AUTORES: FEAPS ARAGÓN (Coord.) ADISPAZ ATADES Huesca ATADI-Ángel Custodio Fundación Carmen Fernández Céspedes

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1 Guía de Recursos para Personas con Discapacidad Intelectual y sus Familias en Aragón

2 AUTORES: FEAPS ARAGÓN (Coord.) ADISPAZ ATADES Huesca ATADI-Ángel Custodio Fundación Carmen Fernández Céspedes Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 1 de 109

3 ÍNDICE 1. PRESENTACIÓN DE LA GUÍA DE RECURSOS 2. INTRODUCCIÓN: DISCAPACIDAD INTELECTUAL 3. MOVIMIENTO ASOCIATIVO FEAPS EN ARAGÓN 4. RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD 5. VALORACIÓN GRADO DE DEPENDENCIA 6. AYUDAS AL DESARROLLO FAMILIAR 7. ATENCIÓN TEMPRANA 8. EDUCACIÓN 9. FORMACIÓN Y EMPLEO 10. OCIO Y TIEMPO LIBRE 11. CENTROS ASISTENCIALES: CENTROS DE DÍA 12. VIVIENDA Y SERVICIOS RESIDENCIALES 13. AYUDA DOMICILIARIA 14. ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS 15. TRANSPORTE 16. ASPECTOS JURÍDICOS, LEGALES Y FISCALES 17. PROGRAMA DE APOYO A FAMILIAS 18. SERVICIOS SANITARIOS 19. CENTROS MUNICIPALES DE SERVICIOS SOCIALES 20. OTROS RECURSOS DE INTERÉS Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 2 de 109

4 1. PRESENTACIÓN DE LA GUÍA DE RECURSOS Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 3 de 109

5 2. INTRODUCCIÓN: DISCAPACIDAD INTELECTUAL QUÉ ES LA DISCAPACIDAD INTELECTUAL? A lo largo del tiempo, han sido muchas las definiciones que se han dado de discapacidad intelectual y han sido muchos los términos utilizados para hacer referencia al colectivo (retraso mental, subnormalidad, disminución psíquica, ). Hoy en día, los avances en investigación y los diferentes estudios sobre el tema, han permitido que en el año 2002 la Asociación Americana para el Retraso Mental (AAMR) explicase la discapacidad intelectual del siguiente modo: La discapacidad intelectual está caracterizada por limitaciones significativas en el funcionamiento intelectual y en la conducta adaptativa, tal como se manifiesta en las habilidades prácticas, sociales y conceptuales. Esta discapacidad comienza antes de los 18 años. Lo que esta definición explica es que para hablar de que una persona tiene discapacidad intelectual, ésta tiene que haberse presentado antes de los 18 años de edad, es decir, durante la infancia de la persona o, incluso, desde el momento del nacimiento. Así, no sería discapacidad intelectual la demencia senil o determinados problemas de salud mental que, en algunos momentos, pueden presentar limitaciones similares. Además, la definición explica que, además de la limitación a nivel intelectual, la persona con esta discapacidad presenta también dificultades en su conducta adaptativa, ya sea para relacionarse con los demás, para comprender las cosas o para realizar determinadas actividades por sí misma. QUÉ CAUSA LA DISCAPACIDAD INTELECTUAL? La discapacidad intelectual no es una enfermedad y, por tanto, no es algo contagioso ni que pueda transmitirse por el contacto. Hay diferentes motivos que pueden causar que una persona tenga una discapacidad intelectual. Por orden de frecuencia podemos distinguir: Causa desconocida 30-40% Alteraciones del desarrollo embrionario 30% Influencias ambientales y socio-culturales 15-20% Problemas en el embarazo y perinatales (durante el parto) 10% Enfermedades hereditarias 5% Enfermedades adquiridas durante la infancia 5% Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 4 de 109

6 3. MOVIMIENTO ASOCIATIVO FEAPS EN ARAGÓN FEAPS (Confederación Española de Organizaciones en favor de las Personas con Discapacidad Intelectual), es un conjunto de organizaciones familiares que defienden los derechos, imparten servicios y son agentes de cambio social. Creada en 1964, gracias al impulso de familias de personas con discapacidad intelectual, que reivindicaban una mejora en la atención a las personas con discapacidad intelectual y hacían hincapié en la marginación a la que estas personas y sus familias se veían abocadas. Grupos de padres informados, preocupados y muy involucrados se fueron dando cuenta de la necesidad de crear asociaciones que dieran respuesta a sus necesidades y que respaldasen sus demandas ante la Administración. Dichas asociaciones nacieron con una vocación apolítica, en las que se daba cabida a todos los afectados, sin tener en cuenta clases sociales. Se va consolidando así, poco a poco, un movimiento asociativo que fomenta la creación de servicios especializados de atención para las personas con discapacidad intelectual. Se convierten, así, en motor de cambio social. En la actualidad, FEAPS es la entidad más representativa de este sector en España. Está articulada en Federaciones Autonómicas, representando a las 17 CCAA y a las dos ciudades autónomas. Cuenta con cerca de 800 asociaciones federadas y con más de personas atendidas. En el Congreso de Toledo de 1996, se definió la misión que guía el trabajo del movimiento asociativo: Mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual y la de sus familias. Actualizar con Congreso de Toledo actual? La Asociación Aragonesa de Entidades para Personas con Discapacidad Intelectual (FEAPS Aragón) lleva más de quince años luchando por la integración de las personas con discapacidad intelectual. Este proyecto humanitario, que nació en 1990, se ha consolidado con el esfuerzo, sacrificio y tesón de todos, familias, profesionales y las propias personas con discapacidad intelectual, cuyo único objetivo es el desarrollo personal, laboral y social de este colectivo. El tiempo ha dado la razón a quienes emprendieron este difícil proyecto sin ánimo de lucro. La Federación, junto con las 30 asociaciones y 8 fundaciones que la componen, es hoy el referente de los más de usuarios atendidos por FEAPS Aragón. La persistencia en mejorar la calidad de vida de estas personas es la razón de la consolidación de un trabajo conjunto, con una idea común: Una sola misión, un trabajo compartido, que resume el convencimiento de las entidades de FEAPS Aragón de que sin el trabajo de todos no sería posible alcanzarla misión del movimiento asociativo. El fin de la Federación es conseguir la igualdad de oportunidades y derechos. En estos momentos, FEAPS y sus asociaciones se encuentran en pleno auge de crecimiento pero su mirada va más allá. El movimiento asociativo continuará firme en su largo y difícil camino en defensa de las personas con discapacidad intelectual. Las entidades y asociaciones federadas en FEAPS Aragón, con sus direcciones y teléfonos son los siguientes: FEAPS ARAGÓN Asociación Aragonesa de Entidades para Personas con Discapacidad Intelectual Joaquina Zamora, 4, bajos (50018-Zaragoza) Tlf Fax ENLACES WEB DE INTERÉS: Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 5 de 109

7 TERUEL ATADI Nicanor Villalta, s/n (44002-Teruel) Tlf Fax ATADI-ADIPA Polígono la Umbría (44500-Andorra) Tlf./ Fax ATADI-ADIPCMI Polígono Santa Bárbara, parcela 1-s (44760-Utrillas) Tlf. / Fax ATADI-ALBADA Av. Bartomé Esteban, s/n (44600-Alcañiz) Tlf./ Fax ATADI-ÁNGEL CUSTODIO C/Nicanor Villalta, s/n. Pol. Fuenfresca (44002-Teruel) Tlf Fax ATADI-EL JILOCA C/ María Moliner, 3 (44300-Monreal del Campo) Tlf Fax ATADI-FUNDACIÓN KALATHOS C/Miguel de Cervantes, s/n (44550-Alcorisa) Tlf Fax ATADI-PUERTA DEL MEDITERRÁNEO C/ Compañía, 30 (44400-Mora de Rubielos) Tlf Fax APA COLEGIO GLORIA FUERTES c/ San Isidro Labrador, 2 (44500-Andorra) Tlf./Fax APA ARBOLEDA Ciudad escolar, s/n (44003-Teruel) Tlf Fax HUESCA ATADES HUESCA Travesía Ballesteros, 10 (22005-Huesca) Tlf Fax CENTROS ATADES HUESCA: o C. REINA SOFÍA C/ Molino, s/n. (22400-Monzón) Tlf Fax o C. IGNACIO CLAVER Ctra. Jaca-Sabiñánigo, Km. 11 (22714-Martillue) Tlf Fax o C. MANUEL ARTERO Ctra. Jaca, s/n Cillas (22004-Huesca) Tlf Fax o C. SAN JORGE C/ Joaquín Cajal Lasala, s/n (22004-Huesca) Tlf Fax o C. JOAQUIN COSTA Pº Pinos, s/n (22300-Barbastro) Tlf Fax o C. COMARCAL BAJO CINCA C/ Escorial, s/n. (22520-Fraga) Tlf Fax ZARAGOZA PROVINCIA ADISCIV c/ Tarazona, 2 (50600-Ejea de los Caballeros) Tlf./Fax Fax ADISPAZ C/ Carrera de Ricla, 22 (50100-La Almunia de Dª Godina) Tlf./Fax AMIBIL C/ Fernández Ardavín, s/n. (50300-Calatayud) Tlf./Fax ASOCIACIÓN DE MINUSVÁLIDOS ARTIGA C/ Paradaero, 1 (50550-Mallén) Tlf./Fax FUNDACIÓN CASTILLO DE LISCAR C/ La Paz, 3 (50696-Castiliscar) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 6 de 109

8 ZARAGOZA CAPITAL ADISLAF Fundación Benito Ardid C/ Comuneros de Castilla, (50002-Zaragoza) Tlf Fax AFADI DEL CAMP Av. Academia General Militar, 53 (50015-Zaragoza) Tlf Fax APA COLEGIO ALBORADA C/ Andador Pilar Cuartero Molinero, 1 (50018-Zaragoza) Tlf./Fax ASIMAZ C/ Autonomía de Aragón, 6, 5º F (50720-La Cartuja-Zaragoza) Tlf ASOCIACIÓN PROTECTORA BINET Urb. Montecanal Martín Diez Decaux, 18 (50012-Zaragoza) Tlf Fax ASOCIACIÓN UTRILLO C/ Mas de las Matas, 1 (50014-Zaragoza) Tlf Fax FUNDACIÓN CARMEN FDEZ. CÉSPEDES C/ San Cristóbal, 4 (Barrio San Gregorio) (50015-Zaragoza) Tlf Fax FUNDACIÓN LUIS AZÚA Pza. Los Sitios, 10, 2º Dcha. (50001-Zaragoza) Tlf./Fax FUNDACIÓN SER MAS C/ Matías Pastor Sancho, , bajo (50015-Zaragoza) Tlf Fax ALIND ARAGÓN C/ Santa Isabel, 14-16, 1ºD (50003-Zaragoza) Tlf APA CEDES C/ San Cristóbal, 4 (Barrio San Gregorio) (50015-Zaragoza) Tlf APA COLEGIO RINCÓN DE GOYA Parque Primo de Rivera, s/n. (50006-Zaragoza) Tlf./Fax APA ULTRELLA COLEGIO PUEYOS C/ Paso, 250 (50162-Villamayor-Zaragoza) Tlf./Fax APA CEE JEAN PIAGET Av. Majas de Goya, 12 (50018-Zaragoza) Tlf Fax ASOCIACIÓN SÍNDROME X-FRÁGIL C/ Poeta León Felipe, 18, 2º 1ª (50015-Zaragoza) Tlf FRONTERAS ABIERTAS C/ Joan Sebastián Bach, 37, 4ºA (50012-Zaragoza) Tlf FUNDACIÓN JOSÉ LUIS ZAZURCA Urb. Montecanal Martín Diez Decaux, 18 (50012-Zaragoza) Tlf Fax FUNDACIÓN VIRGEN DEL PUEYO C/ Paso, 250 (50162-Villamayor-Zaragoza) Tlf./Fax NATURALMENTE SOCIAL RECIKLA Polígono Empresarium c/ Sisallo, nave 2 (50720-La Cartuja Zaragoza) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 7 de 109

9 4. RECONOCIMIENTO GRADO DE DISCAPACIDAD PARA QUÉ OBTENER EL RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD? Para que una persona con discapacidad intelectual y su familia puedan optar a las prestaciones económicas y a determinados servicios y plazas concertadas, debe contar con el reconocimiento del grado de discapacidad. Así pues, este será el primer paso a dar por cualquier familia. Para obtener el reconocimiento del grado de discapacidad se valoran tanto las discapacidades físicas, intelectuales y/o sensoriales, como los factores sociales, entre otros, el entorno familiar y la situación laboral, educativa y cultural que dificulten la integración social de la persona. A las personas con más de un 33 % de discapacidad se les otorga el reconocimiento y pueden beneficiarse de las ayudas y prestaciones asistenciales para personas con discapacidad, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos. Entre las ayudas a las que podrían optar estarían: Adaptación del acceso a vivienda, Adaptación de pruebas selectivas, Adaptación de puesto de trabajo, Atención en Centro especializado, Ayudas técnicas, Exenciones fiscales, Tarjeta de aparcamiento, Prestaciones no Contributivas, Prestación familiar por hijo a cargo, Ayudas para la eliminación de barreras. CÓMO SE SOLICITA EL RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD? Toda persona residente en Aragón, con discapacidad intelectual, física y/o sensorial puede solicitar el reconocimiento de discapacidad. Para obtenerlo es necesario presentar una solicitud en las Direcciones Provinciales del IASS y los Centros Base. El Instituto Aragonés de Servicios Sociales es el organismo oficial encargado de la gestión y resolución de solicitudes. DÓNDE SE SOLICITA? Direcciones provinciales del IASS Dirección provincial de Zaragoza Pº Rosales, 28 duplicado (50008-Zaragoza) Tlf Fax Dirección provincial de Huesca Plaza Santo Domingo, 3-4 (22001-Huesca) Tlf Fax Dirección provincial de Teruel Av. Sanz Gadea, 11 (44002-Teruel) Tlf Fax Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 8 de 109

10 Centros Base Centro Base I Zaragoza C/ Sta. Teresa, (50006-Zaragoza) Tlf Fax Centro Base II Zaragoza C/ P. Luis Cernuda, s/n (50015-Zaragoza) Tlf Fax Centro Base Huesca C/ Joaquín Costa, 22 (22002-Huesca) Tlf Fax Centro Base Teruel Av. Sanz Gadea, 2 (44002-Teruel) Tlf Fax QUÉ ES LA TARJETA ACREDITATIVA DEL GRADO DE DISCAPACIDAD? La tarjeta acreditativa del grado de discapacidad es un documento público, personal e intransferible, que acredita el reconocimiento del grado de discapacidad de su titular y sirve de documento sustitutivo, a todos los efectos, de la resolución por la que se reconoce dicho grado. La presentación de la tarjeta surtirá los mismos efectos que la de la resolución por la que se reconoce el grado de discapacidad. Todas las personas que tuvieran reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% con carácter permanente podrán solicitar por escrito la expedición de la tarjeta. En caso de que el grado reconocido fuera modificado por nueva resolución administrativa o judicial con un grado de discapacidad superior o inferior al originario, se emitirá, a favor de la persona afectada, una nueva tarjeta acreditativa, teniendo que destruir la anterior. DÓNDE PUEDE TRAMITARSE LA TARJETA ACREDITATIVA DEL GRADO DE DISCAPACIDAD? Le corresponderá al Instituto Aragonés de Servicios Sociales, a través de sus respectivos Centros Base, la competencia para expedir, emitir duplicados y cancelar, cuando proceda, las tarjetas acreditativas del grado de discapacidad. Con el objeto de conseguir una tramitación más ágil y eficaz, las plataformas aragonesas de acción y representación de las personas con discapacidad, cooperarán con el IASS en la preparación, el envío y la difusión de las solicitudes de tarjetas acreditativas del grado de discapacidad. ENLACES WEB DE INTERÉS: Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 9 de 109

11 5. GRADO DE DEPENDENCIA PARA QUÉ OBTENER EL RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DEPENDENCIA? La Ley 36/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, regula las condiciones básicas de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia mediante la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), en el que colaboran y participan todas aquellas Administraciones Públicas con competencias en la materia. Esta Ley contempla prestaciones para las personas que tengan reconocida la situación de dependencia en función del grado valorado en cada caso. Como prestaciones de atención a la dependencia la Ley contempla tanto prestaciones económicas como servicios, si bien estos últimos tendrán carácter prioritario y se prestarán a través de la oferta pública de la Red de Servicios Sociales por las respectivas Comunidades Autónomas mediante centros y servicios públicos o privados concertados debidamente acreditados. * Las prestaciones económicas y los servicios son incompatibles entre sí, salvo la teleasistencia de los no residenciados. QUÉ SERVICIOS ESTABLECE LA LEY DE DEPENDENCIA? El Catálogo de Servicios que establece el Sistema es el siguiente: 1. Los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal. 2. Servicio de Teleasistencia. 3. Servicio de Ayuda a domicilio: - Atención de las necesidades del hogar. - Cuidados personales. 4. Servicio de Centro de Día y de Noche: - Centro de Día para mayores. - Centro de Día para menores de 65 años. - Centro de Día de atención especializada. - Centro de Noche. 5. Servicio de Atención Residencial: - Residencia de personas mayores en situación de dependencia. - Centro de atención a personas en situación de dependencia, en razón de los distintos tipos de discapacidad. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 10 de 109

12 QUÉ PRESTACIONES DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA ESTABLECE LA LEY? La Ley de Dependencia contempla tres prestaciones económicas: A) Prestación económica vinculada al servicio. Destinada a la cobertura de los gastos del servicio previsto en el Programa Individual de Atención cuando no sea posible la atención por un servicio público o concertado de atención y cuidado. B) Prestación económica para cuidados en el medio familiar y apoyo a cuidadores no profesionales. Su finalidad es mantener al beneficiario en su domicilio atendido por cuidadores no profesionales, siempre que se den condiciones adecuadas de convivencia y de habitabilidad de la vivienda. El cuidador será dado de alta en la Seguridad Social y se incorporará a programas de formación, información y descanso. C) Prestación económica de asistencia personal. El objetivo es contribuir a la contratación de una asistencia personal que facilite al beneficiario una vida más autónoma, el acceso a la educación y al trabajo y el ejercicio de las habilidades de la vida diaria. QUÉ GRADOS DE DEPENDENCIA CONTEMPLA LA LEY? La Ley contempla tres grados de dependencia: A) Grado I de dependencia moderada. Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias habilidades de la vida diaria al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal. B) Grado II de dependencia severa. Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias habilidades de la vida diaria dos o tres veces al día pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal. C) Grado III de gran dependencia. Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias habilidades de la vida diaria varias veces al día y por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal. Cada uno de estos grados se clasificará a su vez en dos niveles en función de la autonomía y atención y cuidado que requiere la persona. El grado o nivel de dependencia será revisable, a instancia del interesado, de sus representantes o de oficio por las Administraciones Públicas competentes, por alguna de las siguientes causas: a) Mejoría o empeoramiento de la situación de dependencia. b) Error en el diagnóstico o en la aplicación del correspondiente baremo. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 11 de 109

13 QUIÉN PUEDE SER BENEFICIARIO DEL SISTEMA DE DEPENDENCIA? Los requisitos que establece la Ley para ser beneficiario del sistema de atención a la dependencia son los siguientes: 1. Ser español (o tener residencia legal en España) 2. Tener cualquier edad, pero con peculiaridades para los menores de 3 años. 3. Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos por la Ley. 4. Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos tienen que haber sido inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de 5 años el período de residencia en España se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia. CÓMO SE TRAMITA LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA? El procedimiento se iniciará ante el Órgano Gestor correspondiente de la Comunidad Autónoma de residencia del solicitante. Realizada la valoración del solicitante, la Administración Autonómica emitirá resolución en la que se determinará el grado y nivel de dependencia y los servicios o prestaciones económicas que correspondan al solicitante en atención a su grado y nivel de dependencia; en el marco de este procedimiento se establecerá el correspondiente Programa Individual de Atención. En el caso de la Comunidad Autónoma de Aragón, las direcciones para consultas sobre solicitudes de reconocimiento de grado y nivel, correspondientes a las Direcciones Provinciales del Departamento de Servicios Sociales y Familia son las siguientes: Dirección General de Atención a la Dependencia Huesca: Alcalde José Antonio Llanas Almudévar 2-4 (22004-Huesca) Tlf Teruel: Edificio San Francisco, 1 (44001-Teruel) Tlf Zaragoza: Dirección General de Atención a la Dependencia Servicio de Valoración de los Grados de Dependencia Camino de las Torres, 73 (50008-Zaragoza) Tlf Las direcciones del Gobierno de Aragón para consultas sobre los programas individualizados de atención (PIA) correspondientes a las Direcciones Provinciales del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) son las siguientes: Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 12 de 109

14 Direcciones Provinciales IASS consulta PIA Huesca: Dirección Provincial del IASS Plaza Sto. Domingo, 3-4. (22001-Huesca) Tfno Teruel: Dirección Provincial del IASS Avda. Sanz Gadea, 11 (44001-Teruel) Tfno Zaragoza: Dirección Provincial del IASS Paseo Rosales, 28, duplicado Zaragoza Tfno Es importante destacar que se puede revisar la valoración de dependencia si cambian las circunstancias o se detecta algún error de valoración. QUÉ OCURRE SI NO SE RECONOCE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA? En caso de que no se reconozca la situación de dependencia de una persona porque no se haya alcanzado la puntuación requerida para ello en la valoración, existe la posibilidad de interponer un recurso de alzada ante el titular del Departamento de Servicios Sociales y Familia, quien puede determinar la revisión de la valoración. INFORMACIÓN SOBRE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA Tlf atenciondependencia@aragon.es ENLACES WEB DE INTERÉS: %B3n%20de%20Dependencia/Impresos%20y%20formularios%20necesarios/02Solicitud%20Valoraci%C 3%B3n.pdf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 13 de 109

15 6. AYUDAS AL DESARROLLO FAMILIAR 6.1. PRESTACIONES ECONÓMICAS Este apartado incluye todas aquellas prestaciones económicas que, desde distintas entidades, se ofrecen a las personas con discapacidad intelectual y sus familias. Además de hacer una relación de las mismas, se incluye información adicional relacionada con el proceso de tramitación u obtención y las direcciones de interés. PRESTACIÓN FAMILIAR POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN Con objeto de compensar los mayores gastos familiares originados por el nacimiento o adopción de un hijo/a, con o sin discapacidad, la Ley General de la Seguridad Social establece una prestación económica no contributiva por nacimiento o adopción de hijos por importe único de por cada hijo nacido o adoptado en territorio español a partir del día 1 de julio de Se trata de una prestación económica de pago único, en la que el beneficiario tendrá derecho a: a) Una deducción de 2500 anuales en el IRPF, cuando siendo contribuyente del impuesto concurran determinadas circunstancias. El abono de la deducción se podrá solicitar de forma anticipada a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. b) Una prestación no contributiva de la Seguridad Social de 2500, si no está sujeto al IRPF. Beneficiarios: Padre o madre de los hijos nacidos o adoptados a partir del 1/07/07, siempre que el nacimiento se haya producido en territorio español o que la adopción se haya constituido o reconocido por autoridad española competente. Documentación a aportar y lugar de presentación: Modelo 140, en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Modelo 141, en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social o en la página web de la Seguridad Social ( Centros Urbanos del INSS: Zaragoza C/ Dr. Cerrada, 6, Zaragoza, Tfno.: C/ Mariano Pano y Ruata, 20-22, Zaragoza, Tfno.: Tfno.: C/ Joaquín Costa, 1, Zaragoza, Tfno.: Tfno.: C/ Pablo Remacha, 9, Zaragoza, Tfno.: Tfno.: Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 14 de 109

16 C/ Corona de Aragón, 43, Zaragoza, Tfno.: Tfno.: Huesca C/ María Auxiliadora, 5 (22003-Huesca) Tlfno: Teruel C/ Joaquín Arnau, 22 (44001-Teruel) Tlfno: / PRESTACIÓN ECONÓMICA POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE HIJO, EN SUPUESTO DE FAMILIAS NUMEROSAS, MONOPARENTALES Y EN LOS CASOS DE MADRES DISCAPACITADAS Con objeto de compensar los mayores gastos familiares originados por el nacimiento o adopción de un hijo/a, con o sin discapacidad, en el caso de familias numerosas, monoparentales o en casos de madres con discapacidad igual o superior al 65% en el momento del parto o adopción, la Ley General de la Seguridad Social establece una prestación económica de pago único por una cuantía máxima de 1000, en función del caso. Beneficiarios: Padre o madre de los hijos nacidos o adoptados, en una familia numerosa, monoparental o cuando la madre tenga una discapacidad igual o superior al 65% en el momento del parto o adopción. Requisitos: Residir legalmente en territorio español. No percibir ingresos anuales, de cualquier naturaleza, superiores a los límites establecidos. No tener derecho a prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social. Documentación a aportar y lugar de presentación: La solicitud (puede ser descargada en la página web y la documentación necesaria deberá presentarse en cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social. Centros Urbanos del INSS: Zaragoza C/ Dr. Cerrada, 6, Zaragoza, Tfno.: C/ Mariano Pano y Ruata, 20-22, Zaragoza, Tfno.: Tfno.: C/ Joaquín Costa, 1, Zaragoza, Tfno.: Tfno.: C/ Pablo Remacha, 9, Zaragoza, Tfno.: Tfno.: C/ Corona de Aragón, 43, Zaragoza, Tfno.: Tfno.: Huesca C/ María Auxiliadora, 5 (22003-Huesca) Tlfno: Teruel C/ Joaquín Arnau, 22 (44001-Teruel) Tlfno: / Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 15 de 109

17 PRESTACIÓN FAMILIAR POR HIJO A CARGO CON DISCAPACIDAD Requisitos: Pueden beneficiarse de ella quienes tengan hijos: c) Menores de 18 años con 33% ó más de discapacidad reconocida. d) Mayores de 18 años con discapacidad en un grado igual o superior al 65% de discapacidad reconocida. e) Mayores de 18 años con 75% ó más de discapacidad reconocida y necesidad de ayuda de otra persona. Residir legalmente en territorio español. No tener derecho ni el padre, ni la madre, a prestaciones familiares en cualquier otro régimen público ni una prestación similar de carácter contributivo. * La cuantía varia según la edad y el grado de afectación de la discapacidad. Documentación a aportar: Fotocopia del DNI del solicitante. Tarjeta de identificación fiscal del solicitante. Fotocopia del DNI del otro titular de la patria potestad o tutela. Libro de familia actualizado. Declaración de la renta del último ejercicio fiscal. Fotocopia del DNI de los hijos a cargo mayores de 16 años. Donde se puede solicitar: Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS): C/ Doctor Cerrada, 6, Zaragoza, Tfno.: Centros Urbanos del INSS: Zaragoza C/ Dr. Cerrada, 6, Zaragoza, Tfno.: C/ Mariano Pano y Ruata, 20-22, Zaragoza, Tfno.: Tfno.: C/ Joaquín Costa, 1, Zaragoza, Tfno.: Tfno.: C/ Pablo Remacha, 9, Zaragoza, Tfno.: Tfno.: C/ Corona de Aragón, 43, Zaragoza, Tfno.: Tfno.: Huesca C/ María Auxiliadora, 5 (22003-Huesca) Tlfno: Teruel C/ Joaquín Arnau, 22 (44001-Teruel) Tlfno: / PENSIÓN DE ORFANDAD. Las personas con discapacidad, con reconocimiento de grado de discapacidad, que se queden huérfanos, pueden cobrar pensión de orfandad aunque rebasen los 18 años en el momento en el que muera su padre o madre cotizante a la Seguridad Social. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 16 de 109

18 Esta pensión puede ser simple, en el caso de que haya muerto uno de los padres o absoluta, en el caso de que hayan fallecido los dos padres. Las pensiones de orfandad que reciben los huérfanos con discapacidad severa serán compatibles con otras pensiones que pueda generar el propio pensionista con discapacidad a partir de la realización de una actividad laboral, como las de jubilación o las de incapacidad permanente. La Ley de Presupuestos para 2010, establece que cuando el huérfano haya sido declarado incapacitado para el trabajo con anterioridad al cumplimiento de la edad de 18 años, la pensión de orfandad que viniera percibiendo será compatible con la de incapacidad permanente que pudiera causar, después de los 18 años, como consecuencia de unas lesiones distintas a las que dieron lugar a la pensión de orfandad, o en su caso, con la pensión de jubilación que pudiera causar en virtud del trabajo que realice por cuenta propia o ajena. Para hallar la cuantía de la pensión se hace sobre la base reguladora (base de cotización), el 52% es para viudedad y el 48% es para orfandad, cada huérfano tiene derecho al 20%. Requisitos y documentación a aportar: 1. Acreditación de identidad del solicitante, representante legal y demás personas que figuran en la solicitud mediante la siguiente documentación: - Españoles: Documento Nacional de Identidad - Extranjeros residentes en España: Tarjeta de residencia - Extranjeros no residentes en España: Pasaporte o, en su caso, documento de identidad vigente en su país y NIE (Número de Identificación de Extranjero asignado por el Ministerio del Interior) 2. Documentación acreditativa de la representación legal, en su caso. 3. Certificado del Acta de Defunción del causante fallecido. 4. Libro de familia o certificado en extracto del Acta de Matrimonio expedida por el Registro Civil. 5. Certificado de Acta de Defunción del otro cónyuge si se solicita la orfandad absoluta (para huérfanos de padre y madre). Documentación a aportar: Fotocopia del DNI del solicitante, representante legal y demás personas que figuran en la solicitud. Documentación acreditativa de la representación legal, en su caso, o de la emancipación del solicitante menor de edad. Certificación del acta de defunción del progenitor fallecido. Dónde se puede solicitar: Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS): C/ Doctor Cerrada, 6, Zaragoza, Tfno.: Centros Urbanos del INSS: Zaragoza C/ Dr. Cerrada, 6, Zaragoza, Tfno.: C/ Mariano Pano y Ruata, (Zaragoza) Tfno.: / C/ Joaquín Costa, 1 (Zaragoza) Tfno.: / C/ Pablo Remacha, 9, Zaragoza, Tfno.: Tfno.: Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 17 de 109

19 C/ Corona de Aragón, 43 (Zaragoza) Tfno.: / Huesca C/ María Auxiliadora, 5 (22003-Huesca) Tlfno: Teruel C/ Joaquín Arnau, 22 (44001-Teruel) Tlfno: / PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA. Reciben esta pensión las personas con un 65% o más de discapacidad, mayores de 18 años y menores de 65, cuya unidad familiar no supere determinado nivel de ingresos. Hay dos casos: a) Grado de discapacidad igual o mayor al 65%. b) Grado de discapacidad igual o mayor al 75% y necesidad de ayuda de otra persona. El derecho a Pensión no Contributiva de Invalidez no impide el ejercicio de aquellas actividades laborales, sean o no lucrativas, compatibles con el grado de discapacidad del pensionista y que no representen un cambio en su capacidad real para el trabajo. La Pensión no Contributiva de Invalidez es incompatible con la PNC de Jubilación, con las Pensiones Asistenciales (PAS) y con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos y por Ayuda de Tercera Persona de la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI), así como con la condición de causante de la Prestación Familiar por Hijo a Cargo Minusválido. Es importante conocer que es revisable todos los años, sólo se puede cobrar una pensión no contributiva íntegra por familia y no se contabilizan el 25% de los ingresos de la persona que reciba la pensión contributiva. Requisitos: Carecer de ingresos suficientes en la unidad familiar. Tener más de 18 años y menos de 65. Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. Discapacidad: Grado igual o superior al 65%. Documentación a aportar: Fotocopia del DNI. Reconocimiento del grado de discapacidad. Documentación relativa a ingresos de la unidad familiar. En su caso, sentencia de incapacitación y DNI del tutor. Dónde se puede solicitar: Las solicitudes se presentan en cualquiera de los centros del Instituto Aragonés de Servicios Sociales: Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 18 de 109

20 Direcciones provinciales del IASS Dirección provincial de Zaragoza Pº Rosales, 28 duplicado (50008-Zaragoza) Tlf Fax Dirección provincial de Huesca Plaza Santo Domingo, 3-4 (22001-Huesca) Tlf Fax Dirección provincial de Teruel Av. Sanz Gadea, 11 (44002-Teruel) Tlf Fax Centros Base Centro Base I Zaragoza C/ Sta. Teresa, (50006-Zaragoza) Tlf Fax Centro Base II Zaragoza C/ P. Luis Cernuda, s/n (50015-Zaragoza) Tlf Fax Centro Base Huesca C/ Joaquín Costa, 22 (22002-Huesca) Tlf Fax Centro Base Teruel Av. Sanz Gadea, 2 (44002-Teruel) Tlf Fax PRESTACIONES ECONÓMICAS EXTRAORDINARIAS: AYUDAS DE CARÁCTER INDIVIDUAL El objeto de estas ayudas es mejorar el bienestar físico, material, personal y social de las personas con discapacidad, para alcanzar una calidad de vida acorde con la que disfrutan el resto de ciudadanos. Requisitos: Tener la condición legal de minusválido. Precisar medidas recuperadoras que eviten la evolución desfavorable de su discapacidad. No tener más de 65 años. Tener fijada la residencia en la Comunidad Autónoma de Aragón. No percibir la ayuda de otro Organismo o Entidad para la misma finalidad. Para qué se pueden pedir: o o o o Rehabilitación: Atención temprana, Recuperación médico-funcional, Tratamientos Psicoterapéuticos. Asistencia especializada: asistencia personal, asistencia domiciliaria. Movilidad y comunicación: adquisición sillas de ruedas, vehículos a motor, eliminación de barreras arquitectónicas, adquisición de ayudas técnicas. Ayudas complementarias: transporte. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 19 de 109

21 Documentación a aportar: Fotocopia DNI y NIF del solicitante y del representante legal. Para los menores de 14 años o incapacitados legalmente, el libro de familia. Documentación acreditativa de ingresos correspondientes al año en curso (nóminas, certificación de empresa, estimación de rendimiento, etc, de todos los miembros de la unidad familiar). Presupuesto que justifique el coste de la ayuda solicitada. Dónde se puede solicitar: Direcciones provinciales del IASS Dirección provincial de Zaragoza Pº Rosales, 28 duplicado (50008-Zaragoza) Tlf Fax Dirección provincial de Huesca Plaza Santo Domingo, 3-4 (22001-Huesca) Tlf Fax Dirección provincial de Teruel Av. Sanz Gadea, 11 (44002-Teruel) Tlf Fax Centros Base Centro Base I Zaragoza C/ Sta. Teresa, (50006-Zaragoza) Tlf Fax Centro Base II Zaragoza C/ P. Luis Cernuda, s/n (50015-Zaragoza) Tlf Fax Centro Base Huesca C/ Joaquín Costa, 22 (22002-Huesca) Tlf Fax Centro Base Teruel Av. Sanz Gadea, 2 (44002-Teruel) Tlf Fax Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 20 de 109

22 INGRESO ARAGONÉS DE INSERCIÓN. El Ingreso Aragonés de Inserción tiene como finalidad lograr la plena integración laboral de personas que se encuentran en estado de necesidad o padecen de marginación. Es personal e intransferible. Su concesión tiene lugar a fondo perdido y es subsidiaria y complementaria a cualquier otro ingreso o prestación a los que tenga derecho la persona. Sólo puede recibirse un Ingreso Aragonés de Inserción por unidad familiar. La prestación que ofrece no es únicamente económica sino también supone la elaboración de un plan individualizado de inserción dirigido a lograr la autonomía personal, social y laboral. Requisitos: Ser residente en la Comunidad Autónoma de Aragón y encontrarse en estado de necesidad o situación de marginación. Estar empadronado y tener la residencia de, al menos, un año de antelación a la solicitud en la CCAA de Aragón. No disfrutar de beneficio similar en otra Comunidad Autónoma. Percibir en la unidad familiar ingresos inferiores a la cuantía del Ingreso de Inserción que pudiera corresponderle. Ser mayor de 18 años y menor de 65. Documentación a aportar: Solicitud. Fotocopia del DNI. Documentación relativa a ingresos de la unidad familiar. Dónde se puede solicitar: El Ingreso Aragonés de Inserción se solicitará en el Centro Municipal de se Servicios Sociales del lugar de residencia o en cualquiera de los Registros. (Ver otros recursos de interés) DEDUCCIONES Y REDUCCIONES FISCALES DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD PARA MUJERES TRABAJADORAS CON HIJOS MENORES DE 3 AÑOS La ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) regula la deducción por maternidad por hijos menores de 3 años de hasta anuales por cada uno de ellos. El abono anticipado de la deducción por maternidad podrá ser solicitado por las mujeres con hijos menores de 3 años, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, pudiendo minorar la cuota diferencial del IRPF hasta en anuales por cada hijo menor de 3 años. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 21 de 109

23 Será requisito necesario que la persona beneficiaria resida en territorio español y que haya residido en el mismo de forma legal, efectiva y continuada durante al menos los dos años anteriores al hecho del nacimiento o adopción. Existen dos sistemas alternativos para hacer efectiva la deducción: 1. Incluir la deducción de 1200 en la declaración anual del IRPF o en la correspondiente solicitud de devolución rápida en casos de madres no obligadas a declarar. 2. De forma anticipada: este sistema permite el cobro mensual de 100 por hijo menor de 3 años, mediante transferencia bancaria. Documentación y lugar de presentación: La documentación, según el tipo de sistema elegido, deberá presentarse en las oficinas de la Agencia Tributaria, por diversos procedimientos (directamente, Internet, correo ordinario). DEDUCCIONES FISCALES EN IRPF POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DEL SEGUNDO HIJO EN ATENCIÓN AL GRADO DE DISCAPACIDAD El nacimiento o adopción del segundo hijo, cuando esté presente un grado de discapacidad igual o superior al 33% otorgará el derecho a una deducción sobre la cuota íntegra autonómica del IRPF. El grado de discapacidad que da derecho a esta deducción, deberá estar reconocido a la fecha del devengo del impuesto. Documentación y lugar de presentación: El lugar y el plazo coinciden con la presentación de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. DEDUCCIONES FISCALES EN IRPF POR CUIDADO DE PERSONAS DEPENDIENTES El cuidado de personas dependientes que convivan con el contribuyente, al menos durante la mitad del período impositivo, otorgará el derecho a una deducción de 150 sobre la cuota íntegra autonómica del impuesto, de acuerdo con las siguientes cuestiones: a) A los efectos de esta deducción, se considerará persona dependiente al ascendiente mayor de 75 años y al ascendiente o descendiente con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, cualquiera que sea su edad. b) No procederá la deducción si la persona dependiente tiene rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 22 de 109

24 c) La cantidad resultante de la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, de todas las personas que formen la unidad familiar no puede ser superior a d) Cuando 2 ó más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción, su importe se prorrateará por partes iguales. Documentación y lugar de presentación: El lugar y el plazo coinciden con la presentación de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. REDUCCIÓN FISCAL EN SUCESIONES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Con carácter de reducción propia de la Comunidad Autónoma de Aragón, se aplicará en el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, una reducción de la base imponible del 100% del valor de esta a las adquisiciones hereditarias que correspondan a las personas con discapacidad con un grado igual o superior al 65%. Documentación y lugar de presentación: Coincide con lo previsto en la liquidación del impuesto de Sucesiones. El plazo es de 6 meses, contados desde el día del fallecimiento o desde aquel que adquiera firmeza la declaración de fallecimiento OTRAS AYUDAS PARA EL DESARROLLO FAMILIAR EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES Con objeto de proporcionar un período de excedencia para el cuidado de familiares, con derecho a reserva de puesto de trabajo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social contempla la excedencia para el cuidado de familiares. Los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia no superior a tres años para el cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como pre-adoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha del nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho a un período de excedencia, no superior a 2 años, los trabajadores para atender al cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. Documentación a aportar y lugar de presentación: Deben justificarse tres requisitos en el caso de excedencia por cuidado de familiares: su edad, la enfermedad o accidente y que no desempeñe actividad retribuida. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 23 de 109

25 La documentación se presentará en el propio lugar de trabajo de la persona que solicita la excedencia. PERMISO RETRIBUIDO POR NACIMIENTOS PREMATUROS O QUE REQUIERAN HOSPITALIZACIÓN A CONTINUACIÓN DEL PARTO Con objeto de posibilitar el cuidado de bebés prematuros o que requieran hospitalización tras el nacimiento, el Estatuto de los Trabajadores, reconoce el derecho del padre o la madre a contar con un permiso retribuido por nacimientos de bebés prematuros o que requieran hospitalización tras el nacimiento. Características: El padre o la madre tendrá derecho a: Un permiso retribuido para ausentarse del trabajo durante una hora. Reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de 2 horas, con la disminución proporcional del salario. Ambos derechos son compatibles y pueden ejercerse al mismo tiempo por uno de los padres. No pueden ser ejercidos por ambos progenitores a la vez, aunque sí de forma sucesiva. El disfrute de ambos derechos finaliza en el momento del alta hospitalaria del hijo/a. Lugar de presentación: La solicitud se presentará en el propio lugar de trabajo de la persona que solicita la excedencia. Teléfono gratuito de información sobre prestaciones de la Seguridad Social: ENLACES WEB DE INTERÉS: Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 24 de 109

26 7. ATENCIÓN TEMPRANA A QUIÉN SE DIRIGE LA ATENCIÓN TEMPRANA? La Atención Temprana hace referencia al conjunto de acciones que desarrollan los diferentes servicios sanitarios, sociales y educativos, para prevenir y compensar las deficiencias permanentes o transitorias de niños de 0-6 años con discapacidad o riesgo de padecerla. El objetivo de la Unidad de Atención Temprana es identificar lo antes posible a niños/as con problemas o retraso en su desarrollo o riesgo de padecerlo, para poder iniciar un tratamiento temprano. QUÉ TRATAMIENTOS OFRECE EL PROGRAMA DE ATENCIÓN TEMPRANA? A través del programa de Atención Temprana, profesionales de diferentes especialidades ofrecen servicios de: 1. Evaluación neuropediátrica. 2. Evaluación médico-funcional y rehabilitadota. 3. Evaluación psicológica y psicoterapia. 4. Evaluación y trabajo social. 5. Estimulación. 6. Fisioterapia. 7. Psicomotricidad. 8. Logopedia. CÓMO SE SOLICITA UN PROGRAMA DE ATENCIÓN TEMPRANA? Los familiares de un niño/a con necesidad de un programa de atención temprana, tienen que solicitarlo a través de los Centros Base de Servicios Sociales, donde un equipo multidisciplinar de profesionales valorará dicha necesidad y concederá o denegará el programa. En dicha valoración, el equipo de profesionales establece qué necesidades concretas tiene el niño/a, qué tipo de atención necesita, qué profesionales deben ocuparse de dicha atención e, incluso, especifica el número de horas que ese niño/a necesitará con cada profesional. DÓNDE SE PRESTA ATENCIÓN TEMPRANA? Los tratamientos directos para aquellos niños/as que los necesitan, se prestan en los Centros Base del IASS y en Entidades sin Ánimo de Lucro previamente acreditadas y concertadas para ello. No obstante, para recibir dicha atención es necesario haber sido derivado desde los Centros Base, por el equipo multidisciplinar, no atendiéndose peticiones privadas directas. La asignación a una u otra entidad suele llevarse a cabo por proximidad con el lugar de residencia familiar. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 25 de 109

27 Centros Base Centro Base I Zaragoza C/ Sta. Teresa, (50006-Zaragoza) Tlf Fax Centro Base II Zaragoza C/ P. Luis Cernuda, s/n (50015-Zaragoza) Tlf Fax Centro Base Huesca C/ Joaquín Costa, 22 (22002-Huesca) Tlf Fax Centro Base Teruel Av. Sanz Gadea, 2 (44002-Teruel) Tlf Fax Entidades sin Ánimo de Lucro Fundación Atención Temprana (FAT) es una entidad independiente y sin ánimo de lucro. Actualmente FAT gestiona: CDIAT ACTUR Atención a la población infantil de Zaragoza, zona Actur. Dirección: C/Guillén de Castro, Zaragoza Teléfono CDIAT JILOCA-MONCAYO Atención a la población infantil de las Comarcas Campo de Cariñena, Campo de Daroca, Comunidad de Calatayud, Aranda y Valdejalón. Dirección CALATAYUD: C/ Teruel, Calatayud Teléfono CDIAT BAJO ARAGÓN Atención a la población infantil de la Comarca del Bajo Aragón-Caspe, Matarraña/Matarranya, Bajo Martín, Andorra-Sierra de Arcos, Cuencas Mineras, Maestrazgo y Ribera Baja del Ebro. Dirección ALCAÑIZ: Avda. Bartolomé Esteban, S/N Alcañiz Teléfono Dirección CASPE: C/ Jardines de la estación S/N Caspe. Teléfono CDIAT CINCO VILLAS Atención a la población infantil de la Comarca de las Cinco Villas. Dirección EJEA DE LOS CABALLEROS: C/ Formación Profesional, Ejea de los Caballeros Teléfono Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 26 de 109

28 OFICINAS CENTRALES Dirección: C/ Zurita, 8 4.º dcha Zaragoza Teléfono * Fax CAT- Disminuidos Físicos de Aragón C/ José Luis Pomarón, 9 (50002-Zaragoza) Tlf CAT- Fundación Down Zaragoza C/ Lagos de Coronas, local (50011-Zaragoza) Tlf AMIBIL C/ Fernández Ardavín, s/n. (50300-Calatayud) Tlf CADIS Huesca C/ San Urbez, 2, bajos (22005-Huesca) Tlf Asociación Down Huesca Av. De los Danzantes, 24, bajos (22005-Huesca) Tlf Asociación Hipoacúsicos San Francisco de Sales C/ Ramón J. Sender, 9, bajo posterior (22005-Huesca) Tlf Asociación de Paralíticos Cerebrales (ASPACE) Ctra. De Grañén, s/n. (22004-Huesca) Tlf ENLACES WEB DE INTERÉS: Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 27 de 109

29 8. EDUCACIÓN QUÉ SE ENTIENDE POR NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (N.E.E.)? Se entiende por necesidades educativas especiales aquellas derivadas de circunstancias personales, fruto de una discapacidad física, sensorial, intelectual, trastornos del desarrollo o como consecuencia de una sobredotación intelectual. También pueden presentar necesidades educativas especiales los alumnos que se encuentran en situaciones personales, sociales o culturales desfavorecidas o cuando manifiesta dificultades graves de adaptación escolar. QUIÉN DETERMINA LAS NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DE LOS ALUMNOS? En la Educación Infantil, son los Equipos de Atención Temprana los encargados de determinar qué alumnos tienen necesidades educativas especiales, antes de su escolarización. Serán los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica, en la Etapa de Primaria, y los Departamentos de Orientación en Educación Secundaria, los encargados en los centros públicos de detectar y valorar las necesidades educativas especiales. El objetivo de las decisiones de escolarización de estos equipos es conseguir la mayor normalización e integración escolar. QUÉ MODALIDADES DE ESCOLARIZACIÓN HAY PARA LOS ALUMNOS CON N.E.E.? A. Integración en Centros Ordinarios o Los alumnos de Educación Infantil se escolarizarán preferentemente en centros ordinarios. o Los alumnos con necesidades educativas especiales se escolarizarán en centros ordinarios que dispongan de los recursos personales adecuados. o Los centros ordinarios de integración contarán con profesores de apoyo especializados en Pedagogía Terapéutica y en Audición y Lenguaje. B. Centros Ordinarios de Integración Preferente o o Por Discapacidad Motórica: - Se escolarizarán en centros ordinarios de integración preferente para motóricos los alumnos con discapacidades físicas moderadas. - Los centros de integración preferente para motóricos contarán con Fisioterapeutas y con Auxiliares de Educación Especial. Por discapacidad auditiva: - Se escolarizarán en centros ordinarios de integración preferente para auditivos los alumnos con algún déficit auditivo. - Los centros contarán con especialistas en Audición y Lenguaje y podrán contar con Intérprete de Lenguaje de Signos. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 28 de 109

30 C. Escolarización Combinada o o En Educación Infantil se recurrirá a la escolarización combinada únicamente en los casos de alumnos con déficits auditivos. En Educación Primaria se optará por esta modalidad de escolarización con objeto de favorecer el proceso de socialización de los alumnos con necesidades educativas especiales. D. Centros de Educación Especial o o Se escolarizarán en Centros de Educación Especial los alumnos con necesidad de adaptaciones muy significativas del currículo. Los Centros de Educación Especial contarán con profesores especialistas en Música, en Educación Física, Servicios a la Comunidad y con A.T.S./D.U.E. CÓMO SE REALIZA EL PROCESO DE ESCOLARIZACIÓN? Además de los requisitos establecidos con carácter general, para la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales se incluirá una Resolución de Escolarización del Director del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de cada provincia o, en su caso, de la Comisión de Escolarización que corresponda. En la Resolución de Escolarización se especifica la modalidad de escolarización educativa más adecuada para satisfacer las necesidades educativas especiales del alumno. CUÁLES SON LOS CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL EN ARAGÓN? TERUEL ARBOLEDA c/ Ciudad Escolar, s/n. (44003-Teruel) Tlf GLORIA FUERTES C/ San Isidro Labrador, 2 (44500-Andorra) Tlf HUESCA LA ALEGRÍA c/ Cinca, s/n. (22400-Monzón) Tlf ASPACE SAN JORGE c/ Ctra. Grañén, s/n. (22196-Huesca) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 29 de 109

31 ZARAGOZA C.E.E. ALBORADA c/ Andador Pilar Cuartero, 1 (50018-Zaragoza) Tlf C.E.E. RINCÓN DE GOYA c/ P. Primo De Rivera, s/n. (50006-Zaragoza) Tlf C. EL CARIÑO c/ Torre de la Condesa, s/n. (50011-Zaragoza) Tlf C. LOS PUEYOS c/ Camino del Paso, 250 (Villamayor) (50162-Zaragoza) Tlf C. ATADES, C.E.E. SAN MARTÍN DE PORRES c/ Octavio de Toledo, 2 (50007-Zaragoza) Tlf C.E.E. ÁNGEL RIVIÉRE c/ Galiay, s/n. (50012-Zaragoza) Tlf C.E.E. JEAN PIAGET Av. Majas de Goya, 12 (50018-Zaragoza) Tlf C. CEDES c/ San Cristóbal, 4 (Bº San Gregorio) (50015-Zaragoza) Tlf C. LA PURÍSIMA (para niños sordos) c/ Corona de Aragón, 54 (50009-Zaragoza) Tlf C. SAN ANTONIO Cº del Buro, 80 (50011-Zaragoza) Tlf C. SAN GERMAN-ASPACE Ctra. de Huesca, s/n. (Urb. El Zorongo) (50020-Zaragoza) Tlf CUÁLES SON LOS CENTROS DE INTEGRACIÓN PREFERENTE EN ARAGÓN? ZARAGOZA PROVINCIA C.P. AUGUSTA BILBILIS Integración preferente Motóricos c/ Aragón, s/n. (50300-Calatayud) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 30 de 109

32 ZARAGOZA CAPITAL C.P. HERMANOS MARX Integración preferente de Motóricos C/ Cineasta Segundo de Chomón, s/n (50018-Zaragoza) Tlf C. CRISTO REY Integración preferente de alumnos con Trastornos Generales del Desarrollo Av. Academia Gral. Militar, 80 (50015-Zaragoza) Tlf C.P. PARQUE DE EUROPA Integración preferente de Motóricos C/ Tenerife, s/n. (Utebo) (50180-Zaragoza) Tlf C.P. MIRAFLORES Integración preferente de Motóricos Av. Cesáreo Alierta, s/n. (50008-Zaragoza) Tlf C.P. RECARTE Y ORNAT Integración preferente de Motóricos C/ San Juan Bosco, 7 (50009-Zaragoza) Tlf C. JESÚS Mª-EL SALVADOR Integración preferente de alumnos con Trastornos Generales del Desarrollo C/ C. Gomá, 13 (50009-Zaragoza) Tlf C.P. CAMÓN AZNAR Integración preferente de Motóricos Av. Navarra, s/n. (50017-Zaragoza) Tlf C.P. AGUSTINA DE ARAGÓN Integración preferente de Motóricos C/ Eugenio Lucas, 14 (50018-Zaragoza) Tlf C.P. EL ESPARTIDERO Integración preferente de Motóricos C/ Dieciséis de julio, 26 (Sta. Isabel) (50016-Zaragoza) Tlf C.P. ELISEO GODOY BELTRÁN Integración preferente de Auditivos C/ Asín y Palacios, 19 (50009-Zaragoza) Tlf C.P. SÁINZ DE VARANDA Integración preferente de Motóricos C/ Ntra. Sra. de la Oliva, s/n. (50007-Zaragoza) Tlf C. COMPAÑÍA DE MARÍA Integración preferente de Auditivos C/ Bilbao, 10 (50004-Zaragoza) Tlf C. SAN ANTONIO DE PADUA Integración preferente de Auditivos C/ Fray J. Garas (50006-Zaragoza) Tlf C.P. TORRE RAMONA Integración preferente de Motóricos C/ Batalla de Lepanto, 40 (50002-Zaragoza) Tlf C. Mª AUXILIADORA Integración preferente de alumnos con Trastornos Generales del Desarrollo C/ Mornes, 14 (50007-Zaragoza) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 31 de 109

33 QUÉ AYUDAS HAY EN ARAGÓN PARA LA EDUCACIÓN? a) Ayudas para transporte escolar El Gobierno de Aragón ofrece ayudas para el transporte a aquellos alumnos que, por no disponer de oferta educativa de los niveles básicos en su localidad de residencia, deben desplazarse a un centro docente público, determinado por la Administración Educativa, ubicado en otra localidad próxima. La solicitud ha de presentarse en el propio centro escolar en el que se encuentra matriculado el alumno. No obstante, se puede recibir información en el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón. b) Ayudas para comedor escolar El Gobierno de Aragón contempla ayudas para sufragar el gasto de comedor escolar para aquellos alumnos que estén escolarizados en centros públicos. La beca supondrá gratuidad del comedor en los casos de alumnos beneficiarios así mismo del servicio de transporte escolar. El resto de alumnos escolarizados en el centro tendrán que abonar una cuota por el servicio de comedor. La solicitud debe presentarse en el centro escolar en el que se encuentra escolarizado el alumno, al finalizar el curso escolar anterior. Se puede recibir información en el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón. c) Plazas de residencias no universitarias El Gobierno de Aragón ofrece plazas gratuitas en residencias no universitarias, para el alojamiento de aquellos alumnos que no pueden acceder a los niveles obligatorios, por no contar con centro educativo en su localidad de residencia y resultar imposible su desplazamiento a una localidad próxima a través del transporte escolar gratuito. Estas plazas están abiertas mediante el abono de la cuota correspondiente para los alumnos de niveles de enseñanza no obligatoria. La documentación ha de presentarse en el propio centro escolar en el que el alumno desea cursar sus estudios, presentando una copia de la declaración de la renta de la unidad familiar y certificado de rendimiento académico del alumno el curso anterior. No obstante, se puede recibir información en el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón. d) Gratuidad de material escolar Con objeto de garantizar que todos los alumnos puedan cubrir los gastos derivados de la compra de libros de texto y material escolar, el Gobierno de Aragón ofrece ayudas a aquellos alumnos beneficiarios del servicio complementario de transporte escolar, que no sean beneficiarios del programa de gratuidad de libros de texto del Gobierno de Aragón, escolarizados en alguno de los niveles de escolarización obligatoria. La documentación ha de presentarse en el propio centro escolar en el que se encuentra matriculado el alumno, hasta el día 1 de octubre de cada curso escolar. No obstante, se puede recibir información en el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 32 de 109

34 e) Gratuidad de libros de texto El Gobierno de Aragón cuenta con un programa de gratuidad de libros de texto, con objeto de garantizar, mediante un sistema de préstamo, al alumnado de niveles básicos y obligatorios de enseñanza, los libros de texto de las distintas áreas establecidas para los niveles de educación primaria y educación secundaria obligatoria. La solicitud debe hacerse en el Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte, a finales de curso para el curso siguiente. No es necesaria la presentación de ninguna documentación a título individual, ya que es el centro el que se acoge al programa y confecciona el expediente administrativo necesario. f) Alumnado con necesidades educativas especiales El Gobierno de Aragón, con objeto de garantizar el derecho a la educación de los alumnos/as que se encuentran en desventaja para acceder a los distintos niveles del sistema educativo en condiciones de igualdad con el resto de alumnos, oferta distintas ayudas individualizadas: 3. Ayudas individuales directas para Educación Especial (enseñanza, transporte, comedor, residencia, material didáctico). 4. Subsidios de educación especial para familias numerosas, con hijos con discapacidades o incapacitados para el trabajo. 5. Ayudas para actividades complementarias para alumnos con necesidades educativas especiales, tales como logopedia, fisioterapia (Estas ayudas se aplicarían en el caso de alumnos con nee escolarizados en centros ordinarios, en los que no disponen de dichos servicios, algo de lo que ya disponen los que están escolarizados en centros específicos. La solicitud, en impreso oficial, debidamente cumplimentada y firmada, debe presentarse en el Centro escolar o en el Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte. g) Ayudas para segundo ciclo de educación infantil El Gobierno de Aragón oferta ayudas económicas para compensar los gastos de educación en el segundo ciclo de educación infantil, para garantizar el derecho a la educación de los alumnos de 3, 4 y 5 años, matriculados en centros de educación infantil, no sostenidos con fondos públicos, que estén debidamente autorizados. La solicitud, en impreso oficial, debidamente cumplimentada y firmada, debe presentarse en el Centro escolar o en el Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte. h) Ayudas a actuaciones de compensación educativa El Gobierno de Aragón ofrece ayudas a organizaciones no gubernamentales e instituciones sin ánimo de lucro, que realicen actuaciones de compensación educativa durante el curso escolar. Para optar a estas ayudas, las instituciones privadas, sin ánimo de lucro, deben estar constituidas legalmente, el ámbito de actuación de los proyectos para los que se solicite subvención debe radicar en la comunidad autónoma de Aragón y no deben tener suscrito convenio de colaboración específico para subvencionar este tipo de actividades. El objetivo de estas ayudas es la realización de actuaciones dirigidas a favorecer la inserción socio-educativa a los destinatarios de las acciones de compensación educativa. La solicitud debe presentarse, según convocatoria, en el Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 33 de 109

35 i) Acceso a guarderías infantiles de la DGA El Gobierno de Aragón ofrece ayudas con objeto de favorecer el acceso de los niños/as a las guarderías infantiles, mediante una bonificación en función de la renta per cápita de la unidad familiar. El modelo de solicitud oficial es facilitado en las propias guarderías infantiles o en el Servicio Provincial de Educación correspondiente. SERVICIO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Sección Huesca Plaza Cervantes, 1 (22003-Huesca) Tlf Sección Teruel c/ San Vicente de Paúl, 3 (44002-Teruel) Tlf Sección Zaragoza c/ Juan Pablo II, 20 (50009-Zaragoza) Tlf ENLACES WEB DE INTERÉS: Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 34 de 109

36 9. FORMACIÓN Y EMPLEO A QUÉ CENTROS PUEDEN IR LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL AL FINALIZAR LA ETAPA ESCOLAR? Una vez finalizada la etapa de escolarización obligatoria, en la que los alumnos con necesidades educativas especiales pueden estar hasta los 21 años (siempre que se les conceda una prórroga tanto en ESO como en TVA), existen diferentes posibilidades de formación y empleo adecuadas a las necesidades de estas personas. Existen cuatro tipos de centros de formación-empleo, que responden a diferentes necesidades que pueden tener las personas con discapacidad intelectual, en función de sus características personales. La decisión de optar por uno u otro tipo de centro debe hacerse en función de cada individuo. Tipos de centros: A. Centros Ocupacionales B. Centros Especiales de Empleo C. Programas de Cualificación Profesional Inicial D. Centros Sociolaborales QUÉ ES UN CENTRO OCUPACIONAL? Un Centro Ocupacional es un centro donde las personas con discapacidad reciben una formación social y laboral, atendiendo a aquellas limitaciones que dificultan a la persona su integración en un Centro Especial de Empleo o en una empresa ordinaria. Pueden acceder a este tipo de centros personas mayores de 16 años con discapacidad legalmente reconocida. No son centros de trabajo, pese a que realicen actividades similares a las de un centro laboral, puesto que en todo momento se combina la formación laboral con actividades de terapia ocupacional, adecuadas a las necesidades especiales de cada uno de los alumnos del centro. Las personas no perciben un salario aunque sí pueden recibir gratificaciones, compatibles con cualquier pensión. Para solicitar plaza es necesario presentar una solicitud en los Centros Base del IASS, según corresponda por razón del domicilio de la persona solicitante o en cualquiera de los Registros Oficiales. Los servicios que, normalmente, se prestan en los Centros Ocupacionales son los siguientes: a) Ajuste personal y social que procura a la persona con discapacidad una mayor habilitación personal y una mejor adaptación a la vida social. b) Cuidado y seguridad personal del usuario. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 35 de 109

37 c) Manutención con menús adaptados a las necesidades de cada persona. d) Transporte. e) Atención psicológica: comprende actuaciones de orientación y tratamiento, dirigidas a potenciar al máximo el uso de sus capacidades. f) Rehabilitación: su finalidad es que las personas con discapacidad adquieran su máximo nivel de desarrollo personal y su integración en la vida social. g) Terapia ocupacional de labores no productivas acorde con las capacidades del usuario. h) Actividades deportivas, de ocio y tiempo libre. Centros Ocupacionales en Aragón: C.O. TERUEL ATADI-ADIPA Polígono la Umbría (44500-Andorra) Tlf./ Fax ATADI-ADIPCMI Polígono Santa Bárbara, parcela 1-s (44760-Utrillas) Tlf. / Fax ATADI-KALATHOS C/ Miguel de Cervantes, s/n (44550-Alcorisa) Tlf ATADI-ALBADA Av. Bartomé Esteban, s/n (44600-Alcañiz) Tlf./ Fax ATADI-ÁNGEL CUSTODIO C/Nicanor Villalta, s/n. Pol. Fuenfresca (44002-Teruel) Tlf ATADI-EL JILOCA C/ Miguel Artigas, 22 (44300-Monreal del Campo) Tlf ATADI-PUERTA DEL MEDITERRÁNEO C/ Compañía, 30 (44400-Mora de Rubielos) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 36 de 109

38 C.O. HUESCA FUNDACIÓN RAMÓN REY ARDID Plaza de la Tallada, 6-8 (22300-Barbastro) Tlf ATADES- C.O. BAJO CINCA C/ Escorial, s/n (22520-Fraga) Tlf ATADES- C.O. REINA SOFÍA C/ El Molino, s/n (22400-Monzón) Tlf C.O, LOS DANZANTES Av. Los Danzantes, 24 (22005-Huesca) Tlf ALBADA Av. Bartomé Esteban, s/n (44600-Alcañiz) Tlf./ Fax ATADES- C.O. IGNACIO CLAVER Ctra. Jaca-Sabiñánigo, Km.11 (22714-Martillué) Tlf ATADES- C.O. MANUEL ARTERO Ctra. Nacional 240, Km. 215 (22004-Huesca) Tlf C.O. ZARAGOZA PROVINCIA ATADES- C.O. SONSOLES Ctra. Logroño, Km. 20 (50630-Alagón) Tlf AMIBIL C/ Fernández Ardavín, s/n. (50300-Calatayud) Tlf./Fax FUNDACIÓN RAMÓN REY ARDID Ctra. Castellón, Km. 221 (50730-El Burgo de Ebro) Tlf ADISPAZ Carrera de Ricla, (50100-La Almunia de Dª Godina) Tlf FUNDACIÓN SANTA ENGRACIA C/ San José, 11 (50840-San Mateo de Gállego) Tlf FUNDACIÓN BENITO ARDID-CASPE Pza. De los Reyes, s/n. (50700-Caspe) Tlf FUNDACIÓN BENITO ARDID- CARIÑENA c/ Ronda del Muro, s/n (50400-Cariñena) Tlf ADISCIV C/ Tarazona, 2 (50600-Ejea de los Caballeros) Tlf FUNDACIÓN BENITO ARDID-PINA EBRO C/ Pascual Albalate, 18 (50750-Pina) Tlf FUNDACIÓN BENITO ARDID-TAUSTE Av. Sancho Abarca, s/n. (50660-Tauste) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 37 de 109

39 C.O. ZARAGOZA CAPITAL ADISLAF Fundación Benito Ardid C/ Comuneros de Castilla, (50002-Zaragoza) Tlf ASOCIACIÓN PROTECTORA BINET- VÉRTICE Urb. Montecanal Martín Diez Decaux, 18 (50012-Zaragoza) Tlf ASOCIACIÓN UTRILLO C/ Mas de las Matas, 1 (50014-Zaragoza) Tlf FUNDACIÓN CEDES C/ San Cristóbal, 4 (Barrio San Gregorio) (50015-Zaragoza) Tlf FUNDACIÓN VIRGEN DEL PUEYO C/ Paso, 250 (50162-Villamayor) Tlf./Fax ATADES- SANTO ÁNGEL Ctra. Madrid, Km 316 (50012-Zaragoza) Tlf FUNDACIÓN REY ARDID- C.S. ACTUR C/ Pablo Iglesias, (50018-Zaragoza) Tlf FUNDACIÓN REY ARDID- LA ALFRANCA Casa 7, La Alfranca Pastriz (Bº Movera) (50195-Zaragoza) Tlf C.O. SANTA ANA C/ Camino del Buro, 80 (50011-Zaragoza) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 38 de 109

40 QUÉ ES UN CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO? Los Centros Especiales de Empleo son empresas, en las que las personas con discapacidad realizan un trabajo productivo, con la finalidad de asegurar un empleo remunerado y la prestación de servicios de ajuste personal y laboral. Han de constituir un medio de integración del mayor número de trabajadores con discapacidad y deben ser un medio de integración del mayor número de trabajadores en el régimen de trabajo normal. Así pues, sus principales objetivos son: 1) Asegurar un empleo remunerado a los trabajadores con discapacidad. 2) Prestar servicios de ajuste personal y social a los trabajadores con discapacidad. 3) Facilitar la integración de estos en el mercado ordinario de trabajo. Podrán incorporarse a los Centros Especiales de Empleo las personas desempleadas con discapacidad intelectual reconocida oficialmente en un grado igual o superior al 33%. La plantilla de los Centros Especiales de Empleo ha de estar compuesta por el mayor número de trabajadores minusválidos que permita la naturaleza del proceso productivo. El porcentaje de trabajadores con discapacidad no puede descender nunca del 70% del total de la plantilla, si bien a estos efectos no se computará el personal no minusválido que el centro dedique a la prestación de servicios de ajuste personal y social para los trabajadores con discapacidad. Centros Especiales de Empleo en Aragón: C.E.E. TERUEL C.E.E. INTEGRA TERUEL, S.L. Mantenimiento de jardines Avda. Nicanor Villalta, s/n (44002-Teruel) Tlf INSTITUTO RESTAURACIÓN MAESTRAZGO Restauración y artesanía C/ Castillo, 15 (44556-Molinos) Tlf TALLERES DE MONTAJE CALANDA, S.L. Aparatos eléctricos Ctra. Alcolea del Pinar, s/n. (44570-Calanda) Tlf INTEGRACIÓN LABORAL BAJO ARAGÓN Jardinería y horticultura Cº de la Estanca, 14 (44600-Alcañiz) Tlf CUMI UTRILLAS, S.L. Verificación de piezas de fundición Pol. Sta. Bárbara, parcela 1.8 (44760-Utrillas) Tlf CLARED CALANDA, S.L. Aparatos eléctricos Pol. Industrial Cueva de San José, nave10 (44570-Calanda) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 39 de 109

41 C.E.E. HUESCA INTEGRACIÓN LABORAL ARCADIA, S.L. Jardinería, lavandería y textil Plaza San Antonio, 9, 1º D (22002-Huesca) Tlf ADOINTEGRA, S.L. Operadores teléfonos y control parking Pasaje Almériz, 12 (22001-Huesca) Tlf JARDINERÍA VALLE DE BENASQUE, S.L. Jardinería Afueras, s/n. (22467-Sesué Tlf BARBASTRO SOCIAL, S.L. Lavandería y limpieza de edificios Pza. De la Constitución, 1 (22300-Barbastro) Tlf LOGÍSTICA BOLSKAN CORREAS, S.L. Logística de almacén Av. Ramón y Cajal, 93 (22003-Huesca) Tlf SAN JORGE-ATADES Limpieza, jardinería y viveros Travesía Ballesteros, 10 (22005-Huesca) Tlf SERVIDOWN, S.L. Jardinería Av. Los Danzantes, 24 (22005-Huesca) Tlf SOMONTANO SOCIAL, S.L. Corte de piedra y horticultura Av. Navarra, 1, 2ºB (22300-Barbastro) Tlf CENTRO DE DESCONTAMINACIÓN, S.L. Reciclaje de vehículos y materiales c/ Almudévar, 22 (22004-Huesca) Tlf CONSULTORIA BOLSKAN, S.L. Intermediación financiera C/ Valentín Carderera, 5 (22003-Barbastro) Tlf INSERTARE, S.L. Limpieza y mantenimiento zonas verdes C/ Joaquín Costa, 33 (22400-Monzón) Tlf C.E.E. ZARAGOZA CAPITAL ADISLAF Fundación Benito Ardid Montajes y retractilado C/ Comuneros de Castilla, (50002-Zaragoza) Tlf ANETO, SOCIEDAD COOPERATIVA LTDA. Montaje de circuitos eléctricos Ctra. Logroño, km. 6,600 Pol. El Portazgo Nave 7 (50011-Zaragoza) Tlf./Fax Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 40 de 109

42 C.E.E. ZARAGOZA CAPITAL ARAGONESA DE ALTA FRECUENCIA, S.L. Sellado por alta frecuencia C/ Mas de las Matas, 1 (Edificio Utrillo) (50014-Zaragoza) Tlf CESERPI, S.L. Montaje y embalaje de piezas eléctricas Cº de los Molinos, 12 (50015-Zaragoza) Tlf DISMINUIDOS FÍSICOS DE ARAGÓN Kioscos, parking, montajes, limpieza C/ J.L. Pomarón, 9 (50008-Zaragoza) Tlf FUNDACIÓN CEDES Manipulados, blister, publicidad dta. c/ San Cristóbal, 4 (Bº San Gregorio) (50015-Zaragoza) Tlf G.P.-7, S.L. Asesoramiento, gestión obras y servicios C/ Miguel Server, (50008-Zaragoza) Tlf INTEGRACIÓN SOCIAL ALFRANCA, S.L. Jardinería y horticultura C/ Guillén de Castro, 2-4 (50015-Zaragoza) Tlf LOGÍSTICA SOCIAL, S.L. Asesoría, formación C/ C. Campoamor, 25 (50018-Zaragoza) Tlf MANIPULADOS EL PORTAZGO, S.L. Cableados, montajes, envasado industrial Cº C/ J.L. Pomarón, 9 (50008-Zaragoza) Tlf MINUEVAL, S.L. Cableado y tintorería C/ Comuneros de Castilla, 13 (50002-Zaragoza) Tlf C.E.E. OLIVER, S.L. Montaje de electrodomésticos Ctra. Madrid, km. 316 (50012-Zaragoza) Tlf CIERZO GESTIÓN, S.L. Gestiones administrativas Urb. Resi. Paraíso, local 60 (50008-Zaragoza) Tlf EMARAGON, S.L.U. Transcripciones, reproducciones, kiosco C/ Carlos Saura, 4 (50015-Zaragoza) Tlf GESTIÓN ASISTENCIAL ARAGONESA, S.L. Gestión de residencias, centros de día C/ J.L. Pomarón, 9 (50008-Zaragoza) Tlf GRUPOST ZARAGOZA, S.L. Marketing directo C/ George Stephenson, 8 Pol. Molino del Pilar (50015-Zaragoza) Tlf JARDINES REY FERNANDO, S.L. Venta plantas y mantenimiento jardines C/ C. Campoamor, 25 (50018-Zaragoza) Tlf MAGNOLIA, S.C.L. Jardinería Isla Fuerteventura, 2-4 (50015-Zaragoza) Tlf MÁS QUE D x T ARAGON, S.L. Servicios deportivos y administrativos C/ José Pellicer, 30 (50007-Zaragoza) Tlf PERFORMANCE, S.L. Confección C/ Isla Fuerteventura, 2-4 (50015-Zaragoza) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 41 de 109

43 C.E.E. ZARAGOZA CAPITAL PROYECTO OMNIUM, S.L. Blister, ensobrado, figuras ornamentales Urb. Resi. Paraíso, 11, 1ºB (50008-Zaragoza) Tlf RECICLAMAS, S.L. Reciclaje de cartuchos de impresión C/ Pablo Picasso, 4-6 (50015-Zaragoza) Tlf SERVICIOS DE FINCAS DE ARAGÓN, S.L. Conserjería, limpieza y mantenimiento C/ La Victoria, 19 (50011-Zaragoza) Tlf UMBELA, S.C.L. Jardinería C/ Pablo Picasso, 27 (50015-Zaragoza) Tlf ENVASADO BOLSKAN-CORREAS, S.L. Envasado y etiquetado alimentos Mercazaragoza, C/B, nº3, nave 5-6 (50014-Zaragoza) Tlf PROYECTOS INTEGRALES LIMPIEZA, S.A. Servicios de limpieza C/ Pedro I de Aragón (50003-Zaragoza) Tlf SERVICIOS ASISTENCIALES, S.L. Centro de día C/ Utrillas, 9 (50013-Zaragoza) Tlf SERVICIOS PARQUE DELICIAS, S.L. Jardinería C/ Duquesa Villahermosa, 66 (50010-Zaragoza) Tlf ZARAGOZA PARKINGS, S.L. Gestión de aparcamientos públicos C/ J.L. Pomarón, 9 (50008-Zaragoza) Tlf SCHINDLER 24, S.L. Atención telefónica a clientes Pza. A. Beltrán Martínez, 1, pta. 4ª (50002-Zaragoza) Tlf NATURALMENTE SOCIAL RECIKLA Reciclaje Polígono Empresarium c/ Sisallo, nave 2 (50720-La Cartuja Zaragoza) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 42 de 109

44 C.E.E. ZARAGOZA PROVINCIA CALATAYUD INTEGRACIÓN SOCIAL, S.L. Venta de prensa C/ Baltasar Gracián,10 (50300-Calatayud) Tlf EL CIERZO Y LA RETAMA Cerámica C/ Molino Bajo, 17 (50600-Ejea de los Caballeros) Tlf KEPAR ELECTRÓNICA 2, S.L. Montaje de circuitos impresos C/ Almendro,59 Pol. Malpica (50171-La Puebla de Alfindén) Tlf MANIPULADOS TARAZONA, S.L. Manipulado de cables Pol. Industrial Tarazona, nave 81 (50500-Tarazona) Tlf JOYERÍA GÁLLEGO, S.L. Fabricación piezas joyería Ctra. Huesca, km. 11 (50830-Villanueva de Gállego) Tlf FLORES NARVONA, S.L. Manipulado, venta y distribución plantas Pol. El Saco, nave 21 (50172-Alfajarín) Tlf MANIPULADOS CALATAYUD, S.L. Manipulados y montajes para industria Pol. Mediavega, parcela 3.10 (50300-Calatayud) Tlf TAMODI EL BURGO, S.L. Fabricación y venta aparatos eléctricos c/ Cuadrón de la Fuente, s/n (50730-El Burgo de Ebro) Tlf SISTEMAS INTEGRALES SANITARIOS, S.A. Tratamiento de residuos sanitarios Pol. El Veladillo (50175-Osera de Ebro) Tlf MANIPULADOS MONTEVEDADO, S.L. Lavandería industrial e impresión digital c/ Paso, 250 (50162-Villamayor) Tlf LINDISAM, S.L. Mantenimiento edificios y jardines Pza. España, 5, 2ª pta. (50840-San Mateo de Gállego) Tlf CABALLOS DE MARTINCHO, S.L. Actividades hípicas adaptadas Pza. Mayor, 1 Farasfues (50619-Ejea de los Caballeros) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 43 de 109

45 QUÉ SON LOS PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL? El objetivo de los programas de Cualificación Profesional Inicial es favorecer la inserción social, educativa y laboral de los alumnos, de forma que alcancen competencias profesionales propias de una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, así como que tengan la posibilidad de una inserción sociolaboral satisfactoria y amplíen sus competencias básicas para proseguir estudios en las diferentes enseñanzas. Está destinado a jóvenes de 16 años (cumplidos antes del 31 de diciembre del año de inicio del programa), que no hayan obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Excepcionalmente, y con el acuerdo de alumnos, padres o tutores, dicha edad podrá reducirse a 15 años para aquellos que, una vez cursado segundo, no estén en condiciones de promocionar a terceros y hayan repetido ya una vez en la etapa. Los programas de Cualificación Profesional Inicial incluirán tres tipos de módulos: 1) Módulos específicos que desarrollarán las competencias del perfil profesional. 2) Módulos formativos de carácter general, que amplíen competencias básicas y favorezcan la transición desde el sistema educativo al mundo laboral. 3) Módulos de carácter voluntario para los alumnos, que conduzcan a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Con el fin de satisfacer las necesidades personales, sociales y educativas de los alumnos, los módulos obligatorios de los programas de cualificación profesional inicial se podrán desarrollar en las siguientes modalidades: 1) General, de un curso de duración, para los alumnos escolarizados en régimen ordinario. 2) Especial, de dos cursos de duración, para los alumnos con necesidades educativas especiales. 3) Aulas Profesionales, con una duración mínima de un curso académico, asegurando un total de horas de formación, y dirigida a jóvenes desescolarizados en situación de marginación o riesgo de exclusión social y con dificultades para adaptarse al medio escolar o laboral. 4) Transición al Empleo, de un año de duración, para jóvenes que no estuvieran escolarizados en el curso anterior al del comienzo del programa y que necesiten una inserción laboral urgente por disponer de menores recursos económicos y mayores necesidades familiares o personales. Los programas de iniciación profesional para alumnos con necesidades educativas especiales son gratuitos y tienen una duración de 2 años. Estos programas pueden realizarse en centros de educación especial, que tengan concertados programas de cualificación profesional inicial o en institutos de educación secundaria ordinarios, dependiendo de las características personales y las necesidades individuales. Los centros que imparten programas de Cualificación Profesional Inicial y las especialidades impartidas en los mismos, son concertados por el Ministerio de Educación cada año, por lo que para informarse es necesario ponerse en contacto con el Departamento de Educación del Gobierno de Aragón, que es quien tiene transferidas las competencias. DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Servicio de Atención a la Diversidad e Innovación Av. Gómez Laguna, 25, 10ª planta. (50009-Zaragoza) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 44 de 109

46 HUESCA Fundación Municipal de Servicios Sociales Plaza San Bernardo, Huesca Tel TERUEL Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte c/ San Vicente de Paúl, 3 (44002-Teruel) Tlf ZARAGOZA Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte c/ Juan Pablo II, 20 (50009-Zaragoza) Tlf Centros de Educación Especial que imparten programas de Cualificación Profesional Inicial en Aragón: TERUEL COLEGIO DE EDUCACIÓN ESPECIAL GLORIA FUERTES c/ San Isidro Labrador, s/n. (44500-Andorra) Tlf HUESCA COLEGIO DE EDUCACIÓN ESPECIAL LA ALEGRÍA C/ Cinca, s/n. (22400-Monzón) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 45 de 109

47 ZARAGOZA COLEGIO EL CARIÑO Ctra. Logroño, Km. 7,8 (50011-Zaragoza) Tlf COLEGIO LA PURÍSIMA- Niños sordos C/ Corona de Aragón, 54 (50009-Zaragoza) Tlf COLEGIO DE EDUCACIÓN ESPECIAL SAN MARTÍN DE PORRES-ATADES C/ Octavio de Toledo, 2 (50007-Zaragoza) Tlf QUÉ SON LOS CENTROS SOCIOLABORALES? Los Centros Sociolaborales son centros cuya labor es facilitar la integración social y laboral de jóvenes a partir de 16 años que, por diversas circunstancias, se han visto excluidos del sistema educativo y laboral ordinario. Estos centros están promovidos y sostenidos económicamente por los Servicios Municipales de Juventud y de su gestión se ocupan diferentes asociaciones y entidades ciudadanas. Realizan, fundamentalmente, tres tipos de actividades: a) Formación académica. En la que se trabajan habilidades académicas, propias del sistema educativo básico. b) Formación profesional y sociolaboral. En las que se inicia a los alumnos en un oficio. c) Socioculturales. En las que se fomenta la relación con gente de su edad, en la comunidad. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 46 de 109

48 Centros Sociolaborales en Aragón: ZARAGOZA C.SOCIOLABORAL ACTUR MANCALA C/ Pedro Saputo, nº 3 Tlf C. SOCIOLABORAL ALMOZARA Avda. Puerta Sancho Tlf C. SOCIOLABORAL DELICIAS Escultor Palau, 36 Tlf C. SOCIOLABORAL LAS FUENTES Monasterio de Obarra, 2-4 Bajos Tlf C. SOCIOLABORAL PICARRAL Molinos, 12 Tlf C. SOCIOLABORAL CASCO-MAGDALENA c/ Barrioverde, 13 Tlf C. SOCIOLABORAL CASETAS Avda. Constitución, 12 Tlf C. SOCIOLABORAL LA JOTA-TAMIZ Avda. Cataluña, Local Tlf C. SOCIOLABORAL OLIVER Tirso de Molina, Tlf C. SOCIOLABORAL SAN JOSÉ Cesareo Alierta, Bajos Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 47 de 109

49 QUÉ OTRAS MODALIDADES DE EMPLEO HAY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD? e) Empresas de inserción laboral Las empresas de inserción laboral realizan un trabajo productivo participando regularmente en las operaciones del mercado y tienen como fin primordial la integración socioprofesional de personas en situación de amenaza de exclusión social, entre las que se incluyen las personas con discapacidad, proporcionándoles un trabajo remunerado y la formación y el acompañamiento necesario para mejorar sus condiciones de ocupabilidad y facilitar su acceso al mercado laboral ordinario. Los trabajadores contratados por las empresas de inserción laboral podrán ser contratados al amparo de cualquiera de las modalidades de contratación vigentes, no pudiendo ser el contrato de duración inferior a un año, en ningún caso. El proceso de inserción tendrá una duración mínima de un año y máximo de tres. Empresas de inserción en Aragón: CONSOLIDA OLIVER, S.L. Obra menor, jardinería y rehabilitación Francisco Ruesta, 13, local dcha. (50011-Zaragoza) Tlf ACTIVIDADES INDUSTRIALES VIRGEN DEL CARMEN Maquinaria y aparatos eléctricos, manipulados, encuadernación Pol. Industrial Alcalde Caballero. Monasterio de las Huelgas, 23 (50014-Zaragoza) Tlf / MANIPULADOS Y SERVICIOS PICARRAL Manipulado, embalajes, varios Pol. Industrial Alcalde Caballero. Monasterio de las Huelgas, 23 (50014-Zaragoza) Tlf / ARAPACK, S.L. Fabricación de productos plásticos Pol. Industrial Alcalde Caballero. Monasterio de las Huelgas, 23 (50014-Zaragoza) Tlf / INSERCIÓN Y TRABAJO, S.L. Talleres de confección y construcción Ramón y Cajal, 24 (50004-Zaragoza) Tlf / TRANVIASER, S.L. Recogida de voluminosos, reciclado y recuperación Gascón y Marín, 5, 1º (50002-Zaragoza) Tlf REPALT, S.L. Recuperación de palets Ctra. Valencia, Km. 13 (50420-Cadrete Zaragoza) Tlf / REFUGIO REINSERCIÓN, S.L. Recogida, clasificación, reparación,venta Ctra. Castellón, km 227 Pol. Industrial Prydes Naves 1-2 (50720-Zaragoza) Tlf / FAIM GESTIÓN, S.L. Prestación servicios residencia menores Urb. Residencial Paraíso, local 60 (50008-Zaragoza) Tlf / INSEROSCA, S.L. Rehabilitación, limpieza y mantenimiento Camino del Abejar, 130 (50011-Zaragoza) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 48 de 109

50 TIEBEL SERVICIOS DE INSERCIÓN, S.L. Limpieza Monasterio de las huelgas, 23, oficina 12 (50014-Zaragoza) Tlf f) Enclaves laborales Se entiende por enclave laboral el contrato entre una empresa del mercado ordinario de trabajo, llamada empresa colaboradora, y un centro especial de empleo para la realización de obras o servicios que guarden relación directa con la actividad normal de aquella y para cuya realización un grupo de trabajadores con discapacidad de un centro especial de empleo se desplazan temporalmente al centro de trabajo de la empresa colaboradora. La selección de los trabajadores y la organización de su trabajo dependerá del centro especial de empleo. Esta modalidad nace con el objetivo de facilitar la transición de los trabajadores con discapacidad intelectual desde el empleo protegido en un centro especial de empleo al empleo ordinario, al permitirle completar y mejorar su experiencia profesional con tareas reales en un entorno propio del mercado ordinario de trabajo. El enclave estará formado, al menos, por 5 trabajadores si la empresa colaboradora tiene 50 o más trabajadores, o por 3 trabajadores si la plantilla de la empresa es inferior. No computan los trabajadores contratados por CEE y que actúan como encargados del enclave, salvo que sean personas con discapacidad. El 60%, como mínimo, de los trabajadores del Enclave deberá presentar ESPECIALES DIFICULTADES PARA EL ACCESO AL MERCADO ORDINARIO DE TRABAJO, entendiendo como tales a quienes se incluyan en alguno de los siguientes grupos: a) Las personas con parálisis cerebral. b) Las personas con enfermedad mental. c) Las personas con discapacidad intelectual. Con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. d) Las personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad igual o superior al 65%. e) Las mujeres con discapacidad no incluidas en las categorías anteriores con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Este grupo podrá alcanzar hasta un 50% del porcentaje reservado a las personas con discapacidad con especiales dificultades. Los demás trabajadores del Enclave deberán ser trabajadores con discapacidad con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%. La duración mínima del enclave será de 3 meses y la duración máxima de 3 años, y se podrá prorrogar por periodos no inferiores a 3 meses hasta alcanzar la indicada duración máxima. Transcurridos los 3 años de duración máxima, el enclave sólo podrá prorrogarse hasta los 6 años si el centro especial de empleo acreditara que la empresa colaboradora u otra empresa del mercado ordinario de trabajo hubieran contratado con carácter indefinido a trabajadores con discapacidad del enclave. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 49 de 109

51 g) Empleo con apoyo El Empleo con Apoyo consiste en un conjunto de servicios y acciones centradas en la persona, fundamentalmente individualizadas, para que la persona con discapacidad y con especiales dificultades pueda acceder, mantenerse y promocionarse en una empresa ordinaria en el mercado de trabajo abierto, con el apoyo de profesionales y otros tipos de apoyos. Se entiende por personas con especiales dificultades, aquellas que necesitan de un apoyo continuado, puntual o intermitente en el desarrollo de su actividad laboral, siendo la intensidad y duración de estos servicios la necesaria para el mantenimiento del lugar de trabajo y asegurando, un seguimiento que garantice la continuidad y promoción del trabajador. Objetivos 1. Conseguir para la persona con discapacidad un lugar de trabajo integrado en el mercado ordinario. 2. Promover la inserción social de las personas con discapacidad a través de la realización de un trabajo, como medio para la incorporación plena del individuo en la comunidad. 3. Mejorar la cualidad de vida y la independencia y autonomía de las personas con discapacidad. 4. Posibilitar la promoción personal y laboral de las personas con discapacidad en la comunidad y la empresa. El Empleo con Apoyo se fundamenta en un sistema de apoyo individualizado, consistente en la provisión de la ayuda imprescindible proporcionada a la persona para que pueda desarrollar por ella misma una actividad laboral, en un momento determinado de su trayectoria vital. Acciones El Empleo con Apoyo facilita el proceso de inserción laboral con las siguientes acciones: 1. Difusión del programa en un sentido amplio (Red Pública de Orientación, población general, entidades educativas, empresas, servicios sociales, agentes sociales, etc.) por tal de dar a conocer el Empleo con Apoyo y facilitar el acceso a las personas con discapacidad. 2. Prospección de lugares de trabajo a través de la difusión del programa al mundo empresarial. 3. Atención individualizada durante todo el proceso, partiendo de un plan personal de trabajo que se fundamenta en la presa de decisiones por parte de la persona con discapacidad. 4. Orientación y asesoramiento laboral y/o personal a la persona con discapacidad y, si es el caso, a su familia. 5. Asesoría técnica y legal a los diferentes agentes de la entidad empleadora, en temas relacionados con tipos de contratos, ayudas a la contratación y otros aspectos Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 50 de 109

52 administrativos, así como espaldarazo en aspectos de tipo relacional hacia la persona con discapacidad. 6. Acompañamiento y entrenamiento en el mismo puesto de trabajo, así como en otras situaciones naturales consideradas en el plan personal de trabajo. 7. Asesoramiento en adaptaciones del lugar de trabajo y ayudas ergonómicas. 8. Búsqueda de apoyos naturales del entorno laboral y social, para la consecución y mantenimiento de los objetivos de inserción. Entidades que desarrollan el empleo con apoyo en Aragón: Fundación Down Zaragoza Calle Lagos de Coronas, (50011-Zaragoza) Tlf./Fax QUÉ OBLIGACIONES TIENEN LAS EMPRESAS EN RELACIÓN AL EMPLEO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD? España incorporó a su legislación en 2003 una Directiva de la Unión Europea relativa a la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, que establece claramente la obligación de no discriminar laboralmente, ni directa ni indirectamente, a una persona por razón de su discapacidad. Sobre esta base legal se establece que: Los empresarios están obligados a adoptar las medidas adecuadas para la adaptación del puesto de trabajo y la accesibilidad de la empresa en función de las necesidades de cada situación concreta, con el fin de permitir a las personas con discapacidad acceder al empleo, desempeñar su trabajo, progresar profesionalmente y acceder a la formación, salvo que esas medidas supongan una carga excesiva para el empresario. Para determinar si una carga es excesiva se tendrá en cuenta si es paliada en grado suficiente mediante las medidas, ayudas o subvenciones públicas para personas con discapacidad así como los costes financieros y de otro tipo que las medidas impliquen y el tamaño y el volumen de negocios total de la organización o empresa. Qué es la cuota de reserva? La cuota de reserva es una obligación establecida por la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) y otras normas de desarrollo que disponen para las empresas la obligatoriedad de contratar trabajadores que tengan algún tipo de discapacidad. Así, las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 ó más trabajadores vendrán obligadas a reservar entre ellos, al menor, al 2% de la plantilla para trabajadores minusválidos, cualquiera que sea la forma de contratación laboral que vincule a los trabajadores de la empresa. El Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, ofrece una serie de medidas alternativas para el cumplimiento de esta obligación, para aquellas empresas que acrediten causa que dificulte o imposibilite la colocación de trabajadores con discapacidad. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 51 de 109

53 Medidas de prevención de riesgos laborales La Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 25, obliga a las empresas a incorporar a la cultura empresarial las medidas de prevención de riesgos y vigilancia de la salud necesarias para la protección y promoción de los trabajadores sensibles, entre los que se incluye a los trabajadores con discapacidad. QUÉ AYUDAS PREVÉ EL GOBIERNO PARA APOYAR LA INSERCIÓN LABORAL? 1. Subvenciones a la contratación indefinida y bonificaciones de la Seguridad Social. Además, se da un tratamiento especial cuando se trata de mujeres. 2. Deducciones fiscales en el impuesto de sociedades. 3. Ayudas para la adaptación de puestos de trabajo y accesibilidad al empleo referidas a productos y servicios para hacer accesibles los entornos laborales. Requisitos del trabajador Trabajadores declarados con discapacidad por el organismo competente, con una disminución en su capacidad de trabajo igual o superior al 33%. Ser desempleado inscrito como demandante de empleo en la oficina del servicio público de empleo correspondiente. Requisitos de la empresa Formalizar el contrato por escrito. Solicitar el trabajador a la correspondiente oficina de empleo. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. QUÉ AYUDAS HAY EN ARAGÓN PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD? a) Ayudas para la contratación indefinida de personas con discapacidad El Gobierno de Aragón ofrece ayudas, con objeto de fomentar la contratación indefinida de personas con discapacidad, a aquellas empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, empresarios individuales que contraten por tiempo indefinido, a jornada completa, a trabajadores con una discapacidad igual o superior al 33%, con una disminución de su capacidad de trabajo por lo menos igual o superior a dicho porcentaje y que, en el momento de su contratación, figuren desempleados e inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo. Las ayudas que se ofrecen a las empresas son: - Subvención por cada contrato celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa - Durante la vigencia del contrato, bonificaciones en la cuotas empresariales a la Seguridad Social, de un 70% por cada trabajador minusválido menor de 45 años contratado y de un 90% por cada trabajador minusválido mayor de 45 años contratado. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 52 de 109

54 - Subvención para la adaptación del puesto de trabajo, dotación de equipos de protección personal necesarios y para la eliminación de barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo. - Subvención extra en los casos en los que en el contrato concurra la circunstancia de que el trabajador minusválido sea, además, mujer, o tenga una discapacidad acreditada psíquica o, si es sensorial, presente un grado igual o superior al 65%. La documentación para la solicitud de dichas ayudas debe presentarse en las oficinas del INAEM. b) Ayudas a personas con escasa experiencia laboral o con especiales dificultades de integración laboral Las ayudas a personas con escasa experiencia laboral o con especiales dificultades de integración, tienen por objeto facilitar, a través de la contratación temporal, la obtención de un empleo y la práctica profesional para personas con escasa experiencia laboral o con especiales dificultades de integración laboral. Entre los beneficiarios de estas ayudas se contempla a las personas con discapacidad procedentes de un Centro Especial de Empleo, en el que prestasen sus servicios por medio de una relación laboral de carácter especial y personas en riesgo de exclusión social procedentes de la plantilla de una Empresa de Inserción. Entre los requisitos para percibir este tipo de ayudas estarían: - Los trabajadores deberán estar desempleados e inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo. - Las contrataciones temporales, a tiempo completo o parcial no inferior al 50% de la ordinaria de la empresa, tendrán una duración mínima de 6 meses. - En los supuestos de trabajadores procedentes de un Centro Especial de Empleo o Empresa de Inserción, la contratación en la empresa beneficiaria deberá efectuarse en el plazo máximo de 2 meses desde que el trabajador haya causado baja en la empresa de origen. Las solicitudes se formalizarán mediante los formularios normalizados, correspondientes debidamente cumplimentados, que habrán de presentarse en el Instituto Aragonés de Empleo, INAEM. c) Ayudas para la transformación en indefinidos de contratos temporales a personas con discapacidad Este tipo de ayudas tienen por objeto promover la incorporación al empleo de personas con discapacidad. Los destinatarios serán empresas que transformen en indefinidos los contratos temporales de fomento de empleo de personas con discapacidad. Entre los requisitos para ello están: - El trabajador con discapacidad tendrá reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y una disminución en su capacidad de trabajo igual o superior a dicho porcentaje. - El trabajador contratado no habrá finalizado una relación laboral indefinida en los tres meses anteriores a la formalización del contrato subvencionado. - La empresa beneficiaria mantendrá la estabilidad de los trabajadores subvencionados por un mínimo de 3 años. En caso de despido procedente, los sustituirá por trabajadores con discapacidad. Las solicitudes podrán presentarse en cualquiera de las oficinas del INAEM, así como a través de cualquiera de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 53 de 109

55 c) Ayudas para la contratación de monitores laborales El Gobierno de Aragón ofrece ayudas para la contratación de monitores laborales, con objeto de apoyar, formar y tutelar a personas con discapacidad en su actividad laboral, con objeto de que adquieran y desarrollen hábitos sociolaborales. Los requisitos para acceder a dichas ayudas son: - El monitor contratado estará desempleado y figurará inscrito como demandante de empleo. - El contrato del monitor laboral se formalizará por un período mínimo de 6 meses. - La empresa o entidad beneficiaria deberá tener contratados en su plantilla un mínimo de 2 personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental reconocida en un grado igual o superior al 33% que justifique la necesidad de contratación de un monitor laboral. - El monitor laboral tendrá la formación o experiencia suficientes para desarrollar con idoneidad su actividad de acompañamiento personal y profesional a través de acciones que procuren al trabajador minusválido una mejor adaptación al entorno sociolaboral y la adquisición de hábitos y habilidades laborales en su puesto de trabajo. La documentación para la solicitud de dichas ayudas debe presentarse en las oficinas del INAEM. c) Ayudas de contrato temporal de fomento de empleo de trabajadores con discapacidad El Gobierno de Aragón ofrece ayudas a empresas y entidades, con objeto de fomentar la contratación temporal de trabajadores con discapacidad, mediante contrato temporal de fomento de empleo. Para optar a las ayudas, el trabajador contratado deberá estar desempleado e inscrito en el Servicio Público de Empleo al menos desde el día anterior a la fecha de su alta en la Seguridad Social y, además, el contrato tendrá una duración mínima de un año. La solicitud y concesión de la ayuda requerirá convocatoria previa efectuada mediante Orden del Departamento competente en materia de empleo. Las convocatorias tendrán carácter anual. La presentación de la solicitud se hará en las oficinas del INAEM. d) Ayudas anuales para el apoyo de personas con discapacidad intelectual y personas con enfermedad mental en centros especiales de empleo Con objeto de facilitar el coste salarial derivado de la contratación de personal de apoyo que desempeñe actividades de acompañamiento personal y socio-laboral, requeridas por las necesidades especiales de los trabajadores del centro, el Gobierno de Aragón convoca anualmente ayudas para el apoyo de la contratación de personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, en centros especiales de empleo. Los requisitos para poder optar a estas ayudas son: - Tener contratados a un mínimo de tres persona con discapacidad intelectual o enfermedad mental y, en un número equivalente, al menos, al 50% de los trabajadores con discapacidad integrantes de la plantilla del centro especial de empleo. - Acreditar la prestación de servicios de acompañamiento personal y socio-laboral a los trabajadores con discapacidad intelectual o enfermedad mental, por medio de profesionales pertenecientes a la plantilla del centro. En caso de que las contrataciones subvencionadas no abarquen el año completo, los importes señalados se reducirán en la parte proporcional al período de tiempo que reste hasta completar los doce meses. En ningún caso, el importe anual a percibir podrá superar el coste Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 54 de 109

56 salarial anual del trabajador o trabajadores de apoyo cuyos contratos se imputen a efectos de justificar el percibo de esta subvención. Las convocatorias tienen carácter anual y las solicitudes deben presentarse en las oficinas de empleo del INAEM. e) Ayudas para favorecer el tránsito del empleo protegido al empleo ordinario El Gobierno de Aragón concede ayudas para los Centros Especiales de Empleo, por cada trabajador con discapacidad sujeto a una relación laboral de carácter especial que cause baja de su plantilla como consecuencia de una inserción en una empresa ordinaria. A efectos de justificar la previa adquisición de hábitos y habilidades laborales en el Centro Especial de Empleo, los trabajadores que determinen la concesión de esta subvención deberán haber permanecido, al menos, seis meses en el Centro Especial de Empleo beneficiario de la misma. Las solicitudes podrán hacerse previa convocatoria pública de las ayudas y deben presentarse en las oficinas de empleo del INAEM. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 55 de 109

57 10. OCIO, DEPORTE Y TIEMPO LIBRE Las personas con discapacidad intelectual, como el resto de la población, necesitan realizar actividades de ocio, deporte y tiempo libre, con las que disfrutar de el tiempo que tienen en el que no están trabajando, estudiando El ocio forma parte de la calidad de vida de las personas y tiene que ser satisfactorio para las mismas, es decir, elegido en función de sus propios gustos y preferencias y debe suponer disfrute, no obligación. Además de la posible participación en clubes ordinarios, como cualquier otro ciudadano aragonés, con o sin discapacidad, cuentan con una serie de clubs y entidades específicas para personas con discapacidad, que realizan actividades adaptadas. QUÉ ENTIDADES O CLUBES REALIZAN ACTIVIDADES DE TIEMPO LIBRE CON PERSONAS CON DISCAPACIDAD? La mayor parte de las asociaciones y entidades federadas en FEAPS Aragón, realizan actividades de ocio y tiempo libre con sus usuarios con discapacidad intelectual, si bien dichas actividades están reservadas para las personas con plaza en dichos centros. Entidades que realicen dichas actividades con plazas libres, que permiten que cualquier persona con discapacidad interesada se apunte, son las siguientes: CLUB DE OCIO Y TIEMPO LIBRE PIECONBOLA Trav. Ballesteros, 10. (22005-Huesca) Tlf CLUB DE TIEMPO LIBRE MAGORÍA c/ Pintor Marín Bagüés, 6, bajos. (50007-Zaragoza) Tlf CLUB DE TIEMPO LIBRE LOS TIGRES ATADES ZARAGOZA c/octavio de Toledo, 2 (50007-Zaragoza) Tlf ASDE (Scouts de Aragón) c/fernando de Antequera, 2, bloque C (50006-Zaragoza) Tlf F.I.I.S. Centro de Tiempo Libre c/miguel Servet, 34, 36 (50008-Zaragoza) Tlf FUNDACIÓN DOWN Centro de Tiempo Libre c/lagos de Corinas, (50011-Zaragoza) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 56 de 109

58 QUÉ ENTIDADES O CLUBES REALIZAN ACTIVIDADES DEPORTIVAS CON PERSONAS CON DISCAPACIDAD? Muchas de las asociaciones y entidades federadas en FEAPS Aragón, realizan actividades deportivas con sus usuarios con discapacidad intelectual, si bien dichas actividades están reservadas para las personas con plaza en dichos centros. Entidades que realicen dichas actividades con plazas libres, que permiten que cualquier persona con discapacidad interesada se apunte, son las siguientes: FADDI y clubs deportivos FADDI Delegación Aragonesa de la Federación Española de Deporte para Personas con Discapacidad c/ Joaquina Zamora, 4, bajos. (50018-Zaragoza) Tlf ATADES HUESCA CLUB DEPORTIVO Travesía Ballesteros, 10 (Huesca) Tlf ASOCIACIONES MIEMBRO Listado de asociaciones que colaboran engloban FADDI Nombre: CANDANCHU CLUB DEPORTIVO Dirección: EDIFICIO GRAN PLAZA, 6º 4 E Poblacion Candanchú Telefono/Fax / PROVINCIA DE: HUESCA Nombre: AL FILO DE LO POSIBLE CLUB Dirección: APARTADO Nº 11 Poblacion Sabiñanigo Telefono/Fax / PROVINCIA DE: HUESCA Nombre: Dirección: Poblacion ALBADA CLUB DEPORTIVO AVDA. BARTOMÉ ESTEBAN, S/N Alcañiz PROVINCIA DE: TERUEL Telefono/Fax / Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 57 de 109

59 Web: Nombre: MUDEJAR CLUB DEPORTIVO Dirección: C/NICANOR VILLALTA S/N, PLG. FUENFRESCA Poblacion Teruel Telefono/Fax / Web: angelcustodio@atadi.org PROVINCIA DE: TERUEL Nombre: ADIPCMI CLUB DEPORTIVO "EL MORAL" Dirección: C/ ESCUCHA, 6 Poblacion Utrillas Telefono/Fax / Web: adipcmi@atadi.org PROVINCIA DE: TERUEL Nombre: KALATHOS CLUB DEPORTIVO Dirección: MIGUEL DE CERVANTES, S/N Poblacion Alcorisa Telefono/Fax / Web: kalathos@atadi.org PROVINCIA DE: TERUEL Nombre: JILOCA CLUB DEPORTIVO Dirección: C/ MIGUEL ARTIGAS, 34 Poblacion Monreal del Campo Telefono/Fax / Web: jiloca@atadi.org PROVINCIA DE: TERUEL Nombre: Dirección: Poblacion ADIPA CLUB DEPORTIVO POLIGONO LA UMBRIA Andorra PROVINCIA DE: TERUEL Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 58 de 109

60 Telefono/Fax / Web: adipa@atadi.org Nombre: ADISLAF CLUB DEPORTIVO Dirección: COMUNEROS DE CASTILLA, 11, 13 Poblacion Zaragoza Telefono/Fax / Web: fbardid@arrakis.es PROVINCIA DE: ZARAGOZA Nombre: BENITO ARDID, CLUB DEPORTIVO Dirección: COMUNEROS DE CASTILLA, 11, 13 Poblacion Zaragoza Telefono/Fax / Web: fbardid@arrakis.es PROVINCIA DE: ZARAGOZA Nombre: CEDES CLUB DEPORTIVO Dirección: SAN CRISTOBAL, 4º BARRIO SAN GREGORIO Poblacion Zaragoza Telefono/Fax / fundacion_cedes@yahoo.es PROVINCIA DE: ZARAGOZA Nombre: ALBORADA CLUB DEPORTIVO Dirección: C/ ANDADOR PILAR CUARTERO MOLINERO, 1 Poblacion Zaragoza Telefono/Fax / alborada@centros6.pntic.mec.es PROVINCIA DE: ZARAGOZA Nombre: Dirección: Poblacion UTRILLO CLUB DEPORTIVO PINTOR MARIN BAGÜES, 6 BAJO Zaragoza PROVINCIA DE: ZARAGOZA Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 59 de 109

61 Telefono/Fax / Web: utrillo@teleline.es Nombre: OCIO Y DEPORTE PUEYOS Dirección: C/ PASO, 250 Poblacion Villamayor Telefono/Fax / Web: pueyos@pueyos.org PROVINCIA DE: ZARAGOZA Nombre: VERTICE CLUB DEPORTIVO Dirección: URB. MONTECANAL MARTIN DIEZ DECAUX, 18 Poblacion Zaragoza Telefono/Fax / vertice@grancentro.com PROVINCIA DE: ZARAGOZA Nombre: AMIBIL CLUB DEPORTIVO Dirección: C/ FERNANDEZ ARDAVIN, S/N Poblacion Calatayud Telefono/Fax / amibil81@hotmail.com PROVINCIA DE: ZARAGOZA Nombre: ATADES-ZARAGOZA CLUB DEPORTIVO Dirección: OCTAVIO DE TOLEDO Nº2 Poblacion Zaragoza Telefono/Fax / Web: joseramon.roldan@atades.org PROVINCIA DE: ZARAGOZA Nombre: Dirección: Poblacion SPECIAL OLYMPICS ARAGON C/ FUEROS DE ARAGON 14, 2º I Zaragoza PROVINCIA DE: ZARAGOZA Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 60 de 109

62 Telefono/Fax / Web: specialolympicsaragon@hotmail.com Nombre: NUEVOS HORIZONTES CLUB DEPORTIVO Dirección: AVENIDA ANSELMO CLAVE 29 PORTAL 6 3º IZDA Poblacion Zaragoza Telefono/Fax / PROVINCIA DE: ZARAGOZA Nombre: POLIDEPORTIVO ARAGON CLUB DEPORTIVO Dirección: C/ AGUSTINA DE ARAGON RODRIGUEZ Nº 31 Poblacion Zaragoza Telefono/Fax / PROVINCIA DE: ZARAGOZA Nombre: Dirección: PLAZA DE ESPAÑA 5 Poblacion Telefono/Fax / CLASICO SAN MATEO DE GALLEGO CLUB DEPORTIVO San Mateo de Gallego PROVINCIA DE: ZARAGOZA Nombre: ADISPAZ CLUB DEPORTIVO Dirección: Carrera Ricla, Poblacion La Almunia de Doña Godina Telefono/Fax / adispaz@terra.es PROVINCIA DE: ZARAGOZA Nombre: ADISCIV CLUB DEPORTIVO "LOS TREBOLES" Dirección: C/ TARAZONA, 2 Poblacion Ejea de los Caballeros PROVINCIA DE: ZARAGOZA Telefono/Fax / Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 61 de 109

63 SPECIAL OLIMPICS ARAGON c/ Fueros de Aragón, 14, 2º Izda. (50005-Zaragoza) Tlf CLUB POLIDEPORTIVO ARAGON c/ Agustina de Aragón, 31 (50004-Zaragoza) Tlf CLUB DEPORTIVO NUEVOS HORIZONTES Av. Anselmo Clavé, 29, portal 6, 3º Izda. (50004-Zaragoza) Tlf QUÉ ENTIDADES REALIZAN ACTIVIDADES DE VACACIONES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD? La mayor parte de las asociaciones y entidades federadas en FEAPS Aragón, realizan salidas de vacaciones con sus usuarios con discapacidad intelectual, si bien dichas actividades están, generalmente, reservadas para las personas con plaza en dichos centros. FEAPS Aragón organiza, todos los años, turnos de vacaciones para cualquier persona con discapacidad intelectual que quiera apuntarse, en diferentes períodos del año. Se organizan turnos diferentes en función de la edad de los participantes e, incluso, en base al nivel de discapacidad intelectual. El programa de vacaciones que ofrece FEAPS Aragón, está subvencionado por el IMSERSO y por el Ayuntamiento de Zaragoza, lo que permite poder ofrecer a las familias precios más asequibles por cada una de las plazas. Para informarse de los turnos de vacaciones, hay que ponerse en contacto directamente con el Departamento de Vacaciones de FEAPS Aragón. FEAPS ARAGÓN Asociación Aragonesa de Entidades para Personas con Discapacidad Intelectual - Departamento de Vacaciones - C/ Joaquina Zamora, 4, bajos (50018-Zaragoza) Tlf Fax Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 62 de 109

64 11. CENTROS ASISTENCIALES: CENTROS DE DÍA QUÉ SON LOS CENTROS DE DÍA? Los Centros de Día para personas con discapacidad intelectual son servicios de acogimiento diurno que prestan atención integral a personas gravemente afectadas, con discapacidad intelectual profunda, severa o media con plurideficiencias. Su objetivo es fomentar el desarrollo de habilidades adaptativas, que proporcionan bienestar emocional y favorecen la autodeterminación del individuo, a través de apoyos, ayudas técnicas y programas habilitadores. Los Centros de Día para personas con discapacidad proporcionan apoyo a la familia y favorecen el mantenimiento de la persona en su domicilio. CÓMO SE PUEDE SOLICITAR PLAZA EN LOS CENTROS DE DÍA? Pueden solicitar plaza en los Centros de Día con plazas concertadas con el Instituto Aragonés de Servicios Sociales las personas con calificación legal de minusválidas (reconocimiento de grado de discapacidad), gravemente afectadas y que por razones familiares o sociales no pueden permanecer en su domicilio durante todo el día. Para solicitar plaza, hay que presentar una solicitud en los Centros Base del Instituto Aragonés de Servicios Sociales que corresponda según el domicilio del solicitante. Se solicita orientación de centro y el IASS determina si a la persona le corresponde Centro de Día o Centro Ocupacional. Centros Base de Servicios Sociales Centro Base I Zaragoza C/ Sta. Teresa, (50006-Zaragoza) Tlf Fax Centro Base II Zaragoza C/ P. Luis Cernuda, s/n (50015-Zaragoza) Tlf Fax Centro Base Huesca C/ Joaquín Costa, 22 (22002-Huesca) Tlf Fax Centro Base Teruel Av. Sanz Gadea, 2 (44002-Teruel) Tlf Fax Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 63 de 109

65 QUÉ SERVICIOS OFRECEN LOS CENTROS DE DÍA? como: En general, los Centros de Día ofrecen toda una serie de servicios a los usuarios, tales I. Manutención con menús adaptados a las necesidades de cada persona. II. III. IV. Transporte. Atención psicológica: actuaciones de orientación, diagnóstico y tratamiento, dirigidas a potenciar al máximo el uso de sus capacidades psíquicas. Atención médica: atención preventiva, diagnóstico y tratamiento. Servicio de enfermería. V. Rehabilitación: la finalidad es que las personas con discapacidad adquieran el máximo nivel de desarrollo personal y de integración en la vida social a través de logopedia, fisioterapia, terapia ocupacional. VI. Actividades deportivas, de ocio y tiempo libre. QUÉ CENTROS DE DÍA CON PLAZAS CONCERTADAS HAY EN ARAGÓN? TERUEL ATADI-ALBADA Avda. Bartolomé Esteban, s/n (44600-Alcañiz) Tlf ATADI-ADIPA Pol. La Umbría, Nave de servicio- Apdo. 23 (44500-Andorra) Tlf ATADI-KALATHOS C/ Miguel de Cervantes, s/n. (44550-Alcorisa) Tlf ATADI-ADIPCMI C/ Escucha, 6 (44760-Utrillas) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 64 de 109

66 HUESCA ATADES-JOAQUÍN COSTA Los Pinos, s/n. (22300-Barbastro) Tlf ATADES- IGNACIO CLAVER Ctra. de Jaca a Sabiñánigo Km. 11 (22714-Martillué) Tlf ATADES- MANUEL ARTERO Ctra. nacional 240. Km. 215 (22005-Huesca) Tlf C.O. BAJO CINCA C/ Escorial, s/n. (22550-Fraga) Tlf ATADES- REINA SOFÍA c/ El Molino, s/n. (22400-Monzón) Tlf ASPACE- D.JUAN DE BORBÓN Ctra. Grañén, s/n. (22196-Huesca) Tlf ZARAGOZA ATADES- SONSOLES Ctra. Logroño km. 20- T. Miraflores (50630-Alagón) Tlf BENITO ARDID-CARIÑENA C/ Ronda del Muro, s/n, (50400-Cariñena) Tlf ADISPAZ c/ Carrera de Ricla, 22 (50100-La Almunia de Dª Godina) Tlf FUNDACIÓN SANTA ENGRACIA C/ Sierra de Alcubierre, s/n, (50840-San Mateo de Gállego) Tlf ASPACE Ctra. Huesca, s/n. Urb. El Zorongo (50020-Zaragoza) Tlf AMIBIL C/ Fernández Ardavín, s/n. (50300-Calatayud) Tlf BENITO ARDID-CASPE Pza. de los Reyes, s/n, (50700-Caspe) Tlf BENITO ARDID-PINA DE EBRO C/ Pascual Albalate, 18 (50750-Pina de Ebro) Tlf BENITO ARDID-TAUSTE Av. Sancho Abarca, s/n. (50660-Tauste) Tlf UTRILLO C/ Más de las Matas, 1 (50014-Zaragoza) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 65 de 109

67 ZARAGOZA EL VERGEL c/ Octavio de Toledo, 2 (50007-Zaragoza) Tlf FUNDACIÓN CEDES c/ San Cristóbal, 4 Bº San Gregorio (50015-Zaragoza) Tlf BENITO ARDID-ZARAGOZA C/ Comuneros de Castilla, (50002-Zaragoza) Tlf LOS PUEYOS c/ Paso, 250 (50162-Villamayor) Tlf VÉRTICE c/ Martín Díez de Aux, 18 Montecanal (50012-Zaragoza) Tlf QUÉ CENTROS DE DÍA CON PLAZAS PROPIAS HAY EN ARAGÓN? TERUEL EL PINAR Cº de la Muela, s/n (44001-Teruel) Tlf ZARAGOZA CAMP (IASS) Av. Academia General Militar, 53 (50015-Zaragoza) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 66 de 109

68 12. VIVIENDA Y SERVICIOS RESIDENCIALES QUÉ SON LOS SERVICIOS RESIDENCIALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD? Los Centros Residenciales son un servicio para personas con discapacidad intelectual que por la naturaleza de su afectación exigen tratamientos idóneos para lograr, hasta donde sea posible, su habilitación para las actividades de la vida diaria, evitando un mayor deterioro o retroceso. Este servicio puede ser permanente o temporal. Tiene como finalidad dar alojamiento, manutención y apoyo personal, afectivo y social a quienes por sus características no puedan permanecer en su hogar. Los centros residenciales se clasifican en: A. Centros residenciales para personas con discapacidad intelectual media y ligera. B. Centros residenciales para personas con discapacidad intelectual gravemente afectadas. CÓMO SE PUEDE SOLICITAR PLAZA EN LOS SERVICIOS RESIDENCIALES? Pueden solicitar plaza en los Servicios Residenciales con plazas concertadas con el Instituto Aragonés de Servicios Sociales las personas con calificación legal de minusválidas (reconocimiento de grado de discapacidad), gravemente afectadas y que por razones familiares o sociales no pueden permanecer en su domicilio. Para solicitar plaza, hay que presentar una solicitud en los Centros Base del Instituto Aragonés de Servicios Sociales que corresponda según el domicilio del solicitante. Centros Base de Servicios Sociales Centro Base I Zaragoza C/ Sta. Teresa, (50006-Zaragoza) Tlf Fax Centro Base II Zaragoza C/ P. Luis Cernuda, s/n (50015-Zaragoza) Tlf Fax Centro Base Huesca C/ Joaquín Costa, 22 (22002-Huesca) Tlf Fax Centro Base Teruel Av. Sanz Gadea, 2 (44002-Teruel) Tlf Fax Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 67 de 109

69 QUÉ SERVICIOS OFRECEN LOS SERVICIOS RESIDENCIALES? El Instituto Aragonés de Servicios Sociales financia las residencias para personas con discapacidad intelectual y cada persona aporta el 75 % de todos sus ingresos. En general, los Servicios Residenciales ofrecen toda una serie de servicios a los usuarios, tales como: 1. Alojamiento y manutención: Habitaciones y zonas de convivencia, menús adaptados a las necesidades de cada persona, mantenimiento de la ropa personal, ropa de cama, mesa y aseo. 2. Atención psicológica: comprende actuaciones de orientación y tratamiento, dirigidas a potenciar al máximo el uso de las capacidades. 3. Atención médica: atención preventiva, diagnóstico y tratamiento. 4. Enfermería. 5. Rehabilitación: la finalidad es que las personas con discapacidad adquieran el máximo nivel de desarrollo personal y de integración en la vida social a través de logopedia, fisioterapia, terapia ocupacional. 6. Actividades deportivas, de ocio y tiempo libre. QUÉ SERVICIOS RESIDENCIALES CON PLAZAS CONCERTADAS HAY EN ARAGÓN? Servicios residenciales para personas con discapacidad intelectual moderada TERUEL ATADI-ADIPA Pol. La Umbría, Nave de servicio- Apdo. 23 (44500-Andorra) Tlf ATADI-KALATHOS C/ Miguel de Cervantes, s/n. (44550-Alcorisa) Tlf ATADI- Residencia Estrella Av. Sagunto, 104, bajo (44002-Teruel) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 68 de 109

70 HUESCA ATADES-JOAQUÍN COSTA Los Pinos, s/n. (22300-Barbastro) Tlf ATADES- IGNACIO CLAVER Ctra. de Jaca a Sabiñánigo Km. 11 (22714-Martillué) Tlf ATADES- REINA SOFÍA c/ El Molino, s/n. (22400-Monzón) Tlf ATADES- MANUEL ARTERO Ctra. nacional 240. Km. 215 (22005-Huesca) Tlf ZARAGOZA ATADES- SONSOLES Ctra. Logroño km. 20- T. Miraflores (50630-Alagón) Tlf FUNDACIÓN CEDES c/ San Cristóbal, 4 Bº San Gregorio (50015-Zaragoza) Tlf ATADES- SANTO ANGEL Ctra. Madrid km. 316 (50012-Zaragoza) Tlf BENITO ARDID-ZARAGOZA C/ Comuneros de Castilla, (50002-Zaragoza) Tlf LOS PUEYOS c/ Paso, 250 (50162-Villamayor) Tlf Servicios residenciales para personas con discapacidad intelectual gravemente afectados TERUEL ATADI-KALATHOS C/ Miguel de Cervantes, s/n. (44550-Alcorisa) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 69 de 109

71 HUESCA ATADES-JOAQUÍN COSTA Los Pinos, s/n. (22300-Barbastro) Tlf ASPACE-DON JUAN DE BORBÓN Ctra. Grañén, s/n. (22196-Huesca) Tlf ASPAMIS-EL PILAR c/ La Estación, s/n. (22549-Vencillón) Tlf ATADES- REINA SOFÍA c/ El Molino, s/n. (22400-Monzón) Tlf ATADES- MANUEL ARTERO Ctra. nacional 240. Km. 215 (22005-Huesca) Tlf ZARAGOZA ATADES- SONSOLES Ctra. Logroño km. 20- T. Miraflores (50630-Alagón) Tlf LOS PUEYOS c/ Paso, 250 (50162-Villamayor) Tlf BENITO ARDID-ZARAGOZA C/ Comuneros de Castilla, (50002-Zaragoza) Tlf ASPACE Ctra. Huesca, s/n. Urb. El Zorongo (50015-Zaragoza) Tlf INTEGRA ARAGÓN c/ Clara Campoamor, 25 (50002-Zaragoza) Tlf QUÉ SERVICIOS RESIDENCIALES CON PLAZAS PROPIAS HAY EN ARAGÓN? TERUEL EL PINAR Cº de la Muela, s/n. (44001-Teruel) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 70 de 109

72 ZARAGOZA CAMP (IASS) Av. Academia Gral. Militar, 53 (50015-Zaragoza) Tlf QUÉ SON LAS VIVIENDAS TUTELADAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL? Las viviendas tutelas son un servicio que ofrece una infraestructura de vivienda dentro de la comunidad, temporal o permanente, para personas con discapacidad intelectual adultas, junto con los apoyos necesarios y programas para el desarrollo de habilidades adaptativas, cuyo fin último es conseguir para dichas personas una vida de calidad lo más normalizada posible y su inclusión social. El número máximo que se considera idóneo para una vivienda está en torno a las ocho personas. Viviendas y pisos tutelados en Aragón dentro del movimiento asociativo FEAPS ZARAGOZA ADISLAF- Fundación Benito Ardid c/ Comuneros de Castilla, (50002-Zaragoza) Tlf Fundación Carmen Fernández Céspedes- Hogares CEDES c/ Nuevo parque, 6 (50015-Zaragoza) Tlf LOS PUEYOS Fundación Virgen del Pueyo c/ La Puebla, 40 (50162-Villamayor Zaragoza) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 71 de 109

73 TERUEL ATADI-ADIPA Pol. La Umbría. Apdo. 23 (44500-Andorra Teruel) Tlf HUESCA ATADES- MANUEL ARTERO Ctra. nacional 240. Km. 215 (22005-Huesca) Tlf ATADES- VIRGEN DEL PUEYO c/ Teruel, 2 ( Barbastro Huesca) Tlf AYUDAS EN VIVIENDA (Ver guía del Gobierno de Aragón). Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 72 de 109

74 13. AYUDA DOMICILIARIA Ver Servicios previstos en Ley de Dependencia En muchas ocasiones, las familias en las que hay algún miembro con discapacidad se ven desbordadas por las necesidades derivadas del cuidado de esa persona así como las del resto de la familia. Además, en determinados momentos del ciclo vital de la familia, dichas necesidades se ven incrementadas y, con frecuencia, la familia necesita ayuda para poder hacer frente a todo. Así, durante la primera infancia de la persona con discapacidad, los diferentes servicios de atención temprana que el niño o niña necesita, suponen mucho tiempo y esfuerzo para la familia. También la etapa final de la vida familiar, durante el envejecimiento de la familia en general y de la persona con discapacidad en particular, las necesidades de la persona, con frecuencia, no pueden ser asumidas por la familia debido a la edad avanzada. Con objeto de dar respuesta a estas necesidades de atención y cuidado que las familias de personas con discapacidad pueden tener, existen toda una serie de servicios de ayuda domiciliaria, tanto de gestión pública como privada, a los que las familias pueden recurrir en busca de apoyo. QUÉ SERVICIOS DE AYUDA A DOMICILIO HAY DE GESTIÓN PÚBLICA? A) Servicio de Ayuda a Domicilio del Ayuntamiento de Zaragoza Consiste en la prestación continua de una serie de atenciones y/o cuidados de carácter personal, doméstico y psicosocial a los individuos y/o unidades de convivencia en su domicilio cuando se hallan en situaciones en las que no sea posible la realización de sus actividades habituales, o en situaciones de conflicto psicofamiliar para algunos de sus miembros. Tiene que solicitarse de manera presencial, en alguno de los diferentes Centros Municipales de Servicios Sociales (CMSS) de la ciudad de Zaragoza, en función de la zona de residencia de la familia. La documentación requerida para la tramitación de la ayuda a domicilio es la siguiente: Declaración jurada de que todos los datos proporcionados en la solicitud son ciertos. DNI, NIE o documento acreditativo de identificación personal. Original y copia del libro de familia o documento similar, quedando compulsada la(s) copia(s) en el CMSS correspondiente. Declaración Jurada de ingresos de todos los miembros de la Unidad de convivencia. Certificado acreditativo de los haberes de la totalidad de la unidad de convivencia, expedido por las empresas u organismos en que presten sus servicios la totalidad de los miembros de la unidad de convivencia, o certificado de pensión cursado por el organismo Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 73 de 109

75 competente, o cualquier otro documento acreditativo que el CMSS considere oportuno para la valoración de los haberes percibidos. Las personas que padezcan alguna discapacidad física, psíquica o sensorial, presentarán el certificado del Organismo público donde se reconozca la citada discapacidad o invalidez. Cualquier otro documento que el trabajador social considere necesario para valorar la solicitud y el cumplimiento de los requisitos. Tarjeta Sanitaria. Informe médico extendido por el sistema público de salud, para el Servicio de Teleasistencia, SAD y Cargas Familiares de personas mayores, sean o no dependientes, al objeto de cumplimentar lo establecido en la normativa de Prevención de Riesgos Laborales. Autorización al tratamiento de sus datos en los ficheros informáticos y cesión de los mismos a las empresas y entidades gestoras para su exclusiva utilización en la gestión de la prestación solicitada. Autorización de todos los miembros de la unidad de convivencia para solicitar del organismo competente la información de todos los ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia. B) Servicio de Teleasistencia del Ayuntamiento de Zaragoza Consiste en la prestación de un servicio que a través de la línea telefónica y con un equipamiento de comunicaciones e informático específico ubicado en un centro de atención permite a los usuarios desde su domicilio ponerse en contacto con el centro de atención durante las 24 horas del día y los 365 días del año y ser atendidos por personal específicamente preparado para dar respuesta adecuada a la necesidad presentada, bien por sí mismo o movilizando otros recursos humanos o materiales, propios del usuario o existentes en la comunidad. Va destinado a las personas mayores de 60 años, o siendo menores, tengan una disminución física o sensorial, o sean personas de riesgo debido a su estado de salud. La empresa que gestiona este servicio es Teleasistencia: y se dirige tanto a particulares como a asociaciones o entidades. Tiene que solicitarse de manera presencial, en alguno de los diferentes Centros Municipales de Servicios Sociales (CMSS) de la ciudad de Zaragoza, en función de la zona de residencia de la familia. La documentación requerida para la tramitación del Servicio de Teleasistencia es la siguiente: Declaración jurada de que todos los datos proporcionados en la solicitud son ciertos. DNI, NIE o documento acreditativo de identificación personal. Original y copia del libro de familia o documento similar, quedando compulsada la(s) copia(s) en el CMSS correspondiente. Declaración Jurada de ingresos de todos los miembros de la Unidad de convivencia. Certificado acreditativo de los haberes de la totalidad de la unidad de convivencia, expedido por las empresas u organismos en que presten sus servicios la totalidad de los Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 74 de 109

76 miembros de la unidad de convivencia, o certificado de pensión cursado por el organismo competente, o cualquier otro documento acreditativo que el CMSS considere oportuno para la valoración de los haberes percibidos. Las personas que padezcan alguna discapacidad física, psíquica o sensorial, presentarán el certificado del Organismo público donde se reconozca la citada discapacidad o invalidez. Cualquier otro documento que el trabajador social considere necesario para valorar la solicitud y el cumplimiento de los requisitos. Tarjeta Sanitaria. Informe médico extendido por el sistema público de salud, para el Servicio de Teleasistencia, SAD y Cargas Familiares de personas mayores, sean o no dependientes, al objeto de cumplimentar lo establecido en la normativa de Prevención de Riesgos Laborales. Autorización al tratamiento de sus datos en los ficheros informáticos y cesión de los mismos a las empresas y entidades gestoras para su exclusiva utilización en la gestión de la prestación solicitada. Autorización de todos los miembros de la unidad de convivencia para solicitar del organismo competente la información de todos los ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia EN QUÉ CONSISTE EL SERVICIO DE CANGURO DE FEAPS ARAGÓN? Este servicio intenta cubrir las necesidades puntuales de las familias de las personas con discapacidad intelectual, ofreciendo la posibilidad de disponer de un monitor con objeto de que las familias puedan llevar a cabo sus actividades cotidianas, sin estar pendientes del familiar con discapacidad intelectual. El Servicio de Canguro puede llevarse a cabo dentro o fuera del domicilio familiar, es desarrollado por monitores formados en atención a personas con discapacidad intelectual y puede tener un carácter puntual o continuado. Es un servicio subvencionado parcialmente por lo que el coste por hora de servicio resulta muy económico para la familia solicitante. Todos los monitores son contratados por FEAPS Aragón y están asegurados. El pago del servicio se realiza a FEAPS Aragón, que es la intermediaria y se encarga de pagar a los monitores a final de mes por todos los servicios realizados en ese período. La familia, pues, no paga directamente a los monitores que realizan el servicio de canguro. Es necesario y conveniente tratar de apalabrar el servicio con tiempo, salvo en casos de emergencias imprevistas, con objeto de asegurar la disponibilidad de un monitor para el día y hora en que la familia lo necesita. Para contratar un servicio es necesario contactar con la coordinadora de los mismos en FEAPS Aragón y ella será la encargada de buscar un monitor adecuado y disponible, informarle de cualquier necesidad de la familia o de la persona con discapacidad para que esté preparado para realizar el servicio de la manera más adecuada. FEAPS ARAGÓN Asociación Aragonesa de Entidades para Personas con Discapacidad Intelectual - Responsable del Servicio de Canguro - C/ Joaquina Zamora, 4, bajos (50018-Zaragoza) Tlf Fax Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 75 de 109

77 14. ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS QUÉ SON LAS BARRERAS ARQUITECTÓNICAS? Se entiende por accesibilidad la característica del medio, del urbanismo y de las edificaciones que permite su uso y disfrute por cualquier persona, con independencia de su condición física. Por otra parte, se entiende por barreras aquellos obstáculos, trabas o impedimentos, de carácter permanente o temporal, que limitan o dificultan la libertad de movimiento, la estancia, el acceso y la circulación de las personas que tienen limitada o disminuida, temporal o permanentemente su movilidad. Las barreras arquitectónicas se clasifican en: a) Barreras arquitectónicas urbanísticas, cuando se encuentran situadas en vías urbanas y espacios libres de uso común. b) Barreras arquitectónicas de la edificación, cuando se encuentran situadas en el acceso interior de edificios públicos o privados. Nombrar la normativa, no explicar toda EXISTE NORMATIVA ESTATAL PARA LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS? A) I Plan Nacional de Accesibilidad ( ) El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha elaborado del I Plan Nacional de Accesibilidad, que se implementará en el período , que fue aprobado por el Consejo de Ministros. Este I Plan tiene como objetivo principal alcanzar la accesibilidad universal de todos los entornos, productos y servicios para superar las barreras que actualmente discriminan a las personas con discapacidad. Este plan tiene cinco líneas de actuación que, a su vez, se desarrollan a través de diferentes estrategias: a. Concienciación y formación. - Concienciación. - Formación. - Inserción del Diseño para todos en los estudios universitarios. - Incorporación del Diseño para todos en la educación primaria. b. Normativa legal y técnica. - Cumplimiento eficaz de la normativa sobre accesibilidad. - Adecuación de la normativa legal de accesibilidad. - Incorporación de la accesibilidad en la normativa sectorial. - Incorporación de la accesibilidad como requisito de las compras y contratos públicos. c. Innovación y calidad. - Fomento de la calidad. - Fomento de la investigación y el desarrollo técnico. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 76 de 109

78 d. Planes y programas innovadores. - Promoción de servicios y tecnologías para favorecer la accesibilidad sensorial. - Promoción de la lengua de signos. - Mejora de los planes territoriales de promoción de la accesibilidad. - Adaptación de edificios de uso residencial. - Adaptación, conservación y mantenimiento de edificios de uso público, tanto los de titularidad pública como los de titularidad privada. - Incorporación de la accesibilidad en los medios de transporte públicos. e. Participación. - Promoción de la participación. B) Orden de 3 de Marzo de 1980 del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo sobre Viviendas de Protección Oficial: Características de accesos, aparatos elevadores y acondicionamiento interior de las destinadas a minusválidos Ya en el año 1980, el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo aprobó una Orden, en la que establecía las condiciones mínimas que debían reunir las viviendas de protección oficial destinadas a minusválidos. Entres estas condiciones, cabe destacar las siguientes: a) En cuanto a accesibilidad a la vivienda: - La llegada hasta el portal se realizará mediante rampa antideslizante, con una pendiente máxima del 8% en zonas exteriores y del 11% en zonas interiores, con un ancho mínimo de 0 95ms y limitada con reborde de 0 05ms. - Si existiese entre el portal y el acceso a la vivienda alguna puerta intermedia, tendrá una anchura mínima de 0 80ms. - La anchura mínima de los lugares de paso será de 1 10ms. b) En cuanto a los ascensores: - El paso libre de la puerta tendrá un mínimo de 0 80ms. - Las puertas serán telecópicas. - La cabina tendrá unas dimensiones mínimas de 1 40ms por 1 10ms en planta. - El ascensor dispondrá de barandilla o pasamanos a una altura de 0 80ms y una botonera a una altura máxima de 1 20ms. c) En cuanto al interior de las viviendas: - Las puertas podrás abrirse y maniobrarse con una sola mano. - La anchura mínima en cualquier hueco de paso será de 0 80ms. - Los pasillos tendrán una anchura mínima de 1 10ms. - En cocinas y aseos se dispondrá del espacio libre necesario para el giro completo de la silla de ruedas. C) Real Decreto 556/1989, de 19 de mayo, sobre medidas mínimas sobre accesibilidad en los edificios En 1989 fue publicado un Real Decreto, que establecía las medidas mínimas de accesibilidad en los edificios, tanto en aquellos que impliquen atención al público, como aquellos de uso privado en los que sea obligatoria la instalación de un ascensor. Este Real Decreto establecía que dichos edificios tienen que ser practicables por personas con movilidad reducida y, para ello, tienen que cumplir una serie de condiciones mínimas, entre las que cabe destacar: - Los itinerarios de acceso o recorrido del edificio no podrán incluir escaleras ni peldaños aislados. - Los itinerarios tendrán una anchura mínima entre 0 80 y 0 90ms. - Las rampas y pavimentos antideslizantes tendrán pavimento antideslizante y una pendiente máxima del 8%. - La cabina del ascensor tendrá un mínimo de 1 20ms cuadrados de superficie. - Las puertas del ascensor serán automáticas, con un ancho libre mínimo de 0 80ms. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 77 de 109

79 D) Ley 15/1995, de 30 de mayo, sobre límites del dominio sobre inmuebles para eliminar barreras arquitectónicas a las personas con discapacidad En 1995 fue firmada una Ley reguladora de los derechos a obras de eliminación de barreras arquitectónicas en edificios de viviendas. Podrán beneficiarse de estas medidas las personas que padezcan una discapacidad con movilidad reducida, que sean titulares de fincas urbanas en calidad de propietarios, arrendatarios, subarrendatarios o usufructuarios, o sean usuarios de las mismas. Se considerarán usuarios las parejas que convivan con un propietario y los trabajadores minusválidos vinculados por una relación laboral con el titular. El proceso a seguir, para la realización de las obras de adecuación será el siguiente: 1. Los titulares y usuarios antes citados tendrán derecho a promover las obras de adecuación de la finca urbana. 2. La persona que solicita la obra deberá comunicar la necesidad de ejecutar dicha obra al titular de la comunidad o mancomunidad de propietarios. 3. En el caso de que el solicitante sea un trabajador minusválido por cuenta ajena, la notificación deberá hacerla, así mismo, al empresario. 4. En el plazo de 60 días el propietario, la comunidad o la mancomunidad de propietarios y, en su caso, el empresario comunicarán por escrito al solicitante su consentimiento u oposición razonada a la ejecución de las obras. También podrán proponer soluciones alternativas que consideren pertinentes. 5. En caso de que se comunique oposición a la realización de las obras, el solicitante podrá acudir en defensa de su derecho a la jurisdicción civil. La sentencia dictada en estos juicios verbales, serán recurribles. 6. Los gastos que originen las obras de adecuación de la finca urbana o de sus elementos comunes correrán a cargo del solicitante de las mismas, sin perjuicio de las ayudas, exenciones o subvenciones que pueda obtener. QUÉ NORMATIVA EXISTE A NIVEL AUTONÓMICO PARA LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS? A) Decreto 89/1991, de 16 de abril, del la Diputación General de Aragón, para la supresión de barreras arquitectónicas En 1991, el Gobierno de Aragón firmó un Decreto con objeto de regular la normativa técnica y de diseño de los elementos arquitectónicos y urbanísticos que faciliten el desenvolvimiento de las personas con limitaciones físicas o sensoriales, orgánicas o circunstanciales, en los espacios interiores y exteriores de los edificios e instalaciones cuyo uso implique concurrencia de público, tanto los de titularidad pública como privada. La construcción, remodelación, reforma, establecimiento o instalación de los edificios, instalaciones y espacios se llevará a cabo de manera que las condiciones de accesibilidad y uso queden garantizadas razonablemente para todos los ciudadanos. Las condiciones de accesibilidad y uso de los edificios, de las instalaciones y de los espacios afectarán, como mínimo, a los elementos siguientes: - Aparcamiento. - Accesos. - Comunicaciones horizontales. - Comunicaciones verticales. - Señalización. - Mobiliario y servicios. - Reserva de espacio. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 78 de 109

80 - Área y servicios higiénicos. - Uso en general. - Materiales. - Instalaciones. - Conservación. - Evacuación. Los Ayuntamientos y demás órganos competentes serán los encargados de aprobar los proyectos que contengan las condiciones establecidas en el Decreto, así como de comprobar la adecuación de la ejecución del proyecto. B) Ley 3/1997, de 7 de abril, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas, de transportes y de la comunicación En 1997, el Gobierno de Aragón aprobó una Ley que tiene por objeto garantizar a las personas con dificultades para la movilidad o cualquier otra limitación física o sensorial, la accesibilidad y la utilización de los bienes y servicios de la sociedad, así como promover la utilización de ayudas técnicas y humanas adecuadas que permitan el desarrollo normal de la vida de estas personas, mediante el establecimiento de medidas de fomento y de control en el cumplimiento de la normativa dirigida a suprimir y evitar cualquier tipo de barrera u obstáculo físico o sensorial. De acuerdo con la Ley, se establecen una serie de condiciones, entre las que se pueden señalar las siguientes: a) La planificación, urbanización y construcción de las vías públicas, de los parques, de los itinerarios peatonales y de los demás espacios de uso público, se efectuarán de forma que resulten accesibles para personas con movilidad reducida. b) En las plazas que se creen para estacionamiento de vehículos ligeros deberá reservarse un número mínimo de plazas, debidamente señalizadas, destinadas a las personas con movilidad limitada. c) La construcción, ampliación y reforma de los edificios de titularidad pública o privada destinados a uso público se efectuará de forma que resulten accesibles para personas con limitaciones. d) Tienen la obligación de observar las preinscripciones de esta Ley: - Administraciones públicas. - Centros sanitarios y asistenciales. - Estaciones de transportes. - Aeropuertos, helipuertos - Centros de enseñanza. - Garajes y aparcamientos. - Museos, bibliotecas, centros culturales... - Instalaciones deportivas. - Establecimientos comerciales. - Instalaciones hoteleras. - Centros de trabajo (a partir del número de empleados que reglamentariamente se determine). e) Todos los accesos al interior de los edificios de uso público deberán estar desprovistos de barreras arquitectónicas y obstáculos que impidan o dificulten la accesibilidad. f) Los locales de espectáculos, salas de conferencias dispondrán de accesos y espacios reservados a personas que utilicen sillas de ruedas y deberán estar convenientemente señalizados. g) En todas las ciudades con población superior a 5000 habitantes o en las cabeceras de las zonas de salud, existirá por lo menos un taxi o vehículo del servicio público adaptado a las personas con movilidad reducida. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 79 de 109

81 h) Las vías públicas, parques y demás espacios de uso público serán adaptados gradualmente. Las acciones u omisiones que contravengan las normas sobre accesibilidad y eliminación de barreras constituyen infracción y serán sancionadas, en función de su carácter leve, grave o muy grave. Qué Ayudas hay? (ver Guía Gobierno de Aragón: ayudas de servicios sociales y de vivienda Ayudas individuales Rehabilitación QUÉ HACER PARA ELIMINAR BARRERAS ARQUITECTÓNICAS EN UNA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS? En el caso de que una familia con un miembro con discapacidad, con movilidad reducida, necesite eliminar barreras arquitectónicas en su comunidad de propietarios, la Ley prevé varios mecanismos para logar la accesibilidad en edificios de viviendas privadas. Así, de acuerdo con la legislación vigente, cuando el importe de las obras no supere las tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, deberán ser realizadas por la comunidad de propietarios, a instancias de los propietarios en cuya vivienda habiten personas con discapacidad o mayores de 70 años. Si las obras exceden las tres mensualidades, la comunidad estará obligada a asumir los gastos de las obras de accesibilidad siempre y cuando los acuerdos se adopten con el voto favorable de la mayoría de propietarios. En caso de no alcanzarse mayoría en la solicitud de las obras de accesibilidad, la familia solicitante cuenta con dos posibilidades: a) El interesado puede hacer valer sus derechos interponiendo una demanda en vía civil. b) El interesado puede recurrir al procedimiento previsto en la Ley 15/1995, de 30 de mayo, sobre límites del dominio sobre inmuebles para eliminar barreras arquitectónicas a las personas con discapacidad. En el caso de que lo que se demande es la instalación de un ascensor en una comunidad de vecinos que no dispone del mismo, en el caso de residir en Zaragoza, se pueden pedir subvenciones en la Sociedad Municipal de Rehabilitación. SOCIEDAD MUNICIPAL DE REHABILITACIÓN c/ San Pablo, 48 Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 80 de 109

82 15. TRANSPORTE EXISTEN TARJETAS DE APARCAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD? En 1998 la Unión Europea dictó una Recomendación a los Estados miembros sobre la creación de una tarjeta de aparcamiento para las personas con movilidad reducida. Esta tarjeta permite a la persona minusválida (o, si no conduce, al conductor que le acompañe) aparcar sin ser multada en las zonas restringidas de todos los países y municipios: puede estacionar en las plazas reservadas para este colectivo, en las zonas de carga y descarga, y también de forma gratuita en las zonas de parquímetros. En España, las comunidades autónomas y los ayuntamientos han emitido normas de adaptación de esta Recomendación Europea para la expedición de la tarjeta de estacionamiento de minusválidos, que se solicita en el ayuntamiento donde resida el titular y tienen validez dentro de todo el territorio nacional. Qué beneficios tiene la Tarjeta Europea de Estacionamiento?: Esta tarjeta se trata de un documento acreditativo de que la persona con discapacidad presenta condiciones de movilidad reducida o conductas de difícil control que dificultan la utilización de medios normalizados de transporte. La tarjeta y su señal distintiva, colocada en lugar visible, permiten que los vehículos ocupados por su titular puedan aparcar en los espacios reservados a tal efecto y disfrutar de las ventajas sobre estacionamiento y aparcamiento establecidas por el ayuntamiento correspondiente. Entre las características generales de esta tarjeta destaca: a) Es personal e intransferible. b) Puede ser utilizada por su titular en cualquier vehículo en que se traslade, sea o no de su propiedad, ya sea transportado en el vehículo o éste sea conducido por él. c) Debe exhibirse en el salpicadero, de forma que el anverso sea claramente visible desde el exterior. d) Su uso indebido puede ser sancionado por los ayuntamientos, que pueden contemplar incluso la retirada de la misma. Las condiciones establecidas para ser beneficiario de las tarjetas de aparcamiento son las siguientes: Ser mayor de tres años. Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33% y graves dificultades para utilizar el transporte público conforme al baremo establecido. No estar imposibilitado para realizar desplazamientos fuera del domicilio habitual. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 81 de 109

83 Qué requisitos son necesarios en Zaragoza?: En Zaragoza, los requisitos exigidos por el ayuntamiento para emitir la tarjeta de aparcamiento para minusválidos a una persona son: 1. Certificado de discapacidad de la persona solicitante. 2. Obtención de 7 puntos en el baremo de movilidad. Las zonas en las que las personas con tarjeta de aparcamiento para minusválidos, visitantes o redientes, pueden aparcar son: a) Zonas reservadas para minusválidos. b) Zonas de aparcamiento limitado (O.R.A.) Qué requisitos son necesarios en Huesca?: En Huesca, los requisitos exigidos por el ayuntamiento para emitir la tarjeta de aparcamiento para minusválidos a una persona son: 1. Certificado de discapacidad de la persona solicitante. 2. Valoración del Centro Base de Atención a Minusválidos. Las zonas en las que las personas con tarjeta de aparcamiento para minusválidos, visitantes o redientes, pueden aparcar son: a) Zonas reservadas para minusválidos. b) Zonas de aparcamiento limitado (O.R.A.): aparcamiento gratis durante 2 horas y media. c) Zonas de carga y descarga: aparcamiento durante 1 hora como máximo. d) Zonas oficiales: aparcamiento durante un máximo de 30 minutos. En la ciudad de Huesca, a las personas con tarjeta de aparcamiento para minusválidos les está permitido parar en la vía pública, siempre que no sea una parada de autobús, no dificulten la visibilidad, no se obstruya el paso de peatones y dejen paso libre a los demás vehículos. Qué requisitos son necesarios en Teruel?: En Teruel, los requisitos exigidos por el ayuntamiento para emitir la tarjeta de aparcamiento para minusválidos a una persona es, únicamente, la presentación de la instancia correspondiente, junto con dos fotografías tamaño carné, pero no se exige la presentación de ningún informe médico. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 82 de 109

84 EXISTEN AUTOBUSES ADAPTADOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD? La red de transporte urbano de Zaragoza (TUZSA) dispone de un servicio de autobuses adaptados para personas con movilidad reducida. Cómo se gestiona el servicio?: Serán usuarios potenciales de este servicio, aquellas personas con discapacidad física cuya limitación les afecte para la utilización de los vehículos de transporte colectivo ordinarios. Para poder utilizar el servicio, es indispensable que las personas tengan puntuación suficiente, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1971/1999 de 23 de diciembre y presenten el Dictamen Técnico Facultativo en que conste el baremo para determinar la existencia de dificultades para utilizar transportes colectivos. Para solicitar el servicio, los usuarios deberán presentar en las oficinas de TUZSA: fotocopia del reconocimiento del grado de discapacidad, fotocopia del DNI y fotocopia del Dictamen Técnico Facultativo. Normas de utilización del servicio: Los usuarios en demanda de servicio deberán indicar los días y horas en los que necesiten el servicio, así como la dirección del origen y destino del servicio puerta a puerta, con una antelación mínima de 24 horas. Los días 23, 24 y 25 de cada mes se atenderán peticiones para todo el mes siguiente. Los sábados además de atender las peticiones para el próximo día, también se atenderán para toda la semana siguiente. El último día del mes en curso el cliente debe confirmar telefónicamente el servicio para el mes siguiente. El resto de las peticiones se realizarán de un día para otro y en el horario anteriormente señalado. Se comprobará la condición de usuario del demandante en los censos establecidos, y se le comunicará la disponibilidad existente para realizarlo. Una vez recibidas las solicitudes de servicios fijos para el mes siguiente y aceptados los que sean posibles dentro de la capacidad del servicio y las prioridades establecidas, elaborará las rutas e itinerarios adecuados, comunicándolo a la Delegación de Tráfico y Transportes. El usuario del servicio deberá estar en el lugar fijado a la hora convenida, o anular la petición con la anticipación suficiente para evitar el desplazamiento contratado. SERVICIO DE AUTOBUSES ADAPTADOS DE TUZSA Horario de peticiones y anulaciones de servicio: 7:30 a 20:40h diario Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 83 de 109

85 QUÉ REQUISITOS DEBEN CUMPLIR LOS AUTOBUSES ORDINARIOS PARA FACILITAR EL ACCESO A LAS PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA? En el año 2002, el CEAPAT (Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas), junto con el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, establecieron un Convenio con los Requisitos Técnicos que deben cumplir los autobuses interurbanos de piso bajo, para facilitar el acceso de las personas con movilidad reducida. Entre dichos requisitos, se establece: Contar con 2 puertas de servicio sin que exista ningún escalón. La altura de la calzada al piso del autobús no puede ser mayor de 360 mm. Disponer de una superficie libre de asientos, con capacidad para alojar, al menos a un pasajero en silla de ruedas. El itinerario desde la puerta de acceso hasta el espacio reservado para los pasajeros en silla de ruedas debe estar libre de escalones y de cualquier otro obstáculo y debe tener un ancho mínimo de paso de 80mm. En el espacio reservado para pasajeros en silla de ruedas se instalará un pulsador de solicitud de parada. El vehículo deberá estar dotado con rampa motorizada y sistema de inclinación para facilitar el acceso. Al menos dos asientos próximos a la puerta de acceso estarán reservados para personas con movilidad reducida. El piso del vehículo será antideslizante. HAY ALGÚN SERVICIO DE TAXI ADAPTADO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD? En la ciudad de Zaragoza hay un servicio denominado Euro-taxi, adaptado para personas que utilizan silla de ruedas. Cómo se gestiona el servicio?: Dicho servicio es preferible que se solicite con cierta antelación, no en el momento de necesitar el servicio puesto que, dado que no son mucho taxis, es posible que en ese momento no haya ninguno disponible. Puede solicitarse con un día de antelación o por la mañana cuando el servicio es por la tarde, llamando a la Cooperativa de Taxis y especificando la necesidad de un taxi adaptado. El grupo de taxistas que realizan el servicio están coordinados entre sí, de manera que si al que se llama no puede atenderlo, se pondrá en contacto con el resto de compañeros para tratar de conseguir a alguien que lo atienda. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 84 de 109

86 QUÉ AYUDAS HAY EN ARAGÓN PARA LA MOVILIDAD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD? A) Prestaciones para la movilidad y gastos de transporte para personas con discapacidad El Gobierno de Aragón contempla ayudas para sufragar los gastos de movilidad y transporte para personas con discapacidad, con un reconocimiento de grado de discapacidad igual o superior al 33%. Los requisitos necesarios para optar a estas ayudas son: - Ser español y residente en España. - Ser mayor de 3 años. - No ser beneficiario o no tener derecho a prestación o ayuda de análoga naturaleza, y de igual o superior cuantía, otorgada por otro organismo público. - Estar afectado por un grado de discapacidad igual o superior al 33%. - No estar comprendido en el campo de aplicación de la Seguridad Social. - Tener grandes dificultades para usar el transporte público. - No estar imposibilitado para hacer desplazamientos fuera de su domicilio habitual y no superar el nivel de recursos establecido. La solicitud de estas ayudas debe presentarse en la Direcciones Provinciales del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, junto con una fotocopia del D.N.I. y solicitud y fotocopia compulsada del Libro de Familia. B) Ayudas para la compra o adaptación de vehículo para personas con discapacidad Las ayudas existentes para la compra de vehículos, otorgadas a personas con discapacidad, se materializan a través de beneficios fiscales y ayudas económicas: I. Beneficios fiscales: a) Impuesto de matriculación: Este impuesto es de un 7 por ciento o de un 12 por ciento, dependiendo de la cilindrada de vehículo. Las personas con discapacidad no tienen que pagar esta Impuesto si cumplen los siguientes requisitos: 1. Acreditar la condición de persona con discapacidad. 2. El coche debe matricularse a nombre de persona con discapacidad. 3. El coche debe ser de su uso exclusivo. 4. Tienen que haber transcurrido 4 años desde que compró otro coche en las mismas circunstancias y no se puede venderse en los 4 años siguientes a su matriculación. b) Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Se aplicará un 4 por ciento en las siguientes situaciones: Vehículos destinados a ser utilizados como autotaxis o autoturismos especiales para el transporte de personas con discapacidad en silla de ruedas, bien directamente o antes de su adaptación. Vehículos a motor que, previa adaptación o no, deban transportar habitualmente a personas con movilidad reducida, con independencia de quien sea el conductor de los mismos. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 85 de 109

87 Servicios de reparación de los vehículos y de las sillas de ruedas. Servicios de adaptación de los autotaxis y autoturismos para personas con discapacidad y de los vehículos a motor para personas con discapacidad, independientemente de quién sea el conductor de los mismos. Para optar a la aplicación del 4% de IVA en la adquisición o adaptación de vehículos a motor para personas con discapacidad, deben cumplirse una serie de requisitos: 1) Acreditación de la utilización del vehículo en el transporte habitual de personas con discapacidad y movilidad reducida, ya sea como conductor o como pasajero habitual del vehículo. 2) Acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 33%. 3) Acreditación de la condición de persona con movilidad reducida. La solicitud de la aplicación del 4% en el impuesto debe presentarse con carácter previo a la compra del vehículo, en la Delegación o Administración de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, correspondiente al domicilio fiscal de la persona adquiriente. II. Ayudas económicas: El Instituto Aragonés de Servicios Sociales convoca anualmente subvenciones para la compra o adaptación de vehículos para personas con discapacidad. El importe de estas ayudas depende de la consignación presupuestaria, por lo que varían cada año. El interesado debe, por tanto, informarse directamente de las ayudas en el momento de plantearse la compra o adaptación del vehículo. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 86 de 109

88 16. ASPECTOS JURÍDICOS, LEGALES Y FISCALES PATRIMONIO PROTEGIDO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD El 18 de Noviembre de 2003 entra en vigor la Ley de Protección Patrimonial de las Personas Discapacitadas, cuya principal finalidad es la de regular la protección de las personas con discapacidad en el aspecto patrimonial. El Patrimonio Protegido de la persona con discapacidad está aislado del resto de Patrimonio de su titular beneficiario, el cual está sometido a un régimen de administración y disposición específico, favoreciéndose tanto su constitución como la aportación al mismo a título gratuito de bienes y derechos. Quién puede constituir un patrimonio protegido? El patrimonio protegido de una persona con discapacidad puede ser constituido por diferentes personas: La propia persona con discapacidad beneficiaria del mismo. Cuando la persona con discapacidad no tenga capacidad suficiente para la toma de decisiones, pueden constituirlo: - Los padres. - El tutor. - El curador. Quiénes son beneficiarios de esta ley? A efectos de esta ley, únicamente tienen consideración de personas con discapacidad, quienes tengan reconocido el siguiente grado de discapacidad: b) Discapacidad intelectual igual o superior al 33%. c) Discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%. Cómo se constituye un patrimonio protegido? El Patrimonio Protegido de una persona con discapacidad, puede estar constituido: 1. Con bienes y derechos de la propia persona con discapacidad. 2. Con bienes y derechos de personas distintas, ya sea de su familia o ajeno a ésta. Todo ello con el único fin de: garantizar la seguridad económica de la persona con discapacidad. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 87 de 109

89 Qué beneficios fiscales supone constituir un patrimonio protegido? Las aportaciones hechas al patrimonio protegido de la persona con discapacidad tendrán la consideración, para esa persona con discapacidad, de rendimiento de trabajo, hasta 8000 anuales. Así mismo, las personas que realicen las aportaciones tendrán derecho a reducir de su base imponible del IRPF sus aportaciones, hasta un máximo de 8000 anuales. Las aportaciones hechas al patrimonio protegido no están sujetas al impuesto de sucesiones y donaciones y están exentas en relación al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. PROCESO DE INCAPACITACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Para qué recurrir a un proceso de incapacitación de una persona con discapacidad? El proceso de incapacitación es un proceso judicial que, mediante una sentencia, reconoce que la persona no tiene la capacidad para autogobernarse. La sentencia determina la extensión y los límites de la incapacidad. El proceso de incapacitación debe entenderse en un sentido positivo, puesto que su objetivo fundamental es evitar posibles situaciones de desamparo e indefensión de la persona y asegurarle una protección cuando ella misma o sus padres no puedan hacerse cargo. La incapacitación no tiene que ser para siempre, ni es irreversible, puede revisarse si las causas que la motivaron varían, hay mejorías... En el contexto familiar pueden promover el proceso para la incapacitación el cónyuge, los padres, los hijos y los hermanos de la persona con discapacidad. También puede hacerlo el propio Ministerio Fiscal si es conocedor de la persona o las causas. Cualquier persona puede poner en conocimiento del Ministerio Fiscal la existencia de una persona que necesitaría ser incapacitada. Cuál es el proceso a seguir para la incapacitación de una persona con discapacidad? Para la incapacitación de una persona con discapacidad, con una capacidad intelectual muy limitada y/o dificultades para la toma de decisiones y el discernimiento, el proceso a seguir pasa por diferentes momentos: 2. Presentación de una demanda, exponiendo los hechos por los que se entiende que es necesario llevar a cabo la incapacitación de la persona, acompañada de la documentación pertinente. 3. El Juez examina si se cumplen los siguientes requisitos y presupuestos procesales: a) Los requisitos de capacidad, representación y postulación procesal. b) Legitimación de la persona que promueve la declaración de incapacidad. c) Jurisdicción y competencia del propio Juzgado. * Si tales requisitos se ajustan a la Ley, el juez dicta una resolución, Auto, admitiendo a trámite la demanda y acordando emplazar a la persona que va a ser incapacitada. 4. Se traslada la demanda a la persona que va a ser incapacitada para que, si lo desea, comparezca con su propia representación y conteste a la demanda en el plazo de 20 Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 88 de 109

90 días. Si no comparece, el Fiscal asumirá por Ley su defensa y representación, procediendo a contestar a la demanda planteada, lo que hará en todo caso. 5. Se cita a las partes a una Vista ante el Juez en la que deberán practicarse las pruebas importantes: a) Examen, de la persona que va a ser incapacitada, por el Juez. b) Dictamen pericial médico. (Es aconsejable que, al tramitar el procedimiento, se aporten informes médicos junto con la demanda. No obstante, el propio Juez acordará el examen de la persona que va a ser incapacitada por parte del médico forense). c) Audiencia con los parientes más próximos de la persona que va a ser incapacitada. * Además de los anteriores medios de prueba, el Juez podrá utilizar cuantos medios probatorios estime oportunos para comprobar la personalidad de la persona que va a ser incapacitada y fijar así cuál es el alcance real de su capacidad. 6. A la vista de las pruebas practicadas, el Juez dictará sentencia, en la que: a) Declarará la incapacitación. b) Declarará la extensión y límites de ésta. (La sentencia fijará si la incapacidad es total o parcial). c) Determinará el régimen de tutela o guarda al que debe quedar sometida la persona incapacitada. d) Nombrará, de haberse solicitado en la demanda, a la persona o personas que hayan de asistir (curador) o representar (tutor) al incapaz. e) Se pronunciará, en su caso, de haberse solicitado, sobre la necesidad de internamiento de la persona incapacitada. Qué documentación hay que presentar para tramitar la incapacitación? Acompañando a la demanda de solicitud de incapacitación hay que presentar una serie de documentación: 1. Certificado literal de inscripción de nacimiento (Registro Civil). 2. Copia del Libro de Familia, para acreditar la relación de parentesco entre la persona a incapacitar y la persona que promueve el procedimiento. 3. Copia del D.N.I de la persona a incapacitar. 4. Informes o certificados médicos que acrediten que en esa persona concurre causa de incapacitación. 5. Relación de parientes próximos (para el nombramiento del tutor o curador). 6. De existir, Reconocimiento del Grado de Discapacidad emitida por el Centro Base del IASS. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 89 de 109

91 Qué ocurre cuando la incapacitación es total? Cuando el Juez, en la sentencia determina que la incapacidad de la persona es total procederá al nombramiento de un tutor para la persona. La tutela es un cargo reconocido en el ordenamiento jurídico, que se otorga a una persona física o jurídica para la representación, protección y defensa de otra que ha sido judicialmente incapacitada tanto para regir su persona como sus bienes. Tutelar significa velar y representar a la persona menor de edad o declarada judicialmente incapaz. Las funciones del tutor son asegurar la protección de la persona, administrar y guardar sus bienes y, en general, velar para que tenga una buena calidad de vida. De manera más concreta, en lo que se refiere a la persona tutelada, el tutor debe: - Procurar sus cuidados básicos (alimentación, higiene,...). - Ofrecerle recursos residenciales dignos. - Potenciar su rehabilitación psico-sociales, así como actividades ocupacionales y de ocio. - Fomentar su integración socio-laboral. Por otra parte, en lo que se refiere a los bienes de la persona tutelada, el tutor debe: - Formar inventario judicial de bienes. - La administración y gestión de su economía. - Solicitar ayudas y pensiones que le correspondan. - Atender el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y civiles, velar por sus derechos patrimoniales. - Rendir cuentas ante el Juez, cuando éste lo solicite y, finales en caso de extinción de la tutela. La ley establece medidas de vigilancia y control de la tutela. El tutor tiene que informar anualmente de la situación personal y patrimonial del tutelado y demostrar una buena gestión y administración de sus bienes, así como una correcta atención personal. Los padres de una persona con discapacidad que no puede autogobernarse pueden dejar por escrito, en testamente, quienes quieren que sean las personas que asuman la tutela de su hijo/a cuando ellos falten. Qué ocurre cuando la incapacitación es parcial? Cuando el Juez establece en sentencia la incapacitación parcial, debido a que el sujeto tiene cierta capacidad para autogobernarse, al menos en el aspecto personal, nombrará a un curador. La diferencia entre la curatela y la tutela radica en que su objeto es completar la capacidad del sujeto que ha sido parcialmente incapacitado, en concreto en el ámbito patrimonial, precisando de la existencia del curador para la validez de ciertos actos jurídicos relativos al aspecto patrimonial. En este caso, si la sentencia de incapacitación no especifica los actos en que debe ser necesaria la intervención del curador, éste deberá asistirle en aquellos actos mencionados en el artículo 271 y 272 del Código Civil como por ejemplo, la venta de un bien inmueble, entablar demanda, dar dinero a préstamo, ceder bienes a título gratuito, etc... Además comprende todos los actos relativos a la administración ordinaria de su economía, solicitud de pensiones y ayudas de las que pudiera beneficiarse, cumplimiento de sus obligaciones fiscales y civiles... Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 90 de 109

92 No obstante y a pesar de tratarse de un cargo que se centra únicamente en el aspecto económico, no se puede olvidar la estrecha relación y dependencia que mantienen con el aspecto personal, en el sentido de que se colabora con otros agentes sociales que tratan el deterioro personal que siempre presenta el curatelado. Qué son las entidades tutelares? Las entidades tutelares son personas jurídicas (fundaciones, asociaciones,...) que reúnen los requisitos establecidos por la legislación vigente y no tienen afán de lucro. Tienen como finalidad la protección y el cuidado de las personas legalmente incapacitadas. Su principal labor es cuidar del tutelado y buscarle los recursos que le permitan vivir con una buena calidad de vida. La entidad tutelar, siempre que sea positivo para el tutelado, intenta no romper los vínculos familiares y facilita el contacto y las visitas con familiares o personas de su entorno. Los servicios que este tipo de entidades ofrecen a las familias son, principalmente: - Información sobre el funcionamiento del servicio de tutela en la entidad. - Orientación y/o tramitación de los procesos de incapacitación a padres y familiares. - Información sobre cualquier aspecto general y/o concreto de servicios, ayudas, recursos, etc. relacionado con el sector. - Asesoramiento para la tramitación de testamentos. - Asesoramiento a los tutores para la presentación de documentación al juez. - Apoyo a los tutores en cualquier otro aspecto que sea necesario durante el ejercicio de sus funciones. Los objetivos que este tipo de entidades tienen en relación con la persona con discapacidad son: - Asegurar el futuro de las personas tuteladas Conseguir su mejor calidad de vida posible - Defender sus derechos - Eliminar la angustia de los padres que produce la incertidumbre del futuro de sus hijos Dónde solicitar más información? Aragón Localidad Dirección Teléfono Fax Zaragoza Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Aragón c/ Coso, Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 91 de 109

93 Huesca Localidad Centro Dirección Teléfono Fax Huesca Unidad de Tutela de Adultos Pza. Sto. Domingo, Teruel Localidad Centro Dirección Teléfono Fax Teruel Unidad de Tutela de Adultos Avda. Sanz Gadea, Zaragoza Localidad Centro Dirección Teléfono Fax Zaragoza Unidad de Tutela de Adultos Pº Rosales, 28 dpdo Qué Fundaciones Tutelares hay en Aragón? Con objeto de dar respuesta al grave problema de encontrar un tutor adecuado para las personas con discapacidad intelectual, incapaces de gobernarse por sí mismas, que estuvieran en situación de desamparo familiar o que teniendo familia no fuera ésta la idónea para asumir su tutela. Con ello se admite una alternativa a la tutela familiar cuando ésta es inviable (caso de hijos únicos) o no aconsejable (supuestos de desamparo, desestructuración, abuso o negligencia de los familiares existentes). Ante esta nueva realidad van surgiendo las Fundaciones Tutelares, entidades sin ánimo de lucro que responden a estas necesidades y situaciones. Además, desde 1995, algunas de ellas se unen formando, a instancia de FEAPS, la Asociación Española de Fundaciones Tutelares. En Aragón, enmarcada en FEAPS, existe una fundación tutelar para dar respuesta a las necesidades de tutela de las personas con discapacidad intelectual de esta comunidad autónoma. FUNDACIÓN TUTELAR ARAGONESA DE DEFICIENTES MENTALES. LUIS DE AZÚA Pza. de los Sitios, 10, 2º Dcha. (50001-Zaragoza) Tlf BENEFICIOS FISCALES EN IMPUESTO DE SUCESIONES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Cuando se produce una herencia, por la muerte de una persona, los beneficiarios deben pagar un impuesto de sucesiones. Dicho impuesto, cuenta con beneficios fiscales en el caso de personas con discapacidad, que varían en función del grado de discapacidad que tenga la persona heredera en el momento de que se produzca la muerte de la persona que ha testado a su favor o de la que es heredero legal. Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65% verán aplicada a la base imponible una reducción adicional. Aquellas personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65% contarán con una reducción de la base imponible del 100%. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 92 de 109

94 DERECHO A JUSTICIA GRATUITA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD La Ley 16/2005, de 18 de julio, por la que se modifica la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, para regular las especialidades de los litigios transfronterizos civiles y mercantiles en la Unión Europea, prevé que las personas con discapacidad y aquellos que las tengan a su cargo actuando en su nombre e interés, podrán acceder al derecho de justicia gratuita, con independencia de sus recursos económicos. El derecho a la asistencia jurídica gratuita para personas con discapacidad incluye una serie de cuestiones específicas, tales como: a) Contar con la asistencia de un abogado para el detenido con discapacidad. b) Recibir asesoramiento y orientación gratuitos previos al proceso abierto, en el que esté implicada la persona con discapacidad. c) Contar con defensa y representación gratuitas, de abogado y procurador, durante el procedimiento judicial. d) Estar exentos de pago de los depósitos necesarios para la interposición de los recursos. e) Contar con asistencia de un perito de manera gratuita en el proceso. f) Obtener reducción del 80% de los derechos arancelarios correspondientes a la obtención de documentos notariales, cuando sean necesarios para el proceso. La solicitud de este derecho a la asistencia jurídica gratuita deberá hacerse en las sedes de los juzgados y tribunales donde se vaya a producir la actuación judicial. Será requisito imprescindible la acreditación de la condición de persona con discapacidad. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 93 de 109

95 17. PROGRAMA DE APOYO A FAMILIAS POR QUÉ SON NECESARIOS LOS PROGRAMAS DE APOYO A FAMILIAS? Cuando FEAPS definió su misión como la mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual y la de sus familias estaba constatando que la atención a las personas con discapacidad intelectual no podía estar disociada de la atención a su entorno familiar. Para potenciar el trabajo con familias, en el año 1994 se puso en marcha, a nivel estatal, el programa de integración y apoyo familiar, que poco a poco ha ido evolucionando hacia lo que hoy se conoce como Programa de Apoyo y Respiro Familiar, dentro del cual estaría enmarcado el Programa de Apoyo a Familias. La puesta en marcha de este programa supuso una puesta en común del trabajo realizado con las familias en las diferentes comunidades autónomas, implicó así mismo una reflexión sobre qué demandas y necesidades tenían las familias, fomentó la elaboración de líneas de trabajo comunes y, en definitiva, supuso la potenciación de programas y actividades dirigidas a las familias. Concebir a la familia como cliente final del trabajo del movimiento asociativo FEAPS, implica atender sus necesidades como familias y no únicamente en relación a sus hijos/as o hermanos/as con discapacidad intelectual. Evidentemente, el desarrollo de las personas con discapacidad intelectual no puede disociarse de sus familias y de los apoyos que reciben de estas pero las necesidades de las familias no pueden circunscribirse a atender las de sus familiares con discapacidad intelectual, puesto que cada uno de los miembros de la familia tiene necesidades propias, tanto individuales como familiares. Las necesidades de las familias cambian a lo largo del ciclo vital de la misma y, al mismo tiempo, a lo largo de diferentes fases que afrontan los padres y hermanos. En este punto, cabe destacar las necesidades que las familias con algún miembro con discapacidad manifiestan tener y a la que los Programas de Apoyo Familiar de FEAPS tratan de dar respuesta a través de diferentes actividades: 1. Necesidades derivadas del shock inicial Necesidad de información Necesidad de formación Necesidad de orientación. 2. Necesidades derivadas de la sobrecarga física y emocional Necesidad de apoyo terapéutico. QUÉ OBJETIVOS SE PLANTEA EL PROGRAMA DE APOYO A FAMILIAS? 1. Ofrecer a las familias de personas con discapacidad intelectual un servicio de orientación y asesoramiento que de respuesta a sus necesidades como familias. 2. Organizar acciones formativas destinadas a las familias de personas con discapacidad intelectual que les ofrezcan herramientas y recursos para afrontar su realidad familiar y superar momentos de crisis a lo largo del ciclo vital de la familia. 3. Favorecer el acceso a servicios y actividades de ocio personal a cada uno de los miembros de la familia, aumentando su calidad de vida familiar y personal. 4. Promover la implantación de medidas que faciliten la conciliación de la vida personal y familiar. 5. Proporcionar a las familias espacios de encuentro e intercambio con otras familias, con quienes compartir dudas y momentos críticos. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 94 de 109

96 6. Consolidar una red de recursos de apoyo a los profesionales de las diferentes entidades federadas, que trabajen en atención directa a familias. 7. Favorecer la implantación de Servicios de Apoyo a Familias a nivel de federación y en cada una de las entidades federadas. QUÉ ACTIVIDADES DESARROLLA UN PROGRAMA DE APOYO A FAMILIAS PARA LAS FAMILIAS? Dando respuesta a las necesidades planteadas por las familias, el Programa de Apoyo a Familias desarrolla varios tipos de actividades, que se implementan o no en diferentes momentos, en función de las necesidades detectadas y demandadas por las familias a las que se atiende en cada una de las entidades federadas o directamente en FEAPS Aragón: 1. Actividades de información, orientación y asesoramiento. 2. Actividades de apoyo emocional. Grupos de apoyo a padres y madres. Grupos y talleres de apoyo a hermanos. Programa padre a padre. 3. Actividades de dinamización. 4. Actividades de formación. 5. Actividades de apoyo a la conciliación de la vida familiar y laboral Respiro Acompañamientos. Para recibir más información acerca de las actividades de apoyo a familias desarrolladas en cada momento o hacer una demanda respecto a las necesidades de la familia, los interesados pueden ponerse en contacto con la entidad a la que acudan sus hijos, en caso de que acudan a alguna, o directamente con FEAPS Aragón: FEAPS ARAGÓN Asociación Aragonesa de Entidades para Personas con Discapacidad Intelectual - Departamento de Apoyo a Familias - C/ Joaquina Zamora, 4, bajos (50018-Zaragoza) Tlf Fax familias@feapsaragon.com Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 95 de 109

97 18. SERVICIOS SANITARIOS PRINCIPALES RECURSOS SANITARIOS EN ARAGÓN TERUEL HOSPITAL DE ALCAÑIZ C/ Dr. Repollés, 2 (Alcañiz) HOSPITAL GENERAL DE TERUEL OBISPO POLANCO Av. Ruiz Jarabo, s/n. (Teruel) CENTRO DE REHABILITACIÓN PSICOSOCIAL SAN JUAN DE DIOS Av. Zaragoza, 10(Teruel) HOSPITAL SAN JOSÉ Av. Zaragoza, 16 (Teruel) HUESCA HOSPITAL DE BARBASTRO Ctra. Nacional, 240, s/n. (Barbastro) CENTRO SOCIOSANITARIO DE FRAGA C/ Manuel Alabart, 23, 2ª (Fraga) HOSPITAL GENERAL SAN JORGE Av. Martínez de Velasco, 36 (Huesca) HOSPITAL SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS C/ Lucas Mallada, 22 (Huesca) CLÍNICA SANTIAGO C/ Sariñena, 12 (Huesca) CENTRO DE REHABILITACIÓN PSICOSOCIAL SANTO CRISTO DE LOS MILAGROS Ctra. Argüís, Km. 2 5 (Huesca) CONSORCIO HOSPITALARIO DE JACA Calzada de Rapitán, s/n. (Jaca) Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 96 de 109

98 ZARAGOZA HOSPITAL DE CALATAYUD Ctra. De Sagunto-Burgos, Km 254 (Calatayud) CENTRO ASISTENCIAL PSIQUIÁTRICO DE SABADA Ctra. De Sos, s/n. (Sádaba) HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSITARIO LOZANO BLESA C/ San Juan Bosco, 15 (50009-Zaragoza) HOSPITAL MIGUEL SERVET Pª Isabel la Católica, 1-3 (50009-Zaragoza) HOSPITAL ROYO VILLANOVA Av. San Gregorio, 30 (50015-Zaragoza) HOSPITAL GERIÁTRICO SAN JORGE Padre Manjón, 1 (Zaragoza) CENTRO DE REHABILITACIÓN PSICOSOCIAL NTRA. SRA. DEL PILAR C/ Duquesa de Villahermosa, (Zaragoza) CLÍNICA MÉDICO QUIRÚRGICA MONTPELLIER Vía Hispanidad, 37 (Zaragoza) UNIDAD REHABILITADORA DE MEDIA ESTANCIA PROFESOR REY ARDID Camino Castellar, s/n. Juslibol (Zaragoza) HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS Pº de Colón, 14 (Zaragoza) HOSPITAL MAZ Av. De la Academia General Militar, 74 (Zaragoza) CLÍNICA NTRA. SRA. DEL PILAR Pº Ruiseñores, 20 (Zaragoza) CLÍNICA QUIRÓN ZARAGOZA Pº Mariano Renovales, s/n. (Zaragoza) HOSPITAL GENERAL DE LA DEFENSA DE ZARAGOZA Vía Ibérica, 1-15 (Zaragoza) HOSPITAL NTRA. SRA. DE GRACIA Ramón y Cajal, 60 (Zaragoza) Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 97 de 109

99 QUÉ AYUDAS HAY EN ARAGÓN EN EL ÁMBITO SANITARIO? Prestaciones de asistencia sanitaria y farmacéutica El Gobierno de Aragón contempla ayudas para sufragar los gastos derivados de la asistencia sanitaria y farmacéutica para personas con discapacidad, con un reconocimiento de grado de discapacidad igual o superior al 33%. Los requisitos necesarios para optar a estas ayudas son: - Ser español y residente en España. - No ser beneficiario o no tener derecho a prestación o ayuda de análoga naturaleza, y de igual o superior cuantía, otorgada por otro organismo público. - Estar afectado por un grado de discapacidad igual o superior al 33%. - No tener derecho a las prestaciones de asistencia sanitaria, incluida la farmacéutica, del régimen general o regímenes especiales del sistema de la Seguridad Social. La solicitud de estas ayudas debe presentarse en la Direcciones Provinciales del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, junto con una fotocopia del D.N.I. y solicitud y fotocopia compulsada del Libro de Familia. QUÉ OCURRE CON LOS SEGUROS DE SALUD PRIVADOS? Lo ponemos o no conviene? En Aragón, como en el resto de comunidades autónomas españolas, existe una amplia oferta de seguros de salud privados, que constituyen un complemento o una alternativa a la seguridad social pública. Las familias con un hijo con discapacidad intelectual tienen dudas respecto a si ésta puede ser una buena opción para la atención a las necesidades de su familia y si pueden tener algún tipo de inconveniente por tener un miembro con discapacidad intelectual. El modo habitual de funcionamiento en el caso de este tipo de seguros es valorar adecuadamente las necesidades especiales de salud que pueda tener el miembro de la familia con discapacidad intelectual, derivadas o asociadas a su síndrome. Para ello, suelen pedir como requisito previo un informe médico exhaustivo del estado de salud de dicha persona con discapacidad y, en base a ello hacen una valoración de sus patologías y toman la decisión de si se puede incluir o no a esa persona en el seguro de la familia. En los casos de personas con discapacidad intelectual sin patologías crónicas asociadas, no suele haber inconveniente para que se asegure a la familia, incluyendo a todos sus miembros. En algunos casos, en los que dichas patologías asociadas son de carácter severo o crónico, el seguro médico privado puede tomar la decisión de no asegurar a esta persona o, en otros casos, pueden decidir sí asegurar a la persona pero con una cláusula de exclusión de determinadas patologías en el contrato del asegurado. En cualquier caso, la decisión suele tomarse de manera particular, tras el análisis de las características y necesidades de cada caso en particular, por lo que cada familia debe tomar en consideración la opción de manera particular. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 98 de 109

100 19. CENTROS MUNICIPALES DE SERVICIOS SOCIALES QUÉ SON LOS CENTROS MUNICIPALES DE SERVICIOS SOCIALES? Los Centros Municipales de Servicios Sociales son los equipamientos básicos de la Red Municipal de Servicios Sociales Comunitarios. Están concebidos para ser el soporte de las prestaciones básicas con las que atender las necesidades sociales de la población de un espacio territorial delimitado. QUÉ SERVICIOS OFRECEN LOS CENTROS MUNICIPALES DE SERVICIOS SOCIALES? Los Centros Municipales de Servicios Sociales ofrecen diferentes prestaciones, servicios y actuaciones a la población que tienen asignada, por localización geográfica. Entre los más importantes en respuesta a las necesidades de las personas con discapacidad intelectual y sus familias, cabe destacar: a) Servicio de orientación e información Supone un conjunto de actuaciones profesionalizadas cuyo objetivo es dar a conocer a los ciudadanos sus derechos, los recursos existentes, los procedimientos a seguir y las alternativas disponibles ante una necesidad social determinada. b) Ayudas de urgencia Son prestaciones económicas destinadas a resolver situaciones de emergencia que afecten a personas o familias a las que sobrevengan situaciones de necesidad. Se contempla tanto la atención de necesidades relacionadas con la vivienda como la de necesidades primarias. c) Ingreso Aragonés de Inserción Se trata de un programa social que comprende prestaciones económicas destinadas a garantizar los recursos mínimos de subsistencia y actuaciones dirigidas a lograr la plena integración social y laboral de sus beneficiarios. Pese a que se transmite a través de los Centros Municipales, quien lo concede es el Instituto Aragonés de Servicios Sociales. d) Servicio de ayuda a domicilio Consiste en la prestación de una serie de atenciones y/o cuidados de carácter personal, doméstico y social a las individuos o familias en su domicilio cuando se hayan en situaciones en las que no es posible la realización de sus actividades habituales o situaciones de conflicto psicofamiliar para alguno de sus miembros. Las tareas de atención son: atención personal, atención al hogar y tareas de carácter psicosocial. Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 99 de 109

101 e) Servicio de Teleasistencia Domiciliaria Es un servicio que, a través de la línea telefónica y de un equipo de comunicaciones informático, permite a las personas que lo tienen instalado estar en contacto, durante las 24h del día con un centro atendido por personal específicamente preparado para dar respuesta adecuada a la situación problemática presentada por la persona. f) Servicio de Ayuda a Domicilio para personas con cargas familiares Se dirige a unidades familiares, con menores de 12 años o personas dependientes a su cargo, cualquiera que sea su edad que se encuentren en una situación que no puedan cubrir por sus propios medios las necesidades de atención de alguno de sus miembros. g) Apoyo Socioeducativo a la Infancia y Familia Este programa, dirigido a familias con hijos menores de 16 años, tiene la finalidad de ayudar a las familias en el cumplimiento de las funciones que permitan a sus hijos tener desarrollo adecuado y que en la actualidad no pueden realizarlas por factores económicos, sociales o psicológicos. h) Programa de Apoyo Familiar Es un programa voluntario y consiste en que un profesional del Centro Municipal de Servicios Sociales acude al domicilio y junto con la familia se trabaja en temas como organización económica, relación familiar, absentismo escolar, crisis familiares QUÉ CENTROS MUNICIPALES DE SERVICIOS SOCIALES HAY EN ARAGÓN? HUESCA Localidad Servicio social de Dirección Teléfono Fax base Aínsa- Aínsa Avda. Ordesa, s/n Sobrarbe Almudévar Almudévar c/ Mayor, Ayerbe Gállego-Sotón Plza Aragón, Barbastro Somontano de Plza de Navarra, 1, 2º Barbastro Benabarre Ribagorza Oriental C/ Sres. De Entenza, Binéfar Binéfar C/ Galileo, Boltaña Boltaña Plza España, s/n Canal de Canal de Berdún Plza Santa Eulalia, 6 bajos Berdún Castejón de Sos Castejón de Sos Avda. Ral, Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 100 de 109

102 Fraga Fraga Paseo Barrón Segoñé, Grañén Los Monegros C/ Ramon y Cajal, 7, 3º Izda Graus Baja Ribagorza C/ Angel Sanblancat, Hecho Valle de Hecho Plaza Conde Xiquena, Huesca Huesca Plza San Bernardo, s/n Huesca Monflorite Pol. Monzú. C/ Cordeleros, Jaca Jaca Plaza Mayor, Lascuarre Valle de Isábena C/ Placeta, s/n Monzón Cinca Medio Avda.el Pilar, Plan Plan Plaza Mayor, s/n Sabiñánigo Alto Gállego C/ Serrablo, Tamarite de Litera Tamarite de Litera Plaza Mayor, TERUEL Localidad Servicio social de base Dirección Teléfono Fax Albalate del Bajo Martín Plaza de la Iglesia, A. Alcañiz Alcañiz Plaza de España, Alcorisa Los Alcores Plza. Constantino Lorente, Aliaga Aliaga C/ Mayor Baja, Andorra Andorra C/ Aragon, Calamocha Calamocha Avda. Valencia, Calanda Calanda C/. Capuchinos, s/n Cedrillas Cedrillas Plza. Constitución, s/n Cella La Fuente Plza Mayor, La Iglesuela Maestrazgo Plz. de la Iglesia, del C Libros Ribera del Turia Paseo del Turia, Monreal del Municipios del Plaza. Mayor, C. Jiloca Mosqueruela Mosqueruela Plza. Mayor, Muniesa Muniesa Avda. Val de Oliete, Perales de A Altiplano de Teruel Plza. Fray Juan Cebrian, Santa Eulalia Alto Jiloca P. Gral. Primo de Rivera, Sarrión Sarrión Plaza. España, Teruel Teruel Av. Yagüe de Salas, 16, 1º Tramacastilla Albarracín C/ Magdalena, s/n Utrillas Utrillas C/ Escucha, Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 101 de 109

103 Valderrobles Matarraña Av. las Cortes de Aragón, ZARAGOZA Localidad Servicios sociales Dirección Teléfono Fax de base Alagón Bajo Jalón-Ebro Plaza España, Alfajarín Ribera Izda del Ebro Plaza España, Alhama de Alhama de Aragón Avda. Aragón, Aragón Ariza Ariza Plza. del Hortal, Ateca Tres Ríos Plza España, Belchite Belchite Ronda de Zaragoza, s/n Borja Borja C/ Mayor, Calatayud Calatayud San Juan del Real, Cariñena Cariñena Plza España, Caspe Caspe Plza España, Daroca Daroca Plza España, 6, bajos Ejea de los Ejea de los C. Avda. Cosculluela, C. Épila Épila Plza España, Fabara Fabara Plza. España, Fuentes de Fuentes de Ebro Plza. Constitución, Ebro Gallur Ribera Alta Ebro Plza. España, Illueca Aranda Plza. España, 6 bajos La Almunia Jalón-Algairén Plza España, de Dª G. Luna Luna Plza. Mayor, Magallón Portal del Moncayo C/ Santa María, s/n Maluenda Maluenda Plza. Cardenal Casanova, María de Ribera Bajo Huerva Plza José Antonio, Huerva Miedes de Sierra Vicort-Espígar Plza Mayor, Aragón Morata de Morata de Jalón Mayor Baja, Jalón Pina de Ebro Pina de Ebro Plza España, Sabiñán Saviñán C/ Conde Argillo, Sádaba Sádaba Plza Aragón, Sástago Meandros del Ebro Ramón y Cajal, Sos del Rey Altas Cinco Villas Plaza de la Villa, C. Tarazona Tarazona y Moncayo Avda. de la Paz, 31, bajo Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 102 de 109

104 Tauste Tauste Plza España, Utebo Utebo Paseo Berbegal, Villarroya de Río Ribota Plza Mayor, s/n la S. Zaragoza CMSS C. Viejo - S. C/ Las Armas, Pablo Zaragoza CMSS La Magdalena C/ Heroísmo, Zaragoza CMSS Centro Hernán Cortés, Zaragoza CMSS Delicias Terminillo (P. Delicias) Zaragoza CMSS Ensanche Violante de Hungría, Zaragoza CMSS San José P.Mayor,s/n(C.C.TS.Punter) Zaragoza CMSS Las Fuentes C/ Miguel Servet, Zaragoza CMSS La Almozara Avda Puerta Sancho, Zaragoza CMSS Oliver C/ Séneca, Zaragoza CMSS Valdefierro Plaza Inmaculada, s/n Zaragoza CMSS Torrero C/ Monzón, s/n Zaragoza CMSS Actur A. Duce,2(C.C.J. Martí) Zaragoza CMSS Arrabal Plza San Gregorio, s/n Zaragoza CMSS La Jota M.Virto,s/n(C.Convivencia) Zaragoza Rurales Norte Zona 2 C/ Alberto Duce, 2 Dpdo Zaragoza Rurales Norte Zona 1 C/ Alberto Duce, 2 Dpdo Zaragoza Rurales Oeste Zona 1 Avda. de Navarra, Zaragoza Rurales Oeste Zona 2 Avda. de Navarra, Zuera Zuera Plza España, 3, 3ª Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 103 de 109

105 20. OTROS RECURSOS DE INTERÉS RECURSOS AUTONÓMICOS EL JUSTICIA DE ARAGÓN C/ Don Juan de Aragón, 7 (50001-Zaragoza) Tlf. Gratuito: INSTITUTO ARAGONÉS DE LA JUVENTUD Sección Huesca c/ Ricardo del Arco, 6 (22003-Huesca) Tlf Fax Sección Teruel c/ San Vicente de Paúl, 1 (44002-Teruel) Tlf Fax Sección Zaragoza c/ Franco y López, 4 (50005-Zaragoza) Tlf Fax INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER Sección Huesca c/ Ricardo del Arco, 6 (22003-Huesca) Tlf Fax Sección Teruel c/ San Vicente de Paúl, 1 (44002-Teruel) Tlf Fax Sección Zaragoza c/ Camino de las Torres, 73 (50008-Zaragoza) Tlf Fax CENTROS DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA Sección Huesca Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 104 de 109

106 Pza. Inmaculada, 2, 1ºA (22003-Huesca) Tlf Sección Teruel Av. Sanz Gadea, 2 (44002-Teruel) Tlf Sección Zaragoza c/ Mariano Supervía, 27 (50006-Zaragoza) Tlf SERVICIO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Sección Huesca Plaza Cervantes, 1 (22003-Huesca) Tlf Sección Teruel c/ San Vicente de Paúl, 3 (44002-Teruel) Tlf Sección Zaragoza c/ Juan Pablo II, 20 (50009-Zaragoza) Tlf DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Servicio de Atención a la Diversidad e Innovación Av. Gómez Laguna, 25, 10ª planta. (50009-Zaragoza) Tlf ASOCIACIÓN TELEFÓNICA DE ASISTENCIA A MINUSVÁLIDOS (ATAM) C/ Ramón Y Cajal, 24 (50004-Zaragoza) Tlf: FAAPAS-Confederación Aragonesa de Asociaciones de Padres, Afectados y Amigos de los Sordos C/ Ramón J. Sender, 9, posterior (22005-Huesca) Tlf ATPANSOR C/ Yagüe de Salas, 16, 3º (44001-Teruel) Tlf AICA ZARAGOZA C/ Moncayo, 21, 1º (50010-Zaragoza) Tlf ONCE Delegación de Aragón Paseo Echegaray y Caballero, 76 (50003-Zaragoza) Tlf: DFA- Disminuidos Físicos de Aragón Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 105 de 109

107 C/. José Luis Pomarón, 9 (50008-Zaragoza) Tlf ASOCIACIÓN AUTISMO ARAGÓN C/ Adolfo Aznar 15, Esc. 10 1ºB (50018-Zaragoza) Tlf CERMI ARAGÓN Comité de Entidades de Representantes de Minusválidos Pza. Ortilla-Ranillas, bloque 7, local 9 (50018-Zaragoza) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 106 de 109

108 RECURSOS NACIONALES CERMI C/ Ortega y Gasset, 18 (28006-Madrid) Tlf Fax FEAPS Confederación C/ General Perón, 32, 1º Dcha. (28006-Madrid) Tlf FEAPS Andalucía Av. Alcalde Luis Uruñuela, 19, local 10, 1ª (41020-Sevilla) Tlf FEAPS Cantabria C/ Ruiz de Alda, 13 (39009-Santander) Tlf FEAPS Castilla y León C/ Del Prado, 7 (47003-Valladolid) Tlf FEAPS Ciudad de Ceuta Edif. Anexo Colegio Juan Carlos I (51002-Ceuta) Tlf FEAPS Extremadura Av. Juan Carlos I, 41, bloque 5, bajo 8 (06800-Mérida) Tlf FEAPS Baleares Av. Del Cid, Km. 1,1. Son Ferriol (07198-Palma de Mallorca) Tlf ASPANIES- FEAPS Melilla C/ Músico Granados, s/n. (52004-Melilla) Tlf FEVAS C/ Alameda de Urquijo, 28, 2ºA (48010-Bilbao) Tlf FEAPS Canarias Prolongación Juan Manuel Durán, 50, bajo (35010-Las Palmas) Tlf FEAPS Castilla la Mancha C/ Dublín, 1, 1º (45003-Toledo) Tlf APPS C/ Joan Güell, (08028-Barcelona) Tlf FEAPS Comunidad Valenciana C/ Quart, 29-B (46001-Valencia) Tlf FADEMGA-FEAPS Galicia Vía Pasteur, 53, Pol. Do Tambre (15890-Santiago de Compostela) Tlf FEAPS Madrid Av. Ciudad de Barcelona, 108, bajo D (28007-Madrid) Tlf FEAPS Navarra Av. Pío XII, 9, 1º Dcha, oficina 2 (31008-Pamplona) Tlf FEAPS Principado de Asturias C/ Fontcalada, 5, bajo dcha (33002-Oviedo) Tlf Guía de Recursos para Familias de Personas con DI Pág. 107 de 109

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