forestales penalizando al que incendiare zonas de vegetación no forestales perjudicando gravemente el medio natural, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a veinticuatro meses. En el Art. 357,CP tipifica la conducta del sujeto incendiario de bienes propios será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años si tuviere propósito de defraudar o perjudicar a terceros, hubiere causado defraudación o perjuicio, existiere peligro de propagación a edificio, arbolado o plantío ajeno o hubiere perjudicado gravemente las condiciones de la vida silvestre, los bosques o los espacios naturales.
8 El Art. 358,CP se regula una disposición común a todos los delitos de incendios, se trata de la comisión imprudente: El que por imprudencia grave provocare alguno de los delitos de incendio penados en las secciones anteriores, será castigado con pena inferior en grado, a las respectivamente previstas para cada supuesto. Se adiciona un Art. 358 bis,código Penal, con la reforma hecha por la Ley 1/2015, de 30 de marzo, que dispone que lo dispuesto en los Art. 338,CP a Art. 340,CP también son aplicables a lo dispuesto en el Capítulo II. El Título XVIII "De las falsedades", está dividido en capítulos: Capítulo I "De la falsificación de moneda y efectos timbrados" Capítulo II "De las falsedades documentales" Capítulo III "Disposiciones generales" Capítulo IV "De la usurpación del estado civil" Capítulo V "De la usurpación de funciones públicas y del intrusismo" Este conjunto de delitos se ubican dentro del Código Penal, a lo largo de los Art ,CP.
9 NOVEDAD: La Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo modifica el Título XVIII "De las Falsedades" del Libro II del Código Penal, en los siguientes artículos: Art. 386,Código Penal, Art. 387,Código Penal, 389.2,Código Penal, y 400,Código Penal. En todos estos delitos se castiga a quien, independientemente del modo, presenta como real, como legítimo, algo que no cumple con ello. Las conductas tipificadas dentro de estos artículos del Código Penal, son las siguientes: Alterar moneda. Fabricar moneda falsa. Introducir en el país moneda falsa o alterada. Exportarlas. Transportarlas. Expenderlas. Distribuirlas. Tenerlas o adquirirlas para su expedición. Adquirirlas de buena fe y expenderlas o distribuirlas a sabiendas de su falsedad. La alteración de moneda, consiste en la manipulación de moneda legítima con la finalidad de darle una apariencia distinta de la originaria. Esta alteración tendrá por objeto otorgarle a la moneda un valor mayor del que le correspondería.
10 La fabricación de moneda falsa, supone su creación mediante una técnica determinada a imitación de la misma, y que con ella se induzca a error. En cuanto a la introducción (y también exportación) de moneda falsa o alterada en el país, puede ser realizada por una persona que no haya sido la falsificadora y consiga introducirla para se expendida o distribuida. Expender o distribuir, consisten en poner en circulación la moneda falsificada, por persona distinta del falsificador, alterador e introductor, pero a sabiendas de su falsedad. La tenencia de esta moneda con el fin de expedirla o distribuirla, será realizada por una persona que nada ha tenido que ver con su falsificación, alteración o introducción. En este caso se castiga la mera tenencia de moneda falsa, pero siempre para expedirla o distribuirla. Es completamente necesario ese ánimo. Por lo que respecta a su adquisición, puede ser adquirida de su falsificador o introductor o de un tercero que la hubiese adquirido previamente, pero se deber conocer su no autenticidad. En cuanto al valor aparente de la moneda, deberá ser superior a 400 euros para ser considerado delito.
11 El Código Penal en torno a estos delitos sobre falsificaciones, se distribuye de la siguiente manera: Los Art ,CP,se refieren a la falsificación de moneda y efectos timbrados. Los Art ,CP a las falsedades documentales (documentos públicos). Los Art ,CP,a las falsedades en documentos privados. Los Art ,CP,a la falsificación de certificados. El Art. 399 bis,cp,a la falsificación de tarjetas de crédito y débito y cheques de viaje. Mientras que el 400,CP y su apartado bis, se ocupan de unas disposiciones generales. Los Art ,CP, desarrollan los delitos de usurpación del estado civil, usurpación de funciones públicas e intrusismo.
12 NOVEDAD: Con motivo de la supresión de las faltas penales, los accidentes de tráfico dejan de estar tipificados en la vía penal, salvo que los hechos revistan carácter de delito de conducción con alcoholemia en el que se hayan producido lesiones o del que resulten lesiones por delitos leves por imprudencia. En los delitos leves por imprudencia, se exige que la imprudencia sea de gravedad, más allá de un mero despiste en la conducción, en los que se seguirán tramitando por la vía penal. Los accidentes de tráfico con resultado leve se reclamarán por la vía civil. Las imprudencias, como colisiones por alcance, podrán quedar fuera de la vía penal si así lo decide el juez de instrucción penal, valorando si concurre o no, una imprudencia calificable penalmente por parte de un conductor implicado. Delitos contra la Seguridad Vial Este conjunto de delitos se regulan dentro del Código Penal, Art ,CP. Artículo CÓDIGO PENAL DELITO PENA AGRAVANTES ATENUANTES 379.1,CP Superar velocidad: -60 km/h en vías urbanas -80 km/h en vías interurbanas Privación derecho conducir de 1 año hasta 4 años + Prisión de 3 a 6 meses ó Multa de 6 a 12 meses ó Trabajos en beneficio de la Cuando con los actos sancionados en los artículos 379, 380 y 381 se ocasionare, además del riesgo prevenido, En los delitos previstos en los artículos 379, 383, 384 y 385, el Juez o Tribunal, razonándolo en sentencia,
13 379.2,CP Tasa de alcohol superior a 0,60 mg/l (aire espirado) o superior a 1,2 gramos por litro (en sangre) Bajo influencia de drogas o alcohol (Instrucción 3/2006 FGE, Instrucción 3/2006 sobre criterios de actuación del Ministerio Fiscal para una efectiva persecución de los ilícitos penales relacionados con la circulación de vehículos a motor.): Síntomas evidentes Infracción denote conducción peligrosa Haber provocado accidente 380.1,CP Temeridad manifiesta y poniendo en concreto peligro la vida o integridad de las personas 380.2,CP Conducción manifiestamente temeraria: Superar velocidad (379.1) + superar tasas y/o bajo influencia (379.2) 381.1,CP Temeridad manifiesta y poniendo en concreto peligro la vida o integridad de las personas con manifiesto desprecio por la vida de los demás Privación derecho conducir de 1 año hasta 4 años Privación derecho conducir de 1 año hasta 6 años Privación derecho conducir de 6 a 10 años comunidad de 31 a 90 días + Prisión de 3 a 6 meses ó Multa de 6 a 12 meses ó Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días + Prisión de 6 meses a 2 años + Prisión de 2 a 5 años + Multa de 12 a 24 meses y un resultado lesivo constitutivo de delito, cualquiera que sea su gravedad, los Jueces o Tribunales apreciarán tan sólo la infracción más gravemente penada, aplicando la pena en su mitad superior y condenando, en todo caso, al resarcimiento de la responsabilidad civil que se hubiera originado. podrá rebajar en un grado la pena de prisión en atención a la menor entidad del riesgo causado y a las demás circunstancias del hecho ,CP Temeridad manifiesta con manifiesto desprecio por la vida de los demás (sin poner en concreto peligro la vida o la integridad de las personas) Privación derecho conducir de 6 a 10 años + Prisión de 1 a 2 años + Multa de 6 a 12 meses
14 Art. 383,CP Art. 384,CP Art. 385,CP Negarse a someterse a las pruebas de alcohol y drogas - Conducción con pérdida total de puntos (Se encuentre en período de perdida de vigencia; Pasado el período, no realiza curso de sensibilización/reeducacion vial y no supera pruebas) - Conducción sin haber obtenido permiso/licencia - Conducción con retirada judicial del permiso/licencia - Colocación de obstáculos, derrame de sustancias deslizantes/inflamables o alteración de la señalización - No restablecer la seguridad de la vía Privación derecho conducir de 1 año hasta 4 años + Prisión de 6 meses a 1 año Prisión de 3 meses a 6 meses ó Multa de 12 a 24 meses ó Trabajos de 31 a 90 días Trabajos de 10 a 40 días + Prisión de 6 meses a 2 años ó Multa de 12 a 24 meses El primero de estos delitos regula, en primer lugar, el delito de conducir superando los límites de velocidad establecidos, y señala lo siguiente: El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años. Estas mismas penas se impondrán a quien conduzca un vehículo a motor o ciclomotor bajo la influencia de las drogas o bebidas alcohólicas. Este es el segundo delito que regula el Art. 379,CP.
15 Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro. Es necesario que se genere un riesgo para los bienes jurídicos protegidos, no un peligro concreto, sino un cierto riesgo. Por lo tanto, es necesario que, quien conduzca un vehículo a motor o ciclomotor, con sus facultades físicas o psíquicas disminuidas a causa de haber consumido alcohol o drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que con su actuación ponga en peligro la vida o la integridad de los demás usuarios de las vías públicas. Se trata de un delito doloso, el sujeto debe saber que conduce en un estado de intoxicación. El autor del delito es el que conduce ese vehículo a motor o ciclomotor en ese estado, será partícipe el que no conduce pero insta o colabora en ello. En algunos casos podrá ser de aplicación el 20.2,CP como causa de exención de la responsabilidad criminal. Cuando el conductor de un vehículo a motor o ciclomotor sea requerido por un agente de la autoridad, se niegue a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, estará incurriendo en el delito tipificado en el Art. 383,CP, delito de negativa a someterse a las pruebas legalmente establecidas. El conductor podrá ser castigado a una pena de prisión de de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor o ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años. El Art. 380,CP regula el delito de conducción con temeridad manifiesta. En este delito, es necesario que el conductor ponga en concreto peligro la vida o la integridad de las personas.
16 El que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años. Conducción temeraria significa conducir sin la diligencia debida, sin respetar las normas que regulan la circulación vial, conducir con una imprudencia grave, temeraria, y que sea manifiesta, notoria para los ciudadanos. El riesgo debe ser real, cierto, para la vida o la integridad de las personas. Esa temeridad debe ser buscada, por lo tanto, se constituye como un delito doloso, aunque no quiera causar un resultado lesivo. El párrafo segundo de este artículo, señala que se reputará conducción manifiestamente temeraria, la conducción en la que concurrieren las circunstancias previstas en el Art. 379,CP. El Art. 381,CP se ocupa de la conducción con manifiesto desprecio para la vida de los demás, es decir, una conducción temeraria pero con manifiesto desprecio para la vida de los demás. El autor de este delito, es consciente de ese desprecio, de que su acción comporta un grave peligro para la vida de los demás, sin que ello le importe lo más mínimo, por lo que, el dolo aquí existente es un dolo eventual. La pena señalada para este delito será de prisión de dos a cinco años, multa de doce a veinticuatro meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotor por un período de de seis a diez años. En el supuesto de que no se haya puesto en concreto peligro la vida o integridad de los demás, las penas disminuirán. La pena de prisión tendrá una duración de uno a dos años, la multa de seis a doce meses y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por el tiempo previsto en el apartado anterior. En los delitos de conducción superando los límites de velocidad establecidos, delito de conducción temeraria y delito de conducción con manifiesto desprecio para la vida, si además del riesgo prevenido se ocasiona un resultado lesivo, independientemente de su gravedad, los Jueces o Tribunales, apreciarán la
17 infracción más gravemente penada, en su mitad superior, y, en todo caso, condenando al autor al resarcimiento de la responsabilidad civil derivada. También se regula dentro de este bloque de delitos, el supuesto de conducción de un vehículo a motor o ciclomotor concurriendo las siguientes circunstancias: - pérdida de vigencia del permiso o licencia - pérdida total de puntos - privación cautelar o definitiva del permiso o licencia por decisión judicial - sin haber obtenido nunca el permiso o licencia de conducción. En estos casos se impondrán las siguientes penas: prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. El Art. 385,CP se ocupa de regular el delito de creación de un grave riesgo para la circulación. Se creará este riesgo si se realiza alguna de las conductas siguientes: 1. Colocando en la vía obstáculos imprevisibles, derramando sustancias deslizantes o inflamables o mutando, sustrayendo o anulando la señalización o por cualquier otro medio. 2. No restableciendo la seguridad de la vía, cuando haya obligación de hacerlo. Se trata de conductas dolosas, nunca imprudentes. Las penas a las que podrán ser castigados los autores de estas conductas serás las siguientes: prisión de seis meses a dos años o a las de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de diez a cuarenta días.
18 Por último, los apartados bis y ter del Art. 385,CP se ocupan, en primer lugar, de expresar al vehículo a motor o ciclomotor como instrumento del delito, a la vista de los Art. 127,Art. 128,CP. Y, en segundo lugar, en los delitos de conducción superando los límites de velocidad, negación a someterse a las pruebas de alcoholemia y drogas, con pérdida o privación del permiso o licencia y en el delito de creación de un grave riesgo para la circulación, en estos casos, el Juez o Tribunal, motivándolo en la sentencia, podrá rebajar en un grado la pena de prisión en atención a la menor entidad del riesgo causado y a las demás circunstancias del hecho.
DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL
DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Capítulo IV. De los delitos contra la Seguridad Vial ARTICULO DELITO PRISIÓN MULTA Una de las 3 Se suma 379.1
Más detallesNota de prensa. Desarrollada entre los días 2 y 8 de junio de 2014 GOBIERNO DE ESPAÑA
Nota de prensa Desarrollada entre los días 2 y 8 de junio de 2014 El 0,65% de los conductores controlados por la Guardia Civil en las carreteras de Castilla y León da positivo en alcohol y el 25% en droga,
Más detallesSECUENCIA DE LA EXPOSICIÓN
SECUENCIA DE LA EXPOSICIÓN Investigaciones. Difficultades encontradas. Resultados. Conclusiones. Capacidades de la Guardia Civil. Capacidades del SEPRONA. Resultados del despliegue. INVESTIGACIÓN INTERÉS
Más detallesConducción profesional y trabajo. Guillermo Portero Lazcano Jefe servicios médicos de la Subdirección Bizkaia IVMl
Conducción profesional y trabajo Guillermo Portero Lazcano Jefe servicios médicos de la Subdirección Bizkaia IVMl Planteamiento del problema Salud laboral. Los servicios de prevención Trabajadores cuya
Más detallesCampaña especial para control de tasas de alcoholemia. Casi 350 conductores han sido detectados diariamente
Nota de prensa Campaña especial para control de tasas de alcoholemia 4.785 conductores han sido denunciados por sobrepasar las tasas máximas permitidas Casi 350 conductores han sido detectados diariamente
Más detallesPOSIBLES MODIFICACIONES A INTRODUCIR EN EL CODIGO PENAL RELACIONADAS CON LA SEGURIDAD VIAL Y SUS CONSECUENCIAS.
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS. COMISIÓN NO PERMANENTE SOBRE SEGURIDAD VIAL Y PREVENCIÓN DE LOS ACCIDENTES DE TRÁFICO 15 MARZO 2006 POSIBLES MODIFICACIONES A INTRODUCIR EN EL CODIGO PENAL RELACIONADAS CON LA
Más detalles1º CASO: Conducir un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de puntos.
SUPUESTOS QUE NOS PODEMOS ENCONTRAR: 1º CASO: Conducir un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de puntos. Para poder de nuevo volver
Más detallesResultados de la campaña de controles sobre alcohol y drogas. Se han realizado más de pruebas combinadas de alcoholemia y drogas
Nota de prensa Resultados de la campaña de controles sobre alcohol y drogas En siete días, 2.821 conductores dan positivo en la campaña de control de alcoholemia y drogas realizada por Tráfico Se han realizado
Más detallesCampaña de intensificación de la vigilancia conductores han sido detectados al volante habiendo consumido alcohol o drogas
Nota de prensa MINISTERIO Campaña de intensificación de la vigilancia 2.405 conductores han sido detectados al volante habiendo consumido alcohol o drogas En las 1.395 pruebas de drogas realizadas el 35%
Más detallesPRIMERA PARTE CONCEPTOS JURÍDICOS GENERALES
PRIMERA PARTE CONCEPTOS JURÍDICOS GENERALES I.-EL ORDENAMIENTO JURÍDICO 1.- Ordenamiento como CONJUNTO DE NORMAS. 2.- Ordenamiento como SISTEMA. 3.- Ordenamiento como INSTITUCIÓN. II.- EVOLUCIÓN: 1.- ANTIGUO
Más detallesÍNDICE. Grupo El Derecho y Quantor, S.L. 1 EDITORIAL JURIDICA - AUTORIZADOS - DIANA BARROSO
EDL 2007/205685 Jefatura del Estado Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de seguridad vial. BOE 288/2007,
Más detallesNota de prensa. Campaña intensiva de vigilancia y control de camiones. Coincidiendo con la operación Truck que se lleva a cabo en 25 países europeos
Nota de prensa Coincidiendo con la operación Truck que se lleva a cabo en 25 países europeos Campaña intensiva de vigilancia y control de camiones Entre el 8 y 14 de marzo al menos 15.000 camiones de más
Más detallesDelitos y criminalidad vial en España. Evolución de la delincuencia contra la Seguridad Vial ( ).
Delitos y criminalidad vial en España. Evolución de la delincuencia contra la Seguridad Vial (2012-2015). Madrid, 24 de abril de 2017 #DelitosAlVolante Índice 1. Por qué este estudio? 2. Principales resultados.
Más detallesTest Nº 20. La Legislación Sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (2).
Test Nº 20. La Legislación Sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (2). 811.- Las autorizaciones administrativas se regulan en el Texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación
Más detallesDELITOS contra la SEGURIDAD VIAL: Conducción bajo la influencia de bebidas ALCOHÓLICAS
Nº 20 Mayo 2015 www.consultingabogados.es DELITOS contra la SEGURIDAD VIAL: Conducción bajo la influencia de bebidas ALCOHÓLICAS I. CÓMO FUNCIONAN ESTAS PRUEBAS? II. NEGATIVA A SOMETERSE A LAS PRUEBAS
Más detalles"Buenas noches, esto es un control de alcoholemia. " Qué debes saber de esta prueba?
"Buenas noches, esto es un control de alcoholemia. " Qué debes saber de esta prueba? A. PREMISAS INICIALES. Dice la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECr) en su artículo 796.1.7º: " La práctica de las pruebas
Más detallesNegativa de un conductor a trasladarse a dependencias policiales para someterse a drogotest: constituye delito? Fecha de la consulta: 9/8/2012
DERECHO LOCAL EDE 2012/162147 Negativa de un conductor a trasladarse a dependencias policiales para someterse a drogotest: constituye delito? Fecha de la consulta: 9/8/2012 Planteamiento La policía local
Más detallesTEMA 17. REGULACIÓN DE LA ALCOHOLEMIA Y LA CONDUCCIÓN BAJO INFLUENCIA DE ESTUPEFACIENTES EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL.
TEMA 17. REGULACIÓN DE LA ALCOHOLEMIA Y LA CONDUCCIÓN BAJO INFLUENCIA DE ESTUPEFACIENTES EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL. El alcohol (o etanol) es una sustancia química que, tras ser ingerida, no es transformada
Más detallesCada día, más de 300 conductores son detectados al volante habiendo consumido alcohol y otras drogas
En una semana y en vías interurbanas Nota de prensa Cada día, más de 300 conductores son detectados al volante habiendo consumido alcohol y otras drogas De las 3.185 pruebas de drogas realizadas a conductores,
Más detallesLey Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal TÍTULO XIII. Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico... 1 CAPÍTULO XI.De los delitos relativos a la Propiedad Intelectual
Más detallesCÓDIGO DE OPOSITOR EXAMEN DE CONOCIMIENTOS PARA LA CONTRATACIÓN DE OCHO AUXILIARES DE POLICÍA LOCAL PARA O PORRIÑO, EN EL AÑO 2015.
CÓDIGO DE OPOSITOR EXAMEN DE CONOCIMIENTOS PARA LA CONTRATACIÓN DE OCHO AUXILIARES DE POLICÍA LOCAL PARA O PORRIÑO, EN EL AÑO 2015. INFORMACIÓN: Coloque el código que le acaban de dar en el espacio señalado
Más detallesLEGISLACIÓN DE SEGURIDAD VIAL 1. LEY DE SEGURIDAD VIAL ACTUALIZADO RD 303/2011
LEGISLACIÓN DE SEGURIDAD VIAL 1. LEY DE SEGURIDAD VIAL ACTUALIZADO RD 303/2011 TÍTULO V: RÉGIMEN SANCIONADOR CAPÍTULO PRIMERO: INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo 65. Cuadro general de infracciones 1. Las
Más detallesLa Respuesta Jurídico Penal al Fraude de Seguro
FUNDACIÓN INADE. INSTITUTOATLÁNTICO DEL SEGURO Forum Mediasegur Vigo, 18 de octubre de 2011 JORNADA: Fraude al Seguro La Respuesta Jurídico Penal al Fraude de Seguro Dra MartaGarcíaMosquera Dra. Marta
Más detalleswebmaster POLICIA LOCAL HUESCA
TEMA 18 INFRACCIONES EN MATERIA DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL. CLASIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES. webmaster POLICIA LOCAL HUESCA RDL339/90 DE 2 DE MARZO TÍTULO V: DE LAS
Más detallesCURSO 2007/08. Delitos graves son aquellos penados con pena grave (art. 13 CP), por lo
RESPONSABILIDAD PENAL DEL GESTOR PÚBLICO. CURSO 2007/08 PRACTICA V 1º Delitos graves: Delitos graves son aquellos penados con pena grave (art. 13 CP), por lo que serán los delitos castigados con alguna
Más detallesDELINCUENCIA MEDIOAMBIENTAL Pasado, Presente y Futuro. Fiscalía Coordinadora de Medio Ambiente y Urbanismo Fiscalía General del Estado
DELINCUENCIA MEDIOAMBIENTAL Pasado, Presente y Futuro Febrero, 2010 ÍNDICE I- EVOLUCIÓN DEL ARTÍCULO 347 BIS DESDE LA REFORMA DE 1983 II - LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE EN LA LEY ORGÁNICA 10/1995, DE
Más detallesSOLUCIONES. TEST 3. TITULO II. TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL.
SOLUCIONES. TEST 3. TITULO II. TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL. 1) Se puede conducir un vehículo después de haber consumido una bebida alcohólica? a) Sí, cuando ha pasado más de media
Más detallesResponsabilidad penal de las personas jurídicas ICAM, 24 de junio de 2015
Responsabilidad penal de las personas jurídicas ICAM, 24 de junio de 2015 Introducción 2 I. Ley Orgánica 5/2010: introducción de la responsabilidad penal de la persona jurídica El art. 31 bis La doble
Más detallesORDENANZA MUNICIPAL Nº 3221/2013. La Ordenanza Municipal Nº 773/95 y sus posteriores modificaciones;
Tema: Modifica arts. de la Ord. Nº 2859/11 (Infracciones de tránsito). Fecha: 16/12/2013 Deroga algunos art la OM Nº 3259/14 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3221/2013 VISTO: La Ordenanza Municipal Nº 773/95 y sus
Más detalles9.- La importancia del cumplimiento 7. El programa INCOVÍA: Revista Tráfico y Seguridad Vial 8 9.- La importancia del cumplimiento 7. El programa INCOVÍA: PUNTOS Revista Tráfico y Seguridad Vial 9 9.-
Más detallesPÉRDIDA DE VIGENCIA POR AGOTAMIENTO DEL CRÉDITO DE PUNTOS. Salamanca, 12 de mayo de 2017
PÉRDIDA DE VIGENCIA POR AGOTAMIENTO DEL CRÉDITO DE PUNTOS Salamanca, 12 de mayo de 2017 NORMATIVA REGULADORA Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
Más detallesTEST 9. SOLUCIONES TÍTULO IV LEY DE TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL. 1. Qué documentación está obligado a llevar consigo un conductor de un turismo?
TEST 9. SOLUCIONES TÍTULO IV LEY DE TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL 1. Qué documentación está obligado a llevar consigo un conductor de un turismo? a) Su permiso de conducción, el permiso de circulación del vehículo
Más detallesTÉCNICOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES FUNCIONES Y SUPUESTOS DE RESPONSABILIDAD EN EL ÁMBITO PENAL.
TÉCNICOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES FUNCIONES Y SUPUESTOS DE RESPONSABILIDAD EN EL ÁMBITO PENAL. Artículo 316. Los que con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando
Más detallesNota de prensa. Tráfico realizará 20.000 controles diarios de alcohol y drogas para evitar accidentes. Campaña de vigilancia de alcoholemia
Nota de prensa Campaña de vigilancia de alcoholemia Tráfico realizará 20.000 controles diarios de alcohol y drogas para evitar accidentes El alcohol y drogas en la conducción suponen anualmente la pérdida
Más detallesINFORME SOBRE VEHÍCULO PARA PERSONAS DE MOVILIDAD REDUCIDA MARCA: STERLING SAPHIRE 2
INFORME SOBRE VEHÍCULO PARA PERSONAS DE MOVILIDAD REDUCIDA MARCA: STERLING SAPHIRE 2 Vehículo implicado en accidente de circulación, objeto del presente informe: Características destacables: Baterías 36
Más detallesASISTENCIA LETRADA AL DETENIDO EN LOS DELITOS LEVES
ASISTENCIA LETRADA AL DETENIDO EN LOS DELITOS LEVES PRECEPTIVIDAD DE NOMBRAR LETRADO A LA LUZ DE LA REFORMA DE LA LEY ORGÁNICA 13/2015 DE MODIFICACIÓN DE LA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS GARANTÍAS PROCESALES
Más detallesCAMPAÑA NACIONAL CONTRA LA CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD. 24 de mayo 2016
CAMPAÑA NACIONAL CONTRA LA CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD "Manejar ebrio es un delito... valora tu vida y la de los demás! 24 de mayo 2016 Línea de Orientación Legal Gratuita El
Más detallesLA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO PARA LA VIOLENCIA DE GÉNERO. Informa:
LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO PARA LA VIOLENCIA DE GÉNERO Informa: SE HA PUBLICADO LA LEY ORGÁNICA 1/2015, DE 30 DE MARZO, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY ORGÁNICA 10/1995, DE 23 DE NOVIEMBRE, DEL CÓDIGO PENAL
Más detallesMANUAL POLICIAL DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL (Este trabajo puede ser divulgado respetando su autoría)
- 0 - Artículo 379 CP DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL (1) 1. El que condujere (a) un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros
Más detallesPara prevenir la fatiga, es recomendable
TEMA 7 El factor humano TEST Nº35 1º- El exceso de velocidad, influye en la capacidad de anticipación del conductor? A Sí, aumentándola. B Sí, a mayor velocidad menor capacidad de anticipación. C No, sólo
Más detallesPerito Judicial Especialista en Atestados. Derecho y Aspectos Jurídicos
Perito Judicial Especialista en Atestados Derecho y Aspectos Jurídicos Ficha Técnica Categoría Derecho y Aspectos Jurídicos Referencia 159400-1501 Precio 71.16 Euros Sinopsis Si desea dedicarse profesionalmente
Más detallesDROGAS Y SEGURIDAD VIAL ALGUNAS CUESTIONES PRÁCTICAS EN EL ÁMBITO PENAL
DROGAS Y SEGURIDAD VIAL ALGUNAS CUESTIONES PRÁCTICAS EN EL ÁMBITO PENAL El delito de conducción n bajo la influencia de drogas El artículo 379 del C.P.. establece:.. será castigado el que condujere un
Más detallesDATOS Y PLANTILLA PARA CAMPAÑA CONTROL ALCOHOLEMIA. (9 AL 15 DE JULIO DE 2012) Í N D I C E 2.- EFECTOS DEL ALCOHOL EN LA CONDUCCIÓN
DATOS Y PLANTILLA PARA CAMPAÑA CONTROL ALCOHOLEMIA. (9 AL 15 DE JULIO DE 2012) Í N D I C E 1.- DATOS A RESALTAR 2.- EFECTOS DEL ALCOHOL EN LA CONDUCCIÓN 3.- EL EXCESO DE ALCOHOL TAMBIÉN ES PELIGROSO PARA
Más detallesMEMORIA POLICÍA LOCAL DE HUESCA
MEMORIA POLICÍA LOCAL DE HUESCA SERVICIOS E INTERVENCIONES PRESTADAS POR POLICÍA LOCAL AUXILIOS A CIUDADANOS EN SITUACIÓN DE RIESGO Nº 806 INTERVENCIONES EN ACTOS PÚBLICOS 440 INTERVENCIONES EN VÍA PÚBLICA
Más detallesNota de prensa. Tolerancia cero con los conductores que consuman drogas al volante
MINISTERIO DEL INTERIOR OFICINA DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES Nota de prensa Tolerancia cero con los conductores que consuman drogas al volante Estos nuevos controles de drogas se efectuarán
Más detallesBENEFICIOS Y LIMITACIONES DE LA APLICACIÓN DEL COMISO ESPECIAL O PRIVACIÓN DE BENEFICIOS MINISTERIO PÚBLICO
BENEFICIOS Y LIMITACIONES DE LA APLICACIÓN DEL COMISO ESPECIAL O PRIVACIÓN DE BENEFICIOS MINISTERIO PÚBLICO BENEFICIOS DE LA APLICACIÓN DE LA PRIVACIÓN DE BENEFICIOS O COMISO ESPECIAL Cuestiones Previas:
Más detallesLEY DE TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL TEST 11. TITULO V SOLUCIONES
LEY DE TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL TEST 11. TITULO V SOLUCIONES 1. Si alguien actúa contra lo dispuesto en la Ley de Seguridad Vial, esa actuación se considera a) Un delito. b) Una infracción administrativa.
Más detallesARGUMENTARIO PARA CAMPAÑA CONTROL ALCOHOLEMIA (Del 9 al 15 de julio de 2013)
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INTERVENCIÓN Y POLÍTICAS VIALES ARGUMENTARIO PARA CAMPAÑA CONTROL ALCOHOLEMIA (Del 9 al 15 de julio de 2013) Contenido 1. INTRODUCCIÓN... 2 2. EFECTOS DEL ALCOHOL EN LA CONDUCCIÓN...
Más detallesCuadro SINDICADOS EN LA CIUDAD DE PANAMÁ, POR EDAD, SEGÚN SEXO Y DELITO: AÑO 2009 TOTAL. 12, ,647
TOTAL. 12,960 285 705 630 937 461 295 9,647 Contra la personalidad jurídica del Estado. 11 - - - - - - 11 Dirigir o formar parte de organización de carácter internacional dedicada al tráfico con personas
Más detallesDELITOS CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁFICO
DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁFICO 1 Delitos contra la seguridad del Tráfico (del art.379 a 385). (accidentes tráfico y código penal y administrativo). Art. 379 C.P.--- El que Condujere vehículo a
Más detallesLEY ORGÁNICA 10/1995, DE 23 DE NOVIEMBRE, DEL CÓDIGO PENAL. Añadido por art. único.40 de Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio RCL\2010\1658.
LEY ORGÁNICA 10/1995, DE 23 DE NOVIEMBRE, DEL CÓDIGO PENAL Artículo 177 bis. [Trata de seres humanos] Añadido por art. único.40 de Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio RCL\2010\1658. 1. Será castigado con
Más detallesLos delitos contra la seguridad vial y el atestado policial. De: Mónica L. Granado Travieso Fecha: Mayo 2012 Origen: Noticias Jurídicas
Los delitos contra la seguridad vial y el atestado policial De: Mónica L. Granado Travieso Fecha: Mayo 2012 Origen: Noticias Jurídicas 1. INTRODUCCIÓN. Los denominados delitos contra la seguridad vial
Más detallesAlternativas al internamiento para menores infractores ESPAÑA
Alternativas al internamiento para menores infractores I. GRUPO OBJETIVO. ESPAÑA Edad de responsabilidad penal del menor: 14-17. Edad de responsabilidad penal (adultos): 18. Edad mínima para la privación
Más detallesConsulta n.º 1/88, de 28 de octubre, sobre la penalidad en el delito de daños culposos del artículo 563.
Consultas DOCUMENTO ANALIZADO Consulta n.º 1/88, de 28 de octubre, sobre la penalidad en el delito de daños culposos del artículo 563. 1. NORMAS INTERPRETADAS POR LA INSTRUCCIÓN Arts. 563 y 565 CP (1973)
Más detalles1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DECISIÓN INICIAL DE INCOACIÓN.
www.terra.es/personal2/pl.coet 1 FACULTADES DE LA POLICIA JUDICIAL EN JUICIOS RÁPIDOS JUICIOS RÁPIDOS. REQUISITOS Penalidad < 5 años de prisión. > 10 años resto. Atestado policial.- Detenido o Imputado
Más detallesLA GESTION DE LA SEGURIDAD EN LAS INFRAESTRUCTURAS VIARIAS: LA EVENTUAL RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS ADMINISTRACIONES Y LOS A UDITORES
LA GESTION DE LA SEGURIDAD EN LAS INFRAESTRUCTURAS VIARIAS: LA EVENTUAL RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS ADMINISTRACIONES Y LOS A UDITORES INTRODUCCION: TIPOLOGIA ACCIDENTES EN CARRETERA (DATOS DGT) FALLECIDOS
Más detallesEjPPLib TEMA 1 PENAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD DERECHO PENITENCIARIO EJECUCIÓN DE PENAS PRIVATIVA DE LIBERTAD- 2007/2008 AITANA RAMÓN MARTÍN
TEMA 1 PENAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD DERECHO PENITENCIARIO CARACTERÍSTICAS PENAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD Pérdida de la libertad ambulatoria. De un penado. Mediante su internamiento En un establecimiento.
Más detallesLEY 40/1979, DE 10 DE DICIEMRE, SOBRE RÉGIMEN JURÍDICO DE CONTROL DE CAMBIOS
LEY 40/1979, DE 10 DE DICIEMRE, SOBRE RÉGIMEN JURÍDICO DE CONTROL DE CAMBIOS FICHA RESUMEN... 2 CAPITULO II.-Delitos monetarios... 2 (Este Capítulo es el único vigente y ha sido modificado por L OR 10/1983)
Más detallesArtículo 2o.-... Artículo
En 28 de junio de 2007, quedó publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto mediante el cual se reformaron diversas disposiciones de las siguientes legislaciones: 1).- Código Penal Federal.
Más detallesEL FUTURO CÓDIGO PENAL Y LA REGULACIÓN DE LOS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO
CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE POLICIA Comité Ejecutivo Nacional EL FUTURO CÓDIGO PENAL Y LA REGULACIÓN DE LOS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO Este nuevo delito leve de hurto queda determinado por el valor de
Más detallesPequeño resumen de la presentación Un poco largo, pero no demasiado
Pequeño resumen de la presentación Un poco largo, pero no demasiado EVOLUCIÓN DE LAS SENTENCIAS POR ACCIDENTES LABORALES EN LA REGIÓN DE MURCIA. Abogada. ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN. Breve repaso histórico
Más detallesTráfico inicia una campaña intensiva de vigilancia y control de camiones y furgonetas
Nota de prensa Coincidiendo con la operación Truck que se lleva a cabo en 25 países Tráfico inicia una campaña intensiva de vigilancia y control de camiones y furgonetas 696 personas fallecieron en 2009
Más detallesMANIPULACIÓN DE MERCANCIAS PELIGROSAS (OBTENCIÓN)
MANIPULACIÓN DE MERCANCIAS PELIGROSAS (OBTENCIÓN) Descripción de los Módulos Formativos Módulo: CISTERNAS Y CONTENEDORES DE CISTERNAS. CONOCER LOS DIFERENTES TIPOS DE CISTERNAS. - CISTERNAS Y CONTENEDORES
Más detallesNota de prensa. Tráfico duplicará los controles de velocidad en carretera durante las dos próximas semanas. Campaña de vigilancia de la velocidad
Nota de prensa Campaña de vigilancia de la velocidad Tráfico duplicará los controles de velocidad en carretera durante las dos próximas semanas Se pretende incidir sobre este factor que está presente en
Más detallesCuadro SINDICADOS EN LA CIUDAD DE COLÓN, POR EDAD, SEGÚN SEXO Y DELITO: AÑO Menos de TOTAL. 2, ,811
TOTAL. 2,258 42 80 83 132 73 37 1,811 Contra la libertad... 16-1 1 1 - - 13 Privar a otro de su libertad 8 - - 1 - - - 7 Profanar o violar tumbas 1 - - - 1 - - - Usar violencia o amenazas para obligar
Más detallesTest Nº 24. Atentados Contra la Autoridad, sus Agentes y los Funcionarios Públicos.
Test Nº 24. Atentados Contra la Autoridad, sus Agentes y los Funcionarios Públicos. 931.- Los delitos contra el orden público se regulan en el Código Penal en su Título: a) XX b) XXI c) XXII d) XXIII 932.-
Más detallesINTRODUCCION PRESENTACION DEL TEMA DE INVESTIGACION PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
INTRODUCCION 1 INTRODUCCION Este trabajo trata de la sanción contra el conductor en estado de embriaguez. En nuestra concepción, conducir en estado de ebriedad es un homicidio cuando tiene consecuencias
Más detallesLA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL ENTRADA EN VIGOR 1 DE JULIO DE 2015
LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL ENTRADA EN VIGOR 1 DE JULIO DE 2015 EN QUÉ CONSISTE? La reciente reforma del Código Penal (Ley Orgánica 1/2015, de 30 de
Más detallesLEY DE TRAFICO Y SEGURIDAD VIAL TEST 12. TITULO V SOLUCIONES
LEY DE TRAFICO Y SEGURIDAD VIAL TEST 12. TITULO V SOLUCIONES 1. Si en un turismo que tiene 5 plazas viajan 5 pasajeros además del conductor, qué tipo de infracción sería? a) Leve b) Grave c) Muy grave
Más detallesÍNDICE. Prólogo CAPÍTULO I.
ÍNDICE Prólogo.......................................... 13 El delito de defraudación a la Seguridad Social (art. 307 CP)................................... 15 1. El sistema del Código Penal. Oportunidad
Más detallesNueva Ley de Seguridad Vial
Nueva Ley de Seguridad Vial El día 25 de mayo entró en vigor la Ley 18/2009, de 2 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad
Más detallesMarco legal del Estado, aplicable al graffiti
Códigos Código Penal para el Estado de Zacatecas Publicación: 17 mayo 1986 Vigencia: 16 julio 1986 De acuerdo a este código, el graffiti se sanciona como un delito contra el patrimonio, en específico como
Más detallesPENAS Y DELITOS MÁS COMUNES ENTRE LOS JÓVENES
PENAS Y DELITOS MÁS COMUNES ENTRE LOS JÓVENES Miguel Ángel Morillas. Abogado Dpto. Derecho Penal de Medina Cuadros Abogados SUMARIO 1. Introducción 2. Delitos relativos a los desórdenes públicos 3. Delitos
Más detalles1. REGULACIÓN DE LA ALCOHOLEMIA Y LA CONDUCCIÓN BAJO LA INFLUENCIA DE ESTUPEFACIENTES EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL.
REGULACIÓN DE LA ALCOHOLEMIA Y LA CONDUCCIÓN BAJO LA INFLUENCIA DE ESTUPEFACIENTES EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL REFERENCIAS LEGISLATIVAS Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se
Más detallesCURSO/GUÍA PRÁCTICA DELITOS URBANÍSTICOS
SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. CURSO/GUÍA PRÁCTICA DELITOS URBANÍSTICOS PARTE PRIMERA. Delitos urbanísticos. Capítulo 1. La delincuencia urbanística.
Más detallesLEGISLACION INFORMATICA
LEGISLACION INFORMATICA Que son Delitos Informáticos? Conductas ilegales que se realizan a través del computador, o que afectan al funcionamiento de los sistemas informáticos, que lesionan bienes jurídicos
Más detallesBANCO DE PREGUNTAS SERVICIO DE TRÁNSITO
BANCO DE PREGUNTAS SERVICIO DE TRÁNSITO OPCIÓN MÚLTIPLE 1. Las normas a las que están sujetos los peatones, pasajeros, ciclistas y conductores que utilizan las vías públicas, están establecidas en? a)
Más detallesTEMA 12. EL EJERCICIO Y LA COORDINACIÓN DE LAS COMPETENCIAS SOBRE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL.
TEMA 12. EL EJERCICIO Y LA COORDINACIÓN DE LAS COMPETENCIAS SOBRE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL. ESPECIAL REFERENCIA A LAS COMPETENCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE HUESCA. webmaster
Más detallesNovedades penales en violencia de género. Noviembre de 2.015
Novedades penales en violencia de género Noviembre de 2.015 Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre Actuar contra la violencia manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones
Más detallesDelitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social
Delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social Defraudación contra la Hacienda Pública española > 120.000 euros Hasta el 16-1-2013: Defraudación contra la Hacienda Pública española concurriendo
Más detallesPRINCIPALES NOVEDADES DE LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD VIAL
PRINCIPALES NOVEDADES DE LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD VIAL En el Boletín Oficial del Estado del día 2 de noviembre de 2009 se publicó la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado
Más detallesGuía Docente. Seguridad Vial FICHA IDENTIFICATIVA RESUMEN. Datos de la Asignatura Código Créditos ECTS 4.5 Curso académico
FICHA IDENTIFICATIVA Datos de la Asignatura Código 35093 Nombre Seguridad Vial Ciclo Grado Créditos ECTS 4.5 Curso académico 2015-2016 Titulación(es) Titulación Centro Curso Periodo 1302 - Grado de Criminología
Más detallesTEMA VIII: DELITOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA. LAS FALSEDADES: FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS. LA USURPACIÓN DE FUNCIONES PÚBLICAS
TEMA VIII: DELITOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA. LAS FALSEDADES: FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS. LA USURPACIÓN DE FUNCIONES PÚBLICAS 1. DELITOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA. (Art. 359 a 378) 2.
Más detallesDelitos relacionados con las tecnologías de la información.
Delitos relacionados con las tecnologías de la información. NUEVO CODIGO PENAL TITULO X Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio CAPITULO I Del descubrimiento
Más detallesMERCANCÍAS PELIGROSAS-RENOVACIÓN
MÓDULOS FORMATIVOS MERCANCÍAS PELIGROSAS-RENOVACIÓN - DISPOSICIONES GENERALES APLICABLES AL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS - CONDUCTAS DEL CONDUCTOR - FINALIDAD Y FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPO TÉCNICO
Más detallesLA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES Y EL CUMPLIMIENTO NORMATIVO. Teresa Salazar Arteche 11 de noviembre de 2016
LA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES Y EL CUMPLIMIENTO NORMATIVO Teresa Salazar Arteche 11 de noviembre de 2016 -Normativa en PRL -Incumplimiento de la normativa en PRL. Consecuencias MARCO NORMATIVO LEY
Más detallesDELITOS TECNOLÓGICOS: TIPIFICACIÓN Y RESPONSABILIDAD
DELITOS TECNOLÓGICOS: TIPIFICACIÓN Y RESPONSABILIDAD Sonia Martín Fernández Directora de Servicios Profesionales de Seguridad Abogado Experto en Derecho TIC ISO27001LA ISO20000LA sonia.martin@secureit.es
Más detallesINFRACCIONES PENALES CONOCIDAS POR LA POLICÍA VASCA (ERTZAINTZA Y POLICÍA LOCAL) EN MUNICIPIOS DE MÁS DE HABITANTES
INFRACCIONES PENALES CONOCIDAS POR LA POLICÍA VASCA (ERTZAINTZA Y POLICÍA LOCAL) EN MUNICIPIOS DE MÁS DE 50.000 HABITANTES 2.1. INFRACCIONES PENALES CONOCIDAS EN EL MUNICIPIO DE BILBAO. AÑOS 2014-2015
Más detalles(Rúbrica y capítulos I a V -arts 178 a 190- del Título VIII modificados por Ley orgánica 11/1999)
TITULO VIII Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales CAPÍTULO I De las agresiones sexuales (Rúbrica y capítulos I a V -arts 178 a 190- del Título VIII modificados por Ley orgánica 11/1999) Artículo
Más detallesANEXO VI. Indique la persona a la que hay que dirigirse para obtener información complementaria relativa a la resolución sobre medidas de vigilancia
ANEXO VI CERTIFICADO PARA LA EJECUCIÓN DE RESOLUCIONES QUE IMPONGAN MEDIDAS ALTERNATIVAS A LA PRISIÓN PROVISIONAL EN OTRO ESTADO MIEMBRO DE LA UNIÓN EUROPEA A que se refiere el artículo 10 de la Decisión
Más detallesCÓDIGO PENAL. (03/04/91.- D. Leg. N o 635.)
CÓDIGO PENAL (03/04/91.- D. Leg. N o 635.) ( ) LIBRO TERCERO FALTAS TITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES DISPOSICIONES COMUNES Artículo 440 o.- Son aplicables a las faltas las disposiciones contenidas
Más detalles3.1. CODIGO PENAL (Título XIII): Decreto Legislativo N 635 (06.abr.1991) TITULO XIII DELITOS CONTRA LA ECOLOGIA
3. LEGISLACION PENAL: 3.1. CODIGO PENAL (Título XIII): Decreto Legislativo N 635 (06.abr.1991) 3.1.1. Delitos contra el Ambiente: TITULO XIII DELITOS CONTRA LA ECOLOGIA Capítulo Unico Delitos contra los
Más detallesSECRETARIA CÁMARA DE DIPUTADOS
Art. 21. Las penas que pueden imponerse con arreglo a este Código y sus diferentes clases, son las que comprende la siguiente: ESCALA GENERAL Penas de crímenes Presidio perpetuo calificado Presidio perpetuo.
Más detallesInstituto Superior de Seguridad Pública DOCUMENTACIÓN. 17 P á g i n a
DOCUMENTACIÓN 17 P á g i n a La Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana establece en su artículo 8.1: El Documento Nacional de Identidad es un documento público y oficial y tendrá la
Más detallesIV ENCUENTRO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO GRANADA 22 Y 23 DE SEPTIEMBRE 2016
IV ENCUENTRO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO GRANADA 22 Y 23 DE SEPTIEMBRE 2016 Aplicación y eficacia de los nuevos tipos penales y su prueba. Fiscal adscrita a la Fiscalía de Sala contra
Más detallesLEY DE TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL TEST 10. TITULO IV. SOLUCIONES. 1. Cuándo se puede declarar la nulidad de un permiso de conducción?
LEY DE TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL TEST 10. TITULO IV. SOLUCIONES 1. Cuándo se puede declarar la nulidad de un permiso de conducción? a) Cuando concurra alguno de los supuestos previstos en la normativa sobre
Más detallesLOS DELITOS AMBIENTALES EN EL NUEVO CÓDIGO ÓRGÁNICO INTEGRAL PENAL ECUATORIANO
LOS DELITOS AMBIENTALES EN EL NUEVO CÓDIGO ÓRGÁNICO INTEGRAL PENAL ECUATORIANO DEFINICIÓN DE DELITO Un delito es un comportamiento que, ya sea por propia voluntad o por imprudencia, resulta contrario a
Más detallesDELITOS DE LA C. A. P. V.
DE LA DELITOS Del homicidio y sus formas 48 73-34,25% Homicidio 32 53-39,62% Asesinato 4 6-33,33% Homicidio por imprudencia 7 13-46,15% Auxilio e inducción al suicidio 5 1 400,00% Del aborto 0 5-100,00%
Más detalles