copyright Editorial Albrematica S.A. - Tucumán 1440 (CP 1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "copyright Editorial Albrematica S.A. - Tucumán 1440 (CP 1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina"

Transcripción

1 Incidente de nulidad de una notificación electrónica -Comentario al fallo Municipalidad de General Pueyrredón c/ Fasciglioni, Julio Cesar s/ Reivindicación de la Cámara Civil y Comercial de Mar del Plata-(*) Citar: eldial DC238D Publicado el: 7/13/2017 Por Gaston E. Bielli y Andrés L. Nizzo copyright Editorial Albrematica S.A. - Tucumán 1440 (CP 1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina Sumario: I.- Los hechos. II.- Los argumentos del nulidicente. III.- La prueba del incidente: relevancia del informe sobre los antecedentes de la notificación electrónica. IV.- Lo resuelto. V.- Conclusiones. La Sala Tercera de la Cámara Civil y Comercial de Mar del Plata, desestimó un incidente de nulidad planteado por la parte demandada, respecto de una cédula electrónica depositada en el domicilio electrónico constituido por esta última en el expediente. I.- Los hechos. Encontrándose las actuaciones en el Tribunal de Alzada con motivo del recurso de apelación interpuesto por laparte demandada contra la sentencia definitiva dictada en primera instancia, se llamó al apelante a expresar agravios. La providencia que llamó a expresar agravios le fue notificada al accionado mediante cédula electrónica librada el día 7 de diciembre de 2016, la cual se depositó en el casillero electrónico que previamente la parte había constituido. Posteriormente, el presidente del Tribunal dejó constancia que el apelante no se había presentado a expresar agravios dentro del plazo otorgado para ello, por lo que se le dio por perdido el derecho que dejó de usar y, acto seguido, se llamó autos para sentencia. En esas condiciones, la Cámara dictó sentencia definitiva declarando desierto el recurso de apelación interpuesto por el demandado, por falta de presentación de agravios en término. Notificada la sentencia dictada por la Cámara por cédula en formato papel a todas las partes intervinientes, se presentó la demandada articulando un incidente de nulidad de notificación respecto de la cédula electrónica librada al recurrente, mediante la cual se le anoticiaba el llamado a expresar agravios. II.- Los argumentos del nulidicente. El demandado cuestionó la validez de la cédula electrónica a través del cual se le notificó la

2 comunicación de expresar agravios. Adujo que la misma era nula e ineficaz por cuanto nunca cumplió el efecto que tenía por destino, por lo que concretamente nunca se notificó a su parte la providencia aludida. Apontocó su planteo argumentando en prieta síntesis que: a) nunca fue notificado del llamado a expresar agravios, ni tomó conocimiento real y fehaciente de ello; b) no fue notificado realmente en su domicilio electrónico de ninguna resolución de Cámara; c) no tomó conocimiento de la cédula electrónica, ni la recibió; d) la Resolución 1647/16 de la Suprema Corte provincial estableció la coexistencia de los sistemas de notificación, por lo cual la notificación electrónica no es obligatoria; e) existe ambigüedad y ambivalencia por parte del órgano de Alzada en los modos de notificación, lo que genera desconcierto e incertidumbre; f) su parte constituyó domicilio electrónico al solo efecto de que no se le haga efectivo el apercibimiento del artículo 41 del Código Procesal Civil y Comercial; y g) la trascendencia de la resolución y los usos y costumbres de la práctica forense, imponían el uso de la notificación por cédula en formato papel del llamado a expresar agravios. Explicó el perjuicio sufrido, señalando que su parte se vio privada de la posibilidad de expresar agravios, lo que determinó la pérdida de la instancia recursiva; y el interés que procuraba subsanar con la declaración de nulidad de la notificación, ya que de prosperar esta sus efectos repercutirían sobre la sentencia, debiendo dictarse una nueva luego de escuchar a su parte. III.- La prueba del incidente: relevancia del informe sobre los antecedentes de la notificación electrónica. La Cámara de Apelaciones, luego de sustanciar con la contraria los fundamentos del planteo y previo a resolver el incidente de nulidad incoado, resolvió abrir a prueba el mismo por el término de diez días, a fin de requerir específicamente a la Subsecretaría de Tecnología Informática de la Suprema Corte de Justicia provincial, un informe circunstanciado sobre los antecedentes en el servidor vinculados con la cuestionadacédula electrónica. En particular, se solicitó a la Subsecretaría que informe la fecha y hora que el documento digital ingresó al sitio web seguro que sirve de soporte del Sistema de Notificaciones y Presentaciones, quedando disponible para su destinatario en su casillero virtual; si el destinatario ingresó a ese casillero virtual para notificarse y, en su caso, fecha y hora en que ello aconteció; y todo otro dato que se considere relevante a su respecto. De tal modo, producido el informe circunstanciado ordenado por parte de la Subsecretaría de Tecnología Informática de la Corte, se dictó la resolución en comentario. IV.- Lo resuelto. La Sala Tercera del Tribunal de Alzada de Mar del Plata, resolvió rechazar el incidente de nulidad promovido por la parte demandada, en un meduloso pronunciamiento en el cual los magistrados intervinientes se encargaron de rebatir prolijamente cada uno de los argumentos ensayados por el nulidicente. Desbrozaron el análisis del planteo en tratamiento en dos cuestiones, que, si bien se encontraban íntimamente relacionadas, estimaron necesario analizarlas separadamente: en primer lugar, examinaron si el llamado a expresar agravios era susceptible de ser notificado válidamente a través de medios

3 electrónicos; y, en segundo término, si efectivamente la cédula electrónica en cuestión había sido recepcionada por el recurrente. a) Respecto de la primera cuestión, los jueces concluyeron que la cédula electrónica no sólo era hábil para anoticiar el llamado a expresar agravios, sino que además no podría haberse notificado en formato papel, desde que era obligatorio para el Tribunal hacerlo de forma electrónica como se hizo. Señalaron en cuanto a esto último que la ley , que vino a modificar el régimen de notificaciones en el ámbito del proceso civil y comercial, incorporó los medios electrónicos como métodos idóneos para practicar las notificaciones que deban ser efectuadas por cédula. Añadieron que la Suprema Corte, en uso de las prerrogativas que el artículo 8 de la ley , dictó el Acuerdo 3540/2011[1] mediante el cual aprobó el Reglamento para la notificación por medios electrónicos, donde dispuso la progresiva puesta en funcionamiento del sistema de notificaciones electrónicas. Así, los camaristas pusieron de relieve que la obligatoriedad del uso del sistema del sistema de notificaciones electrónicas surgía del artículo 1 del mencionado Reglamento (Ac. 3540/11 S.C.B.A.), el cual expresaba que siempre que esté disponible el uso de la notificación electrónica no se podrá utilizar la notificación en formato papel. En el derrotero expuesto, indicaron que para los organismos jurisdiccionales resulta obligatorio el uso de la notificación electrónica, siempre que esté disponible y que, claro está, no se tratase de alguno de los supuestos previstos en los incisos 1, 10 y 12 del artículo 135 del Código Procesal Civil y Comercial [2]. Así, siendo que la resolución en cuestión (llamado para expresar agravios) no se encuentra dentro de los supuestos contemplados en el artículo 135 del Código de Procedimientos, que la notificación electrónica se encontraba disponible y que el recurrente tenía constituido domicilio electrónico en el expediente, concluyeron que en el caso correspondía la notificación por cédula electrónica. Descartaron que pueda predicarse respecto del régimen de notificaciones procesales la pretendida coexistencia de ambos sistemas (electrónico y papel ) que alegó el nulidicente, pues precisaron que lo que coexiste es sólo el sistema de presentaciones electrónicas con el esquema de presentaciones en formato papel. Por lo tanto, expresaron que las partes no se encuentran facultades a elegir el medio de notificación por que serían anoticiados de los actos del proceso. En relación a la ambigüedad que el demandado le achacó a la Cámara al hacer uso de los diferentes sistemas de notificaciones, los jueces señalaron que ello respondió no a una opción discrecional del Tribunal, sino a seguir lo que la ley ordena en cuanto a las notificaciones procesales, que en algunos casos veda la posibilidad de utilizar la herramienta informática a tales fines. Finalmente, rechazaron el argumento de que la práctica forense indicaba que el llamado a expresar agravios debía ser notificado por cédula en soporte papel, toda vez que esa costumbre invocada por el recurrente resultaba contra legem y, por lo tanto, sin ningún efecto jurídicovinculante. b) Abordando la segunda cuestión, esto es, si la cédula electrónica fue o no recibida por el destinatario, los magistrados se afincaron en la prueba informativa producida por la Subsecretaría de Tecnología Informática de la Suprema Corte de Justicia, según la cual se acreditó que la cédula electrónica librada al domicilio electrónico constituido por el demandado había sido recepcionada el mismo día en que se libró, ingresando al sitio web de notificaciones y quedando disponible para el destinatario en su casillero virtual. De tal modo, arribaron a la conclusión que la cédula electrónica fue efectiva, toda vez que se descartó la existencia de irregularidades en el contenido de la notificación, ni en el acto de diligenciamiento, que impidiera a su destinatario conocer el contenido del documento que se encontraba disponible en el sitio web seguro. Remarcaron, finalmente, que en el marco descripto la alegada falta de conocimiento de la notificación encontraba su origen exclusivamente en la conducta del incidentista, al no haber ingresado al sistema a consultar su casillero electrónico.

4 V.- Conclusiones. La resolución bajo glosa recepta adecuadamente los nuevos principios y reglas imperantes en relación a las notificaciones procesales en el ámbito bonaerense que fueron delineándose con la irrupción de los medios electrónicos de comunicación. En tal sentido, se destaca la consagración de la premisa básica en la materia: si se trata de una resolución o providencia que la ley procesal admite su notificación por medios electrónicos y estos últimos están disponibles, no cabe otra posibilidad que recurrir la cédula electrónica. Por otro lado, la Cámara señaló con acierto que la notificación electrónica no es un medio alternativo de notificación, sino que es de uso obligatorio para los organismos jurisdiccionales, desechando la idea de que existe una coexistencia entre el sistema electrónico y el tradicional en soporte papel respecto de las notificaciones procesales de la que podría derivarse que pueda optarse facultativamente por uno u otro medio. En esta última orientación, hemos expresado con anterioridad que no existe respecto de las notificaciones coexistencia entre el sistema electrónico y el tradicional, pues si bien las notificaciones en formato o soporte papel aún se encuentran previstas y están plenamente vigentes en el ámbito procesal provincial, aquellas sólo pueden ser utilizadas en la medida en que no sealegalmente posible emplear los medios electrónicos. Dicho en otros términos: ambos métodos de notificación (papel y electrónico) están vigentes, pero cada uno opera en un ámbito específico, lo cual implica que no es posible optar por utilizarse uno u otro, sino que el empleo de cada medio dependerá de la naturaleza del acto a notificar [3]. Finalmente, cuadra ponderar que se haya recurrido a la producción de un informe requerido a la Subsecretaría de Tecnología Informática para disipar toda duda en torno a la concreta operatividad y funcionamiento del sistema de notificaciones electrónicas, pues se ha puesto de manifiesto la utilidad y eficacia que reviste la posibilidad de acudir en estos casos a una auditoría sobre la base de datos del sistema de notificaciones y presentaciones electrónicas a fin de verificar los antecentes vinculados a una determinada notificación electrónica, permitiéndose así obtener el detalle sobre el estado del sistema en una determinada fecha (incluso en un determinado horario), a efectos de obtener una constancia fehaciente sobre su operatividad [4]. En suma, se trata de un esclarecedor fallo que brindó un acertado tratamiento a diversas cuestiones relacionadas con el régimen de notificaciones procesales, cuyas conclusiones, si bien extraídas en el marco del anterior reglamento [5] (bajo cuya vigencia se consolidó la notificación cuestionada en el caso), son perfectamente aplicables a la nueva reglamentación, no sólo por cuanto este último mantiene idénticos principios respecto a la obligatoriedad de la notificación electrónica y la residual aplicación del esquema de notificaciones en soporte papel, sino porque esa regla emana del propio Código Procesal Civil y Comercial, que en su artículo 40 determina que en el domicilio electrónico que deberá constituir la parte, se le cursarán todas las notificaciones por cédula que no requieran soporte papel y la intervención del Oficial Notificador. (*)Expte. Nro Municipalidad de General Pueyrredón c/ Fasciglioni, Julio Cesar s/ Reivindicación - CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DE MAR DEL PLATA (Buenos Aires) - Sala Tercera - 22/06/2017 (eldial.com - AAA02C) [1]Es del caso destacar que al momento de practicarse la cuestionada notificación electronica (07/12/2016) aún se encontraba vigente el Reglamento para la notificación por medios electrónicos aprobada por la Acordada 3540/11 de la Suprema Corte de Justicia.

5 [2] Recuérdese que conforme lo estatuido en el artículo 143 del Código Procesal Civil y Comercial, los medios electrónicos de comunicación no pueden ser utilizados para notificar las providencias que dispongan el traslado de la demanda, de la reconvención y de los documentos que se acompañen con sus contestaciones;la que dispone la citación de personas extrañas al proceso; y las sentencias definitivas y las interlocutorias con fuerza de tales. [3] BIELLI, Gastón E. y NIZZO, Andrés L., El nuevo régimen de notificaciones electrónicas en el proceso judicial bonaerense, publicado en eldial.com el 29/03/2017; Citar: eldial DC22BF. [4] BIELLI, Gastón E. y NIZZO, Andrés L., ob. cit. [5] Reglamento para la notificación por medios electrónicos, aprobado mediante la Acordada 3540/2011 S.C.B.A., cuyos artículos 1 a 5 y 8 actualmente se encuentran derogados por la Acordada 3845/2017 S.C.B.A., que aprobó a la vez el nuevo Reglamento para la notificación por medios electrónicos. Citar: eldial DC238D Publicado el: 7/13/2017 copyright Editorial Albrematica S.A. - Tucumán 1440 (CP 1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

El cargo electrónico y los estados de las presentaciones electrónicas. Incipiente jurisprudencia de la SCBA. Comentario al fallo.

El cargo electrónico y los estados de las presentaciones electrónicas. Incipiente jurisprudencia de la SCBA. Comentario al fallo. El cargo electrónico y los estados de las presentaciones electrónicas. Incipiente jurisprudencia de la SCBA. Comentario al fallo. Por Gastón E. Bielli y Andres Leonel Nizzo Resolución comentada: Suprema

Más detalles

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 11 (2016)

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 11 (2016) AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 11 (2016) La inadmisibilidad del Recurso Jerárquico por haberse ejercido fuera del lapso, no impide el conocimiento del fondo del asunto en la vía jurisdiccional La Sala Político

Más detalles

Gastón Enrique Bielli

Gastón Enrique Bielli Gastón Enrique Bielli drgbielli@gmail.com Abogado especialista en derecho procesal informático. Actualidad: ESTUDIO JURIDICO BIELLI & ASOCIADOS - Abogado titular. - Estudio Jurídico especializado en Derecho

Más detalles

CSJ 1697/2012(48-C)/CSl RECURSO DE HECHO CORONEL FRANCISCO EMILIO el ANSES si REAJUSTE DE HABERES.

CSJ 1697/2012(48-C)/CSl RECURSO DE HECHO CORONEL FRANCISCO EMILIO el ANSES si REAJUSTE DE HABERES. CSJ 1697/2012(48-C)/CSl RECURSO DE HECHO CORONEL FRANCISCO EMILIO el ANSES si REAJUSTE DE HABERES. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Coronel, Francisco Emilio cl ANSeS

Más detalles

Modificación al Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires. Artículo 16 de la Ley Nº /7/2010

Modificación al Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires. Artículo 16 de la Ley Nº /7/2010 Ley Nº 14.142. Modificación al Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires. Artículo 16 de la Ley Nº 11.653. 26/7/2010 RESUMEN: SE MODIFICA EL CODIGO PROCESAL EN RELACION A LAS NOTIFICACIONES.

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ FPA 12333/2015/CA1 ///raná, 07 de septiembre de 2017. Y VISTOS: Estos autos caratulados: FONTANETTO, IRIS LAURA Y OTROS CONTRA AFIP SOBRE ACCIÓN MERAMENTE

Más detalles

2016. AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. Dictamen jurídico C.E.E MGEYA-DGALP/2015.

2016. AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. Dictamen jurídico C.E.E MGEYA-DGALP/2015. G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S P R O C U R A C I Ó N G E N E R A L 2016. AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Dictamen jurídico

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá D.C., marzo seis (06) de dos mil ocho (2008) MAGISTRADO PONENTE : RICARDO ZOPÓ MÉNDEZ RADICADO : CLASE DE PROCESO : ORDINARIO DEMANDANTE : JORGE

Más detalles

Perdida de condición de beneficiario de la obra social. Concurrencia a la escuela especial.

Perdida de condición de beneficiario de la obra social. Concurrencia a la escuela especial. Salud Educación Perdida de condición de beneficiario de la obra social. Concurrencia a la escuela especial. P. C. H. E. y otro c/ Obra Social del Personal de la Sanidad 05/03/2002 AUTOS Y VISTOS: El recurso

Más detalles

CAMARA FEDERAL DE SALTA

CAMARA FEDERAL DE SALTA Morales, Rubén Elías c/ AFIP s/contencioso administrativo Expte. FSA N 11000038/2011 Juzgado Federal de Salta N 1 ///ta, 8 de abril de 2016 VISTO: El recurso de apelación deducido por la actora contra

Más detalles

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL SALA II

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL SALA II Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL SALA II Causa n 8418/2016 Incidente Nº 1 - ACTOR: BALESTRA, RICARDO RAMON DEMANDADO: GOOGLE INC Y OTRO s/incidente

Más detalles

Buenos Aires, y 61,,,,olyb,

Buenos Aires, y 61,,,,olyb, CNT 34047/2014/2/RH1 Villanueva, Silvia Marcela y otros c/ La Gruta S.R.L. s/ accidente - ley especial. Buenos Aires, y 61,,,,olyb, 20,Ág Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la Superintendencia

Más detalles

RESOLUCIONES EN PROCEDIMIENTOS CONTENCIOSOS

RESOLUCIONES EN PROCEDIMIENTOS CONTENCIOSOS RESOLUCIONES EN PROCEDIMIENTOS CONTENCIOSOS Del punto de vista jurisdiccional, las resoluciones son declaraciones emanadas de órganos que ejercen jurisdicción, destinadas a substanciar o resolver los asuntos

Más detalles

I. Identificación de la providencia. Número de Sentencia C

I. Identificación de la providencia. Número de Sentencia C I. Identificación de la providencia Número de Sentencia C-537-2016 Número de D-11271 expediente Magistrado Ponente Alejandro Linares Cantillo Fecha 5 de octubre de 2016 Tema Nulidad saneable por falta

Más detalles

Nº 218. TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCION PRIMERA.- San José, a las trece horas treinta minutos

Nº 218. TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCION PRIMERA.- San José, a las trece horas treinta minutos Nº 218 TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCION PRIMERA.- San José, a las trece horas treinta minutos del quince de julio del dos mil tres.- En procesos ORDINARIOS ACUMULADOS establecidos en el JUZGADO PRIMERO

Más detalles

11.- Antecedentes. Ministerio Publico Fiscal de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires Fiscalia General

11.- Antecedentes. Ministerio Publico Fiscal de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires Fiscalia General Ministerio Publico Fiscal de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires Fiscalia General Expte. N 11408/14 "OSDE Organizaci6n de Servicios Directos Empresarios s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado

Más detalles

Ministerio Público gestionó ante el citado Juzgado la prórroga de la prisión

Ministerio Público gestionó ante el citado Juzgado la prórroga de la prisión Exp: 12-000818-0007-CO Res. Nº 2012001749 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del diez de febrero de dos mil doce. Recurso de hábeas corpus interpuesto

Más detalles

ÍNDICE GENERAL. Capítulo n-ministerio Público del Trabajo (Derogado)... arts.8-16 Derogados...,...

ÍNDICE GENERAL. Capítulo n-ministerio Público del Trabajo (Derogado)... arts.8-16 Derogados...,... ÍNDICE GENERAL TÍTULO I. ORGANIZACIÓN Capítulo 1-Jueces de primera instancia y Cámara de Apela~ ciones... art. 1 Organización... arto 2 Requisitos para magistrados y funcionarios... art. 3 Jueces de primera

Más detalles

P XXXIII. RECURSO DE HECHO Policlínica Privada de Medicina y Cirugía S.A. c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

P XXXIII. RECURSO DE HECHO Policlínica Privada de Medicina y Cirugía S.A. c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires. P. 169. XXXIII. RECURSO DE HECHO Policlínica Privada de Medicina y Cirugía S.A. c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires. Buenos Aires, 11 de junio de 1998. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido

Más detalles

SENTENCIA Nº 648/17. Presidente: D./Dña. Mª DEL CAMINO VÁZQUEZ CASTELLANOS

SENTENCIA Nº 648/17. Presidente: D./Dña. Mª DEL CAMINO VÁZQUEZ CASTELLANOS Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Décima C/ Génova, 10, Planta 2-28004 33010310 NIG: 28.079.00.3-2016/0014471 Recurso de Apelación 302/2017 Recurrente:

Más detalles

N En Montevideo, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil trece, estando en Acuerdo el Tribunal de lo Contencioso

N En Montevideo, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil trece, estando en Acuerdo el Tribunal de lo Contencioso N. 43.- En Montevideo, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil trece, estando en Acuerdo el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, con la presencia de los señores Ministros doctores

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación ELC CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 18000017221057 18000017221057 TRIBUNAL: JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL Nº 1 SECRETARÍA ELECTORAL CAPITAL FEDERAL- OFICINA PROSECRETARÍA; SITO EN: TUCUMAN

Más detalles

CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I

CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I Causa Nº 2322/15/CA1 S.I. GENERAL MOTORS LLC c/ Red Link S.A. s/ Cese de Oposición al Registro de Marca Juzgado Nº 8 Secretaría Nº 16 Buenos Aires, 2 de mayo de 2017. Y VISTOS: Los recursos de apelación

Más detalles

SENTENCIA 227 TRIBUNAL DE APELACIONES DE LA CIRCUNSCRIPCION ORIENTAL SALA CIVIL Y LABORAL. MASAYA. VEINTICINCO DE AGOSTO DEL DOS

SENTENCIA 227 TRIBUNAL DE APELACIONES DE LA CIRCUNSCRIPCION ORIENTAL SALA CIVIL Y LABORAL. MASAYA. VEINTICINCO DE AGOSTO DEL DOS SENTENCIA 227 TRIBUNAL DE APELACIONES DE LA CIRCUNSCRIPCION ORIENTAL SALA CIVIL Y LABORAL. MASAYA. VEINTICINCO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIEZ.- LAS DIEZ Y VEINTE MINUTOS DE LA MAÑANA. VISTOS RESULTA. El Juzgado

Más detalles

/1" ;'/. /U1JY1'~ r;4 2o/J-' -

/1 ;'/. /U1JY1'~ r;4 2o/J-' - CSJ 623/2013 (49-B)/CS1 RECURSO DE HECHO Buján, Juan Pablo e/ UGOFE LSM y otros s/ daños y perjuicios. /1" ;'/. /U1JY1'~ r;4 2o/J-' - Buenos Aires, / O ~ vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por

Más detalles

S e c c i ó n : N o t i f i c a c i o n e s C a p í t u l o : A s p e c t o s g e n e r a l e s D I R E C T R I C E S D E M A R C A S NOTIFICACIONES

S e c c i ó n : N o t i f i c a c i o n e s C a p í t u l o : A s p e c t o s g e n e r a l e s D I R E C T R I C E S D E M A R C A S NOTIFICACIONES NOTIFICACIONES La notificación es el acto de poner una resolución en conocimiento del interesado, de las partes o de terceros. Es un requisito para que las resoluciones surtan efectos. En esta materia,

Más detalles

CAMARA CIVIL - SALA L

CAMARA CIVIL - SALA L Expte n 69.068/12 Juzg.101- QBE Argentina ART S.A c/ Chacon, Jorge Eduardo y otros s/ cobro de sumas de dinero En Buenos Aires, a los días del mes de diciembre del año dos mil quince, encontrándose reunidos

Más detalles

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Corte Suprema de Justicia de la Nación M. 447. XXXIX. RECURSO DE HECHO Méndez, Nancy Noemí s/ homicidio atenuado Ccausa n 862C. Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 22 de febrero de 2005. Vistos los autos: "Recurso de hecho

Más detalles

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E 78838 / 2004 P.A.D.E.C. Y OTRO c/ BANCO COMAFI S.A. Y OTROS s/ordinario Juzg. 16 Sec. 31 15-13-14 Buenos Aires, 31 de mayo

Más detalles

CA Sala III 6*, * *, Zona. Poder Judicial de la Nación Cédula de Notificación *

CA Sala III 6*, * *, Zona. Poder Judicial de la Nación Cédula de Notificación * Cédula de Notificación *1600000311814 CA Sala III 6*, 16000003118146 Zona Fecha de emisión de la Cédula:30/marzo/2016 Sr/a:NOAILLES GUILLERMO FELIPE Domicilio:23077047409 Tipo de domicilio Electrónico

Más detalles

Señores Jueces de la Sala Segunda del Tribunal de. Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires doctores,

Señores Jueces de la Sala Segunda del Tribunal de. Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires doctores, PROVINCIA DE BUENOS AIRES TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL SALA II En la ciudad de La Plata a los C-46.519/46.689 días del mes de junio de dos mil once reunidos en Acuerdo Ordinario, los Señores Jueces de la

Más detalles

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA - SALA ESPECIALIZADA DE LO CONTENCIOSO

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA - SALA ESPECIALIZADA DE LO CONTENCIOSO RECURSO No. 205-2011 JUEZ PONENTE: DR. GUSTAVO DURANGO VELA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA - SALA ESPECIALIZADA DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO.- Quito, a 21 de junio de 2013 Las 8h40.-----------------------------------------------------------

Más detalles

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD, EXPEDIENTE N /2016 INICIADO POR EL NOTARIO EMILIO COTO.

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD, EXPEDIENTE N /2016 INICIADO POR EL NOTARIO EMILIO COTO. FV 264.096 DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD, EXPEDIENTE N 23077-1003/2016 INICIADO POR EL NOTARIO EMILIO COTO. REGISTRO SENTENCIA DEFINITIVA: 90 En la ciudad de La Plata, capital de la Provincia

Más detalles

CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE QUERÉTARO

CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE QUERÉTARO CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE QUERÉTARO ARTÍCULO 109 Artículo 109. Las notificaciones se harán: I. Personalmente; II. Por cédula; III. Por correo electrónico; IV. Por correo; V. Por edictos;

Más detalles

VPwwj 9U> a cíe r Q&u moó' QS$ wá

VPwwj 9U> a cíe r Q&u moó' QS$ wá r intrada N. Secretarla de Servicios Jurisdiccional^ VPwwj 9U> a cíe r Q&u moó' QS$ wá Expte SPL N 08/15 ///Plata, j^de O^f^^L de 2016. VISTO: Lo informado por la Secretaría de Planificación en el marco

Más detalles

Tribunal:CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VI - sito en Lavalle 1554 Piso 2

Tribunal:CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VI - sito en Lavalle 1554 Piso 2 Poder Judicial de la Nación Cédula de Notificación *1800001488999 T Sala VI 2*, 18000014889992 Zona Fecha de emisión de la Cédula:16/febrero/2018 Sr/a:DR. EDUARDO OSCAR ALVAREZ Domicilio:20130911081 Tipo

Más detalles

Recurso de nulidad de laudo y Procuradores Públicos. Algunos criterios de las Salas Comerciales

Recurso de nulidad de laudo y Procuradores Públicos. Algunos criterios de las Salas Comerciales Recurso de nulidad de laudo y Procuradores Públicos Algunos criterios de las Salas Comerciales La falta de emplazamiento con la demanda arbitral a los Procuradores Públicos La Constitución Art. 47.- La

Más detalles

HOSTACHE, DAMIAN MARIO LE PIDE LA QUIEBRA LEBE S.A. Expediente N 29816/2014/CA1 Juzgado N 7 Secretaría N 13

HOSTACHE, DAMIAN MARIO LE PIDE LA QUIEBRA LEBE S.A. Expediente N 29816/2014/CA1 Juzgado N 7 Secretaría N 13 MARIO LE PIDE LA QUIEBRA LEBE S.A. Expediente N 29816/2014/CA1 Juzgado N 7 Secretaría N 13 Buenos Aires, 18 de agosto de 2016. Y VISTOS: I. Viene apelada la resolución de fs. 121/2 por medio de la cual

Más detalles

MODIFICACIONES EN EL PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO

MODIFICACIONES EN EL PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO JORNADA REFORMA TRIBUTARIA LEY 27.430 MODIFICACIONES EN EL PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO Dr. José Mazzarella. ANALOGIA TRATAMIENTO IGUALITARIO No se admitirá la analogía para ampliar el alcance del hecho imponible,

Más detalles

Risuglia Maria c/ Zarate Rosario Elena s/ Cumplimiento de Contrato. Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I

Risuglia Maria c/ Zarate Rosario Elena s/ Cumplimiento de Contrato. Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I SENTENCIA Principio de Congruencia Reserva de derecho Risuglia Maria c/ Zarate Rosario Elena s/ Cumplimiento de Contrato Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I Causa: 46.883 R.S.:

Más detalles

CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa N 3.354/15/CA1 P.N.A. c/ Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación s/ amparo de salud Buenos Aires, 28 de junio de 2016. VISTOS: los recursos de apelación interpuestos

Más detalles

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 14 de junio de 2005. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el defensor oficial de Sebastián Gaspar Arguilea en la causa Arguilea, Sebastián Gaspar s/ homicidio en ocasión de robo

Más detalles

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 25

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 25 AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 25 PARA EL EJERCICIO DEL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD SE DEBE CUMPLIR PREVIAMENTE CON LA OBLIGACIÓN DEL REENGANCHE En fecha veinte (02) de agosto de, el Tribunal

Más detalles

CAMARA CIVIL - SALA L

CAMARA CIVIL - SALA L 102864/2010 CONS DE PROP PARAGUAY 1554/56/58 c/ EUROMI SA Y OTROS s/daños Y PERJUICIOS DERIVADOS DE LA PROP. HORIZONTAL. Buenos Aires, de agosto de 2015.- AUTOS Y VISTOS: I.- Agréguese y téngase por cumplido

Más detalles

REPÚBLICA DE PANAMÁ. El resto de los Magistrados que integran la Sala Tercera de la Corte Suprema de

REPÚBLICA DE PANAMÁ. El resto de los Magistrados que integran la Sala Tercera de la Corte Suprema de /..,/,. REPÚBLICA DE PANAMÁ ÓRGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA TERCERA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Panamá, catorce (14) de noviembre de dos mil siete (2007). VISTOS: El resto de los Magistrados

Más detalles

s U P r e m a DEFENSOR DEL PUEBLO Y OTRO CI PODER EJECUTIVO NACIONAL - DE LA NACION y OTRO si amparo Ley FRE /2013/3/RH3.

s U P r e m a DEFENSOR DEL PUEBLO Y OTRO CI PODER EJECUTIVO NACIONAL - DE LA NACION y OTRO si amparo Ley FRE /2013/3/RH3. FRE 11002690/2013/3/RH3. s U P r e m a C o r t e -1- A fs. 191/197 de los autos principales (foliatura a la que me referiré en adelante), la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia revocó la sentencia

Más detalles

Poder Judicial de la Nación Año del bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional

Poder Judicial de la Nación Año del bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Año del bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional PONTONI CARLOS RENE c/ ABRAXASE S.A. s/ EJECUTIVO Expediente N 11602/2010/CA1 Juzgado N 16 Secretaría N 32

Más detalles

Funciones del Asistente de Defensoría Laboral

Funciones del Asistente de Defensoría Laboral Funciones del Asistente de Defensoría Laboral El Manual de Funciones Jurisdiccional del MDP prevé las funciones que debe cumplir el Asistente de la Defensa Pública en los fueros Civil, Niñez y Adolescencia,

Más detalles

Buenos Aires, Y L ca ()~t(/brt (Jl.t.20.,4 1-

Buenos Aires, Y L ca ()~t(/brt (Jl.t.20.,4 1- CSJ 300/2012 (48-T)/CS1 RECURSO DE HECHO Tubet, Ricardo Luis el Aerolíneas Argentinas S.A. si despido... Buenos Aires, Y L ca ()~t(/brt (Jl.t.20.,4 1- Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el

Más detalles

l ) Que la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata,

l ) Que la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, FLP 35307/2016/CSl Yan, Feng si solicitud carta ciudadanía. Buenos Aires, Autos y Vistos; Considerando: l ) Que la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Sala 11, al rechazar el recurso de apelación

Más detalles

JUZGADO FEDERAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2

JUZGADO FEDERAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 Causa Nº 63646/2017, ASOCIACION DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS DE LA JUSTICIA NACIONAL c/ EN -CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Y OTROS s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO Buenos Aires, de octubre de 2017. Téngase presente

Más detalles

Buenos Aires, 3</ ~ ju UA~ A,/u/($

Buenos Aires, 3</ ~ ju UA~ A,/u/($ CSJ 178/2007 (43-R) ICSl RECURSO DE HECHO Romagnoli, Dante el Aeindar S.A. si cobro de pesos - laboral. Buenos Aires, 3

Más detalles

-1- La Sala "B" de la Cámara Nacional de Apelaciones de Mendoza, no hizo

-1- La Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones de Mendoza, no hizo CALABRIA JUAN C/BUSTOS VICTOR y OTROS S/SUMARIO Suprema Corte: -1- La Sala "B" de la Cámara Nacional de Apelaciones de Mendoza, no hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la parte actora y,

Más detalles

a) Incorporación de oficio al sistema de notificación electrónica.

a) Incorporación de oficio al sistema de notificación electrónica. Auxiliares de la justicia: últimas novedades. a) Incorporación de oficio al sistema de notificación electrónica. Como resultado de las gestiones realizadas por nuestro Consejo ante la Comisión Nacional

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación En la ciudad de Córdoba, a 20 días del mes de Septiembre del año dos mil diecisiete, reunidos en Acuerdo de Sala B de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para

Más detalles

1.- CUALES SON LOS REQUISITOS?

1.- CUALES SON LOS REQUISITOS? 1.- CUALES SON LOS REQUISITOS? Desde cualquier computadora con acceso a internet es posible acceder al sistema. Para realizar la solicitud de adhesión debe contar con un Dispositivo Criptográfico (Token).

Más detalles

M6. Providencia de admisión a trámite del recurso de reposición presentado por el demandado

M6. Providencia de admisión a trámite del recurso de reposición presentado por el demandado El Peritaje en el Proceso Civil M6. Providencia de admisión a trámite del recurso de reposición presentado por el demandado Juzgado de Primera Instancia núm... de (lugar). (dirección completa) PROVIDENCIA

Más detalles

LISTA EXTRAORDINARIA DE NOTIFICACIONES SECCIÓN DE TRÁMITE DE CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES Y DE ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD

LISTA EXTRAORDINARIA DE NOTIFICACIONES SECCIÓN DE TRÁMITE DE CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES Y DE ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD ES Y DE ACCIONES DE INIDAD # EXPEDIENTE PARTES 1 ACCIÓN DE INIDAD 41/2017 Y SU ACUMULADA 44/2017 2 ACCIÓN DE INIDAD 154/2017 3 CONTROVERSIA 111/2009 4 CONTROVERSIA 98/2016 PROMOVENTES: PARTIDOS POLÍTICOS

Más detalles

Por Gastón E. Bielli y Andrés L. Nizzo.

Por Gastón E. Bielli y Andrés L. Nizzo. Reciente pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia sobre la actuación del letrado patrocinante en el Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas de la Provincia de Buenos Aires. Comentario

Más detalles

//Plata, 11 de Marzo de AUTOS Y VISTOS: enfermedad profesional. Sobre dicho monto, dispuso

//Plata, 11 de Marzo de AUTOS Y VISTOS: enfermedad profesional. Sobre dicho monto, dispuso "ZOCARO, TOMAS ALBERTO C/ PROVINCIA A.R.T. S.A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJUICIOS". //Plata, 11 de Marzo de 2015. AUTOS Y VISTOS: Los señores Jueces doctores Soria, Genoud, Kogan y Pettigiani dijeron: I.

Más detalles

Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional

Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional En Buenos Aires, a 7 de junio de dos mil dieciséis, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para conocer los

Más detalles

EXPEDIENTE: RR-129/2016

EXPEDIENTE: RR-129/2016 TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA EXPEDIENTE: RR-129/2016 RECURRENTE: ADOLFO CALETTE VERDUZCO AUTORIDAD RESPONSABLE: IX CONSEJO

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación San Martín, 29 de agosto de 2018.- VISTOS Y CONSIDERANDO: I. Viene este incidente a estudio del Tribunal, a raíz del recurso de apelación deducido por la defensa técnica de Antonio Marcelo Ricardo Suárez

Más detalles

Consejo de la Magistratura

Consejo de la Magistratura 1 Consejo de la Magistratura RESOLUCION N 429/07 En Buenos Aires, a los 23 días del mes de agosto del año dos mil siete, sesionando en la Sala de Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial

Más detalles

Año del Bicentenario

Año del Bicentenario Buenos Aires, 28 de septiembre de 2010 Vistos los autos: "ENTEL Cen liquidaciónc c/ TEYMA S.A. s/ contrato administrativo". Considerando: 1 ) Que la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso

Más detalles

Exp: CO Res. Nº

Exp: CO Res. Nº Exp: 09-018333-0007-CO Res. Nº 2010001647 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las catorce horas y cincuenta y uno minutos del veintisiete de enero del dos mil diez. Acción

Más detalles

Casa de Moneda s/ despido", para decidir sobre su procedencia.

Casa de Moneda s/ despido, para decidir sobre su procedencia. CSJ 498/2012 (48-L)/CS1 RECURSO DE HECHO Luque, Rolando Baltazar e/ Sociedad del Estado Casa de Moneda s/ despido. Buenos Aires, Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa

Más detalles

ACUERDO ANTECEDENTES DE HECHO

ACUERDO ANTECEDENTES DE HECHO ACUERDO ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Con fecha 23 de octubre de 2013 tuvo entrada en el Registro General del Tribunal Supremo escrito firmado por don Javier Martínez Ramos, Secretario Judicial con destino

Más detalles

FUENTE FORMAL: CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL - ARTICULO 343 / LEY 446 DE ARTICULO 13

FUENTE FORMAL: CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL - ARTICULO 343 / LEY 446 DE ARTICULO 13 DESISTIMIENTO DE RECURSO - No requiere presentación personal porque no implica disposición del derecho en litigio / DESISTIMIENTO DE RECURSOS - Hace parte de las actuaciones propias del apoderado, por

Más detalles

A C U E R D O. 2012, habiéndose establecido, de conformidad con lo. dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el

A C U E R D O. 2012, habiéndose establecido, de conformidad con lo. dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el A C U E R D O En la ciudad de La Plata, a 31 de octubre de 2012, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores

Más detalles

OPINIONES MANDATO DE DETENCIÓN O PRISIÓN PREVENTIVA DE OFICIO? COMENTARIOS SOBRE EL CASO NANCY OBREGÓN: A PROPÓSITO DEL PROTOCOLO DEL D.L.

OPINIONES MANDATO DE DETENCIÓN O PRISIÓN PREVENTIVA DE OFICIO? COMENTARIOS SOBRE EL CASO NANCY OBREGÓN: A PROPÓSITO DEL PROTOCOLO DEL D.L. MANDATO DE DETENCIÓN O PRISIÓN PREVENTIVA DE OFICIO? COMENTARIOS SOBRE EL CASO NANCY OBREGÓN: A PROPÓSITO DEL PROTOCOLO DEL D.L. Nº1206 OPINIONES Por: www.fuzfirma.com JOSE ANTONIO C. ARISTA Integrante

Más detalles

ACTUACIONES JUDICIALES: MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY DE TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA

ACTUACIONES JUDICIALES: MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY DE TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA ACTUACIONES JUDICIALES: MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY DE TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA Prof. Günther Besser Valenzuela ACTUACIONES JUDICIALES Las actuaciones judiciales son una especie de acto procesal,

Más detalles

LEY N (Artículo 4 Reglamentado por Ac 5581 pto. 15)

LEY N (Artículo 4 Reglamentado por Ac 5581 pto. 15) LEY N 3049 (Artículo 4 Reglamentado por Ac 5581 pto. 15) Publicada: 13-01-2017 Sancionada: 14-12-2016 Promulgada: 04-01-2017 Artículo 1º Modifícanse los artículos 1º, 3º, 4º, 10º, 11, 13, 14, 15, 18, 21,

Más detalles

PRIMERO ANTECEDENTES. (Omissis) CUARTO ESCRITOS DE DEFENSAS Y ALEGATOS

PRIMERO ANTECEDENTES. (Omissis) CUARTO ESCRITOS DE DEFENSAS Y ALEGATOS CALIFICACIÓN DE DESPIDO. REENGANCHE. PAGO DE SALARIOS CAÍDOS. El patrono no podrá negarse al reenganche y pago de salarios caídos por existir una orden de alejamiento de un trabajador hacia la beneficiaria

Más detalles

TRIBUNAL SUPREMO Sala de lo Contencioso-Administrativo AUTO DE ACLARACIÓN

TRIBUNAL SUPREMO Sala de lo Contencioso-Administrativo AUTO DE ACLARACIÓN R. CASACION núm.: 3055/2017 Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo Espín Templado Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Martín Contreras TRIBUNAL SUPREMO Sala de lo Contencioso-Administrativo

Más detalles

Dictamen jurídico C. E. N MGEYA-AGC I.- ANTECEDENTES

Dictamen jurídico C. E. N MGEYA-AGC I.- ANTECEDENTES G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S P R O C U R A C I Ó N G E N E R A L Dictamen jurídico C. E. N 2003-46742-MGEYA-AGC AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL: Vienen las presentes actuaciones

Más detalles

TEMA 4 ETAPA IMPUGNATORIA

TEMA 4 ETAPA IMPUGNATORIA TEMA 4 ETAPA IMPUGNATORIA 4.1.- PROCEDENCIA: La palabra apelación tiene su origen en la voz latina apellatio, apellationis, y significa la acción de apelar. A su vez el vocablo apelar, del latín apellare

Más detalles

JUR\2016\ Personal al servicio de la Administración General del Estado.

JUR\2016\ Personal al servicio de la Administración General del Estado. Tribunal Superior de Justicia TSJ de Islas Canarias, Las Palmas (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª) Sentencia num. 422/2016 de 1 septiembre JUR\2016\266041 Personal al servicio de la Administración

Más detalles

Sentencia 763 de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 01/07/04.

Sentencia 763 de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 01/07/04. JURISPRUDENCIA Sentencia 763 de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 01/07/04. Aclaratoria a la Sentencia N 429. Extensión del plazo para reexpedir mercancía ingresada

Más detalles

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 8 MURCIA

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 8 MURCIA JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 8 MURCIA SENTENCIA: 00110/2017 UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO Modelo: N11600 AVDA. DE LA JUSTICIA, S/N - CIUDAD DE LA JUSTICIA - FASE I - 30011 MURCIA Equipo/usuario: L N.I.G:

Más detalles

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Corte Suprema de Justicia de la Nación D. 478. XXXIX. Daus, Oscar Normando c/ M del Interior y otros s/ daños y perjuicios. Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 18 de julio de 2006. Vistos los autos: ADaus, Oscar Normando c/

Más detalles

ACUERDO. (Registro de Presidencia N ), caratulada M., B. H. s/ Recurso de. queja, conforme al siguiente orden de votación: VIOLINI-CARRAL.

ACUERDO. (Registro de Presidencia N ), caratulada M., B. H. s/ Recurso de. queja, conforme al siguiente orden de votación: VIOLINI-CARRAL. ACUERDO En la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, Sede de la Sala III del Tribunal de Casación Penal, a los 13 días del mes de septiembre de 2011, se reúnen en Acuerdo Ordinario los señores

Más detalles

MODULO II RECURSO DE APELACIÓN APELACIÓN EN RELACIÓN APELACIÓN LIBRE EFECTOS SUSPENSIVO, DEVOLUTIVO Y DIFERIDO REMISIÓN DEL EXPEDIENTE O ACTUACIÓN

MODULO II RECURSO DE APELACIÓN APELACIÓN EN RELACIÓN APELACIÓN LIBRE EFECTOS SUSPENSIVO, DEVOLUTIVO Y DIFERIDO REMISIÓN DEL EXPEDIENTE O ACTUACIÓN MODULO II RECURSO DE APELACIÓN APELACIÓN EN RELACIÓN APELACIÓN LIBRE EFECTOS SUSPENSIVO, DEVOLUTIVO Y DIFERIDO REMISIÓN DEL EXPEDIENTE O ACTUACIÓN FACULTAD DEL TRIBUNAL DE REVISAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Auto: CASACIÓN Fecha Auto: 12/04/2016 Recurso Num.: 2367/2014 Fallo/Acuerdo: Auto Suspensión Ponente

Más detalles

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Consejera Ponente: CARMEN TERESA ORTIZ DE RODRÍGUEZ

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Consejera Ponente: CARMEN TERESA ORTIZ DE RODRÍGUEZ CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Consejera Ponente: CARMEN TERESA ORTIZ DE RODRÍGUEZ Bogotá D.C., trece (13) de mayo de dos mil quince (2015). Radicación número: 73001233300020140024501

Más detalles

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.4 de PONFERRADA. Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO /2016

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.4 de PONFERRADA. Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO /2016 AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 LEON SENTENCIA: 00013/2017 ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000361 /2016 Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.4 de PONFERRADA Procedimiento de origen:

Más detalles

CSJ 551/2012 (48-R) /CS1 RECURSO DE HECHO R., B. S. y otros s/incidente

CSJ 551/2012 (48-R) /CS1 RECURSO DE HECHO R., B. S. y otros s/incidente CSJ 551/2012 (48-R) /CS1 RECURSO DE HECHO R., B. S. y otros s/incidente tutelar. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la Procuradora General ante la Suprema Corte Justicia de la Provincia de

Más detalles

SENTENCIA: SENTENCIA Nº 50/16. Vigo, a 15 de febrero de 2016

SENTENCIA: SENTENCIA Nº 50/16. Vigo, a 15 de febrero de 2016 SENTENCIA: JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NUMERO DOS DE VIGO N11600 C/ LALIN Nº 4, PISO 5º EDIFICIO Nº2 CB N.I.G: Procedimiento: Sobre: De D/Dª: Letrado: Procurador D./Dª: Contra D./Dª Letrado: Procurador

Más detalles

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA PREVISIONAL SALA B

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA PREVISIONAL SALA B //doba, 8 de noviembre del 2017. Y VISTOS: Estos autos caratulados: JUÁREZ, CANDIDA AURORA C/ ANSES MORA ADMINISTRATIVA (/CA1), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación articulado

Más detalles

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: JORGE OCTAVIO RAMÍREZ RAMÍREZ

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: JORGE OCTAVIO RAMÍREZ RAMÍREZ CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: JORGE OCTAVIO RAMÍREZ RAMÍREZ Bogotá D.C., diecinueve (19) de julio de dos mil dieciséis (2016) Radicación: 08001

Más detalles

A U T O. Zaragoza a veintidós de marzo de dos mil trece.

A U T O. Zaragoza a veintidós de marzo de dos mil trece. Recurso de casación e infracción procesal 43/12 A U T O Excmo. Sr. Presidente / D. Fernando Zubiri de Salinas / Ilmos. Sres. Magistrados / D. Luis Ignacio Pastor Eixarch / D. Emilio Molins García-Atance

Más detalles

CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V

CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 25173/2008 HERNANDEZ ERNESTO A c/ EN-H CONGRESO-CAMARA DIPUTADOS-RESOL 1081/08 s/empleo PUBLICO En Buenos Aires, Capital Federal

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 6 CCC 6476/2013/CA1 Causa N 6476/13 "R. B., C. J. s/ procesamiento Interlocutoria Sala VI.- Juzgado en lo

Más detalles

Expte. N 12503/15 "GCBA sl queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Frias, Lorena Marisel c/gcba y otros sl amparo (art. 14 CCABA)'''.

Expte. N 12503/15 GCBA sl queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Frias, Lorena Marisel c/gcba y otros sl amparo (art. 14 CCABA)'''. Ministerio Publico Fiscal de la Ciudad AutOnoma de Buenos Aires Fiscalia General Expte. N 12503/15 "GCBA sl queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Frias, Lorena Marisel c/gcba y otros

Más detalles

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA SE PLANTEA LA SIGUIENTE C U E S T I O N: QUE PRONUNCIAMIENTO CORRESPONDE DICTAR EN

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA SE PLANTEA LA SIGUIENTE C U E S T I O N: QUE PRONUNCIAMIENTO CORRESPONDE DICTAR EN ST1 24049/4 En la ciudad de corrientes a los seis ( 06 ) días del mes de agosto del año dos mil siete, estando reunidos los Señores Ministros del Superior Tribunal de Justicia Doctores Carlos Rubín, Fernando

Más detalles

MODULO III RECURSO DE APELACIÓN EN MATERIA DE HONORARIOS RECURSO DE ACLARATORIA RECURSO DE QUEJA RECURSO EXTRAORDINARIO POR SENTENCIA ARBITRARIA

MODULO III RECURSO DE APELACIÓN EN MATERIA DE HONORARIOS RECURSO DE ACLARATORIA RECURSO DE QUEJA RECURSO EXTRAORDINARIO POR SENTENCIA ARBITRARIA MODULO III RECURSO DE APELACIÓN EN MATERIA DE HONORARIOS RECURSO DE ACLARATORIA RECURSO DE QUEJA RECURSO EXTRAORDINARIO POR SENTENCIA ARBITRARIA APELACION DE HONORARIOS APELACION CONFORME ART. 61 LEY 512

Más detalles