Adicionalmente, el TRLCSP, el RD 817/2009 y el RD 1098/2001 serán de aplicación en todo en cuanto este Pliego se remita a dichos textos normativos.

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1 PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE REGIRÁ, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES DEL PALACIO DE CONGRESOS KURSAAL 1. OBJETO DEL CONTRATO NATURALEZA Y NORMAS REGULADORAS DEL CONTRATO ENTIDAD CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN VARIANTES DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL DURACIÓN DEL CONTRATO PRECIOS UNITARIOS Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO ABONO DEL PRECIO REVISIÓN DEL PRECIO CONDICIONES DE SOLVENCIA PUBLICIDAD GARANTÍA DEFINITIVA PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y DOCUMENTACIÓN CRITERIOS DE VALORACIÓN: APERTURA DE PROPOSICIONES ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO EJECUCIÓN DEL CONTRATO OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO CONFIDENCIALIDAD RESPONSABLE DEL CONTRATO SEGUROS PENALIZACIONES CESIÓN DEL CONTRATO SUBCONTRATACIÓN MODIFICACIONES DEL CONTRATO RESOLUCIÓN DEL CONTRATO JURISDICCIÓN ANEXO II. MODELO DE AVAL ANEXO III. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ANEXO IV. MODELO DE COMPROMISO ANEXO V. MODELO DE PROPUESTA ECONÓMICA ANEXO VI. MODELO DE ACTA NOTARIAL DE MANIFESTACIONES PARA EL SUPUESTO DE QUE EL LICITADOR, PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA EXIGIDA, PRETENDA BASARSE EN LA SOVENCIA DE OTRAS ENTIDADES

2 PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE REGIRÁ, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES DEL PALACIO DE CONGRESOS KURSAAL 1. OBJETO DEL CONTRATO La finalidad del contrato, naturaleza y extensión son cubrir las necesidades de telecomunicaciones del Palacio de Congresos KURSAAL en Donostia-San Sebastián, conforme a lo dispuesto en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas. 2. NATURALEZA Y NORMAS REGULADORAS DEL CONTRATO El presente contrato es de carácter privado, rigiéndose, en cuanto a su preparación y adjudicación, por el presente pliego y el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en el mismo, por las instrucciones de contratación de KURSAAL, por las normas establecidas al efecto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el qu ese aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP) y, en su caso, por el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, RD 817/2009) para los contratos no sujetos a regulación armonizada celebrados por las entidades del sector público que reúnan la condición de poder adjudicador y no sean Administración Pública y, en cuanto no se oponga a lo previsto en el TRLCSP o en el RD 817/2009, por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, RD 1098/2001). En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato se regirá por el presente pliego y, en lo no previsto en el mismo, por las normas de derecho privado. No obstante, serán de aplicación al contrato las normas establecidas sobre modificación de los contratos en el título V del Libro I del TRLCSP. Adicionalmente, el TRLCSP, el RD 817/2009 y el RD 1098/2001 serán de aplicación en todo en cuanto este Pliego se remita a dichos textos normativos. 3. ENTIDAD CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN La entidad contratante es la sociedad CENTRO KURSAAL KURSAAL ELKARGUNEA, S.A. (en adelante KURSAAL). El Órgano de Contratación es el Director Gerente. 4. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto, con publicidad en el perfil del contratante, al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el presente Pliego

3 5. VARIANTES No se admiten. 6. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL Tienen carácter contractual, además del correspondiente contrato que se formalice con ocasión de la adjudicación realizada, el presente Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, el Pliego Prescripciones Técnicas y la oferta que presente el adjudicatario del contrato. Dichos documentos habrán de ser firmados por el adjudicatario en prueba de conformidad con los mismos, en el acto de formalización del contrato. 7. DURACIÓN DEL CONTRATO El plazo de duración del contrato será de tres años, desde la fecha de formalización del contrato. Finalizada la vigencia del contrato, el adjudicatario vendrá obligado a continuar con la prestación del servicio, en las mismas condiciones establecidas en el contrato, en el supuesto de que no se hubiera producido la nueva adjudicación y por el tiempo restante hasta que ésta se produzca. 8. PRECIOS UNITARIOS Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Los licitadores deberán indicar en su proposición económica los precios unitarios con arreglo a los cuales prestarán los servicios de telecomunicaciones según se establece en el Anexo V del presente pliego. A dichos efectos, los precios unitarios máximos de licitación tanto para telefonía fija, móvil y servicios de conexión y acceso a internet, son los que se fijan en las tablas del Anexo V del presente Pliego. Se entenderán comprendidos en el precio cualesquiera conceptos inherentes a la prestación de los servicios y todos los gastos relativos al personal empleado para la prestación de los mismos (a saber, salarios y Seguridad social, vacaciones y pagas extraordinarias, sustituciones por baja o enfermedad, seguros de accidentes individuales, etc.), así como todos los tributos (con excepción del IVA), seguros, licencias, autorizaciones y gastos generales. Asimismo, el importe del servicio comprenderá los costes de los consumos y servicios, la instalación y puesta en marcha de nuevos servicios que pudieran plantearse, el mantenimiento de los equipos que actualmente se usan para su desarrollo y/o actualización o renovación de éstos en caso de avería, pérdida o robo, así como la necesaria renovación o mejora derivada de las evoluciones tecnológicas o de mercado que pudieran producirse durante el periodo de duración del contrato. El valor estimado total del contrato, a los efectos de lo previsto en el artículo 88 del TRLCSP, es de CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS EUROS (58.500,00 ), IVA excluido. Dicho valor estimado ha sido calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 88.5.a) del TRLCSP, esto es, atendiendo al valor real de los contratos similares adjudicados durante los doce meses previos, y computado por todo el tiempo de duración del contrato, es decir, tres años

4 9. ABONO DEL PRECIO El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de los servicios efectivamente realizados. El precio se abonará mensualmente, previa presentación de la correspondiente factura por el contratista y una vez aprobada por KURSAAL. El precio a abonar al contratista será el resultante de aplicar a los servicios efectivamente prestados durante dicho mes los precios unitarios ofertados por cada concepto. La empresa contratista deberá emitir la factura mensual en los 15 primeros días naturales del mes siguiente al que se trate. Se incorporará a cada factura mensual un detalle de los servicios específicos prestados en el mes en cuestión. Dicha factura será satisfecha por KURSAAL en el plazo de 60 días desde la finalización del mes a que correspondan los servicios siempre que la factura haya sido emitida en el plazo señalado en el párrafo anterior y cuente con el visto bueno de KURSAAL. 10. REVISIÓN DEL PRECIO No procederán revisiones del precio 11. CONDICIONES DE SOLVENCIA Podrán contratar con KURSAAL las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. Las empresas licitadoras deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Tendrán capacidad para contratar con KURSAAL, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga

5 Podrán contratar con KURSAAL las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera y técnica o profesional: - Haber ejecutado contratos similares al del objeto del contrato por un importe anual de euros, en cada uno de los tres últimos años. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar el contrato, los licitadores que pretendan basarse en la solvencia de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, deberán aportar (según modelo contenido en el Anexo VI) escrito otorgado ante Notario, en el que la empresa implicada manifieste: que conoce en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador; que ostenta la referida solvencia, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Cláusula 14ª); y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por KURSAAL, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario. 12. PUBLICIDAD La publicidad de la presente licitación, así como la de su adjudicación, se efectuará mediante su publicación en el perfil de contratante de KURSAAL. El acceso a dicho perfil se realizará a través de la página Web siguiente: GARANTÍA DEFINITIVA La empresa adjudicataria, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligada a constituir una garantía definitiva por importe del 5% del valor estimado del contrato, excluido IVA. El licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir la citada garantía en el plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por KURSAAL. Podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP. Si la garantía se constituye en metálico, se ingresará el importe en la cuenta corriente nº C/C: En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo II. La acreditación de la constitución de la garantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos

6 La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por la empresa adjudicatario todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles a la empresa adjudicataria, ésta deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. En lo no previsto en la presente Cláusula, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSP. 14. PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y DOCUMENTACIÓN La presentación de proposiciones presupone la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del presente Pliego y del Pliego de Prescripciones Técnicas, y del resto de documentaciones contractuales, salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones para la realización del suministro. Para participar en la presente licitación, las empresas deberán presentar, en mano, en las oficinas de KURSAAL, sitas en Avenida Zurriola, nº1 de Donostia-San Sebastián, y hasta las 13:00 horas del 9 de junio de 2015 de tres sobres cerrados, con la documentación que luego se señalará, indicando en el mismo la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la oferta y el carácter con que lo hace. En el sobre figurará la inscripción: Oferta para tomar parte, mediante procedimiento abierto, en la contratación de los servicios de telecomunicaciones del Palacio de Congresos KURSAAL. Cada uno de los sobres constará de los documentos que se indican a continuación: Sobre 1: "Aptitud para contratar" a) Relación numerada, en hoja independiente, de la documentación aportada en el sobre, y el medio preferente para la recepción de notificaciones, que se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo I. Todo ello de forma legible. b) Documentos acreditativos de la capacidad de obrar del empresario y, en su caso, de su representación: - La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los Estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. - La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas físicas se acreditará mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad. - Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia del Documento Nacional de Identidad, así como poder bastante al efecto. Si la empresa fuere persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando así se exija - 6 -

7 conforme a lo previsto en el artículo 94 del Reglamento del Registro Mercantil o en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate. - La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. - La capacidad de obrar de los restantes empresarios extranjeros se acreditará mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. - Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyen y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios. Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones de que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. Toda esta documentación se presentará en original, o copia debidamente compulsada o autenticada. c) Declaración responsable ajustada al modelo del Anexo III de no estar incurso el licitador en ninguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60.1 del TRLCSP. Dicha declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente el empresario en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, debiendo presentar el adjudicatario, en el plazo máximo de diez días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento realizado por KURSAAL, la justificación acreditativa de dicho requisito. d) Las empresas licitadoras deberán acreditar estar en posesión de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional indicada en la Cláusula 12ª. La solvencia económica y financiera y técnica o profesional se acreditará a través de los medios siguientes: - Relación de los principales contratos ejecutados en los tres últimos años, que incluya fechas y el destinatario público o privado de los mismos, especificando de forma detallada aquéllos que justifiquen los requisitos mínimos de solvencia. e) En su caso, Acta notarial de manifestaciones para el supuesto de que el licitador, para acreditar la solvencia exigida pretenda basarse en la solvencia de otras entidades, según modelo contenido en el Anexo VI

8 f) Compromiso de cumplimiento del servicio ajustado al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo IV. g) Las empresas extranjeras deberán presentar declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial al euskera o, en su caso, al español. Aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, podrán presentar copia compulsada del certificado expedido por el letrado responsable del Registro en sustitución de la documentación requerida en los apartados b).el certificado de inscripción deberá acompañarse de una declaración responsable firmada por el licitador en virtud de la cual manifieste que las circunstancias reflejadas en el documento no han variado. KURSAAL se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores. Sobre 2: "Propuesta técnica" Los licitadores deberán presentar su propuesta técnica en los términos previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas La propuesta técnica contendrá, como mínimo, los aspectos que se indican a continuación: a) Memoria técnica comprensiva y descriptiva de los extremos previstos para la prestación de los diferentes servicios (telefonía fija, móvil y conexión y acceso a internet) en el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en especial, sus propuestas de Plan de Implantación, Plan de Operación y Plan de Pruebas e integración de los servicios ofertados. b) Provisión de servicios de soporte, atención al cliente y gestión y control de calidad. c) Mejoras, se valorarán como mejoras cualesquiera otras aportaciones que, sobre coste alguno para KURSAAL, supongan la prestación de un mejor servicio y redunden en beneficio de los servicios de telecomunicaciones de KURSAAL. Dichas mejoras podrán versar sobre nuevos servicios o funcionalidades innovadoras, renovación y/o ampliación de infraestructuras de comunicaciones o cualquier otra opción de naturaleza similar, sobre la responsabilidad social corporativa, que el software, las locuciones de voz, los mensajes a terminales y otros aplicativos dirigidos al usuario final dispongan de interface de usuario en euskera, etc. Sobre 3: "Proposición económica" Los licitadores deberán presentar su proposición económica en sobre independiente, conforme al modelo que se acompaña como Anexo V al presente Pliego

9 15. CRITERIOS DE VALORACIÓN: Los criterios de valoración, indicados con su ponderación correspondiente, serán los siguientes: 1. Propuesta técnica: Hasta un máximo de 60 puntos. - Memoria técnica compresiva y descriptiva de los servicios de telefonía fija, móvil y conexión y acceso a internet: Hasta un máximo de 20 puntos. - Provisión de servicios de soporte, atención y calidad: Hasta un máximo de 20 puntos. - Mejoras: Hasta un máximo de 20 puntos. 2. Proposición económica: Hasta un máximo de 40 puntos. El valor económico de cada propuesta se calculará sobre el resultado de la suma que resulte de aplicar los precios unitarios ofertados por cada licitador en el Anexo V a los patrones de llamada incluidos en los Anexos I, II y III del Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Anexo V del presente pliego. La proposición económica se valorará conforme a la fórmula siguiente: P = 40 * oferta mínima / oferta a valorar Dónde: P: Puntuación obtenida por el licitador cuya oferta se valora. Oferta mínima: Importe de la menor oferta. Oferta a valorar: Importe de la oferta que se valora. 16. APERTURA DE PROPOSICIONES El personal técnico calificará previamente la documentación contenida en el sobre nº 1 ( Aptitud para contratar ), presentada en tiempo y forma. Si observare defectos subsanables en la documentación presentada, podrá conceder un plazo de tres días hábiles para que el licitador subsane aquéllos. Seguidamente, se procederá a la apertura del sobre nº 2, comprensivo de la propuesta técnica, en orden a efectuar su estudio y valoración. La apertura de las proposiciones económicas contenidas en el sobre nº 3 se verificará públicamente en las oficinas de KURSAAL sitas en Avenida de la Zurriola, nº 1, de Donostia/San Sebastián, en el día se comunicará en el perfil del contratante. Al iniciarse el acto público de apertura de proposiciones económicas, se facilitará a los licitadores asistentes el resultado de la valoración de sus propuestas técnicas. Terminado el acto público de apertura de proposiciones económicas, se iniciará el estudio y valoración de las mismas

10 El personal técnico desechará aquellas proposiciones que se encuentren incursas en alguna de las causas previstas en el artículo 84 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP) y elevará al Órgano de Contratación la relación de proposiciones presentadas, clasificadas por orden decreciente, atendiendo a los criterios de valoración establecidos en la Cláusula 15ª, e identificará la oferta económicamente más ventajosa. El personal técnico podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos estime necesarios. La identificación por parte el personal técnico de la proposición económicamente más ventajosa no genera derecho alguno a favor de la empresa. 17. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO A la vista de las ofertas presentadas de conformidad a los criterios de valoración señalados en la Cláusula 15ª del presente Pliego por el personal técnico de KURSAAL, que elevará al Órgano de Contratación la propuesta de adjudicación. La identificación por parte del personal técnico de la proposición económicamente más ventajosa no genera derecho alguno a favor del licitador frente a KURSAAL. El Órgano de Contratación, como regla general, deberá ajustarse a la propuesta realizada por el personal técnico. En caso contrario, deberá motivar su decisión de separarse de la propuesta, procediendo a realizar, en su caso, la clasificación definitiva de las ofertas. El Órgano de Contratación requerirá al licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa para que aporte, en el plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba dicho requerimiento, la siguiente documentación: a) Justificante acreditativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Se deberá acreditar estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.), en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o el último recibo del I.A.E., en los restantes supuestos. En todo caso, se deberá acompañar una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto. b) Justificante acreditativo de haber constituido la garantía definitiva prevista en la Cláusula 13ª. c) En su caso, copia de la constitución legal como unión temporal de empresas y el CIF de la misma. d) Copia de la póliza de seguro exigida en la Cláusula 23ª del presente Pliego. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas

11 El Órgano de Contratación acordará la adjudicación del contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la referida documentación, y en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día de la apertura de las proposiciones. La adjudicación se acordará por el Órgano de Contratación en resolución motivada, será notificada a los licitadores, mediante el medio preferente indicado por ellos en su propuesta y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. 18. PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO El contrato se perfeccionará mediante su formalización. El contrato se formalizará en documento privado dentro del plazo máximo de quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación por los licitadores y el adjudicatario. El adjudicatario podrá solicitar, no obstante, la elevación del contrato a escritura pública. En este caso, los gastos de formalización serán de su cuenta. Cuando, por causas imputables al adjudicatario, no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, KURSAAL podrá requerir al siguiente licitador, según el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, la documentación exigida en la Cláusula 17ª del Pliego, concediéndosele un plazo de diez días hábiles para presentar la misma. 19. EJECUCIÓN DEL CONTRATO - El contrato se ejecutará a riesgo y ventura del adjudicatario. - El contrato se ejecutará según sus términos y condiciones, según el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, el Pliego de Prescripciones Técnicas y la oferta presentada por el adjudicatario y conforme a las instrucciones que imparta KURSAAL o, en su caso, el responsable del contrato. - El adjudicatario será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen, tanto a KURSAAL como a terceros, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por KURSAAL, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. - La empresa adjudicataria deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia fiscal y en materia laboral y de Seguridad Social y Prevención de Riesgos Laborales en relación con el personal que emplee en la ejecución de la prestación. A tal fin, deberá impartir al personal los cursos de formación que fuesen necesarios en dicho ámbito. La empresa adjudicataria será asimismo responsable de que el personal cumpla la normativa en vigor en materia de seguridad, higiene y salud laboral, y la normativa de funcionamiento general que pudiera emanar del responsable del contrato

12 La totalidad del personal dependerá exclusivamente de la empresa adjudicataria, ostentando la misma los derechos y deberes inherentes a su condición de empresaria, que pueda realizarse reclamación alguna a KURSAAL derivada de tales relaciones laborales o restantes obligaciones. La empresa adjudicataria será la única responsable ante cualquier iestro o reclamación (judicial o extrajudicial) relacionada con el personal que trabaje en la ejecución de la prestación, propio o de las eventuales subcontrataciones, no asumiendo KURSAAL ningún tipo de responsabilidad laboral (incluida la referente a la seguridad, higiene y salud laboral), de Seguridad Social o fiscal que la empresa adjudicataria contraiga directa o indirectamente. Igualmente, la empresa adjudicataria asumirá exclusivamente las responsabilidades que pudieran derivarse de iestros originados por la ejecución de la prestación. - La prestación de servicios objeto del contrato no comprenderá ni conllevará, en ningún caso, tratamiento alguno de datos de carácter personal por cuenta de KURSAAL. Siendo así, cualquier tratamiento de datos de carácter personal que, durante la vigencia del contrato, la empresa adjudicataria lleve a cabo en el marco de sus actividades, deberá entenderse realizado por su propia cuenta y decisión, como Responsable de dicho tratamiento, asumiendo en todo caso el cumplimiento de las obligaciones que se deriven para ella de lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo, como consecuencia de dicho tratamiento. 20. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO Serán obligaciones del adjudicatario las siguientes: - El cumplimiento del contrato con estricta sujeción a lo establecido en su clausulado, en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como a las instrucciones que diere al contratista el responsable del contrato. - El cumplimiento del plan de implantación propuesto y los plazos propuestos para hacer efectiva la migración de las líneas. - El cumplimiento de los parámetros de calidad del servicio ofertados. - La adscripción al contrato de los medios materiales comprometidos en su oferta. - La identificación de un responsable o delegado de la empresa que, con capacidad de decisión suficiente para la resolución de los problemas que pudieran suscitarse con ocasión de la prestación del servicio. - Cumplir las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud laboral, así como las obligaciones laborales derivadas de este contrato, quedando KURSAAL exonerada de responsabilidad por este incumplimiento. - La obtención, a su cargo, de cuantas licencias y permisos fuesen necesarios para el ejercicio de su actividad. - La prestación del servicio con sujeción a lo dispuesto en la normativa sectorial vigente de aplicación en cada momento. - La constitución de la garantía definitiva, con arreglo a la Cláusula 11ª del presente Pliego

13 - La suscripción y mantenimiento durante toda la vigencia de contrato, posibles prórrogas incluidas, de la póliza de seguro indicada en la Cláusula 23ª del presente Pliego. - El cumplimiento de los servicios en el supuesto de huelga. Si no se garantizasen tales servicios, KURSAAL estaría facultada para promover los contratos precisos para cubrir los servicios, deduciéndose de su facturación el importe de los referidos contratos. Durante el período de huelga, se abonará únicamente el precio correspondiente a los servicios efectivamente prestados. - La sustitución del personal en el supuesto de que no cumpliera su función con la debida diligencia y eficiencia, no estuviese capacitado, fuese poco cuidadoso en el desempeño de los servicios o cometiese actos perniciosos para la buena marcha del contrato. Ello en el plazo máximo de veinticuatro horas desde el requerimiento que efectúe KURSAAL a tal fin. Las sustituciones de personal no implicarán responsabilidad alguna para KURSAAL respecto de las relaciones de la empresa adjudicataria con el personal afectado. Dicho personal deberá acreditar, previamente al inicio de su actuación que cuenta con la correspondiente autorización. - El reemplazo de personal para cubrir las ausencias de trabajo ocasionadas por bajas por enfermedad, vacaciones, permisos, licencias, accidentes, etc., garantizando la prestación efectiva de los servicios contratados. Ello en el plazo máximo de veinticuatro horas. Las obligaciones previstas en la presente Cláusula tendrán el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de las mismas causa de resolución del contrato, a voluntad de KURSAAL. 21. CONFIDENCIALIDAD Sin perjuicio de lo dispuesto en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas con relación a la notificación de la adjudicación a los licitadores, el Órgano de Contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales. El adjudicatario deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato y a la que se dé el referido carácter en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. En particular, serán consideradas como confidenciales, no pudiendo ser objeto de publicación o difusión, las informaciones, documentos, archivos o especificaciones en cualquier soporte, que sean facilitadas al adjudicatario como consecuencia de la ejecución del contrato. Este deber de confidencialidad se mantendrá durante un plazo de diez años desde el conocimiento de dicha información. 22. RESPONSABLE DEL CONTRATO El responsable del contrato será el Director Técnico de KURSAAL, siendo sus funciones la dirección, control y coordinación del servicio

14 La designación del responsable del contrato y el ejercicio o no por el mismo de sus facultades no eximirá al adjudicatario de la correcta ejecución del objeto del contrato, salvo que las deficiencias sean debidas a orden directa de KURSAAL y con expresa reserva escrita por parte del adjudicatario, tanto al propio responsable, en su caso, como a KURSAAL. En cualquier momento de la ejecución del contrato el responsable podrá ser sustituido comunicándolo por escrito a la empresa adjudicataria. KURSAAL, a través del responsable del contrato, velará por la correcta ejecución del mismo, manteniendo al efecto, con la periodicidad que considere oportuna, las reuniones con el interlocutor designado por el adjudicatario. A estos efectos, será el encargado de levantar Acta de incidencias, denunciando cuantos incumplimientos advirtiera en la ejecución del contrato. 23. SEGUROS La empresa contratista deberá tener suscrita a su costa una póliza de responsabilidad civil que ampare los riesgos derivados de su actividad profesional por una cuantía mínima de ,00 por iestro y año. 24. PENALIZACIONES Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en ejecución defectuosa de las prestaciones contratadas, o incumplido cualesquiera otras condiciones contractuales, KURSAAL podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato, en los términos de la Cláusula 28ª del presente Pliego, o continuar en su ejecución, devengándose, en este caso, a favor de KURSAAL, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y perjuicios que procedan con carácter cumulativo, penalidades por importe de un 0,5 % del valor estimado del contrato por cada hora de fallo del sistema. Incluso en el supuesto de opción por la continuación en la ejecución del contrato, mientras dure el incumplimiento, en cualquier momento KURSAAL podrá optar por la resolución con los efectos antes referidos. Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía definitiva, cuando no puedan deducirse de aquéllas, siendo objeto de la correspondiente reclamación, en la cuantía que exceda de las mismas. En todo caso, tanto de opción por la resolución como por la continuación del contrato, KURSAAL podrá decidir unilateralmente la continuación del servicio durante el tiempo que estime preciso, por medios propios o de terceros, repercutiendo en ambos casos el coste de dicha continuación en el contratista, perjuicio de las indemnizaciones de daños y perjuicios y demás efectos previstos en la presente Cláusula. 25. CESIÓN DEL CONTRATO No procederá la cesión de los derechos y obligaciones dimanantes del contrato

15 26. SUBCONTRATACIÓN Sólo se podrán subcontratar las prestaciones del contrato mediando previa autorización, expresa y por escrito de KURSAAL y siempre que el subcontratista cumpla los requisitos legales y los exigidos en este Pliego para contratar con KURSAAL, no esté incurso en prohibición de contratar, acredite su clasificación y cumpla con el compromiso de adscripción de medios ofertado por el adjudicatario. Todo ello en cuanto se refiera y/o corresponda a la prestación o prestaciones a subcontratar. Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante la empresa adjudicataria que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución de la prestación frente a KURSAAL, con arreglo estricto al Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, al Pliego de Prescripciones Técnicas y a los términos del contrato que se firme. 27. MODIFICACIONES DEL CONTRATO Una vez perfeccionado el contrato, el Órgano de Contratación sólo podrá modificar el contrato en los supuestos previstos en el artículo 107 del TRLCSP. 28. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Serán causa de resolución del contrato las previstas en el artículo 223 del TRLCSP, letras a) perjuicio de los dispuesto en el artículo 85-, b), d), f), g) y h) y, en general, cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales, de acuerdo con lo previsto en el artículo del Código Civil. En cualquiera de los casos de resolución previstos en esta Cláusula, la misma operará automáticamente, más requisito que la notificación fehaciente que KURSAAL realice al adjudicatario de su decisión a tal efecto. Recibida dicha notificación, el adjudicatario vendrá obligado de inmediato a entregar a KURSAAL, poniendo a su disposición, la totalidad de los documentos elaborados o generados hasta ese momento por razón del contrato, pasando todos ellos a ser propiedad de KURSAAL. Asimismo, deberá devolver los documentos utilizados y entregados por KURSAAL al adjudicatario. A estos efectos, se redactará un Acta de estado de ejecución de forma que queden determinados el material, los documentos y el trabajo que acepta KURSAAL como entregados y recibidos y los que se tienen por no entregados o recibidos, así como las razones de tal no recepción. De esta manera, KURSAAL podrá continuar con la ejecución del contrato, por sí o por tercero. Todo ello, perjuicio de la posterior liquidación económica del contrato que proceda, según lo dispuesto a continuación. Cuando la resolución del contrato se produzca por cualquier causa imputable al adjudicatario, se devengará a favor de KURSAAL, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y perjuicios que procedan, con carácter cumulativo, una cantidad equivalente al 20% del valor estimado del contrato. Ambas cantidades se deducirán de la garantía definitiva y, en su caso, el exceso, será objeto de la correspondiente reclamación

16 29. JURISDICCIÓN El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato. En caso de litigio en relación con el contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Donostia/San Sebastián

17 ANEXO I. DESIGNACIÓN DE MEDIO PREFERENTE DE RECEPCIÓN DE NOTIFICACIONES D./Dª, con domicilio en y D.N.I. nº.. en nombre propio, o en representación de. con domicilio en.. y D.N.I. o C.I.F. nº..., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, enterado del Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas y del Pliego de Prescripciones Técnicas que han de regir, mediante procedimiento abierto, la contratación de los servicios de telecomunicaciones del Palacio de Congresos KURSAAL, mediante la presente, designa como medio preferente para la recepción de cualquier notificación que CENTRO KURSAAL-KURSAAL ELKARGUNEA, S.A. deba realizar con motivo de la licitación el siguiente (*): Fax. Correo electrónico. Correo certificado. (*) Indíquese el medio designado. En todo caso, a efectos de notificaciones, se indican los siguientes datos: - Nº de Fax:.. - Dirección de correo electrónico:. - Dirección postal:.. - Teléfonos/s de contacto:.. [Nota: Al efecto de dar mayor agilidad a las notificaciones, se recomienda designar el fax del licitador como medio preferente, medio que será plenamente válido a efectos de notificaciones por ser el medio señalado por el propio licitador. No obstante, se admite la designación de otro medio como preferente. De no efectuarse dicha designación, se procederá a la notificación por correo postal certificado en el domicilio indicado.]

18 ANEXO II. MODELO DE AVAL La entidad [ ] (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), C.I.F. [ ], con domicilio en [ ] (a efectos de notificaciones y requerimientos) y, en su nombre, [ ] (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA a: [ ] (nombre y apellidos o razón social del avalado), C.I.F. [ ], ante la sociedad pública CENTRO KURSAAL- KURSAAL ELKARGUNEA, S.A., por importe de [ ] euros, para responder de las obligaciones derivadas del contrato para la prestación de los servicios de telecomunicaciones del Palacio de Congresos Kursaal. La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y división y con compromiso de pago al primer requerimiento de la sociedad pública CENTRO KURSAAL-KURSAAL ELKARGUNEA, S.A. El presente aval estará en vigor hasta que la sociedad pública CENTRO KURSAAL-KURSAAL ELKARGUNEA, S.A. autorice su cancelación o devolución. Lugar y fecha [ ]. Razón social de la entidad [ ]. Firma de los apoderados [ ]

19 ANEXO III. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE D./Dª...con domicilio en..., D.N.I. nº..., teléfono..., ..., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de...,con domicilio en..., y D.N.I. o C.I.F. [Según se trate de persona física o jurídica] nº..., enterado del Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación, por procedimiento abierto,, mediante procedimiento abierto, la contratación de los servicios de telecomunicaciones del Palacio de Congresos KURSAAL, DECLARA: PRIMERO.- Que no se encuentra incurso en ninguna de las incompatibilidades y prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y demás disposiciones vigentes sobre la materia. SEGUNDO.- Que cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente en materia Tributaria y de Seguridad Social. En..., a..de..de 2015 Fdo:

20 ANEXO IV. MODELO DE COMPROMISO D./Dª, con domicilio en y D.N.I. nº.., en nombre propio, o en representación de., con domicilio en.. y D.N.I. o C.I.F. nº, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, enterado del Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas y del Pliego de Prescripciones Técnicas que han de regir, mediante procedimiento abierto, la contratación de los servicios de telecomunicaciones del Palacio de Congresos KURSAAL, DECLARA: 1. Que se compromete a la prestación de los servicios de telecomunicaciones del Palacio de Congresos Kursaal por un plazo de tres años. 2. Que durante dicho plazo se compromete a la prestación del servicio mediante la aplicación de los precios unitarios indicados en la propuesta económica. 3. Que conoce el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas, que expresamente asume y acata en su totalidad. 4. Que cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para la realización del presente contrato. 5. Que, asimismo, se obliga al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, prevención y tributaria. En.., a.. de de [Firma]

21 ANEXO V. MODELO DE PROPUESTA ECONÓMICA V.1. SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA. La propuesta económica para el servicio de telefonía fija se deberá entregar según los casos que se detallan a continuación y rellenando las celdas coloreadas en amarillo: Modelo de propuesta económica de accesos El licitador deberá ofertar los costes unitarios por cada tipo de acceso. Los costes para cada tipo de acceso deberán incluir obligatoriamente los siguientes conceptos: - Cuota mensual: o Enlace primario o Línea digital o Línea básica o Marcación directa a extensión En todo caso los precios estarán repercutidos de todos los costos directos e indirectos de la propia prestación de los servicios, las instalaciones realizadas, los derivados de las condiciones establecidas en el presente pliego así como los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, IVA excluido. Asociado a los accesos se deberá incluir el coste unitario de cualquier tipo de servicio adicional que se considere necesario siendo imprescindible los siguientes: - Numeración adicional (para accesos RDSI) En todos estos casos al igual que para los accesos se debe incluir los precios unitarios repercutiendo todos los costes directos e indirectos, IVA excluido. Modelo de propuesta económica de consumos En el Anexo I del Pliego de Prescripciones Técnicas se incluye un patrón significativo de tráfico mensual global de los centros motivo del presente contrato. En todo caso, el licitador deberá definir los tipos de tráfico que contempla siendo obligatorio que defina y contemple los siguientes: - Tráfico Provincial - Tráfico Interprovincial - Tráfico Internacional - Tráfico Fijo-Móvil (externo, interno) - CAPV - Red Inteligente Para cada tipo de tráfico establecerá los siguientes conceptos de facturación:

22 - Establecimiento de la llamada: en este apartado se deberá indicar el coste. - Coste por minuto: en este apartado se deberá indicar el coste. V.2. SERVICIO DE TELEFONÍA MOVIL. La propuesta económica para el servicio de telefonía móvil se deberá entregar según los casos que se detallan a continuación: Modelo de propuesta económica En el Anexo II del Pliego de Prescripciones Técnicas se indica el número actual de líneas de telefonía móvil así como un patrón significativo de tráfico mensual de la totalidad de las líneas del KURSAAL. En todo caso, el licitador deberá definir los tipos de tráfico que contempla siendo obligatorio que defina y contemple los siguientes: - Llamadas internas - Llamadas nacionales. - Llamadas internacionales - SMSs - Roaming IN - Roaming OUT - Cuota mensual de servicio de datos de 1 GB Para cada tipo de tráfico establecerá los siguientes conceptos de facturación: - Establecimiento de la llamada: en este apartado se deberá indicar el coste. - Coste por minuto: en este apartado se deberá indicar el coste. En el caso de las llamadas de datos se deberá facilitar todo el detalle de información de facturación que se considere relevante: - Facturación por Kbyte - Tráfico incluido - Volumen incluido según horario. V.3. SERVICIO DE CONEXIÓN Y ACCESO A INTERNET. En el Anexo III del Pliego de Prescripciones Técnicas, se indican el número actual de servicios demandados para acceso a internet. La propuesta económica para el servicio de conexión y servicio de internet se deberá entregar según los casos que se detallan a continuación tanto para IP fija como IP fija: - Cuota mensual de banda ancha asimétrica de 30 Mbps

23 - Cuota mensual de banda ancha asimétrica de 120 Mbps - Cuota mensual de banda ancha asimétrica de 200 Mbps - Cuota mensual de banda ancha simétrica caudal 100% asegurado de 10 Mbps TELEFONÍA FIJA: Concepto Telefonia fija Precio máximo licitación IVA Cantidad / Consumo mensual - Enlace primario ( /mes) 429, Línea básica ( /mes) 18, Línea digital ( /mes) 36, Marcación directa a extensión ( /mes) 1, Numeración adicional (para accesos RDSI)( /mes) 1,770 1 Precio propuesta IVA Tráfico Provincial: - Establecimiento de llamada 0, Coste por minuto 0, Tráfico Interprovincial: - Establecimiento de llamada 0, Coste por minuto 0, Tráfico Internacional: *1 - Establecimiento de llamada * * - Coste por minuto * * Tráfico Fijo-Móvil externo: - Establecimiento de llamada 0, Coste por minuto 0, Tráfico Fijo-Móvil interno: - Establecimiento de llamada 0, Coste por minuto 0, CAPV: - Establecimiento de llamada 0, Coste por minuto 0, Red Inteligente: - Establecimiento de llamada 11, Coste por minuto 8,

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