Centro de Educación Integral Los Paltos PROTOCOLOS
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- Joaquín Ferreyra Márquez
- hace 5 años
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1 PROTOCOLOS 1
2 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A UN ACCIDENTE ESCOLAR Aun cuando se cuenta con un plan de Seguridad Escolar que refuerza la seguridad de los estudiantes, no estamos exentos de que nuestros alumnos sufran accidentes, para ello hemos elaborado un protocolo de actuación frente a estos hechos: En caso de Accidente Escolar el profesor que está a cargo de la clase o taller deberá: 1.- Prestar los primeros auxilios y simultáneamente deberá dar aviso a la dirección a través de la asistente de curso o alumno (a) responsable. 2.- Evaluar gravedad del accidente y ver sí requiere la derivación a un Centro de Salud. 3.- Avisar a la familia telefónicamente. 4.-En caso de ser derivado el estudiante a un Centro de Salud debe ser acompañado por el profesor/a/ a cargo del curso. 5.- Si es un accidente menor antes de trasladar al alumno (a) al Centro de Salud se llenarán los formularios. 6.- Si el accidente requiere de atención inmediata por su gravedad, la directora o quién esté en su remplazo, llamará a la ambulancia y los formularios serán enviados al Centro de Salud con una persona responsable. 7.-Se acompañará al accidentado(a) hasta que la familia se haga cargo y se tenga claridad del diagnóstico. Se entregará el apoyo al estudiante y su familia hasta que esté de alta. 8.-Informar a profesora encargadas de seguridad escolar. 2
3 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE POSIBLE ABUSO SEXUAL A MENORES I- DE LA DEFINICIÓN Nos parece importante señalar con un lenguaje claro cada uno de los abusos o delitos contemplados en la ley. Por ello les presentamos las siguientes definiciones: Violación: Todo acto de penetración por vía genital, anal u oral, que se realiza sin el consentimiento de la víctima, la que puede ser un niño/a menor de 12 años Estupro: Realización del acto sexual aprovechándose de la inexperiencia sexual de la víctima o que se basa en una situación de abuso de autoridad, pudiendo ser víctimas niños/as que tengan entre 12 y 18 años. También existe estupro si dicha acción se realiza aprovechándose de una relación de dependencia que la víctima tiene con el agresor, sea esta de carácter laboral, educacional o de cuidado, o bien si la engaña abusando de la inexperiencia o ignorancia sexual de la víctima. Abuso sexual: El Abuso Sexual Infantil es el contacto o interacción entre un niño/a con un adulto, en el cual el menor es utilizado(a) para satisfacer sexualmente al adulto. Pueden ser actos cometidos con niños/as del mismo o diferente sexo del agresor Tipos de Abuso Sexual Abuso sexual propio: es una acción que tiene un sentido sexual, pero no es una relación sexual y la realiza un hombre o una mujer hacia un niño/a. Generalmente consiste en tocaciones del agresor/a hacia el niño/a o de estos al agresor/a, pero inducidas por él mismo/a. Abuso sexual impropio: es la exposición a niños/as de hechos de connotación sexual, tales como: Exhibición de genitales. Realización del acto sexual. Masturbación. Sexualización verbal. Exposición a pornografía. 3
4 También se castiga una relación carnal homosexual con un menor de 18 años, aun cuando no se cumplan las condiciones que definen la violación o el estupro. Actos sexuales con menores, que involucren introducir objetos por vía bucal, vaginal, anal o que involucren animales. Pagar por servicios sexuales de menores de edad. En general, cualquier acto sexual que afecte los genitales, ano o boca de un menor de edad. Es importante saber que: No notificar un caso de abuso sexual infantil nos hace cómplices de esta situación. La conducta pasiva de los equipos frente a la sospecha de abuso puede significar la pérdida de la vida del niño/a o la mantención de la situación de abuso, la cual puede tener consecuencias nefastas para él/ella. Revelar una situación de abuso no implica denunciar a otra persona, sino informar la situación y trasladar la información del ámbito privado de la familia del niño/a al ámbito público, facilitando así las intervenciones que permiten detener la violencia y reparar el daño causado. II- DE LAS MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN PARA LA PREVENCIÓN Toda la comunidad Educativa debe estar en conocimiento de este protocolo. Asimismo el personal debe formar en valores, auto cuidado, autocontrol y prevención de abuso sexual de acuerdo a las edades y capacidades de los estudiantes. 1. Relacionadas con la selección de personal: Certificado de antecedentes Entrevista personal Verificación de recomendaciones. 2. Relación entre adultos y alumnos al interior del establecimiento. Todo el personal de la escuela debe mantener un lenguaje formal y un trato adecuado frente a los alumnos. 4
5 El personal docente y no docente deberá procurar en todo momento al conversar con un estudiante a solas que esta conversación suceda en espacios abiertos, públicos en oficinas con ventanas o puertas con vidrio. El personal de la escuela no podrá tener alumnos como amigos de Facebook u otras redes sociales. Durante las reuniones de apoderados y actividades recreativas en familia, los padres y/o apoderados que asisten a sus hijos son responsables de su cuidado. 3. Relacionadas con el uso de los baños: Durante el horario de clases los baños permanecerán cerrados, con el fin de cautelar la seguridad de los alumnos. Durante el uso de la ducha los alumnos deberán ser supervisados por el profesor de curso; y sólo deberán ocuparse de acuerdo a su capacidad. Durante las horas de recreo los baños permanecerán abiertos y su uso será supervisado por el personal designado. En caso de ausencia de éste, será reemplazado por alguien que se designe por el profesor de turno. Durante la jornada escolar, quedará estrictamente prohibido el uso de baños de los alumnos /as por parte de cualquier adulto, ya sea personal del establecimiento, apoderado o visita en el periodo de clases. 4. Relacionado con adultos externos a la escuela. El ingreso de adultos que no pertenezcan a la planta del establecimiento, será controlado, debiendo pasar a secretaría para expresar su necesidad o función. 5. Relacionada con los estudiantes. El recreo será supervisado por el profesor de turno, y asistentes de aulas designadas en los diversos sectores del patio de la escuela. Durante la hora de almuerzo el comedor será supervisado por profesoras que acompañan a sus cursos como parte del currículo. 5
6 Durante el período de espera, al inicio de los talleres de la tarde, los alumnos serán supervisados por asistentes en los sectores de cancha patio central, puertas y baños. 6. Relacionados con las salidas. Durante toda la jornada escolar el portón de acceso a la escuela permanecerá cerrado para protección de los alumnos, siendo el auxiliar de servicios el responsable de abrir y cerrar cada vez que se requiera. Una vez finalizadas los talleres los alumnos deberán ser acompañados por el personal a cargo hasta que sean retirados. Los alumnos que no se van en forma independiente deben ser retirados por su apoderado, si éste no puede hacerlo, debe autorizar previamente a quien lo retirará. Al final de la jornada los alumnos deberán ser entregados por la profesora a los transportes escolares o familiares, y en su la ausencia por la asistente al cargo del curso. 7. Relacionado con mudas y cambios de los alumnos Si por una emergencia se requiere cambiar y o limpiar a un(a) alumno(a) este procedimiento debe ser realizado por la asistente acompañada de otra(o) profesional del establecimiento. En el curso de Retos Múltiples las mudas serán realizadas por la asistente en compañía de la profesora del curso. 8. Relacionadas con los apoderados El personal del establecimiento siempre tendrá un trato afable con los apoderados manteniendo en todo momento la formalidad. El ingreso de apoderados al establecimiento estará supeditado a necesidades citaciones o emergencias, debiendo dirigirse a la secretaria para dar a conocer la razón de su presencia con el fin obtener una mejor atención. 9. Relacionadas con la capacitación a la comunidad educativa. Programas de orientación a alumnos 6
7 Conocimiento personal: habilidades de autorregulación, autoconocimiento y autoestima. Habilidades interpersonales. Sexualidad adolescente Programas de orientación a padres Escuela para padres con respecto a educación sexual y auto cuidado. III. DEL PROCEDIMIENTO EN CASO DE ENTERARSE DE UN ABUSO Todo trabajador del establecimiento tiene la obligación de dar aviso de inmediato a la Dirección del establecimiento en caso de enterarse, por sí o por otros, de alguna situación de abuso y/o violación en la que este inmiscuido algún estudiante del establecimiento educacional. Sea que el delito hubiere sido cometido al interior del establecimiento o fuera de él. Esto incluye si el hecho hubiese ocurrido incluso entre menores. La autoridad, una vez apercibida del posible delito, junto a su Equipo Directivo y procederá a: 1. Informar al apoderado/a: se debe citar al apoderado/a y comunicarle sobre la información que se maneja en el colegio. 2. No exponer al niño/a a relatar reiteradamente la situación abusiva. Se debe procurar el cuidado y protección al niño/a que ha sido abusado, por lo que no se lo debe exponer a contar reiteradamente la situación. Si un funcionario ya ha escuchado el testimonio del niño/a, será él el único que maneje esa información, siendo responsable de comunicarla al Director/a de la escuela. Esta estrategia da respuesta a una medida de protección que realiza el establecimiento hacia él/los alumnos involucrados en el hecho. Recuerde que la confidencialidad de la información que se maneja sobre los alumnos se mantiene sólo si esa información no pone en riesgo su vida. Al momento de enterarse de alguna vulneración de derecho o de peligro de vida del menor, usted debe informar a la autoridad correspondiente. 3. Poner los antecedentes a consideración de la Fiscalía o la Policía de Investigaciones para su curso. 7
8 Procedimiento si el Abusador/a es Funcionario/a del establecimiento: 1. Inmediatamente conocida una denuncia de Abuso Sexual Infantil o que se tome conocimiento directo de los hechos por un funcionario/a del establecimiento educacional, este deberá informar inmediatamente al Director/a del colegio, no más allá de 24 horas de conocido el hecho. 2. El Director/a deberá informar inmediatamente al DAEM, para que este separe de sus funciones al presunto implicado. 3. El establecimiento brindara toda la colaboración a la posible víctima, su familia como también en la investigación y los peritajes que la fiscalía determine realizar. Entendiendo que estas situaciones son muy delicadas, y que la investigación requiere una serie de condiciones para determinar la veracidad de los hechos, la escuela velará en todo momento la confidencialidad y discreción para proteger la integridad de los afectados. Procedimiento frente a un Abuso entre Alumnos/as ocurrido en el establecimiento: 1. Inmediatamente conocida una denuncia de Abuso Sexual Infantil o que se tome conocimiento directo de los hechos, el funcionario/a deberá informar inmediatamente al Director/a del colegio, no más allá de 24 horas de conocido el hecho. 2. Se entrevistara a los alumnos/as por separado y simultáneamente, de modo de obtener testimonios de las propias percepciones de los alumnos, sin estar interferidos por opiniones del grupo. Una vez corroborado el hecho, se procede a realizar la denuncia ante las autoridades correspondientes. 3. Paralelamente, se toma testimonio escrito y firmado de puño y letra por cada alumno/a involucrado, ya que estos documentos servirán como antecedentes ante una posible denuncia en tribunales. Es importante destacar que se debe resguardar la identidad de todos los alumnos/as involucrados, ya sean participantes activos, espectadores, etc. 4. Se cita a todos los apoderados/as involucrados para darles a conocer información obtenida desde la escuela. No es el establecimiento el llamado a señalar si hubo o no delito, sino la autoridad competente en estas materias 8
9 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACOSO ESCOLAR O BULLYING I. De la definición Nos parece que señalar con un lenguaje claro cada uno de los abusos o delitos contemplados en la ley. Por ello les presentamos las siguientes definiciones: Acoso Escolar. Artículo 16 B: Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición. Es importante tener en cuenta que un alumno o alumna se convierte en víctima cuando está expuesto, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas que se manifiestan mediante diferentes formas de acoso u hostigamiento cometidas en su ámbito escolar, llevadas a cabo por otro alumno o alumna o varios de ellos, quedando en una situación de inferioridad respecto al agresor o agresores. II. Tipos De Acoso La agresión puede adoptar distintas manifestaciones: Exclusión y marginación social Agresión verbal Agresión física indirecta Agresión física directa Intimidación/amenaza/chantaje. 9
10 III. Procedimiento i. Identificación, comunicación y denuncia de la situación. Cualquier miembro de la comunidad educativa (alumnado, profesorado, familias, personal no docente) que tenga conocimiento o sospechas de una situación de acoso sobre algún alumno o alumna tiene la obligación de ponerlo en conocimiento de un profesor o del Equipo Directivo. En cualquier caso, el receptor o receptora de la información siempre informará al director o directora o, en su ausencia, a un representante del Equipo Directivo. ii. Acciones inmediatas Tras la comunicación indicando que algún alumno o alumna se encuentra en una posible situación que pueda reflejar alguna sospecha o evidencia de acoso o violencia escolar, se reunirá el Equipo de convivencia escolar, para analizar y valorar la intervención necesaria y las medidas a adoptar. iii. Recogida de información de distintas fuentes Antes de tomar cualquier medida, se contrastará la información procedente de varias fuentes: observación directa y vigilancia, profesorado, alumnado, personal auxiliar y administrativo. Para cada situación deberá ser valorada la necesidad de recurrir a diferentes métodos, siempre exigiendo un alto grado de confidencialidad. El Equipo de convivencia escolar recabará la información necesaria relativa al hecho de las diversas fuentes que se relacionan a continuación: 1. Recopilación de la documentación existente sobre los alumnos implicados. 2. Observación sistemática de los indicadores señalados: en espacios comunes del centro, en clase, en actividades complementarias y extraescolares. iv. Información a padres y/o apoderados de alumnado involucrado Es de suma importancia la entrega de información a las familias de los alumnos implicados, siendo informadas en los pasos a seguir en la gestión del conflicto y solicitándoles su implicación para la solución del mismo, es por esto que mediante 10
11 entrevista el Equipo de Convivencia Escolar pondrá el caso en conocimiento a los padres y/o apoderados del alumnado implicado, aportando información sobre la situación, así como también sobre las medidas que se adoptaran de carácter individual con los alumnos o alumnas afectados, así como las medidas de carácter organizativo y preventivo. v. Aplicación De Medidas Disciplinarias Una vez recogida y contrastada toda la información, se procederá por parte del director o directora del centro a la adopción de medidas disciplinarias al alumno o alumna agresor en función de lo establecido en el Manual de convivencia escolar del Cetro de Educación Integral Los Paltos. 11
12 A. Datos de identificación: HOJA DE RECOGIDA DE INFORMACIÓN Alumno/ víctima:... Curso:...edad:... Alumno/a agresor/a 1º:... Curso:...edad:... Alumno/a agresor/a 2º:... Curso:...edad:... Alumno/a agresor/a 3º:... Curso:...edad:... B. Origen de la solicitud: Alumno, Familia Alumno/a, Profesor Jefe, Profesor de Asignatura, Personal Auxiliar, Apoderado de otro niño, Otro alumno del curso, Otro alumno del Establecimiento, Otro: C. Recogida de información: C.1. Tipo de agresión: Verbal Insultos:... Sobrenombres... Amenazas:... Chantajes:... Física Golpes:... Rotura de materiales:... Destrucción de infraestructura y materiales del establecimiento: Vejaciones:... Acoso sexual:... Social Rechazo:... Aislamiento:... Psicológica Humillaciones:... Ridiculizar:... Rumores:... Mensajes telefónicos, correos, pintadas:... C.2. Espacios donde se produce el maltrato: Sala de Clases Pasillos (cambio de clases) Baños 12
13 Vestuarios Entradas y salidas Comedor Transporte escolar Fuera del colegio Recreo Otros: C.3. HECHOS OBSERVADOS: 1.- Conducta observada: Fecha:... Localización:... Observador/a: Conducta observada: Fecha:... Localización:... Observador/a:... 13
14 PROTOCOLO SOBRE MANEJO DE SITUACIONES DE MALTRATO INSTITUCIONAL Y/O NEGLIGENCIA INSTITUCIONAL Modos en que el personal escolar puede tener conocimiento o sospechar de que un menor es, ha sido está en riesgo de ser víctima de maltrato institucional y/o negligencia institucional: 1. Observación de moretones, golpes, magulladuras, raspaduras u otras señales que pueden ser indicativas de conducta maltratante o negligente. 2. Verbalización por parte de estudiante. 3. Confidencias de compañeros, amigos, familiares, conocidos o vecinos. 4. Testigo presencial de incidentes de maltrato institucional o negligencia institucional. 5. Cualquier otra señal que se entienda pueda ser producto de maltrato en cualquiera de sus modalidades. IV. Tipos De Maltrato La agresión puede adoptar distintas manifestaciones: Exclusión y marginación social Agresión verbal Agresión física indirecta Agresión física directa Intimidación/amenaza/chantaje. V. Procedimiento i. Identificación, comunicación y denuncia de la situación. Cualquier miembro de la comunidad educativa que sepa sobre una situación de acoso escolar, deberá: Ponerlo en conocimiento al Equipo directivo del colegio, ya sea por escrito o de forma verbal al Equipo de Convivencia Escolar y/o Equipo Directivo. Si decide hacerlo por escrito dispondrá de una pauta guía con los elementos mínimos a considerar. 14
15 ii. Acciones inmediatas En las situaciones que se requiera atención médica, se llevará inmediatamente al estudiante a evaluación médica. El Equipo directivo: Recibirá copia del referido sobre la situación de maltrato y/o negligencia institucional, es por esto que se deberá mantener un archivo de los referidos, protegiendo su confidencialidad. El equipo directivo ante el recibo de un referido, solicitará una investigación administrativa y documentará el incidente o situación que suscita el referido. Se constatará que se lleven a cabo las acciones necesarias para proteger al estudiante, considerando diversas alternativas para garantizar su seguridad El equipo directivo: Completará la recopilación de información no más tarde de tres días laborables, a partir de la fecha en que recibió notificación del referido. Se preparará un informe escrito sobre los hechos, acciones tomadas para proteger el estudiante y acciones correctivas iniciadas. Se enviará un informe y la evidencia recopilada al Departamento de Educación Municipal. Cabe señalar que el personal que de buena fe suministre información sobre situaciones de maltrato o negligencia institucional no podrá ser objeto de ninguna acción civil o criminal a consecuencia de dicho acto. 15
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