AYUNTAMIENTO DE SANTANDER

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "AYUNTAMIENTO DE SANTANDER"

Transcripción

1 AYUNTAMIENTO DE SANTANDER Aprobacón fntva la modfcacón dversas ornanzas fscales para el año El Ayuntamento en Pleno, en sesón celebrada el día 24 octubre 2011, adoptó el Acuerdo sguente: 1. Aprobar provsonalmente, y forma fntva para el caso que no se presenten reclamacones durante el plazo exposcón al públco, la modfcacón las ornanzas fscales que a contnuacón se ndcan, las cuáles habrán regr a partr l 1 enero l año 2012: 1. Se modfcan las sguentes ORDENANZAS FISCALES DE IMPUESTOS: 1-I Impuesto sobre Benes Inmuebles (I.B.I.) 2-I Impuesto sobre Actvdas Económcas (IAE) 3-I Impuesto sobre Vehículos Traccón Mecánca (I.V.T.M.) 4-I Impuesto sobre Construccones, Instalacones y Obras. 5-I Impuesto sobre el Incremento Valor los Terrenos Naturaleza Urbana. 2. Se modfcan las sguentes ORDENANZAS FISCALES DE TASAS: 1-T Ornanza reguladora la Tasa por Lcencas Urbanístcas, servcos urbanístcos y cartográfcos. 2-T Tasa por Lcenca Apertura establecmentos. 4-T Tasa por prestacón Servcos la Polcía, Inmovlzacón, Depóstos, Retrada Vehículos la Vía Públca (GRÚA). 5-T Tasa por recogda Basuras. 7-T Tasa Alcantarllado 8-T Tasa por prestacón l servco Sumnstro Agua. 9-T Tasa por la Utlzacón Prvatva o por el Aprovechamento Especal l Domno Públco Local. 10-T Tasa por la Prestacón Servcos y Utlzacón las Instalacones los Mercados Muncpales. 11-T Tasa por Derechos Examen. 12-T Tasa por Estaconamento Lmtado Vehículos Traccón Mecánca en las Vías Públcas Muncpales. El ctado Acuerdo fue publcado en el Boletín ofcal Cantabra l día 28 octubre 2011, en el Tablón Anuncos la Casa Consstoral en el perodo l 25 octubre al 4 dcembre 2011; en el Daro Montañés l día 10 novembre 2011 y en el Daro Alerta y en el Mundo Cantabra el día 15 novembre El plazo exposcón al públco fnalzó el día 3 dcembre Durante el perodo exposcón al públco no se ha presentado reclamacones n alegacones contra las sguentes ornanzas: 1. ORDENANZAS FISCALES DE IMPUESTOS: 1-I Impuesto sobre Benes Inmuebles (I.B.I.) Pág boc.cantabra.es 1/26

2 2-I Impuesto sobre Actvdas Económcas (IAE) 4-I Impuesto sobre Construccones, Instalacones y Obras. 5-I Impuesto sobre el Incremento Valor los Terrenos Naturaleza Urbana. 2. ORDENANZAS FISCALES DE TASAS: 1-T Ornanza reguladora la Tasa por Lcencas Urbanístcas, servcos urbanístcos y cartográfcos. 2-T Tasa por Lcenca Apertura establecmentos. 4-T Tasa por prestacón Servcos la Polcía, Inmovlzacón, Depóstos, Retrada Vehículos la Vía Públca (GRUA). 5-T Tasa por recogda Basuras. 7-T Tasa Alcantarllado 8-T Tasa por prestacón l servco Sumnstro Agua. 9-T Tasa por la Utlzacón Prvatva o por el Aprovechamento Especal l Domno Públco Local. 10-T Tasa por la Prestacón Servcos y Utlzacón las Instalacones los Mercados Muncpales. 11-T Tasa por Derechos Examen. 12-T Tasa por Estaconamento Lmtado Vehículos Traccón Mecánca en las Vías Públcas Muncpales. Por lo que en cumplmento l Artículo 17.3 l Real Decreto Legslatvo 2/2004, 5 marzo, por el que se aprueba el Texto Refunddo la Ley Reguladora las Hacendas Locales, por Resolucón l Excmo. Sr. Alcal-Presnte fecha 16 dcembre 2011, se adoptó el sguente acuerdo: UNO. Elevar a fntvo el Acuerdo l Pleno aprobacón las modfcacones la sguentes Ornanzas Fscales: 1. ORDENANZAS FISCALES DE IMPUESTOS: 1-I Impuesto sobre Benes Inmuebles (I.B.I.) 2-I Impuesto sobre Actvdas Económcas (IAE) 4-I Impuesto sobre Construccones, Instalacones y Obras. 5-I Impuesto sobre el Incremento Valor los Terrenos Naturaleza Urbana. 2. ORDENANZAS FISCALES DE TASAS: 1-T Ornanza reguladora la Tasa por Lcencas Urbanístcas, servcos urbanístcos y cartográfcos. 2-T Tasa por Lcenca Apertura establecmentos. 4-T Tasa por prestacón Servcos la Polcía, Inmovlzacón, Depóstos, Retrada Vehículos la Vía Públca (GRÚA). 5-T Tasa por recogda Basuras. 7-T Tasa Alcantarllado 8-T Tasa por prestacón l servco Sumnstro Agua. 9-T Tasa por la Utlzacón Prvatva o por el Aprovechamento Especal l Domno Públco Local. Pág boc.cantabra.es 2/26

3 10-T Tasa por la Prestacón Servcos y Utlzacón las Instalacones los Mercados Muncpales. 11-T Tasa por Derechos Examen. 12-T Tasa por Estaconamento Lmtado Vehículos Traccón Mecánca en las Vías Públcas Muncpales. DOS. Ornar la publcacón las msmas en el Boletín Ofcal Cantabra para su entrada en vgor a partr l 1 enero TRES. Dar cuenta al Pleno en la prmera sesón que se celebre. En cumplmento lo dspuesto en el apartado 4 l artículo 17 l Real Decreto Legslatvo 2/2004, 5 marzo, por el que se aprueba el Texto Refunddo la Ley Reguladora las Hacendas Locales, se hace públco el texto íntegro los acuerdos modfcacón que fguran como anexo a éste anunco. Lo que se hace públco para general conocmento, sgnfcando que contra dchos acuerdos los nteresados podrán nterponer Recurso Contencoso Admnstratvo, a partr la publcacón l presente anunco, en la forma y plazo que establecen las normas reguladoras dcha jursdccón. Santanr, 16 dcembre El alcal en funcones, Samuel Ruz Fuertes. ANEXOS Pág boc.cantabra.es 3/26

4 ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 1 - I IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (Ejercco 2012) forma: Se modfca la redaccón l apartado 3 l Artículo 3 que queda redactado la sguente Artículo El Ayuntamento emtrá los recbos y las lqudacones trbutaras a nombre l ttular l recho consttutvo l hecho mponble. No obstante, cuando un ben nmueble, o recho sobre éste, pertenezca a dos o más ttulares se podrá solctar la dvsón la cuota trbutara, sendo ndspensable aportar los datos personales y los domclos l resto los oblgados al pago, así como los documentos públcos acredtatvos la proporcón en que cada uno partcpa en el domno o recho sobre el nmueble. Por razones efcaca admnstratva, no se admtrá la dvsón la cuota trbutara cuando el mporte cualquera las fraccones resultantes la dvsón dé como resultado una cuota líquda nferor a 100, con excepcón los solares resultantes molcones. Una vez aceptada por la Admnstracón la solctud dvsón, los datos se ncorporarán en el padrón l mpuesto l ejercco nmedatamente posteror y se mantendrá en los sucesvos mentras no se solcte la modfcacón. Sólo las solctus dvson que, amás cumplr los requstos anterores, se presenten antes l fn l período voluntaro pago fjado por este Ayuntamento, tendrán efectvdad en el ejercco corresponnte al año natural en que se presenten. S alguna las cuotas resulta mpagada se exgrá el pago la uda a cualquera los responsables soldaros, conformdad con las dsposcones l artculo 3.12 esta ornanza, referente a los supuestos concurrenca oblgados trbutaros. Cuando el sujeto pasvo sea la socedad legal ganancales en todo caso se practcará una sola lqudacón. No está prevsta la dvsón la uda en las lqudacones ngreso drecto emtdas por esta Admnstracón. Se da una nueva redaccón al apartado k y l l Artículo 5 que queda redactado la sguente forma: Artículo 5. Artículo 5. Exencones Gozarán exencón los sguentes benes: a) Los que sendo propedad l Estado, las Comundas Autónomas o las Entdas Locales están drectamente afectos a la fensa naconal, la segurdad cudadana y a los servcos educatvos y pentencaros. b) Los benes comunales y los montes vecnales en mano común. c) Los la Iglesa Católca, en los térmnos prevstos en el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Se y los las Asocacones confesonales no católcas legalmente reconocdas, en los térmnos establecdos en los respectvos acuerdos cooperacón suscrtos. d) Los la Cruz Roja Española e) Los nmuebles a los que sea aplcacón la exencón en vrtud Convenos Internaconales. f) La superfce los montes poblados con especes crecmento lento reglamentaramente termnadas, cuyo prncpal aprovechamento sea la mara o el corcho. g) Los ocupados por líneas ferrocarrl y los edfcos stnados a servcos ndspensables para la explotacón las menconadas líneas. h) Los benes nmuebles que se stnen a la enseñanza por centros docentes acogdos, total o parcalmente, al régmen concerto educatvo, en cuanto a la superfce afectada a la enseñanza concertada, sempre que el sujeto pasvo concda con el ttular la actvdad. ) Los clarados expresa e ndvdualzadamente monumento o jardín hstórco nterés cultural, conforme a la normatva vgente en el momento l vengo l mpuesto. j) Aquellos que, sn estar comprenddos en los apartados anterores, cumplan las condcones establecdas en el artículo 62 l Texto Refunddo Hacendas Locales. k) Los benes naturaleza urbana cuya base lqudable sea gual o nferor a 500, así como los naturaleza rústca cuando para cada sujeto pasvo la base lqudable corresponnte a la totaldad sus benes rústcos stos en este térmno muncpal sea gual o nferor a 500 (modfcado para 2012). l) Los benes nmuebles los que sean ttulares, en los térmnos que establece el artculo 2 esta Ornanza, las entdas no lucratvas fndas en la Ley 49/2002, 23 dcembre, régmen fscal las entdas sn fnes lucratvos y los ncentvos fscales al Pág boc.cantabra.es 4/26

5 mecenazgo, excepto los afectos a explotacones económcas no exentas l Impuesto sobre Socedas. La aplcacón la exencón en la cuota este mpuesto estará condconada a que las entdas sn fnes lucratvos comunquen al Ayuntamento que se acogen al régmen fscal especal establecdo para tales entdas. Ejerctada la opcón, la entdad dsfrutará la exencón a partr l período mpostvo que concda con el año natural en que se drja la menconada comuncacón al ayuntamento, en tanto se cumplan los requstos para ser consradas entdas sn fnes lucratvos, y mentras no se renunce a la aplcacón l régmen fscal especal (modfcado para 2012). El dsfrute las exencones los apartados h), ), y k), requerrá que el sujeto pasvo las haya solctado antes que la lqudacón adquera frmeza. En la solctud se berá acredtar el cumplmento los requstos exgbles para la aplcacón la exencón. Cuando el pago la cuota se haya fracconado, el límte los apartados anterores se refere al mporte la cuota anual. Se suprme el Art. 15. Dsposcones fnales Segunda.- La presente modfcacón la Ornanza Fscal entrará en vgor el día su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra, comenzará a aplcarse a partr l día 1 enero l año 2012 y se mantendrá vgente hasta su modfcacón o rogacón expresa Artículo 2.- ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 2 - I IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (Ejercco 2012) Sobre las cuotas modfcadas por la aplcacón l coefcente ponracón se aplcará la escala coefcentes stuacón sguentes, tenendo en cuenta la stuacón físca los locales (Art. 87 Real Decreto Legslatvo 2/2004, 5 marzo, por el que se aprueba el Texto Refunddo la Ley Reguladora las Hacendas Locales). DISPOSICIÓN FINAL Categoría Calle Coefcente stuacón Prmera 3,36 Segunda 2,97 Tercera 2,71 Cuarta 2,27 Qunta 1,81 Sexta 1,34 Sn local 1 La presente Ornanza surtrá efectos a partr l 1 Enero l año 2012, permanecendo en vgor hasta su modfcacón o rogacón expresa. Pág boc.cantabra.es 5/26

6 ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 4-I IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (Ejercco 2012) (Pleno 24 octubre 2011) forma: Se modfca la redaccón l apartado 2 l Artículo 4 que queda redactado la sguente Artículo 4.-Exencones y bonfcacones 2.- Bonfcacones a.- Tendrán una bonfcacón l 50% l mporte l mpuesto la realzacón obras comuntaras mantenmento fachadas y/o rehabltacón las msmas. Cuando dchas obras comuntaras se realcen en edfcos protegdos por el planeamento urbanístco muncpal, la bonfcacón se elevará al 75% dcho mporte. b.- Las obras comuntaras rehabltacón edfcos ncludos ntro l ámbto las Áreas Rehabltacón Integral ARI, tendrán una bonfcacón l 50% l mporte l mpuesto en las obras necesaras para la rehabltacón los elementos comunes la edfcacón. c.- La prmera nstalacón ascensores en edfcos resncales preexstentes tendrán una bonfcacón l 75% l mporte l mpuesto en las obras e nstalacones para su montaje. d.- La construccón vvendas proteccón ofcal régmen especal tendrá una bonfcacón l 95%. La solctud berá acompañarse una memora justfcatva las crcunstancas concurrentes y la documentacón acredtatva su catalogacón como vvendas proteccón ofcal régmen especal. e.- Preva solctud l sujeto pasvo, corresponrá al Pleno la Corporacón, por voto favorable la mayoría smple sus membros, clarar las obras especal nterés por concurrr crcunstancas socales en los stnataros las msmas. f.- Incentvos al aprovechamento la energía solar. Dsfrutarán una bonfcacón l 30% sobre la cuota las construccones, nstalacones u obras consstentes en la nstalacón sstemas para el aprovechamento térmco o eléctrco la energía solar para autoconsumo. No obstante, para el caso construccones uso resncal, el porcentaje bonfcacón ascenrá al 95%. La aplcacón esta bonfcacón estará condconada a que se acredte que los colectores o captadores dsponen la corresponnte homologacón la Admnstracón competente. No se concerá esta bonfcacón cuando la mplantacón estos sstemas sea oblgatora a tenor la normatva específca en la matera. Para gozar la bonfcacón, se berá aportar por el nteresado un sglose l presupuesto en el que se termne razonadamente el coste que supone la construccón, nstalacón u obra a la que se refere este supuesto. Dsposcones fnales Segunda.- La presente Modfcacón la Ornanza Fscal entrará en vgor el día su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra y comenzará a aplcarse a partr l día 1 Enero Pág boc.cantabra.es 6/26

7 ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 5 - I IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA (Ejercco 2012) Se aña el apartado 7 al Artículo 2º con la sguente redaccón: Artículo Valoracón nmuebles en caso dscrepanca. En los casos dsolucón comundas benes y, para el supuesto dscrepanca en cuanto al valor mercado los nmuebles adjudcados a los partícpes, a los efectos termnar la posble exstenca excesos adjudcacón, se estará a la valoracón que resulte lo establecdo en la Orn HAC/9/2007, 26 marzo, la Consejería Economía y Hacenda l Goberno Cantabra, actualzada anualmente. Lo anteror será gualmente aplcacón a los excesos adjudcacón que resulten la dsolucón socedas conyugales. Se modfca el punto 5 l Artículo 5º, en su segundo párrafo don dce: Tenendo en cuenta que en el 1 enero 2010 entrara en vgor la revsón catastral, quedando con la sguente redaccón: Artículo 5.- Base mponble 5.- Tenendo en cuenta que el 1 enero 2010 entró en vgor la revsón catastral, Se aña un segundo párrafo al apartado 2 l Artículo 8 la ornanza quedando redactado como sgue: Artículo 8.- Gestón Trbutara l.- Los sujetos pasvos vendrán oblgados a presentar ante la Admnstracón Muncpal en el molo ofcal establecdo por esta, una claracón que contendrá los elementos la relacón trbutaro mprescndbles para practcar la lqudacón l mpuesto. 2.- Dcha claracón berá ser presentada en los sguentes plazos, a contar s la fecha en que se produzca el vengo l mpuesto: a) Cuando se trate actos nter vvos, el plazo será trenta días hábles. b) Cuando se trate actos por causa muerte, el plazo será ses meses prorrogables hasta un año a solctud l sujeto pasvo. Transcurrdo un mes s que se hubese presentado la solctud prórroga, sn que se hubese notfcado acuerdo, se entenrá concedda. No se concerá la prórroga cuando la solctud se presente transcurrdos los cnco prmeros meses l plazo presentacón. La prórroga concedda comenzará a contarse s que fnalce el plazo ses meses l apdo b) anteror y llevará aparejada la oblgacón satsfacer el nterés mora corresponnte. SEGUNDA.- DISPOSICIÓN FINAL La presente modfcacón la Ornanza Fscal entrará en vgor el día su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra, comenzará a aplcarse a partr l día 1 enero l año 2012 y se mantendrá vgente hasta su modfcacón o rogacón expresa. Pág boc.cantabra.es 7/26

8 ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 1 - T TASA POR LICENCIAS URBANÍSTICAS, SERVICIOS URBANÍSTICOS Y CARTOGRÁFICOS (Ejercco 2012) Artículo 6.- CUOTA TRIBUTARIA 1.- Lcencas y órnes ejecucón obras.- La cuota trbutara resultará aplcar a la base mponble el tpo l 2 %. S la cuota resultante fuere nferor a 26,30 euros se aplcará como cuota mínma la cantdad 26,30 euros. 2.- Prestacón servcos carácter urbanístco.- a) Por cada fcha urbanístca o nforme urbanístco 71,90 euros b) Cédulas habtabldad. 10,90 euros/u c) Segregacones y agrupacones fncas, ncluso en terreno no urbanzable, cuando las fncas segregadas tengan una dmensón nferor a la mínma establecda por la legslacón agrara, 0,068 euros/m 2. En las segregacones se tendrá en cuenta la superfce la fnca matrz y en las agrupacones la superfce la fnca resultante. La cuota mínma será 37,65 euros. La cuota máxma por cada segregacón tendrá como límte la cantdad 3.424,15 euros. d) Tramtacón Delmtacón Undas Ejecucón: 0,068 euros/m 2 construdo computable en la undad ejecucón. e) Tramtacón Estatutos y Bases Actuacón las Juntas Compensacón: 0,035 euros/m 2 construdo computable en la undad ejecucón. f) Tramtacón Proyectos Compensacón y Reparcelacón: 0,068 euros/m 2 construdo computable en la undad ejecucón. g) Tramtacón Modfcacones l Planeamento y Planes Desarrollo: 0,068 euros/ m 2 construdo computable en el planeamento. h) Tramtacón expentes expropacón forzosa ncatva partcular, 94,85 euros por parcela a expropar. 3.- Proyectos Urbanzacón: El 2% l presupuesto general total ejecucón materal l proyecto. 4.- Cartografía: -Hoja normalzada 1/500 formato dgtal -Hoja Escala 1/500 ploteada a color -Hoja Escala 1/500 copa B/N -Venta CD Plan General Ornacón Urbana 34,25 euros 10,30 euros 3,40 euros 68,55 euros 5.- Tasa cartografía, en concepto mantenmento la cartografía, verfcacón la cartografía aportada por el promotor y comprobacón replanteos cartográfcos, utlzacón y reposcón puntos la red cartográfca muncpal Santanr; Se evalúa en 3,40 euros/ha l área que abarque el proyecto edfcacón con un mínmo 34,25 euros que se abonarán en la autolqudacón preva a la tramtacón l expente lcenca obras. 6.- Tramtacón expentes cálculo benefcos fscales para la scalfcacón vvendas proteccón ofcal, 99,55 euros por vvenda. forma: Se modfca la redaccón l apartado d) l Artículo 8 que queda redactado la sguente Artículo 8.- Están exentas esta tasa: d.- Las obras comuntaras mantenmento fachadas y rehabltacón las msmas. RENUNCIA Y DENEGACIÓN Artículo S el nteresado, una vez concedda la lcenca, renuncase a realzar, en todo o en parte la obra autorzada, podrá volvérsele, a petcón expresa, la cuota que corresponda a la obra no ejecutada ducdo un 75% que cerá a favor l Ayuntamento en concepto coste l servco causado. Pág boc.cantabra.es 8/26

9 2.- La negacón la lcenca dará recho a solctar la volucón l 75% l mporte, quedando el resto a favor l Ayuntamento con un mínmo 26,30 euros sempre que el 25% no alcance esa cuantía y un máxmo 650,55 euros cuando el 25% sea superor. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.- La presente modfcacón la Ornanza Fscal entrará en vgor el día su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra, comenzará a aplcarse a partr l día 1 enero l año 2012 y se mantendrá vgente hasta su modfcacón o rogacón expresa Pág boc.cantabra.es 9/26

10 ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 2 - T TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS (Ejercco 2012) BASE IMPONIBLE Artículo Constturá la base mponble la Tasa, la cuota o cuotas anuales l Impuesto Muncpal sobre Actvdas Económcas, que correspondan a las actvdas ejercdas o que se vayan a ejercer en el establecmento s ben, en las expeddas con carácter temporal el mporte no se elevará a anual para su computo. La cuota será la que fgura en las Tarfas l Impuesto sobre Actvdas Económcas antes aplcar nngún tpo reduccón, bonfcacón o exencón cualesquera que sea el motvo que recho a las msmas. 2.- La base mponble para la termnacón la cuota por apertura posto materales, géneros o mercancías que no se comunquen con el establecmento prncpal o éste radque fuera l térmno muncpal, así como los que pertenezcan a representantes o agentes comercales, será la cuota que por el Impuesto Muncpal sobre Actvdas Económcas corresponda al establecmento como local afecto. 3.- En los casos varacón o amplacón la actvdad sarrollada, entendéndose por tal lo establecdo en el apartado c) l Art. 2º, y sempre que la actvdad amplada esté ncluda en el msmo epígrafe, grupo o apartado las que venían realzándose, se lqudarán los rechos tomando como base la dferenca entre el satsfecho por la lcenca anteror, con arreglo a la tarfa actual, y la corresponnte a la amplacón. 4.- La base mponble mínma será 39,20 euros. Artículo 5.- CUOTA 1.- La cuota trbutara esta Tasa será la resultante aplcar a la base mponble los sguentes tpos gravamen, fjados en funcón la categoría la calle en que esté stuado el establecmento y que fgura en el Anexo la Ornanza Fscal General. a) Actvdas clasfcadas como molestas, nocvas o pelgrosas.: 250% b) Actvdas no comprenddas en el apartado anteror: En calles 1ª y 2ª categoría: 200 % En calles 3ª y 4ª categoría: 150% En calles 5ª y 6ª categoría: 100 % 2.- Las ofcnas admnstratvas, contables y cualesquera otras déntca naturaleza aunque fguren comprenddas en las tablas exencones l Impuesto Muncpal sobre Actvdas Económcas, abonarán una tarfa especal 95 euros. 3.- Las ofcnas profesonales, no domestcas, abonarán una tasa 95 euros (sempre que no consttuyan nngún tpo socedad o comundad benes, en caso contraro, trbutarán por la tarfa general). 4.- Los garajes comuntaros abonaran una tasa 158 euros 5.- La nstalacón ascensores, montacargas, póstos combustble, aparatos refrgeracón, are acondconado, generadores calor, hornos eléctrcos y grúas abonarán una tasa 63 euros undad. 6.- La cuota trbutarla mínma, en todo caso, será 63 euros ncluso para la actualzacón la apertura por cambo ttulardad. DEVENGO Artículo La tasa se consrará vengado en el momento que se nce la prestacón l servco, s ben berá presentarse autolqudacón su mporte, en concepto pósto en el momento su solctud. 2.- En tanto no recaga acuerdo muncpal sobre la concesón la lcenca, los nteresados podrán renuncar expresamente a la msma, quedando reducdo el mporte la tasa al 20 % la cuota lqudada, sempre que no se huberen realzado las necesaras nspeccones los locales. 3.- S la lcenca apertura fuera negada, quedará reducda la tasa al 25% la cuota lqudada con un mínmo 63 euros procendo la volucón a nstanca parte l resto l mporte satsfecho. Pág boc.cantabra.es 10/26

11 4.- Cuando la apertura haya tendo lugar sn haber obtendo la oportuna lcenca, la tasa se vengará cuando se nce efectvamente la actvdad muncpal concluyente a regularzar dcha stuacón por la Inspeccón Muncpal. SEGUNDA.- DISPOSICIÓN FINAL La presente modfcacón la Ornanza Fscal entrará en vgor el día su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra, comenzará a aplcarse a partr l día 1 enero l año 2012 y se mantendrá vgente hasta su modfcacón o rogacón expresa. Pág boc.cantabra.es 11/26

12 ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 4 - T TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA POLICÍA, INMOVILIZACIÓN, DEPÓSITOS, RETIRADA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA (GRÚA) (Ejercco 2012) HECHO IMPONIBLE Artículo 2.- Artículo El hecho mponble está consttudo por la prestacón los sguentes servcos: b) La retrada la vía públca y pósto vehículos por resolucón, orn o puesta a dsposcón las autordas judcales o admnstratvas CUOTA TRIBUTARIA 1.- La cuota será el resultado aplcar la sguente tarfa: Epígrafe 1.- Retrada vehículos: a) Motoccletas, cclomotores, trcclos, bccletas, motocarros y más vehículos característcas análogas 37,50 b) Automóvles tursmo y furgonetas, furgones, camonetas y más vehículos característcas análogas, con tara hasta Kgs 75,00 c) Camones, tractores, remolques, camonetas, furgonetas y más vehículos característcas análogas, con tara superor a Kgs. 174,70 Epígrafe 2.- Depósto vehículos: a) Vehículos ncludos en el apartado a) l epígrafe1º, por día 7,50 b) Vehículos ncludos en el apartado b) l epígrafe 1º, por día 12,60 c) Vehículos ncludos en el apartado c) l epígrafe 1º, por día 18,80 Epígrafe 3.- Inmovlzacón vehículos: a) Vehículos ncludos en el apartado a) l epígrafe 1º, por espaco tempo no superor a 24 h 6,20 b) Vehículos ncludos en el apartado b) l epígrafe 1º, por espaco tempo no superor a 24 h 33,60 c) Vehículos ncludos en el apartado c) l epígrafe 1º, por espaco tempo no superor a 24 h 111,30 d) Por cada día más que esté colocado el aparato nmovlzador 6,20 Epígrafe 4.- Prestacón servcos: a) Estudos técncos señalzacón 149,50 b) Informes técncos smples accntes 62,90 c) Informes técncos accntes 94,90 d) Informes actuacón polcal 37,50 e) Autorzacones admnstratvas la Ofcna Mpal. Tráfco 52,40 f) Apoyo polcal en servcos nterés no general: Personal según la tarfa hora extraordnara por categorías Vehículo tursmo splazado 20,00 Vehículo motoccleta splazada 9,90 g) Balzamento zonas (por día) 75,00 Por nspeccón sonométrca 75,00 Por achatarramento vehículos 623, Cuando, en el lugar la nfraccón, no se hayan ncado los trabajos carga l vehículo, bdo a la presenca l sujeto pasvo, no se contnuará con la retrada, no sendo aplcacón la tasa que pura corresponrle. Se enten que se han ncado los trabajos carga cuando cualquera las ruedas l vehículo nfractor se encuentre colocada sobre los carrllos arrastre, en este caso, será preceptva la retrada Pág boc.cantabra.es 12/26

13 l vehículo al pósto muncpal. En el supuesto que en el lugar hcese acto presenca el responsable l vehículo, éste podrá solctar la paralzacón la operacón carga y retrada, abonando para ello en el acto la cantdad exacta corresponnte a la tasa retrada. 4.- La cuota por retrada vehículos se completará con la corresponnte l epígrafe 2º por pósto los msmos, a excepcón los vehículos embargados por el Ayuntamento. SEGUNDA.- DISPOSICIÓN FINAL La presente modfcacón la Ornanza Fscal entrará en vgor el día su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra, comenzará a aplcarse a partr l día 1 enero l año 2012 y se mantendrá vgente hasta su modfcacón o rogacón expresa. Pág boc.cantabra.es 13/26

14 Artículo 7.-Tarfas ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 5 - T TASA POR RECOGIDA DE BASURAS. (Ejercco 2012) La tasa a que se refere esta Ornanza se lqudará con arreglo a las sguentes tarfas: TARIFA 1.- VIVIENDAS Y LOCALES CERRADOS: por cada vvenda o local cerrado, fndo conforme al artículo 6 esta Ornanza, al año: Categoría calle Euros/año Euros/trmestre 1 99,00 24, ,20 20, ,20 17, ,00 13,00 TARIFA 2-ALOJAMIENTOS Euros/año Epígrafe 1- Hoteles, moteles, hostales y hoteles-apartamentos 5 y 4 estrellas, por cada plaza y año 28,00 Epígrafe 2- Hoteles, moteles, hostales y hoteles-apartamentos 3 y 2 estrellas, por cada plaza y año 23,30 Epígrafe 3- Hoteles, moteles, hostales y hoteles-apartamentos 1 estrella, por cada plaza y año 18,35 Epígrafe 4- Pensones, fondas, casas huéspes, etc, por cada plaza y año 18,00 Epígrafe 5- Hosptales, sanatoros, clíncas y más centros asstencales, por cada plaza y año 16,70 Epígrafe 6- Centros Docentes, Colegos Mayores,Resncas estudos con régmen pensón almentara, por cada plaza y año con un mínmo 316,50 euros 8,30 Epígrafe 7- Centros Docentes, Colegos Mayores, resncas estudantes sn régmen pensón almentara, por cada centro y año 335,30 Epígrafe 8- Campngs, por cada plaza y año 8,30 Epígrafe 9- Alojamentos no ncludos en los epígrafes anterores, por cada uno y año 167,20 TARIFA 3- LOCALES DE NEGOCIO Euros/año Epígrafe 1- Restaurantes, por cada plaza y año: - Categoría lujo ( 5 tenedores) 33,60 - De categoría prmera ( 4 tenedores) 27,80 - De categoría segunda (3 tenedores) 23,10 - De categoría tercera (2 tenedores) 18,60 - De categoría cuarta (1 tenedor) 18,00 Epígrafe 2- Cafeterías, por cada una y año: - De categoría especal (3 tazas) 837,00 - De prmera categoría (2 tazas) 678,80 - De segunda categoría (1 taza) 502,70 - De tercera categoría 335,30 Epígrafe 3- Bares, por cada uno y año: - De categoría especal A y B 678,80 Pág boc.cantabra.es 14/26

15 - De categoría prmera 584,80 - De categoría segunda 502,70 - De categoría tercera 419,00 - De categoría cuarta 335,30 Epígrafe 4- Salas festas, dscotecas, pubs y smlares, por cada uno y año 837,00 Epígrafe 5- Círculos recreo, Clubs Socales, etc: -Con restaurantes y o cafeterías, trbutarán por el epígrafe corresponnte, y amás por cada uno y año 335,30 -Los más 167,80 Epígrafe 6- Teatros y cnematógrafos, cada uno y año 419,20 Epígrafe 7.- Bngos, casnos, etc.: -Con restaurantes, cafeterías etc trbutarán por el epígrafe corresponnte y amás por cada uno y año 1.666,30 -Los más 837,00 Epígrafe 8- Grans almacenes, entendéndose por tales los que tengan más 50 empleados ó una extensón más 500 m2, por cada uno y año 5.023,20 Epígrafe 9- Locales almentacón, mercados, lonjas, por cada local o puesto y año: - De pescaría, frutería 837,00 - Resto comercos 419,20 Epígrafe 10- Hpermercados, Supermercados y smlares, por cada uno y año: - De más 1000 m2 extensón 8.373,40 - Entre 500 y 1000 m2 extensón 4.186,70 - Entre 100 y 500 m2 extensón 1.665,50 - Menos 100 m2 extensón 837,20 Epígrafe 11- Entdas bancaras, Cajas ahorro, etc, por cada local y año- - De más 1000 m2 extensón 4.186,70 - Entre 500 y 1000 m2 extensón 2.093,30 - Entre 100 y 500 m2 extensón 1.256,80 - De menos 100 m2 extensón 837,00 Epígrafe 12- Almacenes cerrados al públco y stuados en local separado l establecmento prncpal, por cada uno y año 167,80 Epígrafe 13- Puestos quoscos y cualquer otra nstalacón en la vía públca, por cada uno y año 123,30 Epígrafe 14- Locales uso relgoso, portvo, cultural, establecmentos públcos, al año 335,30 Epígrafe 15- Locales dcados a actvdas profesonales, por cada local y año 167,90 Epígrafe 16- Cualesquera otro local negoco o stnado a otros usos, no recogdos en los epígrafes anterores, por cada local y año 335,30 En los locales don se ejerza mas una actvdad, se trbutará con sujecón a la mayor las tarfas que corresponda a cada una las actvdas ejercdas SEGUNDA.- DISPOSICIÓN FINAL La presente modfcacón la Ornanza Fscal entrará en vgor el día su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra, comenzará a aplcarse a partr l día 1 enero l año 2012 y se mantendrá vgente hasta su modfcacón o rogacón expresa. Pág boc.cantabra.es 15/26

16 ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 7 - T TASA DE ALCANTARILLADO (Ejercco 2012) Artículo 5.-Cuota trbutara (Tarfa) La cuota trbutara se termnará en funcón la cantdad agua, medda en metros cúbcos, utlzada en la fnca. A tal efecto, se aplcará la sguente tarfa: (2012) EPÍGRAFE 1º ALCANTARILLADO a) Servco doméstco Mínmo trmestral (40 m3) 7,17 Exceso, por metro cúbco 0,33 b) Servco no doméstco Mínmo trmestral (24 m3) 9,69 Exceso, por metro cúbco (1) 0,38 Cuando el consumo exceda 24 m3 todo el consumo se facturará al preco exceso c) Famlas numerosas: Mínmo trmestral (40 m3) 7,17 Exceso, por metro cúbco 0,14 El mporte total lqudado por estos conceptos se bonfcará en el 50% l msmo. d) Los sujetos pasvos cuyos ngresos, ncrementados junto con los las personas que convvan en la vvenda con carácter permanente, sean nferores al Indcador Públco Renta Efectos Múltples (IPREM): Mínmo trmestral (15 m3) 2,68 Exceso, por metro cúbco 0,19 e) Las Asocacones Vecnos tendrán gratuto un mínmo 40 m3 trmestrales facturándose el exceso a 0,31 /m3 por los vertdos agua que se produzcan s los locales que ocupen, propedad o expresamente autorzados por el Ayuntamento, y dcados a los fnes que le son propos. EPÍGRAFE 2º.- OTROS CONCEPTOS Injertos: Para la lqudacón los gastos por njerto se aplca el sstema que establece el vgente reglamento usuaros, en su artículo 64, con la salvedad que la obra njerto la hace el propo nteresado por su cuenta, bajo la dreccón técnca l servco. Para la termnacón la cuota a que se refere el artículo 64, se aplca el costo por metro lneal que se ndca en el cuadro adjunto. Como contrbucón al sstema prncpal a que se refere dcho artículo 64, se factura por cada njerto 91,79 euros. CUADRO ADJUNTO ALCANTARILLADO (Derechos Injerto) AÑO 2012(en Euros) Coste m/lneal Ø30 Ø 40 Ø 50 Ø 60 Ø 80 Ø 100 Apertura zanja 31,22 36,04 41,13 51,95 58,19 71,07 Solera arena 1,15 1,30 1,47 1,63 1,93 2,26 Relleno y apsonado calzada 21,82 25,23 28,79 32,51 40,55 49,29 Colocacón tubería 5,75 8,72 12,56 15,57 22,93 28,53 Reposcón pavmento 17,73 19,18 20,64 22,08 24,98 27,90 Tubería hormgón 15,53 21,24 26,50 34,03 53,97 75,56 Pozo regstro 42,68 42,68 42,68 42,68 42,68 42,68 Pág boc.cantabra.es 16/26

17 Total zona urbanzada 135,92 154,41 173,74 200,48 245,29 297,34 Total zona sn urbanzar 118,18 135,24 153,11 178,39 220,27 269,42 Se aña una nueva Dsposcón. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.- Las Tarfas podrán ser modfcadas en cualquer momento sguendo los trámtes prevstos para su aprobacón. Aplcacón las nuevas Tarfas: La prmera facturacón a partr esta fecha se realzará aplcando las tarfas vgentes en cada momento que resulten repartr el consumo total l perodo facturado proporconalmente al número días cada perodo con tarfa dferente. TERCERA.- La presente modfcacón la Ornanza Fscal entrará en vgor el día su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra, comenzará a aplcarse a partr l día 1 enero l año 2012 y se mantendrá vgente hasta su modfcacón o rogacón expresa. Pág boc.cantabra.es 17/26

18 ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 8 - T TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUAS (Ejercco 2012) TARIFAS Artículo 6.- -Las tarfas a aplcar son las sguentes: (2012) EPÍGRAFE 1º.- Sumnstro Agua a) Servco doméstco Mínmo trmestral (40 m3) 15,87 Exceso, por metro cúbco 0,58 b) Servco no doméstco Mínmo trmestral (24 m3) 16,14 Exceso, por metro cúbco (1) 0,63 (1) Cuando el consumo exceda 24 m3 todo el consumo se facturará al preco exceso c) Los sujetos pasvos cuyos ngresos, ncrementados junto con los las personas que convvan en la vvenda con carácter permanente, sean nferores al Indcador Públco Renta Efectos Múltples (IPREM): Mínmo trmestral (15 m3) 5,96 Exceso, por metro cúbco 0,39 d) Famlas numerosas Mínmo trmestral (40 m3) 15,87 Exceso, por metro cúbco 0,30 El mporte total lqudado por estos conceptos se bonfcará en el 50% l msmo, así msmo se bonfcará, en su caso, el mporte l concepto alquler contador en el msmo porcentaje. e) Los establecmentos públcos benefcenca que acredten documentalmente su condcón legal Mínmo trmestral (40 m3) 15,87 Exceso, por metro cúbco 0,45 f) Las Asocacones Vecnos tendrán gratuto un mínmo 40 m3 trmestrales facturándose el exceso a 0,58 /m3 por el agua consumda en los locales que ocupen, propedad o expresamente autorzados por el Ayuntamento, dcados a los fnes que les son propos. g) Muncpos la Comarca Santanr a los que se sumnstra agua en alta: Mínmo mensual (según volumen acordado), por m3 0,30 Exceso sobre el volumen acordado, por m3 0,56 EPÍGRAFE 2º Tasas por otros conceptos. Acometdas: - Los gastos nstalacón la acometda se facturarán acuerdo con el sstema que establece el vgente Reglamento usuaros en su artículo Como contrbucón a la red general dstrbucón a que se refere dcho artículo 30, se facturará una cuota para cuya termnacón se aplcará el costo por metro lneal que se ndca en el cuadro número 1. - Como cuota enganche se factura por cada acometda 75,70 - Como contrbucón al sstema prncpal a que se refere dcho artículo 30 se facturará por cada acometda 218,81 Contratos nuevos: Derechos por nstalacón e Inspeccón 102,12 Fanza: 22,70 Contrato por cambo ttulardad: Derechos tramtacón 13,59 Alquler contador: Alquler trmestral contador calbre 13 mm 2,24 Alquler trmestral contadores otros calbres: (aplcacón cuadro nº 2) Rehabltacón la ttulardad en cortes Servco por falta pago. S en el plazo cnco días a partr l corte, el usuaro regularza su stuacón mpago, los rechos por la rehabltacón su contrato serán 13,59 Pág boc.cantabra.es 18/26

19 EPÍGRAFE 3º.- Repercusón l canon por btrasvase Por repercusón legal la tasa por abastecmento agua (btrasvase) aprobado por la Ley Ley Cantabra 6/2009, 28 dcembre, Meddas Fscales y Contendo Fnancero, art.3.cuatro: a) Servco doméstco Cuota fja trmestral 0,64 Cuota varable, por metro cúbco 0,037 b) Servco no doméstco Cuota fja trmestral 2,44 Cuota varable, por metro cúbco 0,037 c) Los sujetos pasvos cuyos ngresos, ncrementados junto con los las personas que convvan en la vvenda con carácter permanente, sean nferores al Indcador Públco Renta Efectos Múltples (IPREM): Cuota fja trmestral 0,24 Cuota varable, por metro cúbco 0,013 d) Famlas numerosas Cuota fja trmestral 0,32 Cuota varable, por metro cúbco 0,019 e) Los establecmentos públcos benefcenca que acredten documentalmente su condcón legal Cuota fja trmestral 0,64 Cuota varable, por metro cúbco 0,037 f) Las Asocacones Vecnos por el agua consumda en los locales que ocupen, propedad o expresamente autorzados por el Ayuntamento, dcados a los fnes que les son propos. Cuota fja trmestral 0,64 Cuota varable, por metro cúbco 0,037 g) Muncpos la Comarca Santanr a los que se sumnstra agua en alta: (según volumen acordado), por m3 Cuota fja mensual mínma (según volumen acordado), por m3 0,03 Cuota varable, por metro cúbco 0,037 CUADRO NÚMERO 1 AGUA POTABLE (Derechos Acometda) año 2012 (en Euros) Coste m/lneal Zona urbanzada Pavmento acera 48,73 54,35 69,15 96,37 115,28 Tubería fbrocemento Zona urbanzada Pavmento acera 56,26 62,60 76,08 92,19 111,45 Tubería fundcón Zona urbanzada Pavmento calzada 40,85 46,54 61,33 88,55 107,47 Tubería fbrocemento Zona urbanzada Pavmento calzada 48,36 54,80 68,29 84,37 103,65 Tubería fundcón Zona sn urbanzar Tubería fbrocemento 30,22 35,85 50,64 77,85 96,77 Zona sn urbanzar Tubería fundcón 37,76 44,09 57,56 73,66 92,90 Pág boc.cantabra.es 19/26

20 CUADRO NÚMERO 2 ALQUILER CONTADORES PARA EL AÑO 2012 DESDE CALIBRE IMPORTE HASTA CALIBRE TRIMESTRE 13 mm 2,24 14mm 15mm 2,60 16mm 20mm 2,90 21mm 25mm 3,63 26mm 30mm 4,94 31mm 40mm 6,88 41mm 50mm 13,24 51mm 65mm 16,89 66mm 80mm 20,66 81mm 100mm 25,66 101mm 125mm 29,91 126mm 150mm 48,99 151mm 200mm 98,78 201mm 250mm 123,23 251mm 300mm 181,56 301mm 400mm 269,46 401mm 500mm 367,45 GESTIÓN Artículo El pago la Tasa regulado en esta Ornanza se efectuará con perodcdad trmestral. AQUALIA, empresa concesonara l servco, confecconará los recbos trmestrales en funcón l consumo ndvdualzado, y el usuaro habrá abonar esta Tasa a partr la recepcón o notfcacón l recbo, o en el período que se establezca en la aprobacón l Padrón la Tasa, conformdad con lo que se establece en el Reglamento General Recaudacón. 2.- Este recbo podrá contener otros conceptos ajustados en su percepcón al perodo cobranza que se señale para el Abastecmento Agua por el Órgano Muncpal competente. Se aña una nueva dsposcón. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.- Las Tarfas podrán ser modfcadas en cualquer momento sguendo los trámtes prevstos para su aprobacón. Aplcacón las nuevas Tarfas: La prmera facturacón a partr esta fecha se realzará aplcando las tarfas vgentes en cada momento que resulten repartr el consumo total l perodo facturado proporconalmente al número días cada perodo con tarfa dferente. TERCERA.- La presente modfcacón la Ornanza Fscal entrará en vgor el día su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra, comenzará a aplcarse a partr l día 1 enero l año 2012 y se mantendrá vgente hasta su modfcacón o rogacón expresa. Pág boc.cantabra.es 20/26

21 ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 9 - T TASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA O POR EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL (Ejercco 2012) Artículo 5.- Tarfas Las tarfas a aplcar serán las sguentes (2012) en euros: Epígrafe 1.- Ocupacón l subsuelo. a) Con tuberías y cables, por cada metro lneal o fraccón al año 0,25 b) Con tanques o póstos combustble, transformadores, cajas regstradoras y 21,18 dstrbucón, arquetas, elementos análogos y cámaras y corredores subterráneos, por cada metro cúbco o fraccón al año Epígrafe 2.- Ocupacón l suelo. a) Vados y reserva para aparcamento exclusvo, carga y scarga. Se tomará como base: En la entrada vehículos, la extensón superfcal la parte acera o andén utlzado, termnada por el ancho la puerta acceso al local y su proyeccón sobre la acera o andén. En la reserva para aparcamento exclusvo, carga y scarga, la longtud, expresada en metros lneales, la zona reservada. a.1) Vados a.1.1) Vados Permanentes. Por cada autorzacón Vado Permanente 224,18 Euros ncrementado en el valor la superfce la entrada vehículos y en funcón la categoría la calle. En las altas Vados la tasa se vengará por trmestres naturales a partr la fecha concesón l vado (ncludo el trmestre la fecha concesón). - Entrada vehículos, por m2 o fraccón al año En calle 1ª categoría (euros) 9,35 En calle 2ª categoría (euros) 6,97 En calle 3ª categoría (euros) 5,59 En calle 4ª categoría (euros) 5,59 En calle 5ª categoría (euros) 5,59 En calle 6ª categoría (euros) 5,31 a.1.2) Vados Horaros. a) De las 8 horas a las 20 horas pagaran el 75% l valor l vado permanente. b) Cuando se trate vados horaros comprenddos entre las 8 horas y las 20 horas duracón gual o nferor a ses horas, el 50% l valor l vado permanente. c) El preco l vado horaro nocturno será l 50% l preco l vado permanente. La superfce l vado se calculará multplcando los metros rebaje bordllo por los metros profunddad la acera, s el rebaje la acera hasta el pe l local don se ntroduzca el vehículo. a.2).- Reserva para aparcamento a Reserva para aparcamento, exclusvo, por metro lneal, al año 29,92 En calle 1ª categoría (euros) 29,92 En calle 2ª categoría (euros) 29,92 En calle 3ª categoría (euros) 24,90 En calle 4ª categoría (euros) 24,90 En calle 5ª categoría (euros) 19,75 En calle 6ª categoría (euros) 19,75 a Por cada vehículo transportes (mudanzas) con parada en los stos 112,68 reservados por el Ayuntamento para los msmos (euros) a Reserva para carga y scarga, por metro lneal, al año (euros) 20,74 a Ocupacón la Vía Públca por camones mudanzas u otros para carga y 1,88 scarga (euros/metro/día) Pág boc.cantabra.es 21/26

22 NOTA: Cuando un sujeto pasvo oblgado al pago neceste solctar autorzacón ocupacón la vía públca para camones mudanzas u otros para carga y scarga (camones gasóleo, fuel-ol, entre otros, calefaccones comundas) reteradas veces a lo largo l año, podrá hacer una autolqudacón anual provsonal en el mes enero, en funcón las autorzacones l año anteror. Transcurrdo el año, en el mes enero sguente se hará una lqudacón fntva, tenendo en cuenta las autorzacones conceddas. El preco para los aprovechamentos orgnados por la explotacón garajes ndustrales será el trple l resultante la aplcacón la anteror tarfa, en consracón a la más ntensa y contnuada restrccón l uso públco. b) Terrazas veladores, mesas y sllas. En los aprovechamentos la vía públca Parques y Jardnes Muncpales con mesas, sllas, toldos y más elementos sombreadores y enrejados, setos y otros elementos vertcales, se tomará como base la superfce ocupada por los msmos computada en metros cuadrados. Como elemento cuantfcador, la ocupacón una mesa y cuatro sllas se cfra en 2 m 2. Cuando la superfce ocupada sea superor se tomará la realmente ocupada. El período lqudable comprenrá el año natural y las cuotas tendrán carácter rreducble y se vengarán el día prmero cada año. Los aprovechamentos ya autorzados se prorrogarán táctamente y se lqudarán por años naturales. Ocupacón ordnara con veladores, mesas y sllas, por m2 o fraccón por temporada (1 Marzo a 31 Octubre ncludo) En calle 1ª categoría (euros) 34,90 En calle 2ª categoría (euros) 34,90 En calle 3ª categoría (euros) 27,94 En calle 4ª categoría (euros) 27,94 En calle 5ª categoría (euros) 21,18 Ocupacón ordnara con veladores, mesas y sllas por m2 o fraccón al año En calle 1ª categoría (euros) 38,56 En calle 2ª categoría (euros) 38,56 En calle 3ª categoría (euros) 30,64 En calle 4ª categoría (euros) 30,64 En calle 5ª categoría (euros) 23,23 En calle 6ª categoría (euros) 21,68 Cuando se nstalen mamparas, enrejados, setos, plantas u otros elementos cualesquera, en forma que resulte lmtada en línea vertcal la zona total o parcalmente ocupada, se recargarán las tarfas prevstas en el apartado anteror en un 50 %, tomándose como base úncamente la superfce comprendda ntro tal lmtacón vertcal, que se calculará medante el trazado líneas rectas que unan los respectvos límtes extremos los elementos colocados. c) Puestos, barracas, casetas venta, espectáculos o atraccones, ndustras (euros) callejeras y ambulantes y rodaje cnematográfco. 1.- Crcos, por día 210, Tómbolas, tovvos, pstas coches choque, por m2 o fraccón, al mes 3, Puestos o vehículos para la venta helados, refrescos, etc. por m2 o 29,16 fraccón al mes 4.- Vendores caramelos. etc. al mes 8, Puestos en el exteror l Mercado, por m2 o fraccón y día, se recaudará 2,43 por meses antcpados 6.- Cualquer otra venta, por m2 o fraccón y día 2, Vehículos publctaros por m 2 /día 2, Carpas exposcones, ventas objetos, casetas por m2/día 1,05 d) Escombros, materales construccón, vallas, andamos, grúas, puntales, (euros) asnllas, contenedores escombros, etc. 1.- Materales construccón, escombros y análogos, por m2 o fraccón y 6,97 mes 2.- Vallas, andamos y análogos por m2 o fraccón y mes 10, Puntales, asnllas u otros elementos apeo, porcada elemento y mes o 41,82 Pág boc.cantabra.es 22/26

23 fraccón 4.- Contenedores escombros, por cada uno y día 4,42 e) Reles, postes, básculas, aparatos venta automátca y elementos análogos. (euros) 1.- Postes, faroles, columnas o nstalacones análogas, por cada elemento y 6,97 año. 2.- Aparatos o máqunas venta o expedcón automátca, por cada elemento 42,15 y año 3.- Cabnas fotográfcas, grabadoras, etc. por cada elemento y año 697, Reles, por metro lneal y año 0, Aparatos nfantles acconados por monedas en la vía públca por m2/año 61,18 f) Zanjas y calcatas, pozos, tenddo raíles o carrles, colocacón postes, faroles, etc. y construccones, supresón o reparacón pasos acera. 1.- Zanjas y calcatas hasta un metro ancho, por m. lneal o fraccón y día. 2.- Zanjas y calcatas que excedan un m. ancho y los más aprovechamentos este epígrafe, por m2 o fraccón y día El sujeto pasvo que solcte la realzacón obras canalzacón subterranean en la vía públca, berá consttur una fanza en el momento la solctud la lcenca obras la sguente cuantía: Apertura canalzacón en acera Àpertura en calzada. *En todo caso el mporte mínmo a consttur no podrá ser nferor a 200. (euros) 6,97 6,97 70 /m2 110 /m2 g) Quoscos 1.- Ocupacones permanentes, por m2 y mes hasta 4 m2 En calle 1ª categoría (euros) 28,36 En calle 2ª categoría (euros) 22,90 En calle 3ª categoría (euros) 18,31 En calle 4ª categoría (euros) 17,15 En calle 5ª categoría (euros) 15,60 En calle 6ª categoría (euros) 14, Por cada m2 o fraccón exceso un recargo adconal En calle 1ª categoría (euros) 14,22 En calle 2ª categoría (euros) 11,34 En calle 3ª categoría (euros) 9,13 En calle 4ª categoría (euros) 8,40 En calle 5ª categoría (euros) 7,74 En calle 6ª categoría (euros) 7,19 h) cajeros automátcos o cualquer otro elemento nstalado en las fachadas y utlzable s la vía públca. Por cada cajero en calles 1ª, 2ª y 3ª Categoría 536,12 Por cada cajero en calles 4ª, 5ª y 6ª Categoría 329,92 ) publcdad en soportes y lonas con publcdad en andamos y otros elementos constructvos, ocupando el suelo o el vuelo muncpal La nstalacón soportes publctaros berá respetar las prescrpcones normatvas establecdas en las Ornanzas muncpales, en partcular la corresponnte a publcdad, solctando y obtenendo las corresponntes lcencas urbanístcas, así como las normas legales reguladoras los contendos publctaros. La nstalacón publcdad en lonas o andamos no cumplendo lo señalado en el párrafo anteror no exme l pago la tasa, sn perjuco las sancones que rven dcha actuacón. Por cada metro cuadrado o fraccón, al trmestre 25,26 Epígrafe 3.- Ocupacón l vuelo. a) Cables, palomllas, cajas amarre dstrbucón o regstro y elementos (euros) análogos. 1.- Cables, por m. lneal y año 0, Cajas amarre, dstrbucón o regstro, por cada una y año 3,59 Pág boc.cantabra.es 23/26

24 3.- Palomllas, sujetadores u elementos análogos, por cada una y año 1,68 b) Cerres vítreos. (euros) 1.- Cerres vítreos, por cada m2 o fraccón al año 84,02 c) Toldos en playas. (euros) 1.- Concesón alquler toldos o hamacas por m2 y temporada. 6,97 DISPOSICIÓN FINAL La presente modfcacón la Ornanza Fscal entrará en vgor el día su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra, comenzará a aplcarse a partr l día 1 enero l año 2012 y se mantendrá vgente hasta su modfcacón o rogacón expresa. ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 10 - T TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE LOS MERCADOS MUNICIPALES (Ejercco 2012) Artículo 5 TARIFAS Las tarfas a aplcar serán las sguentes: a).- Mercado la Esperanza b).- Mercado Méjco c).- Mercado Puertochco 7,52./m2/mes 7,52./m2/mes 7,52./m2/mes SEGUNDA.- DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.- La presente modfcacón la Ornanza Fscal entrará en vgor el día su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra, comenzará a aplcarse a partr l día 1 enero l año 2012 y se mantendrá vgente hasta su modfcacón o rogacón expresa. ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 11 - T TASA POR DERECHOS DE EXAMEN (Ejercco 2012) CUOTA TRIBUTARIA Artículo 6.- Consttuye la base esta exaccón las actvdas admnstratvas que conlleva la tramtacón la solctud, establecéndose a tal efecto la tarfa por mporte 14,25 euros por cada proceso selectvo presentado. DISPOSICIÓN FINAL La presente modfcacón la Ornanza Fscal entrará en vgor el día su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra, comenzará a aplcarse a partr l día 1 enero l año 2012 y se mantendrá vgente hasta su modfcacón o rogacón expresa. Pág boc.cantabra.es 24/26

25 ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 12-T TASA POR EL ESTACIONAMIENTO LIMITADO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA EN LAS VÍAS PÚBLICAS MUNICIPALES (Ejercco 2012) Artículo 4º.-TARIFAS. Las Cuotas serán las que resulten aplcar las sguentes tarfas: a) Tarfa General. -1ª hora 0,75, se podrán adqurr fraccones tempo pagaras por múltplos 0,05 (5 céntmos euro). Sendo el preco mínmo 0,20 (20 céntmos euro).* Ver anexo. -2ª hora 0,75, se podrán adqurr fraccones tempo pagaras por múltplos 0,05 (5 céntmos euro). Sendo el preco mínmo 0,20 (20 céntmos euro). * Ver anexo. Por exceso una hora o fraccón, por el tempo máxmo autorzado o pagado según tcket: 2,70 no dvsbles. b) Tarfa Especal. Los resntes en la zona estaconamento vglado, podrán acogerse al abono las sguentes cuotas: a) Por cada vehículo y año natural 27,85. b) Por cada vehículo y semestre natural 16,50. Las anterores cuotas serán rreducbles, pundo optar el sujeto pasvo por el pago una u otra. Deberá exhbr en el parabrsas lantero l vehículo, la tarjeta que le acredte como tal. Artículo 6º.- Normas Gestón. 4.- En los supuestos que no proceda la retrada l vehículo, y en el caso obtencón tempo estaconamento medante tcket, el usuaro podrá anular la nunca medante la obtencón un tcket anulacón, en el expendor, por valor 2,70 no fracconables. Este tcket junto con el boletín avso nunca serán entregados a un vglante autorzado, o a la Polcía Muncpal DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.- La presente Modfcacón la Ornanza entrará en vgor y comenzará a aplcarse el día 1 enero 2012, permanecendo en vgor hasta su modfcacón o rogacón expresas. ANEXO EUROS TIEMPO 0,20 13 mnutos 0,25 17 mnutos 0,30 21 mnutos 0,35 26 mnutos 0,40 30 mnutos 0,45 34 mnutos 0,50 39 mnutos 0,55 43 mnutos 0,60 47 mnutos 0,65 51 mnutos 0,70 56 mnutos 0,75 60 mnutos 0,80 64 mnutos 0,85 69 mnutos 0,90 73 mnutos 0,95 77 mnutos 1,00 81 mnutos 1,05 86 mnutos 1,10 90 mnutos 1,15 94 mnutos 1,20 99 mnutos 1, mnutos 1, mnutos Pág boc.cantabra.es 25/26

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE SANTANDER Aprobacón fntva modfcacón la Ornanza Fscal 5-T Tasa por Prestacón l Servco Recogda Basuras. El Ayuntamento en Pleno, en sesón celebrada el día 31 enero 2013,

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE SANTANDER Aprobacón fntva la modfcacón dversas ornanzas fscales para el año 2016. El Ayuntamento Pleno, en sesón celebrada el día 29 octubre 2015 adoptó los Acuerdos

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER AYUNTAMIENTO DE SANTANDER Aprobacón defntva de la modfcacón de Ordenanzas Fscales (Impuestos y Tasas) para el ejercco 2019. El Ayuntamento en Pleno, en sesón celebrada el día 25 de octubre de 2018, adoptó

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE VALDERREDIBLE

AYUNTAMIENTO DE VALDERREDIBLE AYUNTAMIENTO DE VALDERREDIBLE Aprobacón defntva de la modfcacón de dversas Ordenanzas Fscales. Al no haberse presentado reclamacones durante el plazo de exposcón al públco, queda automátcamente elevado

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE SANTANDER Aprobacón fntva la modfcacón las ornanzas fscales para el año 2011 y rogacón una ornanza fscal. Por el Ayuntamento Pleno, en sesón ordnara celebrada el día

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES

AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES Aprobacón defntva de la modfcacón de dversas Ordenanzas Fscales y del establecmento de la Ordenanza Fcal 6.18 reguladora de la Tasa por prestacón de Servcos dervados de

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER AYUNTAMIENTO DE SANTANDER Aprobacón fntva modfcacón Ornanzas Fscales (Impuestos y Tasas) para 2014. El Ayuntamento en Pleno, en sesón celebrada el día 31 octubre 2013, adoptó el Acuerdo sguente: 1. Aprobar

Más detalles

1.DISPOSICIONES GENERALES

1.DISPOSICIONES GENERALES BOLETÍN OFICIAL DE 1.DISPOSICIONES GENERALES AYUNTAMIENTO DE MARINA DE CUDEYO Aprobacón fntva la ornanza fscal reguladora la tasa por utlzacón nstalacones y prestacón servcos las escuelas portvas muncpales,

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE SANTANDER Aprobacón fntva modfcacón Ornanzas Fscales (Impuestos y Tasas) 2015. El Ayuntamento en Pleno, en sesón celebrada el día 30 octubre 2014, adoptó entre otros

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE SANTANDER Aprobacón fntva modfcacón Ornanzas Fscales para 2015. El Ayuntamento en Pleno, en sesón celebrada el día 30 octubre 2014, adoptó los Acuerdos sguentes: "Aprobar

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE CAYÓN

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE CAYÓN BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE CAYÓN Aprobacón fntva la modfcacón dversas Ornanzas Fscales para 2014. Transcurrdo el plazo exposcón al públco l acuerdo provsonal modfcacón dversas Ornanzas

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE CAYÓN

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE CAYÓN AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE CAYÓN Aprobacón fntva la modfcacón dversas ornanzas fscales para el ejercco 2011. Transcurrdo el plazo exposcón al públco l acuerdo provsonal modfcacón y establecmento dversas

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER AYUNTAMIENTO DE SANTANDER Aprobacón y exposcón públca modfcacón precos públcos para el ejercco 2015. En cumplmento lo prevsto en los artículos 41 a 47 l Real Decreto Legslatvo 2/2004 5 marzo por el que

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE CAYÓN

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE CAYÓN BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE CAYÓN Aprobacón fntva la modfcacón y establecmento dversas ornanzas fscales para 2012. Transcurrdo el plazo exposcón al públco l acuerdo provsonal modfcacón

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS COSTA OCCIDENTAL Aprobacón fntva la modfcacón la Ornanza reguladora l Preco Públco para la Prestacón l Servco Escuelas Verano, Ludoteca, Campamentos Urbanos, y más Actvdas

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE AYUNTAMIENTO DE COLINDRES Acuerdo modfcacón y nueva redaccón la Ornanza reguladora l Preco Públco por Utlzacón Instalacones Deportvas. En sesón Junta Goberno Local fecha 21 julo 2016 se acordó la aprobacón

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA AYUNTAMIENTO DE HAZAS DE CESTO Aprobacón fntva l estudo económco para la Revsón las Tarfas los Servcos Muncpales Abastecmento Agua y Alcantarllado. En el BOC número 20, 1 febrero 2016, aparecó publcada

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA AYUNTAMIENTO DE SANTANDER Aprobacón fntva la modfcacón dversas Ornanzas Fscales. El Ayuntamento Pleno, en sesón celebrada el día 28 septembre 2016 adoptó los Acuerdos sguentes: Aprobar provsonalmente,

Más detalles

7.5.VARIOS AYUNTAMIENTO DE CABEZÓN DE LIÉBANA. Notificación de resoluciones de instalación de contadores de agua en Ubriezo.

7.5.VARIOS AYUNTAMIENTO DE CABEZÓN DE LIÉBANA. Notificación de resoluciones de instalación de contadores de agua en Ubriezo. DE 7.5.VARIOS AYUNTAMIENTO DE CABEZÓN DE LIÉBANA Notfcacón resolucones nstalacón contadores agua en Ubrezo. No habéndose poddo practcar la notfcacón personal las Resolucones Alcaldía fecha 14 juno 2016,

Más detalles

1.DISPOSICIONES GENERALES

1.DISPOSICIONES GENERALES DE 1.DISPOSICIONES GENERALES AYUNTAMIENTO DE MEDIO CUDEYO Aprobacón fntva l Reglamento Muncpal l Regstro Asocacones Vecnales Medo Cuyo. Al no haberse presentado reclamacones durante el plazo exposcón al

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE BEZANA

AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE BEZANA BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE BEZANA Aprobacón fntva la Ornanza Fscal reguladora la Tasa por Acceso Vehículos a Inmuebles a través Aceras y Vías Públcas (vados). 1. Transcurrdo el plazo

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS Anunco apertura perodo solctud concesón en el domno públco portuaro nave en el puerto Colndres, sta en calle La Mar, 28. Conforme

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA AYUNTAMIENTO DE PIÉLAGOS Aprobacón fntva modfcacón la Ornanza reguladora l Preco Públco Prestacón Servco Escuelas Deportvas Muncpales, Uso Instalacones Deportvas y Prestacón Cursos. En cumplmento lo dspuesto

Más detalles

2.AUTORIDADES Y PERSONAL

2.AUTORIDADES Y PERSONAL GOBIERNO DE 2.AUTORIDADES Y PERSONAL 2.1.NOMBRAMIENTOS, CESES Y OTRAS SITUACIONES CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Orn HAC/24/2018, 20 abrl, por la que se modfca la Orn HAC/18/2011, 21 juno 2011,

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES

AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES Aprobacón fntva modfcacón dversas ornanzas fscales y l expente para el establecmento la ornanza fscal reguladora la tasa por prestacón servcos especales por la Polcía Local.

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE COMILLAS

AYUNTAMIENTO DE COMILLAS BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE COMILLAS Aprobacón fntva la mposcón la Tasa sobre Cementero y Tanatoro Muncpales y Ornanza Fscal reguladora. El Pleno l Ayuntamento Comllas en sesón ordnara celebrada

Más detalles

1.DISPOSICIONES GENERALES

1.DISPOSICIONES GENERALES 1.DISPOSICIONES GENERALES CONSEJO DE GOBIERNO Decreto 86/2013, de 26 de dcembre, por el que se fjan los Precos Públcos del Goberno de Cantabra para el Servco de Recogda y Transporte de Resduos Doméstcos.

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE CAMARGO

AYUNTAMIENTO DE CAMARGO AYUNTAMIENTO DE CAMARGO Informacón públca l acuerdo fntvo mposcón y ornacón la Tasa por el Servco Extncón Incendo, Salvamento y Otros. Adoptado el acuerdo aprobacón provsonal mposcón y aprobacón la Ornanza

Más detalles

CONSEJERÍA DE GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO RURAL

CONSEJERÍA DE GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO RURAL BOLETÍN OFICIAL DE CONSEJERÍA DE GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO RURAL Orn GAN/47/2011, 26 dcembre, por la que se regulan las condcones para la obtencón la lcenca recogda arrbazón en la Comundad Autónoma

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE CABEZÓN DE LA SAL

AYUNTAMIENTO DE CABEZÓN DE LA SAL AYUNTAMIENTO DE CABEZÓN DE LA SAL Aprobacón defntva de la Ordenanza Fscal reguladora de la Tasa por Expedcón de Lcencas para Industras Callejeras y Ambulantes en Períodos Festvos y Dferentes Eventos. No

Más detalles

LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE TEAPA, TABASCO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2017

LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE TEAPA, TABASCO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2017 LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE TEAPA, TABASCO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2017 Artículo 1.-Para cubrr los gastos de su admnstracón, servcos públcos, obras y demás oblgacones a su cargo, para el

Más detalles

1.DISPOSICIONES GENERALES

1.DISPOSICIONES GENERALES 1.DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Orn HAC/19/2011, 18 julo, por la que se modfca la orn 19 dcembre 2001, por la que se aprueban los molos documentos ngreso 046 y 047.

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA BOLETÍN OFICIAL DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS Y CARTOGRÁFICOS Artículo 1.- Fundamentacón Legal. En uso las facultas conceddas

Más detalles

1.DISPOSICIONES GENERALES

1.DISPOSICIONES GENERALES BOLETÍN OFICIAL DE 1.DISPOSICIONES GENERALES AYUNTAMIENTO DE PESQUERA Aprobacón fntva la Ornanza reguladora la Tasa por Prestacón l Servco Teleasstenca y la Ornanza reguladora la Tasa por Expedcón Certfcacónes

Más detalles

2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS

2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS BOLETÍN OFICIAL DE 2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA Resolucón 2 marzo 2011, por la que se convoca la provsón temporal medante el sstema

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES

AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES Aprobacón fntva la modfcacón número 15 l Plan General Ornacón Urbana relatva a la modfcacón la Ornanza número 9 Equpamento y Servcos Públcos. Que en sesón

Más detalles

2.3.OTROS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL DOCENTE Y ORDENACIÓN ACADÉMICA

2.3.OTROS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL DOCENTE Y ORDENACIÓN ACADÉMICA DE 2.3.OTROS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL DOCENTE Y ORDENACIÓN ACADÉMICA Resolucón 24 abrl 2018, que establece las condcones y el procedmento para acredtar el

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE AYUNTAMIENTO DE VALDÁLIGA Bases y convocatora subvencones para los gastos comedor escolar durante el curso académco 2016/2017. En la sesón extraordnara y urgente celebrada por el Pleno l Ayuntamento

Más detalles

1.DISPOSICIONES GENERALES

1.DISPOSICIONES GENERALES 1.DISPOSICIONES GENERALES AYUNTAMIENTO DE MIENGO Aprobacón fntva la modfcacón la Ornanza Fscal reguladora l Impuesto sobre Benes Inmuebles. Transcurrdo el plazo exposcón públca l acuerdo plenaro fecha

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE COMILLAS

AYUNTAMIENTO DE COMILLAS AYUNTAMIENTO DE COMILLAS Aprobacón fntva la modfcacón varas ornanzas fscales. El Pleno l Ayuntamento Comllas en sesón ordnara celebrada el día 10 novembre 2010, acordó ncalmente la modfcacón las ornanzas

Más detalles

4.2.ACTUACIONES EN MATERIA FISCAL

4.2.ACTUACIONES EN MATERIA FISCAL BOLETÍN OFICIAL DE 4.2.ACTUACIONES EN MATERIA FISCAL CONSEJERÍA DE UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN, MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA SOCIAL Orn UMA/1/2016, 21 enero, por la que se hace públca la relacón núcleos

Más detalles

2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS

2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS BOLETÍN OFICIAL DE 2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA Resolucón 5 mayo 2010, por la que se convoca a provsón temporal medante el sstema

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE PIÉLAGOS

AYUNTAMIENTO DE PIÉLAGOS BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE PIÉLAGOS Aprobacón fntva la Ornanza Fscal reguladora la Tasa por Prestacón l Servco Otorgamento Lcencas Urbanístcas exgdas por la Legslacón Suelo y Ornacón Urbana. 1.-

Más detalles

2.3.OTROS CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

2.3.OTROS CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES 2.3.OTROS CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES Orn SAN/16/2015, 12 febrero, por la que se reduce la jornada efectva l personal Insttucones Santaras penntes l Servco Cántabro Salud. Como consecuenca

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE COMILLAS

AYUNTAMIENTO DE COMILLAS BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE COMILLAS Aprobacón fntva la modfcacón varas ornanzas fscales. El Pleno l Ayuntamento Comllas en sesón ordnara celebrada el día 10 novembre 2010, acordó ncalmente la modfcacón

Más detalles

CAPÍTULO II. Tributos Cedidos

CAPÍTULO II. Tributos Cedidos cable, sempre que su explotacón no se halle cedda. En otro caso serán sujetos pasvos los cesonaros, arrendataros, concesonaros y en general los que por cualquer título dstnto del de propedad exploten las

Más detalles

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CANTABRIA

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CANTABRIA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE UNIDAD DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA 39/04 Notfcacón embargo benes nmuebles. Expte. 39 04 10 00209339. El jefe la Undad Recaudacón Ejecutva Numero

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES FUNDAMENTO LEGAL Artículo 1. En uso las facultas conceddas en los artículos 133.2 y 142 la Consttucón Española y por el artículo 106 la Ley

Más detalles

2.AUTORIDADES Y PERSONAL

2.AUTORIDADES Y PERSONAL 2.AUTORIDADES Y PERSONAL 2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS AYUNTAMIENTO DE RIBAMONTÁN AL MAR Bases y convocatora para cubrr la plaza Admnstracón Especal, Subescala Servcos Especales, Clase Cometdos Especales,

Más detalles

2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS

2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS BOLETÍN OFICIAL DE 2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA Resolucón 2 agosto 2010, por la que se convoca a provsón temporal, medante el sstema

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA AYUNTAMIENTO DE MEDIO CUDEYO Acuerdo 23 mayo 2016 por el que se aprueban las bases para regular la convocatora y formacón una Bolsa Empleo Educador/Educadora Socal como personal laboral temporal. Bases

Más detalles

1.DISPOSICIONES GENERALES

1.DISPOSICIONES GENERALES BOLETÍN OFICIAL DE 1.DISPOSICIONES GENERALES AYUNTAMIENTO DE PEÑARRUBIA Aprobacón fntva la Ornanza Fscal reguladora la Tasa por Utlzacón Prvatva o Aprovechamento Especal l Domno Públco Local Instalacones

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD Resolucón por la que se dan nstruccones en relacón con el encuadramento fntvo por el período transtoro a los dstntos grados sarrollo profesonal durante el año 2016. Medante

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE BOLETÍN OFICIAL DE CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orn ECD/115/2012, 7 dcembre, que modfca la Orn EDU/65/2010, 12 agosto, que aprueba las nstruccones que regulan la organzacón y funconamento

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE PIÉLAGOS

AYUNTAMIENTO DE PIÉLAGOS BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE PIÉLAGOS Aprobacón fntva la ornanza reguladora l preco públco prestacón l servco Escuelas Deportvas Muncpales, uso nstalacones portvas y prestacón cursos. Aprobada ncalmente

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS Apertura perodo solctud concesón en el domno públco portuaro l puerto portvo Laredo (Cantabra) para la utlzacón termnadas

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE MERUELO

AYUNTAMIENTO DE MERUELO AYUNTAMIENTO DE MERUELO Aprobacón fntva la Ornanza Fscal reguladora l Impuesto sobre Benes Inmuebles. Al no haberse presentado alegacones durante el plazo exposcón al públco, queda automátcamente elevado

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE MERUELO

AYUNTAMIENTO DE MERUELO BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE MERUELO Aprobacón fntva la Ornanza reguladora l Uso l Aparcamento Muncpal para Camones. DON EVARISTO DOMÍNGUEZ DOSAL, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MERUELO:

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD Resolucón por la que se aprueba la convocatora 2018 l procedmento reconocmento grado I en el sstema sarrollo profesonal l personal nterno al servco las nsttucones santaras

Más detalles

6.SUBVENCIONES Y AYUDAS

6.SUBVENCIONES Y AYUDAS BOLETÍN OFICIAL DE 6.SUBVENCIONES Y AYUDAS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Orn EDU/9/2011, 7 febrero, por la que se regula la convocatora para el año 2011 la jublacón antcpada voluntara conforme a la dsposcón

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA AYUNTAMIENTO DE PESQUERA Aprobacón fntva la Ornanza Fcheros Datos Carácter Personal. ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE CREAN FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE PESQUERA La Ornanza

Más detalles

1.DISPOSICIONES GENERALES

1.DISPOSICIONES GENERALES BOLETÍN OFICIAL DE 1.DISPOSICIONES GENERALES AYUNTAMIENTO DE SOLÓRZANO Aprobacón fntva la Ornanza Fscal reguladora l Impuesto sobre Vehículos Traccón Mecánca. El Ayuntamento Solórzano, en sesón Pleno fecha

Más detalles

CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Resolucón 14 dcembre 2011, por la que se convocan las pruebas y se establecen las bases para la

Más detalles

SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD

SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD Resolucón por la que se aprueba la convocatora l procedmento reconocmento grado en el período normalzado l sstema sarrollo profesonal l personal al servco Insttucones Santaras

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE CAYÓN

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE CAYÓN BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE CAYÓN Correccón errores al anunco publcado en el Boletín Ofcal Cantabra número 232, 2 dcembre 2014, aprobacón fntva la modfcacón puntual las Normas Subsdaras

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES

AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES Aprobacón fntva la Modfcacón número 1 l Plan Especal APD-2 Artículo II.3.7.6. Punto 1 Altura Edfcacón. Que en sesón celebrada por el Pleno fecha 12 dcembre 2013, se adopto

Más detalles

2.3.OTROS CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA

2.3.OTROS CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA DE 2.3.OTROS CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA Resolucón 23 marzo 2018, por la que se aprueba el calendaro laboral para el año 2018 l personal funconaro al servco la Admnstracón

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE VALDERREDIBLE

AYUNTAMIENTO DE VALDERREDIBLE BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE VALDERREDIBLE Aprobacón fntva la modfcacón la Ornanza Fscal reguladora l Impuesto sobre Vehículos Traccón Mecánca. Al no haberse presentado reclamacones durante el plazo

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE SANTOÑA

AYUNTAMIENTO DE SANTOÑA BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE SANTOÑA Aprobacón fntva la modfcacón dversas Ornanzas Fscales. Habéndose aprobado por el Pleno l Ayuntamento Santoña la modfcacón las sguentes ornanzas fscales: Ornanza

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA AYUNTAMIENTO DE SUANCES Aprobacón fntva l Estudo Detalle en calle San José, 20 Hnojedo. Expente VAR 60/16. A los efectos lo dspuesto en el art 84 la Ley 2/2001 25 juno Cantabra, se hace públco que Medante

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE AYUNTAMIENTO DE COLINDRES Aprobacón fntva la modfcacón la Ornanza reguladora l Preco Públco por Utlzacón Instalacones Deportvas. En sesón Junta Goberno Local fecha 11 octubre 2016 se acordó la aprobacón

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA AYUNTAMIENTO DE LIENDO Aprobacón fntva dversas Ornanzas Fscales. Expente 48/2016. Al no haberse presentado reclamacones durante el plazo exposcón al públco, queda automátcamente elevado a fntvo el Acuerdo

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD Resolucón por la que se aprueba la convocatora 2018 l procedmento reconocmento grado I en el sstema carrera profesonal l personal nterno al servco las nsttucones santaras

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE SANTIURDE DE TORANZO

AYUNTAMIENTO DE SANTIURDE DE TORANZO BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE SANTIURDE DE TORANZO Aprobacón fntva la Ornanza Fscal reguladora l Impuesto sobre el Incremento l Valor los Terrenos Naturaleza Urbana. El Pleno la Corporacón en sesón

Más detalles

1.DISPOSICIONES GENERALES

1.DISPOSICIONES GENERALES 1.DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orn ECD/75/2013, 13 juno, por la que se establece el calendaro escolar l curso 2013/14 para los centros docentes no unverstaros. Ante

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN BOLETÍN OFICIAL DE CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Orn EDU/23/2011, 29 marzo, que modfca la Orn EDU/65/2010, 12 agosto, que aprueba las nstruccones que regulan la organzacón y funconamento las Escuelas Infantles,

Más detalles

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE SECRETARÍA GENERAL CVE-2011-2764 Resolucón por la que se dspone la publcacón la I Anda 2011 al Conveno encomenda gestón realzada por el Goberno Cantabra (Consejería Medo Ambente)

Más detalles

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y BIODIVERSIDAD

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y BIODIVERSIDAD BOLETÍN OFICIAL DE CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y BIODIVERSIDAD Orn DES/59/2010, 11 novembre, por la que se regula la pesca la angula en aguas nterores competenca la Comundad Autónoma

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE REOCÍN

AYUNTAMIENTO DE REOCÍN AYUNTAMIENTO DE REOCÍN Aprobacón fntva la modfcacón la ornanza fscal reguladora l mpuesto sobre Vehículos Traccón Mecánca. Al no haberse presentado alegacones durante el plazo exposcón al públco, queda

Más detalles

AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DELEGACIÓN ESPECIAL DE CANTABRIA Anunco de enajenacón medante subasta de benes embargados. Subasta número S2018R3986001028. SE HACE SABER: Que de conformdad

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA AYUNTAMIENTO DE ALFOZ DE LLOREDO Aprobacón fntva la modfcacón la Ornanza Fscal reguladora l Impuesto Vehículos Traccón Mecánca. El Pleno l Ayuntamento Alfoz Lloredo, en sesón ordnara celebrada el día 26

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE MEDIO CUDEYO

AYUNTAMIENTO DE MEDIO CUDEYO BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE MEDIO CUDEYO Aprobacón fntva la modfcacón Ornanzas Fscales para 2016. ACUERDO DEFINITIVO 1. Transcurrdo el plazo exposcón al públco los sguentes acuerdos y Ornanzas fscales

Más detalles

1.DISPOSICIONES GENERALES

1.DISPOSICIONES GENERALES 1.DISPOSICIONES GENERALES AYUNTAMIENTO DE COMILLAS Aprobacón fntva la Ornanza reguladora l Funconamento los Telecentros y l preco públco por utlzacón sus nstalacones. El Pleno l Ayuntamento Comllas en

Más detalles

Ley de Ingresos del Municipio de Teapa, Tabasco, para el Ejercicio Fiscal del año 2016

Ley de Ingresos del Municipio de Teapa, Tabasco, para el Ejercicio Fiscal del año 2016 LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE TEAPA, TABASCO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2016 Artículo 1.- Para cubrr los gastos de su admnstracón, servcos públcos, obras y demás oblgacones a su cargo, para el

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA AYUNTAMIENTO DE PIÉLAGOS Aprobacón fntva la Ornanza Fscal reguladora l Impuesto Vehículos Traccón Mecánca. 1.- Transcurrdo el plazo exposcón al públco l acuerdo provsonal l Ayuntamento aprobacón la Ornanza

Más detalles

1.DISPOSICIONES GENERALES

1.DISPOSICIONES GENERALES 1.DISPOSICIONES GENERALES AYUNTAMIENTO DE COMILLAS Aprobacón fntva la Ornanza reguladora los Estaconamentos Regulados Comllas y la Tasa por su Utlzacón. El Pleno la Corporacón Muncpal, en sesón fecha 6

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE AYUNTAMIENTO DE SANTANDER Aprobacón fntva Estudo Detalle en parcela stuada en la confluenca la calle El Somo y Antono López Cortés en el Área Reparto número 5 l Plan General Ornacón Urbana. El Pleno

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE CONSEJERÍA DE SANIDAD Orn SAN/30/2017, 27 octubre, por la que se convoca la provsón un puesto Jefe Servco Anestesología y Reanmacón la Gerenca Atencón Especalzada l Área I: Hosptal Unverstaro Marqués

Más detalles

4.2.ACTUACIONES EN MATERIA FISCAL

4.2.ACTUACIONES EN MATERIA FISCAL 4.2.ACTUACIONES EN MATERIA FISCAL AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DELEGACIÓN ESPECIAL DE CANTABRIA Anunco de enajenacón medante subasta de benes embargados. Subasta número S2018R3986001027.

Más detalles

1.DISPOSICIONES GENERALES

1.DISPOSICIONES GENERALES 1.DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Orn HAC/41/2014, 28 agosto 2014, por la que se modfca la Orn 18 dcembre 2000, por la que se aprueban los documentos contables a utlzar

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE AYUNTAMIENTO DE SANTANDER Aprobacón fntva l presupuesto general 2018. Por Resolucón Alcaldía fecha 20 dcembre 2017 se acordó: UNO.- Elevar a fntvo el acuerdo l Pleno fecha 20 novembre 2017 aprobacón

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN Correccón errores al anunco publcado en BOC número 123, 27 juno 2017, la Orn MED/23/2017, 15 juno, por la que se establecen las bases reguladoras ayudas

Más detalles

1.DISPOSICIONES GENERALES

1.DISPOSICIONES GENERALES 1.DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA Resolucón por la que se modfcan los Estatutos la Mancomundad los Muncpos Mengo-Polanco. Por los Ayuntamentos Mengo y Polanco, que ntegran

Más detalles

4.ECONOMÍA, HACIENDA Y SEGURIDAD SOCIAL

4.ECONOMÍA, HACIENDA Y SEGURIDAD SOCIAL BOLETÍN OFICIAL DE 4.ECONOMÍA, HACIENDA Y SEGURIDAD SOCIAL 4.1.ACTUACIONES EN MATERIA PRESUPUESTARIA AYUNTAMIENTO DE COLINDRES Aprobacón fntva la modfcacón dversas ornanzas fscales para 2014. Transcurrdo

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA AGENCIA CÁNTABRA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Resolucón la Dreccón General la Agenca Cántabra Admnstracón Trbutara por la que se dspone la publcacón l Conveno Gestón y Recaudacón Trbutos Locales y Otros

Más detalles

6.SUBVENCIONES Y AYUDAS

6.SUBVENCIONES Y AYUDAS 6.SUBVENCIONES Y AYUDAS CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO SECRETARÍA GENERAL Resolucón corresponnte a la Orn MED/2/2015, 2 marzo, por la que se establecen las bases reguladoras

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD Resolucón por la que se convoca la segunda fase la convocatora l procedmento reconocmento grados I, II, III y IV en el sstema sarrollo profesonal l personal al servco las

Más detalles

B O L E T Í N O F I C I A L D E C A N T A B R I A

B O L E T Í N O F I C I A L D E C A N T A B R I A ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA FUNDAMENTO LEGAL Artículo 1º En uso las facultas conceddas en los artículos 133,2 y 142 la Consttucón Española y por el artículo

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA AYUNTAMIENTO DE MIENGO Bases y convocatora otorgamento becas y ayudas al estudo y al transporte. BASES REGULADORAS DEL OTORGAMIENTO DE BECAS Y AYUDAS AL ESTUDIO Y AL TRANSPORTE Base 1ª.- Objeto la subvencón:

Más detalles