CONTRATO CONDICIONES GENERALES DEL PROGRAMA PREPAGADO DE PROTECCIÓN ONCOLÓGICA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "CONTRATO CONDICIONES GENERALES DEL PROGRAMA PREPAGADO DE PROTECCIÓN ONCOLÓGICA"

Transcripción

1 CONTRATO CONDICIONES GENERALES DEL PROGRAMA PREPAGADO DE PROTECCIÓN ONCOLÓGICA N CLÁUSULA 1 OBJETIVO DEL PROGRAMA ONCOSALUD S.A.C., en adelante denominado ONCOSALUD ha creado un Programa Prepagado de Protección Oncológica en adelante denominado el PROGRAMA, al cual pueden acceder las personas que cumplan con los requisitos y criterios de elegibilidad determinados por ONCOSALUD mediante el pago de una contraprestación económica, según los términos y condiciones contenidas en el presente contrato, en adelante denominado el CONTRATO. CLÁUSULA 2 ASPECTOS GENERALES ONCOSALUD es una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFA), debidamente registrada en el registro de las RIAFAS-SUNASA con código único y en la Partida Registral del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, con RUC , con domicilio en Av. Guardia Civil N 571, Distrito de San Borja, Provincia y Departamento de Lima, debidamente representada por su Gerente General, el DR. JUAN CARLOS RODRIGUEZ JAILLIER, identificado con C.E. N y de la otra parte el SOLICITANTE, debidamente registrado conforme a lo indicado en los documentos de SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN que forman parte del presente CONTRATO y a quien en adelante se le denominará el CONTRATANTE. A través de la suscripción de la SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN el CONTRATANTE manifiesta su expresa aceptación de contratar el PROGRAMA en favor de las personas que señale en la respectiva solicitud, quienes, una vez admitidos por ONCOSALUD, será(n) denominado(s) como AFILIADO(s). El CONTRATANTE declara haber sido plenamente informado con relación a cada una de las cláusulas del CONTRATO, las cuales entiende y acepta en su integridad. Este CONTRATO se entenderá perfeccionado con ONCOSALUD, según lo dispuesto en la Cláusula 3. El CONTRATANTE se encuentra obligado a declarar todos los antecedentes de salud que puedan determinar o influir en la aceptación o declinación de la SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN por parte de ONCOSALUD. El CONTRATANTE autoriza a ONCOSALUD el acceso a cualquier historia clínica y/o informe médico o documento relacionado a las personas señaladas en la SOLICITUD DE INSCRIPCION, sin reserva o limitación alguna. Por su parte ONCOSALUD se obliga a brindar las prestaciones médicas y preventivas que se detallan en el presente CONTRATO. CLÁUSULA 3 REQUISITOS Y CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD ONCOSALUD y el CONTRATANTE declaran que, en función al contenido de la DECLARACIÓN JURADA DE SALUD a que se refiere el numeral 3.1 siguiente y/o al resultado de la prueba de nicotina y/o de antígeno prostático específico, requisitos señalados a continuación en los acápites 3.1, 3.2 y 3.3 respectivamente, ONCOSALUD podrá aceptar, establecer condiciones particulares, limitar el otorgamiento de las prestaciones o declinar la SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN para alguna o todas las personas señaladas por el CONTRATANTE en la SOLICITUD DE INSCRIPCION. 1

2 Ambas partes acuerdan que la aceptación de la SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN sin formulación 3.1 de limitaciones o condicionamientos particulares por parte de ONCOSALUD no determina la admisión o consentimiento de alguna condición médica preexistente declarada en la DECLARACIÓN JURADA DE SALUD, contenida en la respectiva solicitud, que contravenga las condiciones generales y particulares contempladas en el CONTRATO. La declinación de la SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN supone el reintegro del íntegro de las aportaciones canceladas a ONCOSALUD, declarando el CONTRATANTE que renuncia a cualquier reclamo administrativo y/o judicial sobre el particular. 3.1 DECLARACIÓN JURADA DE SALUD El CONTRATANTE deberá completar y suscribir la DECLARACIÓN JURADA DE SALUD conjuntamente con la SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN. Cualquier reticencia, omisión, inexactitud u ocultamiento de información relativa a la condición de salud, constituye incumplimiento de las obligaciones del CONTRATANTE y en consecuencia ONCOSALUD se reserva la facultad para resolver el CONTRATO, de forma automática de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1430 del Código Civil, renunciando el CONTRATANTE a cualquier reclamo. En caso ONCOSALUD resuelva el CONTRATO, queda facultado para exigir al CONTRATANTE el pago del valor de la totalidad de los servicios prestados, sin que para ello medie orden judicial en razón a que el presente CONTRATO surte mérito ejecutivo y de esta forma lo acuerdan expresamente las partes con la firma del presente documento. Así mismo no habrá lugar a restitución de los aportes abonados por el CONTRATANTE. 3.2 CONDICIÓN DE FUMADOR O NO FUMADOR En caso de haber consignado la CONDICIÓN DE NO FUMADOR en la SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN y solicitar las prestaciones médicas que el CONTRATO establece, el AFILIADO deberá previamente realizarse en forma obligatoria una prueba de nicotina en la locación y fecha que ONCOSALUD determine, como requisito previo para determinar su admisión como PACIENTE. En 3.3 caso EXAMEN el resultado DE ANTÍGENO de la prueba PROSTÁTICO de nicotina resultara ESPECÍFICO positivo, ONCOSALUD podrá rechazar, limitar y/o condicionar el otorgamiento de las prestaciones contenidas en el presente CONTRATO, atribuibles o relacionadas directa o indirectamente a la CONDICION DE FUMADOR no declarada. Además, podrá cobrar por duplicado el valor del aporte diferencial correspondiente a la CONDICION DE FUMADOR con retroactividad al inicio de la vigencia del CONTRATO original y/o resolver el CONTRATO en forma automática de conformidad con el artículo 1430 del Código Civil, sin que resulte necesaria declaración judicial confirmatoria y renunciando el CONTRATANTE a cualquier reclamo sobre el particular. La citada prueba se aplica por una sola vez y los resultados son inapelables. 3.3 EXAMEN DE ANTÍGENO PROSTÁTICO ESPECÍFICO Los varones de 61 años o más, considerados en la SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN, deberán someterse a la prueba de Antígeno Prostático Específico (PSA) dentro de los primeros sesenta (60) días calendario a partir de la fecha de recepción por parte de ONCOSALUD de la SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN. Esta prueba se llevará a cabo en los Centros de Detección y Diagnóstico de ONCOSALUD y/o en los laboratorios que ONCOSALUD designe. En caso el resultado de la citada prueba arroje un marcador de rango elevado, ONCOSALUD podrá 2

3 rechazar, limitar o condicionar el otorgamiento de las prestaciones contenidas en el presente CONTRATO, atribuibles o relacionadas directa o indirectamente a cualquier tipo de patología prostática. El incumplimiento a la realización de la prueba PSA dentro del plazo establecido, determinará la exclusión automática de cualquier prestación médica que pueda inducir o tener relación directa o indirecta con cualquier tipo de patología prostática y/o la resolución del CONTRATO. CLÁUSULA 4 EDAD Y PERMANENCIA DE AFILIACIÓN Los límites de edad de afiliación y permanencia se detallan en el Anexo N 01 de las CONDICIONES PARTICULARES en función a cada PLAN PRESTACIONAL. CLÁUSULA 5 INICIO Y EJECUCIÓN DE LAS PRESTACIONES MÉDICAS El PROGRAMA se activará para el AFILIADO con diagnóstico anátomo patológico positivo para neoplasia maligna, siempre y cuando los síntomas, consultas médicas, exámenes de ayuda diagnóstica o de descarte de la enfermedad o el diagnóstico confirmatorio de la misma no se hayan producido antes o durante el PERIODO DE CARENCIA, de conformidad con lo establecido en la Cláusula Nueve del presente CONTRATO. Caso contrario, ONCOSALUD quedará eximido de cualquier responsabilidad ante la ocurrencia y/u obligación prestacional, resolviéndose el CONTRATO, respecto del referido afiliado, en forma automática de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1430 del Código Civil y sin necesidad de declaración jurada ulterior confirmatoria, renunciando el CONTRATANTE a cualquier reclamo sobre el particular. Las prestaciones médicas materia del presente CONTRATO se activarán, en cuanto el AFILIADO presente a ONCOSALUD la Solicitud de admisión de paciente del programa debidamente llenada y suscrita por el AFILIADO (formato disponible en todas las oficinas de ONCOSALUD) el cuál tiene carácter de declaración jurada; y siempre que cuente con la aprobación por parte de ONCOSALUD; de manera posterior a la realización y obtención del diagnóstico anátomo patológico con resultado positivo para cáncer, presentado por el AFILIADO y obtenido por sus propios medios, siempre y cuando la ocurrencia o manifestación de la enfermedad no se encuentre excluida y/o no contravenga cualquiera de las condiciones generales y/o particulares contempladas en el presente CONTRATO. La omisión del llenado y firma de la solicitud de admisión de paciente nuevo, reticencia u omisión en el suministro de la información determinará la no activación de las prestaciones médicas a favor del afiliado, quedando ONCOSALUD eximido de cualquier responsabilidad de acuerdo a lo estipulado en la CLAUSUALA 3.1. En cualquier caso, para el inicio y/o ejecución de las prestaciones médicas, el AFILIADO no deberá registrar aportes vencidos impagos con ONCOSALUD, debiendo encontrarse el CONTRATO plenamente vigente. ONCOSALUD ejecutará las prestaciones médicas exclusivamente a través de los profesionales que conforman su equipo de alta especialización oncológica y de la RED PRESTACIONAL habilitada en el PLAN PRESTACIONAL elegido. La asignación del profesional médico y centro de salud, será establecida por ONCOSALUD de acuerdo con la disponibilidad del profesional e infraestructura médica, en función al diagnóstico, estadío y etapa del tratamiento del AFILIADO. 3

4 CLÁUSULA 6 PLANES PRESTACIONALES El PROGRAMA está constituido por la oferta de uno o más PLANES PRESTACIONALES según se detalla en los Anexos 01 y 02. No obstante lo dispuesto en el presente CONTRATO su alcance se extiende o limita de manera particular al PLAN PRESTACIONAL elegido por el CONTRATANTE en la SOLICITUD DE INSCRIPCION, prevaleciendo de tal forma las condiciones particulares de los indicados anexos según sea el caso sobre las condiciones generales contempladas en el presente CONTRATO. El CONTRATANTE declara haber tomado debido conocimiento de las particularidades específicas del PLAN PRESTACIONAL elegido, por lo cual renuncia a cualquier reclamación ulterior. CLÁUSULA 7 DESCRIPCIÓN DE LAS PRESTACIONES 7.1 PRESTACIONES PREVENTIVAS: Están referidas al conjunto de actividades y exámenes de despistaje del cáncer en función a la periodicidad y amplitud del PLAN PRESTACIONAL elegido por el CONTRATANTE, según los Anexos 01 y 02. El íntegro de las prestaciones, se realizarán en los Centros de Detección y Diagnóstico de ONCOSALUD y/o en los que expresamente ONCOSALUD designe. Este beneficio es personal y discrecional para el AFILIADO, no siendo transferible ni acumulable para otros periodos no señalados en el PLAN PRESTACIONAL elegido. Tampoco aplica como descuento en exámenes de despistaje de naturaleza diferente al establecido en el PLAN PRESTACIONAL elegido. 7.2 PRESTACIONES MÉDICAS AMBULATORIAS Y HOSPITALARIAS: Comprende el conjunto de tratamientos médicos/farmacológicos, intervenciones, procedimientos clínicos y terapias, requeridas para el tratamiento convencional oncológico que prescriba el médico que integra el equipo de profesionales de ONCOSALUD, valiéndose de su propia infraestructura y/o mediante autorización expresa a través de terceros, siempre y cuando no se encuentren excluidos y se ajusten a los conceptos de pertinencia y demás condicionamientos señalados en el presente CONTRATO en función al PLAN PRESTACIONAL elegido. CLÁUSULA 8 CONDICIÓN DE PERTINENCIA MÉDICA ONCOSALUD ejecutará las prestaciones médicas ambulatorias y hospitalarias contenidas en el PLAN PRESTACIONAL elegido, cuya pertinencia médica se sustente en las siguientes precisiones: Que los procedimientos oncológicos se encuentren recomendados y comprendidos en el consenso de Clinical Practice Guidelines in Oncology de la National Comprehensive Cáncer Network (NCCN), según su diagnóstico oncológico y hasta un nivel de evidencia 2A. Que el tratamiento de quimioterapia y el(los) fármaco(s) oncológico(s) indicado(s), hayan concluido exitosamente la fase III de su ensayo clínico y se encuentren comprendidos en el consenso de Clinical Practice Guidelines in Oncology de la National Comprehensive Cáncer Network (NCCN). Que los procedimientos y tratamientos oncológicos se encuentren estrictamente relacionados al/los diagnóstico(s) oncológico(s) admitido(s) y sea(n) autorizado(s) por ONCOSALUD. 4

5 Que los procedimientos y tratamientos oncológicos se encuentren disponibles y se ejecuten en el país. Otros que la Dirección Médica de ONCOSALUD pudiese determinar. CLÁUSULA 9 EXCLUSIONES Ninguna solicitud o requerimiento prestacional será ejecutado bajo el amparo del presente CONTRATO, en caso se relacione o se encuentre vinculado al siguiente listado de exclusiones, salvo que se comprenda expresamente en el PLAN PRESTACIONAL elegido consignado en los anexos uno y dos: Cualquier condición del estado de la salud con evidencia clínica oncológica diagnosticada por un profesional de salud, consignada en una historia clínica u otro documento o registro con validez legal, no resuelta, declarada o no, en el momento previo a llenar y suscribir la DECLARACIÓN JURADA DE SALUD por el CONTRATANTE. En este supuesto ONCOSALUD podrá resolver el CONTRATO de manera automática, sin declaración judicial ulterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 1430 del Código Civil. Cualquier condición de alteración del estado de salud que induzca a sospecha de la existencia, sintomatología y/o manifestación de alguna enfermedad, posteriormente confirmada con un diagnóstico anátomo patológico positivo de cáncer, incurrida antes del vencimiento de los primeros tres (03) meses de afiliación continua para AFILIADOS menores de 61 años y de cinco (05) meses continuos para AFILIADOS de 61 años o más. En este supuesto ONCOSALUD podrá resolver el CONTRATO de manera automática, sin declaración judicial ulterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 1430 del Código Civil. 9.3 Cualquier solicitud de reintegro de gastos médicos, inclusive honorarios de médicos pactados directamente por el afiliado, así como gastos efectuados en el extranjero. 9.4 Cualquier tipo de requerimiento de asistencia prestacional sobre alguna enfermedad o condición no oncológica que haya sido causada, agravada, complicada o directamente afectada por la enfermedad, tratamiento y/o procedimientos proporcionados con relación a un caso de cáncer, con excepción de las complicaciones agudas detalladas a continuación: Atención por complicaciones Post-quimioterapia hasta por un plazo máximo de cuatro (04) semanas con relación a la fecha de realización de la quimioterapia: Intoxicación Gastrointestinal (mucositis oral, náuseas y vómitos persistentes y diarreas); Intoxicación Hematológica (gastos de hotelería por anemia, trombocitopenia, pancitopenia, neutropenia); Intoxicación cutánea (eritema acral); Infecciones por Bacterias, Hongos y Virus; Trastornos Hidroelectrolíticos; Neuropatía en tratamientos con fármacos de la familia de los platinos, taxanos y/o epotilomas. Atención por complicaciones Post-Radioterapia, hasta por un plazo máximo de ocho (08) semanas con relación a la fecha de realización de la radioterapia: Proctitis actínica, Cistitis actínica, Mucositis oral, Esofagitis, Neumonitis y Eritema. 9.5 Cualquier requerimiento de asistencia prestacional y/o de pagos a terceros, por concepto de gastos de hospitalización no quirúrgica, quirúrgica o gastos post-operatorios de cualquier índole, incurridos sin la autorización previa y escrita por parte de ONCOSALUD, aun cuando resulte un diagnóstico anátomo patológico positivo de cáncer inmediatamente después de la 5

6 intervención quirúrgica. En ese caso, de corresponder el otorgamiento de las prestaciones médicas a cargo del PLAN PRESTACIONAL elegido, se iniciará luego del alta hospitalaria del paciente y en función a lo estipulado en la Cláusula Cinco del presente CONTRATO Cualquier requerimiento o prescripción médica cuyo propósito sea el chequeo, detección y/o diagnóstico oncológico, salvo las expresamente señaladas en la Cláusula Siete del presente CONTRATO. Tratamientos psicológicos, psiquiátricos, curas de reposo, suicidio e intento de suicidio y/o todo daño derivado de la autoeliminación, así como tratamientos estéticos, kinésicos o de cualquier tipo de rehabilitación. Suministro de prótesis de todo tipo, así como también material de osteosíntesis. Reconocimiento de gastos relacionados con la adquisición y transfusión de sangre y sus derivados como albúmina, entre otros; así como las pruebas de tamizaje de donantes Suministro de nutrición parenteral y nutrición enteral (procedimiento, insumos y fórmula) y/o referidos a consultas nutricionales, salvo las expresamente señaladas en el Anexo 01 del presente CONTRATO. Trasplante de médula ósea, radiocirugía y radiofrecuencia, búsqueda y análisis de compatibilidad del donante de médula ósea. Radioterapia 3D y Radioterapia con intensidad modulada (IMRT), salvo las expresamente señaladas en la Cláusula Siete del presente CONTRATO. Tratamientos e indicaciones médicas dadas y ejecutadas al margen de los procedimientos de atención establecidos en el CONTRATO, así como las complicaciones que se puedan derivar de ellas Complicaciones médicas generadas por el incumplimiento de las indicaciones médicas otorgadas por el equipo según el CONTRATO Todo tipo de requerimiento prestacional que no sea ordenado, prescrito o suministrado por el médico designado por ONCOSALUD y/o que su realización no se lleve a cabo a través de la RED PRESTACIONAL que contempla el PLAN PRESTACIONAL elegido Todo tipo de prestaciones médicas, diagnósticas y farmacológicas que no se encuentren disponibles en el territorio nacional Fármacos denominados terapia dirigida o terapia blanco dirigida o molecularmente dirigida, como inhibidores de transducción de señales (entre otros, los inhibidores de la tirosina kinasa y proteosomas), modificadores de la función de proteínas que regulan la expresión de genes y otras funciones celulares, terapias que inducen a la apoptosis y/o angiogénesis, vacunas y terapia genética. Esta exclusión comprende todos los futuros fármacos y/o sucedáneos afines a esta categoría Fármacos definidos como terapia biológica, llamada también inmunoterapia, bioterapia o terapia modificadora de la respuesta biológica. Esta exclusión comprende todos los futuros fármacos y/o sucedáneos afines a esta categoría. 6

7 Procedimientos oncológicos no comprendidos en la guías de práctica clínica de la NCCN Suministro de cualquier tipo de medio de transporte y servicio de ambulancia Fármacos cómo ansiolíticos, psicóticos, antidepresivos, vacunas, vitaminas, suplementos alimenticios, proteínas, productos naturales o productos no medicinales. Tratamientos con fármacos que no hayan concluido exitosamente la fase III de su ensayo clínico o que no se encuentren debidamente aprobadas por la FDA o que no estén comprendidos en el consenso del Clinical Practice Guidelines in Oncology de la National Comprehensive Cáncer Network (NCCN) o cuya comercialización o disponibilidad en el mercado farmacéutico nacional tenga un tiempo menor a cinco (05) años Cuidados de enfermería y/u otros conceptos de asistencia médica domiciliaria no ordenada por el médico designado por ONCOSALUD, y cuyo propósito no sea parte de los cuidados clínicos objeto del presente CONTRATO a juicio de ONCOSALUD Toda enfermedad de origen congénito y/o malformación congénita. Cualquier solicitud de reintegro de gastos médicos que hayan sido realizados directamente por el AFILIADO, durante el periodo de carencia al que se refiere el Anexo 01 del presente CONTRATO, según lo establecido en el Plan Prestacional contratado. CLÁUSULA 10 PAGO DE APORTACIONES El CONTRATANTE se obliga a pagar bajo la modalidad indicada en la SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN, las aportaciones que correspondan al PLAN PRESTACIONAL elegido. Para solicitar cualquier prestación de conformidad con el PLAN PRESTACIONAL, el CONTRATANTE no deberá registrar deuda alguna con ONCOSALUD. Se establecerá como cancelada la aportación a partir de la fecha y hora en que sea puesto a disposición de ONCOSALUD el pago correspondiente al PLAN PRESTACIONAL elegido. Ante el eventual atraso o incumplimiento en el pago de los aportes por más de treinta (30) días calendario, ONCOSALUD procederá a suspender de manera automática todos los derechos mientras no se cumpla con la cancelación de las aportaciones vencidas. En caso el incumplimiento en el pago supere los 90 días el CONTRATO se anulará de forma automática y sin declaración judicial ulterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 1430 del Código Civil. Ante un eventual atraso reiterado, se procederá a suspender nuevamente de manera automática todos los derechos del afiliado. No obstante de extenderse el incumplimiento por un tiempo mayor a (30) días calendarios el CONTRATO se anulará de forma automática y sin declaración judicial ulterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 1430 del Código Civil. ONCOSALUD no reconocerá los gastos médicos en que haya incurrido el AFILIADO durante el periodo de suspensión y mientras se mantengan impagas las aportaciones, quedando liberado ONCOSALUD de cualquier responsabilidad y renunciando el CONTRATANTE a cualquier reclamo sobre el particular. La resolución del CONTRATO por falta de pago no afecta el derecho de ONCOSALUD de cobrar 7

8 los devengados que correspondan por el periodo de vigencia transcurrido hasta la fecha efectiva de resolución. Cualquiera que resulte la modalidad de pago y/o forma de financiamiento elegida, ya sea de abono directo o a través de instituciones financieras o terceros, el CONTRATANTE reconoce su obligación respecto a la cancelación de los aportes que correspondan dentro de los plazos establecidos y se compromete a subsanar, por medios propios, ante ONCOSALUD cualquier deuda generada por esta omisión, así la misma corresponda a la entidad financiera o tercero al que delegó el pago de sus aportes. Las eventuales omisiones operativas, atrasos o incumplimientos en que pueda incurrir la entidad financiera o el tercero, a través del cual el CONTRANTE haga efectivo el pago de sus aportaciones, no eximen al CONTRATANTE de la aplicación de las condiciones de suspensión y resolución contenidas en el presente CONTRATO. En cualquier caso constituirá obligación exclusiva del CONTRATANTE la oportuna comunicación de variación del medio de pago y/o la información relativa al mismo. CLÁUSULA 11 VIGENCIA DEL CONTRATO El CONTRATO tendrá una duración de un año, a partir de la fecha de inicio de su vigencia la cuál figura consignada en el certificado de afiliación y se podrá renovar por periodos similares consecutivos, sin necesidad de suscripción de un nuevo documento contractual, siempre y cuando cualquiera de las partes no notifique lo contrario con una anticipación mínima de treinta (30) días al vencimiento del periodo anual de vigencia. Igualmente se entenderá la voluntad de no renovar el CONTRATO, por cualquiera de las partes, en caso transcurridos los primeros sesenta días calendario del nuevo periodo anual, el CONTRATANTE hubiese omitido el pago de su contraprestación u ONCOSALUD no hubiese emitido los documentos de cobranza que según la modalidad de pago consignada, en la SOLICITUD DE INSCRIPCION, correspondan. El inicio de la vigencia del presente CONTRATO será desde el primer día del mes siguiente a la cobranza efectiva del primer pago correspondiente y presentación de la SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN, en tanto ONCOSALUD determine el cumplimiento de los requisitos y criterios de afiliación establecidos en la Cláusula Tres del presente Contrato. El CONTRATANTE declara conocer y autoriza expresamente a ONCOSALUD para que en cada renovación anual, se proceda con la actualización tarifaria de los aportes según la edad vigente del AFILIADO a la fecha del inicio de la nueva vigencia, de conformidad con el PLAN PRESTACIONAL elegido. CLÁUSULA 12 MODIFICACIONES DEL CONTRATO La aceptación de ONCOSALUD sobre la solicitud de modificación de el CONTRATANTE, respecto a relación afiliados, cambio de plan, variación de la condición de fumador y/o no fumador o la forma de pago por parte de el CONTRATANTE, determinará el reemplazo del CONTRATO vigente, mediante resolución automática, por la suscripción de uno nuevo que lo sustituya para todos los efectos, según lo dispuesto en esta cláusula Sólo al vencimiento de cada vigencia anual, el CONTRATANTE podrá proponer la migración de los afiliados que considere a un nuevo PLAN PRESTACIONAL, sin la aplicación de un nuevo PERIODO DE CARENCIA, siempre y cuando antes de su solicitud de migración, 8

9 cumpla con los siguientes requisitos: a) El afiliado no registre en su historial clínico diagnóstico de cáncer. b) El afiliado no tenga sintomatología, que induzca a sospecha de cáncer. c) El afiliado no esté recibiendo consulta médica por alguna dolencia y que posteriormente concluya con un resultado de diagnóstico de cáncer. Para solicitar la referida migración de plan, EL AFILIADO deberá presentar una nueva SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN y su DECLARACIÓN JURADA DE SALUD respectiva. Sin perjuicio a lo anterior, ONCOSALUD se reserva el derecho a aceptar, condicionar, limitar o rechazar la nueva SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN. En caso de aceptación por parte de ONCOSALUD conforme a lo dispuesto en la Cláusula Cinco del presente CONTRATO, EL PROGRAMA se activará de manera inmediata desde el inicio la vigencia del nuevo CONTRATO. Si ONCOSALUD no acepta la SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN del nuevo Plan Prestacional, dentro de los plazos establecidos, de alguno o todos de los AFILIADOS, éstos podrán permanecer en el CONTRATO originalmente suscrito y vigente al momento de presentación de la solicitud de modificación. El plazo máximo establecido para la presentación de la nueva SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN y pago correspondiente del aporte, es de un mes a partir del inicio de un nuevo período anual de vigencia del CONTRATO. En caso varíe la CONDICIÓN DE NO FUMADOR por la CONDICIÓN DE FUMADOR, según las definiciones señaladas en la Cláusula Dieciséis del presente CONTRATO, el CONTRATANTE deberá remitir por medio electrónico o a través de una carta a ONCOSALUD con una anticipación mínima de dos meses para la modificación respectiva, identificando al AFILIADO que será sujeto de modificación. En este supuesto, ONCOSALUD se reserva la facultad de cobrar el valor del aporte correspondiente a la CONDICIÓN DE FUMADOR con retroactividad al inicio de la vigencia del CONTRATO y/o limitar o condicionar el otorgamiento de las prestaciones médicas del CONTRATO, relacionadas directa o indirectamente a la CONDICIÓN DE FUMADOR. En caso el CONTRATANTE desee modificar la modalidad y/o formas de pago, deberá formular la solicitud a ONCOSALUD, previa cancelación de cualquier deuda pendiente. En cualquier caso, el CONTRATANTE autoriza en forma permanente e irrevocable a ONCOSALUD para efectuar las modificaciones que correspondan sobre el presente CONTRATO tanto sobre aportes y/o condiciones, siempre y cuando estas modificaciones sean notificadas en forma material o electrónica, con una anticipación mínima de treinta (30) días calendario. Vencido dicho plazo sin que exista pronunciamiento escrito por parte del CONTRATANTE, se considerarán aprobadas para cualquier finalidad legal, las modificaciones propuestas por ONCOSALUD, declarando las Partes que las circunstancias descritas en el presente párrafo suponen la manifestación de voluntad positiva otorgada por el CONTRATANTE a su silencio de conformidad con el art. 142º del Código Civil y/o art. 70, literal d del Código de Protección y Defensa al Consumidor - Ley N o las disposiciones que expresamente sustituyan las anteriores. En tal sentido, lo indicado en el presente párrafo, no significa, bajo ninguna interpretación, la configuración de los métodos comerciales abusivos o coercitivos previstos por los arts. 56º y 9

10 siguientes del Código de Protección y Defensa del Consumidor o los que expresamente los sustituyan, renunciando en forma irrevocable y definitiva el CONTRATANTE, a cualquier reclamo sobre el particular. Así mismo y sin perjuicio de lo expresado por el párrafo anterior, la continuidad en el pago de las aportaciones dentro de los plazos establecidos, luego de implementadas las nuevas condiciones comunicadas con antelación, implicarán de pleno derecho la aceptación por parte del CONTRATANTE de las nuevas condiciones sin que resulte exigible la presentación de cualquier cargo de recepción del aviso de modificación de condiciones. En ningún caso aplicarán reintegros de las aportaciones anteriores. Las partes acuerdan que el incumplimiento del pago de las nuevas aportaciones determinará la suspensión y posterior resolución del CONTRATO, según lo previsto en el mismo. CLÁUSULA 13 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Sin perjuicio de las causales de resolución expresadas en las cláusulas anteriores, cualquiera de las partes podrá resolver el CONTRATO sin expresión de causa antes del vencimiento de cada vigencia anual, mediante comunicación escrita que se notificará con una anticipación mínima de un mes a la fecha efectiva de resolución del CONTRATO. La resolución no afecta los derechos devengados a favor de las partes durante la vigencia del término señalado en esta cláusula. Resuelto el CONTRATO, ONCOSALUD no tendrá responsabilidad de ejecutar ningún tipo de prestación del PLAN PRESTACIONAL elegido. ONCOSALUD no podrá resolver el CONTRATO de conformidad con esta cláusula respecto del AFILIADO que ya tuviese la CONDICIÓN DE PACIENTE ADMITIDO, de conformidad con la definición de la cláusula dieciséis del presente CONTRATO, siempre que EL CONTRATANTE y/o AFILIADO mantengan al día el pago de sus aportaciones pactadas previamente y manifiesten su conformidad de renovación del CONTRATO en cada vigencia anual. En la eventualidad que el AFILIADO hubiese adquirido la CONDICIÓN DE PACIENTE ADMITIDO en forma indebida, por reticencia, omisión, inexactitud, ocultamiento de información relativa a la condición de salud posteriormente comprobada, se revocará en forma automática la CONDICIÓN DE PACIENTE ADMITIDO y se resolverá el CONTRATO en forma también automática, sin declaración judicial ulterior, reservándose ONCOSALUD S.A.C. la facultad de cobrar los gastos indebidamente incurridos, así como las demás acciones legales que pudiesen corresponder. CLÁUSULA 14 AVISOS Y COMUNICACIONES Para los fines de cualquier notificación material y/o electrónica, las direcciones de ambas partes serán las consignadas en la respectiva SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN y consignadas como domicilios legales. Las mismas sólo se entenderán modificadas con la expresa comunicación escrita, material o electrónica. CLÁUSULA 15 RECLAMOS Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS La atención de reclamos y solución de controversias se sujetará al siguiente procedimiento: El Área de Atención al Cliente de ONCOSALUD S.A.C. es el órgano encargado de atender los reclamos de los afiliados. Los reclamos deberán presentarse por escrito, conforme a las normas establecidas o formatos definidos por ONCOSALUD y entregados en recepción de los locales de 10

11 ONCOSALUD a nivel nacional. También podrá formularse vía correo electrónico a contactos@oncosalud.pe o telefónicamente al Todo reclamo será identificado con un código de registro, que será proporcionado al afiliado. Los reclamos serán de dos tipos: a) Solución Inmediata: Aquellos que se atenderán en un plazo máximo de 5 días hábiles a partir de la fecha de recepción del reclamo. Se considera reclamos de solución inmediata, aquellos que tengan que ver con la activación de beneficios y tratamiento de pacientes del presente programa. b) Solución Mediata: Aquellos que se atenderán en un plazo aproximado de 30 días calendarios a partir de la fecha de recepción del reclamo. En caso de que dicho plazo resultara insuficiente, ONCOSALUD se lo comunicará oportunamente al AFILIADO, antes del vencimiento del mismo. Se considera reclamos de solución mediata los demás reclamos diferentes a los considerados de solución inmediata. Cualquier controversia que no pudiera ser resuelta en trato directo entre ONCOSALUD y el CONTRATANTE, será sometida en primera instancia a conciliación ante el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Superintendencia Nacional de Salud (SUNASA), conforme a las normas aplicables para tal efecto. Si la controversia se mantuviera sin solución, ésta será sometida a arbitraje a cargo del mismo centro y de conformidad a las normas que regulen el arbitraje por parte de dicha institución, cuyo laudo será definitivo e inapelable. CLÁUSULA 16 DEFINICIÓN DE TÉRMINOS AFILIADO.- Persona que ha suscrito o por quien o quienes se ha suscrito el CONTRATO, mediante el cual se obtiene el derecho a los beneficios del PLAN PRESTACIONAL elegido previa aceptación por parte de ONCOSALUD. APORTE.- Pago periódico establecido en el CONTRATO, el cual debe ser abonado por parte del AFILIADO o el CONTRATANTE a favor de ONCOSALUD por los beneficios que concede el PLAN PRESTACIONAL, elegido en la SOLICITUD DE INSCRIPCION. CONTRATO.- Documento que contiene las condiciones acordadas y que suscribe ONCOSALUD con el CONTRATANTE, para regular los derechos y las obligaciones de las partes con relación a los beneficios ofrecidos en el PLAN PRESTACIONAL elegido por parte del CONTRATANTE. CONTRATANTE.- Persona natural o jurídica que ha suscrito el CONTRATO con ONCOSALUD para su propio beneficio, para beneficio de terceros o de ambos. CONDICIÓN DE FUMADOR.- Corresponden a esta condición todas aquellas personas que han sido fumadoras durante varios años de su vida, aun habiendo dejado de fumar al momento de suscribir la SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN, así como aquellas que esporádicamente, ocasionalmente, periódicamente, frecuentemente o siempre fuman. CONDICIÓN DE NO FUMADOR.- Cualquier persona que no cumpla con la condición de fumador anteriormente descrita. CONDICIÓN DE PACIENTE ADMITIDO.- Se refiere al AFILIADO que resultando portador de un diagnóstico anátomo patológico positivo oncológico, se acoge a los beneficios que contempla el PLAN PRESTACIONAL elegido, previa aceptación por parte de ONCOSALUD en función a las 11

12 condiciones 3.1 dispuestas en el CONTRATO. DECLARACIÓN JURADA DE SALUD.- Es el documento mediante el cual el CONTRATANTE declara bajo juramento el estado de salud de las personas que propone afiliar, el mismo que forma parte integrante del CONTRATO. NOTA TECNICA.- Es el documento que describe la metodología y las bases aplicadas para el cálculo del aporte de los correspondientes planes o programas de salud, y que incluye la justificación de los gastos. PERIODO DE CARENCIA.- Plazo mínimo de permanencia en el PLAN PRESTACIONAL elegido para tener derecho o no, a los beneficios establecidos en este (ver Anexo 01). PLAN PRESTACIONAL.- Es el documento que detalla los beneficios elegidos por el CONTRATANTE en la SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN. PREEXISTENCIA.- Cualquier condición del estado de la salud con evidencia clínica diagnosticada por un profesional de salud, consignada en una historia clínica u otro documento o registro con validez legal no resuelta, declarada o no en el momento previo a llenar y suscribir la DECLARACIÓN JURADA DE SALUD por el CONTRATANTE. PREPAGADO.- Programas o planes ofrecidos por una Entidad Prestadora de Salud cuyas prestaciones médicas se brindan bajo la modalidad de una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en salud (IAFA), cuyo funcionamiento es supervisado por la SUNASA. PROGRAMA.- Es el conjunto de prestaciones médicas y preventivas detallan en el CONTRATO a los que tiene derecho el AFILIADO en función a la extensión que contempla el PLAN PRESTACIONAL elegido. RED PRESTACIONAL.- Relación de Centros Médicos, Clínicas Particulares y demás instituciones que constituyen los puntos de atención que determina cada PLAN PRESTACIONAL para la ejecución de las prestaciones contenidas en el CONTRATO. 12

PROGRAMA DE ATENCION ONCOLOGICA INTEGRAL ONCOCLASICO Y ONCOSENIOR PARA CLIENTES CMR FALABELLA CONDICIONADO GENERAL

PROGRAMA DE ATENCION ONCOLOGICA INTEGRAL ONCOCLASICO Y ONCOSENIOR PARA CLIENTES CMR FALABELLA CONDICIONADO GENERAL PROGRAMA DE ATENCION ONCOLOGICA INTEGRAL ONCOCLASICO Y ONCOSENIOR PARA CLIENTES CMR FALABELLA CONDICIONADO GENERAL 1. OBJETIVO DEL SERVICIO Oncosalud S.A.C. es la encargada de los programas Oncoclásico

Más detalles

RESUMEN INFORMATIVO DE LA PÓLIZA DE SEGURO ONCOLÓGICO

RESUMEN INFORMATIVO DE LA PÓLIZA DE SEGURO ONCOLÓGICO La Positiva Seguros y Reaseguros Francisco Masías N 370, San Isidro, Lima, RUC: 20100210909, Telf.: (0511) 211-0211, www.lapositiva.com.pe RIESGOS CUBIERTOS Indemnización por primer diagnóstico de cáncer

Más detalles

ANEXO 1 PROGRAMA PREPAGADO DE PROTECCIÓN ONCOLÓGICA CONDICIONES PARTICULARES

ANEXO 1 PROGRAMA PREPAGADO DE PROTECCIÓN ONCOLÓGICA CONDICIONES PARTICULARES ANEXO 1 PROGRAMA PREPAGADO DE PROTECCIÓN ONCOLÓGICA CONDICIONES PARTICULARES 1 DESCRIPCIÓN DE LAS PRESTACIONES MÉDICAS Y PREVENTIVAS CORRESPONDIENTE AL PLAN PRESTACIONAL ELEGIDO Descripción de las prestaciones

Más detalles

Convenio de Afiliación al Servicio de Pago de Tributos y/o Conceptos Varios - Sistema de Pago Electrónico SUNAT

Convenio de Afiliación al Servicio de Pago de Tributos y/o Conceptos Varios - Sistema de Pago Electrónico SUNAT Convenio de Afiliación al Servicio de Pago de Tributos y/o Conceptos Varios - Sistema de Pago Electrónico SUNAT Conste por el presente documento el CONVENIO DE AFILIACION AL SERVICIO DE PAGO DE TRIBUTOS

Más detalles

De qué se trata esta cobertura adicional (protección oncológica)?

De qué se trata esta cobertura adicional (protección oncológica)? De qué se trata esta cobertura adicional (protección oncológica)? Esta cobertura opcional entrega una atención especializada en el tratamiento del cáncer para ti y tu grupo familiar, poniendo a tu disposición

Más detalles

DATOS DEL CONTRATANTE / COMERCIALIZADOR (marcar la empresa que corresponde) Nombre o Razón social:

DATOS DEL CONTRATANTE / COMERCIALIZADOR (marcar la empresa que corresponde) Nombre o Razón social: DATOS DEL CONTRATANTE / COMERCIALIZADOR (marcar la empresa que corresponde) Nombre o Razón social: Empresa de Bienes y Servicios para el Hogar S.A.C. Svenza Zona Selva S.A.C. RUC: 20164486720 20493492030

Más detalles

Manual práctico del Seguro Oncológico Nacional

Manual práctico del Seguro Oncológico Nacional Manual práctico del Seguro Oncológico Nacional Cómo activar mi póliza? En caso se te diagnostique cáncer, deberás seguir los siguientes pasos para activar tu póliza: Solicitar a tu médico tratante el resultado

Más detalles

CLÁUSULA ADICIONAL DE PROTECCIÓN ONCOLÓGICA. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD

CLÁUSULA ADICIONAL DE PROTECCIÓN ONCOLÓGICA. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD CLÁUSULA ADICIONAL DE PROTECCIÓN ONCOLÓGICA Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD 2 2016 0118 ARTÍCULO 1: COBERTURA La Compañía Aseguradora cubrirá los gastos que demanden las prestaciones

Más detalles

Salud. Manual Práctico. Seguro Oncológico Nacional Lo que debes saber antes de usar tu seguro de salud.

Salud. Manual Práctico. Seguro Oncológico Nacional Lo que debes saber antes de usar tu seguro de salud. Salud Manual Práctico Seguro Oncológico Nacional Lo que debes saber antes de usar tu seguro de salud. Cuáles son los principales beneficios de tu Seguro Oncológico Nacional? Nada nos motiva más a mejorar

Más detalles

SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD ANEXO Nº 1 TABLA DE CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN DE CAUSAS DE RECLAMOS

SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD ANEXO Nº 1 TABLA DE CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN DE CAUSAS DE RECLAMOS SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD ANEXO Nº 1 TABLA DE CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN DE CAUSAS DE RECLAMOS Código reclamo OPORTUNIDAD Y ACCESIBILIDAD De la Solicitud de Beneficio Cuando

Más detalles

Salud. Manual Práctico. Seguro Oncológico Nacional Lo que debes saber antes de usar tu seguro de salud.

Salud. Manual Práctico. Seguro Oncológico Nacional Lo que debes saber antes de usar tu seguro de salud. Salud Manual Práctico Seguro Oncológico Nacional Lo que debes saber antes de usar tu seguro de salud. Nada nos motiva más a mejorar que tu confianza. El Seguro Oncológico Nacional, es un seguro especializado

Más detalles

a) Que sea la primera vez que se le diagnostica cáncer a él o a alguna de sus cargas anexas, y

a) Que sea la primera vez que se le diagnostica cáncer a él o a alguna de sus cargas anexas, y CLÁUSULA DE SALUD ONCOLÓGICA, ADICIONAL A: SEGURO DE VIDA TEMPORAL CON DEVOLUCIÓN DE PRIMAS Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD320130091 ARTÍCULO 1º: COBERTURA Y MATERIA ASEGURADA Riesgo

Más detalles

Asimismo, será requisito esencial que operen los sistemas de salud al cual pertenece el asegurado titular y los asegurados dependientes.

Asimismo, será requisito esencial que operen los sistemas de salud al cual pertenece el asegurado titular y los asegurados dependientes. CLAUSULA DE PROTECCIÓN ONCOLÓGICA Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD320180066 ARTÍCULO 1: COBERTURAS Y MATERIA ASEGURADA Esta cláusula adicional otorga cobertura a los gastos provenientes

Más detalles

Contrato de Prestación del Servicio de Acceso a Internet a Plazo Determinado

Contrato de Prestación del Servicio de Acceso a Internet a Plazo Determinado Contrato de Prestación del Servicio de Acceso a Internet a Plazo Determinado SECCIÓN 01 - DATOS DE EL CLIENTE Nombre / Razón Social RUC N Dirección: Distrito Provincia: Teléfono Nº 1: Teléfono Nº 2: Fax:

Más detalles

FACILIDAD PERMANENTE DE DEPÓSITO (FPD) Y DEPÓSITO DE LIQUIDEZ (DL), EN MONEDA NACIONAL, PARA LAS EMPRESAS BANCARIAS

FACILIDAD PERMANENTE DE DEPÓSITO (FPD) Y DEPÓSITO DE LIQUIDEZ (DL), EN MONEDA NACIONAL, PARA LAS EMPRESAS BANCARIAS Capítulo 2.2 Hoja N 1 FACILIDAD PERMANENTE DE DEPÓSITO (FPD) Y DEPÓSITO DE LIQUIDEZ (DL), EN MONEDA NACIONAL, PARA LAS EMPRESAS BANCARIAS DISPOSICIONES GENERALES 1. Las empresas bancarias, podrán efectuar

Más detalles

CONTRATO DE AFILIACIÓN AL SERVICIO AFPNET

CONTRATO DE AFILIACIÓN AL SERVICIO AFPNET CONTRATO DE AFILIACIÓN AL SERVICIO AFPNET Conste en virtud del presente documento el Contrato de Afiliación al Servicio AFPnet (en adelante, el Contrato), que suscriben, de una parte, el Banco Interamericano

Más detalles

ADENDA MODIFICACIONES A LAS CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS DE PRESTACIONES DE SALUD PREPAGADO DEL PROGRAMA ONCOLOGICO

ADENDA MODIFICACIONES A LAS CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS DE PRESTACIONES DE SALUD PREPAGADO DEL PROGRAMA ONCOLOGICO ADENDA 02-2017 MODIFICACIONES A LAS CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS DE PRESTACIONES DE SALUD PREPAGADO DEL PROGRAMA ONCOLOGICO El presente documento contiene las modificaciones a las CONDICIONES

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN PARA TARJETAS DE CREDITO EMITIDAS POR EMPRESAS DE RETAIL

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN PARA TARJETAS DE CREDITO EMITIDAS POR EMPRESAS DE RETAIL PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN PARA TARJETAS DE CREDITO EMITIDAS POR EMPRESAS DE RETAIL Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL220130205 ARTÍCULO 1 REGLAS APLICABLES AL CONTRATO

Más detalles

CONVENIO DE ATENCION MÉDICA

CONVENIO DE ATENCION MÉDICA CONVENIO DE ATENCION MÉDICA En Puerto Montt, a de de 2013 entre Clínica Puerto Montt SpA., en adelante LA CLÍNICA, Rut N 76.444.740-9 representado por su Gerente General, Sr. Luis Barrientos García, Rut

Más detalles

Manual práctico del Seguro Oncológico Internacional

Manual práctico del Seguro Oncológico Internacional Manual práctico del Seguro Oncológico Internacional Cómo activar mi póliza? En caso se te diagnostique cáncer, deberás seguir los siguientes pasos para activar tu póliza. Solicitar a tu médico tratante

Más detalles

2. DATOS DEL BROKER O CORREDOR DE SEGUROS

2. DATOS DEL BROKER O CORREDOR DE SEGUROS 2. DATOS DEL BROKER O CORREDOR DE SEGUROS Cod. 116563 / Ago. 2017 / 240 B. x 50 Algunas de las personas por asegurar tienen o han tenido alguna Póliza de Seguro o Plan de Salud EPS? Nombre de la Aseguradora

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DEL PROGRAMA PREPAGADO DE BIENESTAR ONCOLOGICO INTERBANK

CONDICIONES GENERALES DEL PROGRAMA PREPAGADO DE BIENESTAR ONCOLOGICO INTERBANK CONDICIONES GENERALES DEL PROGRAMA PREPAGADO DE BIENESTAR ONCOLOGICO INTERBANK Conste por el presente documento, las CONDICIONES GENERALES del PROGRAMA PREPAGADO DE BIENESTAR ONCOLOGICO INTERBANK, que

Más detalles

Chubb Seguros Perú S.A Calle Amador Merino Reyna 267, Of.402 San Isidro Lima 27 Perú RUC:

Chubb Seguros Perú S.A Calle Amador Merino Reyna 267, Of.402 San Isidro Lima 27 Perú RUC: Chubb Seguros Perú S.A Calle Amador Merino Reyna 267, Of.402 San Isidro Lima 27 Perú O (511) 417-5000 F (511) 221-3313 www.chubb.com/pe Seguro Contra Cáncer Certificado de Seguro N Póliza N Código SBS

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN PAGUE EN CUOTAS LAS UNIVERSIDADES Y CENTROS DE ESTUDIOS CON SU TARJETA DE CREDITO PROMERICA. Condiciones Generales

REGLAMENTO PROMOCIÓN PAGUE EN CUOTAS LAS UNIVERSIDADES Y CENTROS DE ESTUDIOS CON SU TARJETA DE CREDITO PROMERICA. Condiciones Generales REGLAMENTO PROMOCIÓN PAGUE EN CUOTAS LAS UNIVERSIDADES Y CENTROS DE ESTUDIOS CON SU TARJETA DE CREDITO PROMERICA El presente Reglamento Promoción: Pague en cuotas las Universidades y Centros de Estudios

Más detalles

LICITACIÒN DEL SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES E INCENDIO Y TERREMOTO DE CRÉDITOS CON GARANTÌA HIPOTECARIA A FAVOR DE JFK COOPERATIVA FINANCIERA

LICITACIÒN DEL SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES E INCENDIO Y TERREMOTO DE CRÉDITOS CON GARANTÌA HIPOTECARIA A FAVOR DE JFK COOPERATIVA FINANCIERA LICITACIÒN DEL SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES E INCENDIO Y TERREMOTO DE CRÉDITOS CON GARANTÌA HIPOTECARIA A FAVOR DE JFK COOPERATIVA FINANCIERA ANEXO 3 - CONDICIONES TÉCNICAS SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN ADELANTO DE AGUINALDO. Condiciones Generales

REGLAMENTO PROMOCIÓN ADELANTO DE AGUINALDO. Condiciones Generales REGLAMENTO PROMOCIÓN ADELANTO DE AGUINALDO El presente Reglamento Promoción: Adelanto de Aguinaldo es un programa que pertenece en forma exclusiva al BANCO PROMERICA DE COSTA RICA, S.A., en adelante denominado

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN PAGUE EN CUOTAS SUS COMPRAS DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE CON SU TARJETA DE CREDITO PROMERICA. Condiciones Generales

REGLAMENTO PROMOCIÓN PAGUE EN CUOTAS SUS COMPRAS DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE CON SU TARJETA DE CREDITO PROMERICA. Condiciones Generales REGLAMENTO PROMOCIÓN PAGUE EN CUOTAS SUS COMPRAS DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE CON SU TARJETA DE CREDITO PROMERICA El presente Reglamento Promoción: Pague en cuotas sus compras de noviembre y diciembre con

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN: VACACIONES DE MEDIO AÑO Y PAGO EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA

REGLAMENTO PROMOCIÓN: VACACIONES DE MEDIO AÑO Y PAGO EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA REGLAMENTO PROMOCIÓN: VACACIONES DE MEDIO AÑO Y PAGO EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA El presente Reglamento Promoción Vacaciones de medio año y pago en cuotas con su Tarjeta de Crédito Promerica

Más detalles

YO,, de nacionalidad, identificado(a) con N, con domicilio en. nacido(a) el y de estado civil, con teléfono(s) de contacto,

YO,, de nacionalidad, identificado(a) con N, con domicilio en. nacido(a) el y de estado civil, con teléfono(s) de contacto, Página 1-5 YO,, de nacionalidad, identificado(a) con N, con domicilio en, nacido(a) el y de estado civil, con teléfono(s) de contacto, patrocinado por (de ser el caso), identificado(a) con N, en lo referente

Más detalles

REGLAMENTO DE CONDICIONES DE USO DEL SERVICIO DE DOMICILIACIÓN (MIS PAGOS AUTOMÁTICOS) PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y/O PRIVADOS

REGLAMENTO DE CONDICIONES DE USO DEL SERVICIO DE DOMICILIACIÓN (MIS PAGOS AUTOMÁTICOS) PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y/O PRIVADOS REGLAMENTO DE CONDICIONES DE USO DEL SERVICIO DE DOMICILIACIÓN (MIS PAGOS AUTOMÁTICOS) PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y/O PRIVADOS El presente reglamento contiene las características del SERVICIO DE MIS PAGOS

Más detalles

BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN PLAN AMIGO

BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN PLAN AMIGO BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN PLAN AMIGO 1. TÍTULO DE LA PROMOCIÓN [La Promoción ]: PLAN AMIGO 2. OBJETO DE LA PROMOCIÓN Y EMPRESA ORGANIZADORA [El Organizador ]: La presente Promoción es organizada

Más detalles

Contrato de servicio para la utilización de bienes para la atención médica.

Contrato de servicio para la utilización de bienes para la atención médica. Contrato Número Contrato de servicio para la utilización de bienes para la atención médica que celebran por una parte el Proveedor, representado en este acto por el C. y en contraparte el Consumidor C.,

Más detalles

ANEXO II ACUERDO PARA LA PROVISIÓN DE SERVICIOS A LARGO PLAZO A LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL TURISMO (OMT)

ANEXO II ACUERDO PARA LA PROVISIÓN DE SERVICIOS A LARGO PLAZO A LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL TURISMO (OMT) Organización Mundial del Turismo Expresión de Interés Madrid, 27 de Septiembre de 2011 ANEXO II ACUERDO PARA LA PROVISIÓN DE SERVICIOS A LARGO PLAZO A LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL TURISMO (OMT) El presente

Más detalles

Pague sus Compras en Despegar.com, a seis (6) meses cero por ciento (0%) interés con su Tarjeta de Crédito Promerica

Pague sus Compras en Despegar.com, a seis (6) meses cero por ciento (0%) interés con su Tarjeta de Crédito Promerica Pague sus Compras en Despegar.com, a seis (6) meses cero por ciento (0%) interés con su Tarjeta de Crédito Promerica El presente Reglamento Programa Especial Pague sus Compras en Despegar.com a seis (6)

Más detalles

1 2 3 4 5 6 o o 7 8 9 10 11 12 13 14 15 SOLICITUD DE RESTITUCION DE DERECHOS ARANCELARIOS Lima, de de 2012 A LA INTENDENCIA DE ADUANA MARÍTIMA DEL CALLAO:, registrada con RUC Nº, con domicilio fiscal en,

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN: RETIRO DE EFECTIVO Y PAGO EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA. Condiciones Generales

REGLAMENTO PROMOCIÓN: RETIRO DE EFECTIVO Y PAGO EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA. Condiciones Generales REGLAMENTO PROMOCIÓN: RETIRO DE EFECTIVO Y PAGO EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA El presente Reglamento Promoción Retiro de efectivo y pago en cuotas con su Tarjeta de Crédito Promerica es

Más detalles

Caducidad en la Nueva Ley de Contrataciones con el Estado Dr. Juan Huamaní Chávez Lima, 7 de noviembre de 2016

Caducidad en la Nueva Ley de Contrataciones con el Estado Dr. Juan Huamaní Chávez Lima, 7 de noviembre de 2016 Caducidad en la Nueva Ley de Contrataciones con el Estado Dr. Juan Huamaní Chávez Lima, 7 de noviembre de 2016 LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO N 30225 Y SU REGLAMENTO Decreto Supremo N 350-2015-EF Caducidad

Más detalles

Servicio de Pago Automático

Servicio de Pago Automático Conste por el presente documento, el contrato de PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE PAGO AUTOMÁTICO que celebran, de una parte El BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ -Interbank-, que procede debidamente representada

Más detalles

Contrato de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles para suministrar el servicio de atención médica.

Contrato de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles para suministrar el servicio de atención médica. Contrato Número Contrato de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles para suministrar el servicio de atención médica que celebran por una parte el Proveedor, representado en este acto por el C. y en

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN: RETIRO DE EFECTIVO Y PAGO EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA. Condiciones Generales

REGLAMENTO PROMOCIÓN: RETIRO DE EFECTIVO Y PAGO EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA. Condiciones Generales REGLAMENTO PROMOCIÓN: RETIRO DE EFECTIVO Y PAGO EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA El presente Reglamento Promoción Retiro de efectivo y pago en cuotas con su Tarjeta de Crédito Promerica es

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN:

REGLAMENTO PROMOCIÓN: REGLAMENTO PROMOCIÓN: Membresía anual de Impositus a $312 y a 3 o 6 meses sin intereses, y obtenga GRATIS Guía Tributaria al pagar con su Tarjeta de Crédito Visa Colegios de Contadores Privados El presente

Más detalles

CONTRATO Nº REGIÓN CALLAO ADQUISICIÓN DE FOTOCOPIADORAS

CONTRATO Nº REGIÓN CALLAO ADQUISICIÓN DE FOTOCOPIADORAS CONTRATO Nº 066-2004-REGIÓN CALLAO ADQUISICIÓN DE FOTOCOPIADORAS Conste por el presente documento, el Contrato de adquisición de fotocopiadoras, que celebran de una parte el Gobierno Regional del Callao,

Más detalles

Normar el tratamiento del Servicio Especial Portes por Pagar a nivel nacional.

Normar el tratamiento del Servicio Especial Portes por Pagar a nivel nacional. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL SERVICIO ESPECIAL PORTES POR PAGAR SO-NP-011.01 I. OBJETIVO Normar el tratamiento del Servicio Especial Portes por Pagar a nivel nacional. II. ALCANCE El procedimiento alcanza

Más detalles

YO,, de nacionalidad, identificado(a) con N, con domicilio en. nacido(a) el y de estado civil, con teléfono(s) de contacto,

YO,, de nacionalidad, identificado(a) con N, con domicilio en. nacido(a) el y de estado civil, con teléfono(s) de contacto, Página 1-5 YO,, de nacionalidad, identificado(a) con N, con domicilio en, nacido(a) el y de estado civil, con teléfono(s) de contacto, patrocinado por (de ser el caso), identificado(a) con N, en lo referente

Más detalles

Pague sus Compras en Despegar.com, hasta diez (10) meses cero por ciento (0%) de interés con su Tarjeta de Crédito Promerica

Pague sus Compras en Despegar.com, hasta diez (10) meses cero por ciento (0%) de interés con su Tarjeta de Crédito Promerica Pague sus Compras en Despegar.com, hasta diez (10) meses cero por ciento (0%) de interés con su Tarjeta de Crédito Promerica El presente reglamento Pague sus Compras en Despegar.com, hasta diez (10) meses

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN ADELANTE SU AGUINALDO CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA

REGLAMENTO PROMOCIÓN ADELANTE SU AGUINALDO CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA REGLAMENTO PROMOCIÓN ADELANTE SU AGUINALDO CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA El presente Reglamento Promoción: ADELANTE SU AGUINALDO CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA es un programa que pertenece en

Más detalles

ARTICULO Nº 9.-PROCEDIMIENTOS Y OBLIGACIONES EN CASO DE SINIESTRO

ARTICULO Nº 9.-PROCEDIMIENTOS Y OBLIGACIONES EN CASO DE SINIESTRO ARTICULO Nº 9.-PROCEDIMIENTOS Y OBLIGACIONES EN CASO DE SINIESTRO En adición a las cargas y obligaciones señaladas en el artículo 7 de las Cláusulas Generales de Contratación, en caso de Siniestro, el

Más detalles

probablemente improbable?

probablemente improbable? SEGURO RECOMENDADO POR LA UNIVERSIDAD probablemente improbable? 2011-1 porque la Católica quiere verte siempre bien. Piensa en ti. Piensa en los tuyos. Protégete con un SEGURO ONCOLÓGICO probablemente

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN: Reciba beneficios al pagar la anualidad del Colegio de Contadores Privados con su Tarjeta de Crédito Platinum VISA CPI Promerica

REGLAMENTO PROMOCIÓN: Reciba beneficios al pagar la anualidad del Colegio de Contadores Privados con su Tarjeta de Crédito Platinum VISA CPI Promerica REGLAMENTO PROMOCIÓN: Reciba beneficios al pagar la anualidad del Colegio de Contadores Privados con su Tarjeta de Crédito Platinum VISA CPI Promerica El presente Reglamento Promoción: Reciba beneficios

Más detalles

Carga Anual Equivalente correspondiente a la fecha de celebración de este Contrato, calculada en base a monto mínimo de la Línea: %

Carga Anual Equivalente correspondiente a la fecha de celebración de este Contrato, calculada en base a monto mínimo de la Línea: % CONTRATO DE CRÉDITO UNIVERSAL ASOCIADO A TARJETA DE CRÉDITO EL EMISOR, AFILIACION A SISTEMA DE TARJETA DE CREDITO, REGULACION DE USO DE TARJETA DE CREDITO Y SERVICIOS ASOCIADOS. CONDICIONES PARTICULARES

Más detalles

PROYECTO ESPECIAL HUALLAGA CENTRAL Y BAJO MAYO

PROYECTO ESPECIAL HUALLAGA CENTRAL Y BAJO MAYO ANEXO 2 BASES ADMINISTRATIVAS Nº. 002-2011 VENTA POR SUBASTA RESTRINGIDA DE BIENES MUEBLES, APROBADA POR RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº. 1312-2011-GRSM/PGR PROYECTO ESPECIAL HUALLAGA CENTRAL Y BAJO MAYO

Más detalles

BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN PLAN AMIGO

BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN PLAN AMIGO BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN PLAN AMIGO 1. TÍTULO DE LA PROMOCIÓN [La Promoción ]: PLAN AMIGO 2. OBJETO DE LA PROMOCIÓN Y EMPRESA ORGANIZADORA [El Organizador ]: La presente Promoción es organizada

Más detalles

CONTRATO DE SERVICIO DE RECAUDACIÓN

CONTRATO DE SERVICIO DE RECAUDACIÓN CONTRATO DE SERVICIO DE RECAUDACIÓN Conste por el presente documento las Condiciones Generales y Especiales Aplicables a los Contratos de Depósito y Servicios Complementarios, que celebran de una parte

Más detalles

CONTRATO DE COMODATO

CONTRATO DE COMODATO CONTRATO DE COMODATO Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte el Ministerio de Finanzas, debidamente representado por el Ingeniero Diego Castillo Terán, en su calidad de Director

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS BANCOLOMBIA REGLAMENTO DE REINGRESO EXCEPCIONAL DE ASOCIADOS PENSIONADOS CONSIDERANDO:

FONDO DE EMPLEADOS BANCOLOMBIA REGLAMENTO DE REINGRESO EXCEPCIONAL DE ASOCIADOS PENSIONADOS CONSIDERANDO: Versión. 02 Fecha Aprobación: 07-Junio-2018 FONDO DE EMPLEADOS BANCOLOMBIA REGLAMENTO DE REINGRESO EXCEPCIONAL DE ASOCIADOS PENSIONADOS Por la cual se reglamenta el Artículo 17 del Estatuto de FEBANCOLOMBIA.

Más detalles

CONDICIONES ESPECIALES EN EL CONTRATO DE COMERCIALIZACIÓN DE PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL

CONDICIONES ESPECIALES EN EL CONTRATO DE COMERCIALIZACIÓN DE PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL CONDICIONES ESPECIALES EN EL CONTRATO DE COMERCIALIZACIÓN DE PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL Criterio de aplicación general Estas condiciones especiales aplicarán siempre y cuando el USUARIO tenga un consumo

Más detalles

CONTRATO DEPOSITO C.T.S.

CONTRATO DEPOSITO C.T.S. CONTRATO DEPOSITO C.T.S. Conste por el presente documento, el Contrato de Depósito CTS, que celebran de una parte La Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Andes, con RUC 20322445564, inscrita en la Partida

Más detalles

CONTRATO DE PRESTAMO DE DINERO

CONTRATO DE PRESTAMO DE DINERO CONTRATO DE PRESTAMO DE DINERO Conste por el presente documento el Contrato de Préstamo de Dinero que celebran de una parte Prestafe S.A., con Registro Único de Contribuyente N 20601691222, con domicilio

Más detalles

CONDICIONES DE CRÉDITO

CONDICIONES DE CRÉDITO CONDICIONES DE CRÉDITO El Crédito es una operación financiera mediante la cual ACRESA presta dinero a un usuario financiero, quien deberá devolverlo más los intereses en el plazo y forma de pago establecido

Más detalles

CONTRATO DE PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO

CONTRATO DE PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO Autor: Esc. Jorge Machado Giachero CONTRATO DE PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO En la ciudad de Montevideo, el día... de... de... ENTRE: POR UNA PARTE: (ACREEDOR): POR OTRA PARTE: (DEUDOR): CONVIENEN, en celebrar

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN:

REGLAMENTO PROMOCIÓN: REGLAMENTO PROMOCIÓN: Este cierre fiscal Software Microconta TecApro a $350 y a 3 o 6 meses sin intereses, y obtenga 10% de descuento al pagar con su Tarjeta de Crédito Visa Colegios de Contadores Privados

Más detalles

Garantía única de cumplimiento

Garantía única de cumplimiento Seguros Condiciones Generales Garantía única de cumplimiento AXA COLPATRIA SEGUROS S.A. GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO CONDICIONES GENERALES CAPÍTULO I - AMPAROS AXA COLPATRIA SEGUROS S,A. QUE EN ADELANTE

Más detalles

EL PREVISOR PLAN B SEGURO DE ASISTENCIA MÉDICA INTERNACIONAL PREVISOR PLAN B RESUMEN

EL PREVISOR PLAN B SEGURO DE ASISTENCIA MÉDICA INTERNACIONAL PREVISOR PLAN B RESUMEN MAPFRE PERU COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS. RUC: 20202380621 DIRECCIÓN: AV. 28 DE JULIO 873 MIRAFLORES TELÉFONO 213-7373 Página Web: http://www.mapfre.com.pe EL PREVISOR PLAN B SEGURO DE ASISTENCIA MÉDICA

Más detalles

ANEXO G ACUERDO COMPENSATORIO

ANEXO G ACUERDO COMPENSATORIO ANEXO G ACUERDO COMPENSATORIO EL PRESENTE DOCUMENTO CONSTITUYE UN ANEXO INTEGRANTE DEL CONVENIO MARCO DE INTERCONEXIÓN ENTRE LA RED LOCAL FIJA DE [RAZÓN SOCIAL DEL INTEGRANTE DEL AGENTE ECONÓMICO PREPONDERANTE]

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN SEMANA SANTA EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CREDITO PROMERICA. Condiciones Generales

REGLAMENTO PROMOCIÓN SEMANA SANTA EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CREDITO PROMERICA. Condiciones Generales REGLAMENTO PROMOCIÓN SEMANA SANTA EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CREDITO PROMERICA El presente Reglamento Promoción Semana Santa en Cuotas con su Tarjeta de Crédito Promerica es un programa que pertenece

Más detalles

LICITACIÒN SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES E INCENDIO Y TERREMOTO DE CRÉDITOS CON GARANTÌA HIPOTECARIA A FAVOR DE JFK COOPERATIVA FINANCIERA

LICITACIÒN SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES E INCENDIO Y TERREMOTO DE CRÉDITOS CON GARANTÌA HIPOTECARIA A FAVOR DE JFK COOPERATIVA FINANCIERA LICITACIÒN SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES E INCENDIO Y TERREMOTO DE CRÉDITOS CON GARANTÌA HIPOTECARIA A FAVOR DE JFK COOPERATIVA FINANCIERA ANEXO 3 - CONDICIONES TÉCNICAS SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES 1.

Más detalles

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD. Resolución 163/2018 RESOL APN-SSS#MSYDS

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD. Resolución 163/2018 RESOL APN-SSS#MSYDS MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Resolución 163/2018 RESOL-2018-163-APN-SSS#MSYDS Ciudad de Buenos Aires, 24/10/2018 VISTO el EX-2018-52225936-APN-GGE#SSS

Más detalles

DIRECTIVA N OSCE/CD

DIRECTIVA N OSCE/CD DIRECTIVA N 003-2017-OSCE/CD PROCEDIMIENTO PARA LA CERTIFICACIÓN DE PROFESIONALES Y TÉCNICOS QUE LABOREN EN LOS ÓRGANOS ENCARGADOS DE LAS CONTRATACIONES DE LAS ENTIDADES I. FINALIDAD Contar con profesionales

Más detalles

Términos y Condiciones del Servicio de Pago de Nómina en Línea

Términos y Condiciones del Servicio de Pago de Nómina en Línea Términos y Condiciones del Servicio de Pago de Nómina en Línea PRIMERA: De la terminología. A los efectos del presente documento se establecen las siguientes definiciones: EL BANCO: este término identifica

Más detalles

CONVENIO DE PRESTACION DE SERVICIOS

CONVENIO DE PRESTACION DE SERVICIOS CONVENIO DE PRESTACION DE SERVICIOS Conste por el presente documento el CONVENIO DE SERVICIOS PROFESIONALES que celebran, de una parte el COLEGIO REGIONAL DE LICENCIADOS EN ADMINISTRACIÓN - JUNÍN con RUC

Más detalles

Programas Oncológicos

Programas Oncológicos Programas Oncológicos Con la prevención, reduces las posibilidades de desarrollar el Cáncer Porque pensamos en ti, te ofrecemos la mejor opción para que tú y tu familia, estén protegidos contra el cáncer.

Más detalles

ADQUISICION DE BIENES. Asunto: ADQUISICION DE PINTURA DE TRÁFICO

ADQUISICION DE BIENES. Asunto: ADQUISICION DE PINTURA DE TRÁFICO ADQUISICION DE BIENES Asunto: ADQUISICION DE PINTURA DE TRÁFICO El Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL Unidad Zonal X - Lima, adscrito al Ministerio de Transportes

Más detalles

CONTRATO N FONDECYT. Esquema Financiero E Estudios sobre Mujeres Peruanas en la Ciencia

CONTRATO N FONDECYT. Esquema Financiero E Estudios sobre Mujeres Peruanas en la Ciencia CONTRATO N -2017-FONDECYT Esquema Financiero E049-2017-01 Estudios sobre Mujeres Peruanas en la Ciencia Consta en este documento que se emite en dos (02) ejemplares igualmente válidos el contrato suscrito

Más detalles

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN Aprovechá con Claro las llamadas ilimitadas

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN Aprovechá con Claro las llamadas ilimitadas REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN Aprovechá con Claro las llamadas ilimitadas Este reglamento (en adelante, el Reglamento ), tiene por objeto regular las relaciones entre Claro y los participantes de la promoción

Más detalles

ACUERDO DE RESPONSABILIDAD POR EL USO DE MEDIOS O SERVICIOS POR INTERNET

ACUERDO DE RESPONSABILIDAD POR EL USO DE MEDIOS O SERVICIOS POR INTERNET FORMATO ACUERDO USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS ACUERDO DE RESPONSABILIDAD POR EL USO DE MEDIOS O SERVICIOS POR INTERNET El Municipio del Distrito Metropolitano de Quito pone a disposición de los contribuyentes,

Más detalles

CONTRATO MARCO DE CONDICIONES GENERALES QUE RIGEN LA EMISIÓN, PRÓRROGA, RENOVACIÓN Y/O EJECUCIÓN DE CARTAS FIANZAS

CONTRATO MARCO DE CONDICIONES GENERALES QUE RIGEN LA EMISIÓN, PRÓRROGA, RENOVACIÓN Y/O EJECUCIÓN DE CARTAS FIANZAS CONTRATO MARCO DE CONDICIONES GENERALES QUE RIGEN LA EMISIÓN, PRÓRROGA, RENOVACIÓN Y/O EJECUCIÓN DE CARTAS FIANZAS Conste por el presente documento el Contrato de Condiciones Generales que rigen la Emisión,

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA ESPECIAL DE EXTRA FINANCIAMIENTOS BANCO PROMERICA DE COSTA RICA S.A. Condiciones Generales

REGLAMENTO PROGRAMA ESPECIAL DE EXTRA FINANCIAMIENTOS BANCO PROMERICA DE COSTA RICA S.A. Condiciones Generales REGLAMENTO PROGRAMA ESPECIAL DE EXTRA FINANCIAMIENTOS BANCO PROMERICA DE COSTA RICA S.A. El presente Reglamento Programa Especial de Extra financiamientos es un programa que pertenece en forma exclusiva

Más detalles

PROCEDIMIENTO Y REGLAMENTO GENERAL PARA LA CERTIFICACIÓN

PROCEDIMIENTO Y REGLAMENTO GENERAL PARA LA CERTIFICACIÓN Página 1 de 7 PROCEDIMIENTO Y REGLAMENTO GENERAL PARA LA CERTIFICACIÓN 1. OBJETIVO El objetivo del presente procedimiento es describir y hacer referencia a los procedimientos, reglamentos y condiciones

Más detalles

RESOLUCION MINISTERIAL Nº MTC-03

RESOLUCION MINISTERIAL Nº MTC-03 Formalizan aprobación de la Directiva Régimen de gradualidad de sanciones tributarias vinculadas a los Aportes por el Derecho Especial destinado al FITEL RESOLUCION MINISTERIAL Nº 267-2014-MTC-03 Lima,

Más detalles

REGLAMENTO DE COBERTURA DE RIESGO CREDITICIO ADICIONAL. Para los fines del presente Reglamento, se establecen las siguientes definiciones:

REGLAMENTO DE COBERTURA DE RIESGO CREDITICIO ADICIONAL. Para los fines del presente Reglamento, se establecen las siguientes definiciones: REGLAMENTO DE COBERTURA DE RIESGO CREDITICIO ADICIONAL Artículo 1: Definiciones Para los fines del presente Reglamento, se establecen las siguientes definiciones: Crédito MIVIVIENDA Cartera Atrasada: :

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA ESPECIAL Tres (3) meses cero por ciento (0%) interés en La Artística y en Ashley Furniture. Condiciones Generales

REGLAMENTO PROGRAMA ESPECIAL Tres (3) meses cero por ciento (0%) interés en La Artística y en Ashley Furniture. Condiciones Generales REGLAMENTO PROGRAMA ESPECIAL Tres (3) meses cero por ciento (0%) interés en La Artística y en Ashley Furniture El presente Reglamento Programa Especial Pague sus Compras en La Artística y Ashley Furniture

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DE PUBLICIDAD EN LOS PORTALES GESTIONADOS POR LETRAS Y TECLAS, EDICIONES MULTIMEDIA, S. C.

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DE PUBLICIDAD EN LOS PORTALES GESTIONADOS POR LETRAS Y TECLAS, EDICIONES MULTIMEDIA, S. C. CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DE PUBLICIDAD EN LOS PORTALES GESTIONADOS POR LETRAS Y TECLAS, EDICIONES MULTIMEDIA, S. C. Válidas desde el 1 de enero de 2013 1 PRIMERO.- NORMAS GENERALES Las siguientes

Más detalles

Adheridos al Sistema de Arbitraje de Consumo ; RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº INDECOPI/COD

Adheridos al Sistema de Arbitraje de Consumo ; RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº INDECOPI/COD Aprueban Directiva N 006-2014/DIRCOD-INDECOPI denominada Directiva que aprueba el Procedimiento de Adhesión de Proveedores y Creación del Registro de Proveedores Adheridos al Sistema de Arbitraje de Consumo

Más detalles

Instituto Nacional de. Enfermedades Neoplásicas AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO. Anexo N 02

Instituto Nacional de. Enfermedades Neoplásicas AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO. Anexo N 02 Anexo N 02 PROCESO DE CONVOCATORIA Nº 140-2017 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS PARA (08)ENFERMERAS/OS I. GENERALIDADES 1. Objeto de la convocatoria Contratar los servicios

Más detalles

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores ANEXO MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 3, 4, 5, 6 Y 7 DEL CAPÍTULO XVII DEL REGISTRO CENTRALIZADO DE FACTURAS NEGOCIABLES Artículo 3.- Descripción del Servicio La prestación del servicio incluirá lo siguiente:

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VERIFICACIÓN DISTINTIVO H FOLIO:

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VERIFICACIÓN DISTINTIVO H FOLIO: Página 1 de 5. FOLIO: CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VERIFICACIÓN SUJETOS AL CUMPLIMIENTO CON NORMAS MEXICANAS PARA LA OBTENCIÓN DEL, POR UNA PARTE, LA ASOCIACIÓN DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN,

Más detalles

CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES

CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES Anexo de Prevención Dermatológica CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES VIVIR SEGUROS C,A., en adelante denominada La Empresa de Seguros,, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ORGANISMO CERTIFICADOR DENOMINADO BAS INTERNATIONAL CERTIFICATION CO., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ BASICCO,

Más detalles