Boletín oficial de la Provincia de valladolid

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Boletín oficial de la Provincia de valladolid"

Transcripción

1 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 1 SUMARIO BOPVA-B I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO COMISARÍA DE AGUAS. Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico. Información pública en expediente CP- 60/2016-VA de solicitud de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Villanueva de Duero Página 7 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO COMISARÍA DE AGUAS. Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico. Información pública en expediente CP- 1426/2016-VA de solicitud de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas en el término municipal de Villabrágima Página 9 cve: BOPVA-S Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACION A MUNICIPIOS. Asesoramiento Local. Información pública en expediente de declaración de ruina en inmueble sito en la plaza Mayor nº 3 del término municipal de Pedrosa del Rey. Página 11 DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACION A MUNICIPIOS. Asesoramiento Local. Información pública en expediente de de declaración de ruina en inmueble sito en la calle Carretoro nº 32 del término municipal de Pedrosa del Rey. Página 12

2 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 2 DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACION A MUNICIPIOS. Asesoramiento Local. Información pública en expediente de de declaración de ruina en inmueble sito en la calle Carretoro nº 13 del término municipal de Pedrosa del Rey. Página 13 DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID AREA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y SERVICIOS SOCIALES. Servicio de Juventud, Deportes y Consumo. Anuncio de licitación para contratar el servicio de transporte para la realización del programa Campeonato de Deporte Escolar, año 2017 Página 14 DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS. Servicio de Hacienda y Economía. Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria ESBT-11/2016 Página 18 DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS. Servicio de Hacienda y Economía. Aprobación definitiva del Presupuesto General ejercicio 2017 Página 20 cve: BOPVA-S Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS. SERVICIO DE HACIENDA Y ECONOMÍA. Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal de Gestión, Recaudación e Inspección de la Diputación Provincial de Valladolid Página 22 DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS. SERVICIO DE HACIENDA Y ECONOMÍA. Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios de recaudación y gestión tributaria realizados por REVAL Página 28

3 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 3 AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID CONCEJALÍA DE HACIENDA, FUNCIÓN PÚBLICA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA. Departamento de Gestión de Personal. Convocatoria de pruebas selectivas para el acceso mediante promoción interna para la provisión de 16 plazas de Administrativo de Administración General del Ayuntamiento de Valladolid. Página 32 AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID CONCEJALÍA DE HACIENDA, FUNCIÓN PÚBLICA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA. Departamento de Gestión de Personal. Convocatoria y bases de pruebas selectivas para el acceso mediante promoción interna de 5 plazas de Técnico Medio del Ayuntamiento de Valladolid. Página 43 AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID CONCEJALÍA DE HACIENDA, FUNCIÓN PÚBLICA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA. Departamento de Gestión de Personal. Convocatoria y bases para las pruebas selectivas para el acceso mediante promoción interna de 2 Técnicos Superiores de Educación y Acción Social del Ayuntamiento de Valladolid. Página 56 AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID CONCEJALÍA DE HACIENDA, FUNCIÓN PÚBLICA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA. Servicio de Gestión de Ingresos. Aprobación definitiva de la modificación de las ordenanzas fiscales ejercicio 2017 Página 67 cve: BOPVA-S Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID - FUNDACION MUNICIPAL DE DEPORTES Publicación de ficheros de carácter personal de nueva creación en la Agencia Española de Protección de Datos Página 112 AYUNTAMIENTO DE CABEZÓN DE PISUERGA Aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos por las actividades desarrolladas en el monasterio de Santa María de Palazuelos. Página 117 AYUNTAMIENTO DE CAMPORREDONDO Aprobación inicial en expediente de modificación presupuestaria número 1/2016 por créditos extraordinarios. Página 120

4 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 4 AYUNTAMIENTO DE CASTROMONTE Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio Página 121 AYUNTAMIENTO DE FRESNO EL VIEJO Alcaldia. Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2017 Página 122 AYUNTAMIENTO DE HORNILLOS DE ERESMA Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles Página 123 AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR Anuncio de licitación para aprovechamiento de piñas del monte de uo nº 31 pinar del concejo Página 125 AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR Corrección de errores en el anuncio publicado en el Boletín de fecha 20/12/2016, relativo a suspensión de procedimiento adjudicación de aprovechamiento de maderas del Ayuntamiento de Íscar y de la Comunidad de Villa y Tierra Página 127 cve: BOPVA-S Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO SECRETARIA GENERAL. Acuerdo por el que se modifica la revocación de las áreas gobierno municipal y el nombramiento de concejales o concejalas delegados. Página 129 AYUNTAMIENTO DE MORAL DE LA REINA Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio Página 131 AYUNTAMIENTO DE MORALES DE CAMPOS Aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto bienes inmuebles de naturaleza urbana. Página 132 AYUNTAMIENTO DE OLMOS DE ESGUEVA Rectificación de errores de la aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla del personal. Ejercicio Página 133

5 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 5 AYUNTAMIENTO DE SAN CEBRIÁN DE MAZOTE Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2017 Página 134 AYUNTAMIENTO DE SIETE IGLESIAS DE TRABANCOS Aprobación inicial en expediente de modificación presupuestaria por transferencia de créditos. Página 135 AYUNTAMIENTO DE SIETE IGLESIAS DE TRABANCOS Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio Página 136 AYUNTAMIENTO DE TORDESILLAS INTERVENCION. Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria número 19/2016 por suplemento de crédito Página 137 AYUNTAMIENTO DE TORRESCÁRCELA Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2017 Página 138 AYUNTAMIENTO DE TUDELA DE DUERO INTERVENCION. Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2017 Página 139 cve: BOPVA-S Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 AYUNTAMIENTO DE VILLABARUZ DE CAMPOS Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2017 Página 140 AYUNTAMIENTO DE VILLACID DE CAMPOS Aprobación inicial del Presupuesto General. Ejercicio 2017 Página 141 AYUNTAMIENTO DE VILORIA Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2017 Página 142 ENTIDAD LOCAL MENOR ALDEALBAR Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2017 Página 143

6 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 6 MANCOMUNIDAD CAMPO DE PEÑAFIEL Anuncio de formalización del contrato del Servicio de Organizaicón, Gestión y Mantenimiento del Centro de recogida Selectiva de Residuos (Punto Limpio) Página 144 MANCOMUNIDAD TIERRAS DEL ADAJA secretaria. Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla del personal. Ejercicio 2017 Página 145 cve: BOPVA-S Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm D.L.: N.º: VA-200/2010 BOPVA-B

7 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 7 I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO COMISARÍA DE AGUAS Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico Información pública. D. MIGUEL ESTEBAN DE ISCAR ( K), Dª. PILAR GARCIA ARRIBAS ( M) y D. ANGEL CARMELO ESTEBAN DE ISCAR ( V), solicitan de la Confederación Hidrográfica del Duero, una concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Villanueva de Duero (Valladolid). Las obras descritas en la documentación presentada son las siguientes: -Sondeo de 120 m de profundidad, 300 mm de diámetro entubado y 500 mm de diámetro situado en la parcela 16 del polígono 8, paraje de Ladera, en el término municipal de Villanueva de Duero (Valladolid). -La finalidad del aprovechamiento es para el siguiente uso: riego por goteo de una superficie de 22 ha, de viñedo en la siguiente parcela: cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 sección: I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Pág. 7 organismo: MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO PARCELA POLIGONO TÉRMINO MUNICIPAL PROVINCIA SUPERFICIE DE LA PARCELA RIEGO 16 8 Villanueva de Duero Valladolid 22 ha -El caudal máximo instantáneo solicitado es de 3,72 l/s. -El volúmen máximo anual solicitado es de m3/año, siendo el método de extracción utilizado un grupo de bombeo de 15 C.V. de potencia. -Las aguas captadas se prevén tomar de la Masa de agua subterránea Medina del Campo (DU ). Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, a fin de que, en el plazo de UN MES contado tanto a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, como de su exposición en el lugar acostumbrado del Ayuntamiento de Villanueva de Duero (Valladolid), puedan presentar reclamaciones los que se consideren afectados, en el Ayuntamiento de Villanueva de Duero (Valladolid), en la oficina de la Confederación Hidrográfica del Duero en C/ Muro, 5 de Valladolid, donde puede consultarse el expediente de referencia CP- 60/2016-VA (ALBERCA-INY), o en el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Valladolid, 16 de noviembre de El Jefe de Área del D.P.H, -Fdo.: Rogelio Anta

8 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 8 Otorel. cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 sección: I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Pág. 8 organismo: MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO D.L.: N.º: VA-200/2010 BOPVA-B

9 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 9 I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO COMISARÍA DE AGUAS Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico Información pública. D. JESUS JAIME GARCIA GARCIA ( V), solicita de la Confederación Hidrográfica del Duero, una concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Villabrágima (Valladolid). Las obras descritas en la documentación presentada son las siguientes: -Sondeo de 150 m de profundidad, 300 mm de diámetro entubado y 500 mm de diámetro, situado en la parcela 5171 del polígono 9, paraje de Santo Tirso, en el término municipal de Villabrágima (Valladolid). -La finalidad del aprovechamiento es para los siguientes usos: ganadero (1.300 cabezas de ganado ovino) y riego de una superficie de 1,74 ha, repartida entre las siguientes parcelas: cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 sección: I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Pág. 9 organismo: MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO PARCELA POLIGONO TÉRMINO MUNICIPAL PROVINCIA SUPERFICIE DE RIEGO Villabrágima Valladolid 1,74 ha. -El caudal máximo instantáneo solicitado es de 7,26 l/s. -El volúmen máximo anual solicitado es de m3/año, siendo el método de extracción utilizado un grupo de bombeo de 30 C.V. de potencia. -Las aguas captadas se prevén tomar de la Masa dea gua subterránea Tierra de Campos (DU ). Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, a fin de que, en el plazo de UN MES contado tanto a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, como de su exposición en el lugar acostumbrado del Ayuntamiento de Villabrágima (Valladolid), puedan presentar reclamaciones los que se consideren afectados, en el Ayuntamiento de Villabrágima (Valladolid), en la oficina de la Confederación Hidrográfica del Duero en C/ Muro, 5 de Valladolid, donde puede consultarse el expediente de referencia CP- 1426/2016-VA

10 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 10 (ALBERCA-INY), o en el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Valladolid, 16 de noviembre de El Jefe de Área del D.P.H, -Fdo.: Rogelio Anta Otorel. cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 sección: I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Pág. 10 organismo: MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO D.L.: N.º: VA-200/2010 BOPVA-B

11 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 11 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACION A MUNICIPIOS. Asesoramiento Local INFORMACIÓN PÚBLICA RELATIVA AL PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN DE RUINA DE INMUEBLE DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE PEDROSA DEL REY (VALLADOLID). Inmueble sito en la Plaza Mayor nº 3 Referencia catastral UM1063S0001MD. Por resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Pedrosa del Rey (Valladolid) de fecha 12 de diciembre de 2016, se inició de oficio procedimiento de declaración de ruina del inmueble de esa localidad arriba referenciado. El Ayuntamiento de Pedrosa del Rey ha efectuado encomienda a la Diputación Provincial de Valladolid para que realice las actuaciones materiales que deban llevarse a cabo en la tramitación de los procedimientos administrativos de declaración de ruina y órdenes de ejecución de los inmuebles situados en su término municipal, formalizando dicha encomienda mediante la firma del correspondiente convenio, conforme establece el artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 Pág. 11 organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID En cumplimiento de lo establecido en el artículo del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, y en virtud de la encomienda citada, procede por parte de la Diputación llevar a cabo un trámite de información pública. Por tanto, se abre un periodo de información pública de DOS MESES a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que toda persona física o jurídica pueda examinar el expediente en el Servicio de Asesoramiento Local de esta Diputación (sito en la avda. Ramón y Cajal nº 5 de Valladolid) en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes, y formular por escrito las observaciones que estime pertinentes. Este anuncio se publicará también en la página WEB de la Diputación Provincial, y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. En Valladolid, a 14 de diciembre de El Diputado Delegado del Área de Asistencia y Cooperación a Municipios.- Fdo.: Alberto Collantes Velasco. D.L.: N.º: VA-200/2010 BOPVA-B

12 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 12 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACION A MUNICIPIOS. Asesoramiento Local INFORMACIÓN PÚBLICA RELATIVA AL PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN DE RUINA DE INMUEBLE DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE PEDROSA DEL REY (VALLADOLID). Inmueble sito en la calle Carretoro nº 32 Referencia catastral UM1063S0001TD. Por resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Pedrosa del Rey (Valladolid) de fecha 12 de diciembre de 2016, se inició de oficio procedimiento de declaración de ruina del inmueble de esa localidad arriba referenciado. El Ayuntamiento de Pedrosa del Rey ha efectuado encomienda a la Diputación Provincial de Valladolid para que realice las actuaciones materiales que deban llevarse a cabo en la tramitación de los procedimientos administrativos de declaración de ruina y órdenes de ejecución de los inmuebles situados en su término municipal, formalizando dicha encomienda mediante la firma del correspondiente convenio, conforme establece el artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 Pág. 12 organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID En cumplimiento de lo establecido en el artículo del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, y en virtud de la encomienda citada, procede por parte de la Diputación llevar a cabo un trámite de información pública. Por tanto, se abre un periodo de información pública de DOS MESES a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que toda persona física o jurídica pueda examinar el expediente en el Servicio de Asesoramiento Local de esta Diputación (sito en la avda. Ramón y Cajal nº 5 de Valladolid) en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes, y formular por escrito las observaciones que estime pertinentes. Este anuncio se publicará también en la página WEB de la Diputación Provincial, y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. En Valladolid, a 14 de diciembre de El Diputado Delegado del Área de Asistencia y Cooperación a Municipios.- Fdo.: Alberto Collantes Velasco. D.L.: N.º: VA-200/2010 BOPVA-B

13 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 13 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACION A MUNICIPIOS. Asesoramiento Local INFORMACIÓN PÚBLICA RELATIVA AL PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN DE RUINA DE INMUEBLE DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE PEDROSA DEL REY (VALLADOLID). Inmueble sito en la calle Carretoro nº 13 Referencia catastral UM1063S0001TD. Por resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Pedrosa del Rey (Valladolid) de fecha 12 de diciembre de 2016, se inició de oficio procedimiento de declaración de ruina del inmueble de esa localidad arriba referenciado. El Ayuntamiento de Pedrosa del Rey ha efectuado encomienda a la Diputación Provincial de Valladolid para que realice las actuaciones materiales que deban llevarse a cabo en la tramitación de los procedimientos administrativos de declaración de ruina y órdenes de ejecución de los inmuebles situados en su término municipal, formalizando dicha encomienda mediante la firma del correspondiente convenio, conforme establece el artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 Pág. 13 organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID En cumplimiento de lo establecido en el artículo del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León y en virtud de la encomienda citada, procede, por parte de la Diputación, llevar a cabo un trámite de información pública. Por tanto, se abre un periodo de información pública de DOS MESES a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que toda persona física o jurídica pueda examinar el expediente en el Servicio de Asesoramiento Local de esta Diputación (sito en la calle Ramón y Cajal nº 5 de Valladolid) en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes, y formular por escrito las observaciones que estime pertinentes. Este anuncio se publicará también en la página WEB de la Diputación Provincial, y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. En Valladolid, a 14 de diciembre de El Diputado Delegado del Área de Asistencia y Cooperación a Municipios.- Fdo.: Alberto Collantes Velasco. D.L.: N.º: VA-200/2010 BOPVA-B

14 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 14 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID AREA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y SERVICIOS SOCIALES Servicio de Juventud, Deportes y Consumo ANUNCIO DE LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PARA LA REALIZACIÓN DEL PROGRAMA CAMPEONATO DE DEPORTE ESCOLAR, AÑO ENTIDAD ADJUDICADORA: a).organismo: Excma. Diputación de Valladolid b).dependencia que tramita el expediente: Servicio de Juventud, Deportes y Consumo c).número de expediente: 1.976/16 2.-OBJETO DEL CONTRATO: a).descripción del objeto: prestación del servicio de transporte para la realización del programa Campeonato de Deporte Escolar, año b).división por lotes y número: 6 cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 Pág. 14 organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID - LOTE Nº 1: zona Comarca de Medina - LOTE Nº 2: zona de Cercanías - LOTE Nº 3: zona de Tierra de Pinares - LOTE Nº 4: zona Duero - LOTE Nº 5: zona de Tierra de Campos - LOTE Nº 6: deportes individuales y programa de promoción deportiva. Las empresas podrán ofertar para uno o varios lotes, debiendo presentar, en este último caso, ofertas independientes para cada uno de ellos, sin que en ningún caso el número de lotes a los que se licite pueda exceder de cuatro. c).plazo de ejecución: la duración del contrato para cada uno de los lotes será como máximo de seis meses, estando previsto que se inicie en el primer trimestre del año 2017, comenzando el cómputo del plazo de ejecución a partir del día siguiente al de la formalización de los mismos. 3.-TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN: a).tramitación: ordinaria b).procedimiento y forma de adjudicación: abierto con varios criterios de adjudicación.

15 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN: El presupuesto total máximo de licitación es de noventa y nueve mil setecientos treinta y dos euros ( ), de los cuales corresponden al IVA (10%) la cantidad de nueve mil sesenta y seis euros con cincuenta y cinco céntimos (9.066,55 ), asignándose a cada lote, como presupuesto máximo, las siguientes cantidades: -LOTE Nº 1 (Zona de Medina del Campo): quince mil ochocientos cuarenta euros ( ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 1.440,00. -LOTE Nº 2 (Zona de Cercanías): ocho mil ciento treinta y seis euros (8.136 ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 739,64. -LOTE Nº 3 (Zona de Tierra de Pinares): catorce mil ciento doce euros ( ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 1.282,91. -LOTE Nº 4 (Zona Duero): nueve mil novecientos treinta y seis euros (9.936 ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 903,27. -LOTE Nº 5 (Zona Tierra de Campos): dieciséis mil setecientos cincuenta y ocho euros ( ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 1.523,45. -LOTE Nº 6 (Deportes Individuales): Treinta y cuatro mil novecientos cincuenta euros ( ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 3.177,27. En función de los señalado y lo recogido en el Pliego de Prescripciones técnicas, se establecen los siguientes precios de licitación: LOTE Nº 1, Zona de Medina del Campo: quince mil ochocientos cuarenta euros ( ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 1.440,00, con el siguiente desglose: -Importe máximo por la puesta a disposición de un máximo de 48 autocares (48 x 180 ) (de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 785,45 ). cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 Pág. 15 organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID -Importe máximo por la realización de kilómetros (48 rutas x 100 kms. = x 1,50 = ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 654,55. LOTE Nº 2, Zona de Cercanías: ocho mil ciento treinta y seis euros (8.136 ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 739,64, con el siguiente desglose: -Importe máximo por la puesta a disposición de un máximo de 24 autocares (24 x 180 ) (de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 392,73 ). -Importe máximo por la realización de kilómetros (24 x 106 = x 1,50 = ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 346,91. LOTE Nº 3: (Zona de Tierra de Pinares): catorce mil ciento doce euros ( ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 1.282,91, con el siguiente desglose: -Importe máximo por la puesta a disposición de un máximo de de 48 autocares (48 x 180 ) (de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 785,45 ). -Importe máximo por la realización de kilómetros (58 x 76 = x 1,50 = ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 497,45.

16 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 16 ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 497,45. LOTE Nº 4: (Zona Duero): nueve mil novecientos treinta y seis euros (9.936 ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 903,27, con el siguiente desglose: -Importe máximo por la puesta a disposición de un máximo de 24 autocares (24 x 180 ) (de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 392,73 ). -Importe máximo por la realización de kilómetros (24 x 156 = kms. x 1,5 = ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 510,55. LOTE Nº 5: (Zona Tierra de Campos: dieciséis mil setecientos cincuenta y ocho euros ( ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 1.523,45, con el siguiente desglose: -Importe máximo por la puesta a disposición de un máximo de 42 autocares (42 x 180 ) (de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 687,27 ). -Importe máximo por la realización de kilómetros (42 x 146 = kms. x 1,5 = ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 836,18. LOTE Nº 6: (Deportes Individuales): treinta y cuatro mil novecientos cincuenta euros ( ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 3.177,27, con el siguiente desglose: -Importe máximo por la puesta a disposición de un máximo de 100 autocares (100 x 180 ) (de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 1.636,36 ). -Importe máximo por la realización de kilómetros (100 x 113 = kms. x 1,5 = ), de los cuales corresponden al IVA la cantidad de 1.540, GARANTÍAS EXIGIDAS: -Garantía Provisional: no se exige. cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 Pág. 16 organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID -Garantía Definitiva: 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA. 6.-OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN: a).entidad: Servicio de Juventud, Deportes y Consumo de la Diputación de Valladolid. b).domicilio: Avda. Ramón y Cajal nº 5, de Valladolid. c).teléfono: d).fax: e).fecha límite de obtención de documentos e información: 15 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid. 7).-REQUISITOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATISTA: los empresarios deberán justificar su solvencia económica, financiera y técnica en los términos señalados en el Pliego de Cláusulas Administrativas.

17 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: a).fecha límite de presentación: 15 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid (si el último día fuese inhábil se prorrogará hasta el siguiente día hábil). b).documentación a presentar: La establecida en la cláusula 10ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. c).lugar de presentación: Registro de licitadores de la Secretaría General de la Diputación Provincial de Valladolid, C/ Angustias nº 44, C.P de Valladolid, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes. 9.-APERTURA DE LAS OFERTAS: a).entidad: Diputación Provincial de Valladolid, Palacio de Pimentel, C/ Angustias nº 44, C.P de Valladolid. b).fecha y hora: en acto público, a las 13 horas del décimo día siguiente al de finalización del plazo de presentación de ofertas (si fuese inhábil se trasladará al siguiente día hábil). 10).-GASTOS DE PUBLICIDAD: serán de cuenta del adjudicatario y su importe máximo será de 600. En el supuesto de que los lotes se adjudiquen a distintos empresarios, se prorrateará entre todos ellos el pago de los anuncios. En Valladolid, a 20 de diciembre de El Presidente.-Fdo.: Jesús Julio Carnero García. cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID Pág D.L.: N.º: VA-200/2010 BOPVA-B

18 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 18 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS. Servicio de Hacienda y Economía La Excma. Diputación Provincial de Valladolid, en sesión ordinaria celebrada por el Pleno el día 25 de noviembre de 2016, aprobó inicialmente el expediente de modificación de créditos ESBT-11/2016, dentro del vigente presupuesto general. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 169 y 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, una vez transcurrido el plazo de exposición pública sin haberse presentado reclamaciones, ha sido elevado a definitivo dicho acuerdo, siendo el resumen por capítulos de la modificación presupuestaria aprobada, el que se indica en anexo I. Recursos: Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa y es definitivo en dicha vía, pueden los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sita en Valladolid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación. No obstante, los interesados podrán ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno. En Valladolid, a 23 de diciembre de 2016, El Presidente.- Jesús Julio Carnero García cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID Pág. 18

19 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 19 ANEXO I RESUMEN EXPDTE. MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS ESBT-11/16 PRESUPUESTO DE GASTOS DIPUTACIÓN REVAL SODEVA C.M.A. AJUSTE CONSOLIDADO GASTOS C2- GASTOS BIENES CTES. Y SERVICIOS , ,00 C4- TRANSFERENCIAS CORRIENTES 7.500, ,00 C6- INVERSIONES REALES , ,56 C7- TRANSFERENCIAS DE CAPITAL , ,56 GASTOS OPERACIONES CORRIENTES 0,00 0,00 TOTAL OPERACIONES NO FINANCIERAS 0,00 0,00 TOTAL GASTOS 0,00 0,00 CAPACIDAD(+)/NECESIDAD(-)FINANCIACIÓN cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID Pág D.L.: N.º: VA-200/2010 BOPVA-B

20 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 20 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS. Servicio de Hacienda y Economía El Pleno de la Diputación Provincial de Valladolid, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 2016, acordó aprobar inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio 2017, en el que se integran el Presupuesto de la Diputación, el del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión (REVAL), Consorcio Medio Ambiente y los Estados de Previsión de Ingresos y Gastos de la Sociedad Provincial de Desarrollo de Valladolid, S.A., y que incluye las Bases de Ejecución de dicho presupuesto general, las plantillas presupuestarias, así como el resto de documentación a que hacen mención los artículos 166 y 168 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del citado Texto Refundido, el anuncio de su aprobación inicial fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 266 de fecha 28 de noviembre de 2016, permaneciendo expuesto al público hasta el día 21 de diciembre de Transcurrido dicho periodo de exposición pública sin haberse presentado reclamaciones, ha sido elevado a definitivo dicho acuerdo, siendo el resumen por capítulos del Presupuesto General para el ejercicio 2017, el indicado en Anexo I. cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 Pág. 20 organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID Recursos: Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa y es definitivo en dicha vía, pueden los interesados interponer recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sita en Valladolid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación. No obstante, los interesados podrán ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno. En Valladolid, a 23 de diciembre de 2016, El Presidente.- Jesús Julio Carnero García

21 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 21 ANEXO I PRESUPUESTO GENERAL 2017 PRESUPUESTO PRESUPUESTO PRESUPUESTO PRESUPUESTO PRESUPUESTO PRESUPUESTO DE INGRESOS DIPUTACION REVAL SODEVA CONSORCIO MA AJUSTES CONSOLIDADO C1 - II. DIRECTOS , ,37 C2 - II. INDIRECTOS , ,00 C3 - TASAS Y OTROS INGRESOS , , , , ,30 C4 - TRANSFERENCIAS CORRIENTES , , , , ,49 C5 - INGRESOS PATRIMONIALES , , , ,64 OPERACIONES CORRIENTES , , , , , ,80 C6 - ENAJENACIÓN INVERSIONES , ,00 C7 - TRANSFERENCIAS DE CAPITAL , , , ,96 OPERACIONES DE CAPITAL , , , ,96 TOTAL OPERACIONES NO FINANCIERAS , , , , , ,76 C8 - VARIACION ACTIVOS FINANCIEROS , , ,77 C9 - VARIACION PASIVOS FINANCIEROS , ,27 TOTAL OPERACIONES FINANCIERAS , , ,04 TOTAL INGRESOS , , , , , ,80 cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 Pág. 21 organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID PRESUPUESTO PRESUPUESTO PRESUPUESTO PRESUPUESTO PRESUPUESTO PRESUPUESTO DE GASTOS DIPUTACION REVAL SODEVA CONSORCIO MA AJUSTES CONSOLIDADO C1 - PERSONAL , , , ,45 C2 - BIENES Y SERVICIOS CORRIENTES , , , , ,27 C3 - FINANCIEROS , , ,90 C4 - TRANSFERENCIAS CORRIENTES , , ,85 C5 - FONDO DE CONTINGENCIA 1.000, ,00 OPERACIONES CORRIENTES , , , , , ,47 C6 - INVERSIONES REALES , , , ,67 C7 - TRANSFERENCIAS DE CAPITAL , , ,00 OPERACIONES DE CAPITAL , , , , ,67 TOTAL OPERACIONES NO FINANCIERAS , , , , , ,14 C8 - VARIACION ACTIVOS FINANCIEROS , , ,41 C9 - VARIACION PASIVOS FINANCIEROS , ,25 TOTAL OPERACIONES FINANCIERAS , , ,66 TOTAL GASTOS , , , , , ,80 D.L.: N.º: VA-200/2010 BOPVA-B

22 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 22 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS. SERVICIO DE HACIENDA Y ECONOMÍA La Excma. Diputación Provincial de Valladolid, en sesión ordinaria celebrada por el Pleno el día 21 de octubre de 2016, ha acordado con carácter provisional la aprobación de la modificación de la Ordenanza Fiscal de Gestión, Recaudación e Inspección de la Diputación Provincial de Valladolid. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo anterior, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 250 de 4 de noviembre de 2016, sin que se hayan presentado reclamaciones, el mencionado acuerdo se entiende adoptado de forma definitiva, publicándose en Anexo a este anuncio el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza. Contra este acuerdo elevado a definitivo, que pone fin a la vía administrativa y es definitivo en dicha vía, pueden los interesados interponer el siguiente recurso: Recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sita en Valladolid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, los interesados podrán ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno. cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 Pág. 22 organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID En Valladolid, a 23 de diciembre de 2016, El Presidente.- Jesús Julio Carnero García

23 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 23 TEXTO MODIFICADO DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA ORDENANZA FISCAL DE GESTIÓN, RECAUDACIÓN E INSPECCIÓN DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID. ARTÍCULO 19. IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES [IBI] 1. Ingresos de devengo periódico y de liquidación por recibo. La aprobación del Padrón Fiscal del IBI, se ajustará a las siguientes actuaciones: a. El impuesto se gestiona a partir de la información contenida en el Padrón Catastral y en los demás documentos expresivos de sus variaciones elaborados por la Dirección General del Catastro. b. El Padrón Fiscal del IBI, integrado por las liquidaciones anuales por recibo o listas cobratorias, que recoge la información por ayuntamientos, tipo de bienes inmuebles, sujetos pasivos, bases imponibles, tipos impositivos, cuotas íntegras, exenciones y bonificaciones, y cuotas líquidas, se elaborarán y aprobarán por el Organismo a partir del Padrón Catastral y demás información facilitada por la Gerencia Regional del Catastro, así como de la información facilitada por los ayuntamientos delegantes. c. El Padrón Fiscal será aprobado mediante Decreto del Presidente de REVAL, y notificado a los ayuntamientos titulares del impuesto, dando traslado al Departamento de Recaudación Voluntaria para su puesta al cobro. Dicho padrón será expuesto al público durante el plazo de un mes en las oficinas de REVAL y de los Ayuntamientos respectivos, anunciando dicha exposición en Boletín Oficial de la Provincia. Los interesados dispondrán del plazo de un mes para interposición, en su caso, de recurso de reposición a que se refiere el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004 [TRLHL]. d. A los Ayuntamientos que tengan delegada en la Diputación la gestión tributaria, pero no así la recaudación del impuesto, les será notificado el Decreto de aprobación del Padrón Fiscal del IBI, adjuntando al mismo las correspondientes liquidaciones de recibo, para que procedan al cobro. cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 Pág. 23 organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID 2. Ingresos de devengo no periódico y de liquidación de ingreso directo. La aprobación de ingreso directo del IBI, se ajustará a las siguientes actuaciones: a. Recibidas por REVAL las variaciones acordadas por la Gerencia Territorial del Catastro por altas o modificaciones catastrales, como consecuencia de resolución de recursos por el propio organismo o de revisión de oficio de sus actos, mediante Decreto del Presidente del organismo se procederá a la aprobación de las liquidaciones procedentes, liquidaciones que serán notificadas a los interesados junto con los instrumentos de pago. Los interesados en el plazo de un mes desde la notificación podrán interponer recurso de reposición a que se refiere el artículo 14 del R.D. Legislativo 2/2004. b. A los Ayuntamientos que han delegado la gestión tributaria en la Diputación, pero no así la recaudación, les será notificados los Decretos de aprobación de las liquidaciones, adjuntando a los mismos las correspondientes liquidaciones de ingreso directo para que procedan al cobro. c. En las alteraciones jurídicas de los bienes inmuebles acordadas por el Catastro, y que tengan efectos tributarios en el IBI, correspondiente a ejercicios anteriores al de entrada en Padrón, sólo se actuará de oficio respecto de las liquidaciones que se encuentren pendientes de cobro. 3. División de la cuota en supuestos de cotitularidad a) Cuando un bien inmueble o derecho pertenezca a dos o más titulares se podrá solicitar por cualquiera de ellos la división de la cuota tributaria, siendo indispensable que dicha cotitularidad figure inscrita en el Catastro. En ningún caso se puede solicitar la división de la cuota del tributo en los supuestos del régimen económico matrimonial de sociedad legal de gananciales. b) Una vez aceptada por la Administración la solicitud de división, los datos se incorporarán al padrón del impuesto del año inmediatamente posterior y se mantendrán en los

24 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 24 sucesivos mientras no se solicite la modificación. Sólo en el caso de que la solicitud se realice con anterioridad al 30 de mayo, se podrá incorporar al padrón del año en curso. ARTÍCULO 20. IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA [IVTM] cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 Pág. 24 organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID 1. El padrón fiscal del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica lo formará REVAL a partir del padrón del año anterior, incorporando las variaciones formalizadas y comunicadas por la Dirección Provincial de Tráfico en el año anterior. El padrón fiscal del impuesto será aprobado mediante Decreto de la Presidencia de REVAL y notificado a los Ayuntamientos titulares del Impuesto, dando traslado al Departamento de Recaudación Voluntaria del Organismo Autónomo para su puesta al cobro. 2. Con carácter general, en los supuestos de primeras adquisiciones de vehículos o rehabilitación, el impuesto se exigirá en régimen de autoliquidación. 3. Los colaboradores sociales que hayan suscrito el correspondiente Convenio con el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión (REVAL) podrán tramitar la autoliquidación. 4. Será sujeto pasivo del impuesto la persona física o jurídica que figure como titular del vehículo en el Registro Oficial de Vehículos de la Dirección General de Tráfico. 5. El concepto de las diversas clases de vehículos y las reglas para la aplicación de las tarifas serán las que determine con carácter general la normativa vigente. En su defecto, se estará a lo que dispone el Reglamento General de Vehículos por lo que respecta a las diferentes clases de vehículos. 6. A los efectos de determinar las tarifas de los turismos a los cuales hace referencia el artículo 95 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, la potencia fiscal expresada en caballos fiscales será la establecida en el anexo V del Real Decreto 2.822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, expresada con dos cifras decimales aproximadas por defecto. 7. Para determinar la deuda tributaria que constará en el padrón, se aplicará el coeficiente de incremento aprobado en la Ordenanza Fiscal del Ayuntamiento correspondiente sobre las tarifas del artículo 95 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. 8. Para tener derecho a los beneficios fiscales establecidos, en los casos de primera adquisición de vehículos o rehabilitación, los sujetos pasivos deberán solicitarlo antes de su matriculación, efectuándose una liquidación provisional hasta la comprobación de su efectiva matriculación. 9. El efecto de la concesión de beneficios fiscales de carácter rogado, en el supuesto de vehículos ya matriculados, comienza a partir del ejercicio siguiente a la fecha de solicitud. Una vez otorgado, el beneficio fiscal se aplicará en las sucesivas liquidaciones en tanto no se alteren las circunstancias de hecho o de derecho que determinaron su otorgamiento. 10. No será necesario proceder a la notificación individualizada de las modificaciones originadas por variación del coeficiente de incremento o del cuadro de tarifas, ya que las mismas proceden de la correspondiente Ordenanza Fiscal aprobada por el Ayuntamiento y de una Ley Estatal de aplicación general y obligatoria. ARTÍCULO 27. APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS DEL PAGO 1. De conformidad con lo previsto en la LGT y RGR, los obligados al pago, tanto en periodo voluntario de cobro como en periodo ejecutivo, podrán solicitar el aplazamiento y / o fraccionamiento del pago de deudas con la Administración Tributaria Provincial mediante escrito dirigidos a la Administración. 2. En relación a los aplazamientos y fraccionamientos solicitados en período voluntario de pago: a. El importe total de la deuda a aplazar/fraccionar no será inferior a 150 euros.

25 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág. 25 b. Si se solicita un fraccionamiento, el número máximo será de 12 fracciones, las cuales tendrán necesariamente periodicidad mensual y un importe no inferior a 50 euros. c. Si se solicita un aplazamiento, el pago deberá realizarse en un máximo de 12 meses. d.- Para deudas de principal inferior a euros no se exigirá la constitución de garantía, en los restantes supuestos, se exigirá la constitución de garantía conforme a lo dispuesto en el artículo 48 y siguientes del RGR y en el artículo 82 LGT. 3. En relación a los aplazamientos y fraccionamientos solicitados en período ejecutivo de pago: a. Si se solicita un fraccionamiento, el número máximo será de 12 fracciones, las cuales tendrán necesariamente periodicidad mensual y un importe no inferior a 30 euros. b. Si se solicita un aplazamiento, el pago deberá realizarse en un máximo de 3 meses. c.- Para deudas de cuantía inferior a euros no se exigirá la constitución de garantía, en los restantes supuestos se exigirá la constitución de garantía conforme a los artículos 82 de la LGT y 48 y 50 del RGR. ARTÍCULO 27 BIS. - PLAN PERSONALIZADO DE PAGO 1.- Concepto. El Plan Personalizado de Pago de REVAL es una modalidad de pago que permite a cada obligado al pago realizar, mediante ingresos a cuenta de la deuda tributaria anual estimada, el pago correspondiente a los tributos de cobro periódico anual a que se refiere el apartado 2 de este artículo. 2.- Deudas integrantes del Plan Personalizado de Pago. Los obligados podrán personalizar el pago de los recibos anuales de cobro periódico correspondientes a todos o alguno de los siguientes impuestos: Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Impuesto sobre Actividades Económicas. cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 Pág. 25 organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID 3.- Modalidades de pago Las cantidades que el solicitante se compromete a anticipar por las deudas tributarias incluidas en el Plan Personalizado de Pago se distribuirán en plazos o fracciones de acuerdo a los siguientes tramos a elección del interesado: a) Mensual. En nueve meses, durante el período de febrero a octubre de cada ejercicio. b) Trimestral. En tres trimestres, durante el período de febrero a octubre de cada ejercicio. c) En dos mensualidades, una en el mes de mayo y otra en el mes de octubre de cada ejercicio. Las cuotas resultantes serán idénticas en su cuantía, a excepción de la última que se determinará por el resultado de la diferencia entre lo efectivamente pagado y lo que hubiere debido pagarse por el procedimiento ordinario de cobro. 4.- Requisitos Para acogerse a este sistema será necesario: a) Formular solicitud a través de los medios que se establezcan. b) Domiciliar el pago de las cuotas periódicas correspondientes en una entidad financiera. c) Estar al corriente de pago de sus deudas con REVAL a la fecha de la solicitud. No serán de aplicación al Plan Personalizado de Pago las bonificaciones aprobadas por los Ayuntamientos por domiciliación bancaria.

26 Núm. 284 Martes, 27 de diciembre de 2016 Pág Solicitudes Los interesados en acogerse al Plan Personalizado de Pago podrán solicitarlo ante REVAL antes del 15 de diciembre del ejercicio anterior al que deba surtir efectos, indicando la modalidad de pago elegida, número de cuenta en la que se domicilia, deudas para las que solicita y demás datos que se determinen en el modelo de solicitud que a tal efecto se apruebe. No obstante, con carácter excepcional, las solicitudes de acogimiento al Plan Personalizado de Pago que hayan de surtir efectos en el ejercicio 2017, podrán presentarse ante REVAL hasta el 15 de enero de dicho ejercicio El plan de pagos se entenderá tácitamente renovado para el ejercicio siguiente, siempre que no exista una petición expresa de cancelación por parte del obligado, o se produzca el impago de alguna cuota periódica de las previstas en el plan Los interesados podrán renunciar a este sistema de pago en cualquier momento mediante petición dirigida a REVAL, si bien deberán pagar previamente todos los tributos incluidos en el Plan cuyo periodo voluntario de pago general haya finalizado. Si una vez aplicadas las cantidades ingresadas mediante el Plan Personalizado de Pago a los recibos vencidos existiese una cantidad sobrante, se procederá a aplicar la misma, en su caso, al pago del siguiente tributo no vencido Los obligados podrán modificar el número de cuenta de la domiciliación del pago. 6.- Importe mínimo El importe total de las deudas acogidas al Plan Personalizado de Pago que se tendrá en cuenta para realizar la distribución de los importes correspondientes a cada plazo vendrá determinado por la suma de los importes de las liquidaciones del ejercicio anterior correspondientes a los tributos que se incluyan en el Plan. El importe total anual de la deuda tributaria de cada contribuyente por la suma de todos los tributos acogidos al Plan, no podrá ser inferior a 180 euros en periodo voluntario. Si se producen nuevas inscripciones en el año en curso, sobre las que también se solicita acogimiento al Plan, éstas pasarán a formar parte del Plan Personalizado del ejercicio siguiente. cve: BOPVA-A Martes, 27 de diciembre de 2016 Núm. 284 Pág. 26 organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID 7.- Pagos: Los pagos se realizarán mediante adeudo bancario en los días de cada mes que se determinen en el calendario fiscal de cada ejercicio, de acuerdo a lo siguiente: a) En el sistema de pago mensual, una fracción cada mes. b) En el sistema de pago trimestral, una fracción en el último mes del trimestre. c) En el caso de que se haya optado por la división en dos mensualidades la cuantía correspondiente se cargará en cuenta en los meses de mayo y octubre Los pagos realizados a través del Plan Personalizado de Pago no devengarán intereses de demora a favor o en contra del obligado o de REVAL, sin perjuicio de su aplicación en el procedimiento de apremio que resulte de su incumplimiento y en el supuesto previsto en el número 7.4 del presente artículo Los ingresos procedentes de los adeudos en la cuenta de los obligados se imputarán a los recibos incluidos en un plan de pago, de acuerdo con los siguientes criterios: a) Primeramente, atendiendo a la fecha de vencimiento de las deudas, se aplicarán a las de vencimiento anterior. b) Si las deudas tienen igual vencimiento, se aplicará siguiendo el orden de generación del recibo en el sistema informático tributario El exceso de ingreso que pudiera producirse entre las cantidades satisfechas y el importe de las obligaciones liquidadas, dará lugar a la devolución de oficio de los ingresos correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN

DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN Y RECAUDACIÓN DE TRIBUTOS E INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO DE CARÁCTER PERIÓDICO EN LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA. A) Ayuntamientos DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES

Más detalles

ORDENANZA NUMERO 17. Artículo Primero.- Naturaleza y Fundamento

ORDENANZA NUMERO 17. Artículo Primero.- Naturaleza y Fundamento ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS, ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES Y LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS. Artículo Primero.- Naturaleza y Fundamento

Más detalles

TEXTO DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO VEHICULOS DE TRACCION MECANICA

TEXTO DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO VEHICULOS DE TRACCION MECANICA TEXTO DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO VEHICULOS DE TRACCION MECANICA ARTÍCULO 1º Son fuentes normativas de rango superior de la presente Ordenanza las siguientes artículo 133.2 de la Constitución,

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA Artículo 1. Normativa aplicable. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, se regirá en este Municipio: A) Por las

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES.

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. (B.O.P de Guadalajara de 2 de noviembre de 2009) A tenor de las facultades normativas otorgadas por los artículos 133.2

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NUM:

ORDENANZA FISCAL NUM: AYUNTAMIENTO DE MORELLA Provincia de Castellón ORDENANZA FISCAL NUM: ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL A FAVOR DE LAS

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 268 Viernes 5 de noviembre de 2010 Sec. V-A. Pág. 121947 V. Anuncios A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones MINISTERIO DE FOMENTO 37740 Resolución de fecha

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art L.O.U.A.

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art L.O.U.A. ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art. 52.5 L.O.U.A.) Art. 1. Objeto. De acuerdo con lo establecido en el

Más detalles

MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS

MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS ARTÍCULO 1. Normativa Aplicable Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 17 HACIENDA MUNICIPAL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

ORDENANZA FISCAL Nº 17 HACIENDA MUNICIPAL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS AYUNTAMIENTO DE NAVA ASTURIAS ORDENANZA FISCAL Nº 17 HACIENDA MUNICIPAL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS ARTICULO 1.-HECHO IMPONIBLE ARTICULO 1.- 1.- Constituye el hecho imponible del

Más detalles

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015. TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA PARA LA DETERMINACIÓN DE LA CUOTA TRIBUTARIA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA(1)

ORDENANZA REGULADORA PARA LA DETERMINACIÓN DE LA CUOTA TRIBUTARIA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA(1) ORDENANZA REGULADORA PARA LA DETERMINACIÓN DE LA CUOTA TRIBUTARIA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA(1) FUNDAMENTO Y RÉGIMEN Artículo 1.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.2

Más detalles

Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid

Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid Pág. 1 SUMARIO I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO cve-bopva-b-2013-093 MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Delegación Especial de Economía y Hacienda en Castilla y León - Valladolid. Gerencia

Más detalles

ILUSTRISIMO AYUNTAMIENTO BOLLULLOS PAR DEL CONDADO ( HUELVA) IVTM

ILUSTRISIMO AYUNTAMIENTO BOLLULLOS PAR DEL CONDADO ( HUELVA) IVTM ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA Artículo 1º. Disposiciones Generales. Conforme a lo dispuesto en los artículos 92 a 99, ambos inclusive, del Real Decreto Legislativo

Más detalles

A N E X O I EXPEDIENTE Nº

A N E X O I EXPEDIENTE Nº A N E O I EPEDIENTE Nº CUADRO-RESUMEN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Órgano que tramita el expediente: GERENCIA DEL MUSEO

Más detalles

Of-02. Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

Of-02. Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica Of-02 Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica Historial Marginal: Of-02 Tipo de disposición: Ordenanza Fiscal. Entrada en vigor: 1 de enero de 2012. Publicaciones:

Más detalles

Ayuntamiento de Utiel

Ayuntamiento de Utiel Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Instalación de Cajeros Automáticos en las Fachadas de los Inmuebles con Acceso Directo desde la Vía Pública. Expediente nº: 2664/2012 Asunto: Ordenanza Fiscal

Más detalles

ORDENANZA NUMERO 6 TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS FUNDAMENTO LEGAL HECHO IMPONIBLE SUJETO PASIVO

ORDENANZA NUMERO 6 TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS FUNDAMENTO LEGAL HECHO IMPONIBLE SUJETO PASIVO ORDENANZA NUMERO 6 TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS FUNDAMENTO LEGAL Artículo 1. En uso de las facultades concedidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española y por el artículo 106 de la

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NUM. 16 REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES. I. OBJETO Y FUNDAMENTO JURÍDICO

ORDENANZA FISCAL NUM. 16 REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES. I. OBJETO Y FUNDAMENTO JURÍDICO ORDENANZA FISCAL NUM. 16 REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES. I. OBJETO Y FUNDAMENTO JURÍDICO Articulo 1º Al amparo de lo previsto en los artículos 57 y

Más detalles

ANUNCIO recurso de reposición recurso contencioso-administrativo Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia

ANUNCIO    recurso de reposición recurso contencioso-administrativo Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia ANUNCIO Mediante Resolución núm. 186-TC, de fecha 12 de abril de 2016, dictada por la Concejal- Delegada de Patrimonio y Recursos Culturales, se ha dispuesto: Primero.- Aprobar las Bases por las que ha

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA Artículo 1.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 del Real Decreto Ley 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. ORNANZA FISCAL REGULADORA L IMPUESTO SOBRE ACTIVIDAS ECONÓMICAS. Artículo 1. El Impuesto sobre Actividades Económicas es un tributo directo, obligatorio, municipal, de carácter real, cuyos elementos están

Más detalles

1.- OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato es el servicio de limpieza en los edificios e instalaciones del Ayuntamiento de Prioro.

1.- OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato es el servicio de limpieza en los edificios e instalaciones del Ayuntamiento de Prioro. PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES DEL AYUNTAMIENTO. 1.- OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato es el servicio

Más detalles

ORDENANZA NUMERO 41 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA DISPOSICIÓN GENERAL

ORDENANZA NUMERO 41 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA DISPOSICIÓN GENERAL 257 ORDENANZA NUMERO 41 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA DISPOSICIÓN GENERAL De conformidad con lo dispuesto en el articulo 41 del Real Decreto Legislativo

Más detalles

ORDENANZA FISCAL 1. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, se regirá en este Municipio:

ORDENANZA FISCAL 1. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, se regirá en este Municipio: FISCAL 1 Artículo 1. Normativa aplicable. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, se regirá en este Municipio: a) Por las normas reguladoras del mismo, contenidas en el Real Decreto Legislativo

Más detalles

ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE AYUDAS A ESTUDIANTES QUE ESTUDIAN FUERA DE BENISSA CURS

ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE AYUDAS A ESTUDIANTES QUE ESTUDIAN FUERA DE BENISSA CURS ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE AYUDAS A ESTUDIANTES QUE ESTUDIAN FUERA DE BENISSA 1. Bases Reguladoras CURS 2016-2017 Las bases reguladoras de la concesión de estas

Más detalles

O R D E N A N Z A N U M. 18

O R D E N A N Z A N U M. 18 O R D E N A N Z A N U M. 18 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE LONJA, PLAZAS DE ABASTO Y MERCADO SEMANAL. ================================================================

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE (HUELVA) ORDENANZA NUM 9:

AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE (HUELVA) ORDENANZA NUM 9: ORNANZA NUM 9: ORNANZA FISCAL REGULADORA LA TASA POR LICENCIA APERTURA ESTABLECIMIENTOS Y POR LA PRESTACIÓN ACTIVIDAS ADMINISTRATIVAS CONTROL, SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN LICENCIAS, COMUNICACIONES PREVIAS

Más detalles

España-Salamanca: Servicios de limpieza de edificios 2013/S Anuncio de licitación. Servicios

España-Salamanca: Servicios de limpieza de edificios 2013/S Anuncio de licitación. Servicios 1/6 El presente anuncio en el sitio web de TED: http://ted.europa.eu/udl?uri=ted:notice:357049-2013:text:es:html España-Salamanca: Servicios de limpieza de edificios 2013/S 206-357049 Anuncio de licitación

Más detalles

I.- NATURALEZA, OBJETO Y FUNDAMENTO

I.- NATURALEZA, OBJETO Y FUNDAMENTO ORDENANZA REGULADORA DE PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACION DE SERVICIOS DE RECOGIDA, TRANSFERENCIA Y/O ELIMINACIÓN DE RESIDUOS SOLIDOS DE CARACTER VOLUNTARIO I.- NATURALEZA, OBJETO Y FUNDAMENTO Artículo

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NUM. 16 REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES. I. OBJETO Y FUNDAMENTO JURÍDICO

ORDENANZA FISCAL NUM. 16 REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES. I. OBJETO Y FUNDAMENTO JURÍDICO ORDENANZA FISCAL NUM. 16 REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES. I. OBJETO Y FUNDAMENTO JURÍDICO Articulo 1º Al amparo de lo previsto en los artículos 57 y

Más detalles

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Impuesto sobre Bienes Inmuebles 1. Normativa El Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (TRLCI), clasifica los bienes inmuebles en urbanos, rústicos

Más detalles

Lunes, 21 de Marzo de 2016 Número 54

Lunes, 21 de Marzo de 2016 Número 54 Publicación de Lunes a Viernes, excepto festivos Nº de Reg. 1567/76 - Dep. Legal H-1-1958 Lunes, 21 de Marzo de 2016 Número 54 Edita: Excma. Diputación Provincial Administración: Diputación de Huelva.

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE VIVEL DEL RIO MARTIN(TERUEL)

AYUNTAMIENTO DE VIVEL DEL RIO MARTIN(TERUEL) AYUNTAMIENTO DE VIVEL DEL RIO MARTIN(TERUEL) AÑO 2012 ORDENANZA Nº 2 SERVICIOS DE CEMENTERIO Aprobada el 2 de Enero del 2013. TASA POR RPESTACIÓN DEL SERVICIO DE CEMENTERIOS MUNICIPALES, CONDUCCIÓN DE

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE Página 1 de 6 Exposición de Motivos. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre,

Más detalles

TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7

TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7 TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7 ARTICULO 1.- Fundamento y naturaleza: En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo

Más detalles

I.- NATURALEZA Y OBJETO.

I.- NATURALEZA Y OBJETO. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA EN LOS RECINTOS DONDE SE CELEBREN LAS VELADAS POPULARES DE LAS DIFERENTES BARRIADAS DE LA CIUDAD DE SEVILLA Artículo 1º.- I.-

Más detalles

INSTRUCCIONES DEL MODELO 111

INSTRUCCIONES DEL MODELO 111 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA SOBRE RENDIMIENTOS DEL TRABAJO, DETERMINADAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS, PREMIOS Y DETERMINADAS IMPUTACIONES DE RENTA MODELO

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE MERCADOS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE MERCADOS AYUNTAMIENTO DE ALICANTE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE MERCADOS APROBACIÓN: Texto aprobado, inicialmente, por el Pleno de 29 de octubre de 2015, de cuya

Más detalles

SEGUNDA: REQUISITOS. TERCERA: EXCLUIDOS

SEGUNDA: REQUISITOS. TERCERA: EXCLUIDOS CONVOCATORIA DE SUBVENCION DE LA CUOTA DE IBI DE VIVIENDA HABITUAL DIRIGIDA A VECINOS DESEMPLEADOS, PERSONAS BENEFICIARIAS DE RENTAS MÍNIMAS DE INSERCIÓN (RMI); BENEFICIARIOS DE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS

Más detalles

1. Están exentos del impuesto los incrementos de valor que se manifiesten a consecuencia de los actos siguiente:

1. Están exentos del impuesto los incrementos de valor que se manifiesten a consecuencia de los actos siguiente: ORDENANZA Nº 5 IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA FUNDAMENTO LEGAL Artículo 1º.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 y 105 a 111 de la Ley 39/1988

Más detalles

O R D E N A N Z A Nº 45

O R D E N A N Z A Nº 45 O R D E N A N Z A Nº 45 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LA UTILIZACIÓN DE ESPACIOS EN EL VIVERO DE EMPRESAS PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE TUDELA 265 ORDENANZA Nº 45 ORDENANZA FISCAL REGULADORA

Más detalles

3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:

3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN: 12128 ANUNCIO de 13 de mayo de 2016 por el que se hace pública la convocatoria, por procedimiento abierto y tramitación ordinaria, de la contratación del servicio de Transporte de intercambios con otras

Más detalles

10260 Boletín Oficial de Canarias núm. 99, jueves 17 de mayo de 2007

10260 Boletín Oficial de Canarias núm. 99, jueves 17 de mayo de 2007 10260 Boletín Oficial de Canarias núm. 99, jueves 17 de mayo de 2007 Artículo 3.- Los miembros de las Juntas Electorales Provinciales y las de Zona percibirán, en concepto de gratificación como consecuencia

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 77 Sábado 30 de marzo de 23 Sec. I. Pág. 24632 I. DISPOSICIONES GENERALES 3435 Orden HAP/490/23, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden HAP/2662/22, de 13 de diciembre, por la que se aprueba

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE MARTOS (JAÉN)

AYUNTAMIENTO DE MARTOS (JAÉN) Número 243 Viernes, 23 de Diciembre de 2016 Pág. 15916 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE MARTOS (JAÉN) CONCEJALÍA DE PRESIDENCIA, BIENESTAR SOCIAL Y PEDANÍAS. SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS 5576 Aprobación

Más detalles

Estados miembros - Contrato de suministros - Anuncio de licitación - Procedimiento abierto. E-Salamanca: Electricidad 2011/S

Estados miembros - Contrato de suministros - Anuncio de licitación - Procedimiento abierto. E-Salamanca: Electricidad 2011/S 1/6 El presente anuncio en el sitio web de TED: http://ted.europa.eu/udl?uri=ted:notice:349270-2011:text:es:html E-Salamanca: Electricidad 2011/S 214-349270 Anuncio de licitación Suministros Apartado I:

Más detalles

10. FECHA DE ENVÍO DEL ANUNCIO AL DIARIO OFICIAL DE LA UNIÓN EUROPEA, en su caso:

10. FECHA DE ENVÍO DEL ANUNCIO AL DIARIO OFICIAL DE LA UNIÓN EUROPEA, en su caso: 30942 9. GASTOS DE PUBLICIDAD: De conformidad con el artículo 75 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, será de cuenta del adjudicatario del contrato la publicación, por una sola vez, de los anuncios

Más detalles

ORDENANZA GENERAL SOBRE APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS DEL COBRO DE CRÉDITOS TRIBUTARIOS Y DEMÁS DE DERECHO PÚBLICO

ORDENANZA GENERAL SOBRE APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS DEL COBRO DE CRÉDITOS TRIBUTARIOS Y DEMÁS DE DERECHO PÚBLICO ORDENANZA GENERAL SOBRE APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS DEL COBRO DE CRÉDITOS TRIBUTARIOS Y DEMÁS DE DERECHO PÚBLICO Artículo 1- El Ayuntamiento de Cabanes, de acuerdo con lo establecido en el artículo

Más detalles

Régimen de concesión.

Régimen de concesión. DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y EMPLEO ORDEN de 3 de febrero 2014, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se convocan las ayudas con destino a actuaciones en el sector turístico en la provincia de Teruel

Más detalles

España-Águilas: Suministros ininterrumpidos de energía 2015/S Anuncio de licitación. Suministros

España-Águilas: Suministros ininterrumpidos de energía 2015/S Anuncio de licitación. Suministros 1/6 El presente anuncio en el sitio web de TED: http://ted.europa.eu/udl?uri=ted:notice:42828-2015:text:es:html España-Águilas: Suministros ininterrumpidos de energía 2015/S 026-042828 Anuncio de licitación

Más detalles

ARTICULO 2º: HECHO IMPONIBLE.- El hecho imponible está constituido por la utilización del servicio de Guardería Infantil Municipal.

ARTICULO 2º: HECHO IMPONIBLE.- El hecho imponible está constituido por la utilización del servicio de Guardería Infantil Municipal. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE GUARDERIA INFANTIL MUNICIPAL: ARTICULO 1º: FUNDAMENTO Y REGIMEN JURIDICO.- Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por el artículo 106 de la

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS FUNERARIOS EN LOS CEMENTERIOS MUNICIPALES ÍNDICE

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS FUNERARIOS EN LOS CEMENTERIOS MUNICIPALES ÍNDICE ORDENANZA FISCAL NÚM. 2.12 POR PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS FUNERARIOS EN LOS CEMENTERIOS MUNICIPALES ÍNDICE Fundamento y Régimen... 2 Hecho Imponible... 2 Obligados Tributarios... 2 Devengo... 3 Cuota

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Artículo 1º.- Hecho imponible. 1. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible lo constituye

Más detalles

b) Por la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.

b) Por la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos. Pagina 1 de 5 Artículo 1. Fundamento y régimen. 1. En uso de las facultades conferidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española de 1978 y conforme a lo dispuesto en los artículos 4 y 106

Más detalles

LANZAROTE, BAJO LA MODALIDAD DE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA (EXPEDIENTE NÚMERO 077/13).

LANZAROTE, BAJO LA MODALIDAD DE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA (EXPEDIENTE NÚMERO 077/13). 8716 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 68, lunes 26 de mayo de 2014 la Avenida Fred Olsen, s/n, C.P. 35500, Arrecife de Lanzarote (Las Palmas), ajustadas al modelo oficial que se incluye,

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION DE AGUA.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION DE AGUA. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION DE AGUA. Artículo 1.- Conforme a lo dispuesto por los artículos 20. 4 t) y 58 de la Ley Reguladora de las Haciendas

Más detalles

1. Número de expediente y nombre del contrato. Referencia: DOUE

1. Número de expediente y nombre del contrato. Referencia: DOUE Carátula del Pliego de cláusulas administrativas particulares del concurso convocado por Bilbao Exhibition Centre, S.A., para adjudicar mediante procedimiento abierto la contratación de los seguros de

Más detalles

Ayuntamiento de Grado

Ayuntamiento de Grado ANUNCIO La Junta de Gobierno Local en la sesión celebrada el día de junio de.06 aprobó el expediente de contratación relativo a la prestación de los servicios de TELEFONÍA FIJA, MÓVIL, DATOS E INTERNET

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 30 REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE LA CIUDAD DE TOLEDO.

ORDENANZA FISCAL Nº 30 REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE LA CIUDAD DE TOLEDO. ORDENANZA FISCAL Nº 30 REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE LA CIUDAD DE TOLEDO. Artículo 1- Fundamento y naturaleza En uso de las facultades concedidas

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 105.- ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.-

ORDENANZA FISCAL Nº 105.- ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.- ORDENANZA FISCAL Nº 105.- ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.- Artículo 1.- DISPOSICIÓN GENERAL Conforme a lo dispuesto en los artículos 38, 60 del Real Decreto Legislativo

Más detalles

b) La prestación de los servicios de evacuación de excretas, aguas pluviales, negras y residuales, a través de la red de alcantarillado municipal.

b) La prestación de los servicios de evacuación de excretas, aguas pluviales, negras y residuales, a través de la red de alcantarillado municipal. ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA DE ALCANTARILLADO FUNDAMENTO LEGAL Artículo 1 En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y de conformidad con lo dispuesto en el

Más detalles

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LAS ASOCIACIONES DE MUJERES DE LA PROVINCIA DE ALBACETE, CON DESTINO A ACTIVIDADES SOCIALES. Bases

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LAS ASOCIACIONES DE MUJERES DE LA PROVINCIA DE ALBACETE, CON DESTINO A ACTIVIDADES SOCIALES. Bases CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LAS ASOCIACIONES DE MUJERES DE LA PROVINCIA DE ALBACETE, CON DESTINO A ACTIVIDADES SOCIALES. PRIMERA.- DESTINATARIO Bases Podrán acceder a estas ayudas las asociaciones de la

Más detalles

II.- HECHO IMPONIBLE.

II.- HECHO IMPONIBLE. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DE SERVICIOS DE EXTINCION DE INCENDIOS, DE PREVENCION DE RUINAS, DE CONSTRUCCIONES, DERRIBOS, SALVAMENTOS Y OTROS ANALOGOS I.- NATURALEZA, OBJETO

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL POR EMPRESAS DE TELEFONIA MOVIL.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL POR EMPRESAS DE TELEFONIA MOVIL. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL POR EMPRESAS DE TELEFONIA MOVIL. Artículo 1º. Fundamento y naturaleza Al amparo de lo previsto en los artículos

Más detalles

ANUNCIO DE LICITACION DEL CONTRATO PARA LA ADJUDICACION DE LAS OBRAS RED DE PLUVIALES EN AVDA.

ANUNCIO DE LICITACION DEL CONTRATO PARA LA ADJUDICACION DE LAS OBRAS RED DE PLUVIALES EN AVDA. ANUNCIO DE LICITACION DEL CONTRATO PARA LA ADJUDICACION DE LAS OBRAS RED DE PLUVIALES EN AVDA. DE LA CONSTITUCION DESDE PLAZA DE LA ZARZUELA A RIO SEGURA POR PARQUE DE LAS NORIAS EN ABARAN(MURCIA). La

Más detalles

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SAGUNTO GESTION TRIBUTARIA

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SAGUNTO GESTION TRIBUTARIA 12.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ENSEÑANZAS ESPECIALES EN EL CONSERVATORIO PROFESIONAL DE MUSICA JOAQUÍN RODRIGO En uso de las facultades conferidas por el

Más detalles

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA DE NATACIÓN 2015 EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA DE NATACIÓN 2015 EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA DE NATACIÓN 2015 EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA Primera.- Objeto. La presente convocatoria tiene por objeto el fomento de la natación como

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA B.O.P.: ANUNCIO NÚMERO 7031 - BOLETÍN NÚMERO 226 (MIÉRCOLES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2014) B.O.P.: ANUNCIO NÚMERO 546 - BOLETÍN

Más detalles

O R D E N A N Z A N U M. 21

O R D E N A N Z A N U M. 21 O R D E N A N Z A N U M. 21 ORDENANZA FISCAL REGULARORA DEL PRECIO PUBLICO POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE SUMINISTRO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE. ==============================================================

Más detalles

El sistema impositivo municipal (Ámbito poblacional, geográfico, temporal y base legal)

El sistema impositivo municipal (Ámbito poblacional, geográfico, temporal y base legal) METODOLOGIA INTRODUCCIÓN El objetivo de esta publicación es facilitar los valores de los principales parámetros regulados (tipos impositivos, porcentajes y coeficientes) de cada uno de los impuestos locales

Más detalles

1. IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI)

1. IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI) 1. IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI) El presente Impuesto ha sufrido las siguientes modificaciones a 1 de Octubre de 2012. Artículos del 1º al 9º BOCCE 31 de Marzo de 2003. Artículos 8º / 9º. Tipo

Más detalles

PLAZOS DE CADUCIDAD EN MATERIA TRIBUTARIA

PLAZOS DE CADUCIDAD EN MATERIA TRIBUTARIA PLAZOS DE CADUCIDAD EN MATERIA TRIBUTARIA ARTÍCULO DERECHO LGT PLAZO CADUCIDAD CÓMPUTO DE LOS PLAZOS DE RESOLUCIÓN INTERRUPCIÓN DE LOS PLAZOS DE RESOLUCIÓN EFECTOS DE LA FALTA DE RESOLUCIÓN EN PLAZO EFECTOS

Más detalles

ORDENANZA B-2 ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN ESPACIOS PÚBLICOS Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES.

ORDENANZA B-2 ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN ESPACIOS PÚBLICOS Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES. ORDENANZA B-2 ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN ESPACIOS PÚBLICOS Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES. Artículo 1. Concepto. De conformidad con lo previsto en los artículos

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA Y URBANA

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA Y URBANA 1 ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA Y URBANA Articulo 1º.- Hecho Imponible 1.- El Hecho Imponible del Impuesto sobre Bienes Inmuebles está constituido por la titularidad

Más detalles

BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA

BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Page 1 of 5 Página 10155.- Núm. 152 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Lunes, 24 de noviembre de 2008 CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, INNOVACIÓN Y EMPLEO Orden 28/2008 de 17 de noviembre de 2008 de la Consejería de

Más detalles

PROGRAMA REDUCIDO DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 3º Grado en DERECHO Profa. Marta Villarín Lagos Curso

PROGRAMA REDUCIDO DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 3º Grado en DERECHO Profa. Marta Villarín Lagos Curso PROGRAMA REDUCIDO DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 3º Grado en DERECHO Profa. Marta Villarín Lagos Curso 2016-2017 Lección 1. EL CONCEPTO DE DERECHO FINANCIERO Lección 2. EL PODER FINANCIERO. Lección

Más detalles

5. TOTAL AYUDA SOLICITADA AYUDA (4) INCREMENTO DEL 10% (5) AYUDA TOTAL (4) Equivalente al 50% de los costes laborales totales, incluida la cotización

5. TOTAL AYUDA SOLICITADA AYUDA (4) INCREMENTO DEL 10% (5) AYUDA TOTAL (4) Equivalente al 50% de los costes laborales totales, incluida la cotización SOLICITUD DE AYUDA POR ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA CONTRATACIÓN DE EXPERTOS TÉCNICOS DE ALTA CUALIFICACIÓN Programa de I+E Orden de 21 de enero de 2004 (BOJA nº 22, de 3 de febrero de 2004) 1. DATOS DE

Más detalles

I. Disposiciones generales

I. Disposiciones generales 16464 I. Disposiciones generales Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad 2672 ORDEN de 28 de mayo de 2015, por la que se establece la domiciliación bancaria como forma de pago de determinadas autoliquidaciones

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA. Artículo Primero. Fundamento y Naturaleza. Al amparo de lo previsto en los artículos

Más detalles

naturaleza urbana radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para aquellos hechos imponibles que se devenguen en el año 2014.

naturaleza urbana radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para aquellos hechos imponibles que se devenguen en el año 2014. ORDEN de de 2013 por la que se aprueban los Coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura,

Más detalles

Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Transporte Público Urbano de Viajeros de Vélez-Málaga

Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Transporte Público Urbano de Viajeros de Vélez-Málaga Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Transporte Público Urbano de Viajeros de Vélez-Málaga Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga, Área de Intervención. Ordenanzas Fiscales

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA 2.4. TASA POR REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1. FUNDAMENTO Y RÉGIMEN FECHA DE APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN EN PLENO: 27/03/2014 FECHA

Más detalles

Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid

Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid Decreto Legislativo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid Actualizado a enero de 2011 Índice Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre,

Más detalles

A y u n t a m i e n t o d e F u e n s a l i d a ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO

A y u n t a m i e n t o d e F u e n s a l i d a ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO Artículo 1. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de la Ley 7/1985,

Más detalles

Compulsa Abreviada: Expediente N /2016. ADQUISICION ROPA DE INVIERNO DIRECCION GENERAL DE POLICIA AMBIENTAL

Compulsa Abreviada: Expediente N /2016. ADQUISICION ROPA DE INVIERNO DIRECCION GENERAL DE POLICIA AMBIENTAL Compulsa Abreviada: Expediente N 0672-006077/2016. ADQUISICION ROPA DE INVIERNO DIRECCION GENERAL DE POLICIA AMBIENTAL a) Objeto: ADQUISICIÓN ROPA DE INVIERNO DIRECCION GENERAL DE POLICIA AMBIENTAL b)

Más detalles

Ordenanza Fiscal nº23

Ordenanza Fiscal nº23 Ordenanza Fiscal nº23 ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA EN EL AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO DEL PINATAR Artículo 1.- Fundamento legal. El

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 262/2014 C.A. Asturias 013/2014 Resolución nº 332/2014 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 25 de abril de 2014. VISTO el recurso interpuesto por D.

Más detalles

I DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1.-

I DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1.- AYUNTAMIENTO DE GAUTEGIZ - ARTEAGA GAUTEGIZ - ARTEAGAKO UDALA C/ Herriko Enparantza, 1 48314 Gautegiz Arteaga Tfno. y fax. 94.625.29.53 ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN

Más detalles

SUBVENCIONES A ENTIDADES ORGANIZADORAS DE FIESTAS (ROMERIAS TRADICIONALES) EN PUEBLOS, BARRIOS Y PARROQUIAS DEL CONCEJO DE OVIEDO CONVOCATORIA 2012

SUBVENCIONES A ENTIDADES ORGANIZADORAS DE FIESTAS (ROMERIAS TRADICIONALES) EN PUEBLOS, BARRIOS Y PARROQUIAS DEL CONCEJO DE OVIEDO CONVOCATORIA 2012 SUBVENCIONES A ENTIDADES ORGANIZADORAS DE FIESTAS (ROMERIAS TRADICIONALES) EN PUEBLOS, BARRIOS Y PARROQUIAS DEL CONCEJO DE OVIEDO CONVOCATORIA 2012 ARTÍCULO 1.- REGULACIÓN.- Las subvenciones objeto de

Más detalles

DISPONGO. Tfno: (922) / FAX (922) Edf. Servicios Múltiples II Planta 5ª Santa Cruz de Tenerife

DISPONGO. Tfno: (922) / FAX (922) Edf. Servicios Múltiples II Planta 5ª Santa Cruz de Tenerife Avda. José Manuel Guimerá, nº 10 Edf. Servicios Múltiples II Planta 5ª 38003 Santa Cruz de Tenerife Tfno: (922) 47 66 38 / FAX (922) 47 60 00 ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 27 DE MAYO DE 2010,

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO NUEVE REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, TRATAMIENTO Y ELIMINACION.

ORDENANZA FISCAL NÚMERO NUEVE REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, TRATAMIENTO Y ELIMINACION. ORDENANZA FISCAL NÚMERO NUEVE REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, TRATAMIENTO Y ELIMINACION. Artículo 1º. - Fundamento y Naturaleza. En uso de

Más detalles

5.5 PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES CONCEPTO Y NATURALEZA

5.5 PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES CONCEPTO Y NATURALEZA 5.5 PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES CONCEPTO Y NATURALEZA Artículo 1.- De conformidad con lo previsto en el artículo 41 del R.D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo Texto Refundido

Más detalles

CONTRATO ADMINISTRATIVO

CONTRATO ADMINISTRATIVO 1 CONTRATACION CONTRATO ADMINISTRATIVO En la Casa Consistorial Los Doce Linajes de la Ciudad de Soria, a 1 de agosto de 2014 REUNIDOS De una parte, D. Carlos Martínez Mínguez, mayor de edad, vecino de

Más detalles

REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO

REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO ORDENANZA Nº 1 B REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO FUNDAMENTO LEGAL Y OBJETO Artículo 1º.- En uso de las facultades concedidas por el artº 106 de la Ley 7/1.985 de 2 de Abril reguladora

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. Fundamento legal

ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. Fundamento legal ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA Fundamento legal Artículo 1º.- Este Ayuntamiento, de conformidad con el artículo 106.1 de la Ley 7/1985,

Más detalles

Vista el Acta de la mesa de contratación de apertura de proposiciones celebrada el día 14 de marzo de 2016, que dice:

Vista el Acta de la mesa de contratación de apertura de proposiciones celebrada el día 14 de marzo de 2016, que dice: SECRETARIA/CONTRATACION Expte. 4/2016 PGS/mjhs DECRETO NÚM. 2016000730 - Visto el Acuerdo de la Junta de Gobierno de 18 de febrero de 2016, de incoación del procedimiento negociado con publicidad para

Más detalles

Estados miembros - Contrato de servicios - Anuncio de licitación - Procedimiento abierto. E-A Coruña: Servicios de limpieza de edificios

Estados miembros - Contrato de servicios - Anuncio de licitación - Procedimiento abierto. E-A Coruña: Servicios de limpieza de edificios 1/5 El presente anuncio en el sitio web de TED: http://ted.europa.eu/udl?uri=ted:notice:317795-2010:text:es:html E-A Coruña: Servicios de limpieza de edificios 2010/S 208-317795 ANUNCIO DE LICITACIÓN Servicios

Más detalles

BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO PARA EL CURSO ESCOLAR

BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO PARA EL CURSO ESCOLAR Ayuntamiento de Casillas (ÁVILA) Plaza España, 1 Telef.: 91 866 71 15 Fax: 91 866 70 73 05428 Casillas (Ávila) ayuntamiento@casillas.es BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO

Más detalles

CONSULTAS PROYECTO CSP 10 / Revisión de precios: vigencia normativa.

CONSULTAS PROYECTO CSP 10 / Revisión de precios: vigencia normativa. CONSULTAS PROYECTO CSP 10 / 2015 Revisión de precios: vigencia normativa. CUESTIÓN PLANTEADA: Nos gustaría saber si en el artículo 89 del TRLCSP está consolidada la modificación que establece que "la revisión

Más detalles