MANUAL DE HERRAMIENTAS DE INMIGRACION

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1 MANUAL DE HERRAMIENTAS DE INMIGRACION CENTRO LEGAL, INC. Un Despacho Jurídico Comunitario No Lucrativo St. Paul, Minnesota

2 CARTA DE LA DIRECTORA EJECUTIVA Estimado Amigo, Este Manual de Herramientas de la Inmigración ha sido preparado en respuesta a la siempre presente necesidad para la educación y el conocimiento de Derechos Civiles norteamericanos. Desde diciembre 2006, nuestro personal y los abogados han proveído casi 24 entrenamientos a empleadores, trabajadores, y a las comunidades a través de Minnesota, con respecto a sus derechos y responsabilidades. Centro Legal cree tener un papel esencial para asegurar que los inmigrantes en los Estados Unidos sean tratados con respeto y que sus derechos individuales, humanos y constitucionales sean protegidos. Si renunciamos a esos derechos, nosotros estamos cediendo los derechos de todos los norteamericanos. Por lo tanto, nosotros le invitamos a leer la información en este Manual de Herramientas y a proporcionarnos información sobre cómo podemos trabajar juntos para asegurar la protección de todos los inmigrantes en todo el país. La misión de Centro Legal Otorgando Poder a Latinos por medio de Abogacía Legal es una llamada clara para asistir en respuesta a los muchos desafíos y molestas circunstancias del ambiente actual político y social. Anteriormente, nosotros como agencia nunca nos habíamos sentido más obligados para responder a estos asuntos que afectan adversamente nuestra identidad como norteamericanos y la salud y la seguridad de nuestras familias. Estamos muy consternados con respecto al penetrante sentimiento anti inmigrante que ha tenido múltiples impactos negativos en nuestra vida diaria. Según han crecido los sentimientos anti inmigrante, también así han aumentado los números de casos de discriminación de vivienda y empleo, abuso en el lugar de trabajo, de prestamos falsos, y de violaciones de los derechos humanos y civiles. Con relación a la oleada anti inmigrante, aumentan los esfuerzos por parte de los Agentes de Inmigración y Aduana (ICE) EEUU. para sacar de este país a inmigrantes indocumentados con poca consideración de sus derechos civiles y humanos. Esta situación esta causando un temor paralizante e impacta negativamente a la comunidad Latina. Por lo tanto, nosotros hemos aplicado varias iniciativas para contradecir el sentimiento anti inmigrante y sus consecuencias devastadoras, incluyendo este Manual de Herramientas de Inmigración. Es mi sincera esperanza que este Manual de Herramientas sea utilizado para educar a los inmigrantes de sus derechos y responsabilidades cuando sean confrontados por funcionarios locales, estatales o federales y que también proporcione a facultativos y socios del interés público con recursos a organizaciones y agencias que son afines e igualmente interesados en asegurar la protección de inmigrantes. Mientras tanto, Centro Legal continuará responsabilizando a ICE por su comportamiento en las redadas de Worthington y Willmar. Y continuaremos forjando fuertes relaciones con funcionarios de la ciudad, agentes de la ley y de nuestra comunidad. El éxito de nuestro trabajo depende de las relaciones estrechas que hemos construido en la comunidad localmente y nacionalmente, con nuestros clientes, con los contribuyentes, con los socios comunitarios, y con los voluntarios. Quiero personalmente dar gracias a los abogados del Centro Nacional de la Ley de Inmigrante (NILC) en Los Ángeles, California por sus recursos y la información que ellos han preparado generosamente para el beneficio de educar a los inmigrantes con respecto a sus derechos. También le quiero agradecerle a usted por su apoyo y espero en un futuro poder trabajar juntos para asegurar un futuro prometedor para los Latinos y todos los inmigrantes de este país. Sincerely, Gloria Contreras Edin Attorney at Law Executive Director 1

3 INMIGRANTES Y LA CONSTITUCION EE.UU. La Constitución de los Estados Unidos protege a todos los que están presentes en el país, sin importar su estado inmigratorio. Sin embargo, en diciembre del 2006, los Agentes de Aduana e Inmigración (ICE) sacudieron América violando los derechos constitucionales de ambos inmigrantes y no-inmigrantes. Con el pretexto de prevenir el robo de identidad funcionarios de ICE tomaron seis compañías empacadoras de carne de la compañía Swift & Co y cerraron las instalaciones mientras interrogaban a empleados demandando prueba de su estado inmigratorio. Más de inmigrantes legales e ilegales fueron detenidos por todo el país, haciendo esta la redada inmigratoria más grande en la historia 1 de EE.UU. Las redadas dejaron familias inmigrantes asustadas y vulnerables por todas partes del país. Los Minesotanos fueron afectados personalmente por los acontecimientos de diciembre Los funcionarios del ICE invadieron la compañía empacadora de carne Swift en Worthington, Minnesota y detuvieron cerca de 230 trabajadores. La redada dejó a la comunidad multi-racial de Worthington confundida tratando de encontrar respuestas al caos creado por ICE. A pesar de la confusión y el temor que corrieron por Worthington, funcionarios de ciudad, policías, abogados y lideres de la comunidad de todas partes de Minnesota reunieron los recursos en apoyo a sus vecinos, tanto documentados e indocumentados, y mostró a la nación cómo la injusticia hacia un miembro de la comunidad es una injusticia hacia todos los miembros de la comunidad. Los inmigrantes son una parte permanente de la infraestructura política, económica y social de Minnesota y el trato injusto de un grupo inmigrante tiene efectos perjudiciales en la comunidad entera. Según La Oficina del Censo de los EE.UU., un estimado de 33.5 millones de individuos nacidos 2 en el extranjero viven en los EE.UU., lo que significa que individuos nacidos en el extranjero hacen el 11.7 por ciento de la población de EE.UU. La mayoría de los individuos nacidos en el extranjero son de Íbero América (53%) y Asia (25%). 3 En el Medio oeste, un estimado del 11.3 por ciento de la población son individuos nacidos en el extranjero. 4 En Minnesota, los inmigrantes componen el 5 por ciento de la población, representando más de 160 países. Los Latinos y asiáticos del sudeste representan las dos comunidades de inmigrantes más grandes en el estado, pero hay también un número significativo de Africanos Orientales y rusos. 5 Y pronto, puede haber un número creciente de inmigrantes Birmanos en esta área dependiendo de nuevos esfuerzos de re colonización. 6 A consecuencia del número prominente de inmigrantes en nuestro estado, los funcionarios políticos, las organizaciones de la comunidad, y defensores legales no pueden ignorar ni 1 Julia Preston, Immigrants Families Figuring out What to do after Federal Raids, December 16, 2006, available at Dianne Solis, ID Theft Charges Mount in Swift Immigration Raids, The Dallas Morning News, Dec. 15, 2006, available at 2 Foreign born is defined by the US Census as individuals born outside of the United States, including both naturalized US citizens and those who are not citizens of the US. 3 U.S. Census Bureau, Census 2000, Profile of General Demographic Characteristics: 2000, Minnesota, available at 4 U.S. Census Bureau, Census 2000, Profile of General Demographic Characteristics: 2000, Minnesota, available at 5 Barbara J. Ronningen, Estimates of Selected Immigrant Populations in Minnesota: 2004, MINNESOTA STATE DEMOGRAPHIC CENTER, June Barbara J. Ronningen, Estimates of Selected Immigrant Populations in Minnesota: 2004, MINNESOTA STATE DEMOGRAPHIC CENTER, June

4 aprobar la injusticia cometida contra nuestros hermanos y hermanas inmigrantes. La respuesta a esta injusticia es el Manual de Herramientas Derechos de Inmigrantes de Centro Legal. Esperamos que el Manual de Herramientas Derechos de Inmigrantes pueda ayudar a todos los Americanos, no-ciudadanos y ciudadanos, ha aprender sobre nuestros derechos constitucionales básicos y las protecciones que la Constitución proporciona a todos los residentes de EE.UU. 3

5 PALABRAS IMPORTANTES A SABER Orden de Detención Una orden de arresto es un papel firmado por un juez que da a la policía autoridad para detener a una persona y llevar a la persona a la cárcel basada en una causa probable de que la persona cometió un crimen. Solicitante de Asilo Una persona que ha dejado su patria y busca estado legal en un nuevo país a causa de la persecución o un temor bien fundamentado de la persecución basada en la raza, la religión, el origen nacional, el grupo social o la opinión política. Ciudadano Una persona que debe lealtad al gobierno de EE.UU. Una persona es un ciudadano de EE.UU. si la persona nació en los Estados Unidos o si la persona tiene padres o abuelos que nacieron en los Estados Unidos. También, una persona puede llegar a ser un ciudadano por medio de la naturalización Deportación Cuándo una persona es ordenada legalmente ha ser sacada de los Estados Unidos. Algunas deportaciones, llamadas "Expulsión Rápida", ocurren cuando una persona esta tratando entrar a los EE.UU. Delito Grave Un crimen que puede llevar una sentencia en la prisión estatal de 1 año o más años; los ejemplos de un crimen grave son la posesiones de un arma peligrosa, rapto o robo. Tarjeta de Residencia Un nombre común que demuestra que a una persona se le ha proporcionado el estado de "residente permanente legal". ICE Esta es la abreviación para la Oficina de Inmigración y Aduana, el brazo investigativo y el orden publico del Departamento de la Seguridad de la Nación. Orden de Detención de ICE - Una autorización administrativa que sólo contiene el nombre de una persona y no da permiso ha ICE de registrar su hogar. Inmigrante Una persona que sale de su país con la intención de establecer residencia en otro país. Residente Permanente Legal Una persona que ha sido otorgada el derecho de vivir en los Estados Unidos. Sin embargo, este estado puede ser retirado por ciertas infracciones de la ley o si se descubre que la persona abandono este estado quedándose fuera de los EE.UU. por un espacio de tiempo prolongado. Después de cinco años, un residente permanente legal puede aplicar para hacerse un ciudadano de los EE.UU. por medio de la naturalización. Delito Menor Un crimen que puede llevar una sentencia de hasta un 1 año en la cárcel del condado y/o hasta $1000 en multas. Los ejemplos de un crimen de delito menor son robos menores / hurto, manejar bajo la influencia (DUI), o manejar con una licencia suspendida. Los delitos menores son menos que los delitos graves. No-inmigrante Una persona que está en los Estados Unidos legalmente pero sólo es permitida a estar en los EE.UU. por un espacio de tiempo corto, tales como turistas y estudiantes internacionales. Refugiado Una persona que no puede quedarse en su patria a causa de la persecución o un temor bien fundamentado de la persecución basada 4

6 en la raza, religión, origen nacional, grupo social u opinión política que ha sido traído a los EE.UU. por el gobierno de EE.UU. Proceso de Expulsión - Un proceso del tribunal de inmigración que determina si una persona será permitida ha permanecer en los EE.UU. Orden de Registro Una orden de registro es un papel firmado por un juez que da permiso a la policía para entrar a su casa. La orden debe indicar su dirección, los lugares en los que el oficial puede buscar, y lo que el oficial busca para tomar como evidencia. Persona Indocumentada Una persona que entró a los Estados Unidos sin inspección; una persona que se ha quedado mas tiempo del que su visa indica, o una persona con una orden vieja de deportación, también conocida como una "orden de fugitivo". Salida Voluntaria Una orden (generalmente otorgada por un Juez de Inmigración) permitiendo a una persona ha salir de los EE.UU. voluntariamente en vez de ser sacada. Si la persona no sale de los EE.UU. dentro del tiempo otorgado, la salida voluntaria se convierte en una orden de la expulsión. 5

7 DERECHOS DEL INMIGRANTE: LO BASICO Los residentes inmigrantes e indocumentados están protegidos por la Constitución de los Estados Unidos. Todos los individuos que viven en los EE.UU. tienen los siguientes derechos: El Derecho a Permanecer Callado El Derecho a un Abogado El Derecho Contra Registros y Confiscaciones Ilegales UNO: El Derecho a Permanecer Callado 7 Si un oficial de inmigración o policía quiere hablar con usted, usted puede decirle a esa persona que usted tiene el derecho a permanecer callado. Usted tiene el derecho a rehusarse a contestar las preguntas del oficial. Si el oficial de policía no le deja de molestar, muéstrele al oficial su tarjeta Conozca Sus Derechos! 8 o dígale que necesita hablar con un abogado. Si usted invoca este derecho, usted deberá permanecer callado. Recuerde que lo que usted diga puede ser utilizado en su contra por la policía. Recuerde que la policía no tiene que decirle la verdad. NO Mienta! No provea información falsa a inmigración o a la policía. Importante: En algunos estados es un crimen menor si usted no provee su nombre a la policía. Si usted es indocumentado, tenga cuidado. 9 No provea ninguna información sobre usted. No traiga con usted documentos de otro país. Si usted los trae con usted, el gobierno puede utilizar esta información en un procedimiento de deportación. No provea documentación falsa. No mienta con respecto a ser ciudadano por que esto le puede prevenir permanentemente de entrar a los EE.UU. legalmente. DOS: El Derecho a un Abogado Si un oficial de inmigración o policía quiere hablar con usted, dígale que primero quiere hablar con un abogado. Usted tiene el derecho de consultar con un abogado antes de hablar con un oficial de inmigración o policía. 7 Warning! Protect Yourself From Immigration Raids! (CASA of Md, Detention Watch Network, Nat l Immigration Project of the Nat l Lawyer s Guild, Silver Spring, Maryland), March Much of the material from this section was adopted from this booklet. 8 Know Your Rights cards in the appendix. 6

8 Si el oficial continua haciéndole preguntas, usted puede decirle al oficial que usted tiene el derecho de permanecer callado y muéstrele al oficial su tarjeta Conozca Sus Derechos!. TRES: El Derecho Contra Registros y Confiscaciones Ilegales En Casa Un oficial de inmigración o policía no tiene el derecho a entrar en su hogar o lugar privado sin su consentimiento, a menos que el oficial tenga una orden. Si el oficial de policía tiene una orden, el oficial no necesita su permiso para entrar a su casa o lugar privado, pero usted debería leer la orden primero. Una orden de registro es un papel firmado por un juez dándole permiso al oficial de policía permiso para entrar a su casa. La orden debe mencionar su dirección, los sitios que el oficial puede registrar y lo que el oficial esta buscando. Si la orden no tiene la dirección correcta, el oficial no tiene derecho a registrar su hogar y usted se puede rehusar a dejar que el oficial entre a su casa. La orden de arresto de ICE es una orden administrativa que solamente contiene el nombre de una persona y no le da permiso a ICE para registrar su hogar. LEA LA ORDEN CUIDADOSAMENTE! Esto puede protegerle de un registro ilegal de su hogar. Si el oficial de policía no puede mostrarle una orden, no abra la puerta. Usted tiene el derecho de rehusarse a dejar entrar en su hogar al oficial. Si usted abre la puerta, el oficial puede pensar que usted esta de acuerdo en dejar al oficial que registre su casa y que interrogue a cualquier persona que se encuentre dentro. En el Trabajo El oficial de inmigración o policía no tiene derecho de entrar a su lugar de trabajo, a menos que el oficial tenga una orden o el permiso de su empleador. Su empleador debe leer la orden y asegurarse que el oficial tenga legalmente autoridad para entrar. Si el oficial no tiene una orden, el empleador tiene derecho de pedirle al oficial que se vaya. Si usted trabaja en un lugar publico, el oficial de la policía no necesita una orden. En un lugar publico Un oficial de inmigración o policía puede acercarse a usted y preguntarle su nombre y pedirle una identificación. Si usted piensa que su nombre o identificación pueden revelar su estado legal, no le diga su nombre o identificación al oficial. 7

9 No cargue con usted documentos con su estado inmigratorio o lugar de nacimiento. No mienta! Usted nunca debe mentirle a un oficial de inmigración o policía, pero usted puede permanecer callado! Recuerde utilizar su tarjeta Conozca Sus Derechos! INMIGRANTES Y OFICIALES DEL ORDEN PUBLICO COMO INTERACTUAR CON OFICIALES DE LA POLICIA O INMIGRACION 10 Recuerde sus derechos constitucionales! Usted tiene el derecho a permanecer callado. Usted tiene el derecho a un abogado. Usted tiene el derecho contra registros y confiscaciones ilegales. Sin embargo, usted debe ser educado y respetuoso mientras hace valer sus derechos. Usted simplemente puede mostrarles su tarjeta Conozca Sus Derechos! No se ponga a discutir con la policía. No deje que la policía lo haga enojar. Nunca insulte a un oficial de la policía u oficial de inmigración. Manténgase tranquilo. No corra. No toque a un oficial de la policía u oficial de inmigración. No se resista al arresto, pero recuerde de pedir un abogado y permanecer callado. Si usted es arrestado, recuerde de anotar el número de la placa de policía del oficial y numero de placa del auto. Esta información le ayudara a su familia y al abogado a ayudarle a usted. Si usted siente que sus derechos han sido violados mientras en custodia de la policía, haga un reclamo formal con la División de Asuntos Internos del Departamento de la policía o con la Junta de Reclamos Civiles. Si usted es arrestado por la policía Esto quiere decir que a usted se le han hecho cargos por un crimen. Cualquier cosa que usted diga a la policía puede ser utilizado en su contra en corte. Permanezca callado. Cualquier cosa que su familia diga a la policía también puede ser utilizado en su contra. Dígales que permanezcan callados. Dígale a la policía que quiere hablar inmediatamente con un abogado. 10 Twin Cities Immigrant Orientation Resources, HENNEPIN COUNTY LIBRARY SUBJECT GUIDES, at 8

10 NO firme ningún documento hasta que usted hable con un abogado. Usted tiene el derecho de hacer una llamada telefónica Llame a su abogado o llame a un familiar y déle la siguiente información. o El nombre de los oficiales y su agencia respectiva (Departamento de policía, FBI, ICE), junto con sus números de identificación y numero de placa. Usted puede encontrar esta información en su etiqueta con su nombre o en su carro. INMIGRANTES Y EL SISTEMA JUDICIAL ENTENDIMIENTO DE LA CORTE CRIMINAL Y LA CORTE DE INMIGRACION Es importante entender que estas do cortes tratan diferentes asuntos legales. Aquellos individuos que se encuentran en una Corte Criminal tienen más derechos legales que aquellos que están en una Corte de Inmigración. Si usted no es un ciudadano y ha sido arrestado, probablemente usted tendrá que ir a la corte criminal y a la corte de inmigración. Corte Criminal Una persona, sin importar su estado inmigratorio, va a la corte criminal si ha esta persona se le hacen cargos por haber cometido un crimen. El estado en el cual vive la persona hace formalmente los cargos de delito menor o delito grave. Un delito menor es un crimen con un castigo menor de 1 año en prisión. Un delito grave es un crimen serio con una sentencia en prisión de 1 año o más. Cualquier persona que es arrestada debe tener cargos por un crimen en una corte criminal dentro de 48 horas, sin incluir días festivos y fines de semana. Si usted no tiene cargos por un crimen dentro de 48 horas, usted debe ser puesto en libertad de la cárcel. Si a usted se le hacen cargos por un crimen, dependiendo de la seriedad del crimen, usted puede pedir una fianza. Si el juez le otorga la fianza y usted la puede pagar, usted puede ser puesto en libertad. Sin embargo, si a usted se le otorga una fianza, esto no quiere decir que su caso criminal esta cerrado. Usted aun necesita regresar a la corte para una audiencia preliminar y después un juicio. IMPORTANTE: Si usted no es un ciudadano, ICE puede transferirle a custodia de inmigración AUN Y CUANDO usted haya pagado su fianza por los cargos criminales. Por lo tanto, talvez no sea buena idea pagar una fianza por sus cargos criminales ya que usted aun puede permanecer en custodia. 9

11 Si ha usted se le hacen cargos criminales por un delito menor o un delito grave, usted tiene derecho a un abogado gratis, si usted califica económicamente. Asegúrese de tener un abogado que entienda de que manera su caso criminal puede afectar su estado inmigratorio. Aun y cuando usted tenga un defensor de oficio, usted debe decirle a esta persona su estado inmigratorio y pedirle que consulte con abogados locales de inmigración. Dependiendo en el resultado de su caso criminal, usted puede perded su derecho a permanecer en este país. No hable con un oficial sin un abogado. Cualquier cosa que usted diga puede ser utilizado en su contra. No le de ninguna información a la policía con respecto a su estado inmigratorio. No firme ningún documento sin que este presente su abogado. Si usted no entiende el Ingles, pida un intérprete. No confié en el intérprete. El interprete solo esta ahí para traducir. Corte de Inmigración El Departamento de Justicia de los Estados Unidos tiene autoridad sobre las Cortes de Inmigración. Cualquier persona con un asunto inmigratorio debe presentarse ante un Juez de Inmigración. La Oficina de Detención de Inmigración y Aduana (ICE) y Expulsión bajo el Departamento de Seguridad Nacional presenta procedimientos en contra de usted y el caso es traído ante un Juez de Inmigración. ICE puede comenzar procedimientos en contra de usted en cualquier momento si usted esta en los EE.UU. ilegalmente. Sin embargo, ICE, es alertado de su estado inmigratorio cuando usted tiene un caso criminal pendiente. SABIA USTED? De acuerdo con el Departamento de Justicia de los EE.UU., 80% de sus casos tratan con procedimientos de expulsión. Si usted no es un ciudadano y ha terminado sus asuntos en la Corte Criminal, los Servicios de Inmigración o ICE pueden poner una detención en su contra y retenerlo por otras 48 horas. Si ICE no lo recoge dentro de ese tiempo, usted debe ser puesto en libertad. Si usted no es liberado, usted debe contactar a un abogado u organización comunitaria para que le ayuden a ser liberado de la custodia policíaca. Ellos pueden escribir una carta de exigencia ha la policía o sheriff. 10

12 INMIGRANTES Y EL PROCEDIMIENTO DE EXPULSION PROCEDIMIENTOS DE DEPORTACION Y EXPULSION EN LA CORTE DE INMIGRACION 11 La mayoría de los casos ante un Juez de Inmigración tienen que ver con procedimientos de deportación o expulsión. Cuando usted esta en detención, usted estará en custodia de ICE. Que sucede cuando ICE lo recoge Usted será puesto en una celda o en una estación temporal de proceso o en un centro de detención, donde usted será entrevistado y se le tomaran la huellas de los dedos. Usted tiene derecho de hacer una llamada telefónica. Memorizece el numero telefónico de su abogado, familiar, o amigo y contáctele inmediatamente. Sus llamadas telefónicas pueden estar bloqueadas. Si usted tiene problemas para contactar a su familiar o abogado, pregunte a los trabajadores de la cárcel si ellos bloquearon el número. Cada centro de detención que retiene detenidos de ICE debe proveer una lista de servicios legales gratuitos disponibles en el área, números telefónicos actuales, y acceso gratuito a un teléfono para hacer esas llamadas. A usted se le va asignar un oficial de deportación. Escriba el nombre y número del oficial de deportación asignado a su caso. Su oficial de deportación deberá entregarle a usted un documento llamado Notificación para Comparecer" (Notice to Appear) o NTA. Este documento contiene los cargos inmigratorios que se hicieron en su contra. Este documento le ayudara a su abogado a entender su caso e informarle a usted cuando se llevara a cabo su primera audiencia en la Corte de Inmigración. Sabe usted su numero A? Asegúrese de llevar con usted en todo momento su numero A o su numero de registro de extranjero, el cual empieza con una A y es seguido de 9 números. Memorícelo! La mayoría de los números A de 9 dígitos empiezan con un cero. Si su número A solo contiene 8 números, esto quiere decir que usted automáticamente debe poner un 0 en frente de los ocho números. 11 I Am In Immigration Detention What Are My Rights?, (Nat l Immigration Project of the Nat l Lawyers Guild, Detention Watch Network, Washington D.C.) at Much of the materials from this section was adopted from the above source. For more information on detention issues go to Detention Watch Network, 11

13 Si usted no tiene un numero A, a usted se le asignara uno cuando sea procesado en el centro de detención y usted puede pedirle este numero inmediatamente al oficial de deportación. Memorícelo tan pronto y obtenga el número! Su numero A le ayudara a su abogado y familiares a encontrarle a usted en el sistema inmigratorio. Como puede encontrarlo su familia Contacte la oficina local de Detención y Expulsión de Inmigración y Aduanas en el área. Contacte la oficina central de ICE al si usted no sabe el numero de la oficina de deportación. Esta información también se encuentra en el Internet: Su familia debe tener listo su nombre completo y su numero A. Dígale a sus familiares indocumentados que no le visiten en el centro de detención! Como puede usted encontrar un abogado de inmigración Usted tiene derecho a un abogado de inmigración antes de hablar con un Juez de Inmigración. Usted DEBE PAGAR por un abogado de inmigración. Usted NO tiene derecho a servicios legales gratuitos aun y cuando usted sea indigente. Si usted no puede pagar un abogado, pídale al oficial de deportación una lista de proveedores de servicios legales gratuitos en el área. Asegúrese de contratar un abogado que se especialize en deportación. No se deje engañar por personas que solamente están detrás de su dinero! Solicite un contrato escrito de su abogado, este documento es llamado acuerdo de representación. Siempre mantenga con usted en todo momento el nombre e información de contacto de su abogado. Usted siempre debería documentar toda comunicación con su abogado. Usted siempre debería pedir a su abogado que le haga copias a todos los documentos que abogado dice estar sometiendo a la corte. Si usted no esta contento con su abogado, usted puede realizar una queja. Usted también tiene el derecho de auto representarse a si mismo en la eventualidad de que usted no pueda contratar un abogado. Que puede usted hacer si lo están transfiriendo a un nuevo centro de detención Pídale a su abogado que someta una G con el Departamento de Seguridad Nacional. Este documento le muestra al gobierno que usted tiene un abogado en 12 A copy of G-28 Form is in the appendix. 12

14 el área y por lo tanto necesita permanecer en el área para tener acceso a su abogado. Envié inmediatamente una copia por Fax al oficial de deportación. Esta forma puede convencer al oficial de que pare su transferencia. Asegúrese de tener con usted en todo momento todos sus documentos legales en caso de que usted sea trasladado a una instalación diferente. Como se puede salir del centro de detención SOLICITE UNA AUDIENCIA PARA FIANZA! Una audiencia para fianza le da la oportunidad de mostrarle al juez de inmigración que usted no representa un riesgo, no es un riesgo para la seguridad nacional o que no representa un riesgo de fuga. Usted debe presentar evidencia que demuestre que usted tiene una dirección permanente, un empleo estable, familiares con estado legal en los Estados Unidos, y cualquier evidencia que muestre que usted tiene Fuertes lazos con la comunidad. Usted debe pedirle a sus familiares y amigos que asistan a la audiencia para testificar con respecto estos temas o ellos pueden escribir cartas de apoyo. Que es una fianza? Una fianza es una determinada cantidad de dinero que se le paga al gobierno como garantía de que usted asistirá a todas la audiencias y que acatara la orden final de juez. Usted debe pagar el monto total. La fianza de ser pagada por medio de un cheque bancario de un banco de los EE.UU. o un giro postal de una Oficinal Postal de los EE.UU. a nombre del Departamento de Seguridad Nacional. La persona que pague la fianza debe tener estado legal y una identificación. La fianza se puede pagar en cualquier oficina de ICE. Puede que usted no califique para una fianza si usted tiene una orden de deportación previa. usted tiene ciertas condenas criminales. usted fue arrestado en la frontera o aeropuerto o si usted es sospechoso de tener vínculos terroristas. Información Importante para Recordar! 1. Memorice su numero A de 9 dígitos. 2. Memorice el número telefónico de su abogado o familiar. 3. Recuerde solicitar su Notificación para Comparecer. 4. Recuerde solicitar una Audiencia para Fianza! 5. Recuerde que tiene derecho a un intérprete. Solicite un intérprete si usted no habla ingles. 13

15 AUDIENCIAS EN LA CORTE DE INMIGRACION Una vez que usted este en procedimientos de salida y usted a recibido su Notificación para Comparecer (NTA), usted se presentara ante un Juez de Inmigración mediante una audiencia del Calendario General. Que es una audiencia del Calendario General? Una breve audiencia ante un juez de inmigración. Usted puede pedirle al juez que posponga o continué la audiencia para otra fecha para darle tiempo de encontrar un abogado. Usualmente se le dará una nueva audiencia del Calendario General. Si usted es forzado a proceder sin un abogado, niegue todos los cargos. Esto forzara al gobierno a que pruebe los cargos que se le han hecho a usted. Usted nunca debe aceptar ningún cargo sin antes hablar con un abogado sobre sus opciones. A usted se le puede pedir que firme un documento llamado salida voluntaria o una deportación voluntaria. Si usted firma este documento, usted esta acordando salir de los Estados Unidos y no regresar. Si usted regresa, usted nunca tendrá manera de permanecer en los Estados Unidos legalmente. No firme ningún documento sin antes consultar primeramente a un abogado. Si usted quiere aplicar para otra manera de permanecer en los Estados Unidos, usted tendrá una audiencia por separado llamada audiencia Individual. Que es una audiencia Individual? Una audiencia donde el juez le otorga una oportunidad de presentar su caso para permanecer legalmente en los Estados Unidos. Usted debe presentar tanta evidencia como le sea posible para persuadir al juez. Usted debería traer toda documentación relevante y testigos para testificar en la audiencia. El juez solamente le otorgara una audiencia Individual si el juez considera que usted puede ser elegible para algún tipo de alivio, tal como un asilo, Convención Contra Tortura, Visa U, etc. TIPOS DE ALIVIO EN PROCEDIMIENTOS DE EXPULSION Cuando se encuentra que una persona es expulsable de los Estados Unidos, algunos individuos, dependiendo de su situación, pueden aplicar par varios tipos de alivio o una manera para permanecer en los EE.UU. La ley de Inmigración es muy complicada, especialmente cuando se trata de determinar la elegibilidad para varios tipos de alivio, por lo tanto, a continuación hay una breve descripción de los tipos de alivio disponibles para individuos que se encuentran en procedimientos de expulsión. Es importante 14

16 Sabia Usted? hablar con un abogado de inmigración para explorar todas las opciones disponibles para un individuo en expulsión. ASILO 13 Si usted tiene temor de regresar a su país de Desde 1995, el número de origen por miedo de persecución, usted debería solicitaciones de asilo archivadas han disminuido por aplicar para asilo. un 78%. En 1994, más de Usted puede permanecer en los Estados Unidos 120,000 solicitaciones para asilo si usted le puede comprobar al juez de fueron sometidas pero en el inmigración que usted tiene un temor bien 2004, menos de 30,000 fundamentado de persecución basado en raza, solicitaciones fueron sometidas. religión, nacionalidad, grupo social u opinión El índice de casos de asilo política. otorgados después del 11 de Usted debe aplicar para asilo dentro de 1 ano Septiembre del 2001 disminuyo de haber llegado a los Estados Unidos. Si a significantemente. En el 2001, usted se le pasa la fecha límite, usted ya no 43% de los casos de asilo fueron podrá calificar para un asilo, pero usted aun aprobados pero en el 2003, el número de casos aprobados puede utilizar esta forma para aplicar para un disminuyo al 29% solamente. Aplazamiento de Expulsión. Si usted califica como un exiliado, eventualmente usted puede hacerse un ciudadano de los EE.UU. Usted necesitara archivar un I-589, Aplicación para Asilo y Aplazamiento de Expulsión. CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA Si usted tiene miedo de regresar a su país de origen por temor de ser torturado, usted debería aplicar para este remedio. Usted necesita comprobar que usted muy probablemente enfrentara la tortura cuando usted regrese a su país de origen. Usted debe aplicar para esto si a usted se le paso la fecha limite de 1 ano para la aplicación de asilo. Si usted califica para permanecer en los EE.UU. bajo la Convención Contra la Tortura, usted no podrá hacerse ciudadano. Usted necesitara someter una I-589, Aplicación para Asilo y Aplazamiento. 13 The facts from Did You Know? are from, Asylum: Safety & Freedom in America Report, HUMAN RIGHTS FIRST (New York, NY), at 15

17 SABIA USTED? Cada año 800,000 personas son comercializadas a través de fronteras nacionales y aproximadamente 80% de las victimas transnacionales son mujeres y niñas. Aun mas inquietante es que hasta el 50% son niños menores de edad. Los Estados Unidos proveen servicios sólidos de protección a victimas. En el 2006, el Departamento de Seguridad Nacional otorgo 192 visas T a extranjeros sobrevivientes del tráfico humano. ESTADO ESPECIAL DE INMIGRANTE JUVENIL 14 Si usted es un menor bajo la jurisdicción de una corte juvenil quien se estima ser elegible para cuidado de albergue a largo tiempo, usted puede obtener un estado de inmigrante juvenil especial. Esto quiere decir que si la corte ha encontrado que la reunificación de la familia no es una opción viable, usted ira a un albergue de cuidado, adopción o tutor. Usted debe someter dos aplicaciones al mismo tiempo: 1) Estado de Inmigrante Juvenil Especial o la Forma I-360 y 2) Ajuste de Estado o la Forma I-485. Este remedio será tratado más en la sección de Menores Inmigrantes. VISA U Si usted a sufrido abuso físico o mental substancial por ser victima de una actividad criminal, incluyendo violencia domestica, y usted a sido de ayuda o esta ayudando con la investigación o el juicio del crimen, usted es elegible para aplicar para una Visa U. Usted será requerido a obtener una certificación de un oficial federal, estatal o local calificado para confirmar su participación en la investigación de un crimen. La Visa U provee a inmigrantes elegibles autorización para permanecer en los Estados Unidos y para trabajar. Los poseedores de una Visa U pueden ser elegibles para aplicar para la residencia permanente después de tres años. Someta la Forma 918, Petición para Estado No-inmigrante U. VISA T Si usted ha sido una victima de tráfico humano, entonces usted debe aplicar para una Visa T. Usted debe poder probar que usted fue victima de una forma severa de tráfico de personas y asistir a oficiales del gobierno a enjuiciar a estos traficantes de humanos. 14 For more information on Special Immigrant Juvenile Status go to or call the Immigrant Resource Center at

18 La victimas del trafico humano fueron traídas a este país en contra de su voluntad, o fueron retenidas y forzadas a trabajar una vez que llegaron a los EE.UU. Bajo esta visa, usted puede ser elegible para beneficios, incluyendo alivio inmigratorio, servicios sociales, y acceso a programas de beneficios para refugiados. Someta la Forma I-914, Aplicación para Estado No-inmigrante T. ACTA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER (VAWA) Si usted es un inmigrante que esta siendo abusado por esposo, padre o hijo ciudadano o residente permanente, usted debería aplicar para una petición de VAWA. Usted debe poder comprobar que usted entro en un matrimonio o relación de buena fe con un padre o esposo ciudadano o residente permanente legal. Usted también debe comprobar que esta persona le sometió a una crueldad extrema. Este remedio esta disponible para hombres, mujeres, menores o adultos, siempre y cuando el inmigrante abusado haya estado en una relación con un ciudadano o residente permanente legal. Hay más información sobre VAWA en la sección de Mujeres Inmigrantes de este manual de herramientas. CANCELACIÓN DE EXPULSION RESIDENTE PERMANENTE LEGAL Si usted es un residente permanente legal en procedimiento de expulsión, usted puede permanecer en los EE.UU. si usted califica para la Cancelación de Expulsión. Para ser elegible para la Cancelación de Expulsión, usted debe comprobar que: 1) Usted ha sido un Residente Permanente Legal por 5 años; 2) Usted ha vivido continuamente en los EE.UU. por lo menos 7 años después de haber sido admitido legalmente a los EE.UU.; 3) Usted no a sido condenado por un Delito Grave según esta definido en la ley de Inmigración. Someta la Forma EOIR-42A 17

19 CANCELACIÓN DE EXPULSIÓN Y AJUSTE DE ESTADO PARA RESIDENTES NO-PERMANENTES Si usted es un residente no-inmigrante, usted también puede ser elegible para la Cancelación de Expulsión pero la ley requiere más de un residente no-inmigrante. Para se elegible para Cancelación de Expulsión para un residente noinmigrante, usted debe comprobar que: 1) Usted ha vivido continuamente en los EE.UU. por lo menos 10 años; 2) Usted ha sido una persona de buen carácter moral durante su presencia en los EE.UU.; 3) Usted no a sido condenado de un Delito Grave; y 4) Usted debe demostrar que su expulsión de los EE.UU. resultaría en un apuro excepcional y extremadamente inusual para sus familiares inmediatos. La ley es muy limitada en la definición de familiares inmediatos como el esposo(a), padre, o hijo del inmigrante, y estos familiares deben ser ciudadanos o residentes permanentes legales. Someta la Forma EOIR-42B MUJERES INMIGRANTES Estudios han mostrado que mujeres inmigrantes están en alto riesgo de estar en relaciones abusivas debido a su estado inmigratorio. 15 Es menos probable que las mujeres inmigrantes reporten a la policía incidentes de abuso por temor de ser deportadas. Además, las mujeres inmigrantes frecuentemente se ven atrapadas en relaciones violentas debido a la barrera del idioma, recursos financieros limitados, y aislamiento social. 16 En 1994, el Congreso de los Estados Unidos paso el Acta de Violencia en Contra de la Mujer (VAWA) para proteger a victimas inmigrantes de la violencia domestica. VAWA provee a mujeres inmigrantes una manera para abandonar a sus esposos abusivos y de poder permanecer en los Estados Unidos legalmente. 15 The Facts on Immigrant Women and Domestic Violence, FAMILY VIOLENCE PREVENTION FUND FACT SHEETS (New York, NY), 1999 at 16 Femicide in New York City: , NY CITY DEPT. OF HEALTH AND MENTAL HYGEINE (New York, NY) October, 2004, available at 18

20 Mujeres Inmigrantes y el Contacto con la Policía. Generalmente, usted no debe temer de hablar a la policía para reportar una situación abusiva. De acuerdo con el Fondo de Prevención de La policía usualmente no reporta a victimas de Violencia Familiar, mujeres inmigrantes violencia domestica con inmigración. casadas experimentaron altos niveles de Usted debe pedirle a la policía que haga un abuso físico y sexual que aquellas mujeres reporte complete del incidente y que le inmigrantes no casadas, 59.5% a entregue a usted una copia del reporte. comparación del 49.8%, respectivamente. Usted también debe escribir el nombre y numero de placa del oficial de la policía que esta escribiendo el reporte. Solicite para un Orden de Protección. Si usted tiene miedo de que su esposo vendrá tras de usted, solicite una Orden de Protección o una Orden de Restricción. Un Orden de Protección es un documento legal firmado por un juez que estipula que su esposo no puede acercarse a usted o a su hogar. Si lo hace, el puede ser arrestado por violar una orden de la corte. Usted puede pedirle a la policía que le explique como puede usted solicitar una Orden de Protección. Cualquier persona puede solicitar una Orden de Protección, incluyendo a una persona indocumentada. Las cortes usualmente no preguntan sobre el estado inmigratorio de la persona. Una Orden de Protección es diferente a una petición de VAWA. Una petición de VAWA no le protege del abusador. Esta petición es solo una manera para permanecer legalmente en los EE.UU. sin el permiso de su abusador. Dos Opciones bajo VAWA. SABIA USTED? Si usted esta en una relación abusiva con su ciudadano EE.UU. o un residente permanente legal, VAWA le permite a usted solicitar una Auto-petición para permanecer en los EE.UU., o solicitar una Cancelación de Expulsión. Una petición de VAWA no le protege de su abusador. 1) Auto-petición significa que usted puede aplicar para su residencia por si misma y sus hijos. Usted no necesitara el permiso de su esposo. 2) Cancelación de Expulsión significa que usted ya esta en procedimiento de expulsión y usted quiere solicitar una petición para permanecer en los EE.UU. 19

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