Exposición de Motivos

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1 QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y DEL REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS, A CARGO DE LA DIPUTADA CARMEN LUCÍA PÉREZ CAMARENA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN La que suscribe, diputada Carmen Lucía Pérez Camarena, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento de la Cámara de Diputados al tenor de la siguiente Exposición de Motivos De acuerdo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación La igualdad sustantiva es la igualdad de hecho o material por oposición a la igualdad de derecho o formal. Supone la modificación de las circunstancias que impiden a las personas el ejercicio pleno de los derechos y el acceso a las oportunidades a través de medidas estructurales, legales o de política pública. 1 El tema de ninguna manera debe verse como nuevo. Al centro de su disertación se encuentra el problema ancestral de la libertad de la mujer y, al mismo tiempo, del hombre mismo. Asimismo, el fortalecimiento a la transversalidad de la perspectiva de género ha tenido como fin, beneficiar de manera sustantiva el desarrollo de acciones y proyectos orientados a contribuir a la disminución de las brechas existentes para alcanzar la igualdad sustantiva en todos los ámbitos de la vida. De acuerdo al documento Equidad de género o la búsqueda de equidad dentro de la inequidad, del autor Genaro González Licea La historia de los derechos humanos hasta el siglo XX es en realidad la historia de los derechos del hombre, ya que las mujeres se vieron privadas de la mayoría de ellos hasta que el movimiento feminista fue consiguiendo, ya entrando el siglo XX, que las mujeres fueran accediendo al derecho a la educación, al voto, a la igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares, etcétera. La influencia más transcendental de las mujeres hacia los cambios que hemos tenido hasta nuestros días en todos los ámbitos, podemos considerar que se dio a mediados del siglo pasado, siendo en México un paso transcendental el derecho al voto en el año Si bien, ya anteriormente la Declaración Universal de Derechos Humanos proclamada en 1846, por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), señala en su preámbulo que Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad... 2 Destaca en su artículo 2 que toda persona tiene derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Derivado de la importancia que reviste el tema fue que en 1946 se crea la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, principal órgano internacional intergubernamental dedicado exclusivamente a la promoción de la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer. Se trata de una comisión orgánica dependiente del Consejo Económico y Social. 3 Resultado de los trabajos que realizó dicha comisión, se inicio la aprobación de diversos instrumentos jurídicos que sirvieron como ejes determinantes para la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer en1952.

2 De igual manera es que 1966 se aprobó el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como el de Derechos Civiles y Políticos, que establecieron claramente que el contenido de todos sus artículos se aplicaría por igual a hombres y mujeres. Si bien, nuestro país ha firmado la mayor parte de los instrumentos internacionales sobre la mujer, como la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW); la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer; los planes de acción de las Conferencias Mundiales sobre Derechos Humanos (Viena, 1993) y sobre Población y Desarrollo (El Cairo, 1994); la Plataforma de Acción de Beijing de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer (1995). A pesar de los progresos en la materia, la participación de las mujeres en los diferentes ámbitos de la política ha sido lenta, el cual no ha tenido el mismo ritmo, ni magnitud en los diversos órdenes de gobierno. Entre ellos, encontramos que la Cámara de Diputados ha incrementado la presencia de mujeres derivado de las últimas reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electores (Cofipe), particularmente las del 2008 sobre cuotas de género. A pesar de que actualmente hay más participación de mujeres en la toma de decisiones en nuestro país, este contexto no visualiza o garantiza que las mujeres tengan acceso de manera igualitaria a una verdadera participación en los asuntos públicos y en los puestos de elección dentro de los organismos como lo es en la Cámara de Diputados particularmente en las comisiones. El libro La participación política de las mujeres. De las cuotas de género a la paridad, elaborado por el Centro de Estudios de Equidad de Género de la Cámara de Diputados (CEAMEG), señala que la expresión democracia paritaria es reciente y su mayor impulso parece coincidir con la realización de la Conferencia de Atenas en 1992, en la cual se definió la paridad como la total integración, en pie de igualdad de las mujeres, en las sociedades democráticas, utilizando para ello las estrategias multidisciplinarias que sean necesarias (Zuñiga, 2005:1). De manera que este concepto busca garantizar la participación equilibrada en la toma de decisiones, promoviendo la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. De acuerdo, a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, se entiende por: Igualdad Sustantiva. Es el acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales Perspectiva de Género. Concepto que se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género; De acuerdo a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) se entiende como transversalizar la perspectiva de género es el proceso de valorar las implicaciones que tiene para los hombres y para las mujeres cualquier acción que se planifique, ya se trate de legislación, políticas o programas, en todas las áreas y en todos los niveles. Es una estrategia para conseguir que las preocupaciones y experiencias de las mujeres, al igual que las de los hombres, sean parte integrante en la elaboración, puesta en marcha, control y evaluación de las políticas y de los programas en todas las esferas políticas, económicas y sociales, de manera que las mujeres y los hombres puedan beneficiarse de ellos igualmente y no se perpetúe la desigualdad. El objetivo final de la integración es conseguir la igualdad de los géneros. Si bien, el 31 de enero de 2014 se eleva a rango constitucional la garantía de la paridad entre mujeres y hombres en las candidaturas a la Cámara de Diputados, Senado y Congresos Estatales, es sin duda un gran avance que nos faculta e impulsa a trabajar en todos los procesos en donde participan mujeres y hombres. La reforma establece en el artículo 41 constitucional que los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación

3 política y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo, así como las reglas para garantizar la paridad entre los géneros, en candidaturas a legisladores federales y locales. El libro titulado La participación política de las mujeres. De las cuotas de género a la paridad, del CEAMEG, indica que los países de la región de América Latina y el Caribe establecieron en el Consenso de Quito (2007) que la paridad es uno de los propulsores determinantes de la democracia, cuyo fin es alcanzar la igualdad en el ejercicio del poder, en la toma de decisiones, en los mecanismos de participación y representación social y política, y en las relaciones familiares al interior de los diversos tipos de familias, las relaciones sociales, económicas, políticas y culturales, y que constituye una meta para erradicar la exclusión estructural de las mujeres (CEPAL, 2007:3). En este contexto es que tras las reformas que nuestro país a vivido en la materia, los avances han sido importantes pero no suficientes en el ámbito legislativo, por ejemplo en la Legislatura LXI, las Comisiones estaban 20 por ciento presididas por mujeres (9) y 80 por ciento presididas por hombres (35), de un total de 44 Comisiones. Para 2013, la Cámara de Diputados quedo conformada por el 37 por ciento de mujeres y 63 por ciento por hombres lo que representó un avance sin precedentes rumbo a la igualdad. Siendo 184 mujeres y 316 hombres. De acuerdo a la página consultada del Instituto Federal Electoral la integración de Comisiones actualizada a septiembre del 2013, 25 por ciento de Comisiones un avance mínimo respecto a las legislaturas anteriores, eran presididas por mujeres (14) y 75 por ciento por hombres (42), de un total de 52 comisiones. 4 De 128 senadurías, sólo 44 son ocupados por mujeres; lo que representa apenas 33.6 por ciento. De las 1134 diputaciones en los congresos locales, solamente 310 escaños son ocupados por mujeres, por ciento. Al día de hoy, ninguno de los 32 estados de la República Mexicana es gobernado por una mujer. 5 El avance político de las mujeres trabajando de la mano con los hombres es una de las metas del actual sistema democrático, el número en sí es un fin que demostrará la importancia de contar con el talento de toda la pluralidad de la población, las demandas y, de esa manera, será posible discutir soluciones debidamente representadas en el Congreso. Mujeres y hombres debemos trabajar de manera conjunta, en leyes que nos beneficien, es por ello que atendiendo estas nuevas realidades, considero pertinente que se incorporen las reformas a la Ley Federal del Trabajo que entraron en vigor el 1 de Diciembre de 2012, en donde se estipulan permisos de paternidad para hombres trabajadores, incluyendo dentro de nuestra Ley Orgánica que se otorgará un permiso de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo a los diputados por el nacimiento de sus hijos y/o por la adopción de un menor de edad. Bajo los esquemas que actualmente se desarrollan las mujeres y los hombres debemos involucrarnos todos, la crianza, la enseñanza y la protección de los hijos e hijas debe ser una tarea conjunta y equilibrada. Por lo anteriormente expuesto y motivado someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados Artículo Primero. Se reforman los artículos 15, numeral 2; 17, numeral 1; 34, numeral 1, inciso c); 43, numeral 3; 46, numeral 5; 60, numeral 2; 62, numeral 1; 81, numeral 1; 91; 104, numeral 2; 117, numeral 1; y, 118, encabezado del numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

4 Capitulo Primero De la sesión constitutiva de la Cámara Artículo La Mesa de Decanos se integra por los diputados electos presentes que hayan desempeñado con mayor antigüedad la responsabilidad de legislador federal. En caso de presentarse antigüedades iguales, la precedencia se establecerá, observando de ser procedente el principio de igualdad entre hombres y mujeres en todos los supuestos siguientes, en favor de quienes hayan pertenecido al mayor número de Legislaturas y, en su caso, a los de mayor edad. El diputado electo que cuente con mayor antigüedad será el Presidente de la Mesa de Decanos. Serán Vicepresidentes los diputados electos que cuenten con las tres siguientes mayores antigüedades, procurando reflejar la pluralidad de la conformación de la Cámara y la proporcionalidad de la misma entre hombres y mujeres. En calidad de Secretarios les asistirán los siguientes tres diputados electos que cuenten con las sucesivas mayores antigüedades. 3. a Artículo La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados será electa por el pleno, observando el principio de igualdad entre hombres y mujeres; se integrará con un presidente, tres vicepresidentes y un secretario propuesto por cada grupo parlamentario, pudiendo optar este último por no ejercer dicho derecho. Los integrantes de la Mesa Directiva durarán en sus funciones un año y podrán ser reelectos. 2. a Artículo a) a b)... c) Proponer al pleno, tomando en cuenta la pluralidad representada en la Cámara y la proporcionalidad entre hombres y mujeres en la conformación de la misma, la integración con igualdad sustantiva de las comisiones y sus respectivas Mesas Directivas, así como la designación de delegaciones para atender la celebración de reuniones interparlamentarias con órganos nacionales de representación popular de otros países o de carácter multilateral; con respecto a estas reuniones, en los recesos, la Junta de Coordinación Política podrá hacer la designación a propuesta de su Presidente; d) a i)... Artículo a Para la integración de las comisiones, la Junta de Coordinación Política tomará en cuenta la pluralidad representada en la Cámara y la proporcionalidad entre hombres y mujeres en la conformación de la misma para formular con igualdad sustantiva las propuestas correspondientes, con base en el criterio de proporcionalidad entre la integración del Pleno y la conformación de las comisiones. 4. a 7....

5 Artículo a A propuesta de la Junta de Coordinación Política, el Pleno propondrá constituir con igualdad sustantiva grupos de amistad para la atención y seguimiento de los vínculos bilaterales con órganos de representación popular de países con los que México sostenga relaciones diplomáticas. Su vigencia estará ligada a la de la Legislatura en que se conformaron, pudiendo desde luego ser establecidos nuevamente para cada legislatura. Artículo La Mesa de Decanos se integra por los Senadores electos presentes que, en orden decreciente, hayan desempeñado con mayor antigüedad el cargo de Senador. En caso de presentarse antigüedades iguales, la precedencia se establecerá, observando el principio de igualdad entre hombres y mujeres, en su caso, a favor de los de mayor edad. 3. a Artículo La Mesa Directiva de la Cámara de Senadores se integra con un Presidente, tres vicepresidentes y cuatro secretarios, observando el principio de igualdad entre hombres y mujeres, electos por mayoría absoluta de los senadores presentes y en votación por cédula. 2. a Artículo Al inicio del periodo constitucional de cada legislatura, se conformará la Junta de Coordinación Política, la cual se integra por los coordinadores de los grupos parlamentarios representados en la legislatura. Adicionalmente a los anteriores, serán integrantes de la Junta de Coordinación Política con igualdad sustantiva en cada caso : dos senadores por el grupo parlamentario mayoritario y uno por el grupo parlamentario que, por sí mismo, constituya la primera minoría de la Legislatura. En su ausencia el Coordinador de cada grupo parlamentario podrá nombrar un Senador que lo represente. 2. a Artículo Las comisiones contarán con un presidente y dos secretarios, apegándose en todo momento a la proporcionalidad entre hombres y mujeres en la conformación de la Cámara. Artículo Para la integración de las comisiones, la Junta de Coordinación Política tomará en cuenta la pluralidad representada en la Cámara y la proporcionalidad entre hombres y mujeres en la conformación de la misma para formular con igualdad sustantiva las propuestas correspondientes, con base en el criterio de proporcionalidad entre la integración del Pleno y la conformación de las comisiones. Al efecto, los grupos parlamentarios formularán los planteamientos que estimen pertinentes.

6 3. a Artículo La Comisión Permanente se compone de treinta y siete miembros, de los que diecinueve serán diputados y dieciocho senadores, quienes serán designados con igualdad sustantiva mediante voto secreto por las respectivas Cámaras, durante la última sesión de cada periodo ordinario. Para suplir en sus ausencias a los titulares, las Cámaras nombrarán de entre sus miembros en ejercicio el mismo número de sustitutos Artículo La Mesa Directiva de la Comisión Permanente deberá elegirse tomando en cuenta la pluralidad representada en el Congreso de la Unión y la proporcionalidad entre hombres y mujeres en la conformación del mismo, conforme al siguiente procedimiento: a) a c)... Artículo Segundo. Se reforman los artículos 8, numeral 1, fracción XIV; 12, numeral 2; 18; 21; 48, numeral 1, fracción II; 49; y, 195, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, para quedar como sigue: Artículo 8. I. a XIII.... XIV. Adecuar todas sus conductas al criterio de igualdad sustantiva y a los ordenamientos respectivos y evitar que los recursos económicos, humanos, materiales y telemáticos, de que disponga para el ejercicio de su cargo, se destinen a otros fines; XV. a XX.... Artículo Las diputadas tendrán derecho a solicitar licencia en el ejercicio del cargo por estado de gravidez o por adopción, por el mismo periodo previsto en la Ley de la materia, para la incapacidad pre y post natal, y los diputados tendrán derecho a solicitar licencia, ya sea por paternidad o por adopción, por cinco días, sin perjuicio de su condición laboral en ambos casos. Artículo Los grupos promoverán la igualdad entre hombres y mujeres en los órganos que constituyan en su interior, así como en la integración de las comisiones y comités.

7 Artículo Las inasistencias de las diputadas o de los diputados a las sesiones del Pleno podrán justificarse por las siguientes causas: I.... II. Gestación, maternidad, paternidad y adopción; y III a Artículo La justificación de inasistencia por enfermedad, motivos de salud, gestación, maternidad, paternidad y adopción deberá tramitarse ante la Mesa Directiva, con una constancia médica avalada por los servicios médicos de la Cámara o por el acta de adopción expedida por el Registro Civil correspondiente. Artículo Serán causas de inasistencia justificada: I.... II. Gestación, maternidad, paternidad o adopción; III. a V a Transitorios Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Notas Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de abril de Diputada Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica)

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