El presente pliego contiene las condiciones para el segundo proceso de licitación que se adelanta para la adquisición de dichos seguros.

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1 PLIEGO CONDICIONES PARA EL PROCESO CONTRATACIÓN LOS SEGUROS VIDA GRUPO UDORES CRÉDITO HIPOTECARIO E INCENDIO Y TERREMOTO LOS INMUEBLES HIPOTECADOS A FAVOR COOFINEP COOPERATIVA FINANCIERA. PRESENTACIÓN Este documento contiene las condiciones que deben cumplir los proponentes y bajo los cuales se valoraran las propuestas que reciba la Cooperativa para la contratación por cuenta de sus deudores, de los seguros de vida grupo deudores crédito hipotecario e incendio y terremoto de los inmuebles hipotecados a favor de Coofinep Cooperativa Financiera. Este proceso tiene como finalidad garantizar las mejores condiciones de adquisición de dichos seguros a los asociados y clientes de la entidad, conforme a las reglas de los decretos 673 de 2014 y 1745 de 2014, en concordancia con los artículos 100 y s.s. del EOSF y la circular externa 022 de 2014 de la Superintendencia Financiera de Colombia. El proceso se realizará en condiciones de transparencia y su finalidad es la selección objetiva del proveedor de seguros en los ramos indicados para el periodo El presente pliego contiene las condiciones para el segundo proceso de licitación que se adelanta para la adquisición de dichos seguros. 1. PARTE GENERAL Este pliego de condiciones es común para la contratación de las pólizas señaladas en la presentación. Solo se entenderá que dichas condiciones difieren cuando expresamente así se indique en el pliego. Las licitaciones se identificaran así: Licitación Contratación Seguro vida en grupo para deudores con crédito hipotecario (segunda licitación) Licitación Contratación Seguro de incendio y terremoto para inmuebles que soporten garantía hipotecaria a favor de Coofinep (segunda licitación) Las entidades aseguradoras que se encuentren autorizadas para operar en los ramos correspondientes podrán presentar propuestas para una o ambas licitaciones en forma separada. En caso de presentar propuesta para ambas, deberá hacerse en forma separada y cumplirse los requisitos y adjuntarse la documentación requerida en forma separada para cada propuesta. No se admitirán propuestas en modalidad de coaseguro, ni intervendrán el proceso corredores de seguros Normas aplicables Página 1 de 15

2 El presente pliego contiene las condiciones aplicables al proceso de licitación. Ningún otro documento, aún cuando refiera al mismo, se entenderá que tiene potestad normativa sobre el proceso. Este pliego contiene será interpretado y aplicado de acuerdo a las siguientes disposiciones en caso de duda o vacios: Código de comercio artículos 845 a 863 y 1036 a 1161 E.O.S.F. Arts. 100, 101, 120, 183, 184 y 185. Decreto 673 de 2014 Decreto 1745 de 2014 Circular externa 022 de 2014 de la SFC 1.2. Compromisos contractuales de Coofinep y ofertantes Coofinep asume los siguientes compromisos en el proceso licitatorio: La transparencia y objetividad del proceso, a través de mecanismos verificables ajustados a la ley, Que la información suministrada para presentar la propuesta es veraz y actualizada y refleja la realizad de la cartera, deudores, inmuebles a asegurar y siniestralidad. Que es su intención contratar las pólizas licitadas con el postulante que presente la mejor propuesta objetiva de acuerdo a los criterios de evaluación que se indican en este documento. A su vez los ofertantes garantizaran, mediante escrito en el cual manifiesten su interés en presentar propuestas los siguientes compromisos: Que los términos y condiciones de la propuesta constituyen una oferta de contrato de seguro en firme, que compromete la responsabilidad precontractual de la aseguradora y la obliga a celebrar el contrato propuesto. Que al presentar dicha propuesta se aceptan todas y cada una de las condiciones Juridicas y técnicas establecidas por Coofinep en el pliego de condiciones. Que en caso de cualquier discrepancia contractual, juridica o interpretativa sobre las condiciones de la póliza, prevalecerán las condiciones establecidas en el pliego de condiciones de la convocatoria sobre aquellas que puedan constar en la póliza, condiciones generales o sus anexos. Que la propuesta u oferta no podrá ser retirada una vez presentada y mantendrá una vigencia de 150 días comunes, contados desde la fecha máxima de presentación definida por Coofinep. Que se mantendrá absoluta reserva sobre la información propia de Coofinep y sus asociados y clientes, que conozca con motivo del presente proceso, antes, durante y después de culminado el proceso licitatorio, para lo cual suscribirá un convenio de confidencialidad. Que en la elaboración y presentación de la propuesta no se ha incurrido en prácticas que restrinjan la libre competencia Formas de intercambio de información Todas las actuaciones relacionadas con el proceso licitatorio se realizarán por escrito. Se entiende por escrito la comunicación enviada a través de correspondencia impresa en papel. Esto comprende las siguientes actuaciones que deben dirigirse a la Calle 49 Nro piso 30 Edificio del Café Instalaciones de la Gerencia de Coofinep. Municipio de Medellín: La información de apertura e invitación a participar en el proceso que formule Coofinep La manifestación de interés en participar en la licitación y la presentación de los requisitos básicos y adicionales para participar en el proceso. La propuesta u oferta de contrato de seguro Página 2 de 15

3 La manifestación de escogencia que se realice en el proceso de adjudicación Se realizarán al correo electrónico las siguientes: El envío del pliego de condiciones y la información para presentar la propuesta. La formulación de preguntas o aclaraciones sobre el pliego de condiciones La respuesta que se de a las preguntas o aclaraciones de los participantes Las demás no expresamente previstas No se reconocerá validez a ninguna comunicación, información o actuación que no revista las formas aquí previstas. Además se publicará en la página web de Coofinep la información relacionada con el proceso licitatorio que ordena la circular 022 de 2014 de la Superintendencia Financiera de Colombia. Para atender el proceso de licitación la Cooperativa designa a la señora OLGA PATRICIA HENAO BENITEZ Administradora de Productos Especiales Personas habilitadas para actuar en el proceso licitatorio Los oferentes actuarán por medio de sus representantes legales, quienes en forma obligatoria deberán suscribir todos los documentos que se entreguen a Coofinep en relación con el proceso de licitación. Esto incluye pero no se limita a los documentos señalados en el numeral anterior. Además las aseguradoras participantes en el proceso, al momento de manifestar interés en participar en el proceso, designarán e informaran a Coofinep: Un funcionario del nivel directivo, responsable y debidamente facultado para el manejo del proceso. Una dirección de correo electrónico institucional, única habilitada para enviar y recibir las comunicaciones que surjan en el desarrollo del proceso de acuerdo al numeral anterior. Un teléfono fijo y un teléfono celular de contacto. Una dirección de correo físico. En caso de no proporcionarse esta información se entenderán incumplidos los términos para participar en el proceso, pudiendo a su arbitrio Coofinep realizar las comunicaciones conforme a la información registrada ante la Superintendencia Financiera de Colombia para cada aseguradora. 2. PROCESO LICITACION 2.1. Etapas y pasos del proceso de licitación Cronograma El proceso se compone de las siguientes etapas (cronograma): FECHA DIAS ETAPAS L PROCESO 18/08/2015 REMISIÓN INVITACIONES PARA PARTICIPAR EN LA LICITACION 11/09/ MANIFESTACION INTERES EN PARTICIPAR - PRESENTACION REQUISITOS ADMISIBILIDAD Página 3 de 15

4 14/09/ /09/ /09/ /09/ ENTREGA/ENVIO PLIEGO CONDICIONES VERIFICACIÓN CUMPLMIENTO REQUISITOS ADMISIBILIDAD FORMULACION PREGUNTAS SOBRE EL PLIEGO RESPUESTAS SOBRE EL PLIEGO Y ANDA 21/09/ /09/ /09/ /10/ /10/ ENTREGA/ENVIO INFORMACION PARA PRESENTAR LA PROPUESTA NOTIFICACIÓN NO CUMPLIMIENTO REQUISITOS 8 PRESENTACIÓN LA PROPUESTA AUDIENCIA PUBLICA ADJUDICACION EXPEDICION POLIZAS NOTIFICACION A UDORES Y PUBLICACION WEB El vencimiento de cada plazo implica que con posterioridad no podrán ejecutarse actuaciones omitidas. Toda actuación extemporánea se considerará no realizada. Se entiende que todos los plazos vencen a las 05 PM del día indicado en el cronograma, excepto la audiencia de adjudicación que se realizará en hora fija Requisitos de admisibilidad Las compañías aseguradoras que deseen participar en el proceso de licitación, deberán entregar en Coofinep, dentro del plazo definido en este pliego, una comunicación donde manifiesten su interés en participar, especificando la licitación en la cual desean participar. Dicha comunicación deberá estar firmada por un representante legal con capacidad para obligar a la Compañía de seguros. Podrán participar en el proceso las compañías de seguros autorizadas para operar en Colombia, que cuenten con un certificado de autorización vigente de la Superintendencia Financiera de Colombia que acrediten los siguientes requisitos, anexando los soportes correspondientes a la carta de manifestación de interés que dispone el párrafo anterior: Requisitos básicos a) Autorización de la Superintendencia Financiera de Colombia para operar en el ramo de seguros en el cual se presenta la propuesta. Se acredita con certificado de existencia emitido por la Superintendencia Financiera de Colombia y certificado de existencia y representación legal expido por la cámara de comercio. (Anexos A1 y A2) b) Acreditar una calificación de fortaleza financiera igual o superior a A otorgada por una entidad calificadora de riesgo autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia. Se deberá acreditar con certificación de calificación de fortaleza financiera emitida por una firma calificadora autorizada para operar en Colombia con una vigencia no mayor a un año (Anexo A3) Página 4 de 15

5 c) Presentar firmado por un representante legal el convenio de confidencialidad disponible en vínculo licitaciones. (anexo A4) Requisitos adicionales a) Capacidad financiera y patrimonial. El proponente deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes indicadores financieros, adjuntando para el efecto estados financieros certificados (Balance General y estado de P y G) con corte a 31 de diciembre de 2013 y a 31 de diciembre de Contar con un nivel de endeudamiento máximo del 80% (incluyendo las Reservas Técnicas) al cierre de diciembre de 2013 y de diciembre de Utilidad Neta Positiva al cierre de diciembre de Patrimonio técnico superior, mínimo 1.1 veces al cierre de diciembre de 2013 y de diciembre de Esta relación se obtiene al dividir patrimonio técnico sobre patrimonio adecuado. Se acreditará con certificación emitida por el revisor fiscal y el representante legal, respecto al cumplimiento de los indicadores financieros señalados (acompañados de estados financieros certificados). Para el cálculo solo podrán usarse las cifras remitidas y publicadas por la Superintendencia Financiera de Colombia. (Anexo A5). Las cifras usadas para el cálculo de los indicadores deberán explicitarse en la certificación. b) Experiencia y manejo de productos. El proponente deberá acreditar: Experiencia mínima de cinco años con por lo menos tres clientes, en la expedición y manejo de pólizas para asegurar los riesgos propuestos, emitidas bajo la modalidad de póliza colectiva o equiparable a entidades dedicadas a la actividad de crédito y para grupos asegurados iguales o superiores a 1000 deudores para el amparo vida grupo deudores hipotecarios y 200 inmuebles para el amparo incendio y terremoto. La experiencia de cinco años es general para el manejo de pólizas en los ramos objeto de licitación y debe acreditarse en dicho término relación contractual con por lo menos tres clientes en las condiciones especificadas en la carta de invitación. Capacidad de expedir pólizas, atender reclamaciones y siniestros a nivel nacional (A nivel capitales y ciudades intermedias) y Antioquia (a nivel departamento) aún por medios virtuales. Red médica y/o de laboratorios clínicos (o mecanismos equivalentes) disponibles para atender los requerimientos de asegurabilidad según las condiciones de la licitación definidas para la póliza vida grupo deudores hipotecarios. (No aplica para incendio y terremoto). Cobertura de oficinas para atender el departamento de Antioquia y la ciudad de Bogotá como mínimo. Un área responsable, manuales, procedimientos y estándares de atención al consumidor financiero Un sistema de prevención y un responsable de cumplimiento para la prevención del riesgo de lavado de activos. Estos requisitos se acreditarán con certificación suscrita por el representante legal y revisor fiscal del proponente, donde consten los aspectos señalados en este ordinal (anexo A6) c) De Reaseguro. El proponente deberá acreditar que cuenta con contrato(s) de reaseguro vigente(s) que respalde(n) las operaciones y coberturas que se propone otorgar; suscrito (s) con uno o varios reaseguradores inscritos en el Registro de Reaseguradores y Corredores de Reaseguros del exterior (REACOEX). Página 5 de 15

6 Se acreditará con certificación emitida por la firma o firmas reaseguradoras, en las cuales se indique vigencia y antigüedad de los contratos de reaseguro y su cobertura específica para los riesgos, contratos o pólizas que se lleguen a asumir, celebrar o expedir con motivo de esta licitación. (Anexo A7). Coofinep notificará vía correo electrónico a las aseguradoras proponentes que no cumplan los requisitos básicos y adicionales, a más tardar en la fecha fijada para el envío de información para presentar la propuesta. PARAGRAFO: Las compañías aseguradoras que dentro de los procesos de licitación 001 y/o 002 de 2015 hayan acreditado ya los requisitos exigidos en los numerales y de este pliego, no deberán volver a acreditarlos o adjuntar la documentación solicitada. Bastará con presentar la carta de manifestación de interés a que hace referencia el primer inciso del numeral Criterios para la evaluación de las propuestas Solo se considerarán y evaluarán las propuestas que cumplan con los requisitos de esta convocatoria, tanto en forma y documentación, como en cumplimiento de las condiciones técnicas, Juridicas y contractuales establecidas. No se admitirán contrapropuestas, las cuales serán tratadas como dispone la ley como una nueva oferta. Toda oferta o propuesta presentada debe contener una aceptación pura y simple de las condiciones del pliego, excepto en lo referente al elemento precio de la prima o tarifa y en aquellas estipulaciones que a juicio de Coofienp constituyan una mejora de las condiciones mínimas de los seguros licitados. La adjudicación se realizará en audiencia pública en la fecha y hora descritas en este pliego. El criterio de evaluación para adjudicar será el menor precio de la prima (incluyendo impuestos y el costo del recaudo), solo para aquellas propuestas que hayan cumplido con todos los requisitos de admisibilidad y los requisitos jurídicos y financieros establecidos en este pliego de condiciones Procedimiento para presentación y recepción de propuestas: Las propuestas se presentarán en sobre cerrado y sellado. Estas serán recibidas, selladas y firmadas con indicación de la fecha y hora de recepción. En el sobre se indicará nombre y NIT del oferente y número y nombre de la licitación en la que participa, según lo establecido en este documento Numeral 1 parte general. Las propuestas y toda la documentación que deba entregarse por escrito físico se entregará en la siguiente dirección: Calle 49 Nro piso 30 Edificio del Café Instalaciones de la Gerencia de Coofinep. La propuesta debe contener: Carta de presentación de la propuesta que incluirá: La transcripción y manifestación de aceptación de cada una de los compromisos indicados en el numeral 1.2 de este pliego. Una descripción general del seguro propuesto La indicación de la tarifa propuesta, la cual deberá ser igual o inferior a la tarifa objetivo fijada en la licitación, expresada en los mismos términos incluidos en la propuesta y con máximo dos decimales. La firma del representante legal de la Aseguradora proponente. Página 6 de 15

7 Texto de la póliza que contiene las condiciones del seguro ofertado o su slip, el cual deberá reflejar las condiciones finales de la póliza. (anexo) Texto de las condiciones generales de la póliza (anexo). Cada hoja de la propuesta debe ser foliada en forma consecutiva, firmada y/o sellada, en forma tal que no se puedan intercalar hojas Procedimiento para adjudicación La adjudicación se hará en audiencia pública, de acuerdo a los siguientes criterios: Sera realizada por un comité de licitación conformado por el Gerente General de Coofinep o su delegado, el director del Departamento jurídico y la Administradora de productos especiales. El defensor del Consumidor Financiero y la directora interna de auditoría asistirán como observadores y garantes de la transparencia del proceso. Podrá asistir un representante de cada oferente. Cuando se presenten dos propuestas por el mismo oferente el representante deberá ser único. Se llevará a cabo en el auditorio de Coofinep ubicado en el Calle 49 Nro piso 30 Edificio del Café Auditorio de Coofinep., en la fecha indicada en el cronograma a las 03 PM. Llegada la hora y fecha de la adjudicación se procederá a revisar cada sobre cerrado de acuerdo a su fecha de presentación, excluyéndose las propuestas extemporáneas. Las propuestas habilitadas procederán a abrirse, una a una, en orden de presentación. En cada propuesta se verificará y registrará: La capacidad de la persona que la suscribe La tarifa ofrecida Los requisitos exigidos para presentar la propuesta. Acto seguido procederán a compararse las propuestas adjudicándose la licitación a la propuesta con menor precio. En caso de empate se elegirá la propuesta presentada primero (día y hora). Si subsiste el empate se elegirá aleatoriamente mediante un sorteo por el sistema de balotas, asignado una balota a cada proponente y realizando su elección aleatoria en caja o bolsa cerrada por el Defensor del Consumidor Financiero. La balota elegida será la ganadora. Se elaborará un acta de la audiencia por el Defensor del Consumidor financiero, la cual será firmada el Representante de la Cooperativa y el Defensor del Consumidor Financiero. En caso de no presentarse ninguna propuesta válida la licitación se declarará desierta. Por tratarse del segundo proceso licitatorio, será posible la adjudicación con un solo participante, siempre que cumpla todos los requisitos exigidos. 3. CONDICIONES JURIDICAS Y TECNICAS LOS SEGUROS A CONTRATAR Bajo este apartado se describen las condiciones jurídicas y técnicas de los seguros a Contratar. Coofinep solo aceptará propuestas que cumplan como mínimo las condiciones aquí establecidas. La presentación de la propuesta implica aceptación de las condiciones aquí establecidas Seguro de vida deudores crédito hipotecario Página 7 de 15

8 VIDA GRUPO UDORES HIPOTECARIOS TOMADOR Coofinep Cooperativa Financiera NIT ASEGURADO(S) Todos los deudores de créditos cubiertos con garantía hipotecaria de Coofinep. A elección de Coofinep se podrán asegurar también los codeudores, avalistas, fiadores o cotitulares de los créditos con garantía hipotecaria generándose el pago de la prima correspondiente. PARTES CONTRATO BENEFICIARIO PRINCIPAL ONEROSO BENEFICIARIO(S) CONTINGENTE(S) ASEGURADOR Coofinep Cooperativa Financiera NIT Para todos los casos Coofinep será primer beneficiario a titulo oneroso hasta la concurrencia de las obligaciones del tomador con la Cooperativa a la fecha de siniestro. El (los) asegurado(s) para el amparo de ITP o los de ley para el amparo vida. Se entiende por Beneficiario contingente aquel que tiene derecho al pago de la indemnización cuando el valor de esta supera el monto de las acreencias a favor del beneficiario oneroso. La compañía aseguradora que resulte adjudicataria de la licitación y expida la(s) póliza (s) correspondiente (s) OBJETO - GRUPO ASEGURADO OBJETO L SEGURO GRUPO ASEGURADO INCLUSION EN GRUPO ASEGURADO VIGENCIA LA POLIZA VIGENCIA COBERTURA INDIVIDUAL CONTINUIDAD LA COBERTURA La aseguradora dará cobertura bajo las condiciones del contrato de seguro a los bienes jurídicos de vida y salud e integridad física relacionada a la capacidad laboral de los deudores principales de los créditos con garantía de hipoteca que Coofinep desembolse por cualquier línea de crédito. A elección de Coofinep se podrán asegurar también los codeudores, avalistas, fiadores o cotitulares de los créditos. Quedarán amparadas todas las personas naturales que sean deudores de la Cooperativa con crédito cubierto por garantía hipotecaria y bajo las condiciones del objeto del seguro. La inclusión en el grupo asegurado se realizará en forma automática al desembolso del crédito, excepto para los casos que requieran aprobación previa. Coofinep contará con 90 días contados desde el último día del mes en el cual se realizó el desembolso, para reportar la inclusión a la aseguradora mediante el listado de liquidación de facturación. Para los créditos que provengan de cesión de un tercero la inclusión tendrá lugar en el momento en que coofinep acepté el crédito para su compra y desembolse su valor al cedente. Desde las 00:00 del 01/10/2015 hasta las 23:59 del 30/09/2017 Desde la fecha de desembolso del crédito hasta la fecha de cancelación total del crédito o créditos amparados. En el caso de créditos o garantías hipotecarias cedidas, compra o cesión de cartera bajo cualquier modalidad la vigencia individual iniciará en la fecha en que Coofinep manifieste su aceptación al acreedor cedente sobre la compra o subrogación del crédito o la garantía. La aseguradora dará cobertura a los deudores con créditos ya desembolsados y vigentes a la fecha de inicio de la vigencia de la póliza, en las condiciones que se pacten para la póliza de seguro vida deudores crédito hipotecario que se adjudique, sin desmejorar las condiciones de cobertura anteriores, sin aumento de prima y sin exigir nuevas declaraciones de estado del riesgo. AMPAROS A CONTRATAR Página 8 de 15 BASICO VIDA Se cubre el riesgo de muerte de cualquiera de las personas amparadas. Incluye suicidio y homicidio desde el primer día. Incluye muerte presunta por desaparecimiento. Incluye SIDA diagnosticado durante la vigencia de la póliza.

9 INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE (ITP) - INVALIZ Se cubre el riesgo de invalidez y/o incapacidad total y permanente, definido conforme a los lineamientos establecidos en la ley 100 de 1993 y sus decretos para el concepto de invalidez. CONDICIONES ECONOMICAS VALOR MAXIMO ASEGURABLE VALOR ASEGURADO INDIVIDUAL TARIFA VALOR L RECAUDO LIQUIDACIÓN FACTURACION Y RESPONSABILDIAD EN EL PAGO PRIMAS Bajo las condiciones de la póliza el valor máximo asegurable ascenderá a $ oo. Se podrá convenir la asunción de riesgos mayores en forma no automática y sin aumento de tasa por el solo monto del crédito, bajo los procedimientos de inclusión en póliza señalados más adelante para los casos de concepto previo o inclusión no automática. El saldo insoluto de la deuda asociada a la garantía hipotecaria al momento de ocurrencia del siniestro. Este consiste en el momento de muerte real o declarado en la sentencia de muerte presunta o el momento de calificación de la invalidez o incapacidad total y permanente, tal como lo establecen la ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios La tarifa máxima objetivo será del 0.35 X MIL mensual calculada sobre valor asegurado. Este debe incluir: prima, impuestos y costo del recaudo e impuestos de la tarifa de recaudo. No aplicarán comisiones. La tarifa fijada reflejara la siniestralidad, composición de la cartera y rangos etareos de los deudores. Coofinep cobrará como comisión por recaudo la suma de $ IVA por cada pago que recaude a favor de la Aseguradora. Se entiende que conforman la actividad de recaudo uno o varios de los procesos que desarrolle Coofinep para el pago de la primas por los deudores, sean actividades humanas o desarrolladas a través de programas o equipos de computo. La periodicidad el recaudo será mensual. La liquidación de primas se hará en forma mensual por Coofinep. Se trasladará a la Aseguradora en forma mensual, dentro de los diez primeros días de cada mes para la facturación. Las facturas de se pagarán a 30 días. Coofinep recaudará mas no será responsable ante la aseguradora del pago de las primas no recaudadas. Por tanto podrá realizar dicho pago a su opción reservándose el derecho de repetir contra el deudor. CONDICIONES INGRESO Y PERMANENCIA EDAS MINIMA INGRESO EDAD MÁXIMA INGRESO EDAD MAXIMA PERMANENCIA AMPARO AUTOMATICO SIN CLARACION ASEGURABILIDAD Para todos los amparos 18 años Para el amparo de muerte 70 años 364 días y horas. Para el amparo de invalidez o incapacidad 70 años 364 días y horas. Para todos los amparos hasta la terminación de los créditos vigentes y que se otorguen dentro de la edad máxima de ingreso. Este amparo operará para las refinanciaciones que se hagan del crédito o créditos ya amparados bajo la póliza siempre que: Exista un nexo jurídico de novación entre la obligación(es) anterior (es) y el capital prestado aumente máximo en un 50%. En caso contrario no se responderá por el exceso y sobre dicho valor se liquidarán las primas. El amparo bajo las condiciones de la póliza será automático y SIN diligenciamiento de declaración de asegurabilidad para los créditos que en forma individual o conjunta (incluyendo obligaciones vigentes y restando los créditos a refinanciar o novar) sean iguales o inferiores a $ oo. Al aceptar el riesgo sin declaración de asegurabilidad la aseguradora renuncia a conocer su estado y por tanto a objetar u oponer a cualquier reclamación cualquier condición que pudiese haber sido objeto de declaración o conocimiento por la aseguradora, o a proponer la nulidad del seguro por esta causa. Esta estipulación aplica para todos los amparos otorgados. Página 9 de 15

10 AMPARO AUTOMATICO CON CLARACION ASEGURABILIDAD AMPARO CON CONCEPTO PREVIO LA ASEGURADORA EXTRA PRIMAS AUTOMATICAS PREXISTENTENCIAS El amparo bajo las condiciones de la póliza será automático y CON diligenciamiento de declaración de asegurabilidad para los créditos que en forma individual o conjunta (incluyendo obligaciones vigentes y restando los créditos a refinanciar o novar) sean SUPERIORES A $ oo. y hasta la suma de $ oo, siempre que el solicitante declare tener buen estado de salud y no declaré padecer ninguna de las situaciones incluidas en el cuestionario de Asegurabilidad. La Aseguradora emitirá su concepto previo sobre la inclusión en la póliza de seguros en los siguientes casos: Cuando el monto del crédito sea igual o superior doscientos millones de pesos o cuando el solicitante responda afirmativamente una o varias de las preguntas del formulario de Asegurabilidad. En estos casos la aseguradora: a) Determinará los exámenes o procedimientos y documentación a realizar o entregar b) Correrá con todos los gastos que dicho proceso implique c) garantizará un término de respuesta no superior a cinco (5) días hábiles desde el momento en que Coofinep solicite su concepto para la inclusión del deudor en la póliza. d) Emitirá en forma escrita y vinculante su concepto sobre la aceptación o no del riesgo. e) Contará con una red de profesionales médicos y/o laboratorios que garanticen la atención del solicitante en el plazo indicado, con cobertura mínima en Bogotá, Medellín y el municipio representativo de cada una de las nueve regiones geográficas que conforman el departamento de Antioquia, en forma tal que no sea necesario el desplazamiento del solicitante más allá del ámbito geográfico inmediato de su residencia. g) Asumirá todas las gestiones de contactos y atención al solicitante para realizar los procedimientos de inclusión en la póliza La póliza especificará los antecedentes que dan lugar al cobro de extra prima. Las extraprimas automáticas no podrán superar el 100% de la tarifa pactada. No aplica para créditos otorgados SIN declaración de asegurabilidad. No se alegará u objetará reclamación alguna por circunstancias preexistentes, cuando el amparo se asuma sin diligenciamiento de declaración de asegurabilidad. No se admitirá como causa de objeción la preexistencia de los factores que generan el siniestro (la muerte o incapacidad) excepto cuando la fecha de estructuración de este última sea anterior a la fecha de ingreso en el grupo asegurado. Se entiende como fecha de estructuración la fecha en que una persona pierde un grado o porcentaje de su capacidad laboral u ocupacional, de cualquier origen, como consecuencia de una enfermedad o accidente, y que se determina con base en la evolución de las secuelas que han dejado estos. Para el estado de invalidez, esta fecha debe ser determinada en el momento en el que la persona evaluada alcanza el cincuenta por ciento (50%) de pérdida de la capacidad laboral u ocupacional. Igualmente no se aceptará como causa de objeción la existencia previa de hechos generadores del siniestro, cuando no se configure la estructuración de este en los términos indicados. OTRAS CLAUSULAS AVISO SINIESTRO PLAZO PARA EL PAGO LA INMNIZACIÓN OBLIGACIONES PROTECCION AL CONSUMIDOR El plazo para dar aviso del siniestro será de 60 días comunes desde el momento en que el tomador lo conozca. Se entiende que el tomador solo conoce la existencia del siniestro cuando el asegurado o cualquier persona con interés así se lo notifica por escrito. La indemnización se pagará en un plazo máximo de diez (10) días comunes contados desde la fecha de aceptación de la reclamación. La aseguradora cumplirá las obligaciones de protección al consumidor financiero que le asignan las leyes y en especial las señaladas en las circulares 038 y 039 de 2010 de la SFC. EXPDICION CERTIFICADO Página 10 de 15 INDIVIDUAL La aseguradora expedirá y entregará al asegurado, un certificado individual de seguro en el cual consten: Amparos, valores, coberturas y exclusiones de la póliza que aplican para su caso particular. Igualmente y en forma concomitante a la presentación de la solicitud de crédito se

11 DOCUMENTOS PARA LA RECLAMACION NO MODIFICACIÓN CONDICIONES NO REVOCATORIA DURANTE LA VIGENCIA GASTOS EXPEDICION REINGRESO UDORES MORA RETICENCIA POR CLAUSULA PARA EL MANEJO INFORMALES O PENSIONADOS. brindará por escrito al consumidor financiero la información prevista en el numeral 9.8. de la circular 038 de Esta obligación corre a cargo de la Aseguradora y podrá cumplirse por cualquier mecanismo jurídicamente válido de acuerdo a la norma aplicable. Los documentos necesarios para formular la reclamación no podrán incluir: a) Documentos que reposen en poder de la aseguradora. b) Documentos con exigencia de "autenticación" o "presentación" notarial, excepción hecha de los poderes. C) pruebas judiciales o judicialmente obtenidas para la demostración del siniestro. d) Historias, resúmenes o exámenes médicos, para los casos en que los amparos se otorguen SIN declaración de asegurabilidad. Las condiciones de la póliza emitida no serán modificables durante la vigencia del seguro por la aseguradora. La póliza emitida no será unilateralmente irrevocable por la aseguradora. No se cobran Los Deudores asegurados que por no pago de la prima dejen de pertenecer al grupo asegurado, volverán a quedar asegurados por la respectiva póliza sin necesidad de trámite adicional alguno, cuando: Se pongan al día en sus cuotas de crédito o cuando realicen pagos en forma tal que al corte del mes en el cual se hace el reporte a la aseguradora presenten una mora inferior a 91 días. Durante el periodo intermedio no tendrán cobertura. Para el reingreso no se requerirá declaración de asegurabilidad. En todo caso, de conformidad con lo previsto en el inciso 3 del artículo 1058 en concordancia con el artículo 1162 del Código de Comercio, si la inexactitud o la reticencia provienen de error inculpable del tomador o del Deudor asegurado, el contrato no será nulo y la Aseguradora se obliga a pagar las indemnizaciones en la forma y términos señalados en el Pliego de Condiciones. Para las personas que tengan el estatus de trabajadores informales o sin afiliación al sistema general de seguridad social o pensionados por vejez, sobrevivencia, jubilación u otra causa diferente a invalidez, la aseguradora realizará la calificación del dictamen de pérdida de capacidad laboral en forma directa y sin cobro, para los casos de invalidez o ITP, en los términos del artículo 41 de la ley 100 de Se entiende que todos los gastos del proceso de calificación corren a cargo de la aseguradora, quien no podrá transferirlos directa o indirectamente al asegurado. En caso de optar por la calificación ante la junta de calificación de invalidez la aseguradora asumirá los honorarios y gastos que dicho proceso genere Seguro de incendio y terremoto inmuebles con garantía hipotecaria a favor de Coofinep PARTES CONTRATO Página 11 de 15 INCENDIO Y TERREMOTO TOMADOR COOFINEP COOPERATIVA FINANCIERA NIT ASEGURADO(S) BENEFICIARIO ONEROSO Todos los deudores de Coofinep que hayan constituido garantía hipotecaria a favor de la Cooperativa y que tengan créditos por cualquier línea con la entidad. Coofinep Cooperativa Financiera NIT Para todos los casos Coofinep será primer beneficiario a titulo oneroso hasta la concurrencia de las obligaciones del tomador con la cooperativa a la fecha de siniestro.

12 BENEFICIARIO(S) CONTINGENTE(S) ASEGURADOR El (los) asegurado(s) La compañía aseguradora que resulte adjudicataria de la licitación y expida la(s) póliza (s) correspondiente (s) BIENES ASEGURADOS UBICACIÓN LOS BIENES USO LOS BIENES La aseguradora dará cobertura bajo las condiciones del contrato de seguro a todos los bienes inmuebles que soporten una garantía hipotecaria constituida a favor de Coofinep Cooperativa Financiera y que respalden créditos vigentes desembolsados por cualquier línea. Se excluyen aquellos bienes para los cuales el deudor contrate una póliza particular y esta sea aceptada por Coofinep Podrán estar ubicados en cualquier lugar del territorio nacional Residencial, comercial o servicios OBJETO - VIGENCIA VIGENCIA LA POLIZA S LAS 00:00 L 01/10/2015 HASTA LAS 23:59 L 30/09/2017 VIGENCIA COBERTURA INDIVIDUAL INCLUSION EN GRUPO ASEGURADO CONTINUIDAD LA COBERTURA Desde la fecha en que se otorgue la escritura individual de constitución de hipoteca o en los casos de cesión, desde la fecha de aceptación de la promesa vinculante de pago. La vigencia se mantendrá hasta el último día del mes en el cual se cancelé(n) en su totalidad (saldo igual a cero), cualquier obligación de los integrantes del grupo asegurado a la cual se le haya asignado cobertura con relación a la garantía hipotecaria. En el caso de créditos o garantías hipotecarias cedidas, compra o cesión de cartera bajo cualquier modalidad la vigencia individual iniciará en la fecha en que Coofinep manifieste su aceptación al acreedor cedente sobre la compra o subrogación del crédito o la garantía. La inclusión en el grupo asegurado se realizará en forma automática al desembolso del crédito, excepto para los casos que requieran aprobación previa (Inmuebles con avalúo igual o superior a $ oo). Coofinep contará con 90 días contados desde el último día del mes en el cual se realizó el desembolso, para reportar la inclusión a la aseguradora mediante el listado de liquidación de facturación. La aseguradora dará cobertura a los bienes ya hipotecados que respalden créditos vigentes a la fecha de inicio de la vigencia de la póliza, en las condiciones que se pacten para póliza de incendio y terremoto crédito hipotecario que se adjudique, sin desmejorar las condiciones de cobertura anteriores, sin aumento de prima y sin exigir nuevas declaraciones de estado del riesgo. AMPAROS INCENDIO Y/O RAYO EXPLOSION DAÑOS POR AGUA ANEGACION, AVALANCHA Y SLIZAMIENTO AMPAROS ACTOS AUTORIDAD EXTEND COVERAGE (TIFON, HURACAN, TORNADO, CICLON, VIENTOS FUERTES, GRANIZO, AERONAVES, VEHICULOS Y HUMO) ACTOS MAL INTENCIONADOS TERCEROS ASONADA, MOTIN, CONMOCION CIVIL O POPULAR Y HUELGA (INCLUYE TERRORISMO TERREMOTO, TEMBLOR O ERUPCION VOLCANICA Página 12 de 15

13 EXTENSIONES COBERTURA DUCIBLES ESTADO L RIESGO EXTENSIONES COBERTURA hasta el 20% del valor asegurado por Gastos de remoción de escombros, honorarios profesionales, gastos de extinción del siniestro o preservación de bienes; para licencias o permisos para reconstruir el inmueble o demostrar la ocurrencia del siniestro. Por alojamiento temporal hasta el 2% del valor asegurado. Operan como sublimites sin cobro de prima adicional. Los porcentajes indicados hacen referencia al valor asegurado para cada inmueble. DUCIBLES SIN DUCIBLES EXCEPTO: AMIT 3% sobre el valor de la perdida MINIMO 2 SMLMV - TERREMOTO 3% sobre el valor asegurado MINIMO 2 SMLMV La aseguradora declara que conoce y acepta el estado de riesgo de los inmuebles objeto del seguro, conforme al avalúo practicado. Todas las coberturas se otorgarán sin declaración previa del estado del riesgo. A petición de la aseguradora se podrá remitir el avalúo practicado. La compañía de seguros podrá realizar a su costo visitas de inspección, siendo a su cargo tanto las consecuencias jurídicas de las inspecciones adicionales como su costo, y sin que pueda entenderse este como un requisito para vigencia y validez de la cobertura. Coofinep no aceptará inmuebles ubicados en zona declaradas como "de alto riesgo" por la autoridad competente o que por sus características estructurales presenten "evidente o inminente riesgo" de perecer, deterioro estructural acentuado y evidente o construcciones de tapia o bareque. TARIFAS RECAUDO Y VALOR ASEGURADO INDIVIDUAL VALOR MAXIMO ASEGURABLE TARIFA VALOR L RECAUDO LIQUIDACIÓN Y FACTURACION RESPONSABILDIAD EN EL PAGO PRIMAS El valor asegurado debe corresponder al 100% del valor comercial del inmueble en su parte destructible. Este valor corresponderá al valor que arroje el avalúo comercial realizado para determinar el valor del bien al momento de constitución o cesión de la hipoteca y se actualizará anualmente en la misma proporción en que varíe el índice de precios al consumidor para el consolidado nacional. La Aseguradora no aplicará infraseguro. En caso de coexistencia de seguros sobre el bien la aseguradora no objetará el pago ni se causará nulidad del seguro. En estos casos la aseguradora tendrá derecho de repetir lo pagado contra las demás aseguradoras. Bajo las condiciones de la póliza el valor máximo asegurable ascenderá a $ oo. Se podrá convenir la asunción de riesgos mayores en forma no automática y sin aumento de tasa por el solo monto del crédito previa consulta y aceptación de la aseguradora. La tarifa máxima objetivo será del 1 por mil anual calculada sobre valor asegurado. Este debe incluir: prima, impuestos y costo del recaudo. No aplicarán comisiones. La tarifa fijada reflejara la siniestralidad, composición de la cartera y características de los bienes asegurados. La tarifa aplica por cada bien asegurado. Coofinep cobrará como comisión por recaudo la suma de $ IVA por cada pago que recaude a favor de la Aseguradora. Se entiende que conforman la actividad de recaudo uno o varios de los procesos que desarrolle Coofinep para el pago de la primas por los deudores, sean actividades humanas o desarrolladas a través de programas o equipos de computo. La liquidación de primas se hará en forma mensual por Coofinep. Se trasladará a la Aseguradora en forma mensual, dentro de los diez primeros días de cada mes para la facturación. Las facturas se pagarán a 30 días. Coofinep recaudará mas no será responsable ante la aseguradora del pago de las primas no recaudadas. Por tanto podrá realizar dicho pago su opción reservándose el derecho de repetir contra el deudor. OTRAS CLAUSULAS Página 13 de 15 AVISO SINIESTRO El plazo para dar aviso del siniestro será de 60 días comunes desde el momento en que el tomador lo conozca. Se entiende que el tomador conoce la existencia del siniestro cuando el asegurado o cualquier persona con interés así se lo notifica por escrito.

14 PLAZO PARA EL PAGO LA INMNIZACIÓN La indemnización se pagará en un plazo máximo de diez (10) días comunes contados desde la fecha de aceptación de la reclamación. OBLIGACIONES PROTECCION CONSUMIDOR EXPEDICION CERTIFICADO INDIVIDUAL AL DOCUMENTOS PARA LA RECLAMACION NO MODIFICACIÓN CONDICIONES NO REVOCATORIA DURANTE LA VIGENCIA GASTOS EXPEDICION REINGRESO UDORES POR MORA RETICENCIA NO APLICACIÓN INFRA O SUPRASEGURO O MERITO POR USO COEXISTENCIA SEGUROS La aseguradora cumplirá las obligaciones de protección al consumidor financiero que le asignan las leyes y en especial las señaladas en las circulares 038 y 039 de 2010 de la SFC. La aseguradora expedirá y entregará al asegurado, un certificado individual de seguro en el cual consten: Amparos, valores, coberturas y exclusiones de la póliza que aplican para su caso particular. Igualmente y en forma concomitante a la presentación de la solicitud de crédito se brindará por escrito al consumidor financiero la información prevista en el numeral 9.8. de la circular 038 de Esta obligación corre a cargo de la Aseguradora y podrá cumplirse por cualquier mecanismo jurídicamente válido de acuerdo a la norma aplicable. DOCUMENTOS PARA LA RECLAMACION. Los documentos necesarios para formular la reclamación no podrán incluir: a) Documentos que reposen en poder de la aseguradora. b) Documentos con exigencia de "autenticación" o "presentación" notarial, excepción hecha de los poderes. c) pruebas judiciales o judicialmente obtenidas para la demostración del siniestro. Las condiciones de la póliza emitida no serán modificables durante la vigencia del seguro por la aseguradora. La póliza emitida no será unilateralmente irrevocable por la aseguradora. No se cobran Los Deudores asegurados que por no pago de la prima dejen de pertenecer al grupo asegurado, volverán a quedar asegurados por la respectiva póliza sin necesidad de trámite adicional alguno, cuando: Se pongan al día en sus cuotas de crédito o cuando realicen pagos en forma tal que al corte del mes en el cual se hace el reporte a la aseguradora presenten una mora inferior a 91 días. Durante el periodo intermedio no tendrán cobertura. En todo caso, de conformidad con lo previsto en el inciso 3 del artículo 1058 en concordancia con el artículo 1162 del Código de Comercio, si la inexactitud o la reticencia provienen de error inculpable del como tomador o del Deudor asegurado, el contrato no será nulo y la Aseguradora se obliga a pagar las indemnizaciones en la forma y términos señalados en el Pliego de Condiciones. La aseguradora expedirá las pólizas bajo el entendido que ha sido informada del estado del riesgo, que conoce el avaluó con el cual Coofinep baso el otorgamiento del crédito y en consecuencia acepta que el valor asegurado es el mismo de dicho avaluó y en caso de siniestro la Compañía indemnizara los daños demostrados hasta este valor si la aplicación de ninguna deducción distinta al deducible previamente establecido. La compañía aseguradora renuncia a la facultad de aplicar las estipulaciones sobre infra o supra seguro en virtud de lo anterior, o en ajustar el valor asegurado en consideración a demerito, uso u otras. La aseguradora acepta que dada la naturaleza del seguro contratado, es posible que coexistan seguros sobre el mismo bien, contratados a favor de otras instituciones, directamente por el asegurado o en virtud del régimen de Copropiedad. En caso de coexistencia de seguros la aseguradora renuncia a la pedir u oponer nulidad del contrato y pagará las indemnizaciones correspondientes, reservándose el derecho a repetir contra las demás aseguradoras o el asegurado los valores pagados, sin que sea oponible a Coofinep cualquier excepción o hecho derivado de la coexistencia de seguros. CAMBIOS USO MODIFICACION L ESTADO L RIESGO, Página 14 de 15 TRASLACIÓN En virtud de la naturaleza del seguro contratado, la aseguradora acepta que el cambio del uso o destinación del inmueble, su subarriendo o cambios en la tenencia a cualquier titulo, al igual que la ocurrencia de hechos que objetivamente puedan agravar el estado del riesgo, no

15 TENENCIA PROPIEDAD INMUEBLE O L PAGO LA INMNIZACIÓN CLAUSULA ESPECIAL INGRESO O REINGRESO PARA BIENES CON POLIZA SEGURO INPENDIENTE producirá la terminación ni nulidad del seguro. Igualmente sucederá cuando se produzcan cambios en la propiedad del inmueble. El pago de la indemnización se hará en dinero a favor del beneficiario principal. Solo con autorización de Coofinep podrá pagarse de forma diferente. En todos los casos el pago deberá realizarse a favor de Coofinep previa consulta y hasta la concurrencia de las obligaciones amparadas por la Garantía hipotecaria dentro de los límites de la cobertura, a no ser que la Cooperativa siendo consultada previamente, acceda a que el pago se haga a favor del asegurado y previa determinación de la continuidad de la Garantía. El pago se realizará en un plazo de 10 días comunes Cuando el deudor asegurado constituya una póliza de seguro independiente a la que por esta licitación se contrata, los inmuebles objeto de garantía podrán ingresar o reingresar a la póliza general que contrate la Cooperativa en cualquier tiempo. Para estos casos la cobertura iniciará o reiniciará el primer día a las 00 horas del mes en el cual Coofinep liquide prima correspondiente. 4. GLOSARIO Aplicarán al proceso de licitación las definiciones contenidas en el glosario de seguros publicado por la Federación de Aseguradores Colombianos, Fasecolda, disponible en Página 15 de 15

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