El objetivo de esta comunicación es darle la bienvenida dado que durante el mes de Noviembre usted eligió ser monotributista.
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- José Miguel Miguélez Robles
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1 Campaña N 753 Bienvenida al Monotributo El objetivo de esta comunicación es darle la bienvenida dado que durante el mes de Noviembre usted eligió ser monotributista. Con esta decisión usted dio el primer paso en el camino de la formalidad, ya que optó por transitar un sendero que se recorre a través de derechos y obligaciones. Un ciudadano responsable se sostiene sobre la base del conocimiento; y como las normas suelen ser complejas, desde la AFIP tratamos de ofrecerle elementos y canales de comunicación que le informen y faciliten su actividad como monotributista. Para que su andar sea tranquilo y seguro, en este primer contacto, además de saludarlo, queremos informarle sobre las principales características del régimen. Principales características del Monotributo Modelo de carta Asimismo podrá acceder a toda la información sobre Monotributo ingresando al siguiente link:
2 Principales características del Monotributo Vencimiento El pago mensual debe realizarse hasta el día 20 del respectivo mes, excepto cuando se trate de inicio de actividades, en cuyo caso el pago correspondiente al mes de inicio de actividades podrá efectuarse hasta el último día de ese mes. Le recordamos que el pago podrá realizarse a través de los siguientes medios: Efectivo: en entidades bancarias, Pago Fácil, Rapipago y Bapro Pagos. Cheque Transferencia electrónica de fondos Cajeros Automáticos Tarjetas de Crédito Débito Automático en Cuenta Bancaria Beneficio por pago con débito automático Si está adherido al débito directo en cuenta bancaria o débito automático en tarjeta de crédito y si cumplió con la totalidad de los pagos en tiempo y forma en el último año calendario, se le reintegrará en marzo del año siguiente: El importe equivalente a un impuesto integrado mensual: si hubiera cumplido en tiempo forma con el ingreso del componente impositivo y, en su caso, de las cotizaciones previsionales, correspondientes a los 12 meses calendarios; El importe equivalente al 50% del impuesto integrado: cuando se trate de inicio de actividad o de un período calendario irregular, siempre que la cantidad de cuotas ingresadas en tiempo y forma fueran entre 6 y 11 ambas inclusive. El importe correspondiente al reintegro será efectuado automáticamente mediante acreditación en la cuenta adherida al servicio o en la correspondiente a la tarjeta de crédito respectiva. Documentación a exhibir En un lugar visible y destacado del área de atención al público de su comercio, deberá -obligatoriamente- exhibir: Constancia de Opción - Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes con la categoría actualizada. Se obtiene en la página web de la AFIP, ingresando a la opción Los más visitados ítem Constancia de Inscripción Comprobante de pago del último mes (excepto si lo efectuó con tarjeta de crédito o mediante débito en cuenta bancaria).
3 Cartel AFIP que recuerda el derecho de exigir el tique o factura - Formulario 960. Podrá obtener el citado formulario en la página web de la AFIP, ingresando a la opción Los más visitados ítem Formularios. Recategorización El régimen simplificado prevé la recategorización de los monotributistas cuando se registren diferencias, en más o en menos, en: ingresos brutos obtenidos energía eléctrica consumida superficie afectada alquileres devengados No corresponderá recategorizarse: 1 - De no existir cambios, la categoría sigue siendo la misma y, por lo tanto, no debe realizar ningún trámite. 2 En caso de inicio de actividades, y por el período comprendido entre el mes de inicio hasta que no haya transcurrido un cuatrimestre calendario completo. Si su situación cambió, usted deberá recategorizarse. Cómo? Por Internet con CLAVE FISCAL, utilizando el servicio Sistema Registral, opción Registro Tributario / Monotributo. Calendario para la 1ra. recategorización: Si se adhirió en: Mayo Junio - Julio - Agosto Septiembre Octubre - Noviembre - Diciembre Enero Febrero - Marzo Abril La primera recategorización vence el: 20 de Enero del año siguiente 20 de Mayo del año siguiente 20 de Septiembre del año siguiente Qué pasa si no pago? Si no registra pagos durante 10 meses consecutivos, la AFIP podrá darle la baja en forma automática. Si no registra pagos durante 3 períodos consecutivos o 5 alternados, la Obra Social podrá efectuar la desafiliación.
4 Baja Si por algún motivo deja de ser monotributista, debe informarlo a la AFIP ingresando con su CLAVE FISCAL al servicio Sistema Registral, opción Registro Tributario / Monotributo, Baja de Impuestos/Regímenes. Declaración Jurada informativa cuatrimestral Quiénes deben presentarla? Los monotributistas que, a la finalización del cuatrimestre calendario al que corresponda la información: estén encuadrados en la Categoría F, G, H, I, J, K o L (podrá consultar la categoría ingresando a la constancia de opción al régimen); o revistan la calidad de empleadores sin importar la categoría en la que se encuentren encuadrados. Qué información comprende? - Datos relacionados con las operaciones realizadas. - Principales clientes y proveedores. - Información relacionada con el consumo de energía eléctrica. - Datos de los lugares en los que desarrolla la actividad. Cuál es el plazo para presentarla? Septiembre-Diciembre 2010 Enero-Abril 2011 Terminación de CUIT 0 ó 1: 25/01/2011 Terminación de CUIT 2 ó 3: 26/01/2011 Terminación de CUIT 4 ó 5: 27/01/2011 Terminación de CUIT 6 ó 7: 28/01/2011 Terminación de CUIT 8 ó 9: 31/01/2011 Terminación de CUIT 0 ó 1: 24/05/2011 Terminación de CUIT 2 ó 3: 26/05/2011 Terminación de CUIT 4 ó 5: 27/05/2011 Terminación de CUIT 6 ó 7: 30/05/2011 Terminación de CUIT 8 ó 9: 31/05/2011 Mayo-Agosto 2011 Terminación de CUIT 0 ó 1: 26/09/2011 Terminación de CUIT 2 ó 3: 27/09/2011 Terminación de CUIT 4 ó 5: 28/09/2011
5 Terminación de CUIT 6 ó 7: 29/09/2011 Terminación de CUIT 8 ó 9: 30/09/2011 Cómo se presenta? Por Internet con CLAVE FISCAL, utilizando el servicio Sistema Registral, opción Registro Tributario, Declaración de Monotributo Informativa. IMPORTANTE: si un monotributista dejara de cumplir con las condiciones por las que resulta obligado a presentar la declaración jurada informativa cuatrimestral, deberá seguir presentando igualmente la declaración cuatrimestral por los 6 cuatrimestres siguientes al de la última declaración presentada. Más información Puede mantenerse informado de las novedades y vencimientos a través de correo electrónico, SMS, RSS. Conozca como utilizar estos servicios ingresando en opción Suscríbase
6 Modelo de carta
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